Introducción
En el marco de la atención de pacientes al final de la vida, la eutanasia ha generado un debate de interés global en el que han intervenido casi todos los miembros de la sociedad (pacientes, personal de salud, medios de comunicación, juristas, legisladores, familias, entre otros). Las diferentes posiciones frente a este tema han esgrimido diversos argumentos que consideran la eutanasia como un derecho, un deber de la humanidad y hasta un delito. En Colombia, la eutanasia está tipificada como "homicidio por piedad" según el artículo 106 de la Ley 599 de 2000 (Código Penal), el cual señala que "el que matare a otro por piedad, para poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses" 1. El contenido de este artículo sigue siendo similar al del artículo 326 de la Ley 100 de 1980, el antiguo Código Penal 2.
La demanda contra este artículo entablada por un ciudadano de nombre Eurípides Parra propició un fallo de la Corte Constitucional en 1997 mediante la Sentencia C-239, en la que se resaltó la motivación de compasión y solidaridad y se determinó la despenalización de la eutanasia 3. El demandante alegaba que una persona con problemas de salud, sin importar su gravedad, tenía el derecho a la vida y a tomar la decisión de terminarla; por tanto, negar este derecho, incluso con motivaciones altruistas, resultaba discriminatorio. El debate en los medios de comunicación durante este periodo resaltó la diversidad de opiniones. La Corte, sin embargo, falló en contra de Parra, considerando que la eutanasia era motivada principalmente por la compasión y la solidaridad al prójimo. En cabeza del entonces magistrado Carlos Gaviria Díaz, señaló que "el deber del Estado de proteger la vida debe ser entonces compatible con el respeto a la dignidad humana y al libre desarrollo de la personalidad" 3.
Por ello, la Corte Constitucional consideró que en el caso de los enfermos terminales que experimentan intensos sufrimientos, este deber estatal cede frente al consentimiento informado del paciente que desea morir en forma digna. Por lo anterior, el Estado no puede oponerse a la decisión del individuo que no desea seguir viviendo y solicita que le ayuden a morir. Según el magistrado ponente del fallo, en Colombia se llegó a una conclusión idéntica a la del caso de Holanda como consecuencia de la interpretación de la ley. Así, se estableció como primera condición para la eutanasia que se tratara de un paciente en estado terminal -con una enfermedad incurable que le proporciona dolor y sufrimiento- y como segunda condición, que fuera practicada exclusivamente por un médico 3. El artículo 326 de la Ley 100 de 1980 fue declarado exequible, pero con la "la advertencia de que en el caso de los enfermos terminales en que concurra la voluntad libre del sujeto pasivo del acto, no podrá derivarse responsabilidad para el médico autor, pues la conducta está justificada" 3.
En 2014, la Corte Constitucional reglamentó los casos de eutanasia mediante la Sentencia T-970 4, que exigió definir los trámites administrativos necesarios para dar curso a las solicitudes de eutanasia en hospitales y entidades prestadoras de salud. En 2015, el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 1216 de 2015 5 señaló que el paciente deberá cumplir con los siguientes requisitos adicionales: ser mayor de edad, padecer una enfermedad terminal y presentar solicitud ante un comité especializado que tendrá un plazo máximo de 10 días para confirmar la voluntad del paciente y 15 días para aplicar la eutanasia en la fecha en que el paciente indique. De esta forma, el debate nacional que transcurrió durante 18 años finalizó con la reglamentación de la práctica de la eutanasia.
Este trabajo se propuso determinar las posiciones a favor, neutras y en contra de la eutanasia publicadas en algunos medios de comunicación colombianos durante el periodo 1997-2015 con el fin de analizar su contenido argumentativo y evaluar los criterios de objetividad empleados en dichos medios.
Materiales y métodos
Se realizó un estudio cualitativo de análisis de contenido de los artículos publicados sobre el tema en tres medios de comunicación colombianos (periódicos El Tiempo y El Espectador y Revista Semana) con versiones virtuales e impresas disponibles en la Hemeroteca de la Biblioteca Nacional de Colombia. Se seleccionaron estos medios por ser los de mayor circulación a nivel nacional según criterios de encuestas especializadas 6,7 y porque se ocuparon de la problemática de la eutanasia en Colombia durante el periodo anterior al fallo de la Corte Constitucional en 1997 y hasta el momento de su reglamentación en 2015. La búsqueda se realizó con los términos "eutanasia AND Colombia" y se delimitó al periodo comprendido entre el 1 enero de 1997 y el 31 de diciembre de 2015. Se excluyeron los artículos producidos después de la reglamentación y se incluyeron noticias, columnas de opinión, editoriales y cartas de lectores. En estos dos años, 1997 y 2015, se realizó la mayor cantidad de referencias al tema en los diarios mencionados.
El análisis se llevó a cabo en tres fases. La primera se enfocó en recuperar artículos con el término "eutanasia" en sus títulos y dentro del texto. Se excluyeron aquellos en los que el término no se relacionaba con el final de la vida y la salud. Se construyó una base de datos y una matriz de análisis en el programa Microsoft Excel y se analizaron todos los artículos con apoyo del programa ATLAS.ti, versión 8. En la segunda fase se realizó una primera lectura de cada artículo para categorizar su postura como neutra, a favor o en contra de la eutanasia (Figura 1).
En la codificación de argumentos se adaptó un instrumento empleado por Rietjens et al.8 para el análisis de contenido de noticias publicadas en Holanda. Los argumentos a favor, neutros o en contra fueron codificados en diez categorías: autodeterminación, dignidad-sufrimiento, regulación, práctica profesional, responsabilidad, sociedad, no interferencia, consecuencias indeseables, credo y filosofía. Estas dos últimas fueron adicionadas al instrumento atendiendo a la naturaleza emergente de los argumentos encontrados (Tabla 1).
En la tercera fase, un investigador diferente al de la fase previa realizó una segunda lectura y clasificación de los artículos según las categorías descritas. Luego, se verificó la presencia de la expresión "cuidados paliativos" en relación con la eutanasia y, mediante un consenso, se estableció en todos los artículos el argumento más sobresaliente o prevalente. Los artículos que presentaban divergencias de opinión -que fueron escasos- se sometieron a una lectura adicional por parte de todo el equipo investigador.
Resultados
La búsqueda en la versión virtual de los tres medios identificó un total de 257 artículos que contenían el término "eutanasia", que se redujeron utilizando el operador booleano "AND" y el término "Colombia". La búsqueda de artículos en versión impresa arrojó 19 documentos en el periódico El Tiempo no disponibles en formato electrónico, con lo que se alcanzó un total de 276 artículos (Figura 1). En 190 artículos (68.8%), el término eutanasia se usó en el contexto de la salud y el final de la vida, por lo que fueron seleccionados para revisión posterior. En los 86 restantes (31.1%), el término se empleó en otro contexto, por lo que fueron excluidos.
La distribución en los medios consultados fue de 63.6% en el periódico El Tiempo, 24.2% en El Espectador y 12.1% en la Revista Semana. Se identificaron 73 artículos (38.4%) a favor de la eutanasia y 31 (16.3%) en contra. Se evidenció una posición neutra en 86 artículos (45.2%), que incluyó artículos con argumentos en contra y/o a favor de naturaleza descriptiva o narrativa. Los años de mayor actividad de opinión fueron 1997, año de la sentencia de despenalización, y 2015, año de su reglamentación, por lo que los resultados se centraron en estos dos años. Durante 1997 fueron publicados 70 artículos, 69 (98.6%) por el diario El Tiempo y 1 (1.4%) por la Revista Semana. De este periodo se identificaron 15 (21.4%) a favor, 17 (24.3%) en contra y 28 (54.3%) neutros. Durante 2015 se publicaron 120 artículos, 52 (43.3%) en El Tiempo, 46 (38.3%) en El Espectador y 22 (18.3%) en la Revista Semana. En este año se encontraron 58 (48.3%) a favor, 11 (9.1%) en contra y 51 (42.5%) neutros (Tabla 2).
De los 73 artículos a favor de la eutanasia, la distribución de la carga argumentativa en las diferentes categorías fue 23 (31.5%) en dignidad-sufrimiento, 17 (23.2%) en regulación y 16 (21.9%) en autodeterminación (Tabla 3). De los 31 artículos en contra, la distribución de la carga argumentativa en las diferentes categorías fue 9 (29%) en regulación, 6 (19.3%) en práctica profesional, 4 (12.9%) en dignidad-sufrimiento y 4 (12.9%) en credo (Tabla 4).
De los 190 artículos incluidos, 150 (78.9%) no mencionan el o lo incluyen de manera indirecta (Tabla 5). Los argumentos a favor término "cuidados paliativos" en referencia a la eutanasia, 11 (5.7%) y en contra que fueron codificados y categorizados con contenidos brindan explicación sobre este concepto y 29 (15.2%) lo mencionan argumentativos se relacionan y ejemplifican en la Tabla 6.
Discusión
La eutanasia y su reglamentación continúan siendo un tema controversial a nivel mundial y nacional. Aún existen posiciones en contra provenientes de países como Francia 39, Alemania 40 e Inglaterra 41 y posturas a favor de países como China, Bélgica, Holanda 42,43 y algunos estados de Estados Unidos en los que la eutanasia se ha legalizado y el debate permanece activo 44.
Son escasos los estudios que han evaluado la práctica de la eutanasia en Colombia a partir de la reciente reglamentación 45,46. El presente estudio es el primero en examinar la problemática con base en los argumentos expuestos en los principales medios de comunicación colombianos. Los resultados demuestran que la prevalencia argumentativa a favor de la eutanasia recae sobre la categoría "dignidad-sufrimiento". Los autores se apoyan más en la noción de dignidad entremezclada con la de libertad que defiende la autonomía de la vida y la muerte y el derecho a rechazar procedimientos heroicos innecesarios.
El análisis identificó un amplio rango de conceptos que comprueban la naturaleza ética, médica, legal, religiosa y política del debate. Aunque a nivel internacional existen numerosos grupos que favorecen la realización de esta práctica, en Colombia, los protagonistas del debate han basado su argumentación en la regulación de la Constitución Política de 1991, marcada ideológicamente por el pluralismo, el libre desarrollo de la personalidad y los valores de una sociedad laica. Una de las ideas reiterativas consiste en señalar que la eutanasia no solo es un derecho del paciente, sino también un acto de compasión que debe hacer parte de la práctica médica.
Aunque el término eutanasia ha tenido diferentes acepciones a lo largo de la historia, la definición contemporánea la define como la administración de diferentes sustancias que apuntan a poner fin a la vida del paciente sufriente en el contexto de una enfermedad grave y terminal 47-50. Los autores colombianos evidencian una tácita aceptación de la imposibilidad de tratar dolores y sufrimientos extremos 47. Esto supone que sus argumentos se apoyan en el juicio según el cual existen dolores inevitables médicamente. Este argumento es controversial para muchos autores y profesionales en ejercicio que afirman que es posible controlar los síntomas de los pacientes en más del 90% de los casos, lo que perjudica la objetividad de la controversia sostenida en el periodo examinado.
Por otro lado, se puede evidenciar que una tercera parte de los artículos utiliza el término eutanasia en contextos diferentes al del final de la vida y la salud, lo cual manifiesta la ausencia del consenso y la importancia de su definición. En la mayoría de los artículos, el término describe el acto deliberado que pone fin al dolor incontrolado con la muerte del paciente 51-56. En otros, los autores argumentan posiciones problemáticas de contenido ético y moral, en las que se confunden el sufrimiento extremo y el encarnizamiento terapéutico 57-60 (Tabla 6). En el año 2015, se registra una mayor proporción de material en cuyo contenido argumentativo prevalecen los conceptos de dignidad y sufrimiento, seguidos de regulación y autodeterminación. Esto coincide con otros estudios en países como Holanda en los que esta prevalencia ha estado determinada por factores semejantes 8.
La presencia de cerca de la mitad de artículos con postura neutra pone de manifiesto que la sociedad ha tenido la oportunidad de conocer posiciones contrarias y participar en el debate. Dos terceras partes de los artículos a favor demuestran que la opinión de periodistas, ciudadanos y autoridades en salud se inclina a favorecer la práctica en Colombia. No obstante, se observa una escasa participación del personal de atención en salud, que, según la reglamentación, se encuentra directamente implicado 22. De esto se puede colegir que prefieren no comprometerse en la controversia aunque la normatividad haya establecido como condición su participación. En este punto se evidencian diferencias notables con otros países como Holanda, en donde la participación de los médicos es notable 8.
La prevalencia argumentativa en las categorías de regulación y dignidad-sufrimiento se explica por el hecho de que la mayoría de autores han sido legisladores, magistrados, miembros de la iglesia católica u otras iglesias y periodistas. El medio más comprometido con el debate argumentativo fue el periódico El Tiempo, que es el de mayor circulación nacional. Se puede deducir, entonces, que la gran mayoría de la población colombiana pudo informarse y estar al tanto del debate.
El contenido argumentativo de ambas posiciones evidencia, en muchos casos, debilidades, imprecisiones y superficialidad en la información, lo cual genera una brecha informativa y analítica que desnaturaliza la calidad de la polémica, como se evidencia en algunos ejemplos presentados (Tabla 6). No existe claridad en los conceptos de encarnizamiento terapéutico y control de síntomas. Este hecho puede ser un obstáculo para la neutralidad en el debate.
Asimismo, se evidencia un vacío conceptual representado por la ausencia de referencias a los cuidados paliativos como condición indispensable en la atención para el paciente que sufre. Esta ausencia perjudica al paciente, a la relación terapéutica, a las instituciones implicadas y a la sociedad, que debe responsabilizarse del cuidado integral de los pacientes terminales. Tal ausencia cuestiona la objetividad de la controversia debido a que la mayoría de autores con una postura a favor de la eutanasia suponen la imposibilidad del tratamiento de síntomas como el dolor.
Conclusiones
Durante el periodo examinado predomina la posición a favor de la eutanasia y sus principales defensores fueron magistrados, juristas y autoridades de salud. No se identificó ningún pronunciamiento de profesionales pertenecientes a organizaciones médicas o académicas. La mayoría de opiniones proceden de profesionales ajenos al área de la medicina, de lo que se deduce un posible desinterés de estos en participar en el debate. Su presencia podría haber aclarado nociones clave como el encarnizamiento terapéutico, los cuidados paliativos y el control de síntomas como fundamento de la práctica médica en el final de la vida.
Cerca de la mitad de los artículos presentan una posición neutra expresada, en su mayoría, como noticia netamente informativa. La prevalencia argumentativa recayó en las categorías dignidad-sufrimiento y regulación de la práctica. Entre los argumentos en contra predominó la categoría de regulación, seguida de práctica profesional. Se desataca el papel importante que cumplen los medios de comunicación para dar información objetiva y diversa sobre las posiciones a favor, neutras y en contra. Si bien la mayoría de los artículos excluye la definición de cuidados paliativos, se evidencia un predominio de la posición favorable a la eutanasia por razones de compasión y como un deber profesional no expuesto explícitamente a la controversia.