Scielo RSS <![CDATA[Justicia Juris]]> http://www.scielo.org.co/rss.php?pid=1692-857120140002&lang=en vol. 10 num. 2 lang. en <![CDATA[SciELO Logo]]> http://www.scielo.org.co/img/en/fbpelogp.gif http://www.scielo.org.co <![CDATA[<b>Books of democracy</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1692-85712014000200001&lng=en&nrm=iso&tlng=en <![CDATA[<b>Analysis of the regulation on cross-border insolvency in Latin America</b>: <b>Chile´s case</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1692-85712014000200002&lng=en&nrm=iso&tlng=en En este artículo se analiza la regulación de la Insolvencia Transfronteriza de uno de los principales socios comerciales de Colombia en el ámbito latinoamericano: Chile. La legislación chilena sobre insolvencia no ha adoptado la Ley Modelo propuesta por la CNUDMI (Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional), presentan una falta de armonización que dificulta la regulación de la materia. Adicionalmente, su normatividad interna se caracteriza por ser anacrónica y proteccionista, lo que va en contravía de la tendencia internacional actual y no cuentan con instrumentos internacionales que regulen adecuadamente la Insolvencia Transfronteriza. Este artículo de investigación se desarrolla en el marco del Grupo de Investigación Problemas Contemporáneos del Derecho y la Política (GIPCODEP) de la Universidad de San Buenaventura, Seccional Cali y se constituye en resultado del proyecto de investigación denominado "CNUDMI: Un Estudio del Régimen Internacional en Insolvencia Transfronteriza para América Latina".<hr/>This article analyzes Cross-Border Insolvency regulations in one of Colombia's largest trade Partners: Chile. The Chilean Law has not accepted UNCITRAL Model Law, and therefore the lack of legal harmonization, which in turn makes them harder to regulate. In addition, its internal legislation is based on anachronism and protectionism - in clear contrast to international trends. Moreover, they do not abide by any international treaty that regulates Cross-Border Insolvency accurately. This research paper is developed in the framework of the Research Group Contemporary Problems of Law and Politics (GIPCODEP) from the University of San Buenaventura, Cali District and constitutes results of the research project called "UNCITRAL: A Study of International Regime Border Insolvency in Latin America". <![CDATA[<b>Hypothetical fundamental rule from the interpretive paradigm</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1692-85712014000200003&lng=en&nrm=iso&tlng=en Establecer el origen de los principios que sirven de contenido a la norma básica, resulta de especial relevancia a fin de poder determinar el papel que estos cumplen en el sistema social. De allí que resulte de interés y necesidad epistemológica abordar tal como se hace en este artículo de reflexión producto de los resultados de la investigación denominada: "El contenido de la norma fundamental desde el paradigma interpretativo", que se desarrolló en el marco de la línea de investigación de asuntos Constitucionales y administrativos del Grupo de Investigaciones en Derecho, Política y Sociedad, financiado por la Facultad de Derecho de la Universidad de la Costa. El problema del origen de los principios que constituyen el contenido de la Norma Básica Fundamental. Es que el contenido del Derecho se puede constituir de la norma que sirve de fundamento al sistema jurídico que debe basarse en principios que no tengan un origen único y exclusivo, sino que se apoyen o consideren todas las disciplinas o sistemas que conforman la sociedad. El estudio se enfocó desde dos paradigmas fundamentales que pueden servir de modelo desde la postmodernidad social actual, como son: 1) El discursivo racional comunicacional y, 2) El que podríamos denominar de la teoría del caos fundamentado en el desequilibrio, tensión y crisis de los sistemas sociales. Para tal fin, se empleó una metodología jurídica con un enfoque cualitativo, en aplicación de la llamada Teoría Fundamentada de Strauss y Corbin, que nos permite la construcción de una teoría a partir de la recopilación, análisis e investigación de datos cualitativos, relacionados con el núcleo.<hr/>In order to determine the role of the principles in the social system, it is necessary to set the origin of these principles. Moreover, it is important to address the epistemological needs addressing in this article. This is the results of a research entitled: "The content of the fundamental rule from the interpretive paradigm" that was developed in the framework of the research on Constitutional and administrative law by the research group of the Law faculty. The problem of the origin of the principles that form the content of the Basic Fundamental is that its content of the law relies on the legal system. However, this system must be based on principles that do not have a unique and exclusive origin, considering all disciplines and systems that make up society. The study focuses on two fundamental paradigms that can serve as a model from the current social postmodernism, such as: 1) rational discourse and communication; 2) this could be called the chaos theory based on the imbalance, stress and crisis social systems. To this end, a legal methodology was used with a qualitative approach, applying the so-called Grounded Theory by Strauss and Corbin, which allows us to build a theory from the collection, analysis and investigation of qualitative data related core. <![CDATA[<b>Taking power by force in Latin America</b>: <b>an emerging threat to the democratic principle</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1692-85712014000200004&lng=en&nrm=iso&tlng=en El presente artículo de reflexión académica se enmarca en el campo de las Ciencias Jurídicas y es producto de los resultados de investigación sobre la interrelación existente entre los conceptos de Derecho Penal, Constitución y Derechos Fundamentales que los autores han venido adelantando desde una perspectiva analítica y crítica en el Grupo de Investigación Escuela de Derecho Penal "Nullum Crimen Sine Lege de la Universidad Nacional de Colombia -El artículo se refiere a los conflictos inter-orgánicos sucedidos en el actual siglo XXI en Honduras, Paraguay y Colombia y que a la postre llevaron a la salida del poder respectivamente de los presidentes Manuel Zelaya y Fernando Lugo y del Alcalde de Bogotá Gustavo Petro, todo dentro de un presunto marco de legalidad constitucional, destituciones que en el trasfondo fueron generadas por la configuración de los elementos de una innovadora y cada vez más usada tipología de derrocamiento del poder político por parte de los grupos antidemocráticos de los Gobiernos del hemisferio, cual es el denominado Golpe de Estado Constitucional, contexto emergente caracterizado ya no por el uso del accionar armado, sino por la toma y/o perpetuación del poder mediante la manipulación de las instituciones consagradas en la Carta superior.<hr/>This article is part of an academic reflection in the field of Legal Studies. This is the product of the results of research on the interrelationship between the concepts of Criminal Law, Constitution and Fundamental Rights. The authors have been developing from an analytical and critical perspective Research Group in the School of Criminal Law "Crimen Sine Lege Nullum" National University of Colombia. This article is about the conflicts occurred in this century in Honduras, Paraguay and Colombia. This has ultimately led to ouster of presidents Manuel Zelaya, Fernando Lugo and the Mayor of Bogota Gustavo Petro. All the above, they took power presumably under constitutional law. Moreover, dismissals in the background were generated by the configuration of innovative and increasingly undemocratic groups of governments in the hemisphere. This is characterized not by the use of armed actions, but by making and / or perpetuation of power by manipulating institutions enshrined in the superior Charter. <![CDATA[<b>Education and culture of legality</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1692-85712014000200005&lng=en&nrm=iso&tlng=en La cultura de la legalidad es una estrategia contra la violencia y contra la corrupción que tiene como objetivo, generar un cambio cultural que se manifieste en el rechazo social abierto a este tipo de conductas. Esto implica que se eduque a la población para que opte por conductas probas y por la resolución pacífica de los conflictos. Para que tenga un carácter performativo y preventivo, el ideal es que se implemente a nivel escolar de tal suerte que la lucha contra el flagelo de la corrupción sea mucho más incisiva de lo que ha sido hasta ahora. Este artículo es resultad del proyecto de investigación titulado "La cultura de legalidad: una opción de lucha contra la corrupción", que se propuso como objetivo analizar las causas del fenómeno, para poder luego plantear soluciones a nivel educativo tanto para los funcionarios públicos como para niños en edad escolar. Se utilizó un método de análisis cualitativo, en el que se consultaron diversas fuentes de expertos en el tema y se hicieron algunas entrevistas a personas que han implementado la estrategia de la cultura de la legalidad. A partir de la información obtenida, se hizo una reflexión sobre lo que debe incluir una estrategia de cultura de la legalidad a nivel educativo para garantizar su eficacia.<hr/>Legality is a strategy against violence and corruption that aims to generate a cultural change. This change takes place in the open social rejection to this type of behavior. This means that you educate the population to opt for a correct behavior and the peaceful resolution of conflicts. The goal is to implement Legality from school level in such a way that the fight against corruption is much sharper than it has been. This article is based on a research project entitled "The culture of legality: a choice of fighting corruption" which was proposed to analyze the causes of the phenomenon, to then propose solutions to education for both teachers and schoolchildren. There was used a method of qualitative analysis, in which various expert sources were consulted on the issue and some interviews were made to people who have implemented the strategy of the culture of legality. From the information obtained, there was a reflection on what strategy should include a culture of legality to education to ensure their effectiveness. <![CDATA[<b>Moral and legal management of juvenile justice administration in Argentina</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1692-85712014000200006&lng=en&nrm=iso&tlng=en El presente artículo se inscribe en la investigación realizada en el marco de la tesis doctoral titulada "La Cartografía moral de las prácticas judiciales de los Tribunales de menores en la Ciudad de Buenos Aires" que se propuso, entre otros objetivos comparar las sentencias condenatorias, absolutorias y sobreseimientos dictados por Tribunales Orales de menores con asiento en la Ciudad de Buenos Aires con el propósito de establecer los núcleos semánticos que justifican la aplicación o no de castigo al momento del dictado de la segunda sentencia. Así, se relevaron los Libros de Segundas Sentencias o Sentencias del 4° de uno de los Tribunales Orales de Menores durante todo un año (2002), y durante los primeros semestres de los siguientes (2003 y 2004). Se constituyó un corpus de 286 sentencias y de 295 jóvenes imputados. El análisis se complementó con entrevistas realizadas a jueces de menores. Los jueces expresaron sus concepciones y valoraciones sobre los desenlaces posibles: exención de aplicación de la pena, perdón judicial o absolución, condena, y condena con reducción. Se procesó la información en una base de datos, y se complementó el estudio con entrevistas a los nueve camaristas que integraban los tres tribunales orales de menores. En total se realizaron 16 entrevistas, siete fueron a jueces de primaria instancia. Cada juez fue identificado con una referencia numérica.<hr/>This article is part of the research conducted as part of the doctoral thesis entitled " The moral Mapping judicial practices of juvenile courts in the City of Buenos Aires" This was proposed, inter alia comparing convictions, acquittals Oral and dismissals handed down by lower courts based in the City of Buenos Aires. The purpose of this article is to establish the semantic core that justify not applying or punishment at the time of issuance of the second sentence. Thus the Second Book of Sentences or Sentences of 4th, one of the Oral Juvenile Court for a year (2002) were surveyed, and during the first semester of the following ( 2003 and 2004). A corpus of 286 sentences and 295 youth accused was formed. The analysis was complemented by interviews with juvenile judges. The judges expressed their views and assessments on the possible outcomes: exemption from penalty, judicial pardon or acquittal, conviction, and sentencing to reduction. Information in a database was processed, and the study was supplemented by interviews with nine house cleaners who made up the three oral juvenile courts. In total 16 interviews were conducted by seven judges, who were the primary instance. Others they were discarded for this article. Every judge was identified with a numeral. <![CDATA[<b>The strategic use of the labour rights discourse - revisting the "social clause" debate in trade agreements</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1692-85712014000200007&lng=en&nrm=iso&tlng=en This reflection article takes a fresh look at the neglected policy device of the so-called "social clause" in trade accords that seeks to tame the capitalist forces dominating contemporary globalization. In many countries deregulatory policies, and the incapacity, or in some cases unwillingness, of governments to enforce regulation to protect workers and their representatives, have undermined labour rights. Instead, recent decades have witnessed a proliferation of free trade agreements (FTAs) that tend to favour the interests of global corporations over the concerns of workers. This paper reinvigorates the debate on the "social clause" in trade agreements by tracking its historical development and analysing recent, albeit feeble, attempts that may contribute to levelling the playing field between capital and labour.<hr/>Este artículo de reflexión, retoma desde una nueva mirada el mecanismo político de la denominada "cláusula social" en los acuerdos comerciales que busca moderar las fuerzas capitalistas dominantes de la globalización contemporánea. En muchos países, las políticas de desregulación, y la incapacidad, o en algunos casos la falta de voluntad, de los gobiernos para hacer cumplir la regulación para proteger a los trabajadores y sus representantes, han socavado los derechos laborales. Por otra parte, en las décadas recientes, se ha evidenciado una proliferación de acuerdos de libre comercio (TLCs) que tienden a favorecer los intereses de las corporaciones globales sobre las preocupaciones de los trabajadores. Este documento revitaliza el debate sobre la "cláusula social" en los acuerdos comerciales al rastrear su desarrollo histórico y analizar intentos recientes, aunque débiles, que pueden contribuir a nivelar las condiciones entre el capital y el trabajo. <![CDATA[<b>The disability study as a trend in teaching social security law</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1692-85712014000200008&lng=en&nrm=iso&tlng=en En este artículo de reflexión producto del proyecto de investigación titulado "La protección del derecho al trabajo, mirado desde el acceso y la permanencia, de las personas con limitaciones físicas, síquicas o sensoriales en el ordenamiento jurídico Colombiano" se problematiza en torno a la necesidad de incluir el estudio de la discapacidad en la enseñanza de la Seguridad Social y la importancia de un proceso formativo en el que se involucren espacios más reflexivos y propositivos y menos predominio de la enseñanza-aprendizaje de contenidos, ante el afán de abordar la dispersión de normas, que en gran medida caracteriza los cursos seguridad social. Igualmente, se diseña un caso práctico, relacionado con la pensión de vejez por deficiencia y su eficacia en el ordenamiento jurídico interno, en el que se evidencia como a partir de la utilización de distintos términos para referirse a la discapacidad se ha generado en el ordenamiento de Colombia, una distorsión entre los objetivos propuestos por las normas que pretenden su protección y los objetivos efectivamente logrados. Se concluye que la enseñanza de la discapacidad en los programas de Seguridad Social de las Facultades de Derecho conlleva implícito afianzar la función social en la formación del abogado, en la medida que se enfatiza en el estudio y propuestas sobre la efectividad de la protección de esta población vulnerable y se responde a una tendencia actual en la enseñanza del derecho y en la formación de abogados comprometidos con el encargo social, aspecto que hoy se le demanda a las Facultades de Derecho.<hr/>This article is a product of a research project entitled Protection of the right to work. This is a look from the access and retention of people with physical, psychic or sensory limitations in the Colombian legal system. Moreover, it problematizes around the need to include the study of disability in the teaching of Social Security and the importance of a training process that involved more thoughtful and proactive spaces and less dominance of the teaching-learning content. Similarly, a case study designs, related to the old age pension deficiency and its effectiveness in the domestic legal order, which is evident as from the use of different terms to refer to disability. This has generated in our system distortion between the objectives proposed by the rules intended protection and objectives actually achieved. As a conclusion, the teaching of disability in the Social Security programs law schools implicitly entails establishing social role in the formation of a lawyer. This emphasized in the study and proposals on the effectiveness of the protection of this vulnerable population and responds to a current trend in legal education and training committed to social custom, something demanded at law schools in the Colombian society. <![CDATA[<b>The quota law as an effective mechanism in political participation of women</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1692-85712014000200009&lng=en&nrm=iso&tlng=en Este artículo de reflexión analiza si la ley de cuotas cumple con los tres presupuestos principales que fundamentan el análisis económico según Richard Posner, esto es, racionalidad del comportamiento de los individuos, eficiencia como finalidad de las decisiones y normas jurídicas como mecanismos de incentivos traducibles a precios que inciden en la conducta de los individuos, en aras de determinar si su aplicación es eficiente. En ese sentido se examina si el favorecimiento que promueve la ley de cuotas al género femenino como colectivo marginado históricamente produce resultados eficientes en la medida que permite una mayor y mejor representación de la población femenina y además maximiza su participación en cargos de máximo nivel decisorio y otros niveles decisorios en las diferentes ramas del poder público y en los órganos que integran la administración pública. De igual modo se estudia si la aplicación del artículo 28 de la Ley 1437 de 2011, está produciendo resultados eficientes.<hr/>This reflection paper analyzes whether the quota law meets the three main assumptions underlying the economic analysis made by Richard Posner like the rationality of individual behavior, the efficiency in making decisions and legal rules as mechanisms of translatable incentives prices that affect the behavior of individuals, in order to determine if their application is efficient. In that sense, it is examined whether the favoring that promotes the quota law to female gender as marginalized group historically produces efficient results as allowing greater and better representation of the female population. It also maximizes their participation in positions of highest decision-making level and other decision-making levels in the different branches of government and the organs of public administration. Moreover, it examines whether the application of Article 28 of Law 1437 of 2011, is producing effective results. <![CDATA[<b>Guardians ad litem, evolution or regression in the procedural reforms of Colombia and the world</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1692-85712014000200010&lng=en&nrm=iso&tlng=en En la realidad jurídica existente en un proceso, salvo las excepciones del caso, se requiere la existencia efectiva y física del demandado, quien si por alguna circunstancia no puede o no quiere concurrir a ese escenario -como es el proceso- se debe, bajo instituciones constitucionales y legales, suplirse en mandatarios designados por el Juez para velar por el debido proceso y cumplir con uno de los tantos actos, como es trabar la Litis y ejercer el derecho de defensa ante las postulaciones expresadas por el demandante y de esta manera proseguir con las otras etapas demostrativas y resolutivas que enmarcan el proceso. En este artículo de reflexión se analiza justamente esa delegación que hace el Juez, en otra persona distinta al demandado en rebeldía o en incapacidad para comparecer, para mostrar cómo no se está cumpliendo con la verdadera finalidad que busca esa delegación muy a pesar de las reformas procesales que se han dado en lo referente a la figura y sobre quién recae ésta defensa; por constituirse dichos patrones, en una herramienta más para llenar un vació del que está ausente y no para la protección de sus derechos y de esta forma poder garantizar una tutela y una igualdad entre las partes que concurren al proceso. Constituyéndose por lo tanto en un instrumento aunque obligatorio, carente de defensa técnica y revestido de parcialidad, ante las disposiciones de la legislación actual y las reformas traídas por el Código General del Proceso.<hr/>In the existing legal situation in a process, with the exceptions of some cases, the effective and physical existence of the defendant, who if for some reason cannot or will not go to that scenario, how the process is required, it must, under institutions constitutional and legal, be supplemented by agents appointed by the court to ensure due process and meet one of the many events, for instance, blocking the Litis and exercise the right of defense before the nominations expressed by the plaintiff and thus continue other demonstrative and decisive steps that frame the process. This article analysis the delegation that the judge does in someone other than the defendant in default or failure to appear, which is not being met with the true purpose, in spite of procedural reforms that have occurred in relation to person figure and who bears this defense; be constituted such patterns, another tool to fill a void which is absent and not for the protection of their rights and in this way to ensure protection and equality between the parties which contribute to the process. Thus constituting a binding instrument but, lacking technical and coated bias defense to the provisions of existing legislation and reforms brought by the General Code of Procedure.