Scielo RSS <![CDATA[Estudios Socio-Jurídicos]]> http://www.scielo.org.co/rss.php?pid=0124-057920020002&lang=en vol. 4 num. 2 lang. en <![CDATA[SciELO Logo]]> http://www.scielo.org.co/img/en/fbpelogp.gif http://www.scielo.org.co <link>http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-05792002000200001&lng=en&nrm=iso&tlng=en</link> <description/> </item> <item> <title><![CDATA[<b>NOTES IN THE FROM THE OBJECTIVES SET BY EUROPEAN MANDAMUN OF ARREST WARRANT AND HAND OVER</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-05792002000200002&lng=en&nrm=iso&tlng=en El artículo sustenta la razón de ser de la nueva figura propuesta por la Unión Europea para obviar la impunidad, especialmente en cuanto atañe a la responsabilidad por delitos transnacionales o delincuencia organizada. Así mismo, aborda los acuerdos multilaterales de Maastricht y Amsterdan, enderezados a construir un bloque de naciones con identidad de propósitos y de cooperación. Se tratan los alcances y características del mandamiento de detención y entrega, con lo que se superan los escollos propios de la extradición activa y pasiva y de la administración de justicia por representación o estatuto universal, y se asegura la eficacia en la represión de las actividades ilícitas, a la vez que se brinda la seguridad demandada por los ciudadanos europeos en punto de la protección de sus bienes. Por otra parte, se refiere a las modificaciones internas que deben hacer los Estados individualmente considerados para sumir la nueva figura, así como la posibilidad que les asiste de confeccionar una lista negativa de delitos a los cuales estimen improcedentes el mandato europeo de detención y entrega. Se expone sobre las garantías procesales y sustanciales como la no violación del principio non bis in ídem, la amnistía, la prescripción, la exigencia de informaciones necesarias y suficientes, la reintegración social, y la situación excepcional de no entregar a la persona buscada. También se insiste en la vocación judicial de la figura. Aparece entonces el mandamiento de detención europeo como un tercer pilar común a los miembros de la Unión Europea determinado por el "espacio judicial europeo", como segura consecuencia del "espacio territorial europeo" que se conquistó con el Acuerdo Schengen acerca de la libre circulación de las personas pertenecientes a los Estados miembros sin control alguno. Finalmente, se trata el caso de Italia, habida cuenta que debe incorporar modificaciones en su orden interno consonantes con el acuerdo y que presenta falencias por las dificultades judiciales en las que se han visto envueltos algunos miembros del Gobierno.<hr/>The article set support the reasons for a new institution established by the European Union to avoid impunity, especially on transnational illegal actions and organized crime. By the same token, it studies the international agreements of Maastricht and Amsterdam as bedrock for building a block of nations with common purposes. The article covers the reach and characteristics of the mandamus by which it is avoid the obstacles set by the passive and active extradition and those generated by justice administration by representation or universal statute. The mandamus also assures the efficiency of crime repression and provides the security demanded by Europeans citizens over their belongings. Additionally, the article refers to the individual internal modifications to incorporate the new institution as well as the need to elaborate the list of crimes that will be out of the application of the mandamus. It also informs about the due process guarantees as double jeopardy, amnesty, statute of limitations, sufficient information, rehabilitation and the exceptional situation in which a searched person is not hand over. The European mandamus of arrest warrant appears as a third common foundation: "The European Judicial Space" as a consequence of the European Territorial Space obtained by the Schengen agreement related to the free circulation of people among state members. Finally, the Italy case is treated in two forms. First, it needs to place some internal reforms to adopt the mandamus and second, it offers a special attention due to different judicial process in which have been involved government members. <![CDATA[<b>INTERNATIONAL LAW AND INTERNATIONAL RELATIONS THE XX CENTURY</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-05792002000200003&lng=en&nrm=iso&tlng=en Se argumenta en este artículo que las desastrosas consecuencias de la primera y segunda Guerra Mundial determinarían la necesidad de plantear teorías acerca de cómo debían comportarse los estados en sus relaciones, y que allí se consolida la noción de Derecho Internacional como ciencia interesada en la concreción de la comunidad internacional. Es solo a partir de esa dinámica histórica que se deslegitima como mecanismo de interacción entre los estados.<hr/>It is argued in this article that the terrible consequences produced by the First World War would place the need to elaborate theories about the appropriate states behavior on its mutual relations and this, after the Second World War, consolidated the notion of international law as a sciences interested in the concretion of international community. The article concludes that is from this historic dynamic that war was desligitimatized as a mechanism of states interaction. <![CDATA[<b>ELECTORAL SYSTEMS FOR CONGRESS IN COLOMBIA (1821-2002)</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-05792002000200004&lng=en&nrm=iso&tlng=en El informe describe la sucesión de sistemas electorales adoptados por los regímenes o hegemonías unipartidarias (liberales o conservadoras), en la historia colombiana, a partir de la Independencia. Los dos partidos tradicionales de Colombia, fundados en 1847-48, fueron actores de un conflicto, generalmente violento, por el control del poder del Estado que se prolongó hasta 1953. En esa centuria alternaron regímenes o hegemonías unipartidarias que celebraban elecciones no competitivas ni sinceras, bajo sistemas electorales excluyentes (mayoría simple, voto en bloque y pequeñas circunscripciones) para obstaculizar la participación política del partido en la oposición. Luego de un régimen militar de transición (1953-57) ambos partidos entran en un largo período de colusión o cartelización (1957-2002...) que facilita la corrupción en el Estado y en la política, y con el desprestigio de los partidos la aparición de un voto de opinión inestructurado y volátil. La nueva Constitución (1991) general la intensificación del clientelismo electoral y la conformación de pequeñas empresas de clientes electorales, cuya dinámica perversa sólo puede ser detenida con una reforma electoral re-institucionalizante basada en el umbral legal en el escrutinio.<hr/>In this century state control was alternated between single party regimes or hegemonies that celebrate neither competitive nor truly election under exclusionary electoral systems. Simple majority, block vote, and tiny electoral districts were examples of a systems designed to hinder equal participation of the opposite party. After a military regime in a transition moment (1953-57) both parties enter in a long period of collusion and cartelization (1957-2002) that allows state and political corruption, and at the same time the rise of an unstructured and volatile opinion vote. The new constitution incites (1991) clientage intensification and the formation of small personal and family electoral enterprises perverse dynamic can only by stopped by an institutionalize electoral reform base in a affective electoral threshold. <![CDATA[<b>THE FITTING OF ADMINISTRATIVE LAW TO THE COMTEMPORARY STATE</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-05792002000200005&lng=en&nrm=iso&tlng=en la concepción que se tenga del Estado termina su régimen jurídico, especialmente en cuanto tiene que ver con la actividad y estructura de la Administración, de manera que, además de su actual complejidad, el cambio de paradigma del Estado intervencionista al Estado regulador ha implicado que el ordenamiento jurídico de actuación y organización de los entes estatales, particularmente los de la rama ejecutiva, se haya tenido que venir ajustando a ese nuevo modelo de Estado, proceso de cambio cuyo contenido y alcance ha sido determinado por las tendencias contemporáneas que lo orientan. La más connotada de esas tendencias es la denominada "huida del derecho administrativo", cuya implementación ha venido operando mediante la adopción directa del derecho privado a la actividad y estructura de la administración pública o a través de la introducción de elementos del derecho privado dentro de las formas institucionales del derecho público, ya sea atendiendo a la naturaleza de la actividad o a la estructura del órgano que la lleva a cabo. Teniendo en cuenta que el objetivo de estudio del Derecho Administrativo lo constituye entonces en buena medida la regulación de la actividad y estructura de la Administración, en este artículo se hace un análisis de la manera en que a través de la tendencia antes mencionada se han pretendido adecuar los contenidos de esa disciplina jurídica al cambio del modelo de Estado imperante y de los riesgos que ese proceso de adecuación entraña.<hr/>The conception about the state determines its legal regime, especially in issues related to administration activity and structure. Thus, in addition to its current complexity, the parading change from the interventionist to the regulator state, has brought an adjustment of the legal system that regulates states entities, especially the executive branch. The process generated by this change has been determined by some contemporary tendencies. The most prevalent of these tendencies is "run away from the administrative law" which implementation has operated through the adoption of civil law to regulate activity and administration of the Public Administration. Another way has been through the establishment of elements of private law in institutional forms of public law, either because it fits into activity nature, or into the entity' structure. Having in mid that the analytical objective of administrative law study is, in great measure, the regulation of State structure and its activity, this article makes an analysis of the way by which, the tendency mentioned, has pretended to fit into the contents of administrative law to the current change of State model and the risks that this process brings about. <![CDATA[<b>TEMPORALITY OF THE CADUCITY</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-05792002000200006&lng=en&nrm=iso&tlng=en Recientes fallos del Consejo de Estado, máximo Tribunal de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, han variado la tradicional jurisprudencia de la citada corporación, en relación con el plazo máximo, para imponer sanciones tales como la caducidad y multas, a los contratistas del Estado, extendiéndose hasta el plazo legalmente previsto para efectuar la liquidación final de manera bilateral. Esta circunstancia, ha motivado multiplicidad en abusos por parte de los funcionarios a la cabeza de las entidades públicas, lo cual obliga a estudiar la viabilidad de tal posición, frente a las justificaciones tanto jurídicas como filosóficas, en las que se apoyan las facultades excepcionales y los poderes exorbitantes que ostentan los entes estatales en so posición contractual. Este artículo, pretende llamar la atención respecto de la posición del Estado frente a tales poderes, en tanto es el supremo defensor de los intereses comunes, y no el juez de sus propias relaciones jurídicas, lo cual constituiría el abuso de su situación como parte de una realidad bilateral.<hr/>Recent decisions from the Council of State, Supreme Court of administrative jurisdiction, have changed its traditional precedent in relation with the maximum term to impose sanctions like caducity and fines to State contractors. These new decisions have enlarged the legal term until the realization of the bilateral final liquidation. This circumstance has motivated many abuses from public chief officials that force to study the viability of these decisions before the justifications either or philosophic, in which the exceptional faculties get support and the excessive powers that State entities have in this contractual action. This article tries to call State attention about its attitude toward exceptional faculties in its role as the supreme protector of the common interests, and not as judge of its own legal relations, for this will create abuse of its position as part of a bilateral relation. <![CDATA[<b>ACCOUNTABILITY OF ECONOMIC AND SOCIAL RIGHTS IN COLOMBIA</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-05792002000200007&lng=en&nrm=iso&tlng=en En Colombia no existe un estricto cumplimiento de las recomendaciones realizadas por los organismos internacionales de derechos humanos. El Comité del pacto de derechos económicos, sociales y culturales ha instado al país, en repetidas ocasiones, a conceder la calidad de trabajadoras a las madres comunitarias que trabajan en el cuidado de los menores colombianos de bajos recursos. El presente artículo trata el caso de estas mujeres y las acciones legales que han emprendido en la búsqueda de la protección de sus derechos.<hr/>There is no strict fulfillment of the recommendations made to Colombia by international human rights organizations. The Committee created by the economic, social, and political rights Covenant has insisted several times to provide the status of workers of those Colombian community mothers that takes care of poor children. The current article deals with the case of these women and the legal action established by them to obtain the protection of their rights. <![CDATA[<b>DECLARATION OF SUBSTANTIALLY PREPONDERANT POSITION</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-05792002000200008&lng=en&nrm=iso&tlng=en El presente artículo propone un mecanismo legal de aplicación excepcional (llamado "declaración de posición sustancialmente preponderante") gracias al cual los tribunales colombianos podrían resolver en forma sumaria sobre la responsabilidad patrimonial del Estado. La figura sólo sería aplicable si al iniciar el juicio se hicieran evidentes tres cosas: (i) la fortaleza probatoria y procesal del demandante; (ii) la debilidad probatoria y la falta de interés del demandado; (iii) la plena definición jurisprudencial sobre lo que sería objeto de debate. El texto explica por qué; al poner en práctica el mecanismo propuesto, deberían cambiar las costumbres en virtud de las cuales ahora el sistema judicial de reclamación no es eficiente.<hr/>The present article proposes a legal mechanism of exceptional application (so-called "declaration of substantially preponderant position") which would allow the Colombian tribunals to rapidly decide upon the patrimonial liability of the State. The figure would only be applicable if at the beginning of the trial three issues were made evident: (i) the evidentiary and procedural strength of the plaintiff; (ii) the evidentiary weakness and lack of interest of the defendant; and (iii) the total definition in the jurisprudence of the object of debate. The text explains why, when putting in practice the proposed mechanism the customs in virtue of which the judicial claims system is currently no efficient should change. <![CDATA[<b>THE CLAUSES "CLAIMS MADE" IN THE INSURANCE CONTRACT OF TORTS</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-05792002000200009&lng=en&nrm=iso&tlng=en La reforma al Código del Comercio introducida a través del artículo 4 de la Ley 39 de 1997, destaca la legislación colombiana entre muchas otras legislaciones del mundo, por la admisión de la modalidad de aseguramiento bajo el concepto de cláusulas claims made. Sin embargo, dicha innovación ha significado una notable revolución generando las más duras críticas ya que involucra la vulneración de los derechos de los asegurados frente a una evidente ventaja de los intereses de las compañías aseguradoras. Los cuestionamientos que se han suscitado alrededor de las cláusulas claims made, por la doctrina y la jurisprudencia internacionales han sido impulsados, entre otros argumentos, por las nuevas tendencias de los derechos de los consumidores, llegándose a debatir incluso su validez y a cuestionarse su legalidad. Si bien se han venido presentando diversas propuestas para dar solución a los serios problemas que este tipo de cláusulas traen consigo, se hace inminente la necesidad de tomar decisiones prontas y eficaces a efecto de impedir los abusos y violaciones que involucran el pacto de este tipo de cláusulas. En tal sentido, se considera oportuno no solo, abrir el debate en términos de abusividad e ineficacia de dichas cláusulas, sino también, analizar la posible procedencia de la denominada excepción de inconstitucionalidad.<hr/>The reform made to the Commerce Code introduced by the article 4 of the Law 389 of 1997, distinguished the Colombian legislation from many other legislations around the globe, due to the fact that it admits the measure of insurance under the concept of claims made causes. This innovation has created a revolution generating strong criticisms because it involves the vulnerability of the rights of the insured person generating evident advantages to the insurance companies. The discussions that have been generated around the claims made clauses, by the international doctrine and jurisprudence have been impelled, within other arguments, by the new tendencies of modem legislation that take into consideration the rights of consumers, putting into discussion even the validity and the lawfulness of this article. Many propositions have been made to try to find solutions to the serious problems that these types of clauses generate. It is now necessary to make efficient decisions in order to prevent abuses and violations caused by these clauses. It is considered suitable to open a debate the abusiveness and inefficiency of this clause analyzing at the same time the possible origin of the denominated exception of in constitutionality. <![CDATA[<b>THE NORMATIVE CHARACTER OF ADMINISTRATIVE LWA PRINCIPLES</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-05792002000200010&lng=en&nrm=iso&tlng=en La recepción en el derecho administrativo de los principios generales del derecho y la aceptación de principios que le son propios, representa en la doctrina contemporánea uno de los avances más importantes para lograr un adecuado equilibrio en las relaciones que la Administración Pública establece con los particulares, impidiendo el actuar arbitrario de ésta que podría originarse en la situación de supremacía que le reconoce el ordenamiento jurídico para la satisfacción de los intereses generales. Así mismo, al lado de su función garantista contra la arbitrariedad del poder unilateral de la Administración, especialmente cuando nos encontramos en presencia de actuaciones discrecionales, los principios generales del Derecho y los principios del Derecho Administrativo obran también como orientadores del eficaz y racional actuar de las autoridades administrativas. Los principios generales del derecho y los principios generales del derecho administrativo, se encuentran hoy integrado al bloque de legalidad que orienta la actuación administrativa, gracias a la superación de la sinonimia que el pasado quiso hacerse entre Ley y Derecho. En este documento se hace un análisis de las razones y fundamentos que sirven de sustento a estas afirmaciones, algunas de la cuales si bien pueden parecer muy lógicas y de forzosa aceptación, no son a menudo tenidas en cuenta por nuestra Administración Pública, quien lamentablemente parece estar atrapada en la camisa de fuerza de un errado y superado concepto formal del principio de legalidad.<hr/>The reception in the Administrative Law general principles represents, in the contemporary doctrine, one of the most important advances to obtain an adequate balance in the relations that the Public Administration establish with individuals. This prevents arbitrary activities by the administration originate under a supremacy given by the juridical in order to satisfy public interests. Likewise, next to its function of guaranteeing against Administration power arbitrariness, especially when we face discretional acts, the general principles of Law also like guidance to make efficient and rational the way administrative authorities function. The general principles of Law and the general principles of Administrative Law, nowadays are part of the legal block that guide the administrative action, thanks to the overcoming of the synonymy between statute of law an Law. In this document an analysis is made between reasons and foundations that work for support these affirmations, some of which if may seem to be logical and inevitable accepted, but they do not appear to be considered by the Public Administration, which is trapped in a straitjacket of a mistaken and overcoming formal concept of legality. <![CDATA[<b>Expediente de oposición a la cátedra de derecho civil conferida al doctor don José Camilo de Torres y Tenorio, 3 de agosto de 1803</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-05792002000200011&lng=en&nrm=iso&tlng=en La recepción en el derecho administrativo de los principios generales del derecho y la aceptación de principios que le son propios, representa en la doctrina contemporánea uno de los avances más importantes para lograr un adecuado equilibrio en las relaciones que la Administración Pública establece con los particulares, impidiendo el actuar arbitrario de ésta que podría originarse en la situación de supremacía que le reconoce el ordenamiento jurídico para la satisfacción de los intereses generales. Así mismo, al lado de su función garantista contra la arbitrariedad del poder unilateral de la Administración, especialmente cuando nos encontramos en presencia de actuaciones discrecionales, los principios generales del Derecho y los principios del Derecho Administrativo obran también como orientadores del eficaz y racional actuar de las autoridades administrativas. Los principios generales del derecho y los principios generales del derecho administrativo, se encuentran hoy integrado al bloque de legalidad que orienta la actuación administrativa, gracias a la superación de la sinonimia que el pasado quiso hacerse entre Ley y Derecho. En este documento se hace un análisis de las razones y fundamentos que sirven de sustento a estas afirmaciones, algunas de la cuales si bien pueden parecer muy lógicas y de forzosa aceptación, no son a menudo tenidas en cuenta por nuestra Administración Pública, quien lamentablemente parece estar atrapada en la camisa de fuerza de un errado y superado concepto formal del principio de legalidad.<hr/>The reception in the Administrative Law general principles represents, in the contemporary doctrine, one of the most important advances to obtain an adequate balance in the relations that the Public Administration establish with individuals. This prevents arbitrary activities by the administration originate under a supremacy given by the juridical in order to satisfy public interests. Likewise, next to its function of guaranteeing against Administration power arbitrariness, especially when we face discretional acts, the general principles of Law also like guidance to make efficient and rational the way administrative authorities function. The general principles of Law and the general principles of Administrative Law, nowadays are part of the legal block that guide the administrative action, thanks to the overcoming of the synonymy between statute of law an Law. In this document an analysis is made between reasons and foundations that work for support these affirmations, some of which if may seem to be logical and inevitable accepted, but they do not appear to be considered by the Public Administration, which is trapped in a straitjacket of a mistaken and overcoming formal concept of legality. <![CDATA[<b>La Constitución como instrumento de administración de un recurso escaso</b>: <b>El poder público</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-05792002000200012&lng=en&nrm=iso&tlng=en La recepción en el derecho administrativo de los principios generales del derecho y la aceptación de principios que le son propios, representa en la doctrina contemporánea uno de los avances más importantes para lograr un adecuado equilibrio en las relaciones que la Administración Pública establece con los particulares, impidiendo el actuar arbitrario de ésta que podría originarse en la situación de supremacía que le reconoce el ordenamiento jurídico para la satisfacción de los intereses generales. Así mismo, al lado de su función garantista contra la arbitrariedad del poder unilateral de la Administración, especialmente cuando nos encontramos en presencia de actuaciones discrecionales, los principios generales del Derecho y los principios del Derecho Administrativo obran también como orientadores del eficaz y racional actuar de las autoridades administrativas. Los principios generales del derecho y los principios generales del derecho administrativo, se encuentran hoy integrado al bloque de legalidad que orienta la actuación administrativa, gracias a la superación de la sinonimia que el pasado quiso hacerse entre Ley y Derecho. En este documento se hace un análisis de las razones y fundamentos que sirven de sustento a estas afirmaciones, algunas de la cuales si bien pueden parecer muy lógicas y de forzosa aceptación, no son a menudo tenidas en cuenta por nuestra Administración Pública, quien lamentablemente parece estar atrapada en la camisa de fuerza de un errado y superado concepto formal del principio de legalidad.<hr/>The reception in the Administrative Law general principles represents, in the contemporary doctrine, one of the most important advances to obtain an adequate balance in the relations that the Public Administration establish with individuals. This prevents arbitrary activities by the administration originate under a supremacy given by the juridical in order to satisfy public interests. Likewise, next to its function of guaranteeing against Administration power arbitrariness, especially when we face discretional acts, the general principles of Law also like guidance to make efficient and rational the way administrative authorities function. The general principles of Law and the general principles of Administrative Law, nowadays are part of the legal block that guide the administrative action, thanks to the overcoming of the synonymy between statute of law an Law. In this document an analysis is made between reasons and foundations that work for support these affirmations, some of which if may seem to be logical and inevitable accepted, but they do not appear to be considered by the Public Administration, which is trapped in a straitjacket of a mistaken and overcoming formal concept of legality. <link>http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-05792002000200013&lng=en&nrm=iso&tlng=en</link> <description/> </item> <item> <title><![CDATA[<b>Indicadores constitucionales</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-05792002000200014&lng=en&nrm=iso&tlng=en La recepción en el derecho administrativo de los principios generales del derecho y la aceptación de principios que le son propios, representa en la doctrina contemporánea uno de los avances más importantes para lograr un adecuado equilibrio en las relaciones que la Administración Pública establece con los particulares, impidiendo el actuar arbitrario de ésta que podría originarse en la situación de supremacía que le reconoce el ordenamiento jurídico para la satisfacción de los intereses generales. Así mismo, al lado de su función garantista contra la arbitrariedad del poder unilateral de la Administración, especialmente cuando nos encontramos en presencia de actuaciones discrecionales, los principios generales del Derecho y los principios del Derecho Administrativo obran también como orientadores del eficaz y racional actuar de las autoridades administrativas. Los principios generales del derecho y los principios generales del derecho administrativo, se encuentran hoy integrado al bloque de legalidad que orienta la actuación administrativa, gracias a la superación de la sinonimia que el pasado quiso hacerse entre Ley y Derecho. En este documento se hace un análisis de las razones y fundamentos que sirven de sustento a estas afirmaciones, algunas de la cuales si bien pueden parecer muy lógicas y de forzosa aceptación, no son a menudo tenidas en cuenta por nuestra Administración Pública, quien lamentablemente parece estar atrapada en la camisa de fuerza de un errado y superado concepto formal del principio de legalidad.<hr/>The reception in the Administrative Law general principles represents, in the contemporary doctrine, one of the most important advances to obtain an adequate balance in the relations that the Public Administration establish with individuals. This prevents arbitrary activities by the administration originate under a supremacy given by the juridical in order to satisfy public interests. Likewise, next to its function of guaranteeing against Administration power arbitrariness, especially when we face discretional acts, the general principles of Law also like guidance to make efficient and rational the way administrative authorities function. The general principles of Law and the general principles of Administrative Law, nowadays are part of the legal block that guide the administrative action, thanks to the overcoming of the synonymy between statute of law an Law. In this document an analysis is made between reasons and foundations that work for support these affirmations, some of which if may seem to be logical and inevitable accepted, but they do not appear to be considered by the Public Administration, which is trapped in a straitjacket of a mistaken and overcoming formal concept of legality. <![CDATA[<b>Evaluación de la labor de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en la protección de los derechos de los usuarios</b>]]> http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-05792002000200015&lng=en&nrm=iso&tlng=en La recepción en el derecho administrativo de los principios generales del derecho y la aceptación de principios que le son propios, representa en la doctrina contemporánea uno de los avances más importantes para lograr un adecuado equilibrio en las relaciones que la Administración Pública establece con los particulares, impidiendo el actuar arbitrario de ésta que podría originarse en la situación de supremacía que le reconoce el ordenamiento jurídico para la satisfacción de los intereses generales. Así mismo, al lado de su función garantista contra la arbitrariedad del poder unilateral de la Administración, especialmente cuando nos encontramos en presencia de actuaciones discrecionales, los principios generales del Derecho y los principios del Derecho Administrativo obran también como orientadores del eficaz y racional actuar de las autoridades administrativas. Los principios generales del derecho y los principios generales del derecho administrativo, se encuentran hoy integrado al bloque de legalidad que orienta la actuación administrativa, gracias a la superación de la sinonimia que el pasado quiso hacerse entre Ley y Derecho. En este documento se hace un análisis de las razones y fundamentos que sirven de sustento a estas afirmaciones, algunas de la cuales si bien pueden parecer muy lógicas y de forzosa aceptación, no son a menudo tenidas en cuenta por nuestra Administración Pública, quien lamentablemente parece estar atrapada en la camisa de fuerza de un errado y superado concepto formal del principio de legalidad.<hr/>The reception in the Administrative Law general principles represents, in the contemporary doctrine, one of the most important advances to obtain an adequate balance in the relations that the Public Administration establish with individuals. This prevents arbitrary activities by the administration originate under a supremacy given by the juridical in order to satisfy public interests. Likewise, next to its function of guaranteeing against Administration power arbitrariness, especially when we face discretional acts, the general principles of Law also like guidance to make efficient and rational the way administrative authorities function. The general principles of Law and the general principles of Administrative Law, nowadays are part of the legal block that guide the administrative action, thanks to the overcoming of the synonymy between statute of law an Law. In this document an analysis is made between reasons and foundations that work for support these affirmations, some of which if may seem to be logical and inevitable accepted, but they do not appear to be considered by the Public Administration, which is trapped in a straitjacket of a mistaken and overcoming formal concept of legality.