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Opinión Jurídica
versión impresa ISSN 1692-2530versión On-line ISSN 2248-4078
Resumen
ABDALA, Martín E.. La acción concursal de responsabilidad en el derecho argentino. Opin. jurid. [online]. 2012, vol.11, n.21, pp.105-116. ISSN 1692-2530.
La ley de concursos y quiebras de Argentina prevé una demanda especial denominada acción concursal de responsabilidad, cuyo principal objetivo es proteger el patrimonio de la quiebra, la cual puede interponerse en contra de los administradores y de los denominados terceros cómplices. La procedencia de la acción presupone que los administradores hayan realizado actos que afecten la situación patrimonial de la empresa o que hayan permitido que la misma caiga en insolvencia. Estos actos deben haber sido ejecutados dentro del un año antes de la fecha inicial de cesación de pagos. La imputación de responsabilidad solo puede concretarse cuando haya mediado dolo. La demanda tramitada como juicio ordinario debe deducirse ante el juez de la quiebra, y no está sometida a tributo previo. Su interposición corresponde al síndico quien debe obtener la autorización de los acreedores. Si este no interpone la demanda a pesar de ser intimado en ese sentido por el juez de la quiebra, cualquier acreedor interesado podrá hacerlo.
Palabras clave : Sociedades; responsabilidad de los administradores societarios; acción concursal de responsabilidad.