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Ideas y Valores

versión impresa ISSN 0120-0062

Ideas y Valores vol.66 no.164 Bogotá mayo/ago. 2017

https://doi.org/10.15446/ideasyvalores.v66ni64.64966 

Diálogos

Ruíz Gómez, Leonardo. "Fuerza primitiva y derivativa en G. W. Leibniz. Modificación ylimitación." Tópicos 48 (2015): 141-168.

Nicolás Quiñones* 

* Universidad Nacional de Colombia, Bogotá - Colombia. Correo electrónico: noquinonesd@unal.edu.co


En su artículo, Leonardo Ruíz Gómez busca dilucidar la articulación leibniciana entre fuerza primitiva y fuerza derivativa, de modo que se tengan luces sobre uno de los asuntos problemáticos de la propuesta del filósofo de Hanover, ala vez que se aporten elementos de comprensión para una posible articulación entre la dinámica y la metafísica leibnicianas.

La fuerza primitiva puede ser definida, siguiendo a Leibniz, como la forma sustancial, lo constitutivo de las mónadas. El problema parece estar en las definiciones de fuerza derivativa. Ruíz Gómez destaca desde un inicio lo que serán tres caracterizaciones que Leibniz hace de la fuerza derivativa, a saber: a) como modificación de la entelequia primera (fuerza primitiva); b) como "la determinación que designa un término concreto en la serie" (Leibniz 1215) y c) como perteneciente a los fenómenos. De modo que, como señala Ruíz Gómez:

[...] se puede afirmar con cierta seguridad que, para Leibniz, la fuerza derivativa es una modificación de la fuerza primitiva, que esa modificación es entendida como limitación, que tal limitación se concretiza en una instancia de una ley general, y que dicha concreción se verifica en los fenómenos. (148)

Estas tres caracterizaciones aparecerán como problemáticas a la luz del análisis de Ruíz Gómez y de ciertos comentaristas tratados por el autor -Robert Adams y Paul Lodge- y, sin embargo, también trazarán el camino de una posible solución a aquellas tensiones sugeridas. Lo que está de fondo en todo este asunto, según señala Ruíz Gómez, no es nada menos que la pregunta por cómo las mónadas -constituidas por la fuerza primitiva, inextensas e indivisibles- se vinculan con el ámbito de lo fenoménico, infinitamente divisible y extenso -en el que comparecen las fuerzas derivativas- (cf. Ruíz Gómez 146). En otras palabras, el colofón del asunto es el problema del continuo.

Tras esto, Ruíz Gómez pasará a comentar los aportes de Adams y Lodge a la discusión de la articulación entre fuerzas primitiva y derivativa. De acuerdo con el autor, Adams identifica una presunta dualidad en la caracterización leibniciana de la fuerza derivativa; a saber, que -por un lado- aquella es una fuerza vinculada con el ámbito fenoménico, mientras que -por otro lado- en cuanto modificación de la fuerza primitiva, no puede pertenecer, en el pleno sentido de la palabra, a los fenómenos. A partir de esto:

Adams postula [...] dos tipos divergentes de fuerza derivativa: uno constituye el valor de la fuerza primitiva en un tiempo dado cuyo efecto es el paso de una percepción a otra en la sustancia; el otro constituye el tipo de fuerzas estudiado en la física y cuyo efecto es el movimiento. (Ruíz Gómez 149)

La primera será la fuerza derivativa intramonádica y la segunda, la fuerza derivativa fenoménica.

La manera en que Adams intenta resolver esta presunta dualidad implica la introducción de dos conceptos: expresión y causalidad. El primero pretende señalar que mientras en una de las fuerzas ocurra algo, en la otra ocurrirá una contraparte de aquello. El segundo tiende a afirmar que si fuese demostrado que las fuerzas derivativas de la física -ámbito fenoménico- son causadas por la tendencia sustancial a mudar entre estados, entonces las fuerzas derivativas intramonádica y fenoménica se identificarían (cf. Ruíz Gómez 150).

Si bien no es claro para mí cómo se concluye dicha identificación -pues de lo mencionado solo encuentro una dependencia entre fuerzas-, lo relevante del asunto, si sigo bien a Ruíz Gómez, es la insuficiencia de dicha propuesta de Adams para resolver el problema del continuo. No obstante, los conceptos introducidos por este (de "modalidad" y "lo fenoménico") hacen parte de la explicación de la relación entre fuerzas primitiva y derivativa. Asimismo, aunque Adams parta de una falsa disyunción entre fuerzas derivativas, hace bien en señalar la simultaneidad de la modalidad y lo fenoménico en la fuerza derivativa. De lo que se trataría, entonces, es de no oponer -a la manera de contrarios- la modalidad y lo fenoménico,1 sino de indagar por su simultaneidad en la fuerza derivativa. Así, se estaría siendo coherente con la manera -simultánea, mas no contradictoria- en que Leibniz presenta tales notas de la fuerza derivativa.

En cuanto a Lodge, si bien continúa con la división entre fuerzas derivativas señalada por Adams, hace énfasis en el análisis de las nociones de "modo" y "limitación". La lectura que Lodge propone de "modo" supone entenderlo como no necesariamente inherente en el sujeto al que modifica. Así, las fuerzas derivativas podrían verse como una suerte de manifestación de la esencia. Ruíz Gómez rechaza esta lectura al considerarla no apoyada textualmente, contraria al mismo Leibniz e insuficiente para salir del dualismo sugerido por Adams. Sin embargo, Lodge habría tenido un buen punto en sugerir el análisis de las nociones mencionadas como una manera de arrojar luz sobre el problema en cuestión.

En su análisis de la noción de "modo", Ruíz Gómez -a partir de la correspondencia Leibniz-De Volder- destaca que esta sufre un cambio (se aleja de la identificación con accidente o atributo). Este tiene que ver con la relación entre fuerza primitiva y fuerza derivativa. La modalidad pasa a ser entendida como limitación. Un par de analogías de Leibniz ayudan a comprender mejor el asunto: 1) la fuerza derivativa es una limitación de la fuerza primitiva, del mismo modo en que una figura es una limitación de la extensión; y 2) la fuerza derivativa es uno de los límites de la fuerza primitiva, así como los puntos son límites de la recta y no partes de ella, como tampoco es la fuerza derivativa parte de la fuerza primitiva (cf. Ruíz Gómez 158).

En lo que entiendo como el inicio de la elaboración de la propuesta de Ruíz Gómez, el autor vuelve sobre dos de las caracterizaciones (a y b) que resalté al inicio. Así, aclara que, cuando se habla de fuerza primitiva como ley de la serie -no la serie misma-, no se quiere decir que la fuerza primitiva contenga, incluso de manera infinitesimal, todas las fuerzas derivativas o "instancias de la serie".2 De este modo, la realidad de la fuerza primitiva debería diferir de la de la fuerza derivativa -en cuanto que modificación o limitación de la entelequia o forma sustancial-,3 sin que esta sea absolutamente independiente de aquella.

Ahora bien, hay un sentido en que la fuerza primitiva "contiene" a las fuerzas derivativas. Creo que Ruíz Gómez lo reconoce como un sentido en que virtualmente la modificación está contenida en la entelequia (fuerza primitiva). A propósito del ejemplo de dos esferas que se intersecan y generan una circunferencia -que sería modificación de ambas esferas y estaría virtualmente contenida en las dos-, Ruíz Gómez destaca que la instanciación solo se da realmente -por llamarlo de algún modo- en la modificación, mas virtualmente en la entelequia.

Pese a que Ruíz Gómez no se detiene mucho en aquella virtualidad, creo que debe decirse más al respecto. Lo que el autor parce reconocer como posesión virtual de la instanciación, podría leerse como un sentido intramonádico de la fuerza derivativa. Es decir, creo que, a pesar de la reluctancia que el autor muestra por ese término, es posible darle sentido desde su lectura a aquella distinción presentada por Adams y seguida por Lodge. Quisiera sugerir que es posible hablar de un sentido intramonádico de la fuerza derivativa, si por él entendemos la manera como virtualmente la fuerza derivativa se encuentra en la fuerza primitiva. Adicionalmente, quisiera sugerir que esta no es una mera manera de hablar, sino que sería perfectamente coherente con las ideas leibnicianas en torno a la sustancia completa; una sustancia que en su definición ya contiene todo cuanto le acontecerá. Ahora bien, el modo en que lo contiene no es a la manera de un destino metafísicamente necesario, sino a lo sumo como un destino con necesidad hipotética, cuya actualización no será absolutamente independiente de la sustancia en cuya definición se encontraba prevista, pero tampoco se dará con la misma realidad de la sustancia. En últimas, si mi propuesta es acertada, podría llegarse con ella a la misma conclusión que quiere destacar Ruíz Gómez con el ejemplo de las esferas, al tiempo que se hacen un poco más compatibles los andamiajes conceptuales de Adams, Lodge y Ruíz Gómez:4 la realidad de la instancia solo se adquiere realmente -no virtual o hipotéticamente- en la modificación, aunque en un sentido pueda decirse que la instancia ya se encontraba contenida en la entelequia (léase también la ley de la serie o la esfera).

Por su parte, la caracterización c), presentada al inicio de este comentario, parecería harto problemática tras el desarrollo que he resumido y comentado hasta aquí. Si se ha dicho que la modificación, constitutiva de la fuerza derivativa, es una limitación de la entelequia, si dicha limitación es una instanciación -no a la manera de una división infinitesimal, sino de una transformación de la "dimensionalidad" (homogonía)-5 de la fuerza primitiva, y si todo ello ocurre en la forma sustancial, ¿cómo es posible que la fuerza derivativa "pertenezca" (en cuanto se presenta) a los fenómenos? Ruíz Gómez parece identificar esta pregunta con la aquella sobre "cómo, a partir de una pluralidad infinita de mónadas inextensas, es posible que aparezca la extensión fenoménica" (161).

Con tal identificación en mente, Ruíz Gómez realiza un análisis que podría resumirse como sigue. La mónada, aunque tenga representaciones que se despliegan en el espacio y en el tiempo, no es espacio-temporal. Esas representaciones que se despliegan en el espacio y en el tiempo no son otra cosa que modificaciones de la mónada, de modo que es por esto que las modificaciones o limitaciones se presentan en el ámbito fenoménico. ¿Por qué es fenoménico? Porque, como he intentado resumir anteriormente, extensión (espacial) y duración (temporal) aparecen gracias a la representación parcial (al situs propio) que del todo expresa cada mónada.

Lo nouménico, para continuar con el vocabulario de Ruíz Gómez, sería lo total, la representación del todo desde el todo, no desde una parte (situs); pero como la mónada no puede representar de esa manera el todo, no cuenta sino con las modificaciones de sí misma. La modificación de una mónada se produce gracias a su finitud, a su situs que la limita a expresar el todo de manera particular. Pero también se produce gracias a que no hay una sola mónada, sino que existen otras que en total conforman el todo que una mónada representa.

En pocas palabras: la modificación tiene razón de ser gracias a que no existe una sola mónada, y a que cada mónada busca representar el todo (las otras mónadas). Las fuerzas derivativas existen en razón de que no hay una sola fuerza primitiva. Este es el choque de cuerpos que Leibniz indica como el productor de las modificaciones; un choque de cuerpos que no es sino representación de otras formas sustanciales. Con lo anterior, a su vez, queda claro que el choque de cuerpos que Leibniz propone como explicación de la limitación de la fuerza primitiva no supone que la fuerza derivativa se dé como algo causado por otra fuerza primitiva externa -pues habría un influjo entre mónadas que es inadmisible para Leibniz-, aunque sí tenga que ver con la existencia de otras sustancias.

Con todo, en la explicación ofrecida por Ruíz Gómez, él parece identificar modificación espacial con situs (cf. 163). Al respecto me inquieta la validez de tal identidad a la luz de las ideas de Leibniz, pues para este el situs parece ser más bien una noción pre espacial.

Así mismo, Ruíz Gómez señala que la manera en que se dice que las fuerzas derivativas se encuentran en los fenómenos, es una manera causal. Es decir, los fenómenos perceptibles no son sino consecuencia de las fuerzas derivativas (i.e. lo fenoménico surge de la modificación de la sustancia). De ahí que Ruíz Gómez señale su ámbito (el de las fuerzas derivativas) como el semimental, cuya naturaleza no termino de entender. ¿Tendríamos que postular un tercer ámbito de realidad para distinguir los ámbitos de lo monádico, lo relativo a las fuerzas derivativas, y lo fenoménico -en cuanto fenómenos físicos perceptibles-? ¿O es lo semimental una escisión dentro de lo fenoménico?

Cuando Ruíz Gómez señala que "la fuerza derivativa no es sino su causa [de los efectos perceptibles como el movimiento o la presión de un objeto en reposo], fruto de la difusión de una propiedad" (166), valdría la pena preguntarse si es posible sugerir que Leibniz sostenga una triada metafísica de sustancia, fuerza derivativa -entendida como difusión de propiedad o representación confusa- y propiedades en la que la segunda haga posible, como efecto, la percepción de tales propiedades -que son propiedades de sustancias-. Estas son algunas de las inquietudes que me suscita la lectura del texto aquí comentado.

Bibliografía

Leibniz, G.W. "Correspondencia I. G.W. Leibniz - Johann Bernoulli. G.W. [ Links ]

Leibniz - B. de Volder." g. W. Leibniz. Obras filosóficas y científicas. Trad. Bernardino Orio de Miguel. Vol. 16B. Granada: Comares, 2011. 1214-1218. [ Links ]

11De este modo, se abandonaría la distin ción entre intramonádica (relacionada con el carácter de modalidad) y feno ménica, distinción ajena a Leibniz y que Ruíz Gómez parece repeler o ver con desconfianza alo largo de su texto. De lo que se trataría, si sigo bien al autor, es de ver que "Leibniz nos está diciendo, precisamente, que la modalidad de algo sustancial es algo fenoménico" (Ruíz Gómez 152).

2 No obstante, considero que hay una ma nera de afirmar lo anterior, que el mismo Ruíz Gómez parece aceptar. Sobre esto volveré más adelante.

3 De manera que la fuerza derivativa no sea ni un infinitesimal de la fuerza primitiva, ni un estado momentáneo de ella (cf. Ruíz Gómez 159).

4 Esto, en todo caso, se enfrenta a lo afirmado por Ruíz Gómez en la nota 43 de su texto, cuando explícitamente señala: "El carácter virtual corresponde, no a la entelequia, sino a la modificación" (160). No obstante, en la carta en la que el autor pretende apoyarse no parece haber una negación de la posibilidad de la virtualidad en la entelequia (cf. Leibniz 1214-1218).

5 La homogonía podría definirse como una transformación continua que im plica cambio de "dimensionalidad", y no mera alteración de magnitudes -v.g. de la recta al punto no hay homoge neidad, sino homogonía, pues hay una transformación (limitación) de la "di-mensionalidad" desde la recta al punto (que es su limitación)-.

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