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Cuestiones Teológicas

Print version ISSN 0120-131X

Cuest. teol. vol.42 no.97 Bogotá Jan./June 2015

 

LA RENOVACIÓN LITÚRGICA EN EL MAGISTERIO POSTERIOR AL CONCILIO

The liturgical reform in the post-conciliar magisterium

A renovação litúrgica no magistério posterior ao concílio

Diego Alberto Uribe Castrillón*

* Licenciado en Teología Dogmática de la Pontificia Universidad Gregoriana, Roma. Candidato a Doctor en Teología de la Universidad Pontificia Bolivariana, Medellín. Profesor Titular de Teología, Maestro de las Celebraciones Litúrgicas de la Arqudiócesis de Medellín durante 25 años. Miembro de número de la Academia Colombiana de Historia, correspondiente de la Academia Antioqueña de Historia. Medellín, Colombia. electrónico: diego.uribe@upb.edu.co

Artículo recibido el 25 de enero de 2014 y aprobado para su publicación el 30 de enero de 2015.


Resumen

Lectura en clave histórica-dinámica de memoria y balance de las distintas enseñanzas del magisterio eclesial y de los Papas sobre la liturgia en los años posteriores al Concilio Vaticano II, presentando los distintos documentos que apoyaron la aplicación de la reforma conciliar, con especial énfasis en la renovación de la vida sacramental de la Iglesia.

Palabras clave: Historia, Iglesia Católica, Liturgia, Renovación, Concilio Vaticano II.


Abstract

The following paper presents a historical-dynamic reading of the memory and the balance of the different teachings on liturgy passed on by the ecclesiastical magisterium and the Popes in the post-conciliar era by submitting different documents in which the conciliar reform was based. It especially emphasizes the reform in the sacramental life of the Church.

Keywords: History, Catholic Church, Liturgy, Reform, Second Vatican Council.


Resumo

Leitura em clave histórico-dinâmica de memória e balanço dos diferentes ensinamentos sobre a liturgia do magistério eclesial e dos Papas, nos anos posteriores ao Concílio Vaticano II, apresentando os distintos documentos que apoiaram a aplicação da reforma conciliar, com ênfase especial na renovação da vida sacramental da Igreja.

Palavras-chave: História, Igreja Católica, Liturgia, Renovação, Concílio Vaticano II.


INTRODUCCIÓN

Nos hemos reunido para hacer una relectura del proceso de la recepción de la Constitución Sacrosanctum Concilium1 entre nosotros con el fin de asumir los desafíos pastorales en nuestro propio camino eclesial.

Queriendo ahora presentar el espíritu y los aportes de la Constitución Sacrosanctum Concilium en el proceso de renovación litúrgica de la Iglesia y como punto de partida de una experiencia litúrgica que reúna y cohesione la proclamación, celebración y expresión de la fe en la vida eclesial, propongo a todos una mirada al Magisterio Litúrgico del Post Concilio.

PUNTO DE PARTIDA

El espíritu de la renovación litúrgica, propuesta a la Iglesia desde la última mitad del siglo XIX, es el fruto de la acción de unos movimientos eclesiales que produce su saludable efecto en la convocatoria y realización del Concilio Vaticano II.

Hay, en coincidencia, un renovado interés por la Sagrada Escritura entendida como Revelación Divina que alcanza su plenitud en Cristo, pero que no había alcanzado su meta: que la Palabra Divina fuese alma y vida de la vida cristiana y referente constante de la manifestación de Dios en la Historia.

Hay también una indudable búsqueda de la verdadera dimensión de la Iglesia como comunidad, cuya cima expresiva es la celebración de una fe que, en primer lugar, debería ser proclamada; luego, integrar comunidades creyentes, y posteriormente hacer que esas comunidades celebren la fe y prolonguen su experiencia de Dios en la vida misma.

Así las cosas, la Liturgia que el Concilio Vaticano II propone es la Celebración de la vida y de la fe. Ya lo enseña el mismo Concilio en el numeral 10 de la Constitución Sacrosanctum Concilium:

La Liturgia es la cumbre a la cual tiende la actividad de la Iglesia y al mismo tiempo la fuente de donde mana toda su fuerza. Pues los trabajos apostólicos se ordenan a que, una vez hechos hijos de Dios por la fe y el bautismo, todos se reúnan para alabar a Dios en medio de la Iglesia, participen en el sacrificio y coman la cena del Señor. Por su parte, la Liturgia misma impulsa a los fieles a que, saciados "con los sacramentos pascuales", sean "concordes en la piedad"; ruega a Dios que "conserven en su vida lo que recibieron en la fe", y la renovación de la Alianza del Señor con los hombres en la Eucaristía enciende y arrastra a los fieles a la apremiante caridad de Cristo. Por tanto, de la Liturgia, sobre todo de la Eucaristía, mana hacia nosotros la gracia como de su fuente y se obtiene con la máxima eficacia aquella santificación de los hombres en Cristo y aquella glorificación de Dios, a la cual las demás obras de la Iglesia tienden.

CRITERIOS COMUNES A ESTE MAGISTERIO

La Iglesia es por naturaleza maestra en la fe, la enseña y la comprende como uno de los elementos propios de su misión y de su realidad. Puede enseñar al respecto, porque la Liturgia es expresión viva de la Revelación asumida y creída por el Pueblo de Dios en una experiencia de casi dos mil años, a la que se suma la realidad del Pueblo de Israel que celebraba a Dios y celebraba su acción en la Historia Salvífica haciendo memoria y actualizando la salvación en el tiempo y en el espacio, en la esperanza de la plenitud al final de la Historia.

Debemos tomar como fundamentales estas realidades:

1. La institución divina de la Liturgia

Nos enseña el Catecismo en los números 1067 y 1068:

Cristo el Señor realizó esta obra de la redención humana y de la perfecta glorificación de Dios, preparada por las maravillas que Dios hizo en el pueblo de la Antigua Alianza, principalmente por el misterio pascual de su bienaventurada pasión, de su resurrección de entre los muertos y de su gloriosa ascensión. Por este misterio, "con su muerte destruyó nuestra muerte y con su resurrección restauró nuestra vida". Pues del costado de Cristo dormido en la cruz nació el sacramento admirable de toda la Iglesia (Sacrosanctum Concilium, p.5).

Por eso, en la liturgia, la Iglesia celebra principalmente el misterio pascual por el que Cristo realizó la obra de nuestra salvación. Es el Misterio de Cristo lo que la Iglesia anuncia y celebra en su liturgia a fin de que los fieles vivan de él y den testimonio del mismo en el mundo:

En efecto, la liturgia, por medio de la cual "se ejerce la obra de nuestra redención", sobre todo en el divino sacrificio de la Eucaristía, contribuye mucho a que los fieles, en su vida, expresen y manifiesten a los demás el misterio de Cristo y la naturaleza genuina de la verdadera Iglesia (Sacrosanctum Concilium, p.2).

2. Cristo, Mediador, Señor, Pontífice

Nos enseña el Catecismo de la Iglesia Católica en los números 1084 y 1085:

"Sentado a la derecha del Padre" y derramando el Espíritu Santo sobre su Cuerpo que es la Iglesia, Cristo actúa ahora por medio de los sacramentos, instituidos por Él para comunicar su gracia. Los sacramentos son signos sensibles (palabras y acciones), accesibles a nuestra humanidad actual. Realizan eficazmente la gracia que significan en virtud de la acción de Cristo y por el poder del Espíritu Santo.

En la liturgia de la Iglesia, Cristo significa y realiza principalmente su misterio pascual. Durante su vida terrestre Jesús anunciaba con su enseñanza y anticipaba con sus actos el misterio pascual. Cuando llegó su hora (cf Jn 13,1; 17,1), vivió el único acontecimiento de la historia que no pasa: Jesús muere, es sepultado, resucita de entre los muertos y se sienta a la derecha del Padre "una vez por todas" (Romanos 6,10; Hebreos 7,27; 9,12). Es un acontecimiento real, sucedido en nuestra historia, pero absolutamente singular: todos los demás acontecimientos suceden una vez, y luego pasan y son absorbidos por el pasado. El misterio pascual de Cristo, por el contrario, no puede permanecer solamente en el pasado, pues por su muerte destruyó a la muerte, y todo lo que Cristo es y todo lo que hizo y padeció por los hombres participa de la eternidad divina y domina así todos los tiempos y en ellos se mantiene permanentemente presente. El acontecimiento de la Cruz y de la Resurrección permanece y atrae todo hacia la Vida.

3. El Espíritu Santo que actúa en la Liturgia, como nos lo enseña también el Catecismo de la Iglesia Católica en el número 1091:

En la liturgia, el Espíritu Santo es el pedagogo de la fe del Pueblo de Dios, el artífice de las "obras maestras de Dios" que son los sacramentos de la Nueva Alianza. El deseo y la obra del Espíritu en el corazón de la Iglesia es que vivamos de la vida de Cristo resucitado. Cuando encuentra en nosotros la respuesta de fe que él ha suscitado, entonces se realiza una verdadera cooperación. Por ella, la liturgia viene a ser la obra común del Espíritu Santo y de la Iglesia.

4. La Liturgia "es en la Iglesia", la expresa una, santa, católica y apostólica, por lo que nos enseña San Juan Pablo en el número 9 la Carta Apostólica Vicesimus quintus annus, con la que se conmemoraba, hace ya 25 años, los 25 años de la Constitución de Liturgia:

El Concilio ha querido ver en la Liturgia una epifanía de la Iglesia, pues la Liturgia es la Iglesia en oración. Celebrando el culto divino, la Iglesia expresa lo que es: una, santa, católica y apostólica. Se manifiesta como una, con aquella unidad que le viene de la Trinidad, sobre todo cuando el pueblo santo de Dios participa «en la misma Eucaristía, en una misma oración, junto al único altar, donde preside el Obispo rodeado de su presbiterio y ministros». ¡Que nada rompa ni debilite, en la celebración de la Liturgia, esta unidad de la Iglesia!

La Iglesia expresa la santidad que le viene de Cristo (cf. Efesios 5, 2627) cuando, congregada en un solo cuerpo por el Espíritu Santo que santifica y da la vida [40], comunica a los fieles, mediante la Eucaristía y los otros sacramentos, toda gracia y toda bendición del Padre.

En la celebración litúrgica la Iglesia expresa su catolicidad, ya que en ella el Espíritu del Señor congrega a los hombres de todas las lenguas en la profesión de la misma fe, y desde Oriente a Occidente ella presenta a Dios Padre el sacrificio de Cristo y se ofrece a si misma junto con él. Finalmente, en la Liturgia la Iglesia manifiesta que es apostólica, porque la fe que ella profesa está fundada en el testimonio de los Apóstoles; porque en la celebración de los misterios, presidida por el Obispo, sucesor de los Apóstoles, o por un ministro ordenado en la sucesión apostólica, transmite fielmente lo que ha recibido de la Tradición apostólica; porque el culto que ofrece a Dios la compromete en la misión de irradiar el Evangelio en el mundo.

De esta manera es como el Misterio de la Iglesia es principalmente anunciado, gustado y vivido en la Liturgia.

5. La dimensión pastoral de toda celebración litúrgica:

Toda celebración está orientada a santificar el Pueblo de Dios y, al tiempo, lo forma en la fe, lo edifica en la comunión y lo hace signo efectivo de Dios en el mundo.

6. Es importantísimo el redescubrimiento del sentido y de la Espiritualidad del Año Litúrgico. La Liturgia, celebrada en el tiempo, lo santifica y plenifica en Cristo desde el Misterio Pascual, desde la redención obrada en el "tiempo oportuno" (Cfr. Gálatas 4,4).

7. El sentido de participación activa y fructuosa como lo enseña el número 48 de la Constitución Sacrosanctum Concilium:

Por tanto, la Iglesia, con solícito cuidado, procura que los cristianos no asistan a este misterio de fe como extraños y mudos espectadores, sino que comprendiéndolo bien a través de los ritos y oraciones, participen conscientes, piadosa y activamente en la acción sagrada, sean instruidos con la palabra de Dios, se fortalezcan en la mesa del Cuerpo del Señor, den gracias a Dios, aprendan a ofrecerse a sí mismos al ofrecer la hostia inmaculada no sólo por manos del sacerdote, sino juntamente con él, se perfeccionen día a día por Cristo mediador en la unión con Dios y entre sí, para que, finalmente, Dios sea todo en todos.

8. La revitalización del Espacio Litúrgico.

9. La Catequesis pre-sacramental.

10. El vínculo entre evangelización y Liturgia.

LA CONSTITUCIÓN DE LITURGIA COMO PUNTO DE PARTIDA DE LA ENSEÑANZA CONCILIAR

Puede parecer un tanto osada esta afirmación, pero el ambiente en el que se da el Concilio nos hace pensar de qué modo la Constitución de Liturgia informa los demás documentos, por lo que podemos sugerir algunos elementos:

En relación con la Constitución sobre la Iglesia, encontramos cómo en ella se da la realidad de una comunidad que celebra la fe. La fe se celebra en la Iglesia y la Iglesia es releída en clave de comunión y participación, de comunidad jerárquicamente constituida, pero también en la categoría Pueblo de Dios que es, en definitiva, una asamblea litúrgica, una comunidad celebrante de su experiencia de Dios. Esta realidad nos hace pensar en un pueblo que se mueve en tres dimensiones: la profética, la real, y la sacerdotal.

Esta última hace que la comunidad que celebra sea la "forma" más elocuente del Pueblo de Dios:

- El carácter sagrado y orgánicamente estructurado de la comunidad sacerdotal se actualiza por los sacramentos y por las virtudes. Los fieles, incorporados a la Iglesia por el bautismo, quedan destinados por el carácter al culto de la religión cristiana, y, regenerados como hijos de Dios, están obligados a confesar delante de los hombres la fe que recibieron de Dios mediante la Iglesia.

Por el sacramento de la confirmación se vinculan más estrechamente a la Iglesia, se enriquecen con una fuerza especial del Espíritu Santo, y con ello quedan obligados más estrictamente a difundir y defender la fe, como verdaderos testigos de Cristo, por la palabra juntamente con las obras. Participando del sacrificio eucarístico, fuente y cumbre de toda la vida cristiana, ofrecen a Dios la Víctima divina y se ofrecen a sí mismos juntamente con ella.

Y así, sea por la oblación o sea por la sagrada comunión, todos tienen en la celebración litúrgica una parte propia, no confusamente, sino cada uno de modo distinto. Más aún, confortados con el cuerpo de Cristo en la sagrada liturgia eucarística, muestran de un modo concreto la unidad del Pueblo de Dios, significada con propiedad y maravillosamente realizada por este augustísimo sacramento. (Concilio Vaticano II, Constitución Sacrosanctum Concilium 11)

En cuanto a la Constitución sobre la Palabra de Dios, Dei Verbum, la relación es obvia, necesaria y lógica: la fuente de la liturgia es la Palabra que nos cuenta no sólo la Historia de la Salvación, sino también el camino celebrativo de la experiencia del Dios revelado, cuya plenitud es Cristo. Si se comprende y asume la Palabra como fuente, el Concilio nos recordará que esta resuena en la Celebración, que es el referente definitivo de toda la vida ritual y la que realiza la presencia de Dios en la misma.

- La Iglesia ha venerado siempre las Sagradas Escrituras al igual que el mismo Cuerpo del Señor, no dejando de tomar de la mesa y de distribuir a los fieles el pan de vida, tanto de la palabra de Dios como del Cuerpo de Cristo, sobre todo en la Sagrada Liturgia. Siempre las ha considerado y considera, juntamente con la Sagrada Tradición, como la regla suprema de su fe, puesto que, inspiradas por Dios y escritas de una vez para siempre, comunican inmutablemente la palabra del mismo Dios, y hacen resonar la voz del Espíritu Santo en las palabras de los Profetas y de los Apóstoles. (Concilio Vaticano II, Constitución Dogmática Dei Verbum 21)

En relación con la Constitución sobre la acción de la Iglesia en el mundo, no puede olvidarse que todo apunta a un momento definitivo en el que la historia humana iluminada por la fe celebrará su encuentro con Cristo en un mundo nuevo. Pero la acción de la Iglesia está dirigida de manera histórica a la iluminación de la comunidad humana, a llevar a la plenitud toda aspiración humana, dando a todo el sentido de trascendencia:

- Los gozos y las esperanzas, las tristezas y las angustias de los hombres de nuestro tiempo, sobre todo de los pobres y de cuantos sufren, son a la vez gozos y esperanzas, tristezas y angustias de los discípulos de Cristo. Nada hay verdaderamente humano que no encuentre eco en su corazón. La comunidad cristiana está integrada por hombres que, reunidos en Cristo, son guiados por el Espíritu Santo en su peregrinar hacia el reino del Padre y han recibido la buena nueva de la salvación para comunicarla a todos. La Iglesia por ello se siente íntima y realmente solidaria del género humano y de su historia.

Sería bueno mirar, en brevísimo recorrido, cómo la Constitución de Liturgia ilumina los demás documentos conciliares, detallando algunos aspectos en unos decretos conciliares más específicos.

En Christus Dominus, sobre el ministerio pastoral de los Obispos, número 15, se recuerda que no sólo son los celebrantes por excelencia del culto cristiano, sino sus celosos custodios:

- Los Obispos, por consiguiente, son los principales dispensadores de los misterios de Dios, los moderadores, promotores y guardianes de toda la vida litúrgica en la Iglesia que se les ha confiado. Trabajen, pues, sin cesar para que los fieles conozcan plenamente y vivan el misterio pascual por la Eucaristía, de forma que constituyan un cuerpo único en la unidad de la caridad de Cristo, "atendiendo a la oración y al ministerio de la palabra" (Hechos 6,4), procuren que todos los que están bajo su cuidado vivan unánimes en la oración y por la recepción de los Sacramentos crezcan en la gracia y sean fieles testigos del Señor.

En Presbiterorum Ordinis 5, se recuerda que la gracia del sacerdocio recibido actúa de modo especial en la Liturgia:

- Dios, que es el solo Santo y Santificador, quiso tener a los hombres como socios y colaboradores suyos, a fin de que le sirvan humildemente en la obra de la santificación. Por esto congrega Dios a los presbíteros, por ministerio de los obispos, para que, participando de una forma especial del Sacerdocio de Cristo, en la celebración de las cosas sagradas, obren como ministros de Quien por medio de su Espíritu efectúa continuamente por nosotros su oficio sacerdotal en la liturgia.

En Optatam Totius16, sobre la formación para el sacerdocio, se busca que los futuros celebrantes conozcan y amen la Liturgia:

"La sagrada Liturgia, que ha de considerarse como la fuente primera y necesaria del espíritu verdaderamente cristiano, enséñese según el espíritu de los artículos 15 y 16 de la Constitución sobre la sagrada liturgia".

Los citados números corresponden a:

Al reformar y fomentar la sagrada Liturgia hay que tener muy en cuenta esta plena y activa participación de todo el pueblo, porque es la fuente primaria y necesaria de donde han de beber los fieles el espíritu verdaderamente cristiano, y por lo mismo, los pastores de almas deben aspirar a ella con diligencia en toda su actuación pastoral, por medio de una educación adecuada. Y como no se puede esperar que esto ocurra, si antes los mismos pastores de almas no se impregnan totalmente del espíritu y de la fuerza de la Liturgia y llegan a ser maestros de la misma, es indispensable que se provea antes que nada a la educación litúrgica del clero. Por tanto, el sacrosanto Concilio ha decretado establecer lo que sigue:

Formación de profesores de Liturgia

Los profesores que se elijan para enseñar la asignatura de sagrada Liturgia en los seminarios, casas de estudios de los religiosos y facultades teológicas, deben formarse a conciencia para su misión en institutos destinados especialmente a ello.

Formación litúrgica del clero

La asignatura de sagrada Liturgia se debe considerar entre las materias necesarias y más importantes en los seminarios y casas de estudio de los religiosos, y entre las asignaturas principales en las facultades teológicas. Se explicará tanto bajo el aspecto teológico e histórico como bajo el aspecto espiritual, pastoral y jurídico. Además, los profesores de las otras asignaturas, sobre todo de Teología dogmática, Sagrada Escritura, Teología espiritual y pastoral, procurarán exponer el misterio de Cristo y la historia de la salvación, partiendo de las exigencias intrínsecas del objeto propio de cada asignatura, de modo que quede bien clara su conexión con la Liturgia y la unidad de la formación sacerdotal.

En Perfectae Caritatis 6, se les dice a los Consagrados(as) que deben hacer de la Liturgia la expresión de su dedicación a Dios:

- Fieles a la mente de la Iglesia, celebren la sagrada Liturgia y, principalmente, el sacrosanto Misterio de la Eucaristía no sólo con los labios, sino también con el corazón, y sacien su vida espiritual en esta fuente inagotable. Alimentados así en la mesa de la Ley divina y del sagrado Altar, amen fraternalmente a los miembros de Cristo, reverencien y amen con espíritu filial a sus pastores y vivan y sientan más y más con la Iglesia y conságrense totalmente a su misión.

En Orientalium Eclesiarum 4, se reconoce el tesoro de la tradición litúrgica oriental y la importancia de conocer los ritos sagrados de esta venerable comunidad eclesial:

- Todos los clérigos y seminaristas deben ser instruidos en los ritos y, sobre todo, en las normas prácticas referentes a los asuntos interrituales; es más, los mismos laicos, en la catequesis, deben ser informados sobre los ritos y sus normas. Por último, todos y cada uno de los católicos, así como los bautizados en cualquier Iglesia o comunidad católica, conserven en todas partes su propio rito, y en cuanto sea posible, lo fomenten y observen con el mayor ahínco; salvo el derecho de recurrir en los casos peculiares de personas, comunidades o regiones a la Sede Apostólica, la cual, como árbitro supremo en las relaciones intereclesiales, proveerá con espíritu ecuménico a las necesidades, por sí misma o por otras autoridades, dando las oportunas normas, decretos y rescriptos.

En Unitatis Redintegratio, se sueña con la posibilidad de celebrar un día juntos no simplemente una misma liturgia, sino una única alabanza una vez sea restaurada la perdida unidad de los cristianos. Sin embargo, hay dos distinciones necesarias:

- Con las Iglesias orientales no católicas se debe recordar lo que dice el número 15 del citado Decreto:

Todos conocen con cuánto amor los cristianos orientales celebran el culto litúrgico, sobre todo la celebración eucarística, fuente de la vida de la Iglesia y prenda de la gloria futura, por la cual los fieles unidos a su Obispo, teniendo acogida ante Dios Padre por su Hijo el Verbo encarnado, muerto y glorificado en la efusión del Espíritu Santo, consiguen la comunión con la Santísima Trinidad, hechos "partícipes de la naturaleza divina". Consiguientemente, por la celebración de la Eucaristía del Señor en cada una de estas Iglesias, se edifica y crece la Iglesia de Dios, y por la concelebración se manifiesta la comunión entre ellas.

- Con las comunidades nacidas de la Reforma prevalece la dificultad sobre algunos sacramentos, por ejemplo el del Orden Sagrado, pero se insiste en seguir buscando la ansiada comunión, como se recuerda en el número 22:
Las comunidades eclesiales separadas, aunque les falte esa unidad plena con nosotros que dimana del bautismo, y aunque creamos que, sobre todo por la carencia del sacramento del orden, no han conservado la genuina e íntegra sustancia del misterio eucarístico, sin embargo, mientras conmemoran en la santa cena la muerte y la resurrección del Señor, profesan que en la comunión de Cristo se representa la vida y esperan su glorioso advenimiento. Por consiguiente, la doctrina sobre la cena del Señor, sobre los demás sacramentos, sobre el culto y los misterios de la Iglesia deben ser objeto de diálogo.

• En Ad Gentes 19, se busca que la Liturgia exprese la presencia cristiana en las culturas: "La fe se enseña mediante una catequesis apropiada, se manifiesta en la liturgia desarrollada conforme al carácter del pueblo y por una legislación canónica oportuna se introduce en las buenas instituciones y costumbres locales".

En Apostólicam Actuositatem, cuando se proponen las líneas del apostolado de los Laicos, hay también una necesaria reflexión sobre la vida litúrgica desde su participación en el ministerio del Culto y animados por las celebraciones en las que ejercen su sacerdocio bautismal, como nos lo enseña el número 10 del Decreto conciliar:

- Los laicos tienen su papel activo en la vida y en la acción de la Iglesia, como partícipes que son del oficio de Cristo Sacerdote, profeta y rey. Su acción dentro de las comunidades de la Iglesia es tan necesaria que sin ella el mismo apostolado de los pastores muchas veces no puede conseguir plenamente su efecto.

Pues los laicos de verdadero espíritu apostólico, a la manera de aquellos hombres y mujeres que ayudaban a Pablo en el Evangelio (Cf. Hechos 18,18-26; Romanos 16,3), suplen lo que falta a sus hermanos y reaniman el espíritu tanto de los pastores como del resto del pueblo fiel (Cf. 1 Corintios 16,17-18). Porque nutridos ellos mismos con la participación activa en la vida litúrgica de su comunidad, cumplen solícitamente su cometido en las obras apostólicas de la misma; conducen hacia la Iglesia a los que quizá andaban alejados; cooperan resueltamente en la comunicación de la palabra de Dios, sobre todo con la instrucción catequética; con la ayuda de su pericia hacen más eficaz el cuidado de las almas e incluso la administración de los bienes de la Iglesia.

MAGISTERIO POSTCONCILIAR LITÚRGICO

Ocurre de dos modos:

  1. Unas instrucciones para aplicar la Reforma.
  2. La reedición de los textos litúrgicos y su desarrollo doctrinal y celebrativo.

Las instrucciones para la ejecución de la Sacrosanctum Concilium estaban destinadas a indicar un modo recto de aplicar las disposiciones del Concilio, cuya primera lectura causó no pocas perplejidades.

Estas aplicaciones son temáticas, con el compromiso de asegurar lo esencial en la aplicación de las disposiciones conciliares, tratando temas tan importantes como son los textos bíblicos que deberían usarse, la reglamentación de las traducciones, la música sacra, el uso de las lenguas vernáculas, la adaptación de los ritos. Son ellas:

  • Inter Oecumenici, promulgada el 26 de septiembre de 1964 bajo Paulo VI, y que recuerda las disposiciones fundamentales para la reforma litúrgica.

  • Tres abhinc annos, emitida el 4 de mayo de 1967, bajo Paulo VI, es decir tres años después de la anterior, como lo dice su título, con determinaciones acerca de la Misa, de los ritos y de las ya en curso traducciones de los textos para los misales.

  • Liturgicae instaurationes, del 5 de septiembre de 1970, bajo Paulo VI, determina el papel del Obispo en su Iglesia particular y la vigilancia y observación de las normas litúrgicas en su diócesis. Como dato importantísimo, entre nosotros esta instrucción tuvo un maravilloso eco en un texto lamentablemente olvidado llamado Directorio Litúrgico, que fue preparado por el III sínodo diocesano de Medellín en 1977.

  • Varietates legitimae, del 25 de enero de 1994, ya bajo San Juan Pablo II, trata un tema muy difícil, el de la Inculturación de la Liturgia, aún no concluido ni suficientemente desarrollado. Algunas Iglesias, especialmente en África, avanzaron mucho.

  • Liturgiam authenticam, promulgada el 25 de abril de 2001, también bajo San Juan Pablo II, con algunos aspectos sobre el uso de la lengua litúrgica, que sigue siendo la Latina y con importantísimas precisiones acerca del uso de los Misales precedentes al reformado de 1970 y a su nueva versión del año 2000. En este texto se apoyará luego el Papa Benedicto XVI para ofrecer el motu proprio Data Summorum Pontificis, del 7 de Julio de 2007 sobre el uso, no del Misal Tridentino de San Pío V, ni de las precisiones de San Pío X, sino del Misal Reformado bajo San Juan XXIII, que es el que puede usarse si se cumplen las prescripciones allí indicadas.

Estos textos, casi desconocidos, se complementaron con importantísimos documentos que han solido contar con la misma suerte de las Instrucciones; por ejemplo, el texto In ecclesiasticam futurorum del 3 de junio de 1979 sobre la formación litúrgica en los Seminarios o las instrucciones sobre la música sagrada, Musicam Sacram del 5 de marzo de 1967, en la que el papa Paulo VI enseñaba sobre la música en la Liturgia.

La segunda serie de textos son los que aprueban y promulgan los rituales de los sacramentos reformados según las normas del Concilio Vaticano II. Son ellos:

  • Bautismo: aprobado el 15 de mayo de 1969.
  • Confirmación: aprobado con la constitución apostólica Divinae Consortium Naturae del 15 de agosto de 1971.
  • Iniciación Cristiana de Adultos (RICA): decreto del 2 de enero de 1972.
  • Penitencia: decreto del 2 de diciembre de 1972.
  • Unción: Constitución Apostólica del Papa Paulo VI Sacram Unctionem Infirmorum del30 noviembre de 1972.
  • Matrimonio: la reforma del Rito fue aprobada el 19 de marzo de 1969. El ritual vigente se reformó y aprobó el 19 de marzo de 1990.
  • Orden Sagrado: tiene varias normativas: los Motu Proprio de Paulo VI Ad pascendum, para renovar lo que tiene que ver con el Diaconado, del 15 de agosto de 1972. La reforma de los Ministerios: Ministeria Quedam, también del 15 de agosto de 1972.
  • - Rito de la Ordenación:

    ◊ Diáconos: se restauró el diaconado permanente el 17 de junio de 1967 con el Motu Proprio de Paulo VI Sacrum Diaconatus.
    ◊ Presbíteros: se reformó el Rito de Ordenación, cuya primera celebración fue en Bogotá en agosto de 1968.
    ◊ Obispos: se reformó el Rito y se instauró el nuevo Pontifical Romano con posteriores variaciones, la última bajo San Juan Pablo II en 1988.

  • Misal Romano.

De Paulo VI con la constitución apostólica Missale Romanum del 3 de abril de 1969 con una nueva edición aprobada por San Juan Pablo II en el año 2000.

Contienen una riqueza especial las normas y determinaciones que tienen que ver con la renovación de la Liturgia de las Horas, reformada con la Constitución Apostólica Laudis Canticum del Papa Paulo VI del 1 de noviembre de 1970.

En la enseñanza litúrgica post conciliar se unirán más expresiones doctrinales en las introducciones o Prenotandae de los textos litúrgicos, bien sea nuevos o renovados.

  • Ritual de las Exequias.
  • Bendicional.
  • Coeremoniale Episcoporum.
  • Graduale.
  • Martirologio Romano.

A la enseñanza del Concilio se sumará luego la reflexión de las distintas Conferencias Episcopales, ya regionales, continentales o de los países, que tendrán una difícil tarea que puede dividirse en tres momentos:

  1. La Comprensión del Concilio, lo que exigió hacer una conexión entre por lo menos cuatro grandes temas: la Iglesia entendida como comunión, la Palabra divina como revelación fundamental, las personas en la Iglesia como sujetos de la Evangelización y como protagonistas de la relación Dios-hombre, cuya expresión culminante es la Liturgia; y la relación Iglesia-cultura, Iglesia-mundo.

  2. La ardua y compleja aplicación de algunas realidades que la Constitución propone:
  3. La revisión de toda la vida litúrgica de la Iglesia, la abolición de muchas cosas y la implementación de otras.

  4. La composición y organización de los textos litúrgicos, lo que pidió:
    • Retorno a las fuentes más puras,
    • La traducción de las Sagradas Escrituras para su uso en la Liturgia.
    • La adaptación de la Liturgia y sus ritos y signos a las realidades culturales.
    • La traducción de los textos, cuyos "modelos" o ediciones típicas están en latín.
    • La preparación de los Guiones Catequéticos con los que se ha de preparar a los fieles para la celebración de los Sacramentos.

EL MAGISTERIO PONTIFICIO POST CONCILIAR

Esta expresión Magisterio Pontificio es bastante ambiciosa y abarcaría prácticamente todo el tiempo destinado a un curso de Sacramentología. La Renovación Litúrgica de la Iglesia exigió una constante actividad por parte de los Papas.

Miremos de manera sucinta sus principales actividades:

Paulo VI (pontificado 1963-1978)

Su "magisterio litúrgico" abarca varios aspectos, siendo el más importante el de la aprobación y promulgación de la Constitución Sacrosanctum Concilium.

Luego la enseñanza papal acompaña la aprobación y la promulgación de diversos aspectos del Postconcilio, como son:

La disposición y aprobación de los textos litúrgicos que han de servir a la Liturgia:

  • Los leccionarios,
  • El Misal,
  • El Pontifical Romano,
  • Los Rituales de los siete sacramentos.

En cuanto al Sacramento de la Eucaristía, se debió preparar y después aprobar el Misal Romano, lo que implicó la redacción de nuevos textos, entre los que se destacan: las Plegarias Eucarísticas nuevas, la aprobación de la Concelebración, la larguísima tarea de la traducción a las lenguas vernáculas y luego la aprobación de uno a uno de los textos traducidos.

La Encíclica Misterium Fidei del 3 de septiembre de 1965 propone con claridad la doctrina y el sentido de la celebración y del culto a la Eucaristía en la Iglesia.

Comienza diciendo en el numeral 1:

El misterio de fe, es decir, el inefable don de la Eucaristía, que la Iglesia católica ha recibido de Cristo, su Esposo, como prenda de su inmenso amor, lo ha guardado siempre religiosamente como el tesoro más precioso, y el Concilio Ecuménico Vaticano II le ha tributado una nueva y solemnísima profesión de fe y culto. En efecto, los Padres del Concilio, al tratar de restaurar la Sagrada Liturgia, con su pastoral solicitud en favor de la Iglesia universal, de nada se han preocupado tanto como de exhortar a los fieles a que con entera fe y suma piedad participen activamente en la celebración de este sacrosanto misterio, ofreciéndolo, juntamente con el sacerdote, como sacrificio a Dios por la salvación propia y de todo el mundo y nutriéndose de él como alimento espiritual.

La aplicación de la Reforma Conciliar hizo necesaria la preparación, ya personalmente, ya mediante los dicasterios romanos, de las respectivas Prenotandae de todos los textos que fueron aprobados.

Hay una común estructura en todas las Prenotandae:

  • Una introducción en la que se da una breve y clara definición del Sacramento.
  • La precisión sobre su institución divina.
  • Una justificación bíblica que busca las figuras del Antiguo Testamento, la definición del Sacramento en el Evangelio y la doctrina de los Apóstoles en el Nuevo Testamento.
  • La vinculación de cada sacramento con el Misterio Pascual.
  • El desarrollo histórico de cada sacramento.
  • Las enseñanzas de los pontífices al respecto.
  • La estructura litúrgica de la celebración sacramental, especificando su unión con la Eucaristía.
  • La determinación del Sujeto y del Ministro del Sacramento, y de los oficios de los demás ministros y de los laicos.
  • La precisión de la materia y forma y de los signos y de la estructura ritual.
  • Los elementos catequéticos que deben asumirse en la preparación y en la mistagogia de los sacramentos.
  • La determinación de los elementos que pueden ser adaptados por las distintas Conferencias Episcopales.
  • La posibilidad de ritos que se pueden confiar a ministros no ordenados.

En los sacramentos, de modo más específico, ha de pensarse en las disposiciones para la reforma de la disciplina del Orden Sagrado, lo que implicó: la supresión de las Ordenes Menores, llamándolas Ministerios; la reforma del Diaconado, con la supresión del Subdiaconado; la Teología del Sacerdocio, con la ratificación del Celibato Sacerdotal; la institución del renovado Diaconado Permanente; la redacción y precisión teológica de las plegarias de Ordenación Diaconal, Presbiteral y Episcopal; y las modificaciones sobre la disciplina de las Insignias Pontificales.

En el pontificado de Paulo VI, se vivieron las dificultades con las que se enfrentó la aplicación del Concilio, especialmente reflejadas en el crecido número de personas que abandonó el ministerio sagrado y la vida religiosa alegando, como motivación en muchos casos, la incapacidad de adaptarse a los nuevos modos de la Liturgia. Incluso se hizo más complejo el trato con un movimiento tradicionalista que se radicalizó.

La Santa Sede asumió una dispendiosa tarea en la redacción, estructuración y perfección de la nueva Liturgia de las Horas2, trabajo monumental que es un tesoro en el que aparece una mayor profusión de textos patrísticos, de himnos nuevos, de traducción de los Salmos, de estructuración de la Celebración de las Horas como una verdadera acción litúrgica.

La reforma de la Vida Consagrada pedida en la Constitución Lumen Gentium, en el Decreto Perfectae Caritatis, implicó una necesaria adaptación y revisión de toda la Liturgia de la Vida Consagrada con la necesaria redacción de nuevos textos, simplificación de los ritos, adaptación y clarificación doctrinal de estas nuevas realidades.

En cuanto al Sacramento de la Eucaristía, se debió preparar y luego aprobar el Misal Romano, lo que implicó la redacción de nuevos textos, entre los que se destacan las Plegarias Eucarísticas nuevas, la aprobación de la Concelebración, la larga tarea de la traducción a las lenguas vernáculas y luego la aprobación de uno a uno de los textos traducidos.

Habrá que consignar que la inauguración del Rito de la Ordenación Presbiteral y Diaconal nos deja en la Homilía de Pablo VI en Bogotá en agosto de 1968, una de las mejores presentaciones del Sacramento del Orden.

Pontificado de Juan Pablo I (1978)

Podría pensarse que este pontificado tan breve no dejó ninguna enseñanza en el campo litúrgico, pero hay algo muy importante y es su recomendación de vivir y aplicar el Concilio contenida en la Homilía de la Inauguración de su Pontificado.

San Juan Pablo II (1978-2005)

Este pontificado es rico en enseñanzas y magisterio. Debemos distinguir:

Encíclicas con tema litúrgico:

Tenemos Ecclesia de Eucharistía del 17 de abril de 2003: extensa y clarísima exposición del Misterio central de la fe, con determinantes referencias a la esencia del Sacramento a la forma de su celebración, a las implicaciones pastorales y al culto que merece la Eucaristía.

Exhortaciones Apostólicas con tema litúrgico:

  • Reconciliatio ed poenitentia, del 2 de diciembre de 1984, en la que se recogen las reflexiones sobre el Sínodo de la Penitencia, y se proponen elementos importantísimos acerca de la Celebración Litúrgica del Sacramento.

  • Pastores dabo vobis, de 1992, contiene la recomendación sobre la formación litúrgica en los seminarios, ya propuesta en Inter futurorum mencionada antes.

  • Pastoris Gregis, de 2003, sobre el ministerio pastoral de los Obispos con unas explicitas referencias al ministerio litúrgico y al deber de los Obispos de celebrar y custodiar la celebración litúrgica.

Hay además unos importantes aportes en otros textos y documentos. Entre ellos debe destacarse la confección y publicación del Misal Mariano en 1988, la redacción y publicación del Pontifical Romano, ya mencionado en el sacramento del Orden.

El mejor magisterio lo tiene la celebración ejemplar de todas las acciones litúrgicas del largo pontificado, verdaderos modelos de aplicación del Concilio, de experiencias acertadas de inculturación. Una amplia exposición de estas acciones está a disposición en la página de la Santa Sede en la Congregación para el Culto Divino y en los archivos de la oficina de las Celebraciones Litúrgicas del Sumo Pontífice, también disponibles allí3.

Pontificado de Benedicto XVI (2005-2012)

Exhortación Apostólica Sacramentum Charitatis de 2007, con las reflexiones y conclusiones del Sínodo sobre la Eucaristía.

Exhortación Apostólica Verbum Domini de 2010 en la que se vuelve a recordar la centralidad de la Palabra Divina proclamada en la Liturgia.

Benedicto XVI caracterizó su pontificado por una especial atención a la Liturgia, especialmente por una revisión de la aplicación del Concilio, con unas necesarias precisiones y clarificaciones que hacen evidente la constante necesidad de cuidarla y conocerla. Ya está a disposición un precioso volumen de la Biblioteca de Autores Cristianos, en el que se recoge el magisterio litúrgico del Papa Emérito.


Notas

1 La Constitución Sacrosanctum Concilium del Concilio Vaticano II sobre la Sagrada Liturgia fue promulgada el 4 de diciembre de 1963.
2 Laudis Canticum es una Constitución Apostólica del 1 de noviembre de 1970 en la que se dispone la reforma de la Liturgia de las Horas, de la que se desprende una complejísima actividad: piénsese lo que implicó preparar la Edición Típica y luego aprobar una a una las traducciones en las diversas lenguas.
3 www.vatican.va.


REFERENCIAS

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