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CES Odontología

Print version ISSN 0120-971X

CES odontol. vol.26 no.1 Medellìn Jan./June 2013

 

Bioética en Odontología, una visión con principios

Bioethics in Dentistry, a principled vision

Roba Izzeddin-Abou,1 Francis Jiménez2

1Docente Asociado Departamento de Prostodoncia y Oclusión. Facultad de Odontología. Universidad de Carabobo. E-mail: rubaizzeddin@gmail.com.
2Docente. Departamento de Prostodoncia y Oclusión. Facultad de Odontología. Universidad de Carabobo. E-mail: francis_mjz@hotmail.com

Recibido: enero de 2013. Aprobado: junio de 2013


Resumen

La odontología contemporánea, se enfrenta a diferentes dilemas éticos, en primer lugar esta presionada por una cantidad de cuestiones morales y sociales que han alcanzado la profesión y afectado de manera considerable su práctica diaria. Adicionalmente, cambios importantes en la profesión odontológica han promovido mayor necesidad de incluir en la práctica clínica los principios Bioéticos. Este artículo presenta a la Bioética y su rol integrador entre los derechos del paciente y deberes de profesional de la odontología en sus diferentes ámbitos.

Palabras Clave: Ética, Bioética, Odontología Contemporánea.


Abstract

The contemporary dentistry, faces different ethical dilemmas, first this down for a number of moral and social questions that have reached the profession and significantly affected their daily practice. Additionally, major changes in the dental profession have promoted greater need to include in clinical practice Bioethical principles. This article presents bioethics and its integrating role between patient rights and duties of dental professional in different areas.

Key words: Ethics, Bioethics, Dentistry Contemporaneus.


Introducción

La Bioética es un campo de estudio e investigación que se ha expandido rápidamente en el mundo, en el caso de la Odontología se manifiesta en temas como procedimientos de alto riesgo, consentimiento informado para tratamientos odontológicos, revisión entre colegas, calidad de servicios, mala praxis, entre otros.1 Este artículo presenta la Bioética y su rol integrador entre los derechos del paciente y deberes de profesional de la odontología en sus diferentes ámbitos. Vinculado al concepto de una disciplina que puede aportar los elementos necesarios para que se entienda la razón de ser de las normas, de modo que sean asumidas y puestas en práctica a beneficio del paciente, bajo una reflexión etica.

Bajo esta premisa la reflexión ética se debe enfocar como un punto de partida para los profesionales de salud por un lado, y para el paciente como parte de una comunidad, por el otro. En tal sentido, el paciente confía en el profesional y espera honestidad, respeto y amor2 como parte de sus derechos. Esto trae como consecuencia, que el irrespeto a dichos valores, por parte del profesional de la odontología, se vea traducido en el incremento de demandas por mala praxis, tanto médicos como dentales, afectando así la relación clínico paciente.3

Es entonces cuando la odontología se ve atrapada por el problema de lo que es justo. Aunado a este escenario, en muchos casos la utilización auxiliaria dental y ha elevado los costos, afectando la relacion entre el paciente y el personal de la odontologia.3

Por ende, La odontología necesita, en primera instancia, conocer las bases filosóficas y principios fundamentales de la bioética para llevarlos a una práctica clínica racional y más consciente del paciente como persona y no como una entidad bucal; conocer, además, la normativa que rige la profesión, ya que para que "...un médico sea un buen médico, no sólo necesita una técnica correcta, sino también una ética adecuada.4

En este sentido, el análisis y la reflexión ética formal son componentes esenciales en la toma de decisiones de los profesionales de la salud. Así, todas las recomendaciones y procedimientos para la realización de tratamientos tienen una base ética y una consecuencia. Los odontólogos, en cada momento de su vida profesional, se ven enfrentados a conflictos de valores, donde la decisión final afectará el bienestar de sus pacientes en forma importante, por lo que se trata de una elección moral. Las conductas morales son aquellas que pueden tener buenas o malas consecuencias y pueden, por lo tanto, ser evaluadas como correctas o erróneas usando un criterio objetivo razonado. La ética es la "ciencia de la moral", es la reflexión filosófica que permite esclarecer y fundamentar acerca de lo bueno y lo malo. Ocasionalmente se produce una confusión entre la noción de ética y ley; ésta se distingue de la ética, y consecuentemente de la moral, en cuanto institución social de reglas de acción obligatorias dictadas por una autoridad formalmente reconocida y con poder de fuerza. La ley debe ser entendida como un consenso público, frecuentemente temporal, es decir, como una aproximación a la moral.5

Bajo esta premisa, el objetivo del presente estudio es plantear una clasificación de Bases y Principios presentes en la bioética, sobre dicha base el ejercicio de la odontología es considerado "una profesión", es decir, un trabajo aprendido, mediante el cual el individuo trata de solucionar sus necesidades materiales y de las personas a su cargo, servir a la sociedad y perfeccionarse como ser moral.6 Toda profesión se hace y ejerce en sociedad, es por y para los demás, por eso su carga moral. Cuando una profesión ya no es útil a la sociedad que le dio origen ésta la dejará desaparecer. El miembro del Equipo de Salud debe respetar un "paquete" o "ramillete" de obligaciones en el ejercicio de su praxis profesional; las cuales se evidencian en el presente estudio para clasificar así: deberes éticos, obligaciones jurídicas y obligaciones científicas y derechos del paciente.

Sustento teórico

Entre dichos lineamientos cabe resaltar que el desarrollo de la bioética como parte de la cultura contemporánea y que prácticamente cualquier problema del acontecer social pueda analizarse desde el punto de vista bioético, lo cual no sólo es importante, sino además muy sano para la vida en sociedad que adquiere; así una nueva forma de reflexión ética, especialmente con relación a las ciencias biológicas y al extraordinario desarrollo de la biotecnología que la acompaña y que constituye, para la ética contemporánea, un desafío por no contar con un patrón moral común para solucionar los dilemas que se derivan de este desarrollo. Si cumplen a conciencia y con diligencia y prudencia, ese conjunto de deberes / obligaciones, estará respetando los derechos esenciales del paciente (Tabla 1): su vida y su salud, su libertad y su dignidad.7

Derechos de los pacientes

Dignidad humana

  • Asistencia incondicional por parte de cualquier facultativo odontólogo, en situaciones de emergencia o urgencia vital.
  • Protección frente a acciones lesivas o dolorosas que fueran innecesarias o inútiles para la curación de daños de mayor relevancia.
  • Ser escuchado con atención y tomadas en cuenta sus opiniones.
  • Recibir tratamiento sin discriminación por motivos de raza, color, religión, sexo, origen nacional, discapacidad u orientación sexual.
  • Usted tiene el derecho a una atención considerada, compasiva y respetuosa.
  • Tiene derecho a rechazar cualquier tratamiento experimental.8

Libertad de elección y contratación

  • Elegir libremente las consultas (consultorios o clínicas) y los facultativos odontólogos legalmente establecidos que ofrezcan sus prestaciones a la población.
  • Contratar libremente, los servicios profesionales de clínicas y facultativos odontólogos que fueren de su confianza, previo conocimiento del presupuesto u honorarios de las prestaciones correspondientes.9

Asesoramiento clínico

  • Ser examinado convenientemente para poder descubrir cualquier tipo de patología estomatognática detectable por medios incruentos e indoloros.
  • Ser informado y aconsejado sobre la posibilidad de beneficiarse de exploraciones complementarias o adicionales que permitieran un diagnóstico más preciso y conveniente, así como de su rendimiento, riesgos e inversión requerida.
  • Recibir del facultativo odontólogo una información detallada y clara sobre las posibilidades terapéuticas a su patología, junto con su pronóstico, temporalización, expectativas, calidades alternativas, riesgos y presupuestos.
  • Ser informado por el facultativo odontólogo de la eventual existencia de otras opciones clínicas que él no pudiera facilitarle.
  • Ser informado sobre las circunstancias, incidencias o particularidades de un servicio clínico que pudieran modificar las expectativas o costos inicialmente previsibles.
  • Tiene derecho a la comunicación a través de un vocabulario que el usuario pueda entender, es decir no utilizar lenguaje médico desconocido por el paciente.10

Consentimiento

  • Decidir libremente las opciones clínicas que pudiera preferir, por razones personales, entre las ofrecidas e informadas por el facultativo o facultativos consultados.11

Continuidad asistencial

  • Continuidad de las prestaciones asistenciales, cuando no estén dadas las circunstancias éticodeontológicas, que de tal manera legitimen la interrupción de las mismas por parte del facultativo.12

Calidad asistencial

  • Recibir por parte del odontólogo cuyos servicios hubiera contratado, unas prestaciones asistenciales conformes a protocolos clínicos aceptados en el estado actual de la ciencia, la técnica y el arte de la Odontología.
  • Recibir, tanto del facultativo, como del personal auxiliar y administrativo bajo responsabilidad de éste, un trato respetuoso, digno y confidencial.12

Intimidad

  • Secreto profesional
  • La protección de su identidad fuera del ámbito del consultorio.
  • La confidencialidad sobre su realidad clínica.12

Información Asistencial

  • Recibir una factura por las prestaciones facilitadas.
  • Usted tiene derecho a saber la educación y la formación de su odontólogo y el equipo dental.
  • Usted tiene derecho a esperar que los miembros del equipo dental utilicen los controles adecuados de esterilización.
  • Conocer la marca y fabricante, si así lo requiera, de los productos sanitarios que se emplean en su organismo como elementos alopático.11

Las profesiones contemporáneas, en tanto instituciones que responden a necesidades y demandas sociales, no sólo comparten una base cognoscitiva ("un saber") que le da su autoridad a la profesión, presentan, además, otras dos características fundamentales:

  • El acceso a un "saber hacer", esto es, una praxis, un modo de acción calificado por un agente responsable e informado por una teoría. Se trata de un saber hacer y cuándo hacer, lo que lleva a la prudencia, que es la máxima virtud de las profesiones.

  • Un saber estar, es decir, la dignidad que requiere el profesar este saber, ya sea respecto a los pares (etiqueta) o respecto de aquellos que piden el servicio (ética).13

A principios del siglo XX, la reforma de la educación médica en EEUU resumió estos tres elementos en: servicio a la humanidad, educación de excelencia automejoramiento/autorregulación, designándolos respectivamente como componente moral, intelectual y organizacional de la profesión. Además, es característico de las profesiones médicas tener una competencia técnica en medicina, basada en una tradición de aprendizaje avanzado por el cual serían moralmente responsables, ubicando esta maestría al servicio de la humanidad.14

En este sentido los autores del presente estudio plantean una nueva visión para la clasificación de estas variables como bases y principios (Izzeddin y Jimenez):

Saber

Involucra el conocimiento como un conjunto articulado de conocimientos construidos por un individuo en relación con un contexto odontólogo paciente, que le permitan dar sentido al mundo que le rodea, asertivo frente a dicho entorno, comunicarse con los pacientes y hacer progresar sus propios conocimientos, cuyo valor reside en el desarrollo del espíritu y en la autonomía personal que de manera directa o indirecta tiene un impacto sobre la calidad de atención al paciente.

Hacer

Experiencias prácticas clínicas Esta variable disminuye el énfasis en la intuición, basada en la experiencia clínica sistemática e implica que el profesional debe regularmente consultar la literatura científica para resolver los problemas clínicos, con la asunción de que esto facilitara tratamientos óptimos a sus pacientes. Por ende desarrolla de manera consciente, explícita y juiciosa la mejor evidencia científica clínica disponible para tomar decisiones sobre el cuidado de un paciente de manera individual y sistemática.

Comprender al ser

Para enfatizar este rol es la humildad como una virtud moral por la que el odontólogo reconoce que de si mismo tiene su grandeza espiritual, vinculando la humanidad que permite el respeto y valor de la naturaleza humana, cultura y conocimiento. (Figura 1)

Los principios propuestos por la bioética proporcionan al quehacer odontológico un conjunto de valores que establecen parámetros para la mayor parte de los aspectos de las evaluaciones del profesional. En primer lugar, la vida del paciente, su salud general y su salud bucal, entendida como un funcionamiento bucal apropiado y sin dolores, constituirían la ética de mínimos. La autonomía del paciente; lo que le ocurra al cuerpo del paciente (incluyendo la importancia que éste le otorga a la salud, el confort, el costo y otros valores); las preferencias de los odontólogos por ciertas prácticas (incluyendo diferentes filosofías de prácticas dentales); consideraciones estéticas, desde el punto de vista de experimentadas prácticas dentales; consideraciones de eficiencia, que puedan incluir, por parte del odontólogo, análisis de costos, se insertarían dentro de la ética de máximos.1

En este orden de ideas, los elementos éticos que constituyen la relación médico-paciente. Hay que tener en cuenta su mutua relación.

Principio de beneficencia
Pretende que la actuación del médico sea beneficiosa para el paciente. En el ámbito personalista el bien del paciente no se logra sólo con la corrección técnica; no basta el llegar a un acuerdo con el paciente sino el beneficio terapéutico o preventivo del paciente del modo más objetivo posible.

Principio de autonomía
Se tiene en cuenta la libertad y responsabilidad del paciente, que decide lo que es bueno para él, pero esto requiere una información del médico en un clima de confianza. No se trata de arrojarle la información y que el decida. En caso de conflicto, un profesional no puede hacer bien al paciente en contra de la voluntad de éste, pero tampoco es posible obligar al médico a hacerle un mal, pudiendo llegar a romperse la relación profesional. Además del desacuerdo (en pacientes con capacidad de decisión) pueden surgir problemas cuando falta la autonomía, como en los niños, pacientes mentalmente incapaces, en coma, etc. Hay que saber respetar la autonomía, aunque sea reducida, y buscar la persona más adecuada en su entorno para colaborar en la decisión. En un tercer nivel situaríamos las consecuencias de los actos. Por ejemplo el deber de decir la verdad a los pacientes, hay que tamizarlo con las consecuencias. No se debe decir la verdad de cualquier manera, a toda costa. Es correcto éticamente medir las consecuencias.15

Entre otros principios bioéticos a considerar se encuentra:

Principio de No-maleficencia
El principio de no-maleficencia hace referencia a la obligación de no infringir daño intencionadamente. Este principio se inscribe en la tradición de la máxima clásica primum non nocere («lo primero no dañar»). Aunque la máxima como tal no se encuentra en los tratados hipocráticos, sí que existe una obligación de no maleficencia expresada en el juramento hipocrático. Así, sobre el uso del régimen para el beneficio de los pacientes, este juramento dice: «si es para su daño (…) lo impediré».16

Este principio solicita «no dañar». Una persona daña a otra cuando lesiona los intereses de ésta. Estos intereses pueden considerarse de manera amplia como son los referidos a la reputación, la propiedad, la privacidad o la libertad. Definiciones más estrechas se refieren a intereses físicos y psicológicos, como la salud y la vida. Beauchamp y Childress en el diseño del principio de no-maleficencia se concentran en «los daños físicos, incluyendo el dolor, la discapacidad y la muerte, sin negar la importancia de los daños mentales y las lesiones de otros intereses».17

Principio de justicia
Consiste en «dar a cada uno lo suyo». De un modo similar, la justicia es el tratamiento equitativo y apropiado a la luz de lo que es debido a una persona. Una injusticia se produce cuando se le niega a una persona el bien al que tiene derecho o no se distribuyen las cargas equitativamente.

El término relevante en este contexto es el de justicia distributiva que, se refiere a «la distribución imparcial, equitativa y apropiada en la sociedad, determinada por normas justificadas que estructuran los términos de la cooperación social».18

Aunque el mayor énfasis se hace sobre la justicia a nivel de la sociedad y de las instituciones, ello no elude la responsabilidad individual de los profesionales de la salud en la aplicación de este principio de la Bioética. Cuando un profesional de la odontología, recibe un paciente, coloca al sujeto, objeto de su atención, en primer lugar, del mismo modo con los objetos y materiales que le servirán para brindarles una atención de calidad a sus pacientes, de esa forma estará actuando con justicia.

La ética biomédica contribuye a la humanización de las prácticas clínicas, observando las normas preventivas de protección de la salud, el respeto al derecho de los pacientes y vigilando el ejercicio de la justicia.19

Es necesario que existan mecanismos de control que evalúen la calidad asistencial mínima requerida para nuestra profesión, pues un fallo podría originar una delimitación de responsabilidades, con las desagradables consecuencias que ello plantea, no sólo hacia el profesional, sino también en la sociedad, al generar desconfianza en los sistemas de salud, la calidad del tratamiento debe ser la preocupación más importante del profesional. El concepto de responsabilidad conlleva la necesidad de asumir los resultados de la acción profesional obligando a reparar y resarcir al paciente si se ha causado perjuicio.20

Por ende el odontólogo debe tomar en cuenta las siguientes variables:

La prevención: es la actitud que desarrolla el odontólogo con su equipo y que transmite a su paciente, para disminuir o anular la enfermedad de la cavidad oral, impidiendo el agravamiento o aparición de otras enfermedades.

La recuperación: es la aplicación de todas las medidas fundadas en el conocimiento científico para la curación de la enfermedad bucal.

La conservación: es el conjunto de maniobras y tratamientos que contribuye a mantener la integridad de todas las partes de la cavidad bucal, preservando así su correcto funcionamiento. El campo de acción es amplísimo, puesto que incluye todas las patologías de las unidades dentarias, tejidos de sostén, huesos maxilares, glándulas salivales, articulación temporo mandibular, vasos y nervios, lengua, mucosa oral y labios. De modo que podemos afirmar que la función del odontólogo consiste en la atención de la salud oral por completo.

Conducta odontológica y discrecionalidad científica

En relación con este tema es preciso considerar los siguientes aspectos:

Obligación de proveer la mejor conducta odontológica
para ello es fundamental proporcionar el correcto diagnóstico del caso, para luego definir la elección del tratamiento más apropiado para ese cuadro, teniendo en cuenta, además, la coincidencia de esta elección con el promedio de los odontólogos contemporáneos.

Capacidad técnica del odontólogo
al igual que otras ciencias del área de la salud, la odontología ha evolucionado vertiginosamente, obligando a los profesionales a actualizarse y capacitarse constantemente, para ejercer utilizando los conocimientos tecnológicos de última generación. El grado de especialización, los antecedentes curriculares, el prestigio del odontólogo son aspectos que constituyen atenuantes o agravantes de la figura de responsabilidad profesional, ya que podrían haber motivado la elección del paciente de determinado especialista.

Obligación de proveer la mejor conducta odontológica
para ello será fundamental el correcto diagnóstico del caso, para luego definir la elección del tratamiento más apropiado para ese cuadro, teniendo en cuenta, además, que esta elección coincida con la que propondría el promedio de los odontólogos contemporáneos.

Las reglas del arte en la práctica odontológica:
el odontólogo deberá asumir el deber de atender al paciente desarrollando una conducta idónea, conforme a las reglas admitidas por la ciencia odontológica y utilizando una terapéutica apropiada a la patología y a las circunstancias particulares del enfermo. Estas reglas no podrán ser rígidas ni absolutas, ya que el constante avance de la ciencia, la variabilidad de los tratamientos y materiales y el estado del paciente obligan al profesional a optar por el método y la atención más adecuada, dentro de los diferentes sistemas de resolución del problema.

Aleatoriedad de la ciencia odontológica
sabemos que la odontología, como otras ciencias, tiene limitaciones. Por consiguiente, todo tratamiento clínico o quirúrgico tendrá un grado de imprevisibilidad que escapa al cálculo más riguroso o a las precauciones más prudentes.

En este sentido, siempre es responsabilidad del profesional que no se logre el resultado previsto; el éxito está condicionado a la interacción de diferentes aspectos y circunstancias vinculadas a las características del paciente. Cada caso es diferente, aunque sus manifestaciones parezcan similares.

Discrecionalidad científica
una patología puede resolverse con varios tipos de tratamiento. El profesional debe ofrecer la alternativa que menos riesgos o perjuicios cause al paciente (por ejemplo: se deberá actuar con criterio conservador de las piezas dentales, tratando de evitar las extracciones, antes de haber agotado otras técnicas menos agresivas y mutilantes). Los tratamientos seleccionados por el profesional deberán ser científicamente adecuados y conducir a un resultado posible y probable, teniendo siempre en cuenta que la odontología no es una ciencia exacta y que cada organismo puede reaccionar de diferentes formas ante un mismo acto terapéutico.

Recursos tecnológicos y terapéuticos
además de los recursos tecnológicos adecuados, equipamiento, materiales de calidad, etc., con que debe contar un consultorio odontológico, el profesional debe estar preparado para afrontar cualquier problema que pueda sufrir el paciente que, por su complejidad o urgencia, requiera otro tipo de apoyatura técnica. Es decir, debe poder dar respuesta inmediata a situaciones de emergencia que surjan como complicaciones del paciente ante una técnica odontológica, independientemente de que ésta haya sido apropiada o no.

Obligación de medios
el odontólogo tiene la "obligación de hacer", es decir, debe brindar los medios terapéuticos necesarios, independientemente de los resultados. Esto significa que aplicará diligentemente las técnicas y conocimientos de la ciencia tendientes a la prevención, recuperación o conservación de la salud bucal. En resumen, el odontólogo cumple jurídicamente una prestación mediante la actividad técnica y científica adecuada, a través de la utilización de técnicas usuales y admitidas por la odontología y con los medios tecnológicos y recursos terapéuticos a su alcance que, normal u ordinariamente, puedan conducir a cierto resultado, aunque éste no pueda garantizarse.21

Bajo esta premisa, El profesional de la Odontología en muchas oportunidades desconoce no solo el ámbito ético-legal de responsabilidad, sino como la manera en la que se encuentra inmerso en éste. Por ende su compromiso es traducir su conducta no sólo a en inteligencia y voluntad, sino en los valores, factor fundamental requerido día a día. Bajo esta premisa, durante su ejercicio profesional, dicho profesional debe afrontar situaciones con un gran contenido ético. En la mayoría de los casos los procedimientos involucran diagnósticos complejos y habilidades técnicas. La manera de aplicar estos criterios se basa tanto en el juicio del especialista como del paciente. Aunado a que cada planteamiento o sugerencia lleva una gran dosis de ética y esto en muchas oportunidades no llena las expectativas del paciente, es decir generan inconformidad en los pacientes; en otras, el papel se invierte, lo que propone el paciente es inadecuado. La decisión que proyecte el odontólogo dependerá del modo como aborde estas situaciones, lo que influirá también en el resultado final del procedimiento y satisfacción mutua.22

Conclusiones

  • El norte del profesional de la odontología consiste en transformar su labor clínica en una labor ética.

  • El análisis de los principios de la bioética motiva a conocer al ser y los beneficios de humildad y humanidad planteados.

  • El compromiso del odontólogo debe ser individual y colectivamente a dar prioridad al bienestar de sus pacientes, aceptando las normas y obligaciones de su profesión.

  • El acceso a un "saber, hacer y comprender al ser", debe ser un modo de acción, enfocado a la integridad e integralidad del ser, que es la máxima virtud de las profesiones de la salud.

  • La dignidad y el respeto deben protagonizar la práctica clínica diaria.


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