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Vniversitas

 ISSN 0041-9060

BRANCO, Gerson Luiz Carlos. LIBERTAD CONTRACTUAL Y SU FUNCIONALIZACIÓN: ORIENTACIÓN METODOLÓGICA Y LENGUAJE UTILIZADOS POR LA COMISIÓN ELABORADORA DEL CÓDIGO CIVIL BRASILEÑO. []. , 123, pp.347-371. ISSN 0041-9060.

^les^aLa crisis del concepto de contrato ha ocasionado debates acerca de la nueva conformación de la libertad contractual y de los límites de su funcionalización, en particular en el derecho europeo y en los países de Latinoamérica. Por esta razón, este artículo trata de la libertad contractual y su funcionalización en una perspectiva histórica, mediante el estudio de los trabajos de la comisión que elaboró el Código Civil brasileño y que instituyó una disposición expresa acerca de la función social del contrato. Este artículo es una reflexión que trata de analizar las ideas y principios adoptados por el reconocimiento de la función social como cláusula general del derecho contractual, así como las consecuencias de esa norma a la libertad de contratar. La metodología utilizada fue pesquisa bibliográfica y análisis del Código en sí. En conclusión, se encontró que esa cláusula general pone el contracto a servicio de la realización del principio de la socialidad, que, a su vez, orienta los modelos jurídicos del contrato. Además, la función social del contrato también está colocada en el Código Civil en posición complementaria, y no antagónica, a la libertad de contratar, y esta se encuentra integrada a la actividad empresarial.^len^aThe crisis in contract's concept has caused debate on the new conformation of contractual freedom and the limits of its functionalization, particularly in european law and latin american countries. Therefore, this article addresses the contractual freedom and its functionalization from a historical perspective, through the studies produced by the Commission that has elaborated brazilian Civil Code and that has introduced in it an express provision on the contract's social function. This article is a reflection that seeks to analyze the ideas and principles adopted from the recognition of social function as a general clause in contract law, as well as the consequences of this rule on contractual freedom. The methodology used was bibliographic research and analysis of the Code itself. In conclusion, it was found that this general clause places the contract at the service of the sociality principle, that, in turn, guides the contract's legal models. Furthermore, the social function of the contract is also placed in Civil Code in a complementary, not antagonistic, position towards the freedom of contract, which is integrated into business activity.

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