Scielo RSS <![CDATA[Revista de Derecho Privado]]> http://www.scielo.org.co/rss.php?pid=0123-436620110002&lang=pt vol. num. 21 lang. pt <![CDATA[SciELO Logo]]> http://www.scielo.org.co/img/en/fbpelogp.gif http://www.scielo.org.co <![CDATA[<b><i>Dictatorship</i></b><b>, "<i>state of siege</i>" <i>and </i>provocatio ad populum <i>in the works of Mommsen</i></b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-43662011000200001&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt En esta contribución el autor vuelve al emblemático Römisches Staatsrecht (Derecho Público Romano) de Mommsen, para establecer en qué medida, al abordar los temas de la dictadura y la provocatio ad populum, el imponente jurista alemán también adoptó la ideología burguesa, y al hacerlo sobrepuso ideas y esquemas extraños a las concepciones romanas, desconociendo la especificidad de las distintas atribuciones otorgadas en la dictadura romana. El autor indica que la visión de la dictadura romana de Mommsen refleja la concepción que sobre la misma tuvo ya Montesquieu, desconociendo que esta magistratura era una summa potestas limitada que sólo en algunos casos supuso ejercicio discrecional de la represión criminal, de allí la fácil confusión con la tiranía como forma de gobierno, propia del pensamiento burgués. Así mismo, el autor señala que la reconstrucción de Mommsen desconoce también a Maquiavelo, quien aseveraba que nunca ningún dictador causó a la república más que beneficios, y resaltaba su temporalidad y limitados poderes, y a Rousseau, quien recordaba que un dictador podía en ciertos casos suspender las libertades públicas sin poder nunca atentar contra ellas.<hr/>In this contribution the author returns to the mommsen's roman Public Law, to establish if addressing issues of dictatorship and provocatio ad populum, the imposing German jurist also adopted bourgeois ideology, and in doing so superposed ideas and schemes foreign to the Roman concepts, ignoring the specificity of the different powers granted in the Roman dictatorship. The author indicates that the view of mommsen's roman dictatorship reflects the design of montesquieu, ignoring that this attribution was a summa potestas limited only in some cases led to discretionary exercise of criminal repression; hence the easy confusion between dictatorship and tyranny as a form of government, this confusion is characteristic of bourgeois thought. Likewise, the author notes that the mommsen's proposal also ignore machiavelli, who asserted that no dictator ever caused to the republic than benefits, and emphasized its temporary and limited powers, and Rousseau, who remembered that a dictator could in certain cases suspend civil liberties but without ever undermining them. <![CDATA[<b>Romani <i>and</i> Gothi <i>in Italy. The community of law in Justinian's united republic</i></b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-43662011000200002&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt La pragmatica sanctio pro petitione Vigilii no extendió a Italia la codificación de Justiniano, sino que reafirmó con mayor vigor la validez que ésta ya tenía antes del envío sub edictali programmate del 554. Los reyes ostrogodos fueron magistrados legítimos del Imperio y defensores del derecho romano, que regía como ius commune para Gothi y Romani, al mismo tiempo que se mantenía vigente el derecho "nacional" de los Godos, conforme con el principio federativo que gobierna la construcción y ampliación del imperium populi Romani.<hr/>The pragmatica sanctio pro petitione Vigilii of 554 did not extend justinian's codes to Italy, but rather reaffirmed more vigorously the obligation to apply such codes which had entered into force since the very moment of their previous transmission sub edictali programmate. The Ostrogoth kings acted as magistrates of the Empire and guardians of Roman law, which was applied as ius commune for Goths and Romans, while at the same time the "national" Goth law remained in force, in accordance to the federative principle that was the basis for the building and expansion of the imperium populi Romani. <![CDATA[<b><i>Imperium and Imperator The origin of power and its modern perspectives</i></b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-43662011000200003&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt El concepto del poder y su origen han ocupado un lugar primordial en la historia del pensamiento político, los más dedicados autores han fijado su atención en la idea de poder personal y poder del grupo. Precisamente la idea de poder del grupo se traducirá luego en soberanía popular, cuando el laboratorio de la historia habrá preparado un lugar para la ficción de la concepción burguesa del poder, en cabeza del nuevo concepto de Estado (Staat). El autor revive entonces las nunca desuetas interpretaciones sobre el origen del poder, centrando su atención en los conceptos de imperium e imperator en la tradición del derecho romano público, en la búsqueda de claves interpretativas que ayuden a comprender mejor la concepción moderna del poder político, en aras de establecer si esta es una evolución natural del derecho o simplemente una propuesta política que prevaleció sobre otra.<hr/>The concept of power and its origin have occupied a prominent place in the history of political thought, the most dedicated authors have focused their attention on the idea of personal power and power of the group. The idea of power of the group have a close relationship with the modern concept of popular sovereignty, when the laboratory of history has prepared a place for that fiction of the bourgeois conception of power, head of the new concept of state (Staat). The author revives old interpretations about the origin of power, focusing on the concepts of imperium and imperator in Roman Public law tradition, looking for interpretations that help us to better understand the modern conception of political power, in order to establish whether this is a natural evolution of public law or simply a political proposal prevailed over another. <![CDATA[<b><i>Imperium of judgements in Rome and in present time</i></b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-43662011000200004&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt El proceso, su estructura, las funciones del juez, la fuerza de las decisiones judiciales y su fundamento en el imperium y en la iurisdictio, han sido argumentos del mayor interés en las elaboraciones jurídicas, tanto de la romanística como de la ciencia del derecho procesal; la autora revisa los efectos de la sentencia a la luz de la estructura del sistema procesal romano, las funciones del juez y el origen de la apelación, para luego confrontar el análisis con una mirada general a los efectos de la actuación judicial y de las decisiones judiciales en la legislación argentina.<hr/>The trial structure, the functions of the judge, the binding effect of judicial decisions and their foundations in the imperium and the iurisdictio have been arguments in the working interest of Roman law tradition and the science of procedural law; this contribution reviews the effects of the sentence in the structure of Roman civil procedure, the functions of the judge and the origin of the appeal, and then compare the analysis with an overview of the effects of legal proceedings and decisions in Argentina's procedural law. <![CDATA[<b><i>The General Clauses between Analytical Theory and Legal Dogmatics</i></b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-43662011000200005&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt A partir de un reciente estudio de Vito Velluzzi, el artículo propone una reconstrucción alternativa del concepto de cláusula general, respetuosa de la pluralidad de posiciones dogmáticas contrapuestas. Además, hace un análisis de algunas tesis concernientes a la indeterminación, la interpretación y la elasticidad de las cláusulas generales, dirigido a favorecer una visión realista del fenómeno.<hr/>Taking the lead from a recent inquiry by Vito Velluzzi, the paper sets forth a rational reconstruction of the concept of general clause, meant to be respectful of the plurality of competing legal-dogmatics conceptions. A few thesis about the indeterminacy, interpretation and socalled elasticity of general clauses are also analyzed, in order to provide a more accurate and realistic view of the matter. <![CDATA[<b><i>Abuse of Right and Legal Interpretation</i></b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-43662011000200006&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt El ensayo presenta y critica, en general, la teoría de los ilícitos atípicos de Atienza y Ruiz Manero. Luego pone en tela de juicio, de manera más específica, la teoría normativa que Atienza y Ruiz Manero han delineado sobre el abuso del derecho. El autor basa sus críticas en una teoría escéptica de la interpretación jurídica y en un enfoque meta-ético de Corte no-objetivista.<hr/>This essay presents and criticizes by and large Atienza's and Ruiz Manero's atypical torts theory. Then, more specifically, it disapproves of Atienza's and Ruiz Manero's normative theory concerning the abuse of right. The author's criticism is based on a skeptical theory of legal interpretation and a non-objectivist meta-ethical approach. <![CDATA[<b><i>The concept of gender justice</i></b>: <b><i>theories and practice</i></b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-43662011000200007&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt El presente artículo propone una exploración preliminar a propósito del concepto de justicia de género. A partir del análisis de algunos usos y discursos de dicha noción, el texto propone una aproximación a los contextos institucional, académico y teórico que han influido en las formas en que el concepto es entendido y utilizado. Además de intentar señalar algunos de los factores que explican la ambigüedad del concepto, el artículo pretende proponer una serie de preguntas para estudios más detallados acerca de este concepto y de las condiciones para su comprensión y utilidad, en especial en los estudios socio-jurídicos.<hr/>This article proposes a preliminary exploration about the concept of gender justice. Based on the analysis of some practices and discourses of this notion, the text proposes an approach to identify the institutional, academic and theoretical contexts, which influenced the ways like the concept is understood and used. Besides trying to identify some of the factors that explain the ambiguity of the concept, the article proposes a series of questions for a more detailed study of this concept and the conditions for its understanding and usefulness, especially in socio-legal studies. <![CDATA[<b><i>Use of the terms 'Adequate Representation' and the operability of the American Federal Plaintiff Class Action</i></b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-43662011000200008&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt El autor explica, en el contexto jurídico-normativo de la Federal Plaintiff Class Action, en qué modo los contenidos atribuidos al derecho subjetivo a la adecuada representación condicionan la extensión (subjetiva) de los efectos de cosa juzgada a los miembros ausentes de la class y, entonces, el uso del mecanismo procesal prescrito por la Rule 23 de las Federal Rules of Civil Procedure. En particular, este ensayo demuestra cómo los actores jurídicos, a la luz de la función cada vez adscrita a la class action, usan la locución 'adecuada representación' para justificar la constitucionalidad de las elecciones normativas que restringen progresivamente el contenido tradicionalmente adscrito al derecho subjetivo de acción.<hr/>The author explains how, in the normative context of the Federal Plaintiff class Action, the contents assigned to the subjective right to adequate representation condition the biding effect of the class action judgments and, hence, the use of the procedural device prescribed by Rule 23 of the Federal rules of civil Procedure. In particular, this essay shows how the legal actors, in the light of a function assigned each time to the class action, use the terms 'adequate representation' to justify the constitutionality of the normative choices that progressively restrict the content traditionally assigned to the subjective right of action. <![CDATA[<b><i>Problems of extracorporal human fertilization</i></b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-43662011000200009&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt El avance de la técnica y la experiencia médica trae consigo nuevas exigencias para el jurista en su tarea cotidiana de producir un derecho mejor en consonancia con la cambiante realidad de la sociedad contemporánea; exigencias que se traducen en arduos problemas jurídicos con sus naturales implicaciones éticas. En materia de fertilización extracorpórea el desarrollo médico trajo como consecuencia que muchos de los embriones obtenidos en el laboratorio no fueran transferidos al útero, por razones de conveniencia o de necesidad; en consecuencia, un buen número permaneció en los laboratorios en estado de crioconservación. Sobre esos seres era y es posible actuar con muy diversos fines, o abstenerse de hacerlo; en otras palabras, existe la posibilidad, que en ocasiones se torna necesidad, de tomar decisiones que los afectan, con lo cual entramos en el ámbito jurídico. La autora pone en evidencia los problemas de mayor relevancia a los que se enfrentan el jurista y el legislador ¿Los embriones in vitro serán diferentes de aquellos que se encuentran dentro del útero? ¿Serán entidades idénticas con el mismo estatus moral y jurídico? ¿las definiciones tradicionales se han quedado cortas? ¿Han acertado los legisladores a la hora de definirlos? la autora también señala que la presencia de embriones congelados en los centros de fertilidad puede dar origen a numerosos conflictos, tanto cuando se logra tener el hijo deseado empleando un número menor del obtenido, como cuando el deseo de procrear desaparece, se frustra o se individualiza de manera diferente en los progenitores; otra cuestión es también la de la selección del espermatozoide o los embriones en razón del sexo, en resumen, debates y conflictos que plantean la necesidad de establecer criterios jurídicos para determinar los sujetos legitimados para decidir su destino y la clase de decisiones que les corresponden. Estos y otros, que incluso involucran las relaciones entre la biotecnología y el mercado, son los interrogantes que están en el centro de la discusión en esta actual y compleja materia.<hr/>The advance of technology and medical expertise certainly brings with it new demands on the interpretation of law in line with the vicissitudes of contemporary society, while these requirements in the context of advances in medical expertise, result in problems with legal and ethical implications. These same advances indicated that it was not necessary, even that was not convenient to transfer to the uterus of all embryos, which then meant that a good number remained in the laboratory in a state of cryopreservation. But most of that being was and is possible to act with very different purposes, or refrain from doing so in other words, it is possible that sometimes becomes necessary, to make decisions that affect it, so then we're in the legal matter, and here the author highlights the most important problems facing the jurist and the legislator: do in vitro embryos will be different from those in the uterus? Are they identical entities with the same moral and legal status? Are traditional definitions have fallen short? legislators have successful define them? The author also notes that the presence of frozen embryos at fertility centers can give rise to numerous conflicts, both when it is desired to have the child achieved using a smaller number of obtained, as when the desire to procreate is gone, frustrated or individualized differently in the parents. Another question is also the selection of sperm or embryos based on sex, or if the embryos in the laboratory have not been transferred to the uterus, that is, decisions about the future of embryos transferred and the options open as to the legitimacy of the subjects that may decide his fate. These and others, even involving the market pressure, are the questions that are at the heart of the discussion on this present and very complex matter. <![CDATA[<b><i>Critic approach on the Civil Code's distinction of public assets</i></b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-43662011000200010&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt El estudio de la naturaleza y del régimen de los bienes públicos en el derecho colombiano ha estado marcado por la clásica distinción de los mismos realizada por el Código Civil. Este artículo pretende demostrar que dicha clasificación se encuentra superada, en la actualidad, por la realidad de su desarrollo legislativo y por la necesidad de una gestión más eficiente de los patrimonios públicos. No existen, entonces, en el derecho colombiano dos categorías de bienes públicos -los bienes de uso público y los bienes fiscales-, sino una pluralidad de categorías de bienes y de afectaciones, cuyo régimen de protección se fundamenta en la necesidad de proteger los intereses generales que dichos bienes permiten cumplir.<hr/>The study of the nature and regulation of public property in colombian law has been influenced by the classic civil code distinction on the matter. This article tries to prove that this distinction has been surpassed by the reality of the legislative development and by the need to give these assets a more efficient management. Thus, the dual distinction of two sorts of public assets is no longer useful to analyze colombian law, in which there are several categories of public assets as well as several public interest uses of those assets, their regulation is based on the need to protect general interests. <![CDATA[<b><i>Notes about the concept and the guarantee of the right of property in the Colombian Constitution</i></b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-43662011000200011&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt Este artículo plantea la necesidad de explorar el régimen constitucional del derecho de propiedad privada como condición para llevar a cabo una reconstrucción adecuada del contenido y concepto del mismo, así como un presupuesto para la determinación del significado de su garantía establecida por el artículo 58 párr. 1 frase 1 de la Constitución colombiana. Las transformaciones actuales de la sociedad, la proliferación de formas de propiedad privada difícilmente reconducibles al esquema tradicional del Código Civil y el reconocimiento de los notables poderes de intervención sobre el derecho previstas por el texto constitucional como formas de asegurar la tutela del interés general elevan esta exigencia y demandan llevar a cabo esta labor. No de otra forma resulta posible asegurar tanto una base constitucional común a todas las relaciones entre el Estado, los particulares y lo adquirido por ellos, que al tiempo que formaliza su sometimiento a los poderes de injerencia estatal en este ámbito, racionaliza estos poderes y hace operativa la idea de garantía del derecho proclamada en la Constitución.<hr/>This article presents the need of exploring the constitutional regulation of the right of property as a condition to an appropriate reconstruction of its content and concept, as well as a prerequisite to determining the meaning of the idea of its constitutional guarantee declared by article 58.1.1 of the colombian constitution. The social changes, the proliferation of numerous forms of property hardly capable of being subsumed under the traditional notion of the civil code and the recognition of remarkable intervention powers to the State in order to assure the protection of the public interests set out this demand. It appears as a plausible way of establishing a common foundation to all relations among the authorities, the privates and what is been acquired by them. On one hand, this approach formalizes the submission to public intervention of all patrimonial relations; on the other hand, it rationalizes these meaningful powers given to the State and sets into action the guarantee of property right proclaimed by the constitution. <![CDATA[<b><i>The unilateral modification of contract</i></b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-43662011000200012&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt ¿Puede haber modificación unilateral del contrato en el derecho Francés? Debido a la creciente influencia del unilateralismo en el derecho contractual francés, se analiza la manera en que dicho fenómeno, visto exclusivamente en su rol de modificación, se conjuga, choca, interactúa con la visión actual o actualizada de la fuerza obligatoria o de la buena fe, lo que guarda finalmente una íntima relación con la manera como pretende ser aprehendido el contrato. En efecto, partiendo de la definición de modificación unilateral, este ensayo busca demostrar que los grados de unilateralismo pueden ser variables tanto en la iniciativa como en la decisión de modificación, grados que serán aceptados o tolerados por el ordenamiento jurídico dependiendo de su influencia en el processus.<hr/>Can there be any unilateral modification of contract in French law? Due to the increasing influence of unilateralism in French contract law, the author examines how this phenomenon, seen only in their modification role, combines and interacts with the current view or update of the binding effect of di or good faith, which ultimately keeps a close relationship with the way the contract is intended to be apprehended. Indeed, from the definition of unilateral change, this essay seeks to demonstrate that the degree of unilateralism can be variable in both the initiative and the decision to modify the contract; these grades will be accepted or tolerated by the law depending on their influence on the processus. <![CDATA[<b><i>About the juridical nature of creditor's 'cooperation' in fulfill contractual obligation. The dynamic position of creditor as a subject not just of rights but also of duties</i></b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-43662011000200013&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt El cumplimiento de la obligación está puesto a cargo del deudor, sin embargo, la mayoría de las veces para poder cumplir el deudor necesita la cooperación del acreedor, al punto que en ocasiones la falta de cooperación torna imposible el cumplimiento. Por lo demás, el cumplimiento, o cuando menos la extinción de la deuda, no le interesa sólo al acreedor, sino también al deudor, quien quiere verse liberado del vínculo obligatorio y, algunas veces, está interesado en la efectiva ejecución de la prestación adeudada. Cabe entonces preguntarse ¿está o no obligado el acreedor a prestar su cooperación al cumplimiento?, en otras palabras, ¿cuál es la naturaleza jurídica de dicha cooperación: una facultad, una carga, un deber secundario de conducta o una obligación? este artículo pretende, a partir del derecho romano como base del Sistema continental moderno, dar respuesta a tal interrogante mediante la exégesis de algunos pasajes del corpus iuris y el análisis de las cuatro opciones sostenidas por la doctrina.<hr/>Traditionally the contractual performance is in charge of debtor's behavior, but mostly, to be able to fulfll the debtor needs creditor's cooperation at the point that without cooperation the performance becomes impossible. In this context, the author ask if creditor have or not a duty to cooperate in debtor's performance, and which is the juridical nature of that duty. <![CDATA[<b>El deber de información contractual y sus límites</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-43662011000200014&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt El presente artículo trata del alcance y de los límites del deber de información, para lo cual, se establece que el deber de información es una obligación emanada de la buena fe y su cumplimiento permite el pleno uso de la libertad contractual en cuanto facilita decidir la conveniencia del negocio, prevenir los riesgos, determinar el alcance de las obligaciones y derechos asumidos. Adicionalmente se establece que la información suministrada deberá ser clara, oportuna y transparente, de manera que permita que el deber de información se cumpla de forma substancial y no meramente formal. Por último, el autor devela los límites que impone la buena fe al deber de información en forma tal de dotar a dicho deber de contenido, eficacia y precisión. <![CDATA[<b><i>Duty to mitigate the damage</i></b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-43662011000200015&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt Principios como el de la indemnización integral del daño ponen en evidencia que la filosofía de la responsabilidad civil es que la víctima de un daño antijurídico obtenga reparación de aquel que es declarado "responsable". Para alcanzar su objetivo, el régimen de responsabilidad civil cuenta con una serie de fundamentos jurídicos, presunciones, principios y mecanismos orientados a que el responsable repare o indemnice el daño. No obstante, si la miramos desde el punto de vista del responsable, la situación sugiere que la víctima debería también ocuparse del daño que le ha sido causado: pues la víctima tiene la facultad de impedir la aparición de perjuicios derivados del daño y evitar que aquellos que ya tuvieron lugar se hagan más graves. Esto es lo que la doctrina denomina "la obligación de la víctima de moderar el daño". El análisis de esta obligación demanda un estudio de sus formas de aplicación en los diferentes sistemas de derecho y el de su fundamento jurídico, tanto en la responsabilidad contractual como en la extracontractual; el presente artículo da una primera mirada, general, a este propósito.<hr/>Principles as the complete damage compensation indicates that the essence of law of torts is that the victim of damage obtains compensation from who has been declared "liable". Otherwise, if we stand in the position of party who has been declared liable, the situation suggests that the victim should also occupy of damage that has been caused: it means that the victim have the duty to mitigate the damage and its consequences. The analysis of this duty demands a revision of the way that different legal systems apply this duty and its juridical basis in law of torts. This article proposes a general approach to the subject. <![CDATA[<b>Decisiones Jurisprudenciales de interés emitidas por el Consejo de Estado colombiano relacionadas con la responsabilidad contractual y extracontractual del Estado</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0123-43662011000200016&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt Principios como el de la indemnización integral del daño ponen en evidencia que la filosofía de la responsabilidad civil es que la víctima de un daño antijurídico obtenga reparación de aquel que es declarado "responsable". Para alcanzar su objetivo, el régimen de responsabilidad civil cuenta con una serie de fundamentos jurídicos, presunciones, principios y mecanismos orientados a que el responsable repare o indemnice el daño. No obstante, si la miramos desde el punto de vista del responsable, la situación sugiere que la víctima debería también ocuparse del daño que le ha sido causado: pues la víctima tiene la facultad de impedir la aparición de perjuicios derivados del daño y evitar que aquellos que ya tuvieron lugar se hagan más graves. Esto es lo que la doctrina denomina "la obligación de la víctima de moderar el daño". El análisis de esta obligación demanda un estudio de sus formas de aplicación en los diferentes sistemas de derecho y el de su fundamento jurídico, tanto en la responsabilidad contractual como en la extracontractual; el presente artículo da una primera mirada, general, a este propósito.<hr/>Principles as the complete damage compensation indicates that the essence of law of torts is that the victim of damage obtains compensation from who has been declared "liable". Otherwise, if we stand in the position of party who has been declared liable, the situation suggests that the victim should also occupy of damage that has been caused: it means that the victim have the duty to mitigate the damage and its consequences. The analysis of this duty demands a revision of the way that different legal systems apply this duty and its juridical basis in law of torts. This article proposes a general approach to the subject.