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Discusiones Filosóficas

Print version ISSN 0124-6127

discus.filos vol.23 no.41 Manizales July/Dec. 2022  Epub Aug 03, 2023

https://doi.org/10.17151/difil.2022.23.41.3 

Artículos

La teoría cognitiva de las proposiciones y metafísica de propiedades

The cognitive theory of propositions and metaphysics of properties

José Tomás Alvarado-Marambio1 

1 Instituto de Filosofía, Pontificia Universidad Católica de Chile, Av. Vicuña Mackenna 4860, Macul - Santiago, 7820436, Chile. jalvaram@uc.cl, jose.tomas.alvarado@gmail.com. orcid.org/0000-0003-2324-8458. https://scholar.google.com/citations?user=iU9bwigAAAAJ&hl=es.


Resumen

Ha sido uno de los alegatos centrales de la teoría así llamada “cognitiva” de las proposiciones que su carácter representacional -y, con ello, sus condiciones de verdad- es derivativo del carácter representacional primitivo de los actos cognitivos concretos por los que un agente predica una propiedad de un objeto. Las proposiciones heredan su carácter representacional porque son ‘tipos’ de actos cognitivos particulares que poseen el ‘mismo’ contenido representacional. Se argumenta en este trabajo que esta suposición está en conflicto con el hecho de que actos cognitivos concretos son instancias de ciertos tipos. Bajo la mayoría de las concepciones acerca de lo que funda el hecho de que una pluralidad de objetos comparte la ‘misma’ naturaleza -i. e., acerca de cómo son algo ‘uno’ en lo múltiple- el carácter cualitativo de un objeto está fundado en universales o en alguna otra construcción aceptable para el nominalista.

Palabras clave: Proposiciones; universales; teoría cognitiva de las proposiciones; fundación; uno en lo múltiple

Abstract

One of the central arguments of the so-called ‘cognitive’ theory of propositions has been that their representational character -and with it their truth conditions- is derived from the primitive representational character of concrete cognitive acts by which an agent predicates a property of an object. Propositions inherit their representational character because they are ‘types’ of particular cognitive acts that have the ‘same’ representational content. It is argued in this work that this assumption is in conflict with the fact that concrete cognitive acts are instances of certain types. Under most conceptions of what founds the fact that a plurality of objects shares the ‘same’ nature -for example about how they are something ‘one’ in the multiple many- the qualitative character of an object is founded in universals or in some other construction acceptable for the nominalist.

Key words: Propositions; universals; cognitive theory of propositions; foundation; one over many

Desde hace unos diez años ha ganado prevalencia una perspectiva denominada usualmente “cognitiva” acerca de la naturaleza de las proposiciones (Soames, 2010, 2014b, 2014c, 2015, 2017, 2019; Moltmann, 2013; 2015; 2017; Hanks Propositional 2015; Brogaard “Empirically” 2013; y los volúmenes editados por Hunter y Rattan, 2015; Moltmann y Textor, 2017). Esta perspectiva se ha presentado como una forma de dar cuenta de varios problemas hasta ahora intratables para otras concepciones más tradicionales, tales como el problema sobre cómo es que las proposiciones poseen esencialmente condiciones de verdad o cómo es que las proposiciones son algo unitario en vez de un mero listado.

La teoría cognitiva de las proposiciones pretende respetar nuestras intuiciones acerca de la existencia de ‘contenidos’ que pueden satisfacer las funciones teóricas usualmente atribuidas a las proposiciones, pero que no requiere introducir una metafísica platónica. Se trataría de una concepción perfectamente ‘naturalista’. La idea central de las diferentes formas de ‘cognitivismo’ es que las proposiciones son tipos de actos cognitivos concretos de predicar algo de algo. La remisión a actos cognitivos concretos dotados de un carácter representacional intrínseco es lo que permitiría, al mismo tiempo, explicar por qué las proposiciones son esencialmente representacionales y por qué las proposiciones son algo unitario.

Un aspecto que la discusión acerca de las propuestas cognitivistas ha omitido, sin embargo, es la cuestión acerca de qué sea un ‘tipo’ de acto cognitivo. De un modo general, la cuestión de qué sea un ‘tipo’ es la cuestión acerca de cómo una pluralidad de entidades es, de algún modo, algo uno. El caso de los tipos de actos cognitivos es una instancia del viejo problema de los universales, esto es, del problema acerca de cómo es que una pluralidad de objetos comparten la ‘misma’ naturaleza (Oliver “Metaphysics”; Rodríguez-Pereyra Resemblance, 1-52; Edwards Properties 1-15; Allen Critical, 1-6; XXX, 2020, § 10). Hay una multitud de alternativas en metafísica de propiedades que imponen diferentes formas de conexión entre aquello que funciona como ‘tipo’ y aquello que funciona como su ‘instancia’. No todas esas alternativas son igualmente adecuadas para lo que han pretendido los defensores de la teoría cognitiva. En este trabajo se pretende llenar este vacío haciendo un examen de cómo es que una teoría cognitiva de las proposiciones (no) funciona bajo diferentes hipótesis acerca de qué sea un ‘tipo’ de actos intencionales de representación.

Para realizar este examen se hará, en primer lugar, una presentación de las líneas centrales de la teoría cognitiva. Se concentrará la atención en las formulaciones de Scott Soames (2010, 2014b, 2014c, 2015, 2017, 2019). Aunque hay diferencias específicas entre estas y las de otros defensores de una perspectiva cognitiva, tales diferencias no serán relevantes para las cuestiones que van a ser aquí discutidas. La posición de Soames es -tal vez- la defensa mejor articulada de la concepción, por lo que una discusión de los problemas que se generan en ella será relevante para una evaluación de otras formas de cognitivismo. En segundo lugar, se hará una revisión somera de las restricciones que diferentes formas de concebir la naturaleza de las propiedades imponen para articular las conexiones de prioridad ontológica entre un ‘tipo’ y sus ‘instancias’. En tercer lugar, se va a considerar derechamente cómo es que la teoría cognitiva debe entenderse si es que las proposiciones son ‘tipos’ de actos intencionales de representación.

1. La teoría cognitiva

La teoría cognitiva de las proposiciones ha hallado la motivación central para su postulación en varios problemas que las teorías más ‘tradicionales’ no parecen haber podido resolver de manera satisfactoria. Es una suposición generalmente aceptada que nuestros actos de habla, así como nuestros estados cognitivos de creencia, de juicio y otras actitudes intencionales, poseen un objeto que es ‘aquello’ que es enunciado por quien enuncia aseverativamente algo y es lo creído por quien cree o juzga algo. Nuestras aseveraciones, nuestras creencias y nuestros juicios son verdaderos o falsos -cuando lo son- porque ‘lo’ que hemos aseverado, creído, o juzgado es el caso. Normalmente suponemos que estos ‘contenidos’ de nuestra actividad cognitiva y lingüística pueden ser ‘compartidos’ por diferentes sujetos que creen o aseveran lo ‘mismo’. Hacemos referencia a tales ‘contenidos’ mediante expresiones que se construyen con el pronombre “que…” seguido de una oración completa y son el rango de nuestros cuantificadores. Todo esto ha parecido suficiente evidencia para postular la existencia de ‘proposiciones’ -que ha llegado a ser la forma estándar de denominar tales ‘contenidos’, cualquiera sea su naturaleza (King “What Role”).

Pero la convicción de que hay entidades -a saber, proposiciones- que deben satisfacer ciertas funciones teóricas como las indicadas deja todavía abierta la cuestión de cuál sea su naturaleza ontológica. Durante el siglo pasado se propusieron una variedad de candidatos para satisfacer tales funciones. Por una parte, una tradición importante ha intentado concebir las proposiciones como conjuntos de mundos posibles o funciones que mapean mundos posibles a valores de verdad (Lewis 27-50). Otra tradición, quizás más dominante que la anterior, ha intentado concebir las proposiciones como entidades ‘estructuradas’ internamente. Las teorías de proposiciones estructuradas han ofrecido una mayor flexibilidad para distinguir proposiciones que, intuitivamente, son diferentes por sus constituyentes1. ¿Qué tipo de estructura es una proposición? Normalmente, quienes han propuesto teorías de este tipo han asumido que cualquier estructura conjuntista que permita codificar la información que se supone que una proposición transmite serviría para identificarse con ella. La proposición Teeteto vuela se puede identificar, por ejemplo, con el par ordenado <<Teeteto>, volar>. El problema es que hay muchas formas diferentes de especificar un par ordenado en términos conjuntistas2. No parece haber ninguna razón para preferir uno de estos conjuntos como aquello en que realmente consiste la proposición. Además, la proposición Teeteto vuela podría también representarse con el par ordenado <volar, <Teeteto>> en vez de <<Teeteto>, volar>. Una corriente importante ha sostenido que las proposiciones son un caso límite de propiedades universales, esto es, universales 0-ádicos, que resultan de la saturación de todas las variables libres de tales universales. Esta saturación se efectúa por ‘operaciones’ de universales a universales que sucesivamente van reduciendo la adicidad de un universal al ‘insertar’ un objeto particular o al ‘universalizar’ una variable (Bealer 42-68). Las proposiciones surgirían desde esta perspectiva por un ‘álgebra’ de universales definida por tales ‘operaciones’ de universales a universales. Sucede, sin embargo, que la forma estándar de definir una ‘operación’ es como un tipo de ‘función’ que, a su vez, se define normalmente como una ‘relación’ que, en términos conjuntistas, es un conjunto de n-tuplas ordenadas (Enderton 42-54). Desde esta perspectiva estándar, una operación de universales a universales es simplemente una n-tupla de universales que genera los mismos problemas que una perspectiva de proposiciones estructuradas ‘no-algebraica’3. Podría uno pensar que estas mismas estructuras podrían ser especificadas en teoría de categorías en vez de teoría de conjuntos, pero esto no mejora la situación. La posibilidad de hallar una estructura isomórfica en términos de teoría de categorías añade problemas, pues el rango de entidades con las que podrían ser identificadas las proposiciones se amplía en vez de restringirse.

Como se puede apreciar, por lo tanto, existe un problema importante para identificar una proposición entre la multitud de estructuras que podrían utilizarse para representarla. La cuestión es que ninguna de esas estructuras, por sí misma, es algo que posea esencialmente condiciones de verdad y que esté representando cómo deberían ser las cosas si fuese verdadera. Un par ordenado como <<Teeteto>, volar> podría estar representando muchas cosas diferentes o no estar representando nada en absoluto. Que sea una manera de especificar la estructura de la proposición Teeteto vuela es algo que resulta de nuestra interpretación. Lo mismo se puede decir del conjunto de mundos posibles con el que algunos teóricos han identificado tal proposición. Un conjunto semejante sólo puede verse como ‘representando’ una proposición porque lo interpretamos de ese modo (Soames, 2010, 2014). Pero, se supone que una proposición posee por su naturaleza intrínseca, esencialmente, un carácter representacional. Una proposición no es algo necesitado de interpretación por nosotros para adquirir tal carácter. Al decir de Soames:

[L]as proposiciones no son cosas que interpretamos, sino que son ellas mismas la interpretación que damos a las oraciones (Soames, Rethinking 10).

Algo semejante sucede con la cuestión acerca de la unidad de la proposición. Una proposición, comoquiera que haya de ser concebida finalmente, es una entidad unitaria por la que se ‘predica’, ‘atribuye’ o ‘adscribe’ una propiedad a un objeto. Hay una diferencia radical entre la proposición Teeteto vuela y el conjunto {Teeteto, volar} que parece tener como elementos a las mismas entidades que integran esa proposición. Se puede codificar un cierto orden entre esos dos elementos, tal como se ha indicado, pero la secuencia <<Teeteto>, volar> sigue siendo una colección de entidades y no es -de por sí- una proposición que está predicando algo de algo.

La idea central de la concepción cognitiva es que tanto el carácter representativo esencial como el carácter unitario de las proposiciones se encuentran en los actos cognitivos particulares por los que un sujeto se representa algo como algo, al predicar una propiedad de un objeto. Es a estos actos intencionales concretos a los que debe otorgarse prioridad en la explicación de las proposiciones. De algún modo, las proposiciones ‘heredan’ las condiciones de verdad y su unidad de esos actos particulares. Señala Soames que hay dos tipos de entidades a las que se atribuye carácter representacional:

  1. [Las proposiciones] son piezas de información que representan las cosas del mundo como siendo de ciertas maneras. De este modo, poseen condiciones de verdad. En cuanto la proposición de que o es rojo representa a cierto objeto como rojo (mientras no se haga ninguna representación ulterior), ella es verdadera si y sólo si o es de la forma en que es representado -a saber, rojo.

  2. Considerar [to entertain] una proposición en la percepción o en la cognición es hacer algo. Considerar [to entertain] la proposición de que o es rojo es predicar la rojez de o y, por lo tanto, representarlo como rojo. (Soames, “Cognitive” 95)

Tanto las proposiciones como los actos cognitivos poseen carácter representacional o intencional. Esto hace presumir que existe una conexión entre ellos. Uno de ellos debe ser más fundamental respecto del otro. Las concepciones tradicionales han supuesto que el carácter representacional de los actos depende ontológicamente de las proposiciones que son su objeto. Dado que una proposición está esencialmente representando, por ejemplo, que a es F, el acto de considerarla es un acto de representarse que a es F. Este orden de dependencia es invertido por la teoría cognitiva. Se trata ahora, en cambio, de que las proposiciones adquieren su carácter representacional por los actos intencionales.

[L]a proposición de que o es rojo es simplemente el tipo mínimo de evento en que un agente arbitrario predica ser rojo de o. Este tipo de evento es representacional porque toda instancia concebible suya es una en la que un agente representa algo como siendo de un cierto modo. En cuanto toda instancia semejante es una en la que o es representado como siendo rojo, hablamos, derivativamente, de la proposición misma como representando que o es rojo. En cuanto nada más es representacionalmente común a todas las instancias de la proposición, representar o como siendo rojo es todo su contenido representacional. Dicho de otro modo, considerar [to entertain] la proposición de que o es rojo es predicar la rojez de o, que es hacer algo que resulta en una instancia del tipo de evento que es la proposición (Soames, “Cognitive” 96).

Una proposición se entiende, entonces, como un ‘tipo’ de actos intencionales. El acto concreto por el que un sujeto se representa que, por ejemplo, a es F -esto es, predica la propiedad ser F del objeto a- es esencialmente un acto dotado de un carácter intencional referido a esas entidades. Se trata también de un acto esencialmente unitario pues consiste en representarse que a es F en vez de simplemente mentar el objeto a y la propiedad de ser F separadamente. El tipo general en que consiste la proposición a es F posee carácter representacional y condiciones de verdad porque sus instancias particulares lo poseen. Soames no es explícito acerca de la naturaleza de la prioridad que debe darse a los actos cognitivos concretos respecto de sus tipos, pero debe ser suficientemente robusta para asegurar que los tipos en cuestión ‘hereden’ el carácter intencional y unitario de sus instancias.

Esta concepción se ve complicada por las condiciones de existencia postuladas para proposiciones. De entrada, uno podría suponer que ‘tipos’ ontológicamente derivativos respecto de sus instancias existen sólo si poseen, en efecto, instancias. No es difícil ver que suponer tal cosa, sin embargo, implicaría una restricción importante en el dominio de proposiciones existentes, pues hay un número finito de actos cognitivos que han sido alguna vez ejecutados por algún sujeto racional, así como debe suponerse que hay también un número finito de actos cognitivos que se ejecutarán en el futuro4. Los tipos de tales actos son bastante magros para la totalidad de hechos que podrían ser descritos por proposiciones. Soames propone, en cambio, que para la existencia de la proposición de que, por ejemplo, a es F no es necesario que algún sujeto haya ejecutado el acto de predicar F de a, sino que basta con que alguien alguna vez haya predicado alguna propiedad de a y que alguien haya alguna vez predicado F de algún objeto (Soames, “Cognitive” 102). Lo mismo vale para formas de estructuración de proposiciones a partir de otras proposiciones, o de estructuración de propiedades por la aplicación de operaciones sobre ellas. Basta con que alguien alguna vez haya efectuado una operación de conjunción de proposiciones para que, dada la existencia de la proposición p y de la proposición q , deba admitirse la existencia de p Ù q. Es una cuestión abierta si esta relajación de las condiciones de existencia para proposiciones cognitivas es coherente con una posición cognitivista, pero no es algo que será discutido en este trabajo5. Para las cuestiones que van considerarse aquí bastará prestar atención a proposiciones que sean tipos de actos cognitivos de representación actualmente existentes.

2. Tipos e instancias

Diferentes objetos o entidades que son instancia de este ‘tipo’ tienen algo ‘en común’ que funda que esos objetos puedan considerarse, de algún modo, como una pluralidad que es, sin embargo, algo uno. Por supuesto, esos objetos no son literalmente algo uno, pues si fuese así no habría una pluralidad, sino un único objeto. Esto que vale de manera general vale también para actos cognitivos. Un acto intencional no es un objeto capaz de existencia independiente, pero esto no hace variar la situación. Actos representacionales del mismo tipo poseen algo ‘en común’. La cuestión acerca de cómo es que diferentes actos cognitivos pueden poseer una ‘misma naturaleza’ es un caso específico del venerable problema de los universales o de lo uno en lo múltiple.

A lo largo de la historia, una diversidad de posiciones ha sido defendida acerca de cómo es que una pluralidad de objetos puede compartir la ‘misma’ naturaleza. Casi todas estas alternativas siguen estando vivas hoy día. Una corriente muy sustantiva sostiene que lo que funda la naturaleza de las cosas son propiedades universales (Armstrong, 1989; Lowe, 2006; Alvarado, 2020), esto es, que hay literalmente algo idéntico que puede estar instanciado en diferentes objetos. Así, si a es F y b es F , existe una propiedad numéricamente la misma que está ‘presente’ tanto en el objeto a como en el objeto b. Objetos que poseen la ‘misma’ naturaleza son, desde esta perspectiva, objetos que instancian el mismo universal. Otra corriente ha rechazado de plano la existencia de propiedades como entidades numéricamente diferentes de los objetos de los que se predican (Rodríguez-Pereyra, 2002; Imaguire, 2018; Schulte, 2019). Lo que suponemos que es la ‘misma’ propiedad en diferentes objetos no es una ‘cosa’ diferente de tales objetos. Históricamente, se han propuesto una multitud de formas de explicar la comunidad de naturaleza evitando introducir universales, tales como sostener que esta es determinada por la aplicación con verdad del mismo predicado o concepto, o sostener que es determinada por el hecho de que todos los objetos en cuestión son elementos de la misma clase (Armstrong, 1978a, 11-43; 1989, 21-58; Edwards, 2014, 68-111; Allen, 67-91). La alternativa que ha sido, posiblemente, mejor articulada es el nominalismo de semejanza, tal como ha sido defendido por Gonzalo Rodríguez-Pereyra. De acuerdo con esta posición, la comunidad de naturaleza de diferentes objetos está fundada en el hecho primitivo de que los objetos son o no semejantes entre sí. Las semejanzas primitivas generan ‘clases de semejanza’ conformadas por objetos que son todos ellos semejantes entre sí y que son tales que no hay objetos que no pertenezcan a la clase que sean semejantes a todos los objetos de la clase (Rodríguez-Pereyra, 2002)6. Una consideración especial es requerida por las formas de nominalismo ‘de prioridad’ o ‘de fundación’ (Imaguire, 2018; Schulte, 2019) que serán tratadas más abajo a propósito del perfil de prioridad de las propiedades respecto de sus instanciaciones.

A estas alternativas relativamente ‘clásicas’ deben añadirse diferentes teorías de ‘tropos’, esto es, de propiedades particulares (Williams, 1953; Campbell, 1990; Denkel, 1996; Maurin, 2002; Ehring, 2011). Las teorías de tropos han sostenido que los objetos particulares son cúmulos de tropos que poseen entre sí algún tipo de conexión y que lo que satisface las funciones normalmente atribuidas a un universal son clases de tropos semejantes entre sí. Un objeto a es F porque a posee o tiene como parte un tropo con una naturaleza intrínseca tal que es un elemento de una clase de semejanza de tropos, que es aquello que debemos identificar como lo que funciona como el universal de ser F . La clase de semejanza de tropos de que se trata aquí es, tal como sucede para el nominalismo de semejanza, una clase que satisface la condición de que cualesquiera dos tropos de la clase son semejantes entre sí y satisface la condición de que se trata de la clase ‘más grande’ de tropos todos ellos semejantes entre sí -por lo que no hay tropos que no pertenezcan a la clase que sean semejantes a todos los tropos de la clase. La posición que han adoptado la mayoría de los amigos de los tropos ha sido sostener que los tropos poseen una naturaleza cualitativa intrínseca que es el fundamento de sus semejanzas o desemejanzas mutuas (Maurin, 2002, 109-115). Al contrario de lo que sucede en el nominalismo de semejanza, no se supone en estas teorías que las semejanzas o desemejanzas entre tropos sean hechos primitivos. Las semejanzas entre tropos son relaciones ‘internas’, esto es, relaciones fundadas en las naturalezas cualitativas intrínsecas de los tropos relacionados7. Pero no todas las teorías de tropos han seguido esta línea. Otros han sostenido que la naturaleza cualitativa intrínseca de los tropos está fundada en semejanzas primitivas, tal como sucede en el nominalismo de semejanza (Ehring 175-202)8.

Será importante considerar qué tipo de función teórica se espera de cualquiera de estas concepciones acerca de las propiedades y, en especial, qué función teórica se espera de una propiedad para el problema de ‘lo uno en lo múltiple’. El llamado ‘problema de los universales’ o de ‘lo uno en lo múltiple’ es la cuestión acerca de cómo es que diferentes objetos pueden compartir la misma naturaleza, tal como se ha indicado arriba. Las cosas son de diversos modos, como de color verde, de un metro de largo, de 100 kilogramos de masa, de forma esférica, etc. Así como un único objeto puede tener todas estas características o determinaciones, dos o más objetos pueden ser ambos de color verde, de un metro de largo, de 100 kilogramos de masa o de forma esférica. Las diferentes alternativas en metafísica de propiedades ofrecen candidatos de algo que funda que diferentes objetos sean F -donde ‘F’ es una característica, determinación o respecto que sea relevado por una atribución. La explicación ontológica de cómo diferentes cosas pueden ser todas ellas F requiere una explicación de cómo es que cada una de ellas es F. Esto es, lo que se busca en metafísica de propiedades es una explicación ontológica de cómo es que cada objeto posee la naturaleza cualitativa que posee, al tener determinaciones o características que, en principio, podría compartir con una pluralidad de objetos. Se puede formular esta tarea como la búsqueda de un rango de valores de X adecuado para el esquema:

(1) a es F porque X

Se trata de un esquema en el que ‘F’ debe ser sustituido por expresiones como “verde”, “de forma esférica”, “de 100 kilogramos de masa”, etcétera, y ‘a’ es un objeto cualquiera. Que sea aquello que satisfaga estas funciones varía de acuerdo con la concepción que se defienda. Para los defensores de universales, lo que explica el carácter de las cosas es el hecho de que esos objetos instancian ciertos universales. Para los nominalistas de semejanza, lo que explica tal carácter es el hecho primitivo de que los objetos son (o no) semejantes con otros. Para los amigos de los tropos, se trata de que los objetos incluyen o poseen como partes tropos de una cierta naturaleza -o que sean (o no) semejantes a otros tropos, de acuerdo con el tipo de teoría de que se trate. En cualquier caso, lo que se espera es una explicación ontológica de por qué diferentes objetos poseen la misma naturaleza. El hecho al que se haga apelación debe estar fundando el carácter de los objetos o de las entidades de que se trate (Alvarado, 2020, § 10). Esto es, se trata de que el explanans ontológico debe ser una base ‘constitutivamente’ suficiente para garantizar la existencia del explanandum9.

Algunos han sostenido que el problema de los universales es la cuestión de hallar un truthmaker de las proposiciones verdaderas en las que se predica una característica de un objeto (Rodríguez-Pereyra 14-42). Un truthmaker para la proposición p es una entidad cuya existencia, precisamente, funda la verdad de p . Uno puede suponer que para cada característica que posea algún objeto -o cada relación entre varios objetos- existe correlativamente una proposición que enuncia que ese objeto u objeto posea esas características o posean esa relación. De este modo, la exigencia de un X que sea el explanans del hecho de que un objeto posea una característica vendría a ser correlativa a la exigencia de que la proposición que enuncia con verdad tal hecho posea un truthmaker. Aún, sin embargo, si no hubiese proposiciones por cada hecho del mundo10, seguiría siendo una exigencia teórica el hallar la explicación ontológica de lo uno en lo múltiple. También está estrechamente vinculado al problema de lo uno en lo múltiple el problema inverso de ‘lo múltiple en lo uno’. Así como es una cuestión filosófica sustantiva cómo es que objetos numéricamente diferentes entre sí pueden compartir la misma naturaleza, es también una cuestión sustantiva cómo es que el mismo objeto puede poseer características diferentes entre sí (Rodríguez-Pereyra 43-52). Al ofrecer una explicación sobre cómo una pluralidad de objetos puede todos ellos ser F se debe introducir una distinción entre el objeto que posee la propiedad -como quiera que sea concebida- y la propiedad poseída. Esta misma distinción permite explicar cómo un objeto puede ser F y ser también G, si es que F 1 G.

Es importante notar que en gran parte de las diferentes alternativas en metafísica de propiedades -con o sin universales- hay una dirección de prioridad ontológica entre lo particular y lo general: el ‘tipo’ es prioritario respecto de la ‘instancia’. Esto sucede de diferentes maneras y con diferentes cualificaciones, pero hay un núcleo común en el perfil de fundación postulado que merece considerarse con detención. Para el caso de los universales, este perfil puede ser especificado del siguiente modo, suponiendo que a es un objeto cualquiera y ‘F’ puede ser sustituido por cualquier expresión de una característica que le sea atribuida. La variable ‘U’ tiene como rangos universales.

(2) Que a es F está fundado en el hecho de que a instancia U .

Hay diferencias importantes entre las teorías de universales inmanentes o ‘aristotélicos’ y las teorías de universales trascendentes o ‘platónicos’. Los universales inmanentes sólo existen si poseen al menos una instanciación en algún objeto (Armstrong, 1978b, 1997). Los universales trascendentes, en cambio, no dependen para existir de poseer (o no) alguna instanciación. Se trata de entidades necesarias, invariantes entre diferentes mundos posibles (XXX, 2020). La peculiaridad de los universales inmanentes consiste en que la instanciación de un universal no sólo es aquello que funda la naturaleza cualitativa de las cosas, sino que también es lo que funda la existencia del universal instanciado -pues esta instanciación es, en efecto, una base ‘constitutivamente’ suficiente para garantizar la existencia del universal. De este modo, el aristotélico debe agregar a (2):

(3) U está fundado en el hecho de que a instancia U .

La fundación enunciada en (3) no implica -al menos, no de entrada- que la dirección de prioridad enunciada en (2) entre la instanciación de universales y la naturaleza cualitativa de las cosas deba modificarse. Tanto los aristotélicos como los platónicos asignan prioridad a la instanciación de universales. La diferencia es que los aristotélicos asignan además prioridad a esta instanciación sobre la existencia de los universales.

Se diferencia entre ‘fundación total’ y ‘fundación parcial’ (Fine 50). La fundación ‘total’ de una entidad es la base ‘constitutivamente’ suficiente para garantizar la existencia de lo fundado. a es fundación ‘parcial’ de b cuando es una de las entidades que, colectivamente, son una fundación total de b. De este modo, si el universal U es un constituyente del hecho de que a instancia U y el hecho de que a instancie U funda (totalmente) que a es F, entonces U funda parcialmente que a es F. Dado también que el universal U es un constituyente del hecho de que a instancia U , la instanciación -que es el fundamento de la naturaleza cualitativa del objeto- depende ontológicamente de ese universal11. Esto es, el universal U es parte de la esencia del hecho de instanciación12. Sucede, entonces, que -bajo cualquiera de las hipótesis acerca de los universales, aristotélica o platónica- la naturaleza cualitativa de un objeto es algo ontológicamente derivativo respecto de los universales que ese objeto instancia. El que un objeto a sea F está fundado (totalmente) en el hecho de que a instancia un universal U . La naturaleza cualitativa de ser F, entonces, está fundada parcialmente en el universal U . Como la instanciación de U depende de U , resulta también que la naturaleza cualitativa del objeto en cuestión es dependiente de U .

Es interesante constatar que este carácter derivativo no varía mucho si se adopta una perspectiva nominalista. Se examinará la cuestión desde una concepción nominalista de semejanza. La instancia de (1) que propone el nominalista es la siguiente:

(4) Que a es F está fundado en que a pertenece a la clase de semejanza A.

Una clase de semejanza que pueda satisfacer las funciones atribuidas a un universal debe tener como elementos a objetos que sean todos ellos semejantes entre sí y nada que no pertenezca a la clase debe ser semejante a todos los objetos de la clase. De este modo, el objeto a pertenece a la clase A porque a es semejante a todos los objetos de A que es la clase ‘más grande’ de objetos todos ellos semejantes entre sí. Como la fundación es transitiva, el carácter cualitativo de ser F del objeto a está fundado en el hecho de que a es semejante a cada uno de los elementos de A con las restantes condiciones especificadas para tales clases13. Nuevamente sucede, desde esta perspectiva nominalista, que las naturalezas de las cosas están fundadas ‘desde arriba’ -por decirlo de algún modo- en semejanzas y desemejanzas primitivas entre objetos. Si aquí se sustituyesen clases de semejanza por predicados de un lenguaje, conceptos o clases ‘naturales’ el resultado no variaría. Las naturalezas de los objetos están fundadas ‘desde arriba’ en que, por ejemplo, de los objetos se predica con verdad un predicado lingüístico, o se juzga con verdad un concepto, o son elementos de una clase natural.

De este modo, es una coincidencia importante que tanto las ontologías de universales como la mayoría de las ontologías nominalistas estén de acuerdo en asignar una prioridad ‘desde arriba’ al ‘tipo’ por sobre la ‘instancia’. Hay diferencias importantes acerca de qué deba tomarse por tal ‘tipo’, pero no en cuanto a su prioridad. Existen excepciones a esta tendencia, sin embargo, que es importante relevar. La prioridad concedida al ‘tipo’ está invertida en gran parte de las ontologías de tropos y en el nominalismo llamado “de prioridad” o “de fundación”. Tal como se ha explicado arriba, muchos de los defensores de ontologías de tropos sostienen que estos poseen una naturaleza cualitativa esencial e intrínseca que es el fundamento de las semejanzas que puedan (o no) darse entre tropos. Por una parte, los defensores de tropos proponen una instancia del esquema (1) que está solventando el requerimiento explicativo:

(5) Que a es F está fundado en que el tropo tF es parte de a.

La expresión ‘tF’ designa a un tropo que posee la naturaleza cualitativa de ser un F. La mayoría de las ontologías de tropos conciben a los objetos particulares como fusiones mereológicas de tropos que poseen algún tipo de conexión entre sí, ya sea por estar co-localizados espacio-temporalmente, o por estar relacionados por un tropo especial de co-instanciación, o por ser mutuamente dependientes14. Dado que el objeto es una suma mereológica, un tropo se atribuye al objeto por ser una parte suya. El tropo, sin embargo, no es un ‘tipo’ general, sino una entidad particular, tan particular como el objeto del que es parte. Ningún tropo por sí mismo puede conformar un ‘tipo’ general de entidades. Los tropos, sin embargo, pueden agruparse debido a sus semejanzas mutuas. Estas semejanzas están fundadas en la naturaleza intrínseca de los tropos conectados por ellas, al contrario de lo que sucede con el nominalismo de semejanza. De este modo, si se considera la cuestión ulterior de qué es lo que explica que el tropo tF tenga la naturaleza de ser un F, esto no se encuentra fundado en el hecho de que tF pertenezca a la clase de semejanza de todos los tropos que son F. La dirección de fundación va en el sentido contrario. Es porque el tropo tF es como es intrínsecamente que es semejante a otros tropos con los que conforma una clase de semejanza. El hecho de que el tropo tF sea F es un hecho primitivo que puede explicar que los objetos que tienen a tF como parteson F, pero no puede ser explicado por otra cosa. No todas las teorías de tropos postulan este perfil de prioridad, tal como se ha indicado arriba. Hay teorías en las que la naturaleza cualitativa de un tropo está fundada en semejanzas primitivas con otros tropos o la pertenencia a una clase ‘natural’ (Ehring, 2011, 175-193). Estas teorías postulan un perfil de prioridad análogo al que ha sido defendido por los nominalistas tradicionales15.

También deben considerarse entre las excepciones al perfil de fundación indicado arriba lo que sucede con las formas de nominalismo denominadas ‘de prioridad’ o ‘de fundación’ que han sido alguna vez llamadas peyorativamente como “nominalismo de avestruz”16. Estas formas de nominalismo han recibido mayor atención últimamente (Imaguire, 2018; Schulte, 2019). La idea central de estas concepciones es que todas las teorías que han sido propuestas en metafísica de propiedades deben introducir en un punto u otro hecho primitivos, no explicables por otros, para resolver el famoso regreso de Bradley. Por ejemplo, si a instancia U , entonces hay una relación de instanciación que conecta entre sí a y U . Pero instanciación es un universal que sólo puede darse entre a y U si está instanciado en ese par de entidades. Pero esto sería nuevamente una instancia del universal relacional de instanciación. Muchos de los defensores de universales han sostenido para neutralizar este regreso vicioso que la ‘instanciación’ es un hecho primitivo, una ‘conexión no relacional’ o algo así (Armstrong, 1997, 127)17. Los nominalistas de semejanza han sostenido que la ‘semejanza’ es un hecho primitivo y no es una relación como cualquier otra (Rodríguez-Pereyra, 2002, 105-123). Si es teóricamente lícito introducir hechos primitivos de los que se espera que no se pida ninguna explicación, ¿por qué no simplemente admitir como hecho primitivo que, por ejemplo, a es F? Los nominalistas de ‘prioridad’ o de ‘fundación’ sostienen que no hay nada que explique o que deba fundar la naturaleza cualitativa de las cosas. No se requiere nada que deba estar fundando ‘lo uno en lo múltiple’. Se puede apreciar que, desde esta perspectiva, los ‘tipos’ no poseen ninguna prioridad sobre las ‘instancias’, sencillamente porque nada funda el carácter cualitativo de una instancia.

En trabajos anteriores he criticado a las teorías de tropos que suponen para estos una naturaleza cualitativa intrínseca (Alvarado, 2020, § 26) y las formas de nominalismo de ‘prioridad’ o ‘fundación’ (Alvarado, 2020, § 16). No es necesario reiterar esas críticas aquí. Para el examen de la teoría cognitiva de las proposiciones se hará abstracción de ellas y se va a atender a las ontologías de universales -como representativas de las concepciones que otorgan prioridad al tipo respecto de la instancia- y al nominalismo de ‘prioridad’ -como representativo de las concepciones que otorgan prioridad a la instancia respecto del tipo.

3. Carácter representacional fundamental

Se ha explicado arriba cómo es que la teoría cognitiva pretende resolver los problemas acerca del carácter representacional y la unidad de las proposiciones. En vez de suponer que los actos cognitivos por los que un sujeto cree, juzga o asevera algo derivan su intencionalidad por el hecho de tener a la proposición p por objeto, los cognitivistas suponen que es la proposición la que hereda su carácter representacional de los actos cognitivos concretos por ser un ‘tipo general’ de tales actos. Por supuesto, los actos intencionales pueden ser agrupados en tipos de maneras muy diversas. Se puede considerar el tipo de todos los actos realizados un día miércoles, o en el hemisferio sur, o por alguien que tenga más de 1,70 m de estatura. Nada de esto interesa, sin embargo, sino los tipos de actos intencionales que constituyen formas de representarse ‘lo mismo’, esto es, que sean ‘representacionalmente iguales’. Son estos tipos aquello que debe identificarse como una ‘proposición’. Tal como se ha indicado, las proposiciones deben poseer un carácter representacional derivativo por ser tipos generales de actos concretos de representar de los que toda instancia es un acto intencional que predica una propiedad de un objeto18. Esto requiere asignar a los actos cognitivos concretos un carácter prioritario respecto de los ‘tipos generales’ a los que pertenezcan o de los que sean una instancia. Si la larga explicación dada anteriormente ha sido de alguna utilidad, se podrá apreciar que esto está lejos de ser obvio. Convendrá examinar esto de un modo más detenido.

Un acto cognitivo de representarse que a es F no es un ‘objeto’ -al menos, no de acuerdo con lo que se supone usualmente19- sino algo que le sucede a un objeto, esto es, un ‘evento’ o ‘acontecimiento’. Se va a suponer aquí que un evento es el hecho de que un objeto posea una propiedad en un tiempo -o el hecho de que varios objetos estén en una relación en un tiempo (Kim, 1976, especialmente, 35). Se sigue de esta concepción que las condiciones de identidad de los eventos están especificadas por el objeto, la propiedad y el tiempo en que ocurre20. Un evento que sea el acto que un sujeto realiza de predicar ser F del objeto a debe ser un evento que involucra, prima facie, al menos tres entidades diferentes: un sujeto capaz de cognición, una propiedad y un objeto del que esa propiedad se predica. Un acto cognitivo de concebirque a es F , entonces, debe consistir en la instanciación de una propiedad relacional en esos componentes en un tiempo. En principio, por lo tanto, el acto cognitivo en cuestión sería dependiente ontológicamente de esos constituyentes: sujeto, objeto de predicación, propiedad predicada y tiempo. Soames, sin embargo, sostiene que no es necesaria la existencia actual del objeto de predicación para la existencia del acto de que se trate (2014b, 102-103). Si se puede hacer referencia lingüística a objetos inexistentes -por ser meramente posibles o por ser objetos pasados ya no existentes- se pueden mentar tales objetos en nuestros estados intencionales. Un acto de predicar F de a no depende de ese objeto a, pues todo lo que se requiere es cierta ‘cualidad intencional’ del acto en cuestión por la que está ‘tendido’ o ‘referido’ a mentar un ‘polo de atribución’ -por decirlo de algún modo. ¿No se puede sostener algo semejante de la propiedad predicada? Soames no hace ninguna observación en este sentido, pero así como se han dado actos lingüísticos de nominación de objetos que se suponía que existían, pero no lo hacen, también se han dado predicados lingüísticos ‘vacíos’ que no refieren a ninguna propiedad. Lo más razonable, entonces, es suponer también que, para el acto de representarse que a es F , no se requiere la existencia de la propiedad F , sino que basta un ‘polo predicable’ como parte de la cualidad intrínseca del estado intencional de que se trate.

Un acto de representarse que a es F es un evento concreto que realiza un sujeto particular en un tiempo determinado y, en la medida en que el sujeto agente tenga una localización espacial en ese tiempo, también podrá asignarse tal localización espacial al evento. Lo que interesa a la teoría cognitiva, sin embargo, es sólo el ‘contenido’ representado en tal acto. Tal contenido representado, sin embargo, viene dado como el carácter cualitativo que llega a tener el sujeto agente al realizar el acto de representación de que se trate. El llegar a realizar tal acto consiste en que el agente llega a estar instanciando una propiedad que le confiere un carácter cualitativo por el que se representa que a es F . Por supuesto, esta propiedad puede tener una gran complejidad. Sea cual sea tal complejidad, se la designará como la propiedad Q. El evento representacional, entonces, consiste en la instanciación de Q en el sujeto S en el tiempo t. Para el cognitivista, la proposición es el tipo de todos los actos que comparten el mismo carácter representacional que tal acto, lo que coincide exactamente con todos los actos que consisten en instanciaciones de Q.

Desde la perspectiva de una teoría de universales -y ya se ha visto que lo mismo sucede para casi todas las formas de nominalismo, mutatis mutandis- lo que sucede aquí es un caso específico del esquema de fundación enunciado en (2), lo que se puede formular como:

(6) Que S se representa que a es F en t está fundado en el hecho de que S instancia Q en t.

Tal como se ha explicado también arriba, el universal Q funda parcialmente el acto representacional de S. Este acto representacional es ontológicamente dependiente de Q. La suposición de los cognitivistas es que el carácter representacional del tipo se deriva del carácter representacional del acto, pero aquí se puede apreciar que la situación es exactamente la inversa. El acto de S de representarse que a es F es un acto con el carácter representacional que posee debido a que consiste en un evento que es la instanciación del universal Q en ese sujeto en ese tiempo. El universal Q, por decirlo de algún modo, está por sí mismo ‘tendido’ a la predicación de que a es F , pues su naturaleza intrínseca es tal que aquello que lo instancie estará realizando un acto de representarse que a es F . El universal no requiere de ningún ‘complemento’ ontológico por parte de algún sujeto, de alguno de sus estados mentales o, siquiera, del universal de ser F o del objeto a para tener la naturaleza que tiene21.

Se ha indicado arriba que las concepciones aristotélicas de universales introducen algunos requerimientos adicionales al perfil de fundación de un universal. Los universales junto con fundar parcialmente el carácter cualitativo de los objetos, están ellos mismos fundados en el hecho de poseer alguna instanciación en algún objeto. Pero este requerimiento añadido no hace variar la cuestión de fondo: los objetos poseen el carácter cualitativo que poseen porque instancian universales. Para el caso que aquí interesa, el universal Q es lo que determina ontológicamente que algún sujeto tenga un estado intencional con contenido representacional. Para un aristotélico, Q requiere estar instanciado en, por lo menos, un sujeto para existir, pero esto no anula la función ontológica de Q como fundamento (parcial) del hecho de que un acto intencional de un sujeto S sea un acto de representarse que a es F y no otra cosa.

Es notorio, por lo tanto, que bajo una concepción que otorgue prioridad ontológica al ‘tipo’ por sobre la ‘instancia’ la idea del cognitivista de que las proposiciones poseen sólo derivativamente carácter representacional y condiciones de verdad parece poco verosímil. Esto sucede con gran parte de las posiciones que se han defendido para responder al problema de ‘lo uno en lo múltiple’, como las teorías de universales y casi todas las formas de nominalismo. La conclusión que uno, tal vez, estaría inclinado a sacar de esta situación es que el cognitivista debería, entonces, comprometerse con alguna de las teorías de propiedades que invierten el orden de prioridad explicado. Esto sucede, tal como se ha indicado en la sección anterior, con las teorías de tropos -siempre que se asigne a estos tropos un carácter cualitativo primitivo- y con el nominalismo de prioridad o de ‘fundación’. No recomienda a una teoría el que esta descanse en opciones sistemáticas sustantivas y altamente controvertidas, pero si hubiese razones independientes para adoptar alguna de estas posiciones en metafísica de propiedades, la situación para el cognitivista no sería tan mala22.

Es importante hacer notar, sin embargo, que las teorías de tropos o el nominalismo de prioridad traen consigo otros problemas no menos serios. Supóngase, en efecto, que es un hecho primitivo, ontológicamente fundamental, que S1 se representa que a es F y es también un hecho primitivo que otro sujeto S2 se representa que a es F . Intuitivamente, nos parece que tanto S1 como S2 se representan ‘lo mismo’. El cognitivista, en efecto, sostiene que una proposición es un ‘tipo’ de actos cognitivos que comparten contenido representacional, pues se trata de agrupar actos por lo que les es “representacionalmente común” (Soames, 2014b, 96) ¿Qué es lo que funda esta ‘mismidad’ de contenido de los actos? Si uno adopta el nominalismo de prioridad, no hay nada en lo que esa ‘mismidad’ esté fundada23. Es un hecho bruto que los actos representacionalmente ‘idénticos’ lo son, sin que esta ‘identidad’ bruta nos comprometa ontológicamente a nada más que a los actos particulares en cuestión. No es casual que una posición de este tipo haya sido denominada un nominalismo “de avestruz”. Nótese, además, que deben postularse hechos primitivos diferentes para cada contenido proposicional diferente. El nominalista de prioridad no está simplemente haciendo una opción ponderada acerca de dónde introducir un hecho primitivo -suponiendo que debe introducirse alguno en algún punto de la teoría- sino que está introduciendo masivamente una multitud, en principio, infinita de hechos primitivos diferentes -uno para cada contenido ‘común’ representado- para evadir lo que es postulado por los defensores de universales y todos los otros nominalistas.

Se ha mostrado, entonces, que una atención somera a la forma en que el problema de ‘lo uno en lo múltiple’ ha sido enfrentado en la discusión metafísica conduce a problemas serios para la teoría cognitiva de las proposiciones. No hace una diferencia para esto que uno introduzca universales o se adopte una posición nominalista. La cuestión parece aliviarse desde la perspectiva de un nominalismo de prioridad -o de una teoría de tropos que poseen un carácter cualitativo intrínseco primitivo tal como el de los objetos del nominalista de prioridad-, pero esto trae consigo problemas adicionales. Tal vez, el cognitivista pueda evadir todo este cuestionamiento adoptando una perspectiva radicalmente diferente, esto es, si es que el carácter representacional de Q estuviese ‘heredado’ de un modo diferente desde el carácter representacional del acto concreto. Considérese el siguiente ejemplo: Sócrates instancia la propiedad universal de ser hombre . Sócrates es racional. Tal vez se puede decir, de un modo derivativo, que, entonces, ser hombre es racional por el hecho de que sus instanciaciones -como Sócrates- son entidades capaces de pensamiento racional, aunque literalmente una propiedad universal no puede realizar actividad racional alguna. Para la cuestión de que aquí se trata, debería, entonces, decirse que Q representa que a es F en el sentido derivativo de que las instanciaciones de Q son actos de representar que a es F , aunque estrictamente ninguna propiedad universal representa nada, sino que son los sujetos los que se representan, eventualmente, que a es F . Lo que sucedería en este caso, entonces, sería un caso de ‘transmisión’ de carácter cualitativo desde lo que instancia una propiedad a la propiedad que funda tal carácter en la instancia. Nótese que no importa para esto si es que el ‘tipo’ es o no prioritario respecto de su ‘instancia’. Aún cuando un sujeto tiene la cualidad de estar representándose que a es F porque instancia Q, de ningún modo debería admitirse que Q posee la cualidad que funda en ese sujeto. Esto no cambia, si es que S cae bajo cierto ‘tipo’ debido a que realiza un acto de representarse que a es F , tal como sucedería si es que ese acto se entiende como un tropo que posea un carácter cualitativo primitivo, o si es que se supone -como lo hace el nominalista de prioridad- que nada funda el hecho primitivo de que S se representa que a es F . El ‘tipo’ de actos o de sujetos en los que se agruparán los actos de representación de que a es F o los sujetos que se representan que a es F no son ellos mismos algo que se representa que a es F . De un modo general, la cuestión es que un tipo de entes de cierta cualidad no es algo que posea esa misma cualidad. El universal de ser F no es algo que sea F. La clase de todos los objetos que sean F no es algo que sea F.

Considerada la cuestión desde esta perspectiva, el cognitivista no tendría nada que temer de la dirección de fundación entre ‘tipo’ e ‘instancia’, pues no se trataría de precisar qué es lo que funda el carácter intencional del acto de S, sino de una ‘transmisión’ lingüística por la que se atribuye -de un modo derivativo e impropio- lo que se dice de la ‘instancia’ al ‘tipo’. Si las proposiciones son, en efecto tipos de actos de representación, entonces -en un sentido estricto- ninguna proposición representa nada. Estrictamente, las proposiciones no están ‘diciendo’ que las cosas deban ser de cierta manera más bien que otra, pues no ‘dicen’ nada. No poseen -estrictamente- condiciones de verdad. Atribuir carácter representacional a una proposición no pasa de ser una metonimia, una figura literaria. Cuando alguien dice que “Londres suscribió el tratado de libre comercio” nadie se engañaría pensando que la ciudad de Londres es una entidad de la que tiene sentido decir que suscribe (o no) tratados de libre comercio. La expresión es una forma de designar a los órganos legítimos del Estado que tiene su capital en Londres. Del mismo modo, cuando se dice que “la proposición de que a es F representa que el objeto a ejemplifica la propiedad de ser F ” nadie debería engañarse pensando que, literalmente, la proposición representa algo. Son los agentes capaces de cognición los que se representan (o no) algo. La situación que se genera aquí no deja de ser paradójica. Una de las motivaciones más importantes para introducir la teoría cognitiva en primer lugar ha sido explicar cómo es que las proposiciones poseen esencialmente un carácter representacional -que funda sus condiciones de verdad- y no por alguna interpretación externa que alguien haga de ellas. Lo que resulta de la teoría cognitiva, sin embargo, es que las proposiciones no poseen (estrictamente) ningún carácter representacional, ni siquiera por la interpretación de alguien. Las proposiciones no representan de ningún modo. Si esta fuese la forma en que debemos entender la teoría cognitiva, no se trataría, realmente, de una teoría acerca de la naturaleza de las proposiciones, sino acerca de su eliminación.

4. Conclusiones

Se ha hecho en este trabajo una revisión acerca de cómo debería entenderse la teoría cognitiva de las proposiciones desde la perspectiva más general del problema de ‘lo uno en lo múltiple’ y las formas que se han propuesto para enfrentarlo en metafísica de propiedades. Las concepciones cognitivas han propuesto derivar el carácter representacional y la unidad de las proposiciones desde el carácter representacional primitivo de actos intencionales concretos (y unitarios) por los que un sujeto se representa algo de algo. Las proposiciones llegarían a ‘heredar’ estas características cruciales por ser ‘tipos’ de actos cognitivos seleccionados por ser representacionalmente ‘idénticos’.

Lo que quiera que sea que determina que una pluralidad de actos intencionales tenga un ‘contenido’ representacional ‘común’ debe ser algo que permita -de un modo más general- enfrentar la cuestión acerca de cómo una pluralidad de objetos puede poseer una misma naturaleza. Las alternativas para solventar este problema se discuten desde hace siglos, si es que no milenios. Una importante tradición ha sostenido que la comunidad de naturaleza está fundada en la instanciación de universales. Otra importante tradición ha rechazado la existencia de universales y ha pretendido sustituirlos con clases de semejanza, predicados lingüísticos, conceptos o clases naturales. Bajo cualquiera de estas alternativas lo que funda que una pluralidad de objetos comparta el ‘mismo’ carácter cualitativo es que instancien el mismo universal o que pertenezcan a la misma clase de semejanza, etc. La comunidad de naturaleza está fundada, por decirlo de algún modo, ‘desde arriba’. Los ‘tipos’ tienen prioridad respecto a sus instancias. Han sido una excepción a la ‘fundación desde arriba’ las teorías de tropos que postulan para estos una naturaleza cualitativa intrínseca primitiva y el nominalismo de prioridad (o de avestruz), pues en estas concepciones nada funda la naturaleza de las cosas y la comunidad de naturaleza, si existe, es un hecho bruto.

Si uno asume una ontología de universales o casi cualquier posición nominalista, el carácter representacional de un acto intencional por el que se predica algo de algo debe estar fundado en la naturaleza intrínseca del universal instanciado -o de la clase de semejanza en cuestión, según sea el caso- exactamente en el sentido inverso de lo postulado por el cognitivista. Los actos intencionales representan lo que representan porque son de un cierto ‘tipo’ y no al revés. El cognitivista debería, entonces, buscar refugio en alguna de las teorías que invierten este orden de prioridad, tal como el nominalismo de prioridad. Pero hacer tal cosa no es ‘gratis’. Trae consigo otros problemas independientes.

Una estrategia alternativa que podría intentar el cognitivista para evadir todas las dificultades asociadas con lo que impone el problema de ‘lo uno en lo múltiple’ sería interpretar la ‘transmisión’ de carácter cualitativo desde el acto intencional concreto al tipo como un caso de ‘transmisión’ de la cualidad fundada al universal o clase que la funda. De un modo general, un universal que funda que algo sea F no es F. Del mismo modo, el universal que funda que un acto intencional represente algo de algo no representa algo de algo. La dificultad que trae consigo esta estrategia alternativa, sin embargo, es que lejos de explicar cómo es que las proposiciones poseen un carácter representacional primitivo, priva a las proposiciones de todo carácter representativo. La teoría cognitiva no sería, finalmente, una teoría explicativa de la naturaleza de las proposiciones, sino de su eliminación24.

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1 De acuerdo con las teorías de proposiciones como conjuntos de mundos posibles, dos proposiciones necesarias —esto es, verdaderas en todos los mundos posibles— son la misma proposición, pues deben identificarse con exactamente el mismo conjunto. Por ejemplo, la proposición todos los gatos son mamíferos sería la misma proposición que todos los perros son mamíferos, pues estas proposiciones deben identificarse con el mismo conjunto de mundos posibles, a saber, el conjunto de todos los mundos posibles. Las teorías de proposiciones estructuradas, en cambio, especifican la identidad de una proposición de acuerdo con cuáles sean sus constituyentes y su modo de estructuración. Para estas concepciones, todos los gatos son mamíferos es una entidad que tiene como constituyente la propiedad de ser gato mientras que todos los perros son mamíferos es una entidad que tiene como constituyente la propiedad de ser perro, por lo que no pueden ser la misma proposición. En lo que sigue, se va a expresar “la proposición de que p” mediante el término “p” en negritas. Del mismo modo, “la propiedad de ser F” se va a expresar por “ F ” o “ser F”, según el caso.

2 Por ejemplo, de acuerdo con la definición de Kuratowski, el par ordenado <<Teeteto>, volar> se puede identificar con el conjunto {{Teeteto}, {Teeteto, volar}}. También podría ser identificado, sin embargo, como el conjunto {{Teeteto, 1}, {volar, 2}} (según la definición de Hausdorff), o como el conjunto {{{Teeteto}, Æ}, {{volar}}} (según la definición de Wiener) (Enderton 35-39).

3 Por ejemplo, de acuerdo con la perspectiva algebraica la proposición Teeteto vuela resulta de aplicar la operación de ‘inserción’ PLUG sobre el universal monádico volar ‘insertando’ a Teeteto en su única variable libre. Teeteto vuela = PLUG (volar, Teeteto). La operación PLUG es una función que mapea universales y objetos particulares a otros universales. Esto es, se trata de un conjunto de pares ordenados conformados, a su vez, de pares ordenados de universales y objetos, por una parte, y universales, por otra. PLUG (volar, Teeteto) es, entonces, un universal asignado al par ordenado <volar, Teeteto>, esto es: <PLUG (volar, Teeteto), <volar, Teeteto>>.

4 Suponiendo, por supuesto, una distensión temporal finita tanto al pasado como al futuro. Suponiendo, también, que el ámbito de la ‘realidad’ considerada del modo más irrestricto incluye toda la extensión del pasado y del futuro.

5 La posición de Soames resulta todavía más complicada por la introducción de proposiciones posibles que vienen a complementar a las proposiciones actualmente existentes. Aunque hay incontables objetos actuales que no han sido ni serán mentados por actos cognitivos de nadie, así como propiedades que nunca nadie ha predicado de nada ni lo hará, basta con la posibilidad de que algún sujeto lo haga para asegurar la existencia de proposiciones posibles acerca de tales objetos y propiedades. Tanto las proposiciones actuales como las meramente posibles son verdaderas (o falsas) al describir el mundo actual. Se asegura así que, para cada hecho que podría ser representado por alguien, existe una proposición —ya sea actual o posible— que enuncia el darse de tal hecho con verdad (Soames, “Cognitive” 102-103).

6 Hay una serie de cualificaciones que deben hacerse a estas clases de semejanza para resolver varios problemas sistemáticos que se presentan para su aptitud como entidades que deberían satisfacer las funciones esperadas de los universales. Las clases de semejanza son ‘comunidades perfectas’ de objetos todos ellos semejantes entre sí y cuyos pares hereditarios —esto es, los pares de objetos, los pares de pares de objetos, etcétera— son también todos ellos semejantes entre sí (Rodríguez-Pereyra 156-176). Estas clases de semejanza son también comunidades perfectas ‘maximales’ cuyos elementos poseen un grado de semejanza que es mayor que el grado de semejanza de cualquier clase de la que la comunidad perfecta sea una sub-clase (Rodríguez-Pereyra 177-185). En lo que sigue no será necesario considerar todas estas y otras cualificaciones.

7 La noción de ‘relación interna’ ha sido entendida de diferentes modos. Aquí se va a suponer que una relación es ‘interna’ si y sólo si está fundada en las naturalezas intrínsecas o las propiedades intrínsecas de los relata. A veces, sin embargo, se ha definido una relación ‘interna’ como aquella que es esencial para sus relata. También se ha entendido como una relación entre entidades que no son mutuamente independientes.

8 La posición de Douglas Ehring es, más precisamente, que la naturaleza cualitativa de los tropos está fundada en el hecho de que los tropos en cuestión pertenecen a la misma clase ‘natural’ de tropos. El hecho de que una clase sea ‘natural’ es un hecho primitivo, tal como la semejanza para un nominalista (Ehring 187-193). Se trata de que los tropos son como son porque están conectados externamente con otros tropos con los que conforman una clase, tal como para el nominalista los objetos son como son porque son semejantes o no entre sí.

9 Tal como ya es usual, se va a suponer en este trabajo que la fundación es una relación primitiva de determinación ontológica no-causal que no es analizable por una implicación estricta u otra forma de análisis en términos modales. Vale, en efecto, que [X(({a} existe) ® (a existe))], pero el objeto a no está fundado en su conjunto singleton, sino al revés. Como se trata de una relación de prioridad ontológica, la fundación es irreflexiva, asimétrica y transitiva. Se va a suponer, además, que es una relación entre entidades de cualquier categoría ontológica. Muchos han sostenido que los relata de la fundación son ‘hechos’. Si a alguien le parece esto inadecuado, puede sustituir las expresiones como “a funda a b” por “el hecho de que a existe funda el hecho de que b existe”. Cf. para presentaciones generales de la relación de ‘fundación’ (Correia y Schnieder, 2012; Fine, 2012b).

10 Dificultades acerca de la existencia de proposiciones suficientes para todo hecho del mundo surgen, en efecto, para la teoría cognitiva (Soames, “Cognitive” 102-103), tal como se ha ya descrito arriba. Incluso suponiendo que existan proposiciones para todos los objetos y propiedades que hayan sido mentados en algún tiempo por un sujeto, no habrá proposiciones acerca de objetos y propiedades en los que ningún sujeto racional haya reparado. La introducción de actos cognitivos posibles repara en algo esta situación, pero se ha hecho ver que la posibilidad de hechos inconcebibles para una mente finita generaría nuevas limitaciones (Keller).

11 La relación de ‘dependencia ontológica’, tal como la ‘fundación’, ha recibido una gran atención en años recientes. Se va a suponer que se trata de una relación primitiva, irreflexiva, asimétrica, transitiva y que puede tener como relata entidades de cualquier categoría. Si a depende de b, entonces b es parte de la esencia de a, de tal manera que b es ‘constitutivamente necesario’ para la existencia de a. La dependencia no es analizable en términos de una implicación estricta ni en otros términos modales. En efecto, [A((a existe) ® ({a} existe))], pero a no es dependiente de su conjunto singleton (Fine, 1995).

12 En otro lugar he sostenido que la suposición que hace el defensor de universales aristotélicos de que la instanciación de un universal U es dependiente ontológicamente de U , pero, al mismo tiempo, es una base de fundación de U , es incoherente (Alvarado, 2020, §§ 53-59; también Costa, 2019). Para los propósitos de este trabajo, sin embargo, no será necesario discutir estas cuestiones ulteriores.

13 Recuérdese que las clases de semejanza deben ser ‘comunidades perfectas’, esto es, deben ser clases de objetos tales que todos los ‘pares hereditarios’ de elementos de la clase deben ser semejantes entre sí. Se requiere, además, que el ‘grado de semejanza’ de la clase debe ser mayor que el grado de semejanza de cualquier clase de la que la ‘comunidad perfecta maximal’ sea una sub-clase (Rodríguez-Pereyra 142-198).

14 Las ontologías de tropos han variado mucho en cuanto a la forma en que se conciben los objetos particulares. Las primeras versiones han concebido que lo que hace que una pluralidad de tropos sean parte del mismo objeto es simplemente el hecho de que ocupan la misma región espacio-temporal (Williams, 1953). Después se ha propuesto que la función de unificación debe ser asignada a un tropo relacional de co-instanciación (Maurin, 2002, 164-166; Ehring, 2011, 119-135). Otra corriente ha sostenido que los objetos deben identificarse con ‘todos integrales’ que tienen como partes a todos y sólo los tropos que están conectados por la relación de dependencia ontológica (Simons, 1994). A estas concepciones deben unirse aquellas que postulan a un sustrato como unificador del objeto particular (Heil, 2012, 12-52) y aquellas que postulan un tropo específico —un tropo ‘nuclear’— conectado con los restantes tropos de un cúmulo por relaciones de dependencia ontológica, pero que cumple las funciones de un sustrato (Alvarado, 2020, §§ 87-94).

15 Esto es, que a es F está fundado en que tF es parte de a, pero que tF es F está, a su vez, fundado en que tF es un elemento de la clase de semejanza A. Luego, que tF sea un elemento de A está fundado en el hecho de que tF es semejante a todos los tropos del conjunto A. Por transitividad de la fundación, que a es F está fundado en las semejanzas primitivas de tF con otros tropos.

16 Se las ha denominado así porque en estas formas de nominalismo se renuncia a ofrecer una explicación ontológica que pueda solventar el esquema (1). Se rechaza la existencia de universales, pero no se ofrece nada que pueda satisfacer sus funciones teóricas. Tal como el avestruz esconde la cabeza en la arena para evadir el peligro, el nominalista ‘avestruz’ (ostrich) evade el problema de ‘lo uno en lo múltiple’ simplemente negándose a contestarlo (Armstrong, 1980).

17 Pero no todos los defensores de universales han sostenido que la ‘instanciación’ es un hecho primitivo. Otros han sostenido que son tropos esencialmente instanciando un universal en un objeto (Alvarado, 2020, §§ 67-70).

18 Esta es la forma más básica de proposición. Sobre esta base se pueden dar otras proposiciones con una mayor complejidad lógica (Soames, 2014b, 97-101). Esta complejidad ulterior está determinada por actos cognitivos dependientes de aquellos más básicos. Lo que se va a examinar acerca de proposiciones del nivel más elemental será aplicable para proposiciones más complejas.

19 En efecto, si por ‘objeto’ se entiende lo que quiera que sea que se encuentra en el rango de cuantificadores irrestrictos de primer orden, entonces los eventos cuentan como ‘objetos’. En un sentido más restringido, sin embargo, un ‘objeto’ designa a una entidad concreta particular que es sujeto de instanciación de una pluralidad de propiedades y que es capaz de persistencia en el tiempo.

20 Una concepción de este tipo de las condiciones de identidad de un evento está en un término medio entre especificaciones de ‘grano más fino’ o de ‘grano más grueso’. Algunos han identificado los eventos con regiones espacio-temporales, sin atender a qué propiedades estén instanciadas en qué objetos en esas regiones. Otros han sostenido que los eventos están tan finamente identificados como lo que pueda discriminar un sujeto racional. Por supuesto, diferentes opciones metafísicas tendrán incidencia en la forma en que los eventos sean concebidos. Desde algunas perspectivas, por ejemplo, los eventos son sencillamente tropos. Desde la perspectiva de un nominalista, las ‘propiedades’ que integran las condiciones de identidad de un evento deben ser entendidas de un modo que les resulte aceptable, por ejemplo, como clases de semejanza de objetos. Estas diferencias no serán relevantes para lo que será discutido aquí.

21 Recuérdese que, para Soames, no hay problema con admitir un acto de predicar que a es F aún cuando a no exista actualmente o no exista ahora. El acto será un acto que ‘tematiza’ o está ‘mentando’ al objeto a por su propio carácter cualitativo intrínseco (2014b, 101).

22 Hago notar que he defendido in extenso una ontología de universales platónicos en otros lugares (cf. en especial, Alvarado, 2020), por lo que no creo que ni las teorías que pretenden sustituir universales por tropos, ni el nominalismo de prioridad sean ni medianamente verosímiles, pero para los propósitos de esta discusión, pondré entre paréntesis mis compromisos teóricos en esta cuestión.

23 Esto es un problema ad hominem de la posición defendida por Soames: lo que se predica son ‘propiedades’ que son algo uno en una pluralidad. Soames no parece advertir ningún problema en suponer que por cada predicado lingüístico existe una propiedad universal instanciada por todos y sólo los objetos de los que se predica con verdad. Esto corresponde a una teoría de universales ‘abundantes’ —que normalmente son concebidos como platónicos. No es coherente admitir universales como lo que resuelve el problema de lo uno en lo múltiple y luego rechazar que el carácter representacional de los actos cognitivos no esté fundado en universales.

24 Este trabajo ha sido redactado en ejecución del proyecto de investigación Fondecyt 1200002. Una versión preliminar de este trabajo fue presentada en el Grupo de Trabajo del proyecto de investigación Fondecyt 1200002 y en el Congreso Nacional de Filosofía organizado por la Asociación Chilena de Filosofía. Agradezco los comentarios y sugerencias de los asistentes a esos eventos.

Cómo citar: Alvarado Marambio, José Tomás. La teoría cognitiva de las proposiciones y metafísica de propiedades. Discusiones Filosóficas. Jul. 23(41), 2022: 31-58. https://doi.org/10.17151/difil.2022.23.41.3.

Recibido: 25 de Febrero de 2022; Aprobado: 05 de Abril de 2022

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