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Vniversitas

Print version ISSN 0041-9060

Vniversitas  no.118 Bogotá Jan./June 2009

 

Editorial1

Rafael E. Wilches Durán2


La edición número 118 de nuestra revista Vniversitas de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana aparece en momentos en que han sido recientemente publicados los resultados de la convocatoria número 482 de Colciencias para la medición de grupos de investigación en Ciencia, Tecnología e Innovación para el año 2008, cuyas principales conclusiones se pueden resumir en lo siguiente:3

  1. Hay un aumento anual en la producción por grupo de investigación, pues la cantidad de productos científicos y tecnológicos de nuevo conocimiento desarrollados en el país pasó de dos a cinco productos por año.
  2. En cuanto al indicador de calidad, afirma Colciencias que hubo un incremento de 0,5 a 3,8 en el número de productos de nuevo conocimiento de tipo A, es decir, productos que cuentan con importantes índices de visibilidad e impacto nacional e internacional.
  3. Concluye Colciencias que hay un aumento significativo en la divulgación de resultados y la formación de recursos humanos para la Ciencia, Tecnología e Innovación de alto nivel, por haber aumentado los umbrales utilizados en la construcción del índice ScientiCol.
  4. Igualmente, resalta Colciencias que al momento del cierre del proceso de registro de información e inscripción a la Convocatoria, se encontraron 9.104 grupos en la Plataforma ScienTI-Colombia, lo que representa un incremento del 58% en relación con los grupos de la convocatoria del 2006 (5.299 grupos). Para el 2008 se inscribieron voluntariamente, para ser clasificados, 5.218 grupos, de los cuales 3.489 cumplieron con la definición de grupo de investigación, lo cual representa un incremento del 35,4% en relación con los 2.456 del año 2006.
  5. Por último, se destaca la nueva clasificación de los grupos de investigación, tecnológica o de innovación, en el que la mayoría de los grupos de investigación quedaron posicionados en las categorías más bajas. Así, hubo 135 grupos en categoría A1 (3,87%), 206 grupos en categoría A (5,9%), 628 grupos en categoría B (18%), 813 grupos en categoría C (23,3%) y 1.707 grupos en categoría D (48,93%).

Sobre el particular, deseamos presentar una reflexión sobre los grupos de investigación en materia de derecho y, en particular, en materia de derecho privado, área en la que nos desempeñamos.

Así, de los grupos de investigación, reconocidos como tal por Colciencias, que trabajan en temas de derecho privado, ninguno obtuvo la calificación A1 en la mencionada convocatoria. De hecho, en derecho privado sólo un grupo obtuvo la categoría A,4 mientras que los demás grupos de investigación en la materia obtuvieron calificaciones de la B hasta la D. Ello debe llevarnos a varias reflexiones sobre el particular, que pasamos a enunciar a continuación.

En primer lugar, es necesario mencionar que, con base en la categorización de Colciencias, hay una clara preponderancia de otras ciencias sobre las ciencias jurídicas, en lo que a grupos de investigación se refiere. En efecto, sólo uno de los grupos de investigación en derecho obtuvo la categoría A1,5 sin perjuicio que con los recursos de reposición y apelación presentados, algún otro grupo obtenga dicha categorización. Ello, desde ya, debe llevar a la reflexión sobre si los grupos de investigación en materia jurídica están trabajando adecuadamente o no, o si, por el contrario, debería pensarse en otros criterios de medición para las investigaciones en materia de ciencias humanas y sociales y, en particular, en materia jurídica. Creemos que la respuesta a este interrogante se encuentra en una mezcla de las dos posibles soluciones, ya mencionadas. De hecho, muchos grupos, si bien formalmente cuentan con varios miembros, en la práctica dependen de una sola persona para su producción, desvirtuándose la idea de trabajo en equipo que busca promover la figura de los grupos de investigación. Igualmente, debería propenderse por el reconocimiento y aceptación de grupos que trabajen temas claramente delimitados, pues si bien la interdisciplinariedad es parte esencial de la academia actual, también es cierto que hay grupos con líneas y productos tan disímiles, que realmente no dan cuenta de un objeto de estudio concreto y adecuado, lo cual va en desmedro de la especificidad de la cual consideramos deben gozar los grupos de investigación para lograr una mayor calidad y reconocimiento de sus productos e investigadores.

En segundo lugar, y teniendo como referente la medición efectuada por Colciencias, los grupos de investigación en derecho privado presentamos una clara desventaja frente a los grupos que trabajan otras temáticas y, en particular, frente a los grupos que trabajan temas de derecho público. No obstante, los grupos de derecho privado todavía gozamos de cierta ventaja sobre grupos que trabajan otros tópicos, aún novedosos, pero no por ello menos importantes y con perspectivas de grandes desarrollos. Esto debe llevarnos a reflexionar sobre si es posible que en las Universidades y, en general, en el ámbito académico, se esté dando mayor relevancia a asuntos de derecho público. Ese es un interrogante que cada universidad debería formularse dentro de la misma, teniendo en mente que si bien es necesario que las instituciones educativas se destaquen por trabajar muy bien en ciertos temas, el derecho es uno solo y no puede dejar de lado a la persona como centro de la vida jurídica. Para el efecto, acudimos a las palabras del profesor Rafael Domingo, quien expresa, al referirse a la distinción entre lo público y lo privado, lo siguiente: "(...) La cada vez mayor politización de lo público es la responsable de la excesiva separación entre estas dos vertientes de la vida social. (...) Sin Estados, hay derecho. Lo hubo durante siglos. Sin personas, en cambio, el derecho no tiene posibilidad de existencia. Y lo escribo en plural porque, aunque sea la persona fons iuris, con una sola persona no existiría ningún sistema jurídico, porque faltaría la necesaria alteridad. De esta manera, en la construcción del derecho global, el número uno se identificaría con la persona; el dos, con el derecho (privado), que necesita al menos de dos personas; y el tres, con la comunidad –"tres hacen colegio"-, es decir, con el derecho público".6 (Negrillas fuera de texto). En efecto, el trabajo por el bienestar de nuestra comunidad, que es lo que finalmente debería buscar el derecho colombiano, requiere no sólo actuaciones del Estado sino actuaciones de, con y para la persona y la familia, núcleo esencial de una sociedad que aún no ha aprendido a vivir en paz. El derecho debe trabajar por la persona y por la comunidad de manera simultánea; el Estado es un medio para ello, no un fin.

En tercer lugar, llamamos la atención para que los miembros de los grupos de investigación en derecho privado pensemos en la posibilidad de trabajar proyectos en conjunto. Sabemos que ello no es fácil, pues ni siquiera en cada institución educativa es sencillo coordinar a los investigadores de un grupo de investigación. Adicionalmente, está de por medio la competencia entre personas e instituciones por obtener, de forma individual, los mejores reconocimientos, con miras a mejorar su perfil académico y, en consecuencia, su reputación e ingresos, entre otras motivaciones. Sin embargo, ese es un objetivo que debemos tener muy presente, pues el derecho y la sociedad colombianos reclaman que la academia realmente esté al servicio de la ciencia y del ser humano, antes que de intereses particulares. Aunque suene a cliché, es cierto que unidos obtendremos más logros que aislados.

En cuarto y último lugar, queremos destacar un artículo del profesor Pablo Arango, titulado "La farsa de las publicaciones universitarias", el cual aparece en la revista El Malpensante, edición No. 97, y que invitamos a leer, pues expone una muy interesante opinión sobre la realidad de las publicaciones universitarias. Creemos que varios de nosotros estamos de acuerdo con lo allí expuesto, así sea parcialmente, pues somos conscientes que muchos textos producidos en la academia no gozan del rigor, impacto y, especialmente, calidad, que deberían tener. Las explicaciones a este fenómeno son diversas, y van desde ciertas perversidades creadas por el mismo sistema, como lo expone el profesor Arango, pasando por taras culturales como la de hablar más de lo debido sin concreción ni relevancia alguna, llegando hasta al hecho de que aún muchas instituciones educativas no son conscientes del valor de la investigación para la ciencia y la educación en la actualidad, por lo cual los investigadores aún no reciben el reconocimiento y respaldo que deberían, impidiendo así que la carrera como investigador se profesionalice.

En consecuencia, es necesario valorar los resultados de la convocatoria número 482 de Colciencias para la medición de grupos de investigación en Ciencia, Tecnología e Innovación para el año 2008 como un muy buen esfuerzo por querer tener un panorama claro de la investigación en Colombia y por tratar de establecer parámetros objetivos para la evaluación de la producción académica en nuestro país, pero también es necesario tener en cuenta que los modelos de medición de Colciencias deben seguir depurándose, pues aún carecen de muchos elementos necesarios para poder evaluar realmente la calidad, impacto y, principalmente, pertinencia, entendiendo por esta la necesaria relación entre estudios y realidad, de las investigaciones jurídicas que se realizan en nuestro país.

Creemos que si tuviéramos que escoger entre un escenario en que se destinen recursos para investigaciones académicas en materia jurídica, que muchas veces pueden ser superfluas, carentes de rigor científico y alejadas de los problemas que afrontan diariamente los colombianos, y un escenario en que no existan tales recursos, la mayoría de nosotros estaría a favor de la primera opción, pues, por lo menos en materia de investigación científica, es preferible que se produzca algo, así sea de mediana calidad, a que no se produzca nada.

No obstante, llamamos la atención, en cuanto es un imperativo moral y ético de las personas que tenemos vínculos con la academia colombiana, para que trabajemos por la calidad y pertinencia de nuestros productos, pues somos unos privilegiados en la sociedad colombiana y debemos demostrar nuestro agradecimiento por tal situación con los frutos de nuestro trabajo. Concluimos afirmando que un buen jurista que se dedique a la investigación debe tener presente que los parámetros de Colciencias y de los escalafones profesorales son muy importantes para los profesores investigadores en Colombia, pero que debemos ir más allá de los mismos, pues el derecho, la investigación y, en especial, la realidad nacional, son mucho más amplios y profundos que aquéllos.

Los invitamos a disfrutar de la edición 118 de la revista Vniversitas y a compartir con nosotros sus artículos para futuras ediciones.

Bogotá, junio de 2009

Los Co-editores


Pie de página

1El presente editorial sólo refleja la posición del autor y no la de la revista Vniversitas, la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana, ni de dicha Universidad.
2Rafael E. Wilches Durán es Abogado y Magíster en Derecho Económico de la Pontificia Universidad Javeriana. Actualmente se desempeña como profesor investigador del Departamento de Derecho Privado, Líder del Grupo de investigación en Derecho Civil y Comercial y Editor de la revista Vniversitas de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana. Contacto: rwilches@javeriana.edu.co
3Cfr. información presentada por Colciencias en su página web (http://www.colciencias.gov.co) en relación con la convocatoria.
4Existen otros grupos que trabajan temáticas de derecho privado y que obtuvieron también la categoría A, pero su objeto central de estudio no es dicha área del derecho.
5Formalmente aparecen como reconocidos, en el área de derecho, dos (2) grupos en categoría A1. Sin embargo, uno de ellos no trata exclusivamente temáticas de derecho, sino que tiene clara preponderancia por la investigación en otras áreas, como la economía y la medicina.
6Rafael Domingo, El derecho global, 139-140 y 151-152. (1ª edición colombiana, Pontificia Universidad Javeriana y Biblioteca Jurídica Diké, Colombia, 2009).

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