Introducción
El presente texto tiene por objetivo analizar las formas en las que fue abordada la niñez en las Comisiones de la Verdad de Guatemala y de Argentina. Si bien los dos casos son muy diferentes, convergen en la investigación y la denuncia sobre la práctica de secuestro de NNAJ y el consecuente robo de identidad. Cabe señalar que, pese a los avances normativos y al reconocimiento que se hace de los NNAJ como sujetos con capacidad de agencia y con necesidades de especial protección, las vulneraciones a sus derechos se mantienen y se exacerban en contextos de violencias extremas.
Las Comisiones de la Verdad son diversas y dependen fundamentalmente del contexto político en el que se instalan, pero mantienen una serie de características comunes: el tiempo de su mandato es limitado, estudian las violaciones graves a los derechos humanos, están conformadas por académicos o miembros de “buena reputación”, no implican una sanción penal para los responsables de la violencia, producen “una verdad histórica”, otorgan fundamental reconocimiento a las víctimas y se conforman como una opción de salida a la violencia. Estas características se han posicionado gracias a un proceso de aprendizaje internacional.
Para Lefranc, quizás el aspecto de mayor controversia se relaciona con el hecho de que dichas comisiones no actúan como órganos judiciales y, por tanto, pueden propiciar impunidad bajo la figura de amnistías que, según el país, pueden ser generales, restrictivas o condicionales. En general, estas dejan una sensación de inconformismo en la mayoría de las víctimas, aunque en ocasiones son la única salida a la crisis.
El fin de un conflicto, un enfrentamiento violento o un régimen represor, rara vez se corresponde con la derrota de una de las partes; más bien, se ubica en el campo de la negociación y el disenso (acuerdos mínimos de coexistencia), lo que suele resultar cuestionable, sobre todo a la luz de los crímenes de lesa humanidad. Así pues, “los responsables de la violencia de Estado detentan a menudo un poder suficiente como para imponer a los gobiernos democráticos la renuncia a los procesamientos judiciales”1 y se instauran, en cambio, un modelo de escarnio público que rara vez afecta sus privilegios. En el mismo sentido, aunque se pretenda la construcción de una verdad imparcial, esta no necesariamente representa los intereses de las víctimas y puede subordinar el interés de los derechos humanos al interés de la democracia.
Los aportes de las Comisiones de la Verdad se conforman entonces como “paliativos simbólicos”, ante la ausencia de justica. Sus mayores logros consisten en establecer hechos vinculados a la violación grave de los derechos humanos y permitir hablar a las víctimas, para producir un relato histórico en el que ellas son reconocidas y reparadas material o simbólicamente, en un escenario que se aleja de la justicia-sanción a los verdugos. La consideración de los testimonios de las víctimas, por un lado, y la “confesión” de los victimarios, por otro, llevan a construir una verdad que puede resultar factual (hechos), personal (testimonio), social (debate) y restauradora (reconocimiento público), pero que, se reitera, no necesariamente representa a las víctimas, pues hay violencias que no pueden perdonarse y que no se desgastan en el tiempo.
Después de la dictadura militar, en Argentina se conformó la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas, que se ocupó de investigar y documentar prácticas, hechos y procedimientos, ocurridos alrededor de las desapariciones durante el período conocido como Proceso de reorganización nacional, que tuvo lugar entre 1976 y 1983. Pese a que solo se abordó el delito de desaparición, parte del informe Nunca más se dedicó al abordaje de la niñez en ese escenario, en particular en los Capítulos I y II, apartados “Acción represiva (secuestro)” y “Víctimas (niños desaparecidos y embarazadas, y adolescentes). De acuerdo con las cifras oficiales, se estima que “500 bebés, niñas y niños, fueron separados de sus familias y apropiados bajo otra identidad”.2
En Guatemala se adelantaron dos iniciativas para el esclarecimiento de la verdad: el Proyecto de recuperación de la memoria histórica (Remhi), liderado por la Iglesia católica, y la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH). El objetivo del primero era dar insumos a la CEH, a partir de un trabajo de investigación eficaz con enfoque multicultural y multilingüe.
Como resultado de estas investigaciones, que recogieron más de 5000 testimonios, se emitió el informe Guatemala: nunca más. En su Tomo I, Capítulo 2, denominado “La destrucción de la semilla”, aborda el asunto de la niñez. Por su parte, la CEH, se ocupó de investigar todo tipo de violaciones a los derechos humanos ocurridas en el marco del conflicto armado interno que experimentó este país entre 1962 y 1996; el asunto de la niñez tratado con profundidad dentro del informe Memoria del silencio, que le dedica un capítulo exclusivo. De acuerdo con las cifras allí reportadas, del 38 % de las víctimas registradas (del 62 % restante no se pudo determinar la edad ni el sexo), el 18 % eran niños y niñas, el 79 % adultos y el 3 % ancianos.3
1. Problema socio-jurídico analizado
El reconocimiento de la niñez como actor fundamental en los conflictos armados internos o en las dictaduras no es definitivo y, si bien se ha documentado bastante la victimización de la niñez en estos escenarios, no siempre se ha implementado un enfoque diferencial o interseccional que la abarque desde diferentes aristas, para comprender sus afectaciones particulares por edad, género, pertenencia étnica o diversidad funcional; ello favorecería los procesos de verdad, justicia y reparación, y aportaría a la superación del análisis binario en torno a las categorías víctima-victimario.
Conforme con lo documentado por Unicef,4 la inclusión de la niñez en las Comisiones de la Verdad ha evolucionado, de manera que, durante la década de 1980 y principios de la de 1990, las comisiones de Chile, Salvador y Haití5 apenas consignaron algunos casos de violaciones contra NNAJ, pues mantuvieron un marcado énfasis en los adultos. Se exceptúa Argentina, en donde se otorga especial importancia al fenómeno de niños robados o secuestrados.
Por su parte, a mediados de 1990 y principios de 2000, las Comisiones de Guatemala y Sudáfrica6 investigaron y reportaron un número mucho mayor de NNAJ víctimas que, en Guatemala pertenecían en su mayoría al pueblo maya. En Sudáfrica se consideró la participación directa de NNAJ en la Comisión por medio de sus testimonios, pero luego se determinó que el impacto emocional podría ser perjudicial, por lo que se implementaron técnicas como grupos focales o actividades artísticas para darles voz.
En cuanto a las Comisiones de Perú y Timor Oriental,7 se construyó un capítulo sobre las violaciones a los derechos de NNAJ, y la Comisión de Sierra Leona8 fue la primera en mencionar de manera explícita en su mandato el asunto de NNAJ y de los graves impactos que provocan los conflictos armados en esta población.9
La promulgación de la CDN, en 1989, marcó un derrotero en materia de infancia y, por tanto, influyó también en el abordaje de este asunto particular en las Comisiones de la Verdad que tuvieron lugar con posterioridad, al incluir las voces de NNAJ su participación en la reconstrucción de la memoria histórica y la verdad, con el objetivo de superar las particulares situaciones de conflicto de cada país mediante el reconocimiento de las violaciones a los derechos humanos y del rol de las víctimas y los perpetradores en dichos escenarios.
Para el momento en el que tuvo lugar el proceso de reconstrucción de memoria y verdad en Argentina, con la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep), no se había promulgado la CDN, pero aun así se incluyó el asunto de la niñez, específicamente en relación con el robo de bebés o desaparición de NNAJ; Guatemala, por su parte, trató de manera detallada el tema de la niñez en su proceso de construcción de verdad y en el informe que de allí derivó.
Como se expondrá, la práctica de robo de identidad asociada a la desaparición de NNAJ fue común en ambos casos. Si bien se denunció y se determinó la necesidad de búsqueda y del restablecimiento a las familias biológicas, podrá observarse que, en Argentina, se ha tratado de un ejercicio de perseverancia transgeneracional, liderado por la organización Abuelas de Plaza de Mayo, cuyo empeño ha ofrecido resultados tanto en términos de la recuperación de nietos como de reivindicación política. No tanto así en Guatemala, pese a que una de las recomendaciones de la CEH fue la conformación de la Comisión nacional para la búsqueda de niños desaparecidos, así como “adoptar la legislación adecuada para la implementación de su mandato y facilitar los medios técnicos y científicos necesarios para la documentación y búsqueda de la niñez desaparecida, adoptada ilegalmente o separada ilegalmente de su familia”.10 La ausencia de resultados en ese campo ha sido duramente cuestionada por organismos como el Comité de los Derechos del Niño, que señalan indiferencia del Gobierno para implementar políticas reales de búsqueda y hallazgo de NNAJ desparecidos en el marco del conflicto armado.
El papel de la norma internacional sobre asuntos de niñez y de conflictos armados resulta fundamental en los procesos de verdad y memoria, pues afecta en la forma de aproximarse al tema y a las disposiciones y recomendaciones que se proponen. Las disposiciones más relevantes se recogen en la CDN, la Convención sobre los derechos humanos y el derecho internacional humanitario (DIH).
La CDN reconoce como niño a todo individuo entre 0 meses y 18 años cumplidos, aunque dentro de este rango se reconocen grupos específicos como la primera infancia, la infancia, la adolescencia y la juventud. La niñez ha sido asumida como el período en el que el ser humano debe formarse y crecer en ambientes propicios que faciliten su adecuado desarrollo. Si bien a escala internacional se define la edad de 18 años para delimitar este período, cada país puede definir la suya, de acuerdo con particularidades sociales, culturales y étnicas. Así, en Guatemala, por ejemplo, en varias comunidades mayas es común que los jóvenes se casen a partir de los 14 años y adquirieran obligaciones y facultades de adultos.
Según lo señalado por la CDN, las Comisiones de la Verdad deberían considerar en sus procedimientos, su implementación y sus recomendaciones, los principios de interés superior del niño y no discriminación, así como los derechos a nombre, nacionalidad, preservación de la identidad, no separación de padres y madres, reunificación familiar, libertad de expresión y conciencia, protección, refugio, recuperación y reintegración.
Con posterioridad a las Comisiones de la Verdad de Argentina y Guatemala, en el año 2002, se añadió el Protocolo Facultativo en la CDN alusivo a la participación directa de NNAJ en las hostilidades propias de los conflictos armados. Estableció que los Estados parte deberán hacer todos sus esfuerzos para que ninguna persona menor de 18 años participe en dichas actividades. Aunque este Protocolo es ulterior a los casos que nos ocupan, la práctica de reclutamiento de NNAJ en Guatemala fue muy común, tanto por parte de las guerrillas como del Estado, con su vinculación a las patrullas de autodefensa comunitaria (PAC), reconocidas como fuerzas paramilitares controladas y adiestradas por el Ejército, con el objetivo de:
[…] organizar a la población civil contra los movimientos guerrilleros y lograr un control físico y psicológico sobre la población. Es así como el fenómeno de las PAC tuvo un gran impacto en las estructuras sociales de la sociedad guatemalteca, especialmente en las áreas rurales con predominancia de población indígena.11
Asimismo, la Declaración de los derechos humanos debe ser acogida por las comisiones de la verdad en cuanto a los principios y derechos de dignidad, no discriminación, vida, libertad, seguridad, no tratos crueles, inhumanos y degradantes, no injerencias arbitrarias, libre circulación, y libertad de opinión y pensamiento.
Por último, los Convenios de Ginebra de 1949 (DIH) y sus Protocolos Adicionales de 1977 abarcan los asuntos relativos a la protección de las personas y las víctimas en el marco de los conflictos armados. El DIH “prevé protección general a los niños, como personas que no participan en las hostilidades, y la protección especial, como personas particularmente vulnerables. Por lo demás, se protege también a los niños que participan en las hostilidades”.12 De acuerdo con el IV Convenio, los NNAJ pertenecen a la categoría de personas protegidas como civiles en tiempos de guerra y no deben ser objeto de violencia que atente contra su vida, dignidad o persona. En el Protocolo I, artículos 8, 70, 77 y 88, y en el Protocolo II, artículo 4, se los reconoce como sujetos de especial protección. Con respecto a los NNAJ y sus familias, el Protocolo I, artículo 74, dispone que debe hacerse lo posible para facilitar su reunificación tras separarse por causa del conflicto; el artículo 76 hace referencia a las mujeres en condición de embarazo o con niños muy pequeños e instituye que se debe evitar dictaminar la pena de muerte y que debe priorizarse la permanencia de los menores de edad con ellas. En el IV Convenio, artículo 24, el DIH protege también los valores morales, la religión, la cultura y las tradiciones con los que los NNAJ han sido educados, de manera que, en caso de desplazamiento u orfandad, deberá procurarse que puedan seguir desarrollándose en un entorno similar y con personas de su misma tradición cultural, lo cual se ve claramente vulnerada en eventos de secuestro y robo de identidad.
El Protocolo II, artículo 6, indica que no podrá dictaminarse pena de muerte a una persona menor de 18 años; por último, los Protocolos I y II prohíben el reclutamiento de menores de 15 años. En concordancia con estas disposiciones, los Estados parte se comprometen a adoptar las medidas para proteger a NNAJ afectados por el conflicto y a “tomar las medidas apropiadas para que los niños víctimas de la tortura, de conflictos armados, de abandono, de malos tratos o de explotación reciban un tratamiento apropiado, que asegure su recuperación y reintegración social”.13
Como se mencionó, la CEH de Guatemala dedica un capítulo de veintiún páginas al tema de la niñez y las diversas formas en las que fueron vulnerados sus derechos en el marco del conflicto armado interno que vivió el país. De acuerdo con lo consignado en el informe:
Durante el enfrentamiento armado interno uno de los sectores que fue profundamente afectado por la violencia fue la niñez. En su afán de desatar el terror en la población, el Estado generalizó la violencia en las áreas de conflicto, ocasionando la muerte de la población de modo indiscriminado. Miles de niños fueron objeto de violaciones de sus derechos humanos en un contexto de violencia que rebasa la imaginación más poderosa.14
En cuanto a Argentina, pese a que solo se abordó el tema de las desapariciones y a que la CDN aún no se había promulgado, se otorga un énfasis particular a NNAJ en el proceso de reconstrucción de la verdad; al respecto, en comparación con otras Comisiones de la Verdad, Bácares afirma que “a excepción de Argentina, donde se investigó el rapto de NNAJ por la dictadura militar, la infancia en un gran formato y con todas sus aristas quedaría relegada a un segundo renglón en las iniciativas sucesivas”.15 Cabe recalcar que la CDN reconoce el derecho de NNAJ a preservar su identidad, lo que legitimaría aún más la reivindicación de las víctimas en Argentina en cuanto a la búsqueda de hijos y nietos sustraídos de sus padres y desaparecidos. De acuerdo con la CDN: “Es obligación del Estado proteger y, si es necesario, restablecer la identidad del niño, si éste hubiera sido privado en parte o en todo de la misma (nombre, nacionalidad y vínculos familiares)”.16
Resulta imposible no mencionar la labor emprendida por Abuelas de la Plaza de Mayo, una organización no gubernamental (ONG) conformada en 1977, que tiene la finalidad de encontrar y restituir a sus verdaderas familias a los niños desparecidos (ahora adultos) durante la dictadura militar. Desde 1978 hasta 2021, las Abuelas han recuperado 130 nietos. De acuerdo con esta Organización:
En la ESMA, Campo de Mayo, Pozo de Banfield y otros centros de detención de la dictadura, funcionaron verdaderas maternidades clandestinas, incluso con listas de matrimonios en “espera” de un nacimiento, y unos 500 hijos de desaparecidos fueron apropiados como “botín de guerra” por las fuerzas de represión. Algunos niños fueron entregados directamente a familias de militares, otros abandonados en institutos como NN, otros vendidos. En todos los casos les anularon su identidad y los privaron de vivir con sus legítimas familias, de sus derechos y de su libertad.17
Esta forma de robo de identidad se presentó también en Guatemala, como se expondrá, como una de las múltiples violencias a las que fueron sometidos NNAJ en el marco del conflicto armado, todas ellas documentadas en el informe Memoria del silencio. Así lo indica en informe REMHI:
Los niños y niñas están presentes en la mayor parte de los testimonios. Ya sea como víctimas indirectas de la violencia en contra de sus familiares, como testigos de muchos hechos traumáticos o sufriendo directamente sus propias experiencias de violencia y muerte, constituyen un grupo social muy afectado por la violencia y la represión política.18
2. Metodología
La investigación realizada es de tipo cualitativo y se enmarca en el análisis documental con enfoque hermenéutico, desde una perspectiva comprensiva-explicativa, pues tiene en consideración el carácter de los autores.19 Busca reproducir de manera creativa el pasado e indagar sobre la producción de verdad; privilegia el análisis comparativo y apunta a dilucidar la comprensión y el abordaje de la niñez en dos momentos históricos y contextos disímiles, en el marco de la figura Comisión de la Verdad. Los textos o informes producidos en estos escenarios de violencias extremas, que además tienen la finalidad específica de dar a conocer “la verdad”, y la responsabilidad expresa de ofrecer recomendaciones para la memoria histórica, la reivindicación de las víctimas, el reconocimiento de los ofensores y las garantías de no repetición de actos y situaciones indeseadas y condenables, son imprescindibles para la aproximación y comprensión de fenómenos que se muestran superados, pero mantienen su vigencia en sociedades con heridas abiertas y con preguntas por responder.
Cuando se analiza concretamente un texto, se entiende que éste tiene un autor, con su propia historia de vida, con su contexto histórico que lo condiciona, con la situación en que ha vivido, se ha desarrollado, ha crecido, se ha constituido. Este análisis que se aplica a la existencia del autor del texto es aplicable a su vez al texto mismo, a la obra que se deja para la posteridad y que asume personalidad propia. El interés histórico de las obras transmitidas no se orienta sólo hacia los fenómenos históricos, sino también al efecto de los mismos en la historia.20
Se recurrió a los informes resultantes de las Comisiones de la Verdad en Argentina y Guatemala; textos académicos producidos alrededor de la temática particular (niñez y Comisiones de la Verdad); normativa internacional que debería considerarse en los procesos de verdad y memoria histórica; artículos de prensa, y pronunciamientos de organismos nacionales e internacionales. En torno a las categorías niñez y Comisiones de la Verdad, se identificaron subcategorías emergentes que fueron relacionadas entre sí, para identificar aspectos comunes y diferenciales entre los casos estudiados.
3. Resultados
3.1. Prácticas sistemáticas de vulneración a los derechos humanos
Las violaciones a los derechos humanos de NNAJ en los dos casos estudiados fueron documentadas en los informes, con mayor profundidad y detalle en el de Guatemala; en él se describieron y denunciaron verdaderos actos de sevicia y desprecio por la humanidad. En el de Argentina, por su parte, se hizo énfasis en el secuestro, el robo de identidad y la desaparición, en concordancia con el objeto de investigación de la Comisión.
3.1.1. Guatemala
Se registraron casos de tortura, desaparición forzada, violencia sexual, privación de la libertad y ejecución arbitraria contra NNAJ. De acuerdo con las cifras del informe, el 18 % del total de violaciones de los derechos humanos correspondió a agresiones contra NNAJ, es decir, 4249 de 23 313 casos. No todos los eventos derivaron en muerte, pero se resaltaron las afectaciones a la integridad física y mental, así como el abandono por parte de sus familias.21 El informe REMHI señala:
Hay bebés que están acostados bajo los palos, en todas partes murieron, hay bebés que están colgados en las ramas de los árboles, es parecido a como les hacen cuando están en casa que les amarran con un trapo, así están colgados de las ramas de los árboles, y los bebés están vivos, pero ya no los puedes recoger, dónde los vas a dejar si no sabes dónde está su mamá”.22
Otros delitos recurrentes fueron la explotación, en forma de servidumbre en las casas de sus apropiadores; la privación de derechos culturales y colectivos, y la estrategia contrainsurgente de reclutamiento forzado para el fortalecimiento de las filas de las PAC. El informe de la CEH afirmó que por lo menos 20 000 menores de 15 años fueron objeto de esta práctica, obligados a cumplir diferentes roles (rastreo, aprovisionamiento, vigilancia, operativos militares), privados de su vida cultural y expuestos a riesgos mayores.
La mera presencia de las PAC como estructuras armadas permanentes en muchas comunidades, ha tenido su influencia en los niños. Desde el miedo a las agresiones o la muerte, hasta la normalización de la violencia, la convivencia en un ambiente militarizado influye en la infancia con sus patrones de socialización bélica. Además, especialmente en los primeros años de las PAC, se describen casos de participación de menores y cómo ésta era una norma habitual en muchas comunidades. También se han dado numerosos casos de reclutamiento forzoso de menores por parte del Ejército durante prácticamente la totalidad del conflicto armado.23
También fueron reportados casos de NNAJ vinculados a la guerrilla, en ocasiones como una forma de proteger sus vidas después de perder a sus familias en masacres orquestadas por el Estado o durante los operativos de tierra arrasada. Algunos de ellos fueron privados de su libertad, por considerarse implicados en asuntos políticos, porque se encontraban con sus padres cuando estos fueron apresados, y como estrategia para que sus padres fueran a buscarlos y así poder detenerlos a ellos. De acuerdo con los testimonios, los NNAJ no recibieron un tratamiento especial por su edad.
Todas estas prácticas fueron bastante detalladas y documentadas en el informe de la CEH, pero tal vez la que más conmoción provocó fue la práctica de las masacres, muy extendida durante el conflicto:
La mitad de los casos de masacres registrados relatan asesinatos colectivos de niños y niñas. En este carácter indiscriminado de la violencia de las masacres, las descripciones de cómo murieron los niños incluyen frecuentes atrocidades (calcinamiento, lesiones por machete y descuartizamientos, y sobre todo traumatismos severos en la cabeza). Muchas menores fueron violadas durante masacres o capturas. En menor medida se recogen muertes de niños por acciones indiscriminadas de disparos o ametrallamientos de comunidades. Esto muestra un carácter directo de agresión intencional, congruente con el trato que sufrieron globalmente las comunidades en esas situaciones.24
Adicional a ello, los NNAJ víctimas de estos asesinatos masivos fueron los menos identificados por las personas que dieron testimonios, pues no eran reconocidos por sus comunidades, como sí lo eran los adultos.25
Otra consecuencia del conflicto fue la pérdida de la infancia, es decir, la obligación de asumir roles y responsabilidades de adultos, relacionadas, por ejemplo, con el cuidado de hermanos menores o con la necesidad de trabajar para garantizar la propia supervivencia, muchas veces con remuneraciones bajas o sin ella.
Muchos NNAJ fueron separados de sus familias y alejados de sus poblaciones, con lo que se vulneraron, entre otros, sus derechos culturales y tradiciones; algunos fueron regalados en otros pueblos y utilizados como sirvientes en casas de familia, mientras que otros fueron ubicados en instituciones u hogares especiales. Por último, se reportó que debieron presenciar masacres contra sus familias y comunidades, lo que ocasionó una serie de afectaciones de difícil conciliación.
3.1.2. Argentina
El informe Nunca más recogió casos en los que los niños fueron institucionalizados y puestos en adopción, “privados de su identidad para que sus familiares no pudieran reconocerlos, y recluidos en orfanatos; algunos niños se vieron marginados de toda vida social y familiar”.26 Además, denuncia graves afectaciones psicológicas y traumas, pues fueron obligados a presenciar hechos de violencia contra sus familiares, entre los que se reportan tortura, violencia sexual y asesinato.
En total, se registraron casi 250 jóvenes entre 13 y 18 años que desparecieron después de haber sido secuestrados en sus casas, en la vía pública o a la salida del colegio. Hoy en día, no se tiene conocimiento de su paradero. Como particularidad, el informe incluyó el caso de un niño que nació con graves afectaciones físicas y de salud, debido a que su madre, en estado de gestación, fue sometida a violencia sexual y física.
3.2. El exterminio de las identidades indeseadas
El plan del Ejército era dejar sin semillas. Aunque sea un patojito de un año, de dos años, todos son malas semillas, así cuenta. Así es su plan del Ejército.
Eso es lo que yo he visto.27
Tanto en Argentina como en Guatemala es posible identificar que las violencias dirigidas a las víctimas por parte del Estado y de sus fuerzas represoras tienen un marcado énfasis no solo en el exterminio físico de quien se configura como enemigo interno, sino en el exterminio de su progenie.
3.2.1. Guatemala
Unos de los aspectos más denunciados por la CEH son el genocidio y la victimización del pueblo maya durante el conflicto, una muestra del modo de actuar racista y con herencia colonial empleado por el Estado, en su pretendida lucha antisubversiva.
Los NNAJ aparecieron en este campo como la semilla, como la posibilidad de supervivencia y conservación de este pueblo, lo que los convirtió en blanco de ataques, humillaciones, actos de crueldad y violencias extremas.
Los actos de violencia basada en género (VBG) y el mensaje simbólico que de allí se desprende dan cuenta de una política de exterminio que no respetó género, edad o condición de las víctimas. Una de las prácticas sistemáticas más crueles, documentada en el informe, fue abrir el vientre de las mujeres embarazadas, asesinarlas y privar también de la vida a los nonatos, quienes previamente eran empalados, quemados, reventados contra piedras o árboles, o destajados. Muchos de estos niños y niñas no aparecen en las estadísticas, porque no tenían nombre.
Por lo general, este tipo de acciones se produjeron en áreas rurales de población indígena, durante el período más alto de la violencia, en el marco de masacres y operaciones de tierra arrasada. El efecto directo de las matanzas de nonatos consistió en impedir nacimientos dentro del grupo indígena. El ensañamiento con el que se realizaron produjo también un efecto simbólico. Para el pueblo maya, las matanzas de nonatos tenían el mensaje cultural de matar la semilla, la raíz, afectando las posibilidades de la continuidad biológica de los colectivos indígenas.28
A las muertes de nonatos y de recién nacidos se sumaron las ejecuciones arbitrarias, muertes por desaparición y muertes por desplazamiento; en este último caso, los NNAJ fueron sometidos a jornadas extenuantes y aterradoras, privados de alimento, agua y resguardo, y expuestos a múltiples enfermedades que derivaron, en varias oportunidades, en la muerte. De acuerdo con el informe de Unicef sobre infancia y Comisiones de la Verdad, el 60 % de las personas que murieron en el marco del desplazamiento forzado tenía menos de 18 años.29 Se comprende, entonces, que la muerte de NNAJ no correspondió a hechos casuales o a los excesos del conflicto, sino que ocurrió con una intencionalidad clara de exterminio físico y cultural.
Al respecto, en un informe emitido por la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre las afectaciones de los NNAJ en conflictos armados se indica que quienes se ven forzados a huir se exponen a otros graves peligros y amenazas como:
[…] ataques repentinos, bombardeos, francotiradores y minas terrestres y a menudo deben caminar muchos días con cantidades limitadas de agua y alimentos. En esas circunstancias, los niños que están gravemente desnutridos son susceptibles de contraer enfermedades y son los primeros en morir.30
Esta situación concuerda con lo relatado en los informes de Guatemala respecto a los casos de desplazamiento forzado tanto de NNAJ con sus familias como de menores no acompañados.
El período comprendido entre 1982 y 1983 se ha denominado “el holocausto silencioso” y se caracterizó por ser el más violento de los 36 años que duró el conflicto armado en Guatemala. Se reconoce allí la práctica de genocidio con el exterminio de aproximadamente 440 comunidades maya y el ataque a más de 600.31
Muchos niños fueron arrebatados del seno de su familia para ser ubicados en los hogares de sus victimarios o en familias ajenas a las suyas, con lo que se desconoció su procedencia familiar o las circunstancias que los llevaron a estar allí. De acuerdo con la CEH, “se puede inferir que cuando a los niños se les sacó de sus comunidades fueron entregados a familias o instituciones para que se hicieran cargo de ellos”.32
3.2.2. Argentina
De acuerdo con el informe Nunca más, cuando los secuestros de padres o madres ocurrían en presencia de los niños, los represores procedieron de seis maneras: dejarlos con vecinos hasta que llegara algún familiar; trasladarlos a “Institutos de Menores, que los entregaban a familiares o los cedían en adopción”;33 secuestrarlos y darlos en adopción a algún represor; entregarlos a familiares; dejarlos a su suerte en su domicilio, o llevarlos al Centro Clandestino de Detención al que llevaban a sus padres, para ser torturados o presenciar la tortura de sus padres. Muchos de ellos permanecen desaparecidos.
Los represores que arrancaron a los niños desaparecidos de sus casas o de sus madres en el momento del parto, decidieron de la vida de aquellas criaturas con la misma frialdad de quien dispone de un botín de guerra. Despojados de su identidad y arrebatados a sus familiares, los niños desaparecidos constituyen y constituirán por largo tiempo una profunda herida abierta en nuestra sociedad. En ellos se ha golpeado a lo indefenso, lo vulnerable, lo inocente y se ha dado forma a una nueva modalidad de tormento.34
Uno de los apartados del informe hace referencia a las mujeres embarazadas detenidas y a la desaparición de sus hijos, así como a la desaparición de NNAJ que fueron detenidos con sus padres o madres y de quienes no volvió a tenerse noticia. Al respecto, se afirmó que “cuando un niño es arrancado de su familia legítima para insertarlo en otro medio familiar elegido según una concepción ideológica de ‘lo que conviene a su salvación’, se está cometiendo una pérfida usurpación de roles”.35
Otro apartado alude al tema de los niños nacidos en cautiverio. Sus madres debieron dar a luz en condiciones muy difíciles, a veces, asistidas por un médico ginecólogo, un dermatólogo y un enfermero o por otras mujeres. Según el informe, había listas de matrimonios dispuestos a adoptar a estos bebés, que fueron registrados como NN, de quienes no se volvió a saber nada, tal como ocurrió con sus madres. El caso más escandaloso ha sido el del hospital Campo de Mayo, al que ingresaban mujeres detenidas en condición de embarazo que no eran registradas y permanecían con sus ojos vendados y custodiadas; en la mayoría de los casos eran sometidas a cesáreas para precipitar los partos y eran separadas de sus hijos inmediatamente después del alumbramiento.
3.3. La búsqueda: ¿encontrarlos u olvidarlos?
3.3.1. Guatemala
Las recomendaciones específicas de la CEH en Guatemala sobre NNAJ desaparecidos, adoptados o separados ilegalmente de sus familias son:
La creación de la Comisión nacional de búsqueda de niños desaparecidos, conformada por organismos nacionales (Procuraduría de Derechos Humanos y ONG de derechos humanos y de la niñez) e internacionales (Unicef, CICR y las ONG internacionales especializadas en niñez).
La promulgación de medidas legislativas que favorezcan el acceso a la información sobre identidad, edad, lugar de origen, revisión de los procesos de adopción, localización y nombre actual.
La implementación de una campaña nacional de búsqueda que vincule a los medios de comunicación.
Hasta la fecha, dichas recomendaciones no han sido implementadas de manera efectiva:
[…] el Comité de los Derechos del Niño les expresaría a los representantes del Estado guatemalteco, en respuesta a su informe obligatorio a este ente evaluador de la aplicación de la CDN, su preocupación por la abulia política imperante para resolver la situación de los NNAJ desaparecidos durante el conflicto armado, con todo y la existencia de fallos judiciales provenientes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que reclamaban la reparación a sus familias.36
El caso de Guatemala es tan complejo y los resultados tan escasos, que hoy en día se siguen discutiendo sus excesos y la necesidad de verdad y justicia. Al respecto, el diario El Espectador, emitió una nota sobre los niños robados en Guatemala durante la época del conflicto e introdujo un aspecto del que poco se ha hablado: el negocio de las adopciones, para el que se crearon verdaderas redes de secuestro y tráfico. De acuerdo con el artículo, “miles de niños fueron robados, secuestrados o dados en adopción en un lucrativo negocio que dejó millones de dólares y centenares de familias destruidas”.37 Buena parte de ellos, ahora adultos, continúa en la búsqueda de sus familias de origen.
3.3.2. Argentina
El informe Nunca más estipuló la necesidad de “determinar la ubicación de niños sustraídos de la tutela de sus padres”,38 misión abanderada y defendida por la Abuelas de Plaza de Mayo. Desde 1977, Las Abuelas convocan marchas semanales en la Plaza de Mayo, para reclamar la aparición de sus familiares. Al principio recibían testimonios por medio de llamadas telefónicas, notas escritas o charlas, en las que se reportaban mujeres con bebés que nunca estuvieron embarazadas o que no podían tener hijos propios; notificaciones sobre registros de nacimiento falsos o apariciones repentinas de bebés nuevos en los barrios. Todas estas informaciones fueron documentadas e investigadas por las Abuelas. Cuando era posible, se recurría al uso de las fotografías y rasgos físicos de los niños desaparecidos para intentar dar con su paradero; sin embargo, de los bebés nacidos en cautiverio no se contaba con ningún documento o conocimiento previo que favoreciera su búsqueda.
Por tal motivo, los esfuerzos de las Abuelas se extendieron internacionalmente a instituciones científicas de Suecia, Francia y Estados Unidos, para conseguir apoyos que permitieran la determinación de parentesco mediante pruebas de ADN, que ofrecen un 99,9 % de veracidad. En 1982 se contactaron con la American Association for the Advancement of Science (Asociación Americana para el Avance de la Ciencia) y, desde ese momento, iniciaron los “trabajos destinados a la inclusión de los niños en las familias de las que faltan los progenitores [y] se busca la filiación con los abuelos (índice de ‘abuelismo’)”.39 Uno de los métodos utilizados es el ADN mitocondrial (mtDNA), que comprueba la herencia transmitida por la madre, la cual varía muy poco de generación en generación; ello amplía la posibilidad de comprobar parentesco, incluso con muestras de un tío materno, por ejemplo Harvey-Blankenship, Pham y Shigekane.40
Después de adquirir renombre nacional e internacional se lograron también la creación del Banco nacional de datos genéticos de Argentina, que es un “archivo público y sistemático de material genético y muestras biológicas de familiares de personas secuestradas y desparecidas, durante la dictadura militar argentina”,41 que custodia las muestras y que realiza los procesos genéticos de verificación de identidad. Desde 1977 hasta la fecha, las Abuelas han ubicado a 130 nietos y continúan en su empeño de recuperarlos a todos. Muchas de ellas han fallecido, pero a su lucha se han unido muchas personas más, incluidos nietos restituidos.
Conclusión
Es preciso reconocer la influencia que ha ejercido la CDN en la inclusión de la niñez en las Comisiones de Verdad, así como las normas internacionales vigentes, pues otorga a los NNAJ un rol protagónico y los reconoce principalmente como víctimas; además, expone la necesidad de incluir sus voces y experiencias en la reconstrucción de la verdad, en los procesos de tránsito a la democracia y en los programas de reparación.
Si bien, para el caso de Argentina, la CDN no se había promulgado, resulta importante reconocer que se dedicó un apartado significativo de la investigación a NNAJ desaparecidos durante la dictadura. Cabe señalar que la búsqueda de estas personas se mantiene aún cuatro décadas después de los acontecimientos.
Guatemala, por su parte, destinó gran parte de su investigación al tema de la niñez y documentó de manera exhaustiva las violaciones a los derechos humanos y los excesos cometidos en el marco del conflicto armado contra ella. También aquí se hizo referencia puntual al tema de NNAJ desaparecidos y es justamente en este punto donde se encuentran los dos casos estudiados: el de los niños secuestrados a quienes se les robó su identidad.
A diferencia de Argentina, en Guatemala no se ha mostrado un verdadero interés o la voluntad política para dar con el paradero de dichos desaparecidos; situación duramente criticada por organismos internacionales como el Comité de los Derechos del Niño.
Otro elemento para resaltar es el uso y la instrumentalización de los NNAJ en escenarios de conflicto armado y político, quienes regularmente se conciben como “botín de guerra”, son masacrados y eliminados, como un mensaje simbólico de erradicar la “semilla mala”, y son vistos como un vehículo para castigar y torturar a sus padres, quienes no soportan el dolor de su pérdida, sea cual sea la forma que esta tome (desaparición, homicidio, apropiación).
Entre las vulneraciones de derechos, comunes a ambos casos, se identificaron prácticas de tortura, recurrentes también en conflictos propios de otros países. Al respecto, Zamora y Barrera afirman:
[…] la tortura de NNA ocurre en distintos contextos, por ejemplo, en allanamientos por parte de la Policía, porque son percibidos como causantes de amenazas contra el orden público o la seguridad; cuando están encarcelados o en centros de detención; y cuando son percibidos como vinculados de cualquier forma a grupos subversivos, incluso por ser hijos de militantes.42
Sería pertinente estudiar la forma en la que en ambos países han implementado procesos de reparación de NNAJ víctimas y analizar su efectividad y sus resultados, así como la percepción sobre ellos como sujetos activos, partícipes de sus propios procesos de reparación, incidencia política y resiliencia. Al respecto, pueden resaltarse hechos documentados en los informes de Guatemala, en los que se reconocen posturas activas de quienes denunciaron los hechos de violencia ejercidos contra ellos y sus familias, o situaciones en las que reconstruyeron sus vidas, establecieron nuevos vínculos sociales o familiares, y sirvieron de apoyo a sus pares o a sus familiares. Para el caso de Argentina, debe mencionarse la postura de activismo político asumida por algunos de los nietos restituidos, quienes abanderan su propia causa y continúan con la búsqueda.