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Ideas y Valores

Print version ISSN 0120-0062

Ideas y Valores vol.62 no.152 Bogotá May/Aug. 2013

 

Paolicchi, Leandro.
Discurso y facticidad. Mar del Plata: Ediciones Suárez, 2010. 146 pp.


Con Discurso y facticidad, Leandro Paolicchi se incorpora oficialmente a la generación de jóvenes filósofos marplatenses que, con ritmo sostenido, vienen produciendo desde hace ya algunos años obras valiosas sobre temáticas de filosofía práctica. Buena parte de la producción de lo que a esta altura cabría llamar la "Escuela Marplatense de Filosofía" gira –como este libro– en torno a la ética del discurso, bajo el influjo de Ricardo Maliandi, uno de los principales difusores de dicha corriente en el mundo hispanoparlante. Este volumen tuvo su origen en la tesis de licenciatura en Filosofía rendida por Paolicchi en la Universidad Nacional de Mar del Plata, bajo la dirección del propio Maliandi, quien también prologó esta obra.

Discurso y facticidad encara uno de los principales problemas que aqueja a toda ética normativa que se pretende dadora de principios universales: el de la aplicación de dichos principios en una situación socio-histórica determinada. Los propios K. O. Apel y Jürgen Habermas no rehuyeron a este desafío, al que abordaron con esfuerzo y con todas las herramientas de las que dispusieron en el marco de sus teorías. Intentaron de esa forma escapar del indeseable rigorismo kantiano, presente en su propia tradición, para el que ninguna contemplación de las circunstancias reales que rodean a las acciones limita la implacable aplicación de su imperativo categórico.

El subtítulo del volumen anticipa los temas que se abordan: "Moral, derecho y política en Jürgen Habermas y Karl-Otto Apel". Cabe aclarar que no solo se trata de un erudito y meduloso estudio de dichas temáticas en estos autores, sino que el libro abunda también en críticas y propuestas tendientes a mejorar las posibilidades de aplicación del principio de la ética del discurso.

Paolicchi, quien en términos generales simpatiza con las posiciones adoptadas por Habermas y Apel en ética, reconoce no obstante la debilidad de esta postura en lo que respecta a la cuestión de la aplicación. Antes de abordar este asunto es preciso tener presente que para Paolicchi, en consonancia con buena parte de los autores que se han ocupado de este tema, la aplicación de la ética no indica soluciones para situaciones particulares, sino que más bien orienta al actor, ofreciéndole un marco reflexivo para la toma concreta de decisiones. Así pues, aun la ética normativa solo es normativa de forma indirecta.

Los capítulos centrales se ocupan del modo en que Apel y Habermas –discordantes entre sí en este tema– abordaron el problema de la aplicación del principio ético. Recordemos que la propuesta de fundamentación de la ética apeliana está apoyada en la pragmática trascendental del lenguaje, terreno a partir del cual se pueden reconstruir los presupuestos pragmáticos de toda argumentación. Según Apel, cuando argumentamos hacemos presuposiciones que posibilitan la propia argumentación. Algunas de esas presuposiciones son normativas, como el Principio del Discurso (PD), que en la versión de Habermas puede formularse así: "Solo pueden pretender validez las normas que encuentran (o podrían encontrar) aceptación por parte de todos los afectados como participantes en un discurso práctico"; esto es, señala que las normas que permiten resolver un conflicto deben resultar de un consenso entre todos los afectados. Para Apel, nuestros presupuestos normativos constituyen una comunidad ideal de argumentación, un conjunto de condiciones ideales y universalmente válidas de comunicación, como, por ejemplo, la igualdad de derechos de todos los que participan en el discurso. El argumentante reconoce, a su vez, una comunidad real de comunicación, es decir, un conjunto de los condicionamientos fácticos (sociales e históricos).

En su intento por garantizar la aplicación del PD sobre condiciones históricas reales, Apel distinguió dentro de la ética discursiva una parte A, que versa sobre la fundamentación pragmático-trascendental del principio moral, y una parte B, que especifica cómo puede aplicarse el principio del discurso en un momento histórico determinado. La parte B reconoce una responsabilidad por la conservación de las condiciones naturales y culturales de la comunidad real de comunicación, por lo que limita la aplicación del principio. Dicho de otra forma: Apel admite que, bajo ciertas circunstancias, el principio de la ética del discurso no debe aplicarse si las consecuencias de hacerlo pueden afectar los sistemas de autoafirmación (Estado, familia, etc.) con los que el actor asumió compromisos previos. Esta fuerte concesión aleja a Apel del rigorismo kantiano, que no admite excepciones. Apel se diferencia de Kant (así como de otros importantes filósofos morales) al afirmar también que las restricciones a la aplicación del principio no afectan su validez.

El problema de la aplicación en Habermas, según lo reconstruye Paolicchi, difiere significativamente del adoptado por Apel. Para Habermas, se trata en verdad de un problema ético-político y no resoluble solo desde la filosofía. El discurso mismo no puede ser el encargado de producir las condiciones para que los individuos argumenten en igualdad de condiciones. Habermas apunta a una institucionalización, dentro de las democracias, de las condiciones para el desenvolvimiento de los discursos prácticos, en cuanto vías para resolver conflictos de intereses. Esas condiciones incluyen un cierto desarrollo económico, social y cultural, pero también la seguridad para quienes participan en él de que los demás guiarán su comportamiento según dichas normas. Para ello, Habermas propone complementar la moral con el derecho positivo y afirma que solo con ayuda de este la moral puede hacerse efectiva en la historia. Entre las ventajas del sistema jurídico se encuentran su eficacia directa sobre la praxis, su importante fuerza motivacional para la realización de acciones y su exigibilidad bajo coerción.1

Expuestas ambas posiciones, Paolicchi expresa algunos cuestionamientos que lo llevarán a proponer una reforma parcial de la ética del discurso. De Habermas critica el traspaso de categorías morales a categorías jurídicas, particularmente la de "corresponsabilidad solidaria", concepto clave para la ética del discurso, que pierde su sentido llevado al ámbito jurídico. Dice Paolicchi: "la corresponsabilidad solidaria es una categoría moral precisamente porque se da en un ámbito donde la determinación para la acción comienza desde la interioridad, donde la motivación es fundamental y, por lo tanto, el tipo de interacción es clave […] [en cambio] las normas jurídicas, como se dijo, solo se atienen a la exterioridad de la acción y contemplan interrelaciones entre sujetos jurídicos determinados de forma abstracta por un conjunto de leyes. Esto solo puede dar lugar a una responsabilidad, pero de tipo jurídico" (100).

Paolicchi también centra sus ataques en la restricción a la aplicación del PD propuesta por Apel en la parte B de su ética, frente a compromisos previos asumidos con sistemas de auto-afirmación. Considera esta limitación carente de una justificación idónea: "[n]o hay en Apel una justificación exhaustiva de por qué no aplicar el principio del discurso cuando los sistemas de autoafirmación están en juego […] parecería sugerir la débil razón de una anterioridad en el tiempo que daría prioridad moral. Sin embargo, esta no puede ser la justificación, y si Apel, como ha sido advertido por Maliandi, se preguntara exhaustivamente por esta, encontraría un principio que es necesario afirmar tanto como la universalidad del principio del discurso" (105). No hay en Apel, pues, un verdadero principio que justifique la prioridad de las coerciones de los sistemas sobre la universalidad del principio del discurso.

La propuesta de Paolicchi para superar estas deficiencias consiste en una reforma de la estructura de los discursos prácticos, que postula justamente un principio complementario al del discurso, principio que reconoce –a diferencia del otro– la validez de los intereses particulares y situados. Se trata del Principio de Individualización (PI). Paolicchi reconoce que el PI no es una condición de posibilidad del discurso, y que, por tanto, no puede ser reconstruido como presupuesto del discurso argumentativo. Sin embargo, entiende que sí puede ser reconstruido a partir de las acciones orientadas al éxito que forman parte del mundo de la vida, que este está intersubjetivamente constituido y que toda acción humana está imbricada con un trasfondo comunicativamente estructurado. De esta forma, el PI está arraigado en un plexo prediscursivo, pero puede ser conducido al discurso, donde adquiere plena validez cuando se esgrime.

Varias serían las ventajas, para Paolicchi, de adoptar este principio en lo que se refiere a la aplicación de la ética. El PI podría mitigar la debilidad motivacional del discurso (en cuanto este solo contempla intereses generales), a la vez que preservar a los individuos, en cuanto que constituyen instancias necesarias dentro del discurso. De esa forma, el universalismo de la ética del discurso adquiriría una mayor sensibilidad a las diferencias individuales. Con el PI también la parte B de la ética del discurso encontraría su fundamentación: "[e]l principio del discurso no debe aplicarse allí indiscriminadamente, porque existe otro principio que también debe ser resguardado y es el que procura la preservación y realización de lo que un individuo o una comunidad considera como su propio bien o sus propios objetivos y fines" (132).

En suma, Discurso y facticidad se introduce con seriedad en una de las discusiones actuales de la filosofía práctica, a la que aporta críticas bien encaminadas y algunas propuestas personales que resultan de interés.


Notas

1Paolicchi se ocupa también de reseñar otro intento de Habermas por mejorar la aplicabilidad de la ética del discurso, como una cierta reforma y ampliación de sus principios, del que no nos ocuparemos aquí por razones de espacio.


NICOLÁS ZAVADIVKER
Universidad Nacional de Tucumán /
Conicet - Argentina
nicozava@yahoo.com