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Universitas Psychologica

Print version ISSN 1657-9267

Univ. Psychol. vol.11 no.4 Bogotá Oct./Dec. 2012

 

Los desafíos de un verdadero sistema de justicia juvenil: una visión psicoeducativa*

The Challenges of a Real Youth Justice System: A Psychoeducational Perspective

Jacques Dionne**

Université du Québec en Outaouais, Canada

Cristian Altamirano ***

Collège d'Enseignement Général et Professionnel, Régional de Lanaudière, Québec, Canada

* Este texto es una adaptación de comunicaciones presentadas en el Seminario Internacional de Justicia Juvenil en Temuco y Santiago de Chile en marzo de 2011.

** Université du Québec en Outaouais, Canada. PhD Profesor, Département de Psychoéducation et de Psychologie, Université du Québec en Outaouais. E-mail : Jacques.Dionne@uqo.ca. ResearcherID: Dionne, J., H-6936-2012.

*** Collège d'Enseignement Général et Professionnel, Régional de Lanaudière, Québec, Canada. Magíster en Educación de la Universidad de Quebec, Profesor Département des Techniques d'Éducation Spécialisée, CEGEP Régional de Lanaudière. E-mail : caltamirano@videotron.ca. ResearcherID: Altamirano, C., H-1706-2012

Recibido: noviembre 5 de 2011 | Revisado: mayo 5 de 2012 | Aceptado: junio 10 de 2012


Para citar este artículo.

Dionne, J. & Altamirano, C. (2012). Los desafíos de un verdadero sistema de justicia juvenil: una visión psicoeducativa. Universitas Psychologica, 11(4), 1055-1064.


Resumen

Basándose en la larga experiencia de seis decenios de la provincia de Quebec (Canadá) y en la literatura científica relativa a las intervenciones de mayor eficacia, los autores analizan, desde una perspectiva psicoeducativa, los mayores desafíos que enfrentan los sistemas de justicia juvenil cuando se proponen respetar cabalmente los principios básicos de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.

Palabras clave autores: Justicia juvenil, infancia, derechos de los niños, rehabilitación, formación de interventores.

Palabras clave descriptores: Psicología educativa, Políticas públicas, investigación interdisciplinaria.


Abstract

The authors present the major challenges which, according to them, have to be achieved in order to establish a genuine juvenile justice system for delinquent adolescents in accordance with the principles of the International Children Rights Convention. These challenges are explained through a psychoeducational perspective, based upon the sixty years of experience of the Quebec Province in Canada, and upon the scientific literature on the most efficient interventions.

Key words authors: Juvenile Justice, Children Rights, Rehabilitation, Staff Training.

Key words plus: Educative Psychology, Public Policies, Interdisciplinary Research.

SICI: 2011-2277(201212)11:4<1055:LDVSJJ>2.0.CO;2-8


Introducción

Desde hace algunos decenios, la gran mayoría de los países han firmado compromisos formales respecto a los derechos fundamentales de los niños y adolescentes, legislando y ratificando convenios al respecto como la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (Organización de las Naciones Unidas [ONU], 1989). Si bien este es un paso político importantísimo en lo que respecta a la protección y el respeto de los derechos de los jóvenes, las leyes y los convenios no serán de gran utilidad si el país no instaura prácticas sociales y profesionales coherentes con sus principios.

Los especialistas del área saben que, pese a haber aprobado leyes nacionales y convenios internacionales, en muchos países de América Latina, Europa y Norteamérica se impone hoy la exclusión, la negación de derechos y la represión de las poblaciones infanto-juveniles más vulnerables. Ejemplo de esto son los casos de jóvenes recluidos en cárceles para adultos o esperando ser juzgados en establecimientos insalubres, donde reina la ley del más fuerte.

Mientras se acuda al sistema de justicia penal juvenil para compensar importantes falencias en los sistemas de educación, salud y protección de la infancia, se contravendrá gravemente la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (particularmente los artículos 37-39 y 40).

Varios autores coinciden en que el desafío de respetar los estándares de la Convención necesita de una transformación profunda de los sistemas de justicia juvenil de muchos países (Cillero Bruñol, 2009; Walters, 2009).

Para los Directeurs Provinciaux du Québec (Association des centres jeunesse du Québec, 2009) —responsable del sistema de intervención para jóvenes infractores— más que la ley, lo que importa es la manera de aplicarla. Este juicio se basa en una trayectoria de más de sesenta años de esfuerzos dedicados a mejorar el sistema de justicia para menores de edad en la provincia de Quebec (Canadá). A partir de la acción psicoeducativa quebequense y con apoyo en la experiencia de este sistema, en el presente artículo se explican los desafíos que se deben enfrentar para que el joven infractor sea considerado un sujeto de derecho: a) el desarrollo de competencias específicas de su personal técnico, profesional y de dirección, b) la colaboración entre los diferentes actores del sistema, c) el rigor de las intervenciones y en las evaluaciones y d) la diferenciación y el equilibrio entre prevención, rehabilitación y protección de la sociedad en los sistemas de justicia juvenil. Estos desafíos se analizan a partir del saber psicoeducativo quebequense, fruto de la estrecha colaboración entre los actores de terreno de la intervención con jóvenes infractores y las instituciones del saber.

Una perspectiva psicoeducativa

Una perspectiva psicoeducativa, tal como se entiende en el presente trabajo, está centrada en el joven como persona, en su familia y en su entorno social. Es una manera de ver y de actuar que se preocupa antes que nada del joven y de su desarrollo, poniéndolo en el centro del sistema (Dionne & Zambrano, 2008; Gendreau, 2001). Los educadores guiados por una perspectiva psicoeducativa saben que la mejor manera de resolver las crisis individuales de los jóvenes es facilitando el desarrollo de cada uno de ellos, sean o no infractores. En esta perspectiva, justicia legal y justicia social son absolutamente interdependientes.

Los jóvenes infractores de hoy serán mañana ciudadanos adultos, miembros de la sociedad. En consecuencia, se parte de la convicción de que la mejor manera de proteger a la sociedad será siempre la rehabilitación y la prevención de la reincidencia.

No está demás insistir hoy en la interdependencia entre rehabilitación y protección de la sociedad cuando observamos tendencias que insisten en endurecer las leyes para jóvenes infractores, emulando el sistema de justicia para adultos. Si esto se materializa, sería un importante retroceso. La evidencia científica ha ratificado que un sistema de justicia juvenil realmente justo y eficaz debe ser diferente del sistema adulto, y fundarse en la consideración del nivel de desarrollo de los adolescentes y en el derecho a la igualdad de oportunidades para favorecer su integración exitosa en la comunidad (Trépanier, 2004).

Las prioridades en los desafíos

Los desafíos que se plantean para avanzar hacia un sistema de justicia penal adolescente eficaz y respetuoso de los derechos del joven, se organizan de la siguiente manera: 1) el desarrollo de la competencia de los operadores del sistema, 2) la acción concertada, 3) el rigor en la acción, 4) la diferenciación de los jóvenes infractores y 5) el equilibrio entre seguridad ciudadana y derechos de los jóvenes. Estos desafíos son esenciales y ligados entre sí, pero se insiste en este orden, pues habitualmente el que drena las energías es el quinto, el del equilibrio legal. A continuación se analiza cada uno de ellos.

Primer desafío: la competencia de los
operadores (educadores de trato directo)

Una de las principales preocupaciones de la psicoeducación es la relación cotidiana y de proximidad con el joven infractor. Gilles Gendreau, cofundador de la psicoeducación quebequense y director del emblemático Centro de la Infancia y la Juventud Boscoville, constataba, ya en los años 60, que "la calidad de un establecimiento de readaptación es directamente proporcional a la calidad de su personal adulto que está en contacto directo y cotidiano con los jóvenes" (Gendreau, 1967, p. 22).

Desde aquel entonces, diferentes investigaciones y metaanálisis (Lipsey, 2009, 1995) han identificado en la calidad del personal de contacto directo uno de los factores claves para lograr resultados con diferentes tipos de programas de readaptación. Para Zermatten (2009), una justicia específica para los jóvenes necesita en primer lugar profesionales bien formados y específicamente preparados para trabajar interdisciplinariamente. La calidad del personal a la cual se refiere Gendreau no se resume, como en otros abordajes, en aplicar eficazmente reglamentos y rutinas, ni en crear buenos vínculos con los jóvenes. La noción psicoeducativa de calidad en el trato directo remite a posicionamientos éticos y competencias específicas, necesarias para un acompañamiento riguroso y responsable de los procesos de readaptación de jóvenes cuyas problemáticas son de alta complejidad. El educador competente debe tener una confianza profunda en el potencial de cambio y en las posibilidades de desarrollo de cada joven con quien trabaja; debe buscar continuamente lo que es justo, poniendo siempre el acento en sus fuerzas y las de sus entornos sociales, viviendo con ellos, actuando con ellos, compartiendo los momentos de la vida cotidiana para así prepararlos a su reintegración social.

Estas cualidades se apoyan en un conjunto de competencias adquiribles: los educadores deben tener conocimientos sólidos sobre el desarrollo normal y anormal de los adolescentes, así como un buen conocimiento de las conductas delictivas y de consumo de sustancias. Igualmente, necesitan desarrollar habilidades específicas para intervenir con rigor, consideración y empatía hacia los jóvenes. Los educadores deben tener las competencias necesarias para observar y analizar las interacciones de los jóvenes con las personas de su entorno, identificar sus capacidades y sus dificultades, planificar las acciones e intervenciones que contribuirán a su rehabilitación y reinserción. Así, contrariamente a lo que muchos creen, el amor no basta, el sentido común no basta, el vínculo no basta: la competencia es esencial. Sin educadores competentes de primera línea, sobre todo en contexto institucional, existe un alto riesgo de abuso de poder, especialmente de los adultos hacia los jóvenes e, incluso, entre los mismos jóvenes.

Asimismo, sin la valorización y el desarrollo de las competencias de los educadores de primera línea, existen riesgos reales de agotamiento laboral, lo que desestabiliza el sistema de intervención, con graves consecuencias organizacionales (Curry, McCarragher & Dellmann-Jenkins, 2005). Por supuesto, los principales afectados son los jóvenes.

Formación de los educadores

Para llegar a un nivel de competencia aceptable de los educadores de primera línea es indispensable que reciban una formación específica (técnico-profesional o universitaria), y que accedan a un sistema de formación continua. Talleres de capacitación para un personal heterogéneo no bastan. Es necesario que el rol del educador de primera línea sea reconocido y valorado. Hay aún demasiados sistemas de justicia en el mundo para los cuales este rol se limita al de un mero guardián o monitor, una persona de buena voluntad sin preparación particular. Esto es bastante paradojal si se considera la complejidad de las problemáticas presentadas por los jóvenes infractores. ¿Cómo personas sin competencias particulares pueden ayudar a los jóvenes que presentan problemas múltiples, como desórdenes de la conducta, delincuencia, toxicomanía, problemas de aprendizaje, de salud mental y muchas veces analfabetismo?

La competencia de los profesionales

A la competencia de los educadores se suma el desafío de las competencias de los profesionales que intervienen con los jóvenes y sus familias, incluyendo trabajadores sociales, psicólogos, profesores y otros. Quienes ya poseen una formación académica a nivel universitario entran al sistema con poca experiencia o conocimientos sobre delincuencia y las múltiples problemáticas de los jóvenes infractores, lo que limita su competencia para intervenir de manera rigurosa frente a ellos. Las formaciones universitarias que preparan a los profesionales para trabajar adecuadamente con usuarios reacios al cambio, marginales y de alta complejidad son muy escasas (Guay, 1998). Para remediar esto, los programas de formación de estos profesionales deberían integrar conocimientos específicos sobre la delincuencia y los factores de riesgo y de protección, así como poner en práctica la aplicación de los mejores métodos de evaluación e intervención con los jóvenes infractores.

Igualmente, tanto las instituciones estatales como los servicios comunitarios deberían incluir programas de formación continua para sus profesionales, acompañados de procesos de supervisión clínica y de sesiones de actualización de conocimientos en las áreas de evaluación e intervención. Otra vía de formación continua es la participación activa de los educadores en las reuniones de estudio de los casos clínicos, con todos los actores implicados. Este tipo de diálogo constituye una excelente fuente de desarrollo de la competencia profesional, además de contribuir a una mejor coordinación de servicios.

Los actores del sistema de justicia
y los administradores

Tanto los abogados como los jueces deberían desarrollar competencias no solo a nivel del sistema judicial, sino también mantenerse actualizados sobre los últimos conocimientos en delincuencia, rehabilitación y reeducación de los jóvenes infractores. En la mayoría de los casos estos actores del sistema han desarrollado excelentes competencias en el campo de la justicia adulta. Desgraciadamente, tienen también muchas lagunas en cuanto a la justicia juvenil, con el riesgo de que repliquen el sistema adulto en los fallos de estas causas.

También es esencial la competencia de los administradores de las instituciones de rehabilitación y de los servicios profesionales relacionados. Un personal bien preparado utiliza y desarrolla sus competencias en instituciones cuya administración las conoce, valora y acoge (Kontoghiorghes, 2004). Gran parte de los problemas graves que se generan en los establecimientos están directamente relacionados con la falta de competencia de sus administradores. Los cuadros intermedios o superiores que no tienen conocimientos adecuados sobre delincuencia, rehabilitación o gestión de recursos humanos pueden causar tensiones importantes en el personal y entre los jóvenes.

Segundo desafío: la colaboración

Para que el joven infractor se implique en su propio desarrollo, es necesario que pueda sentir que hay justicia. Para ello se requiere que los diferentes actores y las instancias responsables de la aplicación de sentencias y de la reeducación trabajen concertadamente. La colaboración es necesaria a diferentes niveles: entre educadores, profesionales y familiares del joven; entre organismos del sistema social y organismos del sistema de justicia; entre los educadores y los miembros de la comunidad y entre los investigadores y quienes intervienen en el terreno. Los mejores programas de intervención con jóvenes infractores de ley tienen en común una estrecha colaboración entre educadores y padres del joven.

Gendreau et al. (1995) utilizan la fórmula de la distribución de competencias entre los educadores naturales (familiares directos) y los educadores especializados. En esta fórmula hay un reconocimiento implícito de las competencias educativas de los familiares directos del joven, que es crucial para la indispensable colaboración con ellos (Ausloos, 1995; Webster-Stratton & Herbert, 1994). La colaboración basada en el reconocimiento mutuo es una condición básica tanto en los programas de enfoque multisistémico (Heggeler & Borduin, 1990) como en los de enfoque cognitivo-conductual (Dishion & Kavanagh, 2003) y cognitivo-desarrollista (Dionne, 2010). Dicha colaboración es indispensable para coordinar el apoyo y encuadre cotidiano que se le deben ofrecer al joven. Esto también se aplica a los otros colaboradores (profesionales, agentes legales) con el fin de asegurar coherencia en los mensajes que recibe el joven infractor.

Se ilustrará la importancia de esta colaboración con tres ejemplos de la experiencia de los autores de este documento. Durante un taller de capacitación, un educador expone el trabajo que ha hecho con un joven de la calle. De inmediato, otros participantes reconocen de quién se trata, pues también habían abordado el caso en sus instituciones. Se percataron así de que el adolescente utilizaba los recursos básicos que se le ofrecían en cada lugar, y a pesar de eso su condición de marginalidad empeoraba. Durante el análisis colectivo de la situación, los participantes concluyeron que la falta de colaboración entre sus instituciones contribuía a empeorar los problemas de toxicomanía, delincuencia y abuso sexual del joven y a quitarle toda significación a las tentativas de ayuda en el plano psicosocial. Los encuentros de ayuda psicosocial con los educadores se habían convertido en un ritual sin mayor impacto para el joven, un mero trámite para obtener la ayuda material que le permitía sobrevivir en la marginalidad.

El segundo caso, bastante familiar para quienes trabajan en centros privativos de libertad, se refiere a un joven que había cometido actos de delincuencia graves, pero a quien sus padres y abogado prometen sacarlo lo más rápidamente posible del centro de rehabilitación donde estaba internado. El joven, al internalizar la privación de libertad como un castigo injustificado, enfrenta a los educadores a partir de una negación permanente de sus graves problemas de toxicomanía y delincuencia, lo que impide el necesario proceso de rehabilitación.

En un último ejemplo, un joven infractor de 17 años reincidente es condenado a una pena de probation (libertad vigilada). Cuando se comenzó el trabajo con este joven, ya hacía un año que su madre rechazaba verlo debido al desgaste que le producía ser testigo de sus reincidencias, pese a las promesas que él hacía de cambiar. Pese a esto, el educador que tomó a cargo el seguimiento insistió desde el comienzo en implicar a la madre. Su perseverancia permitió que ella comenzara con una mínima participación en el plan de intervención diseñado para su hijo, pero con el correr de las semanas su nivel de compromiso se fue incrementando. Gradualmente, se vieron progresos significativos: una disminución en el consumo de drogas y el término de sus actos delictuales. Además, el joven se inscribió en una escuela secundaria especial. Un año después de este proceso, la madre da un emocionado testimonio durante una entrevista clínica, y declara sentirse muy orgullosa de los progresos de su hijo, quien no había cometido más delitos, obtuvo su diploma de enseñanza secundaria, encontró un empleo regular y entabló una relación de pareja estable. Según esta madre, el factor más importante en este proceso fue la colaboración con el educador, quien había logrado convencerla de creer nuevamente en las capacidades de su hijo y en sus propias competencias de madre para supervisarlo, contenerlo y apoyarlo.

Estos tres ejemplos ilustran la importancia de la colaboración entre los adultos —padres, jueces, educadores— que intervienen en el proceso de rehabilitación de los jóvenes infractores. Solo una férrea colaboración permite garantizar la coherencia de los mensajes que recibe el joven desadaptado, para que se comprometa en su propio devenir.

Un aspecto que suele ser más complejo es la colaboración entre investigadores y profesionales de terreno. En el contexto norteamericano lo que se observa frecuentemente es que los investigadores utilizan el terreno de intervención como fuente de datos, pero no tienen un buen conocimiento de las prácticas de las instituciones y contribuyen poco al desarrollo y a la evaluación de nuevas formas de intervención. Cuando lo hacen es en el contexto de proyectos pilotos que se aplican fuera de las condiciones normales de un programa regular. Es como si se tratase de recrear condiciones de laboratorio. En cuanto a los educadores, existe en ellos una desconfianza generalizada frente a los investigadores, a quienes consideran desconectados de sus realidades de terreno.

Valorizar el rigor de los procesos investigativos, así como lo complejo e impredecible del trabajo en terreno, es esencial para documentar y generalizar las buenas prácticas, y establecer procesos de mejoramiento constante.

Tercer desafío: el rigor en la acción

El rigor en las intervenciones cotidianas con los jóvenes es fundamental, tanto en internados como en la comunidad. El éxito de los procesos de intervención con jóvenes infractores descansa en la utilización de métodos de intervención rigurosos, cuyos efectos se puedan relacionar con factores protectores y de riesgo.

Los conocimientos sobre el fenómeno de la delincuencia juvenil y las dificultades de adaptación de los adolescentes infractores han progresado de manera significativa en los últimos decenios. Existe literatura científica y clínica sobre los programas de intervención con los que ha sido posible ayudar a jóvenes infractores a salir de la delincuencia y a no reincidir (LeBlanc, 1983; Lipsey, 1999). El desafío consiste en inspirarse en estos conocimientos para adaptarlos al contexto de cada medio social y luego aplicarlos de manera rigurosa (Lipsey, 1995; Lipsey, Wilson & Cothern, 2000).

Para planificar intervenciones apropiadas, eficaces y adaptadas a las necesidades del joven es primordial hacer evaluaciones metódicas de su situación, incluyendo sus capacidades y dificultades personales, abuso de sustancias, problemas de salud mental, recursos en su entorno social y necesidades individuales. Rigor significa aquí procesos metódicos que integren la utilización de tests reconocidos y validados, así como análisis exhaustivos de las observaciones cotidianas realizadas por un personal de terreno competente.

La colaboración ya mencionada entre organismos es esencial para una buena evaluación, pues solo compartiendo las observaciones hechas en diferentes contextos se puede llegar a un diagnóstico certero. Esto exige reglas estrictas en términos de confidencialidad.

El rigor es también esencial cuando se trata de medir resultados, y se considera uno de los tres factores más importantes en la eficacia de un programa de intervención con jóvenes infractores (Lipsey, 2009; Quay, 1987).

Las principales debilidades en las evaluaciones parten de conceptualizaciones poco claras y difícilmente operacionalizables y, luego, en programas mal aplicados. Para tener información fiable sobre los efectos de cualquier programa se deben respetar condiciones indispensables, como la aplicación metódica y un proceso de evaluación continua. Sin esto, aun teniendo resultados positivos, no se aprende de ellos, lo que dificulta el perfeccionamiento de dichos programas. Un efecto colateral de la falta de rigor es la imposibilidad de mostrar resultados sólidos y creíbles ante la opinión pública.

Cuarto desafío: la diferenciación

Los adolescentes delincuentes se diferencian respecto a sus características y necesidades (Andrews, Bonta & Hoge, 1990; LeBlanc, 1983). Los trabajos sobre el tema concuerdan en caracterizar a la delincuencia como un epifenómeno de la adolescencia, tal como lo avanzaban LeBlanc y Fréchette en 1989.

Por una parte, investigaciones basadas en el autorreporte de la delincuencia muestran que cerca de 90 % de los adolescentes dice haber cometido al menos un acto delictual. Por otra parte, investigaciones longitudinales han permitido definir diferentes tipos de adolescentes delincuentes que presentan variados niveles de riesgo en la comisión de delitos (Fréchette & LeBlanc, 1987; Hoge & Andrews, 1994).

La diferenciación entre adolescentes infractores tiene consecuencias importantes en el plano de la conducción cotidiana de la intervención. Es también necesario que la aplicación de las sentencias judiciales se funde en una perspectiva diferencial (Andrews et al., 1990).

"La buena medida en el buen momento para el buen joven" es la máxima que se desprende del informe de una comisión de estudio que consultó a los actores judiciales y sociales de la juventud en Quebec (Jasmin, 1992). Esto significa que se debe ajustar el tipo de medida y el tipo de intervención a las características de joven. Para un joven que presenta una delincuencia leve, con bajo riesgo de reincidencia, se necesita una medida leve, pues de lo contrario se aumenta el riesgo de reincidencia. Quienes han trabajado en contextos de reclusión donde primerizos conviven con delincuentes avezados saben de esto. Por el contrario, para un joven que presenta una delincuencia grave, una medida leve y poco intensiva podría tener como consecuencia la agravación de la conducta (Gendreau, Goggin, Cullen & Andrews, 2000).

La pertinencia de esta perspectiva diferencial ha sido demostrada claramente en programas de probación intensiva dirigidos a adolescentes infractores con riesgos de reincidencia de moderado a elevado (Altchuler & Armstrong, 2002; Cournoyer & Dionne, 2007; Leschied & Cunningham, 2001).

Otro conjunto de investigaciones muestra igualmente que uno de los factores determinantes de la eficacia de las intervenciones con jóvenes infractores es la importancia asignada a los factores de riesgo y de reincidencia (Latimer, Dowden, Morton-Bourgon, Edgar & Bania, 2003; Lipsey, 1995, 2009; Lipsey & Wilson, 1998).

Exceptuando ciertos proyectos experimentales y algunos escasos servicios de justicia pública en Canadá y en Estados Unidos, la perspectiva diferencial es todavía poco aplicada. Su dificultad de aplicación parece residir en la importante cantidad de instancias que se requiere movilizar, pues se hace necesaria una organización de servicios que se haga cargo de los adolescentes según la importancia de sus conductas delictuales, sus riesgos de reincidencia y sus necesidades de acompañamiento en el camino hacia la reinserción social.

El quinto desafío: el equilibrio

El quinto desafío tiene que ver con la búsqueda de equilibrio en el sistema de justicia para jóvenes adolescentes. Como se mencionó al principio de este texto, gran cantidad de países han elaborado leyes que concuerdan con la Declaración de los Derechos del Niño. Algunos de estos textos de ley son ejemplos de coherencia, donde se busca auténticamente un equilibrio entre la protección de los derechos de los jóvenes y la protección de la sociedad.

Una buena ley reconoce que el sistema de justicia para menores debe ser diferente del sistema de justicia adulto, pues los adolescentes están en desarrollo y no pueden ser considerados responsables de sus actos de la misma manera que un adulto (Association des Centres Jeunesse du Québec, 2009). Esto no significa que no deben ser considerados responsables de sus actos, sino que la manera de responder por sus actos debe estar adaptada a sus niveles de desarrollo. Esta visión, que debería estar en la base de toda ley para menores, es todavía demasiado escasamente difundida. Pero, incluso en países donde está establecida, se ve constantemente cuestionada por ideologías que proponen la represión a partir de una visión simplista y dicotómica, que plantea que la protección de la sociedad es incompatible con la protección de los derechos de los jóvenes infractores.

Conclusión

Para hacer realidad una verdadera justicia basada en principios psicoeducativos debemos tener en cuenta varias consideraciones. Primero, que la implantación de este tipo de justicia es un proceso paulatino, y necesariamente lento, lo que requiere perseverancia. Este proceso implica una modificación profunda de las representaciones sociales y de las actitudes generales frente a la juventud infractora. El desafío es enorme, pues las soluciones no son ni inmediatas ni fáciles: frente al sentimiento de urgencia que instalan las fuerzas contrarias, se tiene que demostrar que solo la organización y la aplicación rigurosa de mecanismos legales y sistemas de intervención eficaces en la readaptación y la reinserción de los jóvenes infractores podrán mejorar la protección de la sociedad. Para lograrlo, se debe trabajar en el sentido de los cinco desafíos expuestos, actuando en el corto plazo, pero con una visión de largo plazo. En este camino se requiere del diálogo y de la colaboración con especialistas de diferentes países, como el que se ha realizado de manera ejemplar en este seminario.


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