Introducción
¿Estamos avanzando en la lucha contra el racismo y la discriminación y, en tal sentido, en una agenda general de justicia social, o simplemente abriendo espacios mínimos para la movilidad social y política -formación de pequeñas capas medias y una élite política- que sirven en gran medida para reproducir el statu quo en nombre de la igualdad racial?
(Laó-Montes, 2010: 305-306)
En su cartografía de la política afrodescendiente en América Latina, el intelectual y activista Agustín Laó-Montes se hacía esta pregunta, a propósito del surgimiento de un modelo elitista de política racial cada vez más alejado de las preocupaciones colectivas del movimiento social afrodescendiente y, en consecuencia, más orientado a la realización de las aspiraciones individuales de movilidad social y política de ciertas élites negras. Según este autor, una de las grandes paradojas de los ciclos de protesta es que vienen acompañados de periodos subsiguientes de cooptación por parte de las estructuras dominantes, que terminan por despojar a los movimientos sociales de su carácter antisistémico. A esto se suman los procesos de oenegización1 y burocratización de dichos movimientos que, de manera creciente, entran a depender de los recursos y del cabildeo gubernamental, en menoscabo de la confrontación directa y de la relación de sus líderes con las bases.
El interrogante de Laó-Montes (2010), con el que iniciamos esta introducción, nos sitúa en el terreno que queremos explorar en este artículo, en el que nos proponemos dar cuenta del carácter poroso, inestable y disputado de las fronteras entre los actores estatales y no estatales, a partir del análisis de las formas de interacción y de liderazgo ejercidas por los activistas afrocolombianos en los espacios de representación, creados por el multiculturalismo estatal neoliberal en Colombia a comienzos de la década del noventa del siglo anterior. Para ello, nos hemos basado en la etnografía realizada en uno de estos espacios que, por razones de confidencialidad, hemos decidido llamar la Comisión. Dicha etnografía tuvo lugar en el segundo semestre del año 2021, en el marco de un convenio celebrado entre una universidad pública y una institución oficial, en el que también participó la Comisión, en su calidad de organismo asesor.
Aunque, como veremos más adelante, la incorporación de los líderes afrodescendientes a las instancias oficiales ha sido ampliamente documentada (Agudelo, 2005; Pardo, 2002; 2003; Pardo; Álvarez, 2001), las interpretaciones de este fenómeno se han enfocado en los efectos que ha tenido en la institucionalización del movimiento social de comunidades negras, pero poco se han ocupado de la filigrana de relaciones que se tejen en los escenarios de interlocución. Con este trabajo, pretendemos contribuir a develar las lógicas de interacción que emergen en uno de estos espacios, a través de la descripción de la puesta en escena de los adalides, en términos de las estrategias, modos de relación, prácticas y discursos desplegados por ellos en su encuentro con actores institucionales; asunto que generalmente queda oculto cuando el lente analítico se sitúa en esas abstracciones generalizadoras y polisémicas representadas en nociones como movimiento social, burocratización e institucionalización.
Hace 45 años, en la Conferencia Anual de la Asociación Británica de Sociología, Philip Abrams (1988) inauguraría un largo e inconcluso debate en las ciencias sociales, en torno a la manera de entender al estado2. En su célebre intervención, el autor cuestionó la supuesta relación de exterioridad entre el estado y la sociedad, que presupone la existencia del primero como una suerte de demiurgo que se erige por encima, y de manera independiente, de las fuerzas sociales. Este cuestionamiento abrió paso a un nuevo enfoque analítico que, bajo el nombre de antropología del estado, ha planteado, entre otras cosas, la necesidad de apartarse de aquellas miradas que ven al estado como un objeto de contornos precisos para sostener que las fronteras entre lo estatal y lo no estatal son impermeables, lábiles y porosas (Gupta, 1995; Gupta; Sharma, 2006; Migdal, 2011).
En la misma dirección, Mitchell (2006) propuso que la distinción entre estado y sociedad es un mecanismo de ejercicio de poder, mediante el cual se pretende preservar determinado orden social y político, que se sostiene precisamente en la apariencia del estado como una entidad discreta, opuesta y autónoma de las fuerzas sociales. Este mecanismo, que el autor denomina efecto de estado, produce formas de dominación específicas, pues instaura ciertos principios de visión y de división del mundo que justifican la sujeción de unos grupos a otros.
En la primera parte de este artículo, nos detendremos en la apertura de espacios de representación e interlocución para las poblaciones afrodescendientes que sobrevino con la sanción de la Ley 70 de 1993, así como en las diversas interpretaciones que se han tejido en torno a las implicaciones de este fenómeno en su proceso organizativo. En el segundo apartado, presentaremos un perfil del activista étnico que hemos construido, a partir de las trayectorias académicas y profesionales de los integrantes de la Comisión. Con base en la descripción y el análisis de las performances desplegadas por los comisionados en el escenario observado, en el tercer acápite discutiremos la noción de activismo burocratizado, con la que pretendemos capturar el carácter híbrido que subyace a la doble condición de estos líderes, en tanto representantes comunitarios y servidores públicos. Cerraremos el artículo con algunas conclusiones.
La participación de los afrodescendientes: entre la autonomía y la institucionalización
La Constitución de 1991 representó una ruptura con el mito de la nación mestiza, que veía en la homogeneidad étnica y cultural el fundamento de la identidad nacional, para darle paso al proyecto multiculturalista basado en la consigna de unidad en la diferencia. En su expresión nacional, el multiculturalismo se ha caracterizado por un énfasis etnicista (Bocarejo; Restrepo, 2011), esto es, por dirigir sus prácticas y discursos a los sujetos étnicos que se suponen portadores de la diversidad cultural. Ello entraña un régimen particular de visibilidades que no ha estado exento de un sesgo culturalista, que tiende a reemplazar el debate político en torno a las desigualdades sociales y a las causas asociadas a estas, por la defensa de la diferencia cultural. Dicha expresión del multiculturalismo, que no es la única, se acerca a la versión liberal de esta doctrina que acepta y reconoce las identidades culturales, siempre y cuando dejen intacto el orden establecido (Díaz-Polanco, 2006; Žižek, 1998). Al respecto, Chaves (2011: 12) señala que:
[la] asimilación de etnicidad y cultura en el texto de la Constitución ha permitido un reconocimiento sustantivado en rasgos, prácticas y diacríticos de una supuesta diferencia visible, que niega que la diferencia étnico-racial de los indígenas y afrodescendientes anida en relaciones históricas de subordinación, en las que confluyen de manera compleja desigualdad social y diferencia cultural, territorializadas conforme a arreglos del poder del estado.
En términos jurídicos, la apertura del sistema hacia el reconocimiento del carácter multiétnico y pluricultural de la nación se tradujo en la promulgación de un conjunto de disposiciones legales que, además de consagrar los derechos sociales, económicos, políticos y culturales de los grupos étnicos, allanaron el camino para su participación en la discusión de las políticas y medidas que puedan llegar a afectarlos directamente.
Es el caso de la Ley 70 de 1993, cuya expedición abrió un amplio espectro de espacios institucionales y de representación para los integrantes de las comunidades afrocolombianas que, si bien se orientaron a promover su participación en los procesos de toma de decisiones, supusieron también el acceso a recursos institucionales (Pardo; Álvarez, 2001). Por un lado, la Ley estableció una cuota de representación de estas comunidades en las entidades oficiales a cargo de las cuestiones políticas, territoriales y ambientales de los grupos étnicos, a través de la creación de empleos remunerados, o de la canalización de recursos hacia las organizaciones. Por otro, generó espacios de participación en instancias de planeación, diseño, ejecución y coordinación de planes, programas y proyectos de desarrollo económico y social, como los Consejos de Planeación, las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), la Comisión del Plan de Desarrollo para las Comunidades Negras, y el Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico (Ley 70, 1993).
Los espacios de representación política y de participación en la gestión y planificación de los asuntos étnicos, así como los mecanismos de acceso a los recursos institucionales creados por dicha ley, han enfrentado a los líderes y organizaciones afrocolombianas a dos posibilidades de inserción en la esfera política: el fortalecimiento de sus procesos organizativos y de reivindicación autónoma de sus derechos, o su integración a las instancias institucionales, mediante la participación burocrática y la obtención de recursos para sus proyectos por la vía de la contratación (Pardo; Álvarez, 2001).
Para algunos analistas (Agudelo, 2001; 2005; Castillo, 2016; Castro; Meza, 2017; León, 2011; Mosquera, 2007), este segundo escenario ha derivado en la progresiva institucionalización del movimiento social afrocolombiano, cuya dependencia de los recursos estatales no solo ha comprometido su autonomía en la definición de su propia agenda política, sino que además ha sumido a sus líderes en la competencia por el reconocimiento oficial y los beneficios derivados de estas posiciones. Estas contiendas han tenido como consecuencia la creciente deslegitimación de los espacios de representación, como canales de comunicación entre el movimiento y las instituciones oficiales, lo que, a su vez, ha redundado en el debilitamiento de los procesos organizativos de base.
Es así como muchos de los cuadros de la dirigencia histórica, que alguna vez soñaron con un movimiento que unificara las diferentes expresiones organizativas de los afrodescendientes, paulatinamente se han ido incorporando a los espacios institucionales creados por el mismo proceso organizativo. Algunos de ellos ocupan cargos en las entidades oficiales del nivel nacional como los ministerios, el Departamento Nacional de Planeación o la Agencia Nacional de Tierras; otros son empleados o contratistas de instituciones del orden regional como las gobernaciones, las alcaldías, las secretarías o las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR); algunos han entrado a formar parte de instancias de concertación como las Comisiones Consultivas3, el Espacio Nacional de Consulta Previa y la Comisión Pedagógica Nacional; también actúan como delegados en distintas mesas, consejos o comités regionales; mientras que otros han creado sus propias fundaciones como una manera de canalizar recursos a través de la ejecución de proyectos (Asher, 2016; Castro; Meza, 2017; León, 2011; Pardo, 2002; 2003; Pardo; Álvarez, 2001).
Ahora bien, algunos sectores académicos (Wabgou; Arocha; Salgado; Carabali, 2012), pero también de la militancia étnica, interpretan la fragmentación y dispersión del movimiento social afrocolombiano como una estrategia deliberada del estado para ejercer un mayor control sobre este. Al respecto, es diciente el diagnóstico efectuado por los líderes reunidos en el Primer Congreso del Pueblo Negro, Afrocolombiano, Palenquero y Raizal: "El Estado ha promovido la división del movimiento, mediante la implementación de prácticas paternalistas, demagógicas y con fines corruptivos con la anuencia de algunos individuos y organizaciones, desconociendo la normatividad que favorece al movimiento étnico" (Conferencia Nacional de Organizaciones Afrocolombianas [CNOA], 2014: 12). Otros autores (Castro; Meza, 2017; Pardo; Álvarez, 2001; Quintero, 2010), en cambio, plantean que, aunque la fragmentación del movimiento no puede entenderse como parte de un plan maestro, orquestado por las instituciones oficiales, sí ha facilitado el proceso de interlocución entre las comunidades y el Gobierno, para el que resulta más expedito limitar los procesos de concertación a instancias como las comisiones y los consejos, que convocar a una participación amplia de las comunidades.
Lo cierto es que la intervención estatal ha generado no pocas tensiones entre las diferentes expresiones del entramado organizativo afrocolombiano alrededor del sujeto de la representación. Desde el momento en el que el Decreto 2248 de 1995 estableció que las organizaciones de base podrían designar a los delegados de las poblaciones afrodescendientes ante las Comisiones Consultivas de nivel nacional, departamental y regional, comenzó una ardua y prolongada batalla jurídica entre los Consejos Comunitarios y dichas organizaciones, en torno a la titularidad de la representación de estas poblaciones. A lo largo de esta disputa, los Consejos no solo han manifestado su inconformismo frente a la marginalidad política a la que los relegó este decreto, sino que han expresado reparos respecto a la representatividad y legitimidad de las organizaciones para elegir a los delegados ante las Consultivas argumentando que, con frecuencia, dichas designaciones han obedecido a criterios de orden clientelista bastante alejados de los intereses de las comunidades (Sentencia T-823, 2012; Sentencia T-576, 2014).
En adelante, las disposiciones gubernamentales y los fallos judiciales referentes a las instancias de representación de las comunidades afrocolombianas se caracterizarían por su ambigüedad y no harían más que sumar confusión al convulso panorama político de los afrodescendientes. Así, el Decreto 3770 de 2008 estableció que los representantes a la Consultiva debían ser miembros tanto de los Consejos Comunitarios como de las organizaciones de base; el Consejo de Estado emitió un fallo en el que indicó que las organizaciones de base no se encuentran legitimadas para elegir a los representantes de las comunidades afrocolombianas ante ninguna instancia de participación (Sentencia 11001-03-24-000-2007-00039-00, 2010); la Resolución 0121 de 2012, expedida por el Ministerio del Interior, al igual que el Decreto 2163 de 2012 , tan solo consideraron como integrantes de la Comisión Consultiva de Alto Nivel a los delegados de los Consejos Comunitarios que contaran con título colectivo adjudicado.
Por su parte, la Sentencia T-823 de 2012, emitida por la Corte Constitucional, dejó sin efectos estas dos últimas disposiciones alegando su carácter inconstitucional, mientras que la Sentencia T-576 de 2014 de la misma corporación, concluyó que ninguna autoridad administrativa ni judicial puede imponerles a las comunidades afrocolombianas un modelo específico de institución representativa. Es así como esta última sentencia allanó el camino para que, finalmente, el Decreto 1640 de 2020, reglamentario del funcionamiento de las Consultivas, reconociera como instancias de representación tanto a los Consejos Comunitarios como a las diversas expresiones organizativas rurales y urbanas de estas comunidades.
De este breve balance de las tensiones surgidas en el seno del entramado organizativo afrodescendiente, en torno a su participación en las instancias oficiales, nos interesa destacar que las interpretaciones que se han hecho del proceso parten de una mirada dicotómica de la relación entre el movimiento social afrocolombiano y el estado, en la que ambos aparecen como entidades homogéneas y discretas, que se sitúan en los polos de una relación antagónica: de un lado, los líderes y organizaciones defendiendo un proyecto político de resistencia, y del otro, el estado, como un actor interesado en desestabilizar y cooptar al movimiento social para ejercer su dominio sobre este. Al respecto, podríamos afirmar con Gupta (1995: 393) que "no existe una posición estrictamente fuera o dentro del estado" pues, como tendremos oportunidad de observar en lo que sigue, la línea divisoria entre los actores estatales y no estatales no siempre es tan clara, ni sus prácticas y discursos tan irreconciliables.
El activista étnico
Como señalamos en la introducción, la etnografía en la que se sustenta este análisis se efectuó en uno de los espacios de representación de las comunidades afrocolombianas creado por la Ley 70 de 1993. Está integrado por 26 delegados (15 hombres, 11 mujeres), que se autorreconocen como afrodescendientes. Sus edades oscilan entre los 34 y los 78 años, aunque una tercera parte de ellos se sitúa en el rango de los 41 a los 50 años.
En lo que tiene que ver con el lugar de nacimiento de los comisionados, seis de ellos son oriundos del Chocó, cuatro del Valle del Cauca, tres de Nariño, mientras que los restantes son de orígenes diversos (Antioquia, Atlántico, Caldas, Cauca, Meta, Risaralda, San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y Santander). Llama la atención el hecho de que más de la mitad se encuentre residiendo en regiones distintas a las de nacimiento, lo que puede explicarse en virtud del ejercicio de sus profesiones -que ha marcado dos rutas de itinerancia muy claras desde sus lugares de origen en el Pacífico colombiano hacia los departamentos que conforman lo que antes se conocía como territorios nacionales, y hacia la región Andina-. Se trata de un grupo cualificado, en el que tan solo dos comisionados no han culminado sus estudios de pregrado, mientras que los demás cuentan con títulos académicos: 11 de pregrado, siete de maestría, cuatro de especialización, y dos de doctorado.
Actualmente, 17 de los 26 comisionados poseen doble investidura: son representantes de unos territorios y comunidades en la Comisión y son funcionarios públicos nombrados. Aunque los nueve restantes no ostentan la calidad de servidores públicos, sus itinerarios profesionales muestran una amplia trayectoria de trabajo en agencias oficiales de los niveles territorial y nacional, como gobernaciones, alcaldías, secretarías departamentales o municipales, instituciones educativas de básica primaria y secundaria, y universidades, entre otras. En la mayoría de los casos, han sido prestadores de servicios o consultores para la ejecución de proyectos, contratados directamente por las instituciones públicas o a través de organismos de cooperación técnica internacional. Al menos dos han sido asistentes en la Cámara de Representantes, mientras que uno de ellos ha ejercido cargos de elección popular como alcalde y concejal.
Buena parte de los comisionados ha prestado sus servicios profesionales a organizaciones del tercer sector que, mediante la modalidad de tercerización, reciben recursos públicos para la ejecución de programas y proyectos dirigidos a poblaciones vulnerables, en áreas tan diversas que van desde la formación política hasta la cultura y las artes escénicas, pasando por la generación de ingresos, la seguridad alimentaria, la educación propia y el medio ambiente. Algunos de ellos pertenecen a Consejos Comunitarios y a organizaciones de base de primer y segundo nivel, mientras que otros han participado activamente en la creación de fundaciones, asociaciones y organizaciones comunitarias, en calidad de fundadores o a través del ejercicio de cargos directivos4.
A la trayectoria profesional y organizativa de los activistas, se suma su participación en diferentes escenarios de representación. Al menos nueve de ellos han hecho parte de estas instancias en los niveles nacional y regional. En el nivel nacional, habría que mencionar su papel como delegados en la Comisión Consultiva de Alto Nivel, el Espacio Nacional de Consulta Previa, y la Comisión Pedagógica Nacional; así como la representación ejercida por algunos en instituciones oficiales como el Ministerio de Educación Nacional, el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex), y el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA). En el ámbito regional, los dignatarios han participado en las Comisiones Consultivas Departamentales y Distritales; o bien han llevado la vocería de las comunidades afrodescendientes a distintas instancias como los Consejos Departamentales de Planeación y de Paz, las Juntas Departamentales y Municipales de Educación, la Mesa de Víctimas, y el Comité Territorial de Justicia Transicional.
"Yo no soy de escritorio, soy de territorio": la puesta en escena del activista étnico
A la Comisión le compete una serie de funciones cuya realización no está mediada por el pago de remuneraciones a sus integrantes, por tratarse de un organismo asesor del Gobierno nacional en materia de políticas públicas para las poblaciones afrodescendientes. A esta circunstancia, se suma el hecho de que dos terceras partes de los delegados son empleados públicos, lo que, según el artículo 128 de la Constitución Política (1991), los inhabilita para recibir más de una asignación proveniente del tesoro público.
Así, en el marco del convenio celebrado entre la agencia oficial y la universidad, que sirvió de escenario para la realización de esta etnografía, la prohibición legal de vincular contractualmente a los comisionados generó una intensa controversia entre estos tres actores, que dilató la discusión de los asuntos relacionados con el objeto del convenio propiamente dicho.
No es la primera vez que esto sucede en los espacios de concertación entre las agencias gubernamentales y las comunidades afrodescendientes. Algunos autores (Agudelo, 2001; 2005; Asher, 2016; Castro; Meza, 2017; Domínguez, 2017) dan cuenta de lo acontecido en la Comisión Especial para las Comunidades Negras, creada para la reglamentación del artículo transitorio 55 de la Constitución, en la que el debate del proyecto de ley solo se produjo después de varias reuniones dedicadas a la discusión de los problemas ocasionados por los retrasos en la asignación de los recursos en viáticos para los representantes comunitarios.
A esto se sumó la discrepancia surgida entre los comisionados y el entonces viceministro de Gobierno, pues los primeros demandaban el pago de honorarios por una labor de representación que, alegaban, les exigía dedicación exclusiva, mientras que el funcionario se negaba a aprobar esta solicitud, por considerar que la realización de un trabajo comunitario no debía convertirse en una fuente de ingresos.
Pero más allá de los avatares de estos procesos, dichas situaciones conflictivas revelan las prácticas y discursos desplegados por los líderes afrodescendientes en los espacios de interlocución con las agencias oficiales. En este sentido, para entender la filigrana de relaciones que se construyen en estos escenarios, hemos acuñado la noción de activismo burocratizado5, que reúne en la figura del líder -situado a mitad de camino entre su papel como portavoz de unas comunidades y su posición como empleado público- cualidades aparentemente contradictorias: la adhesión a posturas políticas que se declaran en oposición al orden estatal, y la adopción de las prácticas y lenguajes de la estatalidad como un medio para navegar en los espacios institucionales.
Cabe señalar, sin embargo, que estos atributos no se comportan de la misma manera en todos los casos pues mientras que algunos comisionados se sitúan a la izquierda en el espectro político, otros se han vinculado a estructuras partidistas más afines al sistema político dominante en los últimos años en el país. Lo mismo sucede con sus conocimientos y habilidades en los procedimientos burocráticos estatales, que son mayores en aquellos que cuentan con trayectorias más prolongadas de interacción con el sector público.
En efecto, los comisionados cuestionan abiertamente la falta de voluntad política del estado, en cabeza de uno de sus ministerios, respecto a la atención de los asuntos que les conciernen a las comunidades afrodescendientes, lo que se expresa en el incumplimiento de acuerdos previamente adquiridos, en la falta de implementación de las políticas dirigidas a estas comunidades, y en su flaqueza a la hora de exigir la observancia de la legislación que las protege.
Además de insistir en la participación que dichas poblaciones deben tener en la toma de decisiones sobre las políticas y programas que las afectan, los comisionados tejen toda suerte de teorías conspirativas para explicar lo que ellos perciben como una sistemática vulneración de sus derechos. Algunos consideran que el Gobierno pone a pelear a las comunidades (Comisionada, registro de campo, 26.06.2021) como una estrategia para mantener su dominio sobre ellas; otros atribuyen esta situación a la persistencia del racismo, que es visto como una práctica ejercida por los funcionarios de manera individual o bien como un fenómeno de orden estructural, al que denominan racismo institucional (Comisionado, registro de campo, 09.06.2021); mientras que otros señalan que el único interés de las instituciones es mostrar resultados:
Aquí el Ministerio nos está tirando un problemita, ellos lo que quieren es mostrar un trabajo, porque eso es lo que quiere el Ministerio, mostrar un trabajo que de pronto están haciendo con las comunidades negras, pero no les importa de que las cosas verdaderamente surjan como deben de ser. (Comisionado, registro de campo, 26.06.2021)
Paradójicamente, los cuestionamientos al accionar estatal por parte de los comisionados coexisten con su aprendizaje de los lenguajes que son legibles para el estado, como una estrategia de acción política que les permite interactuar con este. A fin de cuentas, sus estrategias, reivindicaciones y luchas deben adoptar los lenguajes y prácticas de la estatalidad para ser escuchadas (Roseberry, 1994).
En esta línea, y a partir de la etnografía de la puesta en escena de los dignatarios en la Comisión, podríamos afirmar que el activismo burocratizado descansa en tres atributos: el despliegue de ciertas competencias burocráticas, las actuaciones realizadas para controlar la impresión que los otros se forman de ellos, y las performances de la tradición, sobre las que profundizaremos a continuación.
Despliegue de competencias burocráticas
La controversia generada en torno a la vinculación contractual de los comisionados al convenio que venimos refiriendo, develó cómo sus trayectorias laborales en el sector público, así como sus experiencias de relacionamiento con instancias oficiales, les han permitido adquirir ciertas competencias para la consecución de recursos, ya sea mediante la búsqueda de contratos, proyectos o convocatorias públicas. En este punto, retomamos la definición de competencia burocrática acuñada por Chaves y Hoyos (2011: 130) quienes, en su etnografía sobre el proceso de transferencia de recursos a resguardos indígenas en el Putumayo, la definen como:
La capacidad adquirida para gestionar recursos dentro de las redes y los campos de acción del estado, que implica el conocimiento tanto de las leyes y los procedimientos como su capacidad para flexibilizarlos, negociarlos y romperlos -si es necesario-, creando alianzas, grupos de interés, "roscas" e incluso poniéndole un precio a esos conocimientos adquiridos.
En el caso que nos ocupa, esta capacidad se sustenta de manera importante en la movilización de ciertos discursos a partir de los cuales los comisionados presentan sus credenciales académicas, experiencia de trabajo comunitario y experticia en los temas abordados en la Comisión, como una suerte de portafolio de servicios que amerita una contraprestación económica. Incluso, algunos de ellos propusieron la adopción de una escala salarial, al estilo de la utilizada en los procesos de contratación con las entidades oficiales, para determinar sus honorarios dependiendo de su nivel de formación académica. En palabras de una dignataria: "Es necesario conocer las inquietudes de los comisionados en cuanto a la contratación. La motivación de muchos de mis compañeros es la contratación para saber que le están apostando a contribuir con su conocimiento que tiene un valor agregado" (Comisionada, registro de campo, 03.08.2021).
Al parecer, esta misma expectativa se ha trasladado a los espacios de interacción con las comunidades, cuya participación en las reuniones, talleres y demás actividades convocadas por agentes externos, se ha insertado crecientemente en una lógica de retribución económica. Así lo sugiere el comentario de una comisionada quien, refiriéndose a las jornadas de socialización del proyecto entre los actores interesados, afirmó: "sin estipendio, la gente no asiste" (Comisionada, registro de campo, 03.08.2021), o la alusión de otro de los delegados a las "tarifas de participación digna", (Comisionada, registro de campo, 03.08.2021) que la Comisión ha establecido para garantizar la asistencia de las personas a este tipo de actividades.
Aparte de la manera en que posicionan sus perfiles curriculares en estos espacios, los comisionados han adquirido un conocimiento solvente de la normatividad que protege los derechos de las poblaciones afrocolombianas y apelan a esta para sustentar sus demandas, especialmente en lo que tiene que ver con la necesidad de garantizar la participación de las poblaciones en la consulta y discusión de las medidas que las afectan. Esta apropiación del lenguaje jurídico por parte de los adalides afrodescendientes, que también ha sido documentada en otros estudios (Asher, 2016; Castillo, 2016; Domínguez, 2015; Martínez, 2019), implica no solamente el conocimiento de la legislación y de los instrumentos jurídicos para hacer valer sus derechos, sino también de los procedimientos para evadirlos. Es así como, frente a las cortapisas administrativas existentes respecto al pago de una remuneración a los comisionados, algunos de ellos propusieron alternativas como la contratación mediante terceros o la vinculación de una organización afrodescendiente que pudiera contratarlos de manera indirecta:
La próxima vez que nos veamos la cara ya tenemos que tener los contratos firmados con los comisionados, o sea, nosotros estamos haciendo un trabajo gratis muchachos, ¡pilas ahí! aquí no se puede trabajar gratis, aquí ya hay un contrato, aquí toca firmar los contratos, entonces yo le sugiero a los administradores (...) yo pienso que ya es hora de que el equipo logístico y ustedes llamen a cada comisionado y dialoguen la forma en la cual se va a contratar, si es con el primo, el hermano, el amigo, pero aquí ya toca definir el contrato. (Comisionado, registro de campo, 26.06.2021)
Puesta en escena en espacios institucionales
En lo que tiene que ver con el segundo de los atributos del activismo burocratizado, esto es, la forma en que los adalides étnicos se presentan en los espacios institucionales, acogemos la noción goffmaniana de actuación para significar la actividad movilizada por un individuo que comparece ante otros con el propósito de controlar la impresión que estos se forman de él (Goffman, 2001). Así, en las situaciones de interacción, los individuos intentan influir en la manera en que los otros definen la situación, esperando encaminar la conducta de estos últimos hacia sus propios fines. Según Goffman (2001), toda definición proyectada de la situación implica una exigencia moral por parte del individuo, quien espera ser valorado y tratado del modo que considera apropiado, de acuerdo con la impresión que quiere causar. Como veremos en lo que sigue, esta dimensión moral está muy presente en la interacción entre los comisionados y los actores institucionales.
Distintos estudios (Agudelo, 2005; Asher, 2016; Domínguez, 2017; Estupiñán, 2018; Martínez, 2019; Paschel, 2013) coinciden en señalar que una constante de los espacios de interlocución entre los voceros afrodescendientes y los funcionarios oficiales, es la exigencia de los líderes en cuanto a la necesidad de garantizar la participación comunitaria en los procesos de discusión, concertación y toma de decisiones sobre los asuntos concernientes a dichas poblaciones. Esta circunstancia no fue ajena a la Comisión, en la que la demanda de adelantar procesos consensuados con los delegados de las comunidades estuvo presente a lo largo de todo el proyecto. En su puesta en escena, los comisionados esgrimían dos tipos de argumentos para sustentar la impresión de sí mismos que querían proyectar y, por ende, el trato que esperaban recibir conforme a esa imagen.
Por un lado, algunos dignatarios alegaban que el Gobierno y los funcionarios oficiales solían desconocer sus calidades académicas, sabiendo que muchos de ellos no solo han alcanzado una formación de pregrado y de posgrado, sino que además han contribuido con sus conocimientos a la redacción de los documentos de política y de las disposiciones legales promulgados por el gobierno nacional. Así lo manifestaba una comisionada: "En este Gobierno, con esta ministra, no hay intención de que nosotros realmente participemos de una manera proactiva en todo lo que sea relativo a la construcción de documentos, es como si nosotros no tuviéramos academia" (Comisionada, registro de campo, 27.07.2021).
Por otro lado, los comisionados argumentaban la importancia de su rol como voceros de las comunidades, en virtud de la amplia trayectoria de trabajo que tienen como activistas sociales, asesores de Consejos Comunitarios, gestores de organizaciones de base, militantes de partidos de izquierda o delegados en diferentes espacios de representación en los ámbitos regional y nacional. Dentro de esta exaltación de su papel como portavoces comunitarios, no faltaban las alusiones al capital social del que disponen, en virtud de su red de relaciones con otros actores relevantes en el campo: "Y me perdonan de pronto. Allá el alcalde me está esperando y yo acá estoy metida en la conversación con ustedes" (Comisionada, registro de campo, 22.06.2021); "trabajamos con algunas organizaciones norteamericanas como pares" (Comisionada, correo electrónico, 02.08.2021); u "[hoy] estoy afónica porque he tenido otras actuaciones ¿no?" (Comisionada, registro de campo, 22.06.2021).
Las palabras de una dignataria sintetizan el sentido de esta impresión del comisionado que queremos trasmitir:
Quiero que sepan, indudablemente, a ambos lados hay académicos con títulos como maestrías y doctorados, quiero que lo sepan y que no es que nos de miedo el trabajo, para absolutamente nada, tenemos todos y cada uno de nosotros la experiencia en cada una de sus regiones, el trabajo pertinente que hemos venido realizando y que consideramos que se debe tomar en cuenta. (Comisionada, registro de campo, 27.07.2021)
Performances de la tradición
Por último, quisiéramos referirnos a la escenificación de ciertas expresiones culturales y espirituales de las comunidades afrodescendientes en los espacios de interacción con las agencias estatales. En su etnografía sobre el proceso de etnización de estas comunidades, Restrepo (2013) denomina performances de la tradición a la práctica de insertar manifestaciones tradicionales como la lengua palenquera, los alabaos o las décimas en los talleres o asambleas. Según el autor, lejos de representar una ruptura con las lógicas oficiales que enmarcan estos eventos, con la puesta en escena de dichas expresiones, los representantes comunitarios terminan apuntalando la racionalidad estatal, toda vez que son escenificadas con el propósito de hacerse audibles para los agentes estatales. A esto se suma el hecho de que tales prácticas sean recreadas en formatos espacio-temporales ajenos al contexto en el cual fueron producidas.
En las reuniones de la Comisión no faltó este tipo de performances, con el saludo en palenquero por parte de algunos líderes o la invocación de deidades africanas en los rituales de armonización del espacio al inicio y cierre de los encuentros:
Quiero pedirle permiso al universo para abrir caminos en este momento. Pedimos permiso a Elegguá, quien abre los caminos, quien abre y cierra los caminos que, en este momento, en este proceso de apertura de este proyecto, nos permita llegar a buen puerto y conquistar el proyecto o el objetivo que tenemos en común. Le pedimos a Obatalá, a todo el panteón africano, que sean ellos quienes nos guíen con toda su sabiduría. Asé. (Comisionada, registro de campo, 26.06.2021)
A manera de conclusión
La apertura de espacios de participación y representación para las poblaciones afro-descendientes en las instancias oficiales ha recibido distintas interpretaciones que, con algunos matices, coinciden en señalar que este proceso ha implicado la institucionalización, burocratización, cooptación y fragmentación del movimiento social afrocolombiano. Mientras para algunos autores esto hace parte de una estrategia ejercida de manera deliberada por parte del estado, para otros no necesariamente es así, lo que no representa un impedimento para que las instituciones oficiales hayan sacado ventaja de la interlocución con sectores aislados del movimiento, al ahorrarse la labor de convocar a las múltiples vertientes que lo conforman. Pero más allá de las diferencias en estas posturas, los analistas dan por sentada la existencia de una relación dicotómica entre el estado y el movimiento social afrodescendiente, que son abordados como si se tratara de dos actores antagónicos, con intereses irreconciliables.
Ahora bien, si fijamos el lente analítico en los escenarios de interacción entre los agentes oficiales y los representantes de dicho movimiento, la relación entre unos y otros adquiere nuevas tonalidades que difuminan la línea divisoria entre ambos y, en términos más amplios, entre los actores estatales y no estatales. Así lo evidencia el análisis presentado en este artículo, en el que hemos dado cuenta de cómo el activista étnico, representado en este caso en la figura del comisionado, ejerce al menos dos roles: el de vocero de las comunidades afrodescendientes en la Comisión y el de funcionario público. Entendiendo que estos roles no son fijos, vimos también que los dignatarios han representado a las comunidades en diferentes espacios nacionales y regionales, y que aquellos que hoy en día no son servidores oficiales, lo han sido en el pasado o han trabajado con instituciones públicas como consultores, o por intermedio de organizaciones del tercer sector u organismos de cooperación internacional.
Creemos que la noción de activismo burocratizado propuesta en este trabajo permite comprender la condición aparentemente paradójica del adalid étnico quien, al tiempo que asume una posición contestataria frente al quehacer de las instituciones oficiales, adopta y aprende sus lenguajes y prácticas para que sus demandas sean escuchadas. Decimos aparentemente porque, como nos lo recuerda Roseberry (1994), los sectores subalternos se mueven dentro de un marco material y discursivo común que moldea los significados, estrategias y opciones movilizadas por estos, ya sea para resistir la dominación o para adherirse a las formaciones políticas dominantes. La adquisición de ciertas competencias burocráticas, la apropiación del discurso legal, el refinamiento de las actuaciones para ejercer un mayor control sobre la imagen proyectada, y la escenificación de las expresiones culturales y espirituales son, entonces, el resultado de un largo proceso de aprendizaje sobre el funcionamiento del estado.