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Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura

versión impresa ISSN 0120-2456

Anu. colomb. hist. soc. cult. vol.48 no.1 Bogotá ene./jun. 2021  Epub 27-Ene-2021

https://doi.org/10.15446/achsc.v48n1.91544 

Artículos

Félix José de Restrepo, las ambigüedades de la esclavitud y la sensibilidad antiesclavista. Popayán, 1783-1808*

Félix José de Restrepo, the Ambiguities of Slavery and Anti-Slavery Sensibility. Popayán, 1783-1808

Félix José de Restrepo, as ambiguidades da escravidão e a sensibilidade anti-escravidão. Popayán, 1783-1808

EDGARDO PÉREZ MORALES** 

** University of Southern California Los Ángeles, Estados Unidos perezmor@usc.edu


RESUMEN

Antes de haber descollado como autor de la ley de libertad de vientres y manumisión gradual de esclavos durante la temprana Colombia, Félix José de Restrepo fue propietario y defensor de esclavos en la Popayán colonial. Este artículo analiza la relación ambigua de Restrepo con la esclavitud, así como su formación intelectual y práctica jurídica durante los últimos años coloniales del Nuevo Reino de Granada. Evaluar la vida de Restrepo antes de la Revolución nos permite dar cuenta de las raíces coloniales de la sensibilidad antiesclavista que cristalizaría como propuesta política republicana después de 1808. Restrepo reconoció de forma temprana que no existía una doctrina jurídica homogénea sobre el origen del cautiverio, y sostuvo que los esclavos poseían dignidad humana. Haciendo uso de su formación en filosofía moderna, y nutriéndose de sus conocimientos en latinidad, derecho castellano y teoría política del siglo XVII, Restrepo desarrolló esta posición de manera autóctona en los tribunales de justicia de Popayán.

Palabras clave: Colombia; derecho; dignidad humana; esclavitud; Félix José de Restrepo

ABSTRACT

Before standing out as the author of early Colombia's free womb and gradual slave manumission law, Félix José de Restrepo owned and legally represented slaves in colonial Popayán. This article analyzes Restrepo's ambiguous relationship with slavery, as well as his intellectual formation and legal practice over the last colonial years in the New Kingdom of Granada. Assessing Restrepo's life before the Revolution allows us to account for the colonial roots of the anti-slavery sensibility that would crystalize as a republican political proposition after 1808. Restrepo recognized in an early stage that no homogenous juridical doctrine on the origins of slavery existed, and maintained that slaves possessed human dignity. With his background in modern philosophy and drawing on his knowledge of the Latin canon, Castilian law, and seventeenth-century political theory, Restrepo autochthonously developed this position in the justice tribunals of Popayán.

Keywords: Colombia; Félix José de Restrepo; human dignity; law; slavery

RESUMO

Antes de se destacar como autor da lei do ventre livre e da alforria gradual dos escravos durante o início da Colômbia, Félix José de Restrepo foi proprietário e defensor de escravos na Popayán colonial. Este artigo analisa a relação ambígua de Restrepo com a escravidão, assim como sua formação intelectual e prática jurídica durante os últimos anos coloniais no Novo Reino de Granada. Avaliar a vida de Restrepo antes da Revolução permite-nos dar conta das raízes coloniais da sensibilidade antiescravista que se cristalizaria como proposta política republicana depois de 1808. Restrepo cedo reconheceu que não havia uma doutrina jurídica homogénea sobre a origem do cativeiro, e sustentou que os escravos possuíam dignidade humana. Fazendo uso de sua formação em filosofia moderna, e aproveitando seus conhecimentos de direito latino, espanhol e teoria política do século xvii, Restrepo desenvolveu esta posição autóctone nos tribunais de justiça de Popayán.

Palavras-chave: Colômbia; dignidade humana; direito; escravidão; Félix José de Restrepo

Introducción

En 2021 se conmemoran en Colombia doscientos años de la ley del 19 de julio de 1821, "Sobre la libertad de los partos, manumisión y abolición del tráfico de esclavos".1 Fue este uno de los logros revolucionarios más preciados por los líderes de la República de Colombia (1819-1831), cuya intención de avanzar hacia la abolición de la trata esclavista y comenzar a liberar a los cautivos fue formalizada en el primer Congreso General (Villa del Rosario de Cúcuta, 1821).2 Este artículo versa sobre el autor principal de esta ley, el doctor Félix José de Restrepo, ideólogo antiesclavista durante la Revolución neogranadina y en la temprana República de Colombia.3

Las siguientes páginas, sin embargo, se enfocan en la trayectoria prerrevolucionaria de Restrepo. Al concentrarse en su vida durante los últimos años coloniales del Nuevo Reino de Granada, este artículo saca a la luz sus conexiones ambiguas con la sociedad esclavista de la gobernación de Popayán.4 Durante esa época, al tiempo que compraba y vendía esclavos, Restrepo construía una posición crítica frente al esclavismo en su práctica como abogado. Observar a Restrepo antes de 1808 tiene, pues, una doble ventaja analítica. Nos permite explorar su vida como amo de esclavos y, al mismo tiempo, vislumbrar los orígenes sociales y conceptuales de su sensibilidad antiesclavista; sensibilidad que se transformaría en posición política en el contexto revolucionario.

Mediante la exploración de estos dos temas en tensión, este artículo llama la atención sobre algunas ambigüedades propias de la esclavitud y de la cultura antiesclavista temprana. Durante las postrimerías del gobierno español, Restrepo fue defensor de esclavos y libertos en los tribunales de justicia de Popayán. Estamos, por lo tanto, frente a un personaje que nos acerca a un mundo en el que las posiciones con respecto a la esclavitud no estaban orientadas, necesariamente, por una dicotomía que opusiera esta a la abolición. En la época prerrevolucionaria, algunos individuos como Restrepo (al tiempo esclavistas y defensores de esclavos) comenzaron a formar su sensibilidad antiesclavista sin oponerse a la esclavitud en su conjunto. Dieron los primeros pasos para pensar críticamente la esclavitud como una relación de poder y dependencia ilegítima, pero sería la ruptura revolucionaria la que les permitiría transformar esta idea en un principio político de aplicación general.5

Este estudio, pues, tiene como objetivo más amplio comenzar a esclarecer las raíces coloniales del antiesclavismo republicano. Contribuye, por tanto, al estudio de las dimensiones culturales de la crítica antiesclavista, un campo de estudio emergente en el cual se destacan autores como Christopher L. Brown, Emily Berquist, Alessandro Tuccillo y María Eugenia Chaves.6 En lugar de asumir que la literatura ilustrada del mundo francés constituyó el paradigma de dicha crítica, hay que buscar los conceptos empleados, y modificados, en las prácticas locales de la esclavitud y su discernimiento autóctono. Para ello, esta indagación bebe de las fuentes manuscritas disponibles en Popayán. La documentación del periodo español, especialmente los protocolos notariales y los archivos judiciales, contiene evidencias importantes sobre Restrepo y su relación, cotidiana y ambigua, con el mundo de la esclavitud. Se trata de fuentes limitadas, es cierto, pero que no por ello dejan de ofrecer indicios relevantes. ¿Qué tan importante fue para Restrepo ser dueño de otros seres humanos? ¿En qué circunstancias defendió la causa de los esclavos, y qué conceptos o herramientas jurídicas empleó? ¿De dónde sacó esas herramientas?

Fuentes coloniales permiten plantear estas preguntas y comenzar a darles respuesta. Si dicha documentación no ha sido analizada aún por los historiadores, es seguramente porque la etapa republicana de la vida de Restrepo ha captado la atención de los investigadores.7 A pesar de haber pertenecido a la sociedad esclavista de la Popayán colonial, Restrepo ha sido visto como epítome de la historia de la crítica de la esclavitud durante la época de la Independencia, cuando escribió y ayudó a promover las leyes de emancipación gradual de esclavos en 1814 (Estado de Antioquia) y 1821 (República de Colombia). Así, la literatura básica sobre este jurista ignora un periplo vital más largo y complejo. Además, salvo contadas excepciones, posee un carácter casi hagiográfico. Nadie se ha atrevido a mencionar que el abogado fue también amo de esclavos, como lo fue la mayor parte de los hombres de su posición social antes de la Independencia. Por varias generaciones, Restrepo ha sido retratado como un genio de excepcional virtud cristiana, inteligencia superior y patriotismo irreprochable. Basados en un puñado de narraciones producidas durante el siglo xix, algunos investigadores le siguen dando crédito a la idea de que el carácter extraordinario de este individuo fue la fuente fundamental de sus convicciones y acciones. Tal es el nivel de repetición acrítica que nadie se ha inclinado por usar de forma correcta el nombre de pila de Restrepo: se llamaba Félix José y no José Félix.8

Como veremos, este abogado demostró una perspectiva crítica sobre asuntos de esclavitud y libertad desde un momento relativamente temprano. Las siguientes páginas, por tanto, le dan a Restrepo el crédito merecido, pero lo hacen tratando de superar el paradigma del genio. En lugar de reproducir la narrativa del individuo que actúa en la soledad de su virtud, debemos auscultar las redes cambiantes de interdependencia social, por fuera de las cuales Restrepo no pudo existir ni articular idea alguna. Esto debe hacerse teniendo en cuenta que "la relación toda entre individuo y sociedad no podrá entenderse jamás mientras 'sociedad' se imagine, como sucede a menudo, esencialmente como una sociedad de individuos 'acabados' que nunca fueron niños y jamás fallecen".9 Esta investigación trata de ofrecer una versión más compleja del significado de nuestro personaje, tanto en la historia de Colombia como en la historia de la crítica de la esclavitud.

La causa de la libertad en la sociedad esclavista de Popayán

Nacido en Antioquia en 1760 y formado en Santa Fe, Restrepo se radicó en la ciudad de Popayán a inicios de la década de 1780. Allí emparentó con la familia Sarasti y, por tanto, estableció también conexión con el poderoso clan Valencia. Pero Restrepo, en cierta medida, fue un miembro marginal del patriciado esclavista de Popayán. No poseía hacienda en el campo, no tenía mina de oro, y sus inversiones comerciales fueron muy modestas. Sin embargo, estuvo íntimamente conectado con las prácticas de la esclavitud. El 22 de enero de 1789, por ejemplo, vendió a su siervo José Antonio por 300 pesos.10 Entre 1789 y 1801, Restrepo compró por lo menos doce esclavos. También compraba seres humanos para otros amos y recibía honorarios por sus servicios.11

Restrepo estaba vinculado con la economía minera de la sociedad esclavista de Popayán, pero de una forma un poco ambigua. En primer lugar, porque tuvo conexiones indirectas con la economía del oro. Mediante sus parientes políticos, se beneficiaba del oro recolectado por administradores reales en los distritos mineros del Pacífico, donde los esclavos explotaban importantes yacimientos. Restrepo servía de fiador o le prestaba dinero a sus cuñados que tenían empleos públicos en esos distritos. Sus cuñados, a su vez, sacaban ganancias de la riqueza producida por los esclavos. El suegro de Restrepo había sido teniente de gobernador en Barbacoas en la década de 1760 y sus cuñados ahora tenían este y otros empleos en esa importante jurisdicción. Uno de ellos, Francisco Antonio Sarasti, obtuvo el cargo de oficial real en Barbacoas, por lo cual debía recolectar impuestos de los propietarios de minas y de los mercaderes que abastecían los entables. El 3 de noviembre de 1790, Restrepo le entregó 500 pesos, dinero requerido para pagar los impuestos y fianza exigidos para tomar posesión del cargo.12 José Joaquín Sarasti, el otro cuñado, era teniente de gobernador de Iscuandé y le solicitó a Restrepo 100 pesos en 1792. José Joaquín invirtió esta suma para hacerse con el empleo de administrador de alcabalas de los distritos de Iscuandé y Micay. Es decir, estaría ahora a cargo de los impuestos sobre las ventas.13 Ese mismo año, un tercer cuñado, Agustín Ramón Sarasti, obtuvo el cargo de administrador de alcabalas del distrito de El Raposo. Antes de tomar posesión de su empleo, Agustín Ramón había acudido a Restrepo para que le sirviera como fiador. Restrepo se comprometió solemnemente a pagar hasta 400 pesos por cualquier alcance que llegara a ocurrir en las cuentas.14

En segundo lugar, esta conexión indirecta con las minas de la gobernación de Popayán implicaba que los ingresos eran inciertos y poco predecibles. Los Sarasti debían cultivar la gracia de los gobernadores y pagar coimas para obtener y mantener sus cargos. Como Restrepo y sus cuñados jamás fueron grandes propietarios, a veces se veían cortos de dinero. Tomemos por ejemplo el caso de José Joaquín Sarasti, quien en 1796 estaba a punto de convertirse en teniente de gobernador y oficial real de Micay. Acudió a su cuñado, quien pagó un poco más de 85 pesos en su nombre para poder tomar posesión del cargo. También celebró transacciones similares con personas que no eran de su familia.15 No es extraño que haya tratado de aumentar sus ingresos comprando mercancía y enviándola a Antioquia para la reventa. Restrepo trató, además, de revender esclavos y joyas en Antioquia y Cartagena. Pero lo hizo mediante apoderados, rara vez la vía más segura para convertir una pequeña inversión en una gran fortuna.16

Restrepo estaba vinculado, pues, con el mundo esclavista y se beneficiaba económicamente del trabajo de esclavos, pero su vida no dependía exclusivamente de la posesión de siervos. Su trabajo principal era el de profesor en el seminario local. Además de sus modestas aventuras mercantiles, Restrepo también obtenía ingresos de su labor como abogado. Y estos estipendios revelan todavía más la ambigüedad de su posición social. En efecto, hay que destacar como tercer elemento de esta ambigüedad que Restrepo, en ocasiones, representaba a esclavos y antiguos esclavos ante los jueces.

En las Indias Españolas los esclavos podían apelar a las leyes para mantener a raya a un amo abusivo, obtener la libertad o comprar la manumisión de un ser querido. Considerados pobres, ignorantes y merecedores de la justicia real, los esclavos tenían, en teoría, el privilegio de que ciertos magistrados litigaran a su favor. Sin embargo, para la inmensa mayoría de la población esclava era sumamente difícil dar comienzo a un proceso judicial, para no hablar de llevarlo a feliz término. Para aquellos que nacían esclavos, lo más probable era que murieran siéndolo. Los amos raramente otorgaban la manumisión por gracia. Era más común que los esclavos mismos compraran su libertad, pero esto también pasaba solo en algunas ocasiones. Entre los años 1781 y 1830, 4 811 esclavos fueron vendidos en Popayán, mientras que solo 432 obtuvieron carta de libertad. Hasta 1810, se registraban alrededor de 7 manumisiones por año, mientras las ventas de esclavos promediaban alrededor de 125 transacciones. Con la Revolución, las ventas de esclavos declinaron drásticamente, no así las manumisiones, que se elevaron apenas levemente.17 Antes de 1808, el mismo Restrepo otorgó tan solo una carta de libertad, mas no graciosa, puesto que su esclava Libarda le dio por ella 250 pesos.18

Como abogado, sin embargo, Restrepo colaboró con algunos esclavos que intentaban asegurar su libertad y lograron incoar procesos judiciales. La evidencia es poca, pero reveladora. En 1791, Restrepo le ayudó al esclavo Alejandro de la Rosa, quien había obtenido "papel" de su amo dos años antes. "Papel" era un documento que permitía a los esclavos salir en busca de un nuevo dueño, gracias a la acción de un magistrado luego de un denuncio de maltratos excesivos. El amo de Alejandro de la Rosa, aunque le había otorgado papel, más tarde lo acusó de haberse escapado. El asunto era todavía más complejo, pues el esclavo le había entregado a su señor más de 100 pesos como pago parcial por su manumisión. Con la asesoría legal de Restrepo, de la Rosa alcanzó la libertad.19

En 1804, el abogado antioqueño defendió a una mujer de 20 años llamada Clara. Aunque sus padres habían pagado por su libertad en la pila bautismal, el amo de estos insistía en que Clara era su propiedad. La joven le entregó a Restrepo evidencia del pago. Con ella, y teniendo en cuenta que la supuesta esclava había disfrutado de su libertad durante casi toda su vida, Restrepo argumentó con firmeza que la mujer era legalmente libre. No importaba que el amo de sus padres no hubiera consentido al pago hecho en la pila bautismal. Restrepo se basó en el principio de prescripción, según el cual los siervos podían obtener su libertad por el "paso del tiempo". El principio de prescripción aparece en Las Siete Partidas, código legal Castellano del siglo XIII y una de las fuentes de jurisprudencia española más importantes y longevas. Restrepo conocía bien este código y lo citaba en sus dictámenes jurídicos.20

En su trabajo como defensor de personas reclamadas como esclavas, Restrepo subrayó firmemente la noción de que la esclavitud no era un estado natural o un estatus normal, sino más bien una condición indeseable que emanaba de un acto de fuerza. Se trata de una idea que estaba ya articulada en las leyes de partida. Según el código medieval, los esclavos eran seres humanos sujetos a una condición miserable, y la esclavitud la cosa más "vil" y "despreciable" que podía existir.21 La idea de que los esclavos eran esclavos fundamentalmente por la fuerza de los amos puede verse de manera clara en las fórmulas empleadas en los protocolos notariales de venta, compra, donación y manumisión de siervos. Las expresiones "libertad natural", "sujeta a servidumbre", "libertad de servidumbre", "bajo la condición de esclavo", "rescate" y "redención" indican que, cuando el cautiverio de una persona era reforzado o eliminado mediante documentos legales, la esclavitud era notarialmente interpretada como una condición que existía por abuso de fuerza.

Así pues, Restrepo aseguró que en la "causa de la libertad" la ley no requería evidencia muy sólida o detallada a favor de los esclavos. En otras palabras, el abogado consideraba que la carga de la prueba era responsabilidad de los presuntos amos, quienes debían substanciar el estatus de cautiverio de aquellas personas a quienes reclamaban como sus siervos. Los jueces, sugería Restrepo, deberían tratar de hallar avenidas para facilitar la restitución de las personas cautivas a su "dignidad natural".22 De esta forma, insistía en que los esclavos no nacían naturalmente en la esclavitud, sino que, más bien, eran sujetados a ella por quienes ejercían, mediante la violencia, los privilegios de amos.

El uso de la palabra "dignidad" en el argumento de Restrepo sugiere que su pensamiento sobre esclavitud y libertad era, en cierta medida, crítico e innovador. Tradicionalmente, la palabra dignidad estaba íntimamente relacionada con los cargos y privilegios de quienes ejercían autoridad, especialmente "dignidades eclesiásticas".23 Se trataba de una manifestación concreta de un principio general según el cual las personas merecían deferencia y respeto en proporción a su posición social. La idea de dignidad natural presuponía, al contrario, asumir que existía una condición social básica, común a toda a la humanidad, que emanaba del orden mismo de la creación. Presumiblemente, todos los hombres y mujeres merecían un mínimo de respeto, sin importar el nacimiento desigual, la posición en la jerarquía o las obligaciones y privilegios corporativos. Semejante proposición contradecía la gramática política de la época, basada en parte en la convicción de que los atributos morales eran connaturales a posiciones sociales y genealogías específicas: los esclavos habían nacido para trabajar y obedecer y, por tanto, eran personas de baja esfera merecedoras del castigo físico. Para socavar el fundamento de estos lugares comunes, Restrepo comenzó a usar principios legales e interpretaciones jurídicas preexistentes con el objetivo de alcanzar fines innovadores. La evidencia más ínfima de que la esclavitud de un individuo específico podía ser ilegítima, aseguró Restrepo, debería compeler a los jueces a hacer todos los esfuerzos posibles para devolver dicho individuo a la libertad.24

Lo que resulta más importante para nuestros propósitos es que Restrepo parece haber basado sus argumentos tempranos en un reconocimiento tácito de la ambigüedad más radical de la práctica de la esclavitud en América. Tanto en la idea de que la esclavitud era un acto violento, como en la articulación de sus innovadores argumentos a propósito de una dignidad natural compartida, Restrepo se basaba en una paradoja latente: nadie podía señalar la fuente primordial y legítima del cautiverio de un ser humano. "Entre más de cerca examinamos las problemáticas del derecho y la esclavitud", ha insistido Rebecca J. Scott, "más claramente vemos que la ley en las sociedades esclavistas no tenía ni podía tener coherencia alguna". Jamás existió una "teoría consistente sobre la fuente del derecho a poseer personas".25 Tácitamente, Restrepo reconoció esta ambigüedad. Ahora bien, en el contexto colonial su concepción de la esclavitud como cautiverio injustificado no se extendía a la esclavitud como institución, sino que se aplicaba a casos específicos. Con todo, fue un paso importante pues la mayoría de los juristas no adhirieron a estas convicciones. La condena de la esclavitud como práctica ilegítima en cualquier caso y circunstancias cristalizaría después, en el contexto de la Revolución, que hizo posible pensar y planear una transformación radical de la sociedad.26

Si Restrepo no es el genio aislado y virtuoso de la hagiografía nacionalista, es necesario preguntarnos por las experiencias sociales y culturales que le permitieron comenzar a formar su vocabulario y sus postulados. Aunque la literatura existente aísla a nuestro personaje de la realidad histórica colonial, Restrepo no utilizó expresiones como "dignidad natural" por ser un cristiano virtuoso que se preparaba para fundar una nueva nación de hombres libres antes de 1808. ¿Cuál fue, entonces, el contexto intelectual en el que Restrepo comenzó a adoptar convicciones críticas frente a la esclavitud?

Latinidad, filosofía moderna y dignidad humana

Mediante el análisis de las fuentes notariales y de procesos judiciales, hemos visto que durante su vida en Popayán Restrepo estuvo inserto de manera ambigua en relaciones de interdependencia con el patriciado esclavista y con algunos esclavos, libertos o personas de estatus ambiguo. Esta puede ser la base para comenzar a superar el paradigma del genio, pues nos permite apreciar que hacia 1790 Restrepo no dependía de la esclavitud ni tenía intereses materiales suficientes para comprometerse de lleno con una defensa total de esa institución y de los amos como grupo social. Cuando litigó a favor de esclavos, Restrepo mostró simpatía por la idea de que la defensa de la libertad no retaba necesariamente el orden social y religioso, sino que más bien apuntalaba la dignidad natural de las personas. Así, Restrepo ejerció el privilegio de poseer a otros seres humanos y articuló, a la vez, la noción de que tal privilegio no estaba naturalmente ordenado, sino que era, fundamentalmente, un acto violento. El hecho de que su fortuna material no dependía enteramente de la esclavitud pudo haber posibilitado, en parte, esta perspectiva.

Ahora bien, otros magistrados en Popayán y en otras ciudades y villas del Reino podían encontrarse en posiciones similares, al poseer algunos esclavos y ayudar a los esclavos de otros amos en la búsqueda de la libertad. Pero la carrera de Restrepo fue un poco diferente de la de muchos otros magistrados. Para captar mejor esta diferencia es necesario pasar a evaluar la educación de Restrepo, pues es de ahí, seguramente, de donde procedieron las herramientas conceptuales que utilizaría en los tribunales de Popayán, donde comenzó el desarrollo autóctono de su línea cada vez más crítica de pensamiento.

Restrepo había recibido clases de latinidad desde la infancia. Nacido en la Antioquia rural, en jurisdicción de la villa de Medellín, era miembro de una familia en la que los niños disfrutaban de una educación básica en primeras letras y aritmética. Dicha educación, impartida en este caso por un tío cura, comenzaba con la gramática latina, paso inicial para obtener una formación clásica. El estudiante fue encontrado "superabundante" en latín al pedir admisión en el Colegio de San Bartolomé, en Santa Fe, en 1773.27 Con trece años, Restrepo dominaba el canon latino como un adulto y, seguramente, había comenzado a desarrollar su afecto especial por Virgilio y Cicerón.28 Pero fue su llegada a Santa Fe en 1773 lo que le permitiría a Restrepo sentar las bases para el futuro desarrollo de su pensamiento crítico. En efecto, todo cura y abogado poseía algún grado de experiencia en latinidad, pero solo una fracción privilegiada de colegiales obtuvo una educación en filosofía moderna, de acuerdo con un nuevo canon y una renovada lectura de los clásicos.

Los años de colegial de Restrepo coincidieron, en efecto, con el periodo más importante de la reforma educativa de la era borbónica. Entre 1773 y 1774, las autoridades seculares en Santa Fe avanzaron hacia la actualización del currículo colegial, comenzado con la reforma de San Bartolomé. Newton y Copérnico se hicieron más ampliamente aceptados (sus teorías habían sido enseñadas por los jesuitas antes de 1766), y profesores y estudiantes fueron alentados a privilegiar la experimentación, la observación directa y el debate, por sobre la obediencia a las autoridades y textos tradicionalmente aceptados. Generalmente denominada "filosofía moderna", en contraste con la educación silogística y la escolástica, esta formación de orientación "novadora" fue suspendida en 1779. Pero Restrepo se había convertido en bachiller en 1776 y en licenciado en 1778. Es más, había tomado lecciones privadas con José Celestino Mutis. Después de 1779, quienes se habían "convertido" a la filosofía moderna mantendrían encendida la antorcha de su nueva ideología mediante las tertulias y prácticas no oficiales de educación por fuera de las aulas. Una de sus principales convicciones, quizás las más relevante, era que el conocimiento escolar y la práctica intelectual deberían desembocar en la prosperidad, la felicidad y la justicia en la tierra.29

Restrepo se aferró a las lecciones que aprendió en Santa Fe y, sobre todo, a esa nueva fe en el pensamiento crítico, la experimentación directa y el conocimiento utilitario como vías hacia la perfección del género humano. De hecho, educó a otras personas en filosofía moderna, especialmente tras haber sido nombrado profesor en el Colegio Seminario de San Francisco de Asís, en Popayán, en 1782. Fue entonces que se avecindó allí, casándose con Tomasa Sarasti y Ante. Pronto suscitó admiración por su trabajo como profesor. Por fortuna para Restrepo, un obispo de Popayán, así como algunos vecinos pudientes, toleraron y hasta promovieron la filosofía moderna. En la apertura pública del nuevo curso, en octubre de 1791, y frente a lo más selecto del patriciado local, Restrepo defendió el estudio de las matemáticas, la geometría, la geografía y la botánica: tales prácticas no eran contrarias a la religión ni ponían en riesgo la salvación. La escolástica debía ser rechazada, insistió Restrepo, y "la razón, y no la autoridad, tendrá derecho a decidir nuestras disputas". Solo los asuntos que tenían que ver con los "intereses del hombre" debían estudiarse. El conocimiento utilitario llevaría al Reino a un "manantial de felicidades".30

En Popayán, algunos patricios se comprometieron con la reforma escolar y la investigación científica. Hacia 1803, miembros de la familia Arboleda habían juntado un fondo de 8 000 pesos para comprar instrumentos y libros para un futuro observatorio astronómico.31 El naturalista Alexander von Humboldt, quien visitó la ciudad en 1801, reportaba que los vecinos de Popayán eran más cultos de lo que podía esperarse, pero menos de lo que ellos mismos imaginaban. Las dudas de Humboldt provenían, en parte, de su constatación de la naturaleza esclavista y señorial de aquella sociedad. Popayán tenía una "efervescencia intelectual" que parecía presagiar un futuro brillante, comentó el prusiano, pero una sociedad esclavista como aquella apenas si podía ser terreno fértil para las ciencias. Los jóvenes patricios, servidos por esclavos y temerosos del trabajo manual, le parecían una "raza afeminada", completamente incapaz de los sacrificios que demandaban "las ciencias y la sociedad".32

Si bien la investigación científica y la práctica de la esclavitud no eran mutuamente excluyentes, en sus apreciaciones sobre Popayán, Humboldt pudo haber tocado una nota crucial: la reforma de la educación y la introducción de la filosofía moderna eran inseparables del cuestionamiento y potencial transformación del orden social, la jerarquía y la tradición. En efecto, es importante señalar que la naciente actitud crítica frente a la autoridad, la escolástica y el alcance de la revelación implicaba, así mismo, una actitud crítica frente a las autoridades políticas. Cuestionar las prácticas educativas y el canon tradicional iba de la mano con cuestionar los fundamentos y las prácticas del poder jerárquico. No en vano algunos de los estudiantes y personajes acusados de sedición en 1794, durante el episodio de los pasquines en Santa Fe, criticaban la regresión al canon escolástico. Se trataba de jóvenes aspirantes a geógrafos, botánicos o astrónomos que debían ajustarse al canon vigente, pero que se burlaban de este en secreto. Ya dispuestos a cuestionar autoridades centenarias y abiertos a las interpretaciones críticas, Restrepo, sus discípulos y otras personas con inclinaciones similares volvieron sus miradas a los clásicos y a los teóricos políticos del siglo XVII desde una nueva perspectiva y con nuevos objetivos. Comenzaron a cuestionar la jerarquía imperante en la sociedad de órdenes, utilizando argumentos que no eran bien vistos por la mayoría de las autoridades reales y eclesiásticas.33 Años después, esta crítica sería utilizada como herramienta intelectual y política durante la crisis que llevaría a la Independencia.

Retornemos, entonces, a la noción de dignidad, empleada por Restrepo en sus dictámenes jurídicos sobre esclavitud y libertad en Popayán. Al escribir "dignidad natural", Restrepo seguramente estaba echando mano de la idea de "dignidad humana", desarrollada en el siglo XVII por Samuel von Pufendorf. Este jurista del mundo alemán, cuyos libros eran conocidos por muchos letrados del Nuevo Reino, había desarrollado a su vez la noción de dignitas empleada por Cicerón. Con esta palabra, el autor romano denotaba la valía de los hombres que ejercían cargos cívicos; significado muy familiar para un hablante de español en el siglo XVIII. Pero Cicerón también utilizó la palabra para indicar una cierta condición social común a todos los hombres, quienes, al contrario de los animales, estaban siempre sujetos a la razón y al aprendizaje. Para Cicerón, por lo tanto, aun los patricios romanos tenían que ser justos con sus esclavos, pues estos también eran humanos.34 Pufendorf posteriormente argumentaría que un esclavo no debería ser tratado como un animal o un objeto.35 Cicerón era uno de los autores favoritos de Restrepo, mientras que Pufendorf quizás fue una de sus lecturas más tempranas en Santa Fe.

Antes de regresar a Antioquia, y mucho antes del Congreso General de Colombia en Cúcuta, Restrepo había adquirido un bagaje importante, comenzando un ejercicio de reflexión más bien novedoso sobre la esclavitud. En los tribunales de justicia, antes de la Revolución neogranadina, articuló la idea de que las antiguas leyes eran útiles, pero no suficientes, para comprender mejor la condición social y legal de los esclavos. Así, comenzó a desarrollar una nueva interpretación de la esclavitud que enfatizara su carácter de cautiverio ilegítimo, argumentando que esto era necesario para sostener la dignidad humana y construir un mundo más justo y feliz. La legislación que Restrepo ayudaría a forjar en Antioquia y Cúcuta, entonces, tenía antecedentes coloniales. Por lo tanto, la especificidad de este bagaje cultural sobre el cual Restrepo construyó su antiesclavismo republicano solo puede llegar a comprenderse bien prestando atención a su educación, a su situación económica y social y a sus actividades tempranas como defensor de esclavos y libertos. Fue en el crisol de los tribunales coloniales donde Restrepo puso en práctica la filosofía moderna a favor de la causa de la libertad de unas cuantas personas. Esta semilla, fertilizada por la experiencia vital de los últimos años coloniales, comenzaría a germinar al entrar en contacto con el nuevo ambiente político de la Revolución, contexto que hizo posible la transformación de la sensibilidad antiesclavista colonial en una posición política propia del orden republicano.

Conclusión

El análisis de las raíces coloniales de la sensibilidad antiesclavista en la temprana Colombia no estará completo hasta que comencemos a estudiar cómo las acciones y palabras de algunos esclavos y libertos -sus fugas, quejas, solicitudes de papel y demandas de amparo de libertad- influyeron en algunos magistrados, obligándolos a ponderar el tema de la esclavitud.

Por ahora, sin embargo, este artículo concluye que, además de la influencia que debieron haber ejercido los litigantes, Restrepo bebió de la filosofía moderna, de la cual adoptó, más que un corpus bibliográfico coherente, una táctica de pensamiento crítico. Para comenzar a pensar el tema de la esclavitud de forma crítica, Restrepo se basó en la misma sensibilidad que lo llevó a asegurar que "la razón" y no la "autoridad" debía ser árbitro de toda disputa intelectual. Es decir, todo aquello que se había entendido como natural e inalterable, incluyendo las relaciones sociales, podía pensarse desde el punto de vista de la perfectibilidad humana: la idea de que las personas, incluso los esclavos, podían llegar a ser felices y habitar un mundo cada vez más justo. Así, este abogado fue dueño de esclavos, sin que por ello dejara de defender en ciertos casos la pertinencia de la manumisión y la "causa de la libertad". Para darle mayor consistencia a su sensibilidad antiesclavista en formación, Restrepo utilizó insumos como las Siete Partidas, los escritos de Cicerón y, al parecer, la teoría de la igualdad y de la dignidad humana de Pufendorf. El futuro legislador, por lo tanto, superó el ámbito de la teología española, usando activamente conceptos seculares de manera táctica, más que dejándose moldear pasivamente por la influencia de los publicistas franceses, cuyas obras son generalmente vistas como la fuente principal de la ideología antiesclavista en las Américas.

Antes de la Revolución neogranadina, sin embargo, esta posición crítica no fue tesis general, sino más bien un principio de aplicación restringido. Previamente a la crisis política que comenzó en 1808, Restrepo reconoció que no existía una doctrina jurídica homogénea sobre la esclavitud, sosteniendo que los esclavos eran seres humanos dignos. En los tribunales de justicia, todo esclavo no era más que un infeliz sujeto al poder de un amo. Ante la más mínima prueba de que un amo no tenía justificación para ejercer sus derechos de autoridad sobre un esclavo, Restrepo llegó a sugerir, los magistrados debían favorecer al supuesto esclavo. Estas ideas de Restrepo fueron forjadas en una sociedad esclavista colonial plagada de ambigüedades: en Popayán se practicaba la esclavitud como la cosa más natural, pero se expresaba al mismo tiempo (por lo menos en las fórmulas notariales) que dicha práctica era un ejercicio de fuerza, basada en el poder de los amos más que en el accidente del nacimiento de los esclavos. Al centrar sus observaciones en esta tensión, Restrepo comenzó a dar los pasos que lo llevarían a argumentar, gracias a la ruptura de la Revolución, que Colombia, para ser una verdadera república, debía extinguir totalmente el cautiverio de los hijos de África.

Obras citadas

I. FUENTES PRIMARIAS

Archivos

Archivo Central del Cauca (ACC), Popayán, Colombia Colonia Notaría 1ra [ Links ]

Archivo Nacional del Ecuador (ANE) Quito, Ecuador [ Links ]

Incorporación de abogados Popayán [ Links ]

Publicaciones periódicas

Periódicos [ Links ]

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II. FUENTES SECUNDARIAS

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* Avances preliminares de este estudio fueron compartidos en el Seminario de Historia Colonial de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín (2017), y como ponencia en la universidad de verano "Oceanic Roots of the Atlantic Revolutions (ca. 1760-1850)," realizada en la École des Hautes Études en Sciences Sociales, París (2018). Por su colaboración en la investigación y escritura de este artículo, el autor agradece a María Eugenia Chaves Maldonado, Juan Sebastián Gómez González, Daniel Gutiérrez Ardila, Roberto Luis Jaramillo, Orián Jiménez Meneses, Juan David Montoya Guzmán, Rebecca J. Scott y a los evaluadores anónimos de esta revista.

1Gazeta de Colombia [Cúcuta] sep. 9, 1821: 5-6.

2José Félix de Restrepo, "Discurso sobre la manumisión de esclavos, pronunciado en el soberano Congreso de Colombia reunido en la villa del Rosario de Cúcuta en el año de 1821", Obras completas de José Félix de Restrepo (Medellín: Bedout, 1961) 297-298; Harold A. Bierck, Jr., "The Struggle for Abolition in Gran Colombia", Hispanic American Historical Review 33.3 (1953): 365-386; Jaime Jaramillo Uribe, "La controversia jurídica y filosófica librada en la Nueva Granada en torno a la liberación de los esclavos y la importancia económica-social de la esclavitud en el siglo XIX", Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura 4 (1969): 63-86; Jason McGraw, "Spectacles of Freedom: Public Manumissions, Political Rhetoric, and Citizen Mobilization in Mid-Nineteenth-Century-Colombia", Slavery & Abolition 32.2 (2011): 269-288.

3Isidro Vanegas, La Revolución Neogranadina (Bogotá: Plural, 2013); Daniel Gutiérrez Ardila, Un Nuevo Reino. Geografía política, pactismo y diplomacia durante el Interregno en Nueva Granada (1808-1816) (Bogotá: Universidad Externado de Colombia, 2010); Armando Martínez Garnica, Historia de la primera República de Colombia. 1819-1831. "Decid Colombia sea, y Colombia será"(Bogotá: Universidad el Rosario, 2019).

4Germán Colmenares, Historia económica y social de Colombia, t. ii (Bogotá: Tercer Mundo, 1997).

5No hay que olvidar, sin embargo, que la aplicación de este principio fue, en la práctica, restringida. Para una visión crítica del abolicionismo republicano, consultar McGraw; María Eugenia Chaves, "El oxímoron de la libertad. La esclavitud de los vientres libres y la crítica a la esclavización africana en tres discursos revolucionarios", Fronteras de la Historia 19.1 (2014): 174-200; María Eugenia Chaves, "The Reason of Freedom and the Freedom of Reason: The Neo-Scholastic Critique of African Slavery and its Impact on the Construction of the Nineteenth-century Republic in Spanish America", Iberian Empires and the Roots of Globalization, eds. Ivonne del Valle, Anna More y Rachel Sarah O'Toole (Nashville: Vanderbilt University Press, 2019) 183-205.

6Christopher Leslie Brown, Moral Capital: Foundations of British Abolitionism (Chapel Hill: The University of North Carolina Press / Omohundro Institute of Early American History and Culture, 2006); Emily Berquist, "Early Anti-Slavery Sentiment in the Spanish Atlantic World, 1765-1817", Slavery & Abolition 31 (2010): 181-205; Alessandro Tuccillo, Il commercio infame. Antischiavismo e diritti dell'uomo nel Settecento italiano (Nápoles: Università degli Studi di Napoli Federico II, 2013); Alessandro Tuccillo, "Antiesclavagisme sans colonies: Illuminismo et esclavage colonial", Dix-Huitième Siècle 45 (2013): 629-648; Chaves, "El oxímoron"; Chaves, "The Reason".

7José Manuel Restrepo, Historia de la revolución de la república de Colombia en la América meridional, vol. 1 [1827] (Medellín: Universidad de Antioquia, 2009) 268; M. Leonidas Scarpetta y Saturnino Vergara, Diccionario biográfico de los campeones de la libertad de Nueva Granada, Venezuela, Ecuador y Perú. Que comprende sus servicios, hazañas y virtudes (Bogotá: Imprenta de Zalamea, 1879) 504-505; Mariano Ospina Rodríguez, El doctor José Félix de Restrepo y su época [1888] (Bogotá: Biblioteca Aldeana de Colombia, 1936); Gregorio Hernández de Alba, Libertad de los esclavos en Colombia (Bogotá: Publicaciones de la Sociedad Colombiana de Etnología, 1956) 44-45.

8Fabio Botero Gómez, "José Félix de Restrepo", Obras completas 39-41; Ospina; Guillermo Hernández de Alba, Vida y escritos del doctor José Félix de Restrepo (Bogotá: Imprenta Nacional, KJ35); Carlos Restrepo Canal, José Félix de Restrepo. Jurisconsulto, humanista y hombre de estado. 1760-1812 (Bogotá: Kelly, 1970); Javier Ocampo López, "El maestro José Félix de Restrepo, el educador de la generación de independencia en Colombia", Revista de historia de la educación latinoamericana 14 (2010): 9-60; Jorge Tomás Uribe, "José Félix de Restrepo, educador y político", Revista de historia de la educación latinoamericana 14 (2010): 61-82.

9Norbert Elias, The Society of Individuals (Dublin: University College Dublin, 20lo) 28; Norbert Elias, Mozart: The Sociology of a Genius (Dublin: University College Dublin, 2010).

10Archivo Central del Cauca (ACC), Popayán, Notaría 1ra., vol. 56 (1789-IV), f. 13r; vol. 59 (1794-II), ff. 178v-180r; vol. 73 (1808-I), ff. 108v-109v. ACC, Popayán, sig. 9836 (Col. JII-7cv); "Expediente relativo a la incorporación de Abogado de esta Real Audiencia que solicita el doctor don Félix de Restrepo, abogado matriculado en la Real Audiencia del Nuevo Reino de Granada de Santa Fe", ene. 9, 1789. Archivo Nacional del Ecuador (ANE), Quito, Incorporación de abogados, caja 3, vol. 9; "Expediente del doctor don Félix José Restrepo vecino de la ciudad de Popayán en que pide información para España", jun. 20, 1793. ANE, Quito, Popayán, caja 274, exp. 2; Ospina 60-62. Sobre el mercado de esclavos de Popayán, ver Colmenares 31-48, y las fuentes notariales en ACC, Popayán, Notaría 1ra.

11ACC, Popayán, Notaría 1ra., vol. 56 (1789-IV), ff. 13r, 516r, 523v-525r; vol. 57 (1791-I), ff. 91v-92v, (1791-III), f. 194r; vol. 58 (1792-I), ff. 287r-288r; vol. 59 (1792-I), ff. 46r-v, 48r, 87v, 89r-v, 203v-204v, (1793-IV), ff. 8r-v, 10r; vol. 60 (1794-III), ff. 102r-103v, 125v, 127r-v, (1794-VI), ff. 76v-77r; vol. 61 (1796-V), ff. 91r-92v; vol. 62 (1797-V), ff. 104v, 106r-v, (1797-VI), f. 142r-v; vol. 63 (1798-II), ff. 83r-v, 85r, 92r-v; vol. 73 (1801-I), ff. 146v-147v.

12ACC, Popayán, Notaría 1ra., vol. 57 (1790-IV), ff. 26v-33r.

13AGO, Popayán, Notaría 1ra., vol. 58 (1792-III), ff. l2v-2ov.

14AGO, Popayán, Notaría 1ra., vol. 58 (1792-III), f. 24r-v.

15AGO, Popayán, Notaría 1ra., vol. 61 (1796-III), ff. 7v, 2ov-2lv.

16AGO, Popayán, Notaría 1ra., vol. 54, (1786-II), ff. 36r-37r; vol. 57, (1791-III), ff. 26or-26lr; vol. 59 (1792-I), ff. 246r-247r; Ospina 92-93.

17ACC, Popayán, Notaría 1ra., vol. 51 (1781-III) a vol. 82 (1830-I).

18ACC, Popayán, Notaría 1ra., vol. 57 (1791-III), ff. 194r-v.

19"Alejandro, esclavo de Manuel de la Rosa, pide su libertad en virtud de haber consignado el valor". ACC, Popayán, sig. 10250 (Col. J II-14cv). Sobre la figura jurídica de "pedir papel", ver Alejandro de la Fuente, "Slaves and the Creation of Legal Rights in Cuba: Coartación and Papel", Hispanic American HistoricalReview 87.4 (2007): 659-692.

20"Solicitud de Francisco Rodríguez, para que se le devuelva su esclava Clara, la que fue puesta en prisión". ACC, Popayán, sig. 10256 (Col. J II-14CV), f. 5v; "Tít. XXII, Ley VII", Qvarta Partida (Salamanca: Andrea de Portonariis, 1555) 57. Para una interpretación reciente del principio de prescripción que toma en cuenta las ambigüedades jurídicas de la esclavitud, ver Rebecca J. Scott, "Social Facts, Legal Fictions, and the Attribution of Slave Status: The Puzzle of Prescription", Law & History Review 35.1 (2017): 9-30.

21"Tít. V, preámbulo", "Tít. XXI, Ley I", "Tít. XXII, preámbulo", Qvarta Partida 15, 54, 56.

22"Solicitud de Francisco Rodríguez, para que se le devuelva su esclava Clara, la que fue puesta en prisión". ACC, Popayán, sig. 10256 (Col. J II-14cv), f. Kjr.

23Sebastián de Covarrubias, Tesoro de la lengua Castellana o Española (Madrid: Luis Sánchez, 1611) 637; Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con lasphrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...] Tomo tercero. Que contiene las letras D.E.F. (Madrid: Real Academia Española, 1732) 279.

24"Solicitud de Francisco Rodríguez, para que se le devuelva su esclava Clara, la que fue puesta en prisión". ACC, Popayán, sig. 10256 (Col. J II-14cv), f. Kjr.

25Rebecca J. Scott, "Slavery and the Law in Atlantic Perspective: Jurisdiction, Jurisprudence, and Justice", Law & History Review 29.4 (2011): 922-23.

26José Félix de Restrepo, "Discurso"; "Ley sobre la manumisión de la posteridad de los esclavos africanos y sobre los medios de redimir sucesivamente a sus padres, extendida y propuesta para su sanción a la Cámara de Representantes del Pueblo, por el Excelentísimo Dictador Ciudadano Juan B. del Corral", Gazeta Ministerial de la República de Antioquia [Medellín] oct. 2, 1814. Sobre sentimientos antiesclavistas tempranos en el mundo español, ver Berquist. Sobre la cultura antiesclavista en la Antioquia revolucionaria, ver Daniel Gutiérrez Ardila, "La politique abolitionniste dans l'État d'Antioquia, Colombie (1812-1816)", Le Mouvement Social 252 (2015): 55-70; y María Eugenia Chaves, "'Nos, los esclavos de Medellín'. La polisemia de la libertad y las voces subalternas en la primera república antioqueña", Nómadas 33 (2010): 43-55.

27William Jaramillo Mejía, Real Colegio Mayor y Seminario de San Bartolomé: nobleza e hidalguía; colegiales de 1605 a 1820 (Bogotá: Instituto Colombiano de Cultura Hispánica, 1996) 376.

28Félix José de Restrepo, "Reglamento para las escuelas de la provincia de Antioquia", Obras completas 186-210; Luis Álvaro Gallo Martínez, Apuntes biográficos de Restrepos (Bogotá: s. e., 2004) 97-98. Sobre la educación de los patricios, ver Renán Silva, Los ilustrados de Nueva Granada, 1760-1808. Genealogía de una comunidad de interpretación (Medellín: Banco de la República / Universidad EAFIT, 2002); Renán Silva, Saber, cultura y sociedad en el Nuevo Reino de Granada, siglos XVII y XVII (Medellín: La Carreta, 2004).

29Daniel Herrera Restrepo, El pensamiento filosófico de José Félix de Restrepo (Bogotá: Universidad Santo Tomás, 2006) 37-47; Silva, Los ilustrados 50-56, 62-69; Renán Silva, La ilustración en el virreinato de la Nueva Granada. Estudios de historia cultural (Medellín: La Carreta, 2005) 15-46.

30Félix José de Restrepo, "Oración para el ingreso de los estudios de filosofía, pronunciada en el Colegio Seminario de la ciudad de Popayán, en el mes de octubre de 1791", Papel periódico de la ciudad de Santafé de Bogotá [Bogotá] dic. 16, 1791.

31"José Ignacio de Pombo a José Celestino Mutis", Cartagena de Indias, abr. 3, 1803. Archivo epistolar del sabio naturalista don José Celestino Mutis, vol. 4, ed. Guillermo Hernández de Alba (Bogotá: Instituto Colombiano de Cultura Hispánica, 1975) 108.

32"Alexander von Humboldt a José Celestino Mutis", Popayán, nov. 10, 1801. Archivo epistolar, vol. 4, 11-12.

33Sobre la "crisis de la juventud escolar" ver el capítulo 2 de Silva, Los ilustrados.

34Kari Saastamoinen, "Pufendorf on Natural Equality, Human Dignity, and Self-Esteem", Journal of the History of Ideas 71.1 (2010): 39-62; Cicero, On Duties, eds. M. T. Griffin y E. M. Atkins (Cambridge: Cambridge University Press, 1991) 18, 41-42.

35Samuel Pufendorf, De Jure Naturae et Gentium. Libri Octo, vol. II, eds. C. H. Oldfather y W. A. Oldfather [1688] (Oxford-Londres: Clarendon Press / Humphrey Milford, 1934) 38, 330-345, 934-946.

Cómo citar este artículo Edgardo Pérez Morales, "Félix José de Restrepo, las ambigüedades de la esclavitud y la sensibilidad antiesclavista. Popayán, 1783-1808", Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura 48.1 (2021): 45-67.

Recibido: 14 de Enero de 2020; Aprobado: 17 de Marzo de 2020

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