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International Law
versión impresa ISSN 1692-8156
Resumen
BENAVIDES-CASALS, María Angélica. EL EFECTO ERGA OMNES DE LAS SENTENCIAS DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. Int. Law: Rev. Colomb. Derecho Int. [online]. 2015, n.27, pp.141-166. ISSN 1692-8156. https://doi.org/10.11144/Javeriana.il15-27.eeos.
Las fuentes de derecho internacional público (en adelante, derecho internacional o DIP) son vinculantes para los Estados, mediando su consentimiento. En el caso de las principales fuentes del DIP -esto es tratados, costumbre, actos jurídicos unilaterales y principios generales del derecho-, es claro el consentimiento necesario para su obligatoriedad. Respecto de las sentencias de tribunales internacionales, y de acuerdo al artículo 59 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia (en adelante, CIJ), su obligatoriedad es, de acuerdo a texto expreso, vinculante para los Estados involucrados en la controversia abordada por el fallo que la resuelve. Esto se expande a toda la judicatura internacional. En este trabajo de reflexión se analizará la obligatoriedad, es decir, el carácter de fuente del derecho del contenido de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, la Corte o CIDH), para aquellos Estados no parte en la controversia: efecto erga omnes de las sentencias de la Corte.
Palabras clave : Efecto erga omnes; Fuentes del derecho internacional; Sentencias internacionales; Corte Interamericana de Derechos Humanos.