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vol.55 issue132(KNOWLEDGE AND MORAL CONSCIOUSNESS. Fichte or the Double Truth of Skepticism)Hoyos, Luis Eduardo; Patarroyo, Carlos y Serrano, Gonzalo (eds.). Kant: entre sensibilidad y razón. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia, 243p. (2006). author indexsubject indexarticles search
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Ideas y Valores

Print version ISSN 0120-0062

Ideas y Valores vol.55 no.132 Bogotá Sep./Dec. 2006

 

DOS CARTAS (Y EL ESQUEMA DE OTRA) DE NICOLAUS DE AUTRÉCOURT A BERNARDO DE AREZZO

INTRODUCCIÓN, TRADUCCIÓN Y NOTAS DE
NICOLÁS VAUGHAN
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
nvaughanc@unal.edu.co

 


Nicolaus de Autrécourt (también de Ultricuria o Altricuria) (c. 1300-1369) es más conocido hoy con el sobrenombre de 'el Hume medieval', en virtud de la postura escéptica por la que abogó. Como puede colegirse de las cartas aquí traducidas, su escepticismo se asimila mucho más al humeano que al pirrónico. Por esa razón ha despertado bastante interés en los últimos tiempos1.

Al respecto de los detalles de su vida sobra la controversia y falta la claridad. Nació en Autrécourt, en la diócesis de Verdun, la moderna Lorena al noreste de Francia. Estudió en la facultad de artes en París desde 1313 a 1317, donde obtuvo su título de maestro de artes alrededor de 1320. Entre 1320 y 1326 estudió derecho civil, al parecer en la universidad de Orléans, logrando el título de bachiller en dicha disciplina. Posteriormente, entre 1326 y 1338, estudió y obtuvo los títulos de bachiller y maestro en teología, también en París. En 1331 se le aceptó como miembro del Collège de Sorbonne, del cual fue nombrado prior en 1333, cargo que ejerció hasta 1336. Se sabe que dictó cursos sobre la Biblia y las Sentencias de Pedro Lombardo entre 1335 y 1336. También consta que enseñó acerca de la Política de Aristóteles. En noviembre de 1340, el papa Benedicto XII lo hizo llamar de París a la curia papal en Aviñón para que respondiera a la acusación de falsa enseñanza.

El juicio por falsa enseñanza, iniciado en 1340, se vio aplazado hasta 1342 a causa de la muerte del papa Benedicto XII y la subsiguiente elección de Clemente VI. El juicio, conducido por el cardenal Guillaume Court, llegó a su término en 1346. Los registros del juicio de Aviñón —hoy en los archivos secretos del Vaticano (Instrum. miscell. 1723 A (anno 1346))2— comprenden tanto las acusaciones como las tesis heréticas (articuli condemnati); estas últimas, extraídas de las obras, correspondencia y lecciones orales de Nicolaus, suman 66 en su totalidad y fueron compiladas en cuatro listas. La retractación pública se llevó a cabo primero en Aviñón, a mediados de 1346, y un año más tarde en la Universidad de París, seguida de la quema de las obras condenadas. Nicolaus fue obligado a deponer su título de licenciado en teología, al tiempo que se le prohibió la docencia. Se exiló en Metz, donde tres años después fue nombrado canónigo y luego diácono del capítulo de la catedral. Murió el 16 o 17 de junio de 1369.

Nicolaus escribió nueve cartas al franciscano Bernardo de Arezzo, de las cuales sólo dos nos han llegado enteramente. A decir verdad, de la segunda de ellas sólo tenemos una versión editada por el mismo Nicolaus con la intención de enviarla a un tal maestro Giles (latinizado como 'Egidius')3. Además de esas dos cartas, Weinberg ha podido reconstruir el esqueleto de la quinta a partir de los registros del juicio de Aviñón (cf. Weinberga). También se conserva la carta que Giles redactó en respuesta a aquélla que le enviara Nicolaus (la segunda a Bernardo), así como una parte considerable de la réplica de éste. Otros dos escritos suyos se han editado y publicado: el Exigit ordo executionis, también llamado Tractatus utilis ad videndum an sermones Peripateticorum fuerint demonstrativi [Tratado útil para ver si los sermones de los peripatéticos hayan sido demostrativos]; y un opúsculo con el nombre de Quæstio de qua respondit magister Nicolaus de Ultricuria: 'Utrum visio creature rationalis beatificabilis per Verbum possit intendi naturaliter' [Cuestión acerca de la cual responde el maestro Nicolaus de Autrecourt: 'Si la visión de la criatura racional beatificable por el Verbo pueda ser intensificada naturalmente'].4

Para nuestra traducción de las primeras dos cartas de Nicolaus a Bernardo de Arezzo nos hemos servido de la óptima edición crítica latina e inglesa de L.M. de Rijk, quien se basó en los dos manuscritos parisienses BN lat. 16408 y 16409. Para la quinta carta hemos usado como fuente el artículo de Weinberga, de donde hemos traducido del latín su reconstrucción elaborada a partir de los artículos condenados.

La numeración correspondiente a las primeras dos cartas es de de Rijk, hoy considerada canónica; la de la quinta, de Weinberg. Los corchetes […] son interpolaciones nuestras; los paréntesis angulados <…> son interpolaciones de de Rijk al texto latino.

* * *

Primera carta a Bernardo de Arezzo

1 Amadísimo padre y hermano Bernardo, con toda la reverencia que se te ha de exhibir, obligado por los exigentes méritos de los Hermanos, deseo explicarte en la presente carta unas dudas, o más bien —al juicio de algunos— unas abiertas inconveniencias que parecen seguirse de tus afirmaciones, con miras a que la verdad se nos muestre más claramente a mí y a otros por gracia de su disolución. En efecto he leído, en cierto escrito que divulgaste en la escuela de los Hermanos Menores5 y cuya verdad concediste a todo aquel deseoso de obtenerla, las proposiciones que siguen a continuación. 2 La primera, afirmada por ti en [tu comentario a] el libro primero de las Sentencias, dist. 3, q. 4,6 es ésta:

    Una cognición intuitiva [notitia intuitiva7] clara es aquella por la cual juzgamos que una cosa es, bien sea o no sea.

Tu segunda proposición afirmada en el mismo lugar es:

    'El objeto no es; por lo tanto no es visto' no es una inferencia [consecuentia8] válida; ni tampoco esta: 'esto es visto; por lo tanto no es'.

O más bien [se diría equivalentemente que] hay sendas falacias en esas dos inferencias, al igual que en éstas: 'César está en el pensamiento; por lo tanto César es'; 'César no es; por lo tanto César no está en el pensamiento'. La tercera proposición, afirmada allí mismo, es ésta:

    Una cognición intuitiva no requiere necesariamente de una cosa existente.

3 A partir de las anteriores infiero yo una cuarta:

    Toda impresión [apparientia9] nuestra que tenemos de la existencia de objetos externos puede ser falsa

Debido a que, según tú, una impresión puede darse haya o no un objeto. Y aun una quinta proposición sería:

    A la luz natural10 no podemos estar ciertos de cuándo sea verdadera o no una impresión nuestra acerca de la existencia de objetos externos

Puesto que representa de la misma manera que la cosa es —según has dicho—, bien sea o no sea.

4 Y así, como quienquiera que afirme un antecedente deberá afirmar su consecuente —dado que por una inferencia formal éste se concluye de aquél—, se sigue que tú no tienes certeza acerca de la evidencia de la existencia de objetos externos y que también debes conceder todo lo que de ello se siga. Que no tienes certeza evidencial [certitudinem evidentie11] acerca de la existencia de los objetos del sentido es patente porque: nadie tiene certeza acerca de algún consecuente en virtud de alguna inferencia en la cual una falacia se comete manifiestamente. Así es ello pues, según tú, esto es una falacia: 'la blancura es vista; por lo tanto la blancura existe [est12]'.

5 Pero acaso digas, como me parece a mí, que lo que deseabas sugerir en cierta disputación donde los Predicadores13 es que, aunque del acto de ver no puede inferirse la existencia del objeto visto cuando la visión es producida por una causa sobrenatural o conservada por ella, sin embargo, cuando es producida precisamente por causas naturales, siendo concurrente < únicamente> la influencia general del Primer Agente, entonces [tal existencia] sí puede ser inferida.

6 Por el contrario [respondo así]: si en una inferencia formal y evidente algún consecuente no puede deducirse de algún antecedente [cuyo objeto fue] producido por algún agente14, entonces ese antecedente no podrá deducirse de tal consecuente sin importar quién hubiese producido [su objeto]. Esta proposición es patente por el ejemplo y la razón. En el ejemplo: si la blancura fuera producida por algún agente A, pero la proposición 'la blancura existe; por lo tanto el color existe' no pudiera ser formalmente inferida, entonces tal proposición no podría inferirse, sin importar qué agente hubiere producido la blancura. También es patente por la razón, puesto que el antecedente en sí (así como la cosa significada por él) no varía con respecto a quienquiera que lo hubiere producido.

7 Además: a partir de aquel antecedente no puede inferirse evidentemente [la proposición] 'por lo tanto la blancura existe' mediante una cognición intuitiva; conviene entonces añadir al antecedente algo que tú sugeriste arriba, a saber: que la blancura no es causada ni conservada sobrenaturalmente. Pero de esto manifiestamente se obtiene mi propósito. Pues, cuando alguien está cierto de un consecuente sólo en virtud de algún antecedente acerca del cual no está cierto evidentemente15 de que sea así como éste refiere [significat] —porque aquel [antecedente] no es conocido a partir [del significado] de sus términos, ni a partir de la experiencia, ni tampoco deducido de tales cosas, sino tan sólo creído—, entonces no está evidentemente cierto acerca del consecuente. Así ocurre, incluso si se considera aquel antecedente junto con su modificación, tal como es claro para cualquiera. En consecuencia, etc.16.

8 Además: según esta respuesta, quien infiere a partir de aquel antecedente sin aquella modificación añadida, infiere mal. Pero los filósofos, como Aristóteles y otros, no añadían esto al antecedente, puesto que no creían que Dios pueda impedir los efectos de las causas naturales. Se sigue entonces que no estaban ciertos de la existencia de las cosas sensibles.

9 Además: pregunto a ti si conoces todas las causas naturales que son y que sean posibles y en qué grado puedan serlo; y cómo conoces evidentemente, por la evidencia reducida a la certeza del primer principio17, que hay algo cuyo devenir no implica contradicción y que sin embargo sólo puede devenir de Dios. Acerca de esto gustosamente querría obtener [certificari] certeza de la descrita.

10 Además: tú dices que una cognición intuitiva imperfecta puede naturalmente ser de una cosa inexistente [non existentis]. Ahora pregunto, acerca de tu <cognición> intuitiva, cómo estás cierto —con la evidencia descrita— de cuándo sea perfecta hasta tal grado que no puede naturalmente ser de una cosa inexistente. Y buenamente deseo ser instruido acerca de eso.

11 Así, por tanto, es claro (tal me parece) que de tus afirmaciones se sigue que debes decir que no estás cierto de la existencia de los objetos de los cinco sentidos. Pero lo que más gravemente puede ser sostenido es que deberás decir que tú no estás cierto de tus propios actos, como por ejemplo que ves, que oyes; e incluso no estás cierto de que algo se te aparezca o se te haya aparecido. Pues has dicho (en el pasaje citado arriba del comentario al primero de las Sentencias, dist. 3) que nuestro entendimiento no tiene cognición intuitiva acerca de nuestros actos. Y lo pruebas por esta vía: "Toda cognición intuitiva es clara. Pero la cognición que nuestro entendimiento tiene acerca de nuestros actos no es clara. Por lo tanto, etc." Con respecto a lo cual yo argumento así: aquel entendimiento que no está cierto acerca de la existencia de las cosas de las cuales tiene una cognición más clara, no estará cierto de aquellas cuya cognición sea menos clara. Pero (como se ha dicho) tú no te hallas cierto de la existencia de los objetos de los cinco sentidos de los cuales tienes una cognición más clara que la de tus actos. Por lo tanto, etc.

12 Y si tú dices que alguna vez alguna cognición abstracta [abstractiva] (e.g., "El todo es mayor que su parte") es tan clara como una cognición intuitiva, esto no es un progreso, porque expresamente has dicho que aquella cognición que tenemos de nuestros actos no es tan clara como la intuitiva; y que sin embargo la intuitiva, por lo menos la imperfecta, no arroja naturalmente certeza evidente (lo cual es patente, según tú). Y así se sigue evidentemente que tú no estás cierto acerca de la evidencia de tu percibir [apparere]. Y que, consecuentemente, no estás cierto de si algo se te aparezca [appareat] a ti.

13 Y también se sigue que no estás cierto de si alguna proposición es verdadera o falsa, puesto que no estás cierto evidentemente de si haya o hubiere habido proposición alguna. Para colmo, se sigue <que>, si tú fueras interrogado si acaso crees en los artículos de la fe, deberías responder 'dudo', porque —de acuerdo con tus afirmaciones— no puedes estar cierto de tu acto de creer. Y yo lo confirmo porque, si estuvieras cierto de tu acto de creer, eso sería o bien en virtud del acto mismo —y entonces el acto [di]recto y el reflexivo serían idénticos, lo cual tú no deseas conceder—; o bien lo sería en virtud de otro acto, y así —según tus afirmaciones—, no estarías cierto sin más [simpliciter18], porque entonces no habría mayor contradicción en que hubiese la visión de la blancura pero no la blancura.

14 Así, en efecto, para recoger lo dicho, es patente que deberías decir que no estás cierto de aquellas cosas que están fuera de ti. Y así ignorarías si estás en el cielo o en la tierra, en el fuego o en el agua. Y, en consecuencia, ignorarías si el cielo de hoy fue el mismo que el de ayer, si el Canciller o el Papa existen y, en el evento de que existan, si son unos y otros hombres en algún momento determinado del tiempo. De manera similar, ignoras qué cosas hay en ti, como por ejemplo si tienes cabeza, barba, cabello y demás. De esto se sigue muy forzosamente que no estás cierto de las cosas sucedidas en el pasado, como por ejemplo si leíste, viste u oíste. Adicionalmente, tus afirmaciones parecen <conducir> a la destrucción de lo civil y político debido a que, si los testigos dan cuenta de lo visto, no sería válida la inferencia 'Lo vimos; por lo tanto así fue'. A partir de esto pregunto, además, cómo los Apóstoles estuvieron ciertos acerca de que Cristo padeció en cruz, que resucitó de entre los muertos, al igual que de otras cosas.

15 Acerca de todo esto deseo que tu intelecto arroje claridad. Y, en efecto, admiro mucho cómo dices estar cierto evidentemente de cosas tales como la existencia del Primer Motor y otras similares, las cuales son más ocultas que aquéllas cuya certeza ya se ha dicho que no puedes tener. Es admirable, según tus afirmaciones, cómo crees mostrar que la cognición [cognitio] y lo conocido [cognitum] se distinguen, por cuanto que (también según lo dicho por tí) no estás cierto de que haya cognición alguna ni tampoco proposiciones; y, en consecuencia, tampoco que algunas proposiciones sean contradictorias, dado que (como mostré) no tienes <certeza> de la existencia de tus actos, según se sigue de lo dicho por ti. Además, tampoco tienes certeza acerca de tu intelecto, así que tú ignoras si éste existe. Y —tal me parece— se siguen cosas mucho más absurdas de tu posición que de la de los Académicos. En consecuencia, con miras a evitar tales absurdos, yo he sostenido en disputaciones del Aula de la Sorbona que estoy cierto evidentemente de los objetos de los cinco sentidos y de mis propios actos.

16 En contra de tus afirmaciones he concebido éstas y muchas otras objeciones, tantas que casi no tienen fin. Os suplico, Padre, que me enseñes a mí, quien, aunque ignorante, me hallo deseoso de indagar el conocimiento de la verdad. Tened salud en Él que es la Luz y en Quien no hay tinieblas.

Segunda carta a Bernardo de Arezzo

1 Reverendo padre y hermano Bernardo, la profundidad de tu sutileza, la cual ha de ser admirada por mi mente, sería recompensada en mérito si yo supiera que tú tienes cognición evidente acerca de las substancias abstractas19; y no sólo si lo supiera, sino si también estuviera convencido de tal verdad sin necesidad de mucha fe. Por esto a ti, Padre, que afirmas tener una cognición evidente de los más altos objetos de conocimiento, deseo abrir mi corazón dubitante y ansioso, en la medida en que tengas la oportunidad de llevarme a mí y a otros al comercio de tan mágicas cosas.

2 Y lo primero que viene en el orden del decir es este principio: 'Los contrarios [contradictoria] no pueden ser verdaderos simultáneamente'. Al respecto de éste suceden dos cosas. Lo primero es que él es el primer principio, negativamente hablando: 'con respecto al cual nada es anterior [prius]'. Lo segundo es que este principio es afirmativo o positivo: 'lo que es anterior a cualquier otra cosa'.

3 Estas dos proposiciones se prueban por un único argumento [medio20] así: toda certeza abrigada por nosotros se resuelve en aquel principio21; pero él mismo no se resuelve en ningún otro de la misma manera que una conclusión lo hace en su[s] premisa[s] [principium22]. De ahí se sigue que aquel principio es primero por una doble primacía. Esta inferencia se conoce a partir del sentido [ex quid nominis] del término 'primero', de acuerdo con las dos exposiciones ofrecidas. El antecedente se prueba con respecto a sus dos partes. Primero, en cuanto a la primera parte (a saber, que cualquier certeza nuestra que carece [citra] de esta certeza se resuelve en este principio): <considerando cualquier cosa demostrada>, la cual carece [de la evidencia] de este principio del cual dices estar cierto, propongo esta inferencia: 'Es posible, sin que se siga contradicción alguna, que te parezca a ti que así es y que sin embargo así no sea. Por lo tanto no estarás cierto evidentemente de que así sea'. Para mí es claro que, si admitiera que el antecedente es verdadero, tendría que conceder que el consecuente también lo es. En consecuencia yo no estaría sin más evidentemente [simpliciter evidenter] cierto <de aquello> de lo cual decía estar cierto. De lo dicho es claro que toda nuestra certeza se resuelve en nuestro principio mencionado. Y es patente a partir de esto, como se dijo, que aquél no se resuelve en otro como la conclusión en sus premisas [principium]. Se sigue, pues, lo siguiente: 'este principio es anterior a todo aquello que no es él mismo; por lo tanto nada es anterior a él'. De esta manera es primero en la susodicha doble primacía.

4 Lo tercero que ocurre es que, como suele comúnmente decirse, una contradicción es la afirmación y la negación de uno y lo mismo etc.23.

5 De astas afirmaciones infiero un corolario:

La certeza evidencial obtenida a la luz natural es certeza sin más Porque ella es certeza obtenida en virtud del primer principio, al cual ninguna ley verdadera contradice ni puede contradecir. Por tanto, lo que ha sido demostrado a la luz natural es demostrado sin más. Además, en virtud de ningún poder podría suceder que el opuesto del consecuente se diera [staret] simultáneamente con su antecedente, así como tampoco podría ningún poder hacer que los contrarios fueran simultáneamente verdaderos.

6 El segundo corolario que infiero acerca de esto es:

La certeza evidencial no tiene grados.

Así, si hubiera dos conclusiones de las cuales tuviéramos senda certeza evidencial, no estaríamos más ciertos de una que de otra. Pues —como fue dicho— toda certeza se reduce al mismo primer principio. En efecto, aquellas conclusiones son reducidas al mismo primer principio, o bien con igual inmediatez —y así no tendríamos de dónde afirmar que estamos más ciertos de una que de otra—, o bien la una de manera mediata y la otra de manera inmediata —en cuyo caso esto tampoco importaría, por cuanto que, hecha la reducción al primer principio, estaríamos igualmente ciertos de una como de la otra. Como el geómetra dice estar igualmente cierto de la segunda conclusión como de la primera, y así de la tercera y de las demás; con todo, a causa de la pluralidad de las deducciones, él no podría estar tan cierto —en una primera consideración— de la cuarta o de la tercera, en el mismo grado en que lo está de la primera deducción24.

7 El tercer corolario que infiero, junto a los otros, es éste:

Con excepción de la certeza de la fe, no existe otro tipo de certeza además de la del primer principio o de la que se puede resolver en él.

Ello debido a que nada puede ser una certeza si está fundado en [subest] una falsedad, porque: supóngase que hubiera alguna certeza que pudiere ser fundada en la falsedad. Entonces, puesto que —según tú— la misma certeza permanece, se sigue de esto que alguien estaría cierto de eso cuyo opuesto contradictorio [oppositum contradictorie] es verdadero.

8 El cuarto corolario es:

Cualquier [aliqua25] forma silogística se reduce inmediatamente al primer principio

Puesto que la conclusión que ha sido demostrada en virtud de dicha forma, o bien es inmediatamente reducida —y así se cumple lo que digo—, o bien mediatamente; en este último caso, o bien habría un regreso al infinito, o bien sería necesario [opportet] llegar a alguna conclusión que fuera inmediatamente reducida al primer principio.

9 El quinto corolario es:

En toda inferencia inmediatamente reducida al primer principio, el consecuente y la totalidad del antecedente (o una parte suya) son realmente [realiter26] idénticos Puesto que, si no lo fueran, entonces no sería inmediatamente evidente por qué razón el antecedente y el opuesto del consecuente no puedan ser simultáneamente verdaderos sin contradicción.

10 El sexto corolario es:

En toda inferencia evidente, reducible al primer principio por cuantos pasos se quisiera [quotvis media], el consecuente es realmente idéntico al antecedente (o a una parte de lo significado por él).

Esto se muestra así: supóngase que alguna conclusión se reduce a la certeza del primer principio en tres pasos [media]; <entonces en la primera inferencia, la cual será evidente con la evidencia reducida a la certeza del primer principio,> el consecuente sería realmente idéntico al antecedente o a una parte de lo significado por él (por el quinto corolario); y similarmente en la segunda (a causa del mismo); y así también en la tercera (por la misma razón). Así las cosas, puesto que en la primera inferencia el consecuente es realmente idéntico con el antecedente o con una parte de lo significado por él, y en la segunda y tercera similarmente, se sigue entonces que, desde el primero hasta el último en este ordenamiento de inferencias, el último consecuente será realmente idéntico con el primer antecedente o con una parte de lo significado por él.

11 Junto con estas conclusiones he afirmado, entre otras, la siguiente:

A partir de aquello por lo que una cosa se conoce que existe [esse] no puede evidentemente inferirse, con la evidencia reducida al primer principio o a la certeza del mismo, que otra cosa exista.

Entre otros argumentos [a favor de lo anterior] (que fueron muchos) aduje éste: 'En una tal inferencia en la cual una cosa se infiriera de otra, el consecuente no sería realmente idéntico al antecedente o a una parte de lo significado por él. De ahí se sigue que tal inferencia no sería evidentemente conocida con la susodicha evidencia del primer principio. (El antecedente [de lo anterior] es concedido y afirmado por el adversario27). Esta inferencia se muestra a partir de la definición [descriptione] de la contradicción, a saber: "la afirmación y negación de uno y lo mismo etc." Por tanto, puesto que el consecuente no es ahora realmente idéntico al antecedente (o a una parte del mismo), es manifiesto que, suponiendo que el opuesto del consecuente y el antecedente hubieren de ser simultáneamente verdaderos, en tal caso aún no se daría una afirmación y negación de uno y lo mismo etc.'28.

12 Empero, Bernardo responde29 diciendo que, concediendo que ahí no haya una contradicción formal —por las razones susodichas—, hay no obstante una contradicción virtual. Él llama 'contradicción virtual' a aquélla de la cual se puede inferir evidentemente una formal.

13 Pero contra esto puede argumentarse manifiestamente a partir de los corolarios quinto y sexto arriba mencionados. Pues allí se ostentó que, en toda inferencia reducible inmediata o mediatamente al primer principio, sucede que el consecuente —sea el primero o el último dado [datum] [en la serie]— es realmente idéntico al primer antecedente dado (o a una parte suya).

14 Igualmente puede argumentarse manifiestamente en contra de ello [viz. la respuesta de Bernardo en II.14] con otro argumento. Así pues, dice él que en una inferencia en la que una cosa se infiere de otra es válido concluir que no hay contradicción formal, aunque sí una contradicción virtual de la que puede inferirse una formal. Sea supuesta, por ejemplo, la inferencia 'A es; por lo tanto B es'. Si en efecto de las proposiciones 'A es' y 'B no es' pudiera inferirse evidentemente una contradicción formal, entonces eso sería así si se acepta el consecuente (o los consecuentes [consequentia]), ora de una de estas proposiciones, ora de todas y cada una de ellas. En cualquier caso, empero, no se daría lo propuesto. Pues los mismos consecuentes, o bien serían realmente idénticos [idem] a los antecedentes mismos [ipsis], o bien no. Si fueran idénticos [eadem], entonces: así como no habría contradicción formal entre los consecuentes mismos, debido a que no habría allí afirmación y negación de uno y lo mismo [etc.], así tampoco [habría contradicción formal] entre los antecedentes. Del mismo modo, si no hubiera contradicción formal en decir que el hombre es y el caballo no es, así tampoco habría contradicción formal en decir que el animal racional es y el animal relinchante no es, y ello en virtud de la misma razón.

15 Si se dice, sin embargo, que estos consecuentes difieren de sus antecedentes, entonces (así como antes) la inferencia no será evidentemente <conocida con la evidencia> reducida a la certeza del primer principio, debido a que el opuesto del consecuente podría darse sin contradicción junto con cualquier cosa que fuera significada por el antecedente. Pero si se dice que es una contradicción virtual, de la cual puede inferirse una formal, entonces se procede como antes. Y así se procedería al infinito; de lo contrario sería necesario [oportebit] decir que en la inferencia evidente sin más [evidenti simpliciter] el consecuente es idéntico en significado al antecedente (o a una parte de lo significado por él).

16 Con todo, es verdad lo que este padre [viz. Bernardo] ha dicho al respecto de este asunto, a saber, que no sería verdadero decir que en la inferencia evidente sin más sea necesario [oporteat] que el opuesto del consecuente y el antecedente [se] contradigan. Pues afirma que lo siguiente es un claro [contra-]ejemplo de ello: 'todo animal corre; por lo tanto todo hombre corre', ya que el contradictorio [contradictorium] del consecuente y el antecedente podrían ser simultáneamente falsos, y así no se opondrían de manera contradictoria [contradictorie].30

17 A decir verdad, lo anterior en modo alguno ataca [mi tesis]. Pues no quiero decir que el opuesto del consecuente deba ser el contradictorio del antecedente; ello por cuanto que en muchas inferencias el antecedente puede significar mucho más que el consecuente, aunque el consecuente signifique parte de aquello que el antecedente significa, como sucede en la siguiente inferencia: 'la casa existe; por lo tanto la pared existe'31. Por esta razón, entonces, el opuesto del consecuente y el antecedente pueden ser simultáneamente falsos. Pero quiero [decir] que en una inferencia evidente el opuesto del consecuente y el antecedente (o una parte de su significado) se oponen de manera contradictoria32.

18 Es manifiesto que así sucede en todo silogismo válido [bono]. Pues, ya que ningún término que no haya ocurrido [receptus] en las premisas aparece en la conclusión, el opuesto de la conclusión y aquello significado por las premisas se oponen de manera contradictoria. Y así también debe suceder en todo entimema33 válido, por cuanto que un entimema no concluye sino en virtud de una proposición subentendida; asímismo es en un cierto silogismo mentalmente [construido].

19 Además: a favor de la conclusión principal [de mi argumento] aduje el siguiente razonamiento: 'Nunca, en virtud de alguna inferencia, puede inferirse mayor identidad [demptitas] respectivamente entre los [términos] extremos, que la que hubo entre los [términos] extremos y el [término] medio, debido a que ésta [identidad] no se infiere sino en virtud de aquélla34. Pero el opuesto de esto sería posible [continge<re>t], si a partir del hecho de que una cosa es ente, pudiera evidentemente inferirse que otra cosa es ente, porque el predicado de la conclusión y el sujeto significan realmente lo mismo, aunque estas cosas no son realmente idénticas con el [término] medio por el cual se afirma alguna cosa.'

20 En contra de la regla propuesta, sin embargo, Bernardo insta que: 'Se sigue evidentemente, por una evidencia reducida a la certeza del primer principio, que "la blancura existe; por lo tanto alguna cosa [aliqua res35] existe", pues la blancura no podría existir si algo no la llevara en sí mismo36. Se sigue además que "A existe ahora primero; por lo tanto alguna cosa existía [antes]". Además: "El fuego se aproxima a la estopa; pero no existe impedimento; por lo tanto habrá calor."

21 He ofrecido muchas otras réplicas a los anteriores [contra-]ejemplos. Pero por ahora digo que, si él planteara un millar de tales [contra-] ejemplos, sería necesario que él dijera, ora que no vienen al caso, ora que sí vienen pero que no son concluyentes en mi contra. En efecto, en las tales inferencias que él presenta el consecuente es realmente idéntico en significado a todo el antecedente (o a una parte suya); y así [su réplica] no vendría al caso, pues ahora yo concedería que esas [inferencias] son evidentes, y en nada me vería atacado por eso. Si se dice, empero, que el consecuente no es idéntico al antecedente (o a una parte suya), y entonces, si concedo que el opuesto del consecuente y el antecedente son simultáneamente verdaderos, es claro que no concedo contradictorios; pues, dado que una contradicción es de uno y el mismo etc., entonces tal inferencia no es evidente con la evidencia del primer principio, porque ésta es llamada 'evidencia del primer principio' cuando, si se concede que el opuesto del consecuente se da con el antecedente, se concedería que los contradictorios son simultáneamente verdaderos. No hay problema en que alguien admita, con respecto a la proposición 'la casa existe; por lo tanto, la pared existe', que la primera existe aunque la segunda no, sin que admita que los contradictorios son simultáneamente verdaderos; esto se debe a que 'la casa existe' y 'la pared no existe' no son proposiciones contradictorias, pues pueden ser simultáneamente falsas. Y sin embargo [ese alguien] admite los contradictorios basado en otro [caso], pues, el que señala [significans] que la casa existe, señala que la pared existe; y entonces la contradicción es que la pared exista y la pared no exista.

22 A partir de esta regla, la cual se le revela a quienquiera que esté dotado de intelecto, infiero que Aristóteles nunca tuvo cognición evidente de alguna substancia distinta de su alma, entendiendo por 'substancia' cierta cosa distinta de los objetos de los cinco sentidos y de nuestras experiencias formales [formalibus experientiis]; y así es, debido a que él habría tenido cognición de tal cosa antes de cualquier discurrir [omnem discursum37]; pero esto no es verdad, porque ellas no son percibidas38 y, asímismo, puesto que la conocen los ignorantes [rustici39]. Pero tampoco se conocen con el discurrir, esto es, infiriendo antes de todo discurrir que existen [esse], pues a partir de una cosa no puede inferirse que otra cosa exista, como estableció la conclusión anterior. Y si [Aristóteles] no tuvo cognición evidente de las cosas compuestas, mucho menos la tuvo de las abstractas.

23 De esto se sigue —os guste o no os guste, y que no me lo imputen a mí, sino a la poderosa razón— que Aristóteles, en toda su filosofía natural y teórica40, difícilmente tuvo tal certeza de [si acaso] un par de conclusiones, o quizá ni siquiera de una; y en igual medida, o mucha menos, el hermano Bernardo, quien no se prefiere a Aristóteles.

24 Y no sólo no tuvo [Aristóteles] cognición evidente, sino que, más aún, aunque yo no lo comprenda [teneam], sí tengo un razonamiento (el cual ignoro cómo refutar [solvere41]) para probar que ni siquiera tuvo cognición probable. Ello debido a que uno no tiene una cognición probable acerca de algún consecuente en virtud de algún antecedente, si no está cierto evidentemente del hecho de que aquél haya sido alguna vez simultáneamente [idéntico] a éste. En efecto —si se juzga válidamente [bene]—, así se adquiere la cognición probable. Porque, como fuera evidente para mí alguna vez que, cuando acercaba la mano al fuego, éste era cálido, por esta razón [juzgo que] es probable que, si ahora la acercara, el fuego sería cálido. Sin embargo, de la regla antes expuesta se sigue que nunca ha sido evidente para nadie que, si se afirman estas cosas que son percibidas [apparentibus42] antes de cualquier discurrir, existirían algunas otras cosas, a saber, otras que son llamadas 'substancias'. De ahí se sigue que no tengamos cognición probable de la existencia de ellas. No comprendo [teneo] esta conclusión. Al que se le ocurra una solución, que refute este razonamiento43.

25 Y que de alguna substancia unida a la materia (con excepción de nuestra alma) no tengamos certeza, se muestra de la siguiente manera: si se señala un leño o una piedra, se deduce muy claramente <que hay ahí una substancia> a partir de una creencia aceptada simultáneamente [ex uno credito coaccepto]. <Pero esto no puede inferirse evidentemente a partir de una creencia aceptada simultáneamente>, pues: es posible que con cualquier tipo de impresiones [apparentibus] [acaecidas] antes de un tal discurrir no haya [sit] allí una substancia (en virtud de algún poder, acaso divino). Por lo tanto, a partir de estas percepciones no se infiere evidentemente a la luz natural que haya una substancia. [Esto] se prueba a partir de lo indicado anteriormente. Pues se dijo que una inferencia evidente a la luz natural es evidente sin más, así que es una contradicción [afirmar] que en virtud de alguna potencia pudiera suceder que el opuesto del consecuente se diera con el antecedente. Y si él [viz. Bernardo] dice que la inferencia es evidente, habiéndosele añadido al antecedente el que Dios no haga un milagro, esto se rechaza en virtud de lo que se dijo en un <caso> similar en la primera carta a Bernardo.

26 Os ruego, padre, que recibas estas dudas y que veas por mi ignorancia. Creo que no me obstinaré en esquivar la verdad, la cual anhelo con todas mis fuerzas.

Reconstrucción de la quinta carta a Bernardo de Arezzo44

I, 1 […] esta inferencia no es evidente a partir de la evidencia deducida del primer principio: 'se aproxima el fuego a la estopa; por lo tanto la estopa es consumida por él'.

I, 2 […] ignoramos evidentemente que alguna otra cosa distinta de Dios pueda ser causa de algún efecto.

I, 3 […] no sabemos evidentemente que alguna causa —que nos sea Dios— cause eficientemente.

I, 4 […] no sabemos evidentemente que alguna causa eficiente natural exista [sit] o pueda existir45.

I, 5 […] no sabemos evidentemente si algo sea, o pueda ser, un efecto naturalmente producido.

I, 6 […] dadas cualesquiera cosas que puedan ser la causa de algún efecto, no sabemos evidentemente que a la afirmación [positionem] de las mismas siga la afirmación del efecto.

II, 1 […] ignoramos evidentemente que en alguna producción concurra un sujeto.

III, 1 […] no puede haber ninguna demostración sin más [simpliciter] por la cual, de la existencia de las causas, se demuestre la existencia del efecto.

III, 2 […] no es evidentemente conocido a nosotros que pudiera darse alguna demostración en la que <la parte posterior> sea realmente diferente de la anterior46.

IV, 1 […] no puede mostrarse evidentemente la superioridad [nobilitas] de una cosa [rei] por encima de otra.

IV, 2 […] si se demuestra cualquier cosa, nadie conoce evidentemente que la misma no exceda en superioridad a todas las otras.

IV, 3 […] si se demuestra cualquier cosa, nadie conoce evidentemente que la misma no sea Dios, si por 'Dios' entendemos el ente superior [nobilissimum].

IV, 4 […] nadie sabe [aliquis nescit47] evidentemente que una cosa sea el fin de otra48.

IV, 5 […] nadie sabe evidentemente, al ser mostrada una cosa — cualquiera que sea—, si no deba rendirle el máximo honor.

IV, 6 […] nadie sabe [aliquis nescit] evidentemente que esto no pueda ser razonablemente concedido: 'si alguna cosa [res] es producida, Dios es producido'.

* * *

 


1 La obra fundamental sobre la filosofía de Nicolaus sigue siendo Weinbergb. Vale la pena consultar también Rashdall; Thijssena, b y c; y Scott. Introducciones generales y asequibles a su vida y obra son: Kaluza 1995; Perler 1998; Thijssen 2001; y Spade 1985: cap. 62.

2 Publicados y algunos de ellos traducidos en De Rijk: 139-207.

3 Al respecto de lo que sabemos de esta edición, cf. nuestra nota 29 a la segunda carta.

4 Ambas obras fueron publicadas por J.R. O'Donell. L.A. Kennedy et. al. publicaron una traducción al inglés del Exigit ordo en 1971 (Autrécourt).

5 Los fratres minores son los frailes franciscanos.

6 Las Sentencias (Libri quatuor sententiarum), de Pedro Lombardo (c. 1100-1160), además de ser una de las primeras Summæ escolásticas, fue el libro más comentado por filósofos y teólogos hasta el siglo XVI, con excepción de la Biblia. Las Sentencias se convirtieron en el libro de texto de teología desde el siglo XIII. Consiste en una muy cuidada compilación —un florelagium— de pasajes de la Biblia, acompañados de pasajes de los autores patrísticos con miras a ofrecer una determinada exégesis. Su contenido es: libro I, la trinidad; libro II, Cristo; libro III, los sacramentos; y libro IV, la gracia. En la Patrologia Latina de Migne abarca los volúmenes 191-2. Cada uno de los cuatro libros se divide a su vez en distinciones. Los comentaristas dividían a su vez las distinciones en cuestiones. Así, la referencia a las Sentencias, dist. 3, q. 4, apunta a la cuestión 4ª de la 3ª distinción.

7 Una notitia o cognitio es tanto el acto o evento particular de conocimiento (e.g., este acto individual por medio del cual percibo este vaso sobre esta mesa), como el contenido de dicho acto (e.g., este vaso particular sobre esta mesa particular). Una notitia intuitiva es una cognición sensible (de 'intueor', 'mirar'), esto es, un acto particular (o su contenido) de la percepción. En contraste, una notitia abstractiva (cf. I.12) será el acto particular (o su contenido) del entendimiento discursivo. Aunque a veces suele traducirse el término 'notitia' por 'conocimiento', hemos preferido traducirlo por 'cognición' para conservar el sentido técnico.

8 En la terminología lógica escolástica el término 'consequentia' se refiere tanto al vínculo deductivo entre el antecedente ('antecedens') y el consecuente ('consequens'), como a la inferencia misma.

9 Las impresiones ('apparientiæ') son las afecciones que los objetos de los cinco sentidos causan en el intelecto sensitivo o intuitivo. Nicolaus usa el término substantivado en ese sentido. Pero también lo usa adjetivado, como en 'res appariens' (lit. 'cosa que aparece'), expresión que puede ser traducida como 'cosa percibida' o 'percepción', dependiendo del contexto. (Cf. e.g. II.24 y nota 42.)

10 El lumen naturale es la luz de la razón (posteriormente, en II.4ss, Nicolaus vinculará este tipo de certeza con el principio de no-contradicción; cf. De Rijk, ad I.3). Una inferencia hecha a la luz natural es aquélla en donde la intervención divina puede darse por descontada; e.g., sé la verdad de la proposición '2 + 2 = 4' sin necesidad de que Dios me haya iluminado al respecto. En I.5 Nicolaus referirá una cualificación epistémica de Bernardo a su propuesta original, según la cual la intervención divina es garante de la percepción. En este caso, en efecto, la inferencia de la existencia de un objeto no acaecerá bajo la luz natural.

11 'Evidentie' ('evidentiæ' en latín clásico) es un genitivo de cualidad. La traducción más adecuada de la expresión 'certitudo evidentie' (literalmente 'certeza de evidencia') sería entonces 'certeza en el sentido (o en el respecto) de evidencia'; hemos preferido verterlo más simplemente en 'certeza evidencial'.

12 El verbo 'esse' en latín tiene —entre otros— un uso predicativo ('nix est alba': 'la nieve es blanca') y un uso existencial ('albedo est': 'la blancura existe'). Nosotros lo traduciremos acá de acuerdo al contexto (e.g., 'albedo est': 'la blancura existe' es mejor que 'la blancura es'), aunque deberá tenerse en mente la polisemia propia del verbo. (Sólo muy ocasionalmente —e.g. I.10— en estas cartas usa el verbo 'existere' (lit.: 'saltar desde y hacia', fig.: 'aparecer', 'devenir', etc.), o su substantivación 'existentia', para distinguirlo de 'esse'.)

13 Comenta De Rijk (ad 1.5): 'Se alude al Colegio de Saint Jacques en París de los Frailes Negros (o Predicadores). Tales disputas entre Franciscanos y Dominicos no eran raras'.

14 '[…] aliquo antecedente […] positum in esse ab aliquo agente': se refiere al objeto del antecedente, no al antecedente mismo. Por ejemplo, si el antecedente es 'la blancura existe', lo que será producido por un agente es la blancura, no la proposición misma.

15 'Non est certus evidenter'. El adverbio 'evidenter' cualifica al adjetivo 'certus', no a la cópula.

16 Era una práctica común entre los escolásticos dejar en suspenso la conclusión, con un 'etc.', cuando ésta era obvia.

17 El primum principium es el principio de no-contradicción. En la segunda carta (II.2ss) Nicolaus se explaya al respecto.

18 El adverbio latino 'simpliciter' suele traducirse al español por 'simplemente'. Es la versión latina del adverbio griego 'haplôs'. Cuando se habla, e.g., del 'triángulo simpliciter', se quiere dar a entender que no es un equilátero, un isósceles, uno recto, etc., sino que se está aludiendo al 'triángulo considerado sin más o en general' (o 'la triangularidad sin más'). Con este adverbio, entonces, se indica la falta de determinación o cualificación de lo expresado. Nicolaus lo usa frecuentemente en expresiones tales como 'non essetis simpliciter certus' ('no estarías cierto sin más') o 'certitudo simpliciter' ('certeza sin más'). De Rijk lo traduce al inglés como 'in the unqualified sense'.

19 'De substantiis abstractis'. También puede verterse en 'acerca de las substancias inmateriales'.

20 Lógicamente hablando, un 'medium' puede ser tanto un argumento como un paso en una demostración.

21 Viz., el primer principio, esto es, el de no-contradicción.

22 El principium de un silogismo es equivalente al conjunto de sus premisas.

23 El 'etc.' abarca todas las cualificaciones que han de añadírsele a la definición de 'contradicción', e.g., 'uno y el mismo atributo a la vez y en el mismo sentido' (cf. Arist., Met. G 3-4, 1005b 18ss).

24 Este argumento parece paradójico. Si lo que Nicolaus está probando es que no hay grados en la certeza evidencial, resulta contradictora su afirmación según la cual no hay la misma certeza en la primera conclusión de un razonamiento, que la que hay en la tercera o cuarta. Si la tesis de II.6 fuera verdadera, el grado de certeza de la primera conclusión debería ser el mismo que la de cualquier otro nivel de la serie deductiva (en un sistema deductivo formal, el primer teorema tiene el mismo 'grado de certeza' que el último). Creemos que el punto de Nicolaus es sencillamente que, aunque a primera vista o 'in prima consideratione' pudiera pensarse que la certeza que se tiene de un nivel avanzado en una serie deductiva es menor a la que se tiene al inicio de la misma, a la hora de la verdad —y después de un análisis que llegue a la evidencia del primer principio— se podrá atestiguar que todo nivel de la serie tiene el mismo grado de certeza evidencial.

25 El término 'aliqua' no es usado aquí en sentido determinativo ('alguna') sino en el sentido comprensivo de 'una y otra'. Cf. Lewis & Short: art. 'aliquis', II.B y también Souter et al. 1968: art. 'aliquis2'

26 'Realiter' ('realmente') y 'realitas' ('realidad') provienen de 'res' ('cosa'). Una identidad real será entonces una identidad de re (y no de dicto). De Rijk traduce la expresión 'idem realiter' como 'factually identical'.

27 Esta oración es una interpelación parentética propia de un ejercicio dialéctico entre dos partes encontradas. Como tal, no hace parte del argumento ofrecido por Nicolaus. Los paréntesis son míos.

28 El punto de Nicolaus en este párrafo parece ser este: si de A se infiere la existencia de B, pero si A = B, entonces la afirmación de (A y no-B) no puede ser auto-contradictoria. De ahí que la inferencia de B a partir de A no se dé en virtud del principio de no-contradicción y, por tanto, el conocimiento de tal inferencia no sea evidente a la luz natural de la razón. (Es sorprendente la coincidencia de esto con el razonamiento en la sec. iv de Hume).

29 Los comentaristas han discutido mucho al respecto del cambio de persona gramatical en II.12-21. Una hipótesis es que esas 19 secciones hayan sido introducidas posteriormente por algún escriba. A favor de esto se arguye que en la carta del maestro Giles (Egidious) a Nicolaus, en la cual aquél discute la segunda carta de éste a Bernardo, no se haga referencia al argumento de esas secciones. Sin embargo, De Rijk: 27ss y otros han atacado dicho argumento aduciendo que la razón por la cual Giles no hizo tal referencia es que su interés era examinar, no tanto la postura original de Nicolaus, como sus ataques al aristotelismo. Añaden además que el mismo Nicolaus le reproche a Giles (en su respuesta, de la cual se conservan algunos apartes) el no haber considerado esa parte de la carta; ello probaría que el original sí la contenía. Con respecto al problema del cambio en la persona gramatical, De Rijk (29) propone tomar la segunda carta a Bernardo como una edición posterior que el propio Nicolaus hiciera para ser leída por Giles. De ahí que la interpolación de II.12-21 haya sido hecha por Nicolaus sólo con miras a que Giles tuviera a mano tanto la postura de Bernardo como su propia respuesta. La confusión surge por el hecho de que sólo nos haya llegado la versión editada y no la de la carta original a Bernardo.

30 En la terminología lógica medieval, dos proposiciones contradictorias (contradictoriæ) son aquellas que no pueden ser ambas verdaderas o ambas falsas. (Para proposiciones categóricas, la universal afirmativa (A) es la contradictoria de la particular negativa (O), y viceversa, al tiempo que la universal negativa (E) es la contradictoria de la particular afirmativa (I)). La relación existente entre dos proposiciones contradictorias —en el sentido anterior— es la contradicción (u oposición contradictoria). Con respecto al ejemplo de Nicolaus ('todo animal corre; por lo tanto todo hombre corre'), el contradictorio del antecedente sería: 'algún animal no corre'. De este modo, la conjunción de la falsedad de cada una de estas dos no sería contradictoria: 'es falso que algún animal no corre, pero es falso que algún hombre no corre'. O equivalentemente: 'todo animal corre, pero todo hombre corre'.

31 El sentido de 'la pared existe' está contenido, de algún modo, en el sentido de 'la casa existe'. Por eso que el antecedente de una inferencia 'puede significar mucho más [potest plus significare]' que el consecuente.

32 Ello sucede en virtud de su reducibilidad al principio de no-contradicción.

33 Un entimema es un silogismo, una de cuyas premisas (por lo general la mayor) está implícita. E.g., 'Sócrates es hombre, por lo tanto es mortal' (cuya premisa implícita es 'Todo hombre es mortal'). Cf. Arist. An. Pr., II, 27ss, 70a3ss; Rhet., I 1355a4ss y II 1394a10ss.

34 El original dice: 'quia hec non infertur nisi virtute illius'. De Rijk invierte el orden de esta oración: 'because the former is only inferred in virtue of the latter'. Quizá pensó que el 'hac' se refería a 'medium' y el 'illius' a 'extremorum'; supuesto eso, Nicolaus erraría al afirmar que el término medio se infiere en virtud de los otros, razón por la cual decidió intercambiar los demostrativos. Sin embargo el 'hac' (en 'hac […] infertur') es indudablemente singular femenino, el cual sólo podría apuntar a 'ydemptitas'. (El 'illius' es genitivo singular pero ambiguo con respecto a los tres géneros.) Por eso proponemos esta lectura.

35 La expresión castellana 'alguna cosa' puede tener dos orígenes latinos: (a) 'aliquis' y (b) 'aliqua res'. En el primer caso, el indefinido neutro plural también puede traducirse por 'algo' en español. En el segundo caso, cuando los escolásticos usan expresamente el término 'res' —como en II.20—, lo usan en un sentido técnico, queriendo significar con él un objeto verdaderamente existente (ya sea materia o inmaterial —'abstractivus'). Una cosa real, 'res realis', es por tanto un pleonasmo (mientras que 'aliquis realibus' ['algo real'] no lo es).

36 Literalmente: '[…] si algo no la llevara en su ser [teneret […] in esse]'.

37 Con este término Nicolaus se refiere al proceder del intelecto discursivo.

38 '[…] non appareant intuitive': lit. 'no aparecen intuitivamente'.

39 Los 'rustici' son los rústicos, los campesinos.

40 De Rijk anota (ad II.23) que el término 'theorica' solía ser usado por los escolásticos como sinónimo de 'metaphysica'.

41 Para este uso técnico de 'solvere', cf. Lewis & Short: art. 'solvo', I.B.4.

42 '[…] istis rebus apparentibus': literalmente, 'si estas cosas que aparecen [a los sentidos]'. Esta construcción condicional del ablativo absoluto es común en el latín de Nicolaus (cf. e.g. II.25, 'Demonstrato ligno vel lapide […]'). (Cf. supra, nota 9.)

43 Un copista añadió al margen la siguiente respuesta: 'El razonamiento de este doctor se refuta a partir del hecho de que, para la cognición probable de algo, no se requiere de un antecedente en algún grado evidente; por el contrario, de premisas probables se sigue una conclusión probable. Por esta razón, la primera proposición que él propone al respecto de la cognición probable es falsa y su ejemplo no es afortunado [valet] para su propósito. Asimismo, su regla no niega nada excepto la evidencia, no la probabilidad.' De Rijk (ad I.24) comenta que el escriba yerra en afirmar que de dos premisas probables se siga otra probable.

44 La reconstrucción, numeración y ordenamiento es de J. Weinberga: 223. Cf. de Rijk: 34-6.

45 El texto es ambiguo. Podría traducirse también así: '[…] que alguna causa eficiente sea naturae o pueda serlo'.

46 Las partes anterior y posterior de una inferencia son, respectivamente, el antecedente y el consecuente.

47 Lit: 'todo [hombre/humano] ignora'. Para este uso de 'aliquis', cf. supra, nota 25.

48 De Rijk: 36 y 179 edita: '[…] una res sit finis <alterius vel causa> alterius', lo cual se traduce como: '[…] una cosa sea el fin <de otra o la causa> de otra'. La distinción entre fin y causa equivaldría, entonces, a la distinción entre la causa final y la causa eficiente.


Bibliografía

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