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Estudios Socio-Jurídicos
versión impresa ISSN 0124-0579
Resumen
LEON ROBAYU, Édgar Iván; BOTELLO LEON, Valentina y REINA ARANGO, Andrés Felipe. Jurisdicción ratione personae: las empresas estatales ante el arbitraje de inversión. Estud. Socio-Juríd [online]. 2022, vol.24, n.1, pp.71-96. Epub 01-Ago-2022. ISSN 0124-0579. https://doi.org/10.12804/revistas.urosario.edu.co/sociojuridicos/a.10953.
Al regular la jurisdicción del Centro, el artículo 25 del Convenio del CIADI determina la dimensión subjetiva de las controversias, limitándolas, exclusivamente, a aquellas que tengan lugar entre un Estado y un nacional de otro Estado contratante. No obstante, como consecuencia del crecimiento exponencial de la inversión pública internacional a través de empresas estatales, se plantea un debate interesante respecto de la posibilidad de que estas entidades adquieran ius standi ante los tribunales arbitrales de inversión. Si bien a partir del denominado 'test de Broches' los árbitros han permitido su comparecencia, es necesario establecer criterios adecuados y precisos que permitan clarificar la competencia ratione personae de los tribunales arbitrales de inversión en las controversias que involucren a las empresas estatales.
Palabras clave : arbitraje de inversión; empresas estatales; Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI); test de Broches; ratione personae.