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Revista Interamericana de Bibliotecología

Print version ISSN 0120-0976

Rev. Interam. Bibliot vol.36 no.2 Medellín May/Aug. 2013

 

INVESTIGACIÓN

 

Los inventarios documentales del cabildo colonial de Medellín. Un proceso de racionalización hacia el ''buen gobierno''

 

Documentary Inventories in the Colonial Cabildo of Medellín. A Rationalization Process Towards the ''Good Governance''

 

 

Alfonso Rubio*

* Doctor en Sistemas de Información y Documentación. Universidad de Zaragoza – España. Director Grupo de Investigación Nación/Cultura/Memoria Departamento de Historia. Universidad del Valle.alfonru1964@hotmail.com

 

Recibido: 2013-02-07 / Aceptado: 2013-07-10

 


RESUMEN

Nos detenemos en un campo disciplinario pocas veces tratado: la ''historia archivística''. Después de un exhaustivo reconocimiento y análisis de la documentación que contiene el Archivo Histórico de Medellín en su denominado Fondo Cabildo, damos cuenta de las preocupaciones y necesidades del Cabildo colonial de la Villa de Medellín por la organización y descripción de los documentos de su archivo a través de inventarios documentales, dirigidas al ''buen gobierno'', como decía la propia documentación, de la institución. El archivo y la formación de inventarios que describía sus unidades documentales, como parte de un sistema de información de la Administración de la Monarquía española que debe controlar aspectos económicos, sociales y jurídicos, nos demuestran que la información es un factor de cohesión interna y permanencia de todo sistema, a la vez que un sistema de información es, en esencia, un sistema de regulación y homogeneización.

Palabras clave: Historia archivística, Cabildo, Medellín, Archivo, Inventarios documentales, Siglo XVIII.

Cómo citar este artículo: RUBIO, Alfonso. Los inventarios documentales del cabildo colonial de Medellín. Un proceso de racionalización hacia el buen gobierno. Revista Interamericana de Bibliotecología, 2013, vol. 36, n° 2, pp. 125–137.


ABSTRACT

We focus since an academic field not much explored: the ''Archivistic History''. After a thorough survey and analysis of the documentation containing in the Historical Archive of Medellín, precisely in its fund called Cabildo, we show the concerns and needs of the colonial cabildo of Medellín by the organization and description of the documents in his archive through documentary inventories directed to ''good governance'', as claimed by the own documentation of the institution. The archive and the inventory construction that describe his documentary units, as part of administration and information Monarchic system, who should control the economics, socials and juridical issues, show us that the information is a strong factor of cohesion and permanence of all system, understanding that the information system is , in essence, a regulation and homogenization structure.

Key words: Archivistic history, cabildo, Medellín, Archive, Documentary inventories, 18th century.

How to Cite this Article: RUBIO, Alfonso. Documentary Inventories in the Colonial Cabildo of Medellín. A Rationalization Process Towards. Revista Interamericana de Bibliotecología, 2013, vol. 36, n° 2, pp. 125–137.


 

 

el archibo donde esta la arca y papeles desta villa esta demasiado obscuro y sin ninguna claridad1

 

1. Introducción

Durante casi siglo y medio que duró la vida colonial en la Villa de Medellín (1675–1819), la preocupación de su Cabildo por la seguridad, la conservación y la organización de los documentos que constituían su archivo, así como la práctica de actos simbólicos que giraban en torno a su inaccesibilidad y secretismo, y reforzaban su carácter como instrumento de poder, fueron constantes.

El mismo proceso que inició la fundación de la Villa y constituyó su Cabildo, puso de manifiesto el alto grado de conciencia que se le concedió al uso del documento escrito y a su archivo. Conscientes de sus facultades como prueba y testimonio de fundamento jurídico, y conscientes de las posibilidades económicas que se estaban concentrando en el espacio geográfico donde se erigiría la Villa con sus términos jurisdiccionales, las élites sociales y económicas interesadas en su fundación, comenzaron un proceso burocrático de producción documental que hizo realidad legal una fundación que, legitimada ante la ley, garantizó el control y la dominación de unos recursos dados y la apropiación privada de beneficios sociales.

Con el fin de racionalizar y estabilizar el dominio de este espacio geográfico, la nueva fundación implicó la construcción de un modelo administrativo institucional, a imagen y semejanza de la tradición hispánica. El Cabildo, Justicia y Regimiento, la institución política e ideológica, estructurada a la Corona mediante instituciones superiores como las Gobernaciones o las Reales Audiencias, dirigió el futuro de ese espacio a partir de unas estrategias que siempre recurrieron al control que les proporcionaban los registros contenidos en su archivo para conseguir un orden que regulaba la vida política, hacendística, judicial o policial de la ciudad.

En un contexto que sitúa al archivo en una época donde se hizo evidente la necesidad de conservar y organizar los documentos escritos como un instrumento de uso clave en el funcionamiento diario de las instituciones de la monarquía hispánica, se situó nuestro objetivo principal de una investigación de mayor alcance: desentrañar la relación existente entre el archivo y el ejercicio del poder dentro de la administración de los cabildos coloniales hispanoamericanos, tomando como modelo de actuación el Archivo Histórico de la ciudad de Medellín (Provincia de Antioquia del Nuevo Reino de Granada) y sabiendo que la administración concejil se desarrolló de manera similar en el resto de cabildos sujetos al dominio de la Corona española.

El periodo cronológico de dicha mayor investigación abarcó ciento cuarenta y cinco años que van de 1675 a 1819, un periodo que, bajo el control de la Corona española que trasladó a sus dominios coloniales el derecho castellano y sus prácticas escriturarias y burocráticas, se adapta, por tanto, a la naturaleza del archivo que había forjado la tradición española y que íntegra y fundamentalmente abarca al siglo XVIII. De este siglo, sin dejar de tener en cuenta la elaboración de inventarios durante el periodo citado, aquí en este artículo nos centramos en su segunda mitad, cuando, precisamente, la dinastía borbónica situó como imprescindible el recurso a la documentación como fundamento de control colonial, fiscal y administrativo. Un siglo el XVIII en el que el Cabildo de Medellín se va a mantener prácticamente sin cambios en cuanto a sus aspectos archivísticos se refiere: aspectos legislativos, funcionales (formación de inventarios, métodos de control documental, etc.) y aspectos simbólicos que giraban, sobre todo, en torno a la figura y soberanía del rey y la instalación de una tradición trasladada al Nuevo Mundo para legitimar el nuevo orden y garantizar la lealtad de sus miembros2.

Durante este periodo cronológico, necesariamente nuestros objetivos no pueden evitar el contexto institucional y general de la Europa moderna. La conciencia de la necesidad de la escritura y de sus archivos es una característica en las instituciones del Estado moderno, que los considera consecuencia necesaria e instrumentos imprescindibles de su desarrollo. El aumento en este periodo histórico de la producción administrativa por parte de las monarquías europeas es interpretado como un medio que favorecía la centralización de gobierno y como una consecuencia de la actuación continuada y tecnificada de las nuevas burocracias.

Producto de dicha investigación, ofrecemos aquí sólo los aspectos que tienen que ver con la práctica archivística de la formación de inventarios documentales que desarrolló el cabildo de la ciudad de Medellín que se centra, como dijimos, en la segunda mitad del siglo XVIII, con el fin de comprobar el alto grado de conciencia que existía por la utilidad del archivo de los cabildos, desde las prácticas materiales o archivísticas de organización y descripción documental y para la buena administración de gobierno.

 

2. El descontrol de los documentos

En las medidas de acceso a los registros archivados, la intermediación burocrática aparece como instancia previa al acercamiento documental. El nacimiento de una figura especializada que velara por la custodia, ordenamiento y mantenimiento de las escrituras fue casi inevitable durante el desarrollo del Estado moderno. La concentración de funciones relativas al buen mantenimiento de los archivos institucionales llevó a la oficialización de los escribanos como funcionarios guardianes del arca que no se limitaban a su competencia escrituraria de dar fe judicial o extrajudicial, también sus competencias estaban dirigidas a la gestión documental, convirtiéndose en responsables y primeros límites en el acceso público a los registros3.

La imposibilidad de acceso y utilización de los bienes documentales a los ciudadanos reforzó la condición de espacio de poder conferido al arca como depósito de una serie de registros y escrituras que, desde el orden de la memoria, justificaban y normalizaban condiciones y distancias políticas, jurídicas o económicas en el interior de los distintos estamentos sociales. Las medidas de protección en torno a la consulta y el préstamo de los documentos impusieron un sistema de copia y compulsa, pues era ''principio asentado en derecho y generalmente recibido entre los Diputados, que los registros y demás papeles no puedan ni deban salir de sus respectivos archivos''4. Como establecían las ordenanzas de Mon y Velarde dirigidas a los escribanos de Medellín, el derecho a la copia, además, debía estar precedido de solicitud razonada y el consentimiento del cabildo: ''no se extraerá ni dará copia de algún documento que obre en dicho archivo sin presentación al cabildo y expreso mandato para su entrega, como se dijo, para el procurador general''5. La legislación real ya había dispuesto para el ''juez ordinario o delegado'', que si necesitase ''papeles o escrituras de los archivos, los pida, declarando los que ha de ver, reconocer y copiar, y en ningún caso se saque de el Cabildo papel original, ni la Caxa de sus escrituras''6. Es la misma ley que el 16 de junio de 1802, el alguacil mayor del cabildo de Popayán cita para exponer ''que no se saquen de dicha Arca ni de la sala originales''. Pero si hubiese necesidad de ello, la extracción de los mismos debía rodearse de un acto simbólico de autoridad que requería la ''presencia de la Justicia y Regidor Deputado con el Escribano''7.

Las restricciones al acceso documental podían proceder del propio crecimiento de la documentación, que desbordaba las posibilidades de una búsqueda sencilla; o de su desorganización. Estos problemas llevaron al desarrollo de inventarios, índices y catálogos que facilitaban la búsqueda de las distintas tipologías documentales en archivos que iban adquiriendo enormes dimensiones.

En acta del 20 de abril de 1761, siendo escribano del cabildo Francisco José Solórzano, los cabildantes manifiestan el descontrol documental existente por su gran volumen, para lo cual ordenan formar un nuevo inventario que dé cuenta detallada de todos los documentos del archivo:

Por cuanto desde el año de cuarenta y ocho no se hizo inventario de los papeles de este archivo, los que se me entregaron a mi el presente escribano, con el transcurso de tan dilatado tiempo se han multiplicado bastante volumen de autos, los que se hallan sin cuenta y razón de ellos, y puede por esta causa seguirse perjuicio al bienestar de esta republica. Para evitarlo mandan sus mercedes se renueve el inventario antecedente y de él y todos los papeles que se hallasen en este Archivo, tanto inventariados como sin inventariar, se haga inventario nuevo, con toda prolijidad, cuenta y razón, numeración de hojas, citas de Provisiones y Reales Cédulas. Y por cuanto los señores Alcaldes ordinarios se hallan con varios y muchos negocios del despacho común y no poder atender a dicho inventario, cometen al señor Alcalde Provincial su ejecución para que con la persona de su satisfacción lo haga por embarazos de mi el presente escribano8.

El desorden del archivo es expuesto continuamente en las sesiones del cabildo. El 13 de febrero de 1764, el procurador general presenta un escrito ''en que representa que los papeles de este archivo se hallan sin inventario y con desorden''9. En diciembre de 1791, ''siendo uno de los asuntos en que más se interesa la causa pública'', también el procurador general, ante la entrada del nuevo escribano del cabildo, Francisco Jiménez Aranda, y no habiéndose concluido todavía ''la entrega de causas, protocolos y demás papeles correspondientes al archivo de cabildo con las formalidades prevenidas por derecho'', solicita que se hagan la diligencias oportunas con el fin de que se verifique la ''entrega al escribano de cabildo don Francisco Aranda que deberá colocarlos en su archivo con la debida separación de causas, y mantenerlos con el correspondiente aseo y limpieza, formalizándose al mismo tiempo un inventario comprensivo de estos y de todos los demás papeles y documentos que deben custodiarse en dicho archivo''10.El desorden del archivo es expuesto continuamente en las sesiones del cabildo. El 13 de febrero de 1764, el procurador general presenta un escrito ''en que representa que los papeles de este archivo se hallan sin inventario y con desorden''9. En diciembre de 1791, ''siendo uno de los asuntos en que más se interesa la causa pública'', también el procurador general, ante la entrada del nuevo escribano del cabildo, Francisco Jiménez Aranda, y no habiéndose concluido todavía ''la entrega de causas, protocolos y demás papeles correspondientes al archivo de cabildo con las formalidades prevenidas por derecho'', solicita que se hagan la diligencias oportunas con el fin de que se verifique la ''entrega al escribano de cabildo don Francisco Aranda que deberá colocarlos en su archivo con la debida separación de causas, y mantenerlos con el correspondiente aseo y limpieza, formalizándose al mismo tiempo un inventario comprensivo de estos y de todos los demás papeles y documentos que deben custodiarse en dicho archivo''10.

El 11 de agosto de 1794, ''necesitándose sean arreglados los papeles de la Arca de Tres llaves y Archivo por hallarse bastante enredado y sin orden'', el cabildo comisionó para ello al alcalde provincial José Joaquín Tirado y al procurador general Miguel de Fonnegra, a quienes al mismo tiempo se les dio permiso para contratar ''una persona de su satisfacción para hacer el alfabético o inventario general''11. La persona en cuestión fue Félix José Lotero, quien ya había desempeñado como oficial menor de pluma junto a su padre Juan José Lotero, escribano de cabildo de la Villa de Medellín entre los años de 1765 a 1787.

La Gobernación de la Provincia de Antioquia también quiso tener conocimiento del contenido del archivo de las ciudades que estaban bajo su control. Según recoge la providencia del gobernador de septiembre de 1816, ''siendo conveniente para conservar la buena administración de justicia el arreglo de los archivos'', se ordenó al cabildo de Medellín hacer inventario de los documentos de su archivo, con instrucciones de cómo debía realizarse, para remitirlo a la Gobernación. Se facultó a los cabildos a nombrar

persona de su satisfacción para que en asocio del Escribano de Cabildo, se haga inventario formal de sus respectivas arcas, poniendo los asuntos con la debida separación en sus correspondientes legajos, con el índice de las Cédulas Reales, Órdenes y determinaciones de los Generales Superiores con expresión de la fecha en que fueron expedidas e indicando a lo que se dirija cada una y remitiéndose un tanto a este Gobierno para los fines que convengan. Todo se ejecutará a la mayor brevedad12.

El descontrol sobre la localización de los expedientes aumentaba después de un cambio en el cargo de la escribanía. En numerosas ocasiones el archivo se encontraba repartido entre varios armarios, estantes, dispensas, tiendas, casas públicas o particulares, y los inventarios demuestran la práctica común de sacar del archivo documentos que servían para redactar otros, para hacer consultas o mostrarlos y prestarlos, generalmente, a otros funcionarios. La gestión de la salida y entrada de los expedientes en el archivo no siempre fue eficaz, pues las anotaciones al margen de los documentos relacionados en los inventarios, indicando su préstamo o consulta, podían quedar sin borrar o, como era costumbre, tachar, ya fuera por error, ya porque los documentos no se reintegraban al archivo, como solían argumentar los escribanos. La práctica habitual fue esta, la de utilizar los inventarios para registrar la salida de los documentos, pero el procedimiento no fue seguro y así, en julio de 1801 el Procurador General solicita controlar las salidas documentales y asegurar su devolución mediante un nuevo instrumento, de uso exclusivo para ello. Pide que ''se forme un librete en el cual se deba asentar el papel o documento que se sacase por alguno de los presentes o regidores dejando recibo en dicho libro''13.

Por otro lado, si en las anotaciones marginales de los inventarios o en los libros de control de salida de documentos se registraba el nombre de quien recibía el documento en préstamo, estos nombres sólo daban cuentan del paradero inicial de los documentos, pero éstos pasaban de mano en mano frecuentemente sin conocimiento ni autorización del escribano, generando descontrol y en no pocos casos pérdida documental14.

En los inventarios de la Villa de Medellín, al lado del documento registrado, es habitual encontrar signos marginales como estos: +, -, x, #, o anotaciones más explícitas como ''ojo'', ''falta'', o solo la inicial ''f'' indicando igualmente la falta del documento. Algunos inventarios clasifican la documentación por tipos documentales y en cada uno de sus apartados atribuyen un número consecutivo e individual a cada uno de los documentos. Al final de algunos de estos apartados, anotaciones de arreglos posteriores a la realización del inventario, indican las pérdidas documentales: ''Faltan que hemos notado en el arreglo del Arca de este cabildo […] son los siguientes números 90, 94, 152, 173 y 130, son cinco las Reales órdenes que faltan''15.

La ausencia de dispositivos eficaces para controlar la salida o el préstamo de los documentos y su circulación de mano en mano hacía llegar a extremos como el de acudir a las censuras religiosas. Era un instrumento útil, empleado, normalmente, en casos trascendentales y cuando ya otros métodos persuasivos de recuperación documental habían fallado. Las censuras, que dependían del interés y voluntad del Obispo, demostraban la importancia que se concedía al documento escrito como prueba legal y garantía de derechos o privilegios.

Manuel Pérez de Montoya, regidor en la ciudad de Cali, solicitó ante el Provisor y Vicario General de la Diócesis de Popayán, se librasen censuras generales para restituir al archivo de la ciudad los documentos que faltaban, argumentando ''que del Archivo de aquella ciudad se hallan extraídos muchos papeles, los que deben estar protocolados por cuya extracción padecen muchos notables perjuicios''16.

 

3. La necesidad de un control burocrático

De una población estimada de 3000 habitantes en los momentos fundacionales de la Villa en 1675, Medellín pasa a contar en 1808 con un número de 14.182 habitantes censados17. El crecimiento poblacional implicaba expansión del territorio habitable y de la actividad laboral y comercial; de las relaciones, en definitiva, sociales y económicas que se establecían entre los propios ciudadanos y entre éstos y su cabildo que, bajo su control, política, administrativa, policial y judicialmente debía gobernarlos. La consecuencia lógica de este aumento poblacional y económico que extiende las redes de relaciones, es el aumento, a través del ejercicio escriturario, de la actividad desarrollada por el cabildo, por un lado, y por los escribanos numerarios, por otro. En 1782 los cabildantes de Medellín manifestaron la necesidad de crear dos nuevas escribanías del número, y en 1788 el visitador Juan Antonio Mon y Velarde expuso la urgencia que había en la ciudad de ''aumentar escribanos […] por ser crecida la población y muchos los asuntos judiciales que se agitan, ya de partes, y ya de oficio''18.

El nuevo y más riguroso control burocrático de la dinastía borbónica impuso cambios en la administración que implicaban mayor despliegue documental en el ámbito legislativo general y en el ámbito regulador y particular de las instituciones. Los cambios son evidentes en Medellín pasado el medio siglo XVIII y se hacen significativos a partir de 1788, cuando Mon y Velarde establece sus conocidas Ordenanzas regulando aspectos como la elección y las funciones de los empleados municipales, el régimen policial o el ceremonial que debe seguir el cabildo en los actos que lo requieren. La intención del visitador es acabar con el ''incierto y arbitrario capricho'' de los cabildantes de Medellín, ''tolerado bajo el nombre de costumbre, lo que no merece otro título que el de corruptela y abuso''19. Implementar el control pretendido por Mon y Velarde, para el cual el Cabildo, ''como cuerpo místico de la república'' debe ''poner su mayor desvelo''20 trae consigo un aumento de las actuaciones dirigidas a ello que, con rigor, deben formalizarse por medio del documento escrito. Se crearon así Juntas organizativas (Junta de Policía, Junta de Agricultura, Junta de Sanidad, Junta Municipal de Propios) surgiendo nuevas funciones que irían ampliando las series documentales del archivo de la ciudad. Al mismo tiempo aumenta la preocupación por la organización del archivo y los inventarios se confeccionan con más exigentes niveles de control.

Después de haber cumplido con el pago del avalúo, en octubre de 1810 Celedonio Trujillo pide a la Junta Superior Provincial Gubernativa de Antioquia se le expida el título de escribano de cabildo, se le señale signo y se le reciba juramento. Como experto en el funcionamiento del archivo después de desempeñarse en la escribanía del cabildo como oficial de pluma de su padre José Miguel Trujillo durante más de nueve años, conocía el inventario que se hizo cuando se posesionó en el cargo Francisco Jiménez de Aranda y lo describe diciendo que ''está sumamente incapaz de comprenderse'' por ''los muchos agregados que después le han ido haciendo, poniendo en muchas partes entre renglonadura, y en otros testados muchos renglones por haberse tenido de aquel tiempo a esta parte alguna causa'' 21. El inventario se hizo en 1789 y durante más de veinte años, a medida que se iban produciendo o recibiendo nuevos documentos, éstos se fueron incorporando entre sus renglones a la vez que se tachaba alguno o parte de ellos. Para la entrega de los papeles del archivo que se le ha de hacer en su posesión, Celedonio solicita, por tanto, que no se utilice este inventario ''incapaz de comprenderse'', sino uno ''claro, sin confusiones de testadotes, enmendaduras y de buena letra, como corresponde''. Igualmente exige (la tarea era demorada y compleja) que no se le intente presionar para participar en su formación22.

El crecimiento poblacional y económico conllevaba, como dijimos, crecimiento documental, tanto en la escribanía numeraria como en la del cabildo. Para la realización de un nuevo inventario del archivo había que invertir tiempo y dinero con el fin de cubrir los gastos del papel utilizado y del amanuense o ''persona inteligente'' encargada de ello. Estando a punto de acabar el inventario que se ha de entregar al escribano del número José Vicente de la Calle, los alcaldes ordinarios que se comisionaron para su elaboración, ''dudando de qué ramo o fondo deba contribuirse para los costos de amanuense y papel'', en marzo de 1801 expusieron al Cabildo que ''se consulte con asesor letrado si deba ser dicho costo de la escribanía que recibe, o de la masa común de propios''. Haciéndoselo saber al Doctor Joaquín Gómez, abogado de la Real Audiencia y asesor del Cabildo de Medellín, se presentó en la sala capitular y expuso que

para que pueda quedar en el arca de tres llaves el original de dicho inventario como se proviene por las leyes, no debe gravarse al escribano que recibe en su costo si no es en el duplicado que éste para su gobierno debe sacar, pues para el primero debe gravarse la masa común de propios como que está destinada para los gastos beneficios de la causa publica como que se interesa en el buen arreglo de las escribanías, que no podrá verificarse sin la entrega formal y que el escribano que recibe debe como parte asistir a la entrega, que se hará conforme lo prevenido23.

La preocupación por el archivo, por su adecuada organización y por la conservación de los documentos, fue constante, pero sólo en los momentos de extrema gravedad (por ''tener perdida la letra'' y rotos algunos documentos24, o ''por hallarse bastante enredado y sin orden'' 25) se manifiesta la necesidad de intervenir en él. En realidad nunca se destinaron los suficientes cuidados a una masa documental que a la vez que envejecía iba acrecentando su memoria. Siendo, como solían decir los cabildantes, ''conveniente para conservar la buena administración de justicia el arreglo de los archivos''26, o ''siendo uno de los asuntos en que más se interesa la causa pública''27, los documentos estaban condenados a reposar siempre en un lugar indecente, ''demasiado obscuro y sin ninguna claridad''28.

En diciembre de 1787, cuando ya Juan José Lotero no oficiaba de escribano de cabildo, el Visitador Juan Antonio Mon y Velarde ordena a Jacobo Facio Lince, escribano del número que servía de interino en la escribanía del cabildo, que entregase al escribano de visita, bajo formal inventario ''las cuentas de propios que se han llevado y finalizado desde el año de 70 hasta esta fecha, la Real Cedula de ejecucion de esta villa, sus ordenanzas, si las tuviese, y las que traten de sus privilegios y preeminencias''. Para dar paso a la descripción del estado en que se encontraba el lugar destinado al archivo, sagazmente, el Visitador continúa diciendo:

pues aunque quisiera pasar por mi al reconocimiento de estos papeles, la incomodidad y poca decencia de la pieza destinada para Archivo publico, que es del todo desproporcionada para este uso, no me lo permite, como es a Vuestra Señoría constante29.

La organización de los archivos mejoraba con las Visitas Generales de las Audiencias. Después de su Visita de 1787, donde lo primero por lo que se interroga es por la existencia del arca de tres llaves y su correspondiente inventario, las posteriores Ordenanzas emitidas por Juan Antonio Mon y Velarde para la Villa de Medellín, dirigidas a los escribanos del cabildo y del número, tuvieron en cuenta su desempeño archivístico: el lugar donde deben colocar sus archivos y protocolos y cómo estos últimos deben ser encuadernados, la formación de inventarios o índices, el tipo de libros que deben llevar, la custodia del archivo y los responsables de sus llaves o el aseo y el cuidado de su conservación30.

Pero además de su utilidad para el buen gobierno político, judicial y económico de la ciudad, el archivo constituía el símbolo de un oficio que dependía del documento escrito para poderse desarrollar. La práctica de examinar el archivo y sus inventarios con el fin de comprobar su crecimiento para evaluar el precio de la escribanía y el celo con el que Francisco Jiménez de Aranda se niega a dar la llave del archivo para proceder al arreglo de sus papeles, solicitando ''se le mandase por decreto''31, así lo certifican.

En la ceremonia de la toma de posesión del cargo que se llevaba a cabo en el Cabildo, al escribano entrante, en señal de esa posesión, se le hacía entrega del archivo y una de sus llaves. Cuando a un escribano se le suspendía en su oficio, se le despojaba del archivo reteniéndole sus llaves. Cuando Juan José Lotero solicita en mayo de 1767 que sea restituido en su oficio de escribano de cabildo, debe hacerse ''entregándosele las llaves y archivo'' 32. El archivo y todo lo que él representa fue un instrumento inseparable de la figura del escribano.

 

4. Los inventarios documentales: un proceso de racionalización y sistematización

Como herramientas necesarias para el ''bienestar de esta república'' se hacen imprescindibles los instrumentos de descripción o de control, que auxilian al escribano en sus labores, frente a la masa documental y la cantidad de información depositadas en el archivo, y frente a su gestión documental cotidiana. Los inventarios no sólo muestran apartados numéricos o nomenclaturas que dan cuenta de la ubicación de los papeles, también reflejan pequeñas síntesis y descripciones del contenido de los documentos, ilustrando, al mismo tiempo, la memoria institucional que se construye junto a ellos y las distintas técnicas archivísticas que se ven implementadas y que, con el transcurrir del tiempo, se modifican, eliminan o actualizan. La preocupación por el orden y uso dado a los archivos derivó pues en la creación de múltiples criterios y normativas orientadas a su eficaz y coherente disposición. Los principios de la archivística contemporánea tienen aquí sus más tempranas raíces. La organización por tipologías o asuntos, relacionados en listados alfabético–numéricos; los indicativos referentes a la naturaleza topográfica de cada documento o fondo documental existentes; o las tablas de contenido al inicio de los libros registro de los cabildos, pasarían de ser meras costumbres a convertirse en procedimientos útiles para el ejercicio de los escribanos.

Para Borja Aguinagalde los inventarios conllevan unas fases de organización y descripción documental vinculadas a una ''centralización–racionalización'' administrativa, son instrumentos que actúan como intermediarios entre los documentos y los usuarios (en esta época, exclusivamente cargos y oficiales internos del Cabildo de Medellín), son el reflejo secuencial de la organización de los documentos, obligan a crear signaturas, preceden a una selección según diferentes criterios y se redactan en formato de libro. Su aparición entre el siglo XIV y XV obedece a un doble proceso: son, por un lado, el resultado de la individualización del documento como elemento diferenciado en los inventarios generales de bienes; y por otro, responden a la necesidad de fijar por escrito la organización de los documentos, producto de una mayor complejidad burocrática33.

Como en los municipios españoles, las actas capitulares recogen abundantes noticias relativas al estado organizativo del patrimonio documental de la Villa de Medellín. Las autoridades locales fueron conscientes de la necesidad de conservar y organizar sus documentos de acuerdo a un determinado método. Los resultados de cualquier proceso organizativo daban lugar a la elaboración de instrumentos de descripción, llámense catálogos, índices, conocidos metafóricamente como luceros, guías, relaciones o inventarios. En estos procesos fue habitual en Medellín la participación de diferentes autoridades locales a través de la formación de comisiones, donde se podía dar cabida a ''persona inteligente'' en el asunto. Sus distintos intereses, según García Ruipérez y Fernández Hidalgo, hacían plasmar, junto a criterios estrictamente documentales, otros de marcado carácter jurídico, social, económico e incluso político. La confluencia de los diferentes intereses y la distinta formación de los comisionados favorecían la subjetividad y la disparidad de resultados34.

Sin tener en cuenta las denominadas relaciones, que pudieran ser redactadas al margen de procesos organizativos y registran escasa documentación, ni los inventarios parciales, que generalmente sólo dan cuenta de lo producido durante un determinado año, con mayor o menor nivel de descripción, durante el periodo colonial abarcado, que va de 1675 a 1819, en el Cabildo de Medellín se contabiliza la considerable suma de 19 inventarios realizados. El primero de ellos data de 1692, diecisiete años después de fundarse la Villa; y el último de 1801, dieciocho años antes de proclamarse su independencia. Tres son inventarios elaborados en el siglo XVII (en los años de 1692, 1695 y 1696) y uno apenas entrado el siglo XIX (en 1801). El resto (15 en total) se producen durante el siglo XVIII. La frecuencia temporal con que se suceden es irregular y son el resultado de procesos organizativos que se pusieron en práctica después de periodos de abandono o desidia, o a la entrada de un nuevo gobierno o escribano. En su confección no se detecta la presencia de escribano activo alguno. Mayoritariamente, en su elaboración participaron los alcaldes ordinarios, con la asistencia, en menor medida, de los regidores o el procurador general y un oficial de pluma o escribano que ya no ejercía como tal, como comisionados más capacitados para ello35.

Sólo analizados desde una perspectiva general, tres son las características que presentan estos inventarios:

  1. El incremento progresivo del patrimonio documental del cabildo de Medellín desde su fundación y la utilización de los escaparates–archivo o las estanterías con nichos para su instalación, frente al arca, precisaba la formación de agrupaciones documentales para hacerlo accesible y manejable.
  2. A medida que avanza el siglo XVIII, el necesario recurso a la documentación como fundamento de la reorganización fiscal y administrativa puesta en marcha con la llegada de la monarquía borbónica, trajo consigo la elaboración de inventarios con criterios de organización más rigurosos y un mayor nivel de detalle en la descripción de las unidades documentales.
  3. Llegar a elaborar, al menos 19 inventarios que sabemos se conservan, es un índice del alto cumplimiento de la legislación general y de las ordenanzas, en particular, que para la Villa elabora el visitador Juan Antonio Mon y Velarde, en las cuales se estipula que ''se formará un índice exacto del archivo público con distinción de asuntos y clases de modo que fácilmente se encuentren cuando se busquen; este deberá mantenerse con todo aseo y limpieza, reconociendo a menudo si se consumen los papeles o si se ponen ininteligibles''36.

La propia ''visita'', inspección o examen que hace el visitador, el delegado real Juan Antonio Mon y Velarde, al cabildo de la Villa, comporta una ''mirada normalizadora'', una vigilancia que permite calificar, clasificar y hasta castigar las desviaciones de los funcionarios. Pero la ''visita'' no sólo recae sobre ellos. También los documentos del archivo son examinados y para ellos se ordena hacer inventario. El poder disciplinario se ejerce haciéndose invisible y en cambio impone a aquellos a quienes somete (funcionarios/documentos) un principio obligatorio de visibilidad. Los documentos ocultos del archivo se hacen visibles en la reseña descriptiva que de los mismos registran los inventarios. Su ''iluminación'' (luceros se les llamó)37 garantiza el dominio del poder que se ejerce sobre ellos y los mantiene en un mecanismo de objetivación. Al mismo tiempo, el control o el examen sobre los documentos, que los coloca en un campo de vigilancia, los sitúa en una red de escritura. Los mismos procedimientos de examen van acompañados de un sistema de registro intenso y de acumulación documental que constituyen un ''poder de escritura'' como una pieza esencial en los engranajes de la inspección. La formación de los inventarios haciendo caso al examen de Mon y Velarde será el registro disciplinario de los propios documentos. No sólo los individuos, también los documentos son objetos descriptibles, analizables bajo una mirada interesada que establecerá para ellos distintos y variables campos de clasificación, categorías o normas. La obligatoriedad de los inventarios, su cuidado, su traspaso entre escribanos, su circulación durante las visitas, la transmisión de sus datos a organismos centrales, forman parte integrante del proceso por el cual los archivos han estado sometidos al régimen disciplinario38.

Para los 19 inventarios, sin llegar a ser catálogos, en la terminología empleada por María del Carmen Pescador del Hoyo, podríamos hablar de inventarios descriptivos y analíticos, siendo el más minucioso de todos ellos el que se realiza en 1794, clasificando, como se venía haciendo en las poblaciones españolas, por agrupaciones de series documentales, utilizando criterios alfanuméricos de ordenación y nichos para su instalación, y llegando a describir en buena medida el contenido de las piezas documentales individualmente39. Fueron frecuentes las órdenes emanadas de la Real Audiencia y dirigidas a los distintos cabildos de Nueva Granada, ''para que se arregle el Archivo […] poniendo en orden todas sus Actas, Reales Zedulas y Provisiones de Su Alteza, Superiores Despachos, y demás que en él se contiene, con su Yndice especulativo''40. Siguiendo estos dispositivos legales de la Corona, la rigurosidad con que en el Cabildo de Medellín se confecciona el inventario de 1794 y el anterior ya mencionado de 1789, al que se le fueron incorporando los documentos que con el tiempo se iban creando, y el amplio uso que se les dio, no sólo demuestran el interés por garantizar la conservación y la recuperación de los actos de la corporación colonial que los produjo, además de concederle estabilidad con el control de los documentos; ellos son también reflejo de la historia interna de la institución, de su evolución formando parte del engranaje administrativo de la Corona española.

El inventario, según Lodolini, no es sólo una mera lista de expedientes, legajos, registros o volúmenes. Por el contrario, el inventario

es sobre todo la historia interna de la institución que ha generado aquel fondo archivístico, de sus competencias y de sus transformaciones en el curso del tiempo, de la praxis administrativa mantenida por ella y de las transformaciones que aquella praxis administrativa ha sufrido en diversas épocas, y en fin, de cómo, poco a poco, aquella institución ha organizado la propia memoria41.

El cabildo se nutría de actos administrativos, o sea, de documentos que los reproducían para su continuidad. Los inventarios respondían a satisfacer unas necesidades informativas y, desde una perspectiva objetiva, la información se concibe como una realidad física. En este sentido, y desde las relaciones descriptivas de los documentos que aportan los inventarios, la información sólo existe en un mundo ordenado que se puede descubrir, definir y medir42.

Desde la existencia de un ''almacén de la memoria escrita'', escribir se convierte en sinónimo de conservar, de hacer perdurar y de pervivir en el tiempo. Las instituciones confían a la memoria escrita su experiencia, conscientes de la posibilidad de uso posterior. El archivo, el almacén de la memoria se muestra como una especie de representación: quien organiza y decide la conservación de la memoria crea ''un texto que tiene poder sobre la exterioridad de la cual, previamente, ha quedado aislado'' y proyecta hacia el futuro una determinada manera de leerlo e interpretarlo que responde, necesariamente, a unos intereses sociales. Conscientes de ellos, quienes gobiernan el archivo ''no han permitido que el azar gobernase la sedimentación del fluir temporal, y que, consecuentemente, se formase una especie de maremágnum imposible de aprehender''. Al contrario, a través de los inventarios que ordenan la memoria conservada, han proporcionado una clave de lectura de un texto que les identifica y con el que consiguen proyectar hacia el futuro una imagen de sí mismos43.

Los inventarios del siglo XVIII, evidentemente responden a un proceso de clarificación, racionalización y sistematización que es correlato del ideal con el que se construye la ciudad americana. Esta fue el resultado de una acción conceptual en la medida en que su fundación estuvo inscrita en un momento de la cultura universal en el que la ciudad se convirtió en el espacio ideado para establecer un orden y tuvo su realidad concreta en los territorios del Nuevo Mundo. No podemos hablar de una reproducción exacta de las ciudades de la metrópoli en América, sino más bien de una configuración espacial y cultural que no fue simplemente la copia de modelos existentes, conocidos y vividos, sino el resultado de un esfuerzo de clarificación, racionalización y sistematización impulsado por el mismo proceso de colonización a través del cual se fue construyendo un modelo ideal que se impondría repetidamente en la vastedad de las tierras americanas y sería la base de una concepción organizativa sistemática.

La llegada a América no sólo significó el arribo a un mundo desconocido, sino también el ingreso al capitalismo expansivo y ecuménico perfeccionado y desarrollado por las monarquías absolutistas de los estados europeos que buscaron la centralización y concentración de la totalidad del poder en una corte, desde la cual se disciplinaba la sociedad jerárquicamente en un proceso gradual de adaptación a un proyecto racional que supuso la organización de los hombres dentro de un repetido paisaje urbano con proyección hacia fines futuros de obediencia a las exigencias colonizadoras, administrativas, militares, comerciales y religiosas que se impondrían con rigidez44.

La función del escribano, comúnmente entendida como menor o relativamente básica en todo el universo burocrático colonial, fue no obstante el pilar del buen funcionamiento de un Estado caracterizado por hacer de la letra un arma administrativa, un símbolo del poder y de la correcta administración imperial. La necesidad de mantener los depósitos de archivos organizados, inventariados, e incluso limpios y en buen estado, constituía uno de los elementos primordiales en el interior de cualquier estado burocrático, pues de las correrías documentales, del intercambio epistolar, del acatamiento y cumplimiento de las distintas órdenes, así como de su pronto despacho y circulación, dependía el ejercicio del buen gobierno.

 

5. Conclusiones

El archivo de los cabildos coloniales actuó como instrumento de gobierno y administración en un doble ámbito de poder, estatal y local. Desde una perspectiva estatal, los cabildos coloniales hacían parte de un enmarañado sistema de instituciones políticas dependientes de un estado español centralista con el fin de conseguir el control político y económico de sus dominios conquistados y colonizados. Desde una perspectiva local, los cabildos fueron instituciones de gobierno legítimo desde los cuales las élites locales podían satisfacer intereses económicos y sociales personales.

Mediante el registro documental, los cabildos coloniales controlaron elementos claves de los procesos productivos y tuvieron injerencia en la actividad mercantil, en la explotación minera, en la distribución de tierras, o en el tráfico y gravámenes de la actividad comercial. Fue vital, por tanto, para los miembros de las élites económicas y sociales de la Villa, ser parte del cabildo, un lugar privilegiado desde el cual se podía ejercer el poder tradicional y mantener su status o prestigio social.

Para conseguir sus propósitos, los cabildos deben mantenerse y avanzar en el tiempo configurando una institución que funcione como una ''organización'', entendiendo por ella una formación social consciente de sus fines y racionalmente constituida mediante el ejercicio burocrático, o sea, mediante una gestión y administración eficaz caracterizada por una estructura, una distribución de funciones y unos procedimientos formales y escritos en la tramitación y resolución de los asuntos de acuerdo a leyes y normas instituidas. La administración de carácter burocrático, donde no deben faltar los escribanos de toda clase, se fundamenta en documentos escritos que formalizan disposiciones legislativas, acuerdos, informes, registros policiales y fiscales, o procedimientos judiciales. Los inventarios del archivo garantizaron y conservaron toda clase de actos desplegados por el Cabildo para dar continuidad y orden a la economía, la administración y la política del Estado. Se convirtieron así en una herramienta técnica y eficaz que posibilita la estabilidad del sistema.

 


Notas

* Artículo producto de la investigación titulada ''La escritura del archivo. Recurso simbólico y poder práctico en los cabildos coloniales de Nueva Granada. El caso de la Villa de Medellín, 1675–1819'', inscrita en la Universidad de Zaragoza (España).

1 Archivo Histórico de Medellín (A.H.M.), Tomo (T.), 3, fol. 140r.: Acta del Cabildo del 18 de Febrero de 1705.

2 Como en España, desde el nacimiento del Estado moderno y hasta mediados del siglo XVIII, con las reformas del reinado de Carlos III, prácticamente no se produce ninguna modificación sustancial en las formas organizativas y estructurales institucionales. En Medellín, el control de los agentes borbónicos no introducirá cambios en las funciones reglamentadas de las prácticas archivísticas ni en las funciones encomendadas a quienes se encargaban de ellas (los escribanos), pero sí se dejará sentir el aumento de las exigencias y controles para su cumplimiento.

3 Escribanos que más tarde pasarían a llamarse secretarios, cuyo vocablo descubre la condición de guardián del secreto, de garante de la confidencialidad y el silencio. Los manuales y tratados prácticos de escribanos escritos a lo largo de la Edad moderna ilustran la manera en la cual el conocimiento secretarial y sus funciones básicas se llevaban a cabo aunando habitualmente en una misma figura responsabilidades ligadas a la archivística, la competencia escrituraria, la salvaguarda de las arcas, y el control al acceso documental.

4 A.H.M., T. 28, fol. 216r. Informe del 1 de octubre de 1779 de José López de Mesa, teniente de gobernador y de oficiales reales y José Nicolás de Ochoa, alcalde ordinario de la Villa de Medellín, sobre competencias en materia de archivo entre los tenientes de gobernación y alcaldes ordinarios.

5 ROBLEDO, Emilio. Bosquejo biográfico del Señor Oidor Juan Antonio Mon y Velarde, Visitador de Antioquia, 1785–1788 [Tomo II]. Bogotá: Banco de la República/Archivo de la Economía Nacional, 1954, p. 247. Al nombrar al procurador general se está refiriendo a las Ordenanzas que hacen relación a él, a su obligación de defender a la villa en razón de sus fueros y preeminencias, para lo cual se le ''facilitará reconocer el archivo en el modo y forma que le convenga, pero sin que pueda extraer papel sin noticia y permiso del cabildo que conste por escrito, dejando recibo si es original y si no, pedirá testimonio'' (Ibíd., p. 228).

6 RECOPILACIÓN de Leyes de los Reynos de las Indias [1791]. Madrid: Consejo de la Hispanidad, 1943. Libro IV, Título IX, Ley XX (D. Felipe II, 1 de mayo de 1586. D. Carlos II y la Reina Gobernadora).

7 Archivo Central del Cauca (A.C.C.), Fondo Cabildo de Popayán, T. 45, fol. 14r. Antes que la Recopilación, el alguacil mayor cita la Ley 15, Título 6 del Libro III de la Recopilación de Castilla.

8 A.H.M., T. 13, fol. 282v.–283r. Los remarcados en negrita de las citas de archivo son nuestros.

9 A.H.M., T. 13, fol. 19v.

10 A.H.M., T. 49, fol. 46. Solicitud del procurador general del 10 de diciembre de 1791.

11 A.H.M., T. 55, fol. 75.

12 A.H.M., T. 85, fol. 33r.

13 A.H.M., T. 66, fol. 42r.

14 HERZOG, Tamar. Mediación, archivos y ejercicio. Los escribanos de Quito (siglo XVII). Frankfurt: Vittorio Klostermann, 1996, p. 25.

15 A.H.M., T. 56, fol. 237v.:Inventario de papeles del arca de 1794. Véase también el Inventario formado en el año de 1796 (A.H.M., T. 59, fol. 326r.450v.).

16 Centro de Microfilmes del Departamento de Historia de la Universidad del Valle. Fondo del Juzgado Civil Primero de Cali. RO–10E/Rollo 000, fol. 72r.

17 ÁLVAREZ M., Víctor. Poblamiento y población en el valle de Aburrá y Medellín, 1541–1951. En MELO, Jorge Orlando (Dir.). Historia de Medellín [vol. I]. Bogotá: Suramerica de Seguros, 1996, p. 61 y URIBE DE HINCAPIÉ, María Teresa y ÁLVAREZ, Jesús María. Raíces del poder regional: el caso antioqueño. Medellín: Universidad de Antioquia, 1998, p. 79.

18 A.H.M., T. 47, fol. 5v.

19 ROBLEDO, Emilio. Op. cit., p. 203.

20 Ibíd., p. 242.

21 Título de escribano de Celedonio Trujillo (A.H.M., T. 73, fol. 42v.). Las siguientes citas referidas a él están tomadas de este mismo Título (T. 73, fol. 35r.–50v.).

22 La demora en la realización de los inventarios es expuesta en el acta del 15 de octubre de 1771. En ella se dice que el día 12 de febrero de 1770 se comisionó a Félix Rodríguez de Zea para hacer el ''inventario de los papeles del Arca'' y a fecha del acta (un año y ocho meses después) todavía no se había concluido. Los cabildantes decidieron en esta ocasión que la formación del inventario la continuase el presente escribano, Juan José Lotero, debiéndolo entregar concluido el último día del año (A.H.M., T. 17, fol. 338r.).

23 A.H.M., T. 66, fol. 21r.

24 A.H.M., T. 24, fol. 46r. Acta del 4 de agosto de 1777, donde se ordena al escribano Juan José Lotero copiar en un libro aparte la documentación deteriorada: ''muchas Reales Cedulas y Provisiones Reales, Despachos superiores y otras providencias muy necesarias y precisas para el buen régimen y gobierno de esta villa se hallan, por el trascurso del tiempo, perdida la letra y algunas rotas, que visto por sus mercedes dijeron que se vayan copiando por mí el presente escribano en un cuerpo y por bajo de una cuerda, cuyo costo de papel y trabajo, se me satisfará de los propios de esta villa''.

25 A.H.M., T. 55, fol. 75: Acta del 11 de agosto de 1794.

26 A.H.M., T. 85, fol. 33r.

27 A.H.M., T. 3, fol. 140r.

28 A.H.M., T. 3, fol. 140r. Acta del 18 de febrero de 1705: ''El archivo donde está la arca y papeles de esta villa está demasiado obscuro y sin ninguna claridad''. Recordemos que utilizando el recurso de la metáfora, durante los siglos XVI y XVII los catálogos e índices archivísticos también fueron conocidos con el término de ''luceros''.

29 A.H.M. T. 39, fol. 24r. Carta orden del Visitador del 14 de diciembre de 1787. Asimismo, en enero de 1788, encontramos al escribano de la Villa leyendo ante los cabildantes ''el capitulo 27 de la Carta orden de su Señoria el señor Visitador de la providencia, fecha ocho de Mayo de ochenta y seis, sobre el modelo de custodiar y recibir los papeles en cada partido'' (A.H.M., T. 40, fol. 39v.).

30 Ignacio Uribe, abogado de la Real Audiencia por el Cabildo de Medellín, ''preguntado si en el Cabildo ha habido arca para guardar los papeles, privilegios, y escrituras que le corresponden, con su Inventario correspondiente, dijo: Que sí ha habido Arca, y el Inventario se hizo el año de Setenta y nueve'' (ROBLEDO, Emilio. Op. cit., p. 150). Uribe se refiere al último inventario que se había hecho y, de todos los que hasta ese momento había, era el más completo; con toda seguridad, el que se estaba utilizando (A.H.M., T. 21, fol. 426r.–457r. y T. 28, fol. 1r– 55r. Está dividido en dos legajos distintos). Las preocupaciones archivísticas de Mon y Velarde las constatamos antes. En enero de 1788, encontramos al escribano de la Villa leyendo ante los cabildantes ''el capitulo 27 de la Carta orden de su Señoria el señor Visitador de la providencia, fecha ocho de Mayo de ochenta y seis, sobre el modelo de custodiar y recibir los papeles en cada partido'' (A.H.M., T. 40, fol. 39v.).

31 A.H.M., T. 56, fol. 135r.

32 A.H.M., T. 14, fol. 302v.

33 AGUINAGALDE OLAIZOLA, Francisco de Borja. Elementos para una historia de los archivos y la archivística desde una perspectiva interdisciplinar. Irargi. Revista de Archivística, 1988, nº 1, p. 76–80.

34 GARCÍA RUIPÉREZ, Mariano y FERNÁNDEZ HIDALGO, María del Carmen. Los Archivos Municipales en España durante el Antiguo Régimen: Regulación, conservación, organización y difusión. Cuenca: Ediciones de la Universidad de Castilla–La Mancha, 1999, p. 175–177. Los sistemas de organización (clasificación, ordenación e instalación) y descripción en el ámbito municipal durante el Antiguo Régimen español son documentados y analizados minuciosamente en esta obra.

35 Después de ser retirado del cargo de escribano de cabildo por falta de su confirmación, José Lotero participa en la confección del inventario de 1733 que se le entrega al oficial mayor de pluma Juan Flores Paniagua (A.H.M., T. 7, fol. 191v. y 208v.). Acabando su periodo como escribano del número en 1772, a Pedro Rodríguez de Zea se le ve formando los inventarios de 1775 y 1779 (A.H.M., T. 21, fol. 426r. y T. 28, fol. 1r.). Como dijimos, Félix José Lotero, como oficial de pluma participa en el inventario más completo y complejo, el elaborado en 1794.

36 ROBLEDO, Emilio. Op. cit., p. 246–247. El inventario que en 1787 hacen los alcaldes ordinarios Juan Lorenzo Álvarez y Juan Antonio de Piedrahita para entregar al escribano del número Jacobo Facio Lince por muerte de Juan José Lotero, escribano del cabildo, se hace ''por orden de su señoría el Señor Oidor Visitante General Don Juan Antonio Mon y Velarde'' (A.H.M., T. 38, fol. 111r.). De los 15 inventarios que se registran durante el siglo XVIII, 5 de ellos se elaboran después de la visita de Mon y Velarde, en un periodo de sólo 10 años, entre 1787 y 1796.

37 NAVARRO BONILLA, Diego. La imagen del archivo. Representación y funciones en España (siglos XVI y XVII). Gijón: Ediciones Trea. 2003, p. 145. Véase sobre los inventarios el capítulo 5 completo: La organización y el arreglo de los papeles: las metáforas de la luz (p. 135–147).

38 Véase FOUCAULT, Michel. Vigilar y castigar. Nacimiento de la prisión. Madrid: Siglo XXI, 1990, p. 189–198.

39 PESCADOR DEL HOYO, María del Carmen. El archivo: instrumentos de trabajo. Madrid: Norma, 1986, p. 20. Véase también TORNEL COBACHO, Cayetano. El inventario en el panorama archivístico español. Irargi. Revista de Archivística, 1991, nº IV, p. 297–325. El inventario realizado por el cabildo de Medellín en 1794 se localiza en el A.H.M., T. 56, fol. 223–361. Las similitudes de los inventarios de la Villa de Medellín son evidentes con los inventarios que se realizaron, como ejemplos, en la ciudades españolas pertenecientes a la Comunidad Autónoma de La Rioja: de Haro, en 1764 (''Inventario de los papeles que tiene esta referida villa y su archivo para enguarda de sus derechos y debida claridad''. Sig.: Archivo Municipal de Haro [A.M.H.], Leg. 3081– 1) y de Logroño, en 1801 (''Razón puntual de todos los papeles e instrumentos que existen en el archivo que la ciudad tiene en la Iglesia de Santiago el Real, con expresión de los números, letras y cajones en que se han hallado''. Sig.: Archivo Municipal de Logroño [A.M.L.], IDA 0/6).

40 Archivo General de la Nación (A.G.N.), Colonia, Milicias y Marina, T. 142, fol. 628r. (Orden dirigida al municipio de Mompox, 1776.). Con fecha 14 de noviembre de 1761, la ciudad de Santafé de Antioquia recibió orden superior de su Real Audiencia adjuntando copia de la Real Cédula de 30 de enero del mismo año ''sobre el modo que se han de colocar en las secretarías y Archibos, las Cedulas, y Reales Ordenes que se recibieren'' (A.G.N., Colonia, Milicias y Marina, T. 142, fol. 787r.). La misma Real Cédula y en el mismo sentido, es tenida en cuenta por el municipio de Riohacha (A.G.N., Colonia, Milicias y Marina, T. 128, fol. 905r.).

41 LODOLINI, Elio. El archivo del ayer al mañana. Boletín de la ANABAD, vol. XLV, nº 1, p. 43.

42 GONZÁLEZ TERUEL, Aurora. Los estudios de necesidades y usos de la información: fundamentos y perspectivas actuales. Gijón: Ediciones Trea, 2005, p. 64. Pensando en la conducta administrativa del Cabildo, sujeta a las imposiciones legislativas de la Corona española a la que estaba sujeto, desde el enfoque cognitivo desarrollado principalmente por Brenda Dervin en la teoría Sense–Making, la información no es posible desligarla de una actividad conductal del individuo, la información es creada en un momento específico (tiempo–espacio) por uno o más individuos (Ibíd., p. 66).

43 GIMENO BLAY, Francisco. Conservar la memoria, representar la sociedad. Signo. Revista de Historia de la Cultura Escrita, 2001, nº 8, p. 284–85.

44 RAMA, Ángel, La ciudad letrada. Hanover/New Hampshire: Ediciones del Norte, 1984, p. 35.


 

6. REFERENCIAS

6.1 Archivos

6.1.1 Colombia

Archivo Central del Cauca (Popayán)

Archivo General de la Nación (Bogotá)

Archivo Histórico de Medellín (Medellín)

Centro de Microfilmes del Departamento de Historia de la Universidad del Valle (Cali)

6.1.2 España

Archivo Municipal de Haro (La Rioja)

Archivo Municipal de Logroño (La Rioja)

6.2 Bibliografía

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