Scielo RSS <![CDATA[Vniversitas]]> http://www.scielo.org.co/rss.php?pid=0041-906020110002&lang=es vol. num. 123 lang. es <![CDATA[SciELO Logo]]> http://www.scielo.org.co/img/en/fbpelogp.gif http://www.scielo.org.co <link>http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200001&lng=es&nrm=iso&tlng=es</link> <description/> </item> <item> <title><![CDATA[<b>TEORÍA PROSPECTIVA, EFECTO MARCO Y LOS MENSAJES DE DISUASIÓN DE CONSUMO DE TABACO EN COLOMBIA</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200002&lng=es&nrm=iso&tlng=es El objetivo de este artículo de reflexión es explicar algunas ideas propias de la economía conductual tales como la teoría prospectiva y el efecto marco (framing effect), así como sus posibles implicaciones para el derecho, concretamente respecto a la regulación relacionada con la disuasión del consumo de tabaco en Colombia que ha derivado en los actuales mensajes de advertencia impresos en las cajetillas. El artículo concluye que dichos mensajes tienen la potencialidad de reducir eficazmente el consumo de tabaco, pero dicha efectividad podría incrementarse aun más si la información contenida en los mensajes es reenmarcada de una manera alternativa.<hr/>The main target of this reflex paper is to explain some ideas about behavioral economics, such as the prospect theory and the framing effect, as well as its possible implications for the law, especially in the context of tobacco control law in Colombia and the current package warning labels. The paper concludes that these warnings have the potential to reduce the tobacco consumption. However, the effectiveness of these messages could be increased if the information is reframed in an alternative way. <![CDATA[<b>DIGNIDAD, DERECHOS HUMANOS Y LA FILOSOFÍA PRÁCTICA DE KANT</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200003&lng=es&nrm=iso&tlng=es En el texto ofrezco una interpretación integrada del significado textual que el término "dignidad" tiene en la filosofía práctica de Kant. En este sentido, mi tesis es que la noción de Kant de dignidad es, en efecto, una noción socio-política y legal que proviene del significado común y general que en la época de Kant tenía el término. Este significado se refiere a la idea del desempeño de un oficio, posición y, especialmente, a la ostentación de un título legal de nobleza u honor. Mi texto está dividido en tres secciones. Primero, presento la idea de dignidad humana tal y como se ha ido desarrollado en el discurso de los derechos humanos. Segundo, expongo la noción de dignidad tal y como es presentada por la filosofía práctica de Kant. Principalmente analizaré la Fundamentación de la metafísica de las costumbres, la Crítica de la razón práctica y la Metafísica de las costumbres, tanto en la Doctrina del derecho como en la Doctrina de la virtud. Finalmente, en la tercera sección, presentaré algunas conclusiones de todo lo anterior.<hr/>In my paper I offer an integrated interpretation of the textual meaning that the term "dignity" has within Kant's Practical Philosophy. My claim is that Kant's notion of dignity is, in fact, a socio-political and legal notion. This meaning refers to the idea of an office, a rank and, particularly, a legal title of nobility or honor. My article is presented in three steps. First, I present the notion of human dignity as it has been developed by the human rights' discourse. Second, I expound the notion of dignity as it is presented in Kant's practical philosophy. I will mainly analyze the Groundwork of the Metaphysics of Morals, the Critique of the Practical Reason and the Metaphysics of Morals, both the Doctrine of Right and the Doctrine 'of Virtue. Finally, I will draw some conclusions from all of the above. <![CDATA[<b>INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE LAS NORMAS DE IUS COGENS EN EL SENO DE LA COMISIÓN DE DERECHO INTERNACIONAL, CDI</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200004&lng=es&nrm=iso&tlng=es El presente artículo analiza los orígenes de las normas ius cogens en su proceso evolutivo en la Comisión de Derecho Internacional. Para esto se acude a los trabajos presentados por los diferentes relatores especiales que tuvieron a su cargo el proyecto sobre el derecho de los tratados donde se incluyó el concepto de normas imperativas o ius cogens. Finalmente, se señalan las diferencias entre este tipo de normas y las normas del Derecho Internacional Humanitario. Se entiende por norma imperativa, de acuerdo con el artículo 53 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, aquella que ha sido "aceptada y reconocida por la comunidad internacional de Estados en su conjunto como norma que no admite acuerdo en contrario y que sólo puede ser modificada por una norma ulterior de derecho internacional general que tenga el mismo carácter".<hr/>This article analyses the origin of ius cogens rules through its evolutionary process in the International Law Commission. In particular, the article includes the work of special rapporteurs dealing with the law of treaties project, in which the concept of imperative rules and ius cogens was studied. Some differences between these rules and humanitarian law have also been included. According to Article 53 of the Vienna Convention on the Law of Treaties, a peremptory norm "is a norm accepted and recognized by the international community of States as a whole as a norm from which no derogation is permitted and which can be modified only by a subsequent norm of general international law having the same character".<hr/>Cet article développe les origines des normes ius cogens et son évolution au sein de la Commission de Droit International. Pour ce faire, nous procédons à l'analyse des travaux des rapporteurs chargés du projet de droit des traités dans lequel a été inclus le concept de normes impératives ou de ius cogens. Finalement, nous signalons les différences entre ce genre de normes y le droit international humanitaire. D'après la Convention de Vienne une norme impérative "est une norme acceptée et reconnue par la communauté internationale des Etats dans son ensemble en tant que norme à laquelle aucune dérogation n'est permise et qui ne peut être modifiée que par une nouvelle norme du droit international général ayant le même caractère". <![CDATA[<b>EL PROTOCOLO FACULTATIVO DEL PIDESC</b>: <b>UN PASO INCIERTO PARA LA PROTECCION DE LOS DESC.</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200005&lng=es&nrm=iso&tlng=es Este artículo examina, con un método descriptivo normativo, si las disposiciones del Protocolo Facultativo del PIDESC (Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) son congruentes con los principios integradores de los derechos humanos<hr/>This article examines, with a descriptive normative method, if the dispositions of the Optional Protocol of the ICESCR (International Covenant on Economic, Social and Cultural Rights) are according to the integrating principles of human rights. <![CDATA[<b>EL DERECHO A LA PAZ. </b><b>¿UNA NORMA PROGRAMÁTICA, CON TENDENCIA A LO NORMATIVO O A LO SEMÁNTICO?</b>: <b><i>IS IT A PROGRAMMATIC NORM TENDING TO WHAT IS NORMATIVE OR TO WHAT IS SEMANTIC?</i></b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200006&lng=es&nrm=iso&tlng=es El objetivo de este artículo es analizar el derecho a la paz teniendo como punto de referencia una categorización de la teoría de la Constitución. En ese sentido, se tratará de evidenciar si el derecho a la paz es una norma programática, normativa o semántica. Para lograr lo anterior, se describirá el derecho a la paz desde una perspectiva doctrinal y jurisprudencial que dé cuenta de su uso en diferentes contextos como el colombiano, en el cual el derecho a la paz tiene una significación bastante particular, debido al conflicto armado. Por último se ofrecerán algunas conclusiones.<hr/>The purpose of this article is to analyze the right to peace, taking the Theory of the Constitution as a reference point. In that sense, the authors try to determine the programmatic, semantic or normative nature of the right to peace. In order to achieve said purpose, the authors will describe the right to peace from the doctrine and case law, with the intention of expose its use in different contexts as the Colombian one, in which, the right to peace has a very particular meaning, because of the conflict. Finally, the authors will offer some conclusions. <![CDATA[<b>ENTRE EL REPUBLICANISMO Y EL CONSTITUCIONALISMO POPULAR. ¿CÓMO POTENCIAR LA PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA EN LA CONSTRUCCIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA Y CONSTITUCIONAL DEL BIEN COMÚN?</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200007&lng=es&nrm=iso&tlng=es El artículo es el resultado del primer año del Doctorado en Ciencias Jurídicas en la Pontificia Universidad Javeriana. Es un documento de revisión y al mismo tiempo de investigación sobre el republicanismo y el constitucionalismo popular. El objetivo general del documento es encontrar una teoría que permita recuperar la legitimidad institucional a través de una participación política activa por parte de los ciudadanos. El republicanismo y el constitucionalismo popular permiten resaltar el lugar y el papel protagónico que debe tener el ciudadano como creador permanente de su presente encaminado a la realización del bien común. En este aspecto, la democracia pareciera oponerse al liberalismo, ya que este último se centra en la protección de los derechos subjetivos. Por su parte, el republicanismo parte del supuesto de que el hombre busca la construcción de una esfera pública de autorealización, en la cual se pueda desarrollar una vida colectiva mejor. El énfasis está puesto en el status del hombre como ciudadano, y desde sus inicios pretende redefinir una auténtica posición igualitaria de este que se concretice en un verdadero autogobierno. Lo "público" debe estar por lo tanto al servicio del pueblo, porque al emanar de este participativa y deliberativamente, responde claramente a sus necesidades. El constitucionalismo popular, por su parte, tiene también como eje central la idea de que el gobierno le pertenece al pueblo, estando esta competencia por encima de sus representantes y del poder judicial. Estas corrientes teóricas se unen en la premisa de que los asuntos colectivos sean resueltos colectivamente y asimismo "de abajo hacia arriba". La democracia deja de tener entonces una aspiración meramente procedimental, para convertirse en un escenario con una agenda predeterminada: la de alcanzar el bien común para todos. Los mecanismos de participación ciudadana se vuelven también herramientas indispensables para el republicanismo.<hr/>This article is the result of the first year of doctorate studies of the author at Pontificia Universidad Javeriana in Bogotá-Colombia. It is a revision and investigation of republicanism and political constitutionalism theories, which seeks to recover the institutional legitimacy through active political participation by citizens. Republicanism and popular constitutionalism allow to highlight the leading role that should be permanent to the citizen as a creator of this track to achieve the common good. Democracy seems to oppose liberalism and the latter focuses on the protection of individual rights. Meanwhile, republicanism assumes that man seeks to build a public sphere of himself in which to develop a better collective life. Popular constitutionalism, in turn, also has as central theme: the idea that the government belongs to the people, with this competition over their representatives and the judiciary. These schools of thought are united on the premise that the collective issues are to be solved collectively and in a direction "bottom-up". Democracy ceases to be merely procedural aspiration to become a stage with a predetermined agenda: to achieve the common good for all. Citizen participation mechanisms also become indispensable tools for republicanism. <![CDATA[<b>EL CASO ESPAÑOL, UN PROCESO FEDERAL</b>: <b>ESTUDIO DE LA NUEVA CONFIGURACIÓN DE ESTADOS FEDERALES</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200008&lng=es&nrm=iso&tlng=es Este artículo expone cómo la idea federal está ligada a las circunstancias de tiempo y lugar en las que se cristaliza. Así, los elementos del Estado federal dependerán de las necesidades del contexto específico. El modelo federal adoptado en Estados Unidos y Alemania, dos tipos clásicos de esta forma de Estado, respondían a sus necesidades de tiempo y lugar. No obstante, sobre estos casos se construye el concepto jurídico de Estado Federal, que resulta ser muy estrecho para dar cuenta de la cantidad de estados que se denominan federales en el siglo XX. La nueva categoría del federal arrangement permite una configuración flexible y la comprensión de que el Estado federal no puede describirse como una figura estacionada en el tiempo, y que a este tipo de organización estatal no se puede llegar tan solo siguiendo fórmulas jurídicas, sino que debe comprenderse como una institución que evoluciona, condicionada a las necesidades de contexto, como se explica en el caso del proceso federal español.<hr/>This article explains how the creation of the federal idea is dependent upon a specific time and space. The federal idea in the Constitution of the United States is different from the idea of Germany in 1871. It responds to different problems and needs. Nevertheless, the conceptual construction of what a federal state means and the corresponding juridical design were taken out of these particular cases, therefore were very rigid and did not take into account differences in the particular conditions of society. This conceptual construction is re-evaluated in the second half of the XXth century as a more general category offederal arrangement. This category is more flexible and comprehensible of the reality of the context where the federal idea develops, as well as it is able to take into account the specific needs of the population. With this framework, I analyze in this article the Spanish case; I seek to establish the contemporary elements of a federal state, and how the idea evolves in a real environment. <![CDATA[<b>EL RECURSO EXTRAORDINARIO DE UNIFICACIÓN JURISPRUDENCIAL</b>: <b>¿HACIA LA INSTAURACIÓN DE UN JUEZ DE CASACIÓN EN LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO?</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200009&lng=es&nrm=iso&tlng=es La Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo, ha establecido un nuevo recurso extraordinario llamado "unificación jurisprudencial". Por supuesto, se trata de una institución novedosa, sin referente normativo en el procedimiento administrativo colombiano y con un impacto en el diseño institucional que podría trasformar al Consejo de Estado en un juez de unificación muy próximo al francés o a la Corte Suprema. Con esto, argumento entonces que en un desarrollo normativo novedoso en nuestra experiencia, el experimentalismo institucional nos ha llevado a instaurar un recurso cuyas consecuencias aún no se prevén, pero que sin duda podrá impactar directamente en el rol judicial del Consejo de Estado colombiano.<hr/>The Law 1437 of 2011, Colombian Administrative Procedure Code, has established a new extraordinary remedy called "jurisprudential unification" This new institution, without reference standards in the Colombian administrative Procedure, could have an impact on the institutional design that might transform the Council of State in a court of unification very close to the French experience or similar the Supreme Court. The author arguments that institutional experimentalism has led us to establish an action with consequences that are still not certain, but may have a direct impact on the judicial role of the Council of State in Colombia. <![CDATA[<b>PRINCIPIO AMBIENTAL DE PRECAUCIÓN Y CONTRATACIÓN MERCANTIL EN DERECHO COLOMBIANO. </b><b>PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200010&lng=es&nrm=iso&tlng=es El presente artículo es el primer resultado de los estudios doctorales que adelanta el autor y se constituye en el planteamiento inicial de su problema de investigación, con la presentación de una primera hipótesis de trabajo al respecto, no desarrollada en el presente escrito. El autor desea abordar las dificultades de compaginación que existen entre el derecho ambiental y el derecho comercial, para lo cual propone considerar la relación del principio ambiental de precaución y la contratación mercantil como ejemplo del conflicto entre esas dos ramas del derecho, reflexión realizada a la luz de lo que actualmente consagra el derecho colombiano, para concluir que el concepto de daño y, en concreto, de daño colectivo, se convierte en el elemento clave para la mencionada labor de compaginación.<hr/>This article is the first result of doctorate studies made by the author and it consists in the outlining of the research problem, with a first hypothesis that is still not developed in this paper. The author studies the difficulties of reconciling environmental and commercial law. To do so, he has chosen precautionary principle and commercial contracts, both in Colombian law, to demonstrate that the concept of collective damages is the key element to achieve that goal of harmonization. <![CDATA[<b>DIMENSIÓN DE LA EMPRESA. UNA PROSPECTIVA DE LA EMPRESA EN LA CONSTITUCIÓN Y SU IMPACTO SOCIAL DESDE LA DELEGACIÓN</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200011&lng=es&nrm=iso&tlng=es La responsabilidad de la empresa frente a la sociedad adquiere una gran relevancia, dado que la hace tener un rol especial frente a las cargas públicas que asume día a día frente a los fines del Estado; la regulación, la facultad de inspección, vigilancia y control, que debe tener el Estado, hacen que la empresa tenga un lugar especial en la Constitución y en la ley. La empresa tiene su forma de articularse a la luz de la delegación a nivel interno; la forma en que actúa, su dinámica gerencial, observa la manera en que se delega desde lo público y cómo se creó una tipología de empresas desde la misma Constitución Política; la injerencia de las empresas frente a las necesidades básicas insatisfechas, la prestación de servicios, el impacto en lo ambiental, y su relación con los consumidores y usuarios, ameritan la necesidad de ejercer un control social. Este ejercicio es una reflexión en relación con el papel de la empresa en el marco de la institución de la delegación.<hr/>The company acquires a great relevance in its social role towards the society. Its responsibility makes it have a special role to public burdens. Regulation, the power of inspection, monitoring and control, the State, have caused that the company has a special place in the Constitution and the law. The interference of the companies with unsatisfied basic needs, the provision of services, and the impact to consumers and users, demonstrate the need to exert social control over the companies. This paper is a reflection on the role of the company from the delegation viewpoint. <![CDATA[<b>LIBERTAD CONTRACTUAL Y SU FUNCIONALIZACIÓN</b>: <b>ORIENTACIÓN METODOLÓGICA Y LENGUAJE UTILIZADOS POR LA COMISIÓN ELABORADORA DEL CÓDIGO CIVIL BRASILEÑO</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200012&lng=es&nrm=iso&tlng=es La crisis del concepto de contrato ha ocasionado debates acerca de la nueva conformación de la libertad contractual y de los límites de su funcionalización, en particular en el derecho europeo y en los países de Latinoamérica. Por esta razón, este artículo trata de la libertad contractual y su funcionalización en una perspectiva histórica, mediante el estudio de los trabajos de la comisión que elaboró el Código Civil brasileño y que instituyó una disposición expresa acerca de la función social del contrato. Este artículo es una reflexión que trata de analizar las ideas y principios adoptados por el reconocimiento de la función social como cláusula general del derecho contractual, así como las consecuencias de esa norma a la libertad de contratar. La metodología utilizada fue pesquisa bibliográfica y análisis del Código en sí. En conclusión, se encontró que esa cláusula general pone el contracto a servicio de la realización del principio de la socialidad, que, a su vez, orienta los modelos jurídicos del contrato. Además, la función social del contrato también está colocada en el Código Civil en posición complementaria, y no antagónica, a la libertad de contratar, y esta se encuentra integrada a la actividad empresarial.<hr/>The crisis in contract's concept has caused debate on the new conformation of contractual freedom and the limits of its functionalization, particularly in european law and latin american countries. Therefore, this article addresses the contractual freedom and its functionalization from a historical perspective, through the studies produced by the Commission that has elaborated brazilian Civil Code and that has introduced in it an express provision on the contract's social function. This article is a reflection that seeks to analyze the ideas and principles adopted from the recognition of social function as a general clause in contract law, as well as the consequences of this rule on contractual freedom. The methodology used was bibliographic research and analysis of the Code itself. In conclusion, it was found that this general clause places the contract at the service of the sociality principle, that, in turn, guides the contract's legal models. Furthermore, the social function of the contract is also placed in Civil Code in a complementary, not antagonistic, position towards the freedom of contract, which is integrated into business activity. <![CDATA[<b>EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ACCIONES EN LA SAS (I)</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200013&lng=es&nrm=iso&tlng=es A lo largo de este estudio pretendemos realizar una aproximación al régimen de las acciones de la SAS teniendo en cuenta su representación, transmisibilidad, restricciones a que está sujeta y diferente tipología, partiendo de su incardinación esencial en el capital social. Hemos hecho hincapié en el desarrollo de un análisis comparado de la legislación colombiana, que la confronta a la española y otras europeas (especialmente la alemana e italiana), para desbrozar horizontes, problemas y soluciones que el régimen jurídico de las acciones puede plantear en la práctica. El régimen de la SAS deja ciertas zonas en la penumbra regulatoria que pretendemos ahora esclarecer con las reflexiones e interpretaciones de este estudio que puedan ayudar a completarla y mejorarla.<hr/>Throughout this study we make an approach to the structure of the SAS shares, given their representation, transferability, restrictions on itself and its different types, based on its essential incardination in capital of the society. We have emphasized this comparative analysis of Colombian Law, mainly with Spanish and European law, German and Italian especially, to clear horizons and problems that the legal norms of the shares can arise in practice. The SAS system leaves certain areas in regulatory semi-darkness. We want this study to provide reflections and interpretations that can help to find solutions to those problems. <![CDATA[<b>EL SISTEMA DE CONTRATOS DE EXPLOTACIÓN DEL BUQUE EN EL CÓDIGO DE COMERCIO COLOMBIANO</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200014&lng=es&nrm=iso&tlng=es Este artículo es fruto de la investigación realizada en la Universidad de la Sabana en desarrollo del proyecto "Transformaciones del ordenamiento jurídico colombiano en materia de responsabilidad a partir de la ratificación de los Tratados de Libre Comercio entre Colombia con la Unión Europea y con los Estados Unidos de América", capítulo "Transporte Marítimo", que nos exige como criterio preliminar una revisión rigurosa de la regulación de los contratos de explotación del buque en el Código de Comercio vigente. Metodológicamente se han utilizado los recursos histórico, doctrinal y de referencia al derecho comparado para el análisis de la legislación y la jurisprudencia aplicable. Este análisis nos ha posibilitado comprender que el sistema actual de regulación establecido en nuestro Código de Comercio sigue la estructura básica establecida en el derecho romano, articulada a través de la institución de la locatio conductio, que ha sido enriquecida y adicionada por el derecho medieval y moderno. La diferenciación de contratos de transporte marítimo de mercancías, fletamento y arrendamiento de buque regulados en el Código de Comercio se basa en el contenido obligacional de estas formas contractuales sin perder la perspectiva del buque como instrumento de la navegación marítima. En este punto nuestro sistema sigue la línea establecida por otros ordenamientos jurídicos como el italiano y el argentino en la regulación de la materia.<hr/>This article is the result of a study made at the Sabana University under the project: "Transformation on Liability in Colombian legislation after the approval of the Trade Agreements between Colombia and the European Union, and between Colombia and the United States of America - Maritime Transportation Chapter". This research demanded a rigorous review of the legislation on maritime transportation contracts in the commercial code. Several resources such as history, judicial decisions, authors' opinions and comparative law were used. Through this analysis we are able to understand that our legal system is based on the Roman law structure 'locatio conductio", enriched by medieval and modern law. The distinction between transport, affreightment and rent contracts is based on the parties duties without ignoring the vessel as the instrument for maritime navigation. Under this perspective, our system also follows the tradition established by other law systems like Italian and Argentinian law. <![CDATA[<b>UN PASO ADELANTE EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA EN EL ÁREA DE LA ENSEÑANZA DEL DERECHO EN COLOMBIA. RESEÑA DE "LA PROFESIÓN VA POR DENTRO" DE PEDRO JAVIER LÓPEZ (UNIVERSIDAD DEL ROSARIO, COLECCIÓN NOVA, BOGOTÁ, 2010, 290 P.)</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200015&lng=es&nrm=iso&tlng=es Este artículo es fruto de la investigación realizada en la Universidad de la Sabana en desarrollo del proyecto "Transformaciones del ordenamiento jurídico colombiano en materia de responsabilidad a partir de la ratificación de los Tratados de Libre Comercio entre Colombia con la Unión Europea y con los Estados Unidos de América", capítulo "Transporte Marítimo", que nos exige como criterio preliminar una revisión rigurosa de la regulación de los contratos de explotación del buque en el Código de Comercio vigente. Metodológicamente se han utilizado los recursos histórico, doctrinal y de referencia al derecho comparado para el análisis de la legislación y la jurisprudencia aplicable. Este análisis nos ha posibilitado comprender que el sistema actual de regulación establecido en nuestro Código de Comercio sigue la estructura básica establecida en el derecho romano, articulada a través de la institución de la locatio conductio, que ha sido enriquecida y adicionada por el derecho medieval y moderno. La diferenciación de contratos de transporte marítimo de mercancías, fletamento y arrendamiento de buque regulados en el Código de Comercio se basa en el contenido obligacional de estas formas contractuales sin perder la perspectiva del buque como instrumento de la navegación marítima. En este punto nuestro sistema sigue la línea establecida por otros ordenamientos jurídicos como el italiano y el argentino en la regulación de la materia.<hr/>This article is the result of a study made at the Sabana University under the project: "Transformation on Liability in Colombian legislation after the approval of the Trade Agreements between Colombia and the European Union, and between Colombia and the United States of America - Maritime Transportation Chapter". This research demanded a rigorous review of the legislation on maritime transportation contracts in the commercial code. Several resources such as history, judicial decisions, authors' opinions and comparative law were used. Through this analysis we are able to understand that our legal system is based on the Roman law structure 'locatio conductio", enriched by medieval and modern law. The distinction between transport, affreightment and rent contracts is based on the parties duties without ignoring the vessel as the instrument for maritime navigation. Under this perspective, our system also follows the tradition established by other law systems like Italian and Argentinian law. <![CDATA[<b>PERVERSIONES CONSTITUCIONALES</b>: <b>DERECHO, DEMOCRACIA Y PODER CONSTITUYENTE. RESEÑA DE "TEORÍA CRÍTICA CONSTITUCIONAL DE RICARDO SANÍN RESTREPO</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200016&lng=es&nrm=iso&tlng=es Este artículo es fruto de la investigación realizada en la Universidad de la Sabana en desarrollo del proyecto "Transformaciones del ordenamiento jurídico colombiano en materia de responsabilidad a partir de la ratificación de los Tratados de Libre Comercio entre Colombia con la Unión Europea y con los Estados Unidos de América", capítulo "Transporte Marítimo", que nos exige como criterio preliminar una revisión rigurosa de la regulación de los contratos de explotación del buque en el Código de Comercio vigente. Metodológicamente se han utilizado los recursos histórico, doctrinal y de referencia al derecho comparado para el análisis de la legislación y la jurisprudencia aplicable. Este análisis nos ha posibilitado comprender que el sistema actual de regulación establecido en nuestro Código de Comercio sigue la estructura básica establecida en el derecho romano, articulada a través de la institución de la locatio conductio, que ha sido enriquecida y adicionada por el derecho medieval y moderno. La diferenciación de contratos de transporte marítimo de mercancías, fletamento y arrendamiento de buque regulados en el Código de Comercio se basa en el contenido obligacional de estas formas contractuales sin perder la perspectiva del buque como instrumento de la navegación marítima. En este punto nuestro sistema sigue la línea establecida por otros ordenamientos jurídicos como el italiano y el argentino en la regulación de la materia.<hr/>This article is the result of a study made at the Sabana University under the project: "Transformation on Liability in Colombian legislation after the approval of the Trade Agreements between Colombia and the European Union, and between Colombia and the United States of America - Maritime Transportation Chapter". This research demanded a rigorous review of the legislation on maritime transportation contracts in the commercial code. Several resources such as history, judicial decisions, authors' opinions and comparative law were used. Through this analysis we are able to understand that our legal system is based on the Roman law structure 'locatio conductio", enriched by medieval and modern law. The distinction between transport, affreightment and rent contracts is based on the parties duties without ignoring the vessel as the instrument for maritime navigation. Under this perspective, our system also follows the tradition established by other law systems like Italian and Argentinian law. <![CDATA[<b>RESEÑA DE "FEDERALISMO EN TEORÍA Y PRÁCTICA. EL CASO ESPAÑOL COMO PROCESO FEDERAL. ESTUDIO DE LA AUTONOMÍA REGIONAL Y LOCAL EN LOS SISTEMAS FEDERALES"</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200017&lng=es&nrm=iso&tlng=es Este artículo es fruto de la investigación realizada en la Universidad de la Sabana en desarrollo del proyecto "Transformaciones del ordenamiento jurídico colombiano en materia de responsabilidad a partir de la ratificación de los Tratados de Libre Comercio entre Colombia con la Unión Europea y con los Estados Unidos de América", capítulo "Transporte Marítimo", que nos exige como criterio preliminar una revisión rigurosa de la regulación de los contratos de explotación del buque en el Código de Comercio vigente. Metodológicamente se han utilizado los recursos histórico, doctrinal y de referencia al derecho comparado para el análisis de la legislación y la jurisprudencia aplicable. Este análisis nos ha posibilitado comprender que el sistema actual de regulación establecido en nuestro Código de Comercio sigue la estructura básica establecida en el derecho romano, articulada a través de la institución de la locatio conductio, que ha sido enriquecida y adicionada por el derecho medieval y moderno. La diferenciación de contratos de transporte marítimo de mercancías, fletamento y arrendamiento de buque regulados en el Código de Comercio se basa en el contenido obligacional de estas formas contractuales sin perder la perspectiva del buque como instrumento de la navegación marítima. En este punto nuestro sistema sigue la línea establecida por otros ordenamientos jurídicos como el italiano y el argentino en la regulación de la materia.<hr/>This article is the result of a study made at the Sabana University under the project: "Transformation on Liability in Colombian legislation after the approval of the Trade Agreements between Colombia and the European Union, and between Colombia and the United States of America - Maritime Transportation Chapter". This research demanded a rigorous review of the legislation on maritime transportation contracts in the commercial code. Several resources such as history, judicial decisions, authors' opinions and comparative law were used. Through this analysis we are able to understand that our legal system is based on the Roman law structure 'locatio conductio", enriched by medieval and modern law. The distinction between transport, affreightment and rent contracts is based on the parties duties without ignoring the vessel as the instrument for maritime navigation. Under this perspective, our system also follows the tradition established by other law systems like Italian and Argentinian law. <![CDATA[<b>RESEÑA DE "DERECHO PROCESAL DE LA ACCIÓN DE TUTELA"</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-90602011000200018&lng=es&nrm=iso&tlng=es Este artículo es fruto de la investigación realizada en la Universidad de la Sabana en desarrollo del proyecto "Transformaciones del ordenamiento jurídico colombiano en materia de responsabilidad a partir de la ratificación de los Tratados de Libre Comercio entre Colombia con la Unión Europea y con los Estados Unidos de América", capítulo "Transporte Marítimo", que nos exige como criterio preliminar una revisión rigurosa de la regulación de los contratos de explotación del buque en el Código de Comercio vigente. Metodológicamente se han utilizado los recursos histórico, doctrinal y de referencia al derecho comparado para el análisis de la legislación y la jurisprudencia aplicable. Este análisis nos ha posibilitado comprender que el sistema actual de regulación establecido en nuestro Código de Comercio sigue la estructura básica establecida en el derecho romano, articulada a través de la institución de la locatio conductio, que ha sido enriquecida y adicionada por el derecho medieval y moderno. La diferenciación de contratos de transporte marítimo de mercancías, fletamento y arrendamiento de buque regulados en el Código de Comercio se basa en el contenido obligacional de estas formas contractuales sin perder la perspectiva del buque como instrumento de la navegación marítima. En este punto nuestro sistema sigue la línea establecida por otros ordenamientos jurídicos como el italiano y el argentino en la regulación de la materia.<hr/>This article is the result of a study made at the Sabana University under the project: "Transformation on Liability in Colombian legislation after the approval of the Trade Agreements between Colombia and the European Union, and between Colombia and the United States of America - Maritime Transportation Chapter". This research demanded a rigorous review of the legislation on maritime transportation contracts in the commercial code. Several resources such as history, judicial decisions, authors' opinions and comparative law were used. Through this analysis we are able to understand that our legal system is based on the Roman law structure 'locatio conductio", enriched by medieval and modern law. The distinction between transport, affreightment and rent contracts is based on the parties duties without ignoring the vessel as the instrument for maritime navigation. Under this perspective, our system also follows the tradition established by other law systems like Italian and Argentinian law.