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Díkaion

versão impressa ISSN 0120-8942versão On-line ISSN 2027-5366

Díkaion vol.32 no.1 Chia jan./jun. 2023  Epub 25-Jul-2023

https://doi.org/10.5294/dika.2023.32.1.19 

Reseña

Derechos humanos: ¿hacia la igualdad o la diversidad?

Juan Pablo Sánchez Montenegro1 
http://orcid.org/0000-0002-4667-2422

1 Universidad de Navarra, España. jsanchezmon@alumni.unav.es


Reseña del libro: Juan Cianciardo, La relevanciadel derecho en una sociedad multicultural. La difícil armonización entre diversidad e igualdad, Ciudad de México, Tirant lo Blanch, 2021, 132 p. ISBN (papel): 9788413550466; ISBN (Ebook): 9788413550473.

A menudo, la relación entre igualdad y diversidad se presenta como una oposición insalvable en la que una noción siempre anula a la otra, lo cual pone en tela de juicio el carácter universal de los derechos humanos.

No obstante, el último trabajo de Juan Cianciardo, catedrático de la Universidad de Navarra, con una amplia trayectoria en el desarrollo de la teoría general de los derechos humanos, demuestra que dicha oposición es aparente y está fundamentada en el "discurso de las generaciones" (p. 46); es decir, en una comprensión subjetivista de los derechos humanos concebidos como instrumentos de confrontación del individuo con el Estado, la cual afirma de manera errónea que únicamente los derechos humanos de la primera generación, como el derecho a la vida o la libertad de expresión, son universales.

En esta obra, Juan Cianciardo traza las principales pinceladas de la difícil conciliación conceptual entre el derecho de igualdad y el derecho a la identidad cultural en sociedades multiculturales. El autor propone la superación de este debate mediante la adopción de un enfoque basado en la dignidad de las personas y en el redescubrimiento de la dimensión institucional de los derechos. Para conseguirlo, el libro se estructura en una introducción y dos grandes bloques. La primera parte (caps. I y II), de un marcado carácter teórico, y la segunda parte (caps. III y IV), compuesta por el análisis jurisprudencial en el ámbito argentino, a través del comentario crítico de cuatro sentencias emitidas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en las cuales se discuten las implicaciones constitucionales del derecho a la identidad cultural de los pueblos indígenas argentinos.

La introducción brinda al lector el marco referencial en el que se inscribe la problemática mencionada líneas arriba, así como las coordenadas metodológicas bajo las cuales el lector podrá examinar la validez de la hipótesis del autor y, consecuentemente, juzgar la calidad de la obra. En este orden de ideas, el planteamiento general destaca la influencia de las revoluciones francesa y estadounidense en el proceso histórico de reconocimiento de derechos, así como en el desarrollo del constitucionalismo, tanto en Europa continental como en Estados Unidos (p. 19). A esto hay que añadir la alusión a América Latina, en donde dicho proceso adquirió un carácter particular (p. 22).

El capítulo I resalta el esfuerzo de los Estados occidentales "por la necesidad de conjugar de modo armónico diversidad e igualdad" (p. 23); razón por la cual aquellos han oscilado entre la aplicación del asimilacionismo y del multiculturalismo relativista. En el primero, se asume la idea de la superioridad de una cultura sobre la otra e implica la afirmación de la legitimidad moral de la imposición de la cultura superior sobre la inferior. En el segundo, se concibe que "los derechos humanos son puro producto cultural, sin base supra contextual o natural. Por tanto, no puede pretenderse su respeto más allá de la trama cultural concreta que lo vio nacer" (p. 37).

El capítulo II plantea que la universalidad y la diversidad pueden ser conciliadas a través de la teoría general de los derechos humanos, con base en dos ideas: 1) el ser humano posee una dimensión social que forma parte de su personalidad y se desenvuelve en una sociedad concreta con una identidad cultural específica, y 2) la superación del discurso de las generaciones mediante el redescubrimiento de la dimensión institucional de los derechos humanos; es decir, como "principios básicos del ordenamiento jurídico y de la comunidad política" (p. 51), que es una realidad extensiva a todos los derechos humanos y no exclusiva de los de una determinada generación.

Al respecto, conviene precisar que al final de este segundo capítulo el autor esboza cinco reflexiones preliminares (p. 60), cuyo valor científico radica en que permiten inferir una idea trascendente sobre el carácter de los derechos humanos: la distinción entre su universalidad, relacionada con la existencia de unos principios morales válidos para todas las sociedades, y su relatividad, la cual está referida a cómo esa moral se concreta dentro de un espacio-tiempo histórico particular (p. 59).

Seguidamente, los capítulos III y IV están dedicados a la corroboración de la tesis planteada. En esta sección del texto se utiliza el marco teórico desarrollado en la primera parte, con la finalidad de examinar y comentar, en líneas generales, el reconocimiento de los derechos culturales de los pueblos indígenas de la Argentina, con base en cuatro sentencias emitidas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación de ese país.

El capítulo III aborda el proceso histórico de reconocimiento constitucional de los derechos indígenas en la Argentina. Para tal efecto, se basa en un artículo de Juan Travieso que divide el mencionado proceso en tres etapas: la primera, caracterizada por la promoción del modelo asimilacionista que quedó plasmado en el artículo 67, inciso 15 de la Constitución de 1853, así como el debate en torno a la Ley 215 de 1867 que proponía el exterminio de los indígenas; la segunda, en la que se dejó de lado el exterminio como opción viable y se moderó el discurso asimilacionista en la Constitución de 1949; y, finalmente, la tercera, cuyo rasgo principal es el reconocimiento normativo de los derechos de los pueblos indígenas en el artículo 75, inciso 17 de la Constitución reformada en 1994, vigente en nuestros días.

Sobre esta última etapa, el autor también ofrece ejemplos propios del constitucionalismo provincial y profundiza en el contenido de los cuatro derechos constitucionales de los pueblos indígenas reconocidos en esa norma, a saber: respeto a la identidad, a una educación bilingüe e intercultural, a la posesión y propiedad comunitarias de las tierras, y a participar de la gestión referida a los recursos naturales y a los demás intereses que los afecten.

El capítulo IV está centrado en el análisis de la interpretación realizada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto del artículo 75, inciso 17 de la Constitución argentina. Hay que enfatizar que dicha jurisprudencia está vinculada fundamentalmente con dos materias relevantes para los derechos indígenas: por un lado, el sentido y el alcance del derecho de propiedad y, por otro, "el derecho al propio Derecho" (p. 104).

En cuanto al primer tema, se examinan los casos "Comunidad Indígena del Pueblo Wichi Hoktek T'Oi c. Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible" y "Asociación de Comunidades Aborígenes Lhaka Honhat c. Poder Ejecutivo de la Provincia de Salta", cuya importancia reside en el uso de los mecanismos judiciales por parte de las comunidades indígenas argentinas, para reclamar y hacer efectivos sus derechos ante la instancia constitucional. Al mismo tiempo, sobre el segundo tema, se revisan los casos "Comunidad Indígena Eben Ezer c. Provincia de Salta - Ministerio de Empleo y la Producción" y "Salas, Dino y otros c. Provincia de Salta y Estado Nacional", cuyo valor radica en el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas como objeto de protección del recurso de amparo, dentro del ordenamiento jurídico argentino, y en el uso de la jurisprudencia de la Corte IDH para su fundamentación.

El capítulo IV termina con las conclusiones de la investigación, entre las que destaca la íntima relación existente entre el derecho de propiedad de los pueblos indígenas y el derecho a su identidad cultural, así como la tarea pendiente del derecho en la búsqueda de una fórmula armonizadora de los usos y las costumbres jurídicas de los pueblos indígenas con el sistema jurídico estatal. No debe olvidarse que la implementación del pluralismo jurídico es un desafío pendiente que posee una enorme actualidad en la mayoría de los países andinos, pero que ya ha sido medianamente resuelto en algunos países desarrollados como Canadá y Bélgica.

A mi juicio, la obra refleja tres grandes aciertos: primero, la claridad meridiana en la discusión de uno de los más grandes debates de la teoría fundamental de los derechos humanos; es decir, de la universalidad frente a la diversidad; segundo, su sinceridad intelectual en cuanto al alcance y la estructura de la investigación; y tercero, su denuncia al doble error frecuentemente asumido por los especialistas de este ámbito de estudio, al confundir, por una parte, universalismo con asimilacionismo y, por otra, diversidad con multiculturalismo relativista.

En relación con la redacción, cabe destacar el estilo divulgativo en el que está escrito el libro, pues no sobreabundan los tecnicismos. Este aspecto, unido a la limpieza y cuidado en la escritura, contribuye a que el lector pueda comprender el tema abordado sin necesidad de ser un especialista en teoría fundamental de los derechos humanos. Asimismo, dicha característica convierte a La relevancia del derecho en una sociedad multicultural en un libro de lectura obligatoria entre conocedores y no conocedores de la teoría fundamental de los derechos humanos, que es especialmente recomendable para quienes desean iniciarse en el estudio de este y otros tópicos relacionados.

De la misma manera, otro aspecto importante de la obra es la honestidad intelectual del autor para reconocer que el libro está estructurado a partir de dos artículos suyos vinculados con el tema central discutido: "Para siempre, para todos. Los desafíos de la universalidad a sesenta años de 1948" y "La relevancia del Derecho y el multiculturalismo. Reflexiones a partir de un ejemplo americano" (p. 15). Esta forma en la que se construye el libro permite advertir un ligero giro estilístico entre la primera y la segunda parte que se encuentra justificado en el hecho de que la primera parte es de carácter teórico, mientras que la segunda se orienta a la práctica. De cualquier forma, este rasgo no le resta calidad a la investigación ni tampoco supone una ruptura drástica en la unidad temática de la obra.

No obstante, la mayor razón que convierte al libro de Juan Cianciardo en una monografía de lectura obligatoria es, como se ha señalado, su mérito académico para denunciar el doble error incurrido por la mayoría de los especialistas de la teoría fundamental de los derechos humanos: la identificación del universalismo con el asimilacionismo y de la diversidad con el multiculturalismo relativista.

Por un lado, el reconocimiento de una moral universal no implica su identificación con un marco cultural determinado y la negación de la pluralidad cultural. Por otro, el reconocimiento de la diversidad cultural no implica la negación de verdades morales universales; por el contrario, el reconocimiento de una moral universal guarda perfecta armonía con la diversidad cultural, siempre y cuando esta no la contravenga. Por consiguiente, la validez de una cultura estará determinada por su nivel de adecuación a los derechos humanos y, simultáneamente, el reconocimiento de los derechos humanos no debe suponer la imposición de una cultura específica.

Ahora bien, a la luz de los dos objetivos propuestos por el autor en la introducción de su libro -el análisis de la inmigración multicultural y del llamado problema indígena (p. 11)-, resulta novedoso el estudio de la jurisprudencia argentina relacionada con el problema indígena, lo cual constituye un punto a favor del texto, debido a la poca discusión jurídica que ha habido en torno a los derechos de los pueblos indígenas de la Argentina.

En estrecha relación con el estudio de la jurisprudencia argentina, la obra de Cianciardo abre nuevas líneas de investigación, a través del diálogo multidisciplinario, particularmente, a partir de la afirmación de que "la idea de tolerancia o de protección pasiva no resulta adecuada para definir la respuesta del Derecho al fenómeno del pluralismo cultural" (p. 55). El desarrollo de esta afirmación podría dar origen a un estudio más profundo basado en la importancia del principio de solidaridad y la acción del Estado para hacer efectivo el derecho a la identidad cultural en contextos de sociedades multiculturales.

En resumen, este libro representa una gran oportunidad para iniciar un estudio comparado dedicado a las estrategias empleadas por los Estados para incluir a los pueblos indígenas en sociedades multiculturales, tanto desde el ámbito del derecho como el de las ciencias políticas. En tal sentido, a fin de comprobar la hipótesis planteada por el autor, sería recomendable profundizar en la segunda parte del libro mediante la evaluación de una muestra de casos más representativa, lo que, a su vez, podría lograrse si se enfocara en la situación de los pueblos indígenas de los países andinos como Perú, Ecuador y Bolivia. La importancia de estos países sobre todo Perú, radica en que en este país las estrategias asimilacionistas no han tenido un carácter tan marcado como en la Argentina, en buena parte por dos factores: a) la existencia del discurso del mestizaje que promueve una identidad cultural que integra la herencia cultural indígena con la europea, sin pretensión de subordinación (al menos, en el discurso oficial), y b) el surgimiento de estrategias propias del multiculturalismo relativista precisamente a partir del reconocimiento constitucional del derecho a la identidad cultural, pero especialmente del derecho de las comunidades campesinas, nativas y rondas campesinas a ejercer función jurisdiccional, desde la Constitución de 1979 hasta la actual de 1993.

En definitiva, como ha podido observarse, el autor abre y deja en el tintero muchos temas por escribirse; sin embargo, no se debe soslayar que el verdadero aporte de La relevancia del derecho en una sociedad multicultural al debate científico es mucho mayor al tratarse de un libro de cabecera destinado a un público no necesariamente especializado en la teoría fundamental de los derechos humanos. El libro esconde una profundidad intelectual que toca la fibra más sensible de los derechos humanos: la difícil armonización entre la diversidad y la igualdad.

Referencias

Cianciardo, Juan, "Para siempre, para todos. Los desafíos de la universalidad a sesenta años de 1948", Persona y Derecho 59 (2008), pp. 19-55. DOI: 10.15581/011.31751 [ Links ]

Cianciardo, Juan, "La relevancia del Derecho y el multiculturalismo. Reflexiones a partir de un ejemplo americano", en AA. VV., Prawo w sluzbie panstwu i spoleczenstwu. Prace dedykowane Profesorowi Kazimierzowi Dzialosze z okazji osiemdziesiqtych urodzin, Wroclaw, Wydawnictwo Uniwesytetu Wroclawskiego, 2012, pp. 286-300. [ Links ]

Para citar esta reseña / To cite this review / Para citar esta resenha: Juan Pablo Sánchez Montenegro, "Derechos humanos: ¿hacia la igualdad o la diversidad?", en Díkaion 32, 1 (2023), e32119. DOI: https://doi.org/10.5294/dika.2023.32.1.19

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