El concepto de espacio público parte de lo colectivo, de un escenario del que “todos” podemos disfrutar. Sin embargo, pareciera que se nos empuja cada vez más hacia el espacio privado, porque el espacio público se ha visto inundado de extensas prohibiciones y regulaciones que, en lugar de hacernos sentir más seguros, intensifican la sensación de inseguridad.
En las ciudades modernas, la pretensión de garantía de la seguridad nos ha llevado a la normalización del control y la hipervigilancia. Históricamente se han establecido relaciones entre espacio y criminalidad, lo que ha dado lugar al desarrollo de teorías, herramientas y medidas orientadas tanto a reducir esa sensación de inseguridad como a disminuir las conductas criminales.
En ese intento de crear espacios crimino-repelentes, ha surgido la denominada arquitectura hostil, llamada así porque excluye del espacio público a los cuerpos considerados indeseados o inconvenientes, cuerpos que se identifican como sospechosos y que luego terminan siendo desplazados.
Bancas con apoyabrazos que impiden recostarse o dormir, cámaras de vigilancia, esferas de cemento en entradas peatonales, púas metálicas, rejas o cercas que bloquean el acceso a espacios protegidos de la intemperie son ejemplos de este tipo diseño urbano.
Si bien muchas de estas medidas podrían justificarse con el argumento de garantizar la seguridad y reducir la criminalidad, lo cierto es que su enfoque ha devenido en una herramienta que profundiza la exclusión de poblaciones marginadas.
Actualmente, diversos debates promueven una reconfiguración de las ciudades y de sus espacios públicos desde un enfoque de urbanismo inclusivo, es decir, que no castigue la presencia, sino que la proteja y la dignifique.
Vigilancia y control urbano
Desde los análisis criminológicos realizados en los planteamientos de la Escuela de Chicago, específicamente en la Teoría del Defensible Space, se ha señalado la relación entre espacio y criminalidad, destacando, entre otros aspectos, la importancia de diseñar entornos urbanos que disuadan de cometer delitos, por medio de herramientas de diseño, tales como: desincentivar el anonimato, ubicar ventanas y balcones que faciliten la vigilancia o construir espacios de recreación pequeños, que fomenten la apropiación vecinal, las cuales se han planteado como mecanismos eficaces para prevenir conductas delictivas. Hasta ese punto, estas medidas urbanístico-arquitectónicas parecían razonables; sin embargo, la aparición de la llamada arquitectura hostil parece haber llevado este enfoque a un extremo preocupante.
Arquitectura hostil y configuración del espacio público
La arquitectura hostil, también conocida como arquitectura excluyente o “anti-pobre”, utiliza elementos físicos como los mencionados anteriormente con el objetivo de impedir ciertos usos o la permanencia de determinadas personas en el espacio público. En algunos casos, estas intervenciones se han complementado con sistemas de vigilancia que monitorean continuamente los movimientos de la población e incluso con tecnologías de captura de datos biométricos, que permiten realizar perfilamientos o cotejo con bases de datos. Uno de los casos más extremos es el de China, país en el que, para el año 2017, tenía 170 millones de cámaras (BBC mundo, 2017).
Es necesario recordar que “la formación del espacio no ocurre de forma neutral y abstracta, es un producto [...] de interacción entre regulación y moldeamiento del espacio a través de la arquitectura, la planeación y el diseño urbano” (Izzo, 2022, pág. 525)1. En esa construcción del espacio urbano, uno de los factores que favoreció la aparición de la arquitectura hostil fue la necesidad de garantizar la seguridad en espacios públicos, proteger la propiedad y resguardar la integridad de las personas. No obstante, esta arquitectura se formuló para evitar usos considerados como “indebidos”, aunque precisamente el problema radica en establecer qué constituye un uso indebido y qué riesgos reales representa para los bienes jurídicos protegidos.
Algunas de las medidas, objetos y prácticas derivadas de la arquitectura hostil buscan moldear o controlar el comportamiento en los espacios públicos. Se trata de diseños que pretenden hacer sentir incómodas a ciertas personas o interferir en la forma como estos utilizan el espacio público (Izzo, 2022)2. Por ello, resulta relevante preguntarse a quiénes van dirigidas estas medidas. Si aceptamos que el diseño urbano condiciona nuestras formas de interacción, es indispensable reconocer que la arquitectura hostil es “una expresión sutil de la división social a través del diseño urbano, mayoritariamente asociado con las personas sin hogar” (Chadalavada y Sanjiv, 2020)3.
Esas medidas afectan de manera desproporcionada a poblaciones específicas como habitantes de calle, trabajadores y trabajadoras sexuales, personas desempleadas, personas de la tercera edad e incluso a jóvenes que practican el parkour o la patineta (Correa y Noriega Gómez, 2024), quienes con mayor frecuencia habitan y usan el espacio público.
En ocasiones, se busca excluir del espacio a cuerpos considerados incómodos, antiestéticos o socialmente perturbadores: el pobre, el habitante de calle, la prostituta, el alcohólico, el desempleado, el viejo. Es entonces cuando la discusión remite al poder de definir quién y qué debe restringirse en el espacio público. En última instancia, las medidas de la arquitectura hostil o excluyente terminan profundizando la inequidad, pues establecen, mediante el diseño, que ciertos individuos o ciertos grupos no son bienvenidos en el espacio público. (The neighborhood design center, 2023)
Así, la arquitectura y el diseño no solo estructuran la vida urbana, sino que también refuerzan las jerarquías. La consecuencia es que muchos de estos objetos, medidas o proyectos se emplean para “restringir el uso de un espacio público por razones de raza, edad, ingresos y otros factores considerados indeseables” (The neighborhood design center, 2023)
Seguridad vs. exclusión
El debate se enmarca en la tensión entre el derecho a la seguridad y la prohibición derivada de la exclusión injustificada en el uso de los espacios públicos. Es relativamente sencillo legitimar la aplicación de medidas, inclusive extremas, cuando se invoca la necesidad de proteger la seguridad. No obstante, la arquitectura hostil parte de la premisa errada de que quienes permanecen en el espacio público son potenciales delincuentes. A la fecha no existe una forma científica de predecir el comportamiento criminal, por lo que este tipo de medidas terminan generando presunciones de peligrosidad de ciertos grupos humanos, aumentando su estigmatización sin evidencia de que ello contribuya a reducir efectivamente la criminalidad.
Muchas de las personas que pasan largas jornadas en el espacio público, lo hacen precisamente porque no tienen otro lugar a donde ir. El homeless está en la calle, en el parque o en la banca, porque no tiene vivienda; el desempleado espera en una plaza una oportunidad para cambiar su destino; el o la trabajadora sexual se ve obligado (a) a ofrecer sus servicios en lugares públicos; y los jóvenes se apropian de estos espacios para su recreación y esparcimiento.
Si bien es cierto que, en algunos casos, estas actividades pueden enmascarar otras de carácter delictivo o riesgoso, consumo o distribución de alcohol o sustancias psicoactivas, como ya se advirtió, no es posible establecer una relación estadística directa entre permanencia en el espacio público y perpetrar delitos.
Urbanismo incluyente: inclusión, empatía y derecho a disfrutar el espacio público
En contraposición a estas dinámicas excluyentes, han surgido propuestas como el urbanismo incluyente, que promueve la construcción de ciudades desde una lógica de reconocimiento de la diversidad, la empatía y el acceso equitativo. Este enfoque parte del principio de que todos los ciudadanos, independientemente de sus condiciones sociales, económicas o físicas, tienen derecho a disfrutar del espacio público.
Programas como Cities for all4 se enfocan en “hacer que las ciudades y los asentamientos humanos sean más inclusivos y accesibles para todas las personas”, promoviendo principios como la no discriminación, accesibilidad, participación, políticas públicas y programas urbanos inclusivos; entre otros (Cities for All, s/f). El urbanismo inclusivo defiende la idea de que las ciudades deben ser “disfrutables” para todas las personas, sin distinción de raza, edad, género, situación económica, etnia, etc. (Menéndez, s/f)
En este contexto, el compromiso con el urbanismo incluyente representa una tarea pendiente del Estado Social de Derecho, en línea con el derecho internacional de los DDHH e incluso de los Objetivos de Desarrollos Sostenible, que promueve la ONU. Urge abandonar la tendencia a jerarquizar el espacio público y, en su lugar, necesitamos avanzar hacia una ética urbana basada en la empatía, que reconozca nuestra humanidad y nos acerque al goce equitativo de la ciudad.













