SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
 número52O patronato na ereção da diocese de Montevideo: o caso do Cabido Eclesiástico e o Seminário ConciliarO príncipe da arte nacional: Gregorio Vásquez de Arce y Ceballos interpretado pelo século XIX índice de autoresíndice de assuntospesquisa de artigos
Home Pagelista alfabética de periódicos  

Serviços Personalizados

Journal

Artigo

Indicadores

Links relacionados

  • Em processo de indexaçãoCitado por Google
  • Não possue artigos similaresSimilares em SciELO
  • Em processo de indexaçãoSimilares em Google

Compartilhar


Historia Crítica

versão impressa ISSN 0121-1617

hist.crit.  no.52 Bogotá jan./apr. 2014

 

El proceso de reducciones entre los pueblos muiscas de Santafé durante los siglos XVI y XVII*

Marcela Quiroga Zuluaga

Profesora de la maestría en Estudios Sociales de la Universidad Pedagógica Nacional (Colombia). Antropóloga de la Universidad Nacional de Colombia y Doctora en Historia y Civilizaciones de Escuela de Altos Estudios en Ciencias Sociales (París). Entre sus publicaciones recientes se encuentran: "La encomienda entre los pueblos de la provincia Páez en el siglo XVII", Fronteras de la Historia 15: 1 (2010): 85-107; y "Las unidades sociopolíticas muiscas en el siglo XVI", en Los muiscas en los siglos XVI y XVII: miradas desde la arqueología, la antropología y la historia, ed. Jorge Augusto Gamboa (Bogotá: Universidad de los Andes, 2008), 94-115. marcelaquirogafr@yahoo.fr

DOI: dx.doi.org/10.7440/histcrit52.2014.08

Artículo recibido: 31 de julio de 2012 Aprobado: 7 de noviembre de 2012 Modificado: 26 de noviembre de 2012


RESUMEN

Este artículo estudia el proceso de congregaciones entre los muiscas de la provincia de Santafé, durante los siglos XVI y XVII. A partir del examen de la documentación de archivo, se delimitan y exploran tres momentos concretos en su ejecución: la configuración de los pueblos, la conformación de los resguardos y la dinámica de agregación. Se tratará de observar las adecuaciones realizadas por la administración colonial con el fin de forjar un nuevo patrón residencial, orientado por la evangelización indígena y ajustado al nuevo orden impuesto por la encomienda, así como las transformaciones económicas, territoriales y sociopolíticas conducidas por dicho proceso en esta sociedad.

PALABRAS CLAVE

Nueva Granada, Provincia de Santafé, reducciones, historia colonial, pueblos de indios.


The Process of Reducciones among Muisca Peoples in Santafé during the i6th and 17th Centuries

ABSTRACT

This article studies the process of congregations among Muiscas in the province of Santafe during the 16th and 17th centuries. By examining archive documentation, the author limits and explores three specific moments: the configuration of the peoples, the creation of reservations, and the dynamics of aggregation. The article attempts to observe the adaptations made by the colonial administration in order to forge a new residential pattern guided by the evangelization of indigenous peoples and adjusted to the new order imposed by the encomienda. We also observe the economic, territorial, and sociopolitical transformations led by said process in this society.

KEYWORD

Nueva Granada, province of Santafé, reducciones, colonial history, indigenous peoples.


O processo de reduções entre os povos muiscas de Santafé durante os séculos XVI e XVII

RESUMO

Neste artigo, estuda-se o processo de congregações entre os muiscas da província de Santafé, durante os séculos XVI e XVII. A partir do exame da documentação de arquivo, delimitam-se e exploram três momentos concretos em sua execução: a configuração dos povos, a conformação dos resguardados e a dinâmica de agregação. Tratou-se de observar as adequações realizadas pela administração colonial com o objetivo de forjar um novo padrão residencial, orientado pela evangelização indígena e ajustado à nova ordem imposta pela encomenda, bem como as transformações econômicas, territoriais e sociopolíticas conduzidas por esse processo nessa sociedade.

PALAVRAS-CHAVE

Nueva Granada, Província de Santafé, reduções, história colonial, povos de índios.


Introducción

A pesar de estar inscrito en un mismo movimiento que buscaba la implantación de un nuevo orden espacial y social, cuya principal expresión fueron los pueblos de indios, en el caso de los muiscas el proceso de reducciones progresó en diferentes tiempos, marcados tanto por los objetivos religiosos, económicos y políticos de la administración colonial como por las mutaciones de la realidad indígena. En este sentido, se dio origen a una dinámica compleja portadora de múltiples consecuencias para estos pueblos. Entre ellas, la más sobresaliente y, por cierto, la más estudiada, quizás sea la expropiación formal de sus territorios. Sin embargo, en un nivel menos conocido, este proceso, desafiado constantemente por los indígenas, indujo dentro de esta sociedad a una serie de transformaciones, territoriales, simbólicas, económicas y sociopolíticas que no pueden ser separadas de la acción de otros mecanismos del poder español como la encomienda y las doctrinas.

Este artículo se ocupa, entonces, de estudiar el desarrollo de este proceso, tratando de observar algunas de sus consecuencias, así como la dificultad de su plena realización entre los pueblos muiscas del distrito de Santafé, durante el siglo XVI y la primera mitad del siglo XVII. Estos aspectos serán leídos a lo largo de tres momentos: la conformación de los pueblos de indios, la titulación de los resguardos; y las agregaciones. Se trata de tres momentos distintos y diferenciados por las políticas y los objetivos de la administración colonial, que, sin embargo, han sido frecuentemente confundidos en los estudios sobre el tema, limitando en ocasiones la complejidad y comprensión de este proceso dentro de los muiscas1. Es por esto que, a través del análisis de la documentación que reposa en los archivos, se buscará igualmente reconstruir una dinámica que, a pesar de haber sido bien trabajada por la historiografía nacional, presenta todavía zonas imprecisas en lo que concierne a su implementación e impacto.

1. La configuración de los pueblos de indios

La expresión "vida en policía" materializada en los pueblos de indios expresa claramente la relación entre este mecanismo del poder español y dos objetivos mayores de la Corona: la evangelización y la civilización de las poblaciones indígenas. En este sentido, las disposiciones referentes a la congregación en pueblos entre los muiscas de la Nueva Granada, conceptual y estratégicamente, no se diferenciaron de aquellas impuestas en otros lugares del territorio americano. En efecto, las congregaciones proponían la realización de un mismo modelo: los pueblos de indios debían ser formados siguiendo la traza española y conservando la jerarquía social, política y religiosa del espacio inherente a congregaciones como las ciudades, condición de toda vida civilizada2.

Las primeras disposiciones españolas concernientes a la reducción de los pueblos muiscas fueron elaboradas en 15493, pero sólo serían implementadas diez años después, con la visita realizada por el oidor Tomás López, en 15594. De acuerdo con las ordenanzas de la Corona, las nuevas poblaciones indígenas debían seguir una serie de preceptos que buscaban uniformizar las poblaciones muiscas bajo un solo patrón residencial. Así, pues, además de las condiciones físicas para su abastecimiento, tales como la existencia de leña, "buena agua" y tierra de cultivo para los naturales, los pueblos de indios debían seguir una organización espacial centralizada que a priori no guardaba mayores diferencias con las ciudades españolas: "hacer la traza por forma y orden en que están trazados los pueblos españoles"5. Por tanto, y como es bien conocido, el pueblo indígena se organizaba en torno a un núcleo centralizado conformado por la iglesia, la plaza, la casa del cacique, la casa de los principales y la casa del cabildo/cárcel. Alrededor de estas construcciones debían establecerse las familias indígenas: "y tras esto por sus calles se pongan los demás solares, poniendo los de una parentela y conocencias [amistades, conocidos] en un barrio [...]"6.

En instrucciones posteriores, como las elaboradas en 1576, además de la construcción de estos espacios civiles y comunitarios inexistentes en el orden social indígena, se imponía asimismo una jerarquía político-espacial. De esta manera, luego de las construcciones civiles: la plaza, la iglesia y el Cabildo/cárcel, en orden jerárquico seguían las construcciones de las autoridades tradicionales, cacique y capitanes. A estas jefaturas serían atribuidas las tierras "[...] por su orden dando [los] primeros y mejores solares a los más antiguos y principales [...]"7. A primera vista, se podría observar en estas disposiciones sobre la configuración del pueblo un intento español por reproducir espacialmente las formas de organización social y la jerarquía sociopolítica indígenas, antes de la intervención española (cacicazgo/capitanías principales); pero en el fondo, este modelo, que buscaba reunir una población con pautas de poblamiento dispersas, concretizaba un cambio más complejo experimentado por esta sociedad indígena.

En este proceso se concretaban las transformaciones en la organización sociopolítica muisca, iniciadas antes de la constitución física y real de las congregaciones indígenas. En efecto, como lo testimonian las visitas, el término pueblo, antes de significar una localidad o de establecer una forma de asentamiento, delimitaba los nuevos conjuntos sociopolíticos en el contexto colonial, es decir, las jefaturas muiscas redelineadas por la repartición de las encomiendas. Así, pues, durante el proceso de repartición de las encomiendas en el altiplano, las distribuciones hechas por los españoles no guardaron las líneas de demarcación de las unidades sociopolíticas mayores -los cacicazgos-; en muchos casos, fueron desmembrados tomando como punto de referencia las capitanías principales. De allí la dificultad de hacer una homologación directa entre los términos pueblo y cacicazgo. En este sentido, la dinámica de fragmentación de la jerarquía indígena y la ruptura de antiguas solidaridades colectivas conducida por la encomienda fueron la antesala del proceso de reestructuración colonial concretado definitivamente por las reducciones.

De esta manera, sin guardar mayor relación con las formas de organización territorial y sociopolítica de las jefaturas indígenas, los pueblos de indios trasladaron espacialmente las nuevas unidades indígenas de referencia para la dominación española. La primera de ellas, "el pueblo", forjaría el máximo nivel sociopolítico y territorial, bajo la dirección de una o varias autoridades tradicionales, caciques y capitanes, de acuerdo con las demarcaciones elaboradas en el momento de la distribución de las encomiendas. Las segundas, las denominadas "capitanías", dispuestas espacialmente dentro de los pueblos como barrios, se alinearían como las unidades sociopolíticas de referencia internas y constitutivas de éstos: "[...] y junto a cada capitán dar los solares y poblar los indios que les fueren sujetos"8. Así, la organización interna de los pueblos seguía el nivel intermedio de la organización sociopolítica muisca: las capitanías, el mismo nivel que había sido adoptado por la administración española para la distribución de las obligaciones indígenas como el tributo9. La consecuencia de este proceso será la emergencia de nuevas identidades colectivas, definidas, ya no por las antiguas solidaridades de las "confederaciones" indígenas, sino por los límites más estrechos de los pueblos de reducción10.

Por otro lado, los pueblos de indios suscitaban, igualmente, una gran alteración de las pautas de poblamiento indígena, pues la concentración en un núcleo residencial contravenía la dispersión y movilidad de los grupos locales de habitación configurados por las capitanías y orientados por sus prácticas económicas11. Es por esto que, a pesar de la implementación, en cierto grado, temprana en el contexto del Nuevo Reino, su realización y establecimiento efectivos presentaron grandes dificultades para los encomenderos encargados de conducirlos. En 1563, por ejemplo, reducir a los indígenas continuaba siendo una instrucción importante en la visita realizada en la provincia de Santafé por el licenciado Alonso Villafañe12. Durante esta visita los encomenderos de pueblos como Suta, Tausa, Simijaca, Ubaté, Suesca y el Tunjuelo fueron multados por no haber cumplido las disposiciones concernientes a la realización de las congregaciones dispuestas décadas antes por el oidor Tomás López13.

En gran parte, esta dificultad era consecuencia de la resistencia indígena a adoptar las nuevas pautas residenciales. Así lo testimonia el procurador Pedro de Sotelo, en respuesta a los cargos realizados por el visitador Villafañe a la sucesora del repartimiento de Ubaté (1563), Adriana Maldonado, hija del primer encomendero, Diego de Valderas:

    "En cuanto al segundo cargo que dice que, no se han hecho poblar los dichos indios como dice el dicho Licenciado Tomás López [...] de éste se responde que el dicho Diego Rodríguez de Valderas, antes de su fin y muerte, siempre trabajo de los hacer juntar y junto mucha parte de ellos, y si algunos han quedado por juntarse no fue en su mano. Porque los dichos indios no quieren, porque se les hace mal, y con gran trabajo, el cual se les sigue de sacarlos de su primer asiento y población donde han estado y están desde su creación y donde tienen sus labranzas y sementeras. Para los hacer juntar en pueblo, cosa para ellos tan nueva como de ello consta [...] es menester fuerza y autoridad"14.

En términos similares respondió Catalina Gaitán, encomendera de los pueblos de Suesca y el Tunjuelo, a los cargos hechos por el mismo visitador. En su caso, contestó la inculpación señalando que si bien los indígenas no habitaban en el pueblo, ella, por lo menos, había cumplido con el deber de su construcción15. En este contexto, las órdenes para poblar los muiscas serían reiteradas sucesivamente en 1564 por el presidente Venero de Leyva, y, posteriormente, en 1575 la Real Audiencia nombró dos personas encargadas de ejecutar las reducciones indígenas16. En la práctica, como lo subrayan estos testimonios, aunque las congregaciones indígenas fueron construidas desde épocas tempranas por los encomenderos, los indígenas continuaban habitando sus antiguas poblaciones en cercanías de sus labranzas, dispersos y guardando sus propios patrones de residencia.

Pero la resistencia indígena opuesta al proceso de congregación no impidió las notables modificaciones que experimentaron las pautas territoriales muiscas. Así lo testimonian las declaraciones de los caciques de Bobota -repartimiento distinto a Bogotá- y Cucunubá en 1576, frente a las disposiciones del oidor Francisco de Auncibay, quien había ordenado su poblamiento por la fuerza, probablemente siguiendo las disposiciones tomadas en 157517. La carta elaborada por los caciques de estas comunidades describía claramente los traslados que se habían experimentado, antes y en el momento de la nueva población realizada por el alguacil Francisco Sánchez en 157618. En efecto, dos primeras fundaciones ya habían sido edificadas por el visitador Villafañe en 1563; durante estas primeras fundaciones los indígenas habían sido trasladados una legua (4 a 5 kilómetros) desde su lugar original. No obstante, los caciques defendían el sitio que les había sido destinado por el visitador como un lugar favorable para la realización de sus actividades de subsistencia. Como consecuencia de la nueva fundación efectuada por el alguacil Francisco Sánchez, muchos de los indios de ambos pueblos habían huido, como lo declaraba el cacique de Cucunubá:

    "[...] dice se le ha huido a este testigo de su parte sin los indios de Bobota, más de treinta indios o indias, y están en otras partes en Ubaté y Simijaca y en Leguazaque. Y aunque este testigo los ha querido llamar no han querido venir, porque dicen que es bellaca la tierra para poblados. Y que por morir de hambre en su tierra más quieren estar en otra tierra fría de su natural [...]"19.

De esta manera, durante el proceso de reducciones adelantado a lo largo del siglo XVI las poblaciones indígenas fueron sucesivamente reagrupadas y trasladadas, como una estrategia más de la administración española para la consolidación efectiva de las congregaciones indígenas20. Sin embargo, como se ha indicado, frente a estos movimientos los indígenas muiscas tratarían de guardar sus pautas de residencia tradicionales dentro de las nuevas dinámicas implantadas por la dominación española. Todavía para finales del siglo XVI, se pueden observar ciertas estrategias para conservar sus territorios ancestrales, a lo largo de las visitas realizadas entre 1591-1594 en el distrito de Santafé, cuyo objetivo fue la asignación de "tierras de resguardo y protección" de los indios. En pueblos como Teusacá, Tibaguya/Subantiba, Sisatiba, Suta y Tausa, Ubaté, Pausaga y Fusagasugá, los visitadores constataban la misma realidad: si bien los pueblos habían sido construidos, una parte de los indígenas que los componían vivían en sus rancherías y poblaciones antiguas21.

En este sentido, aunque los indígenas cumplían todas las obligaciones impuestas por la dominación española, no participaban, por lo menos totalmente, de la forma de control indígena que definían los pueblos de indios, y, por el contrario, continuaban habitando dispersos en las tierras de cultivos; en ciertos casos adecuándose, a su manera, a las nuevas pautas residenciales, como en el caso particular de Fusagasugá y Teusacá, donde el puebkrera tan sólo el lugar de residencia de la jefatura principal, "el cercado del cacique", mientras que las otras jefaturas configuraban núcleos residenciales conservando su autonomía territorial22.

La oposición indígena se fundaba en varios aspectos, entre los que pueden destacarse la preservación de una relación sagrada con su espacio ancestral y la continuidad de prácticas religiosas, "ritos e idolatría", cuyos escenarios eran los propios sitios ancestrales de habita-ción23. Justamente, las montañas, los árboles, los ríos, las lagunas, materializaban los puntos nemotécnicos de un espacio sagrado, activos aún para finales del siglo XVI, como lo propone el testimonio del cura doctrinero del pueblo de Fusagasugá durante la visita de Bernardino de Albornoz en 1592, cuando denunciaba que: "en tierra de Guabia, capitanía de este pueblo de Fusagasuga en una montaña había un riachuelo a donde se entendía que había idolatría"24. Las acusaciones de idolatría del cura doctrinero y del corregidor, frente a la conservación de los territorios indígenas del pueblo de Fusagasugá, serán más precisas cuando el oidor Albornoz proponga una vez más el traslado del pueblo por condiciones de salubridad.

Frente a las nuevas disposiciones del oidor y ante la amenaza de la destrucción de su población, las autoridades indígenas fueron obligadas a aceptar un nuevo desplazamiento bajo ciertas condiciones: la exención por un año y medio de las obligaciones indígenas, y la protección de sus territorios ancestrales. Así lo muestra el siguiente documento: "que el sitio donde al presente vivimos no se nos quite, ni de ni provea a persona alguna, sino que nos dé mandamiento para que todo el tiempo lo poseamos y tengamos en él, muchas huertas donde cultivemos y cojamos muchos regalos que podremos tener como es turmas, frisoles, hojas y otras muchas legumbres que no se darán en la parte que hubiéramos poblar porque es más cálido"25.

Sin embargo, tanto el cura doctrinero como el corregidor se oponían a la conservación de las tierras en manos de los indígenas, aduciendo los siguientes puntos:

    "no convenía, ni era necesario dejarles por ningún efecto las tierras de este presente sitio, antes será mucho inconveniente porque les servirán de ladronera para sus ritos y ceremonias antiguas, demás como es notorio es fama que en el cerro que está junto al dicho sitio han tenido y tienen santuarios, y ofrecimientos antiguos. Y con las tierras nuevas que se les hubiere de dar, y las que tienen en los dicho hayales, de que se han sustentado y sustentan y pagan sus demoras, por ser como es su principal granjería y caudal, tendrán completamente las que han menester"26.

De igual forma, en la solicitud de los indígenas de Fusagasugá por preservar su territorio es-posible leer un esfuerzo por protegerlo del fuerte proceso de expropiación de tierras adelantado por los vecinos españoles en todo el altiplano, durante gran parte del siglo XVI. En algunos casos, como en el del pueblo de Tibaguya, la resistencia de los indígenas a residir en los pueblos estaba relacionada claramente con la necesidad de preservar sus territorios27. Más aún si se tiene en cuenta que formalmente las políticas de la Corona impedían la apropiación de los territorios indígenas por parte de los vecinos y de los encomenderos28. Entre los muiscas estás instrucciones fueron reiteradas en las primeras disposiciones concernientes a las reducciones realizadas por Tomás López. De acuerdo con este visitador, los indígenas debían conservar sus tierras, lugares de caza, de labranza y pescaderos, en fin, todos los lugares que permitían su subsistencia; en cierta medida, los indígenas seguían siendo propietarios de hecho de sus territorios ancestrales29. La organización interna de los pueblos de indios concernía entonces sólo a los sitios de vivienda, dejando libre la organización de las zonas productivas indígenas.

En la práctica, estas instrucciones que buscaban proteger las posesiones territoriales de los indígenas chocaron frecuentemente con las asignaciones de tierras realizadas por los cabildos de las ciudades de Tunja y Bogotá a sus vecinos, que permitieron la formación de estancias de ganado o de huertas, e incluían concesiones de tierras hechas a los encomenderos en cercanías y dentro de los pueblos de indios30. Pero, además de este tipo de expoliaciones que contaban con el aval de la administración española, desde muy temprano las tierras indígenas experimentaron otro tipo de apropiación por parte de los españoles sin ninguna autorización legal. Las denuncias realizadas durante la visita de Villafañe en 1563 por las autoridades del Tunjuelo y Uxica, Ubaté, Tausa y Simijaca, concernientes a las expropiaciones de sus tierras, hechas por los vecinos estancieros y los mismos encomenderos, ilustran ampliamente el uso de esta práctica entre los vecinos españoles, como una forma de expandir sus posesiones a costa de los territorios indígenas31.

En el fondo, el problema de la expropiación de estos territorios expresaba la confrontación de dos nociones de propiedad territorial bien distintas. Desde el punto de vista español, el expolio de tierras no usufructuadas por los indígenas o sin título de la Real Audiencia era legítimo, en cuanto eran percibidas por los españoles como vacantes y sin propietarios. De ahí que el encomendero de los pueblos de Suta y Tausa, Gonzalo de León, frente a los cargos hechos por el visitador Villafañe en 1563, expusiera lo siguiente: "En cuanto al quinto cargo que dice que, he traído al dicho pueblo ganado vacuno con daños de los indios, digo que las dichas vacas no han hecho daño alguno a los dichos indios, porque en el dicho pueblo hay muchas tierras y baldíos, de tres o cuatro leguas de donde aposentan sin hacer daño, ni llegar a las labranzas y bohíos de los dichos indios"32.

Desde el punto de vista indígena, por otro lado, si bien no existían títulos ni cartas de propiedad, subsistían otros mecanismos, que definían la propiedad territorial de las jefaturas y los límites de sus posesiones territoriales, expresados por múltiples topónimos33. Dentro de una sociedad de tradición oral que desconocía las titulaciones de tierras, las montañas, los cerros, los arroyos, los ríos, los pantanos y las piedras constituían los puntos de referencia de la territorialidad indígena34. De esta manera, las posesiones indígenas ostentaban nombres propios y linderos definidos que las identificaban, como lo testimoniaba el cacique de Teusacá en la solicitud de amparo de las tierras que limitaban con las del cacique de Fomeque:

    "[...] y de la parte del río hacía este pueblo, está un pedazo de tierra que llaman Buntam, la cual es mía y de mis sujetos, y de la parte del río hacia Fómeque es del dicho cacique [...] los cuales linderos de los que la tierra está cerca son los siguientes: una quebrada que se llama Quesquexa que sale y nace de juntó a Suque que va dar al río de Fómeque. Y desde donde se junta la quebrada con el río, corre el río arriba la tierra, y donde se junta la quebrada con el río se llama Absa, hasta dar a las labranzas de don Luis Pachocipa, capitán de este pueblo. Y de allí bajando la tierra hasta un río que llaman Cunsica, y de allí hasta dar con otro sitio llamado Sugaquira, que está junto a dos quebradas de aguas chicas que el nombre de ellas se llaman Ubaqueca y Cuntatam, y desde allí corriendo la quebrada quesquexa abajo hasta dar al dicho río Absa, es sitio de tierra que llaman buntam"35.

Pero es necesario ahora regresar al problema de la expropiación española de las tierras indígenas, para observar la amplitud de esta práctica por parte de los españoles y los recursos legales de que disponían los indígenas para defenderlas. Como lo muestran las fuentes documentales, hasta finales del siglo XVI el único recurso posible para las autoridades indígenas fue la solicitud ante la Real Audiencia de títulos de mercedes y de amparo de tierras. Medidas poco efectivas, puesto que la mayoría de los pueblos, y sobre todo aquellos en cercanías de las ciudades de Santafé y Tunja, se encontraban rodeados por las estancias y los hatos de ganados vacunos de los vecinos españoles. Algunas de éstas, como las organizadas en cercanías del pueblo de Tibaguya, estaban en manos de la Iglesia, los frailes de Santo Domingo, y del Arcediano36. Según los testimonios indígenas, los ganados de este hato realizaban daños en distintos pueblos como Bogotá, Cota e Ingatiba/Sisatiba, encomendado en Andrés de Moran.

En una carta, por ejemplo, del defensor de los naturales sobre las posesiones territoriales de Ingatiba/Sisativa se denunciaba la apropiación de hecho de las tierras indígenas por parte de los frailes: "[...] y con esta ocasión socolor de estancias y títulos que se han presentado por parte de los frailes de Santo Domingo sean entrado con sus medidas en las tierras de estos indios"37. Una situación más dramática fue atestiguada por las autoridades de Teusacá, quienes para 1594 denunciaban la usurpación de sus tierras y los daños ocasionados a sus labranzas por los ganados de seis hatos circunvecinos: el del Licenciado Gaspar Gonzáles, que poseía 170 vacas; el de López de Barreda, con 200 cabezas de ganado y 80 yeguas; el del Relator Lope de Rioja, con 50 a 60 cabezas; el de Miguel Franco, con 100 cabezas de ganado; el de Marcos García, con 500 cabezas de ganado, y finalmente el del Factor Rodrigo de Pardo, con más de 1.000 cabezas, el cual, si bien no se encontraba dentro de las tierras de los indígenas, hacía grandes daños a sus labranzas38.

Es en este contexto de la presión española por las tierras indígenas que surge una serie de políticas por parte de la Real Audiencia, delineando otro momento del proceso de reducción en pueblos de los muiscas. Se trata del proceso de titulación de tierras de resguardo y protección de los pueblos indígenas. En el actual territorio colombiano, estas políticas de origen colonial se han prolongado en el tiempo configurando la institución territorial indígena conocida actualmente como resguardo39.

2. La titulación de tierras de resguardo

Las ordenanzas sobre la constitución de un territorio para el "resguardo" y protección de los pueblos indígenas fueron iniciadas por la Real Audiencia en 158640. Como es conocido, se asignaba y titulaba colectivamente una porción de tierra a cada pueblo, cuyo usufructo principal eran las actividades agropecuarias realizadas por los indígenas. Las tierras otorgadas no podían ser objeto de ninguna transacción comercial, venta o arriendo, que permitiera la intrusión de personas no indígenas, puesto que estas asignaciones se proponían "la conservación y aumento" de los "naturales". En la provincia de Santafé, de 1591 hasta 1595, estas titulaciones fueron realizadas a lo largo de las visitas de los licenciados Férreas de Gómez, Bernardino de Albornoz y Miguel Ibarra. Posteriormente,-proseguirían en la provincia de Tunja con la visita realizada en 1595 por el licenciado Egas de Guzmán, y en 1601-1602, con la visita del oidor Luis Enríquez41. La relación presentada a la Corona en 1593 por el licenciado Ibarra, encargado de la conclusión de la visita en el distrito de Santafé, presenta una idea clara de las disposiciones relativas a las congregaciones indígenas y del proceso de titulaciones de tierras llevado a cabo en ese momento42.

La configuración de estos territorios constituía tres de los puntos centrales de las instrucciones generales que se proponían implementar en la visita. El primero de ellos concernía a la destrucción de los sitios de habitación indígenas tradicionales, que los indígenas conservaban, en detrimento de las políticas y la realización efectiva de las congregaciones o reducciones indígenas43. El segundo punto, que indica "como se ven las tierras y se da resguardo", estipulaba la cantidad de tierras que debían ser otorgadas a los indígenas, destinadas no sólo para su protección, sus ejidos, ganados y labranzas de comunidad, sino también para cumplir sus obligaciones tributarias ante el encomendero y la Corona. De acuerdo con las estimaciones de Ibarra, a un pueblo de 400 o 500 indígenas tributarios -cuya población total estimaba en 2.000 personas- debían ser asignados 3.000 pasos (2.520 m), contados a partir de cada costado del pueblo44. Lo que equivaldría, hipotéticamente, antes de 1587, a una estancia de tierras de labor española, y en nuestros días, a un terreno de 635 hectáreas45. Casi nada para la población de 2.000 personas que suponía Ibarra, y en comparación con las asignaciones de tierra hechas a los vecinos españoles46.

El tercer punto, acerca de "como se reparten las tierras del resguardo", proponía la forma en que debían ser medidas las tierras y su distribución entre los indígenas. En primer lugar, las medidas debían abarcar "desde las postreras casas de cada pueblo". En segundo lugar, debían ser otorgadas de manera individual guardando, como en las disposiciones anteriores, la jerarquía sociopolítica: "dando a los caciques más que a los capitanes, y a los capitanes más que a los indios, de suerte que se tenga consideración de las personas y que todos queden contentos". En último término, las asignaciones debían incluir otras tierras, fuera de las estipuladas en la medición, que eran utilizadas además por los indígenas para la realización de sus cultivos:

    "De la experiencia y vista que se ha tenido, se haya que los indios en las tierras del distrito de sus pueblos tienen algunas labranzas en las vegas de ríos y quebradas y cañadas las cuales reservan para sus necesidades de los años estériles, por cuyo respeto en la adjudicación de las tierras del dicho resguardo que se les hace a los dichos indios se les adjudican asimismo las misma labranzas de suso declaradas, que actualmente hoy día labran y cultivan y hasta ahora han labrado, por convenir así al bien y conservación suyo. Cuya adjudicación se les hace sin embargo de cualesquier estancias proveídas y que se proveyeren a sus encomenderos o a otras personas particulares, que se entiende sólo el sitio y tierra que ocupan las dichas labranzas y no más"47.

Las disposiciones de la Real Audiencia relativas a la delimitación de las tierras indígenas, testimoniadas por Ibarra, subrayan varios aspectos que se inscriben en las transformaciones territoriales indígenas, que propiciaron tanto la congregación de la población indígena en pueblos como las expropiaciones de hecho realizadas por los españoles. En un primer término, las delimitaciones territoriales de los resguardos fueron realizadas teniendo como punto de referencia las congregaciones o los pueblos de origen colonial, y no los territorios ancestrales de las jefaturas indígenas. Como se ha indicado, en numerosas ocasiones los pueblos coloniales fueron objeto de varios desplazamientos, lo que en la práctica implicó que los indígenas no conservaran sus territorios ancestrales. En segundo término, las asignaciones de tierra se fundaron en nuevos patrones instituidos por la dominación española, como la relación entre las asignaciones de tierra, el número de tributarios y sus "granjerías"; es decir, aquellos insumos que permitirían el cumplimiento de las obligaciones coloniales como el tributo. En fin, si estas disposiciones proponían la protección de las tierras indígenas fuera del pueblo, en realidad sólo compelían a las tierras usufructuadas por los indígenas, sus labranzas y cultivos.

Desde este punto de vista, la implementación de los resguardos puede ser leída como un proceso que formalizó la expropiación territorial indígena, como lo han señalado ciertos autores48. Sin embargo, este proceso pareció ser más complejo. En efecto, las titulaciones hechas a los indígenas por parte de la Real Audiencia, al mismo tiempo que formalizaron la expropiación de las tierras indígenas, procuraron un útil jurídico inexistente hasta ese momento para los indígenas. Es así como los títulos de resguardo elaborados serían apropiados por estos pueblos forjando una de las reivindicaciones indígenas más importantes a lo largo del período colonial. Del mismo modo, el proceso de asignación de tierras no buscaba necesariamente legitimar las apropiaciones de tierra de hecho realizadas por los españoles. En aquellos casos, en los cuales la delimitación de las tierras alcanzaba las posesiones españolas, como lo proponía Ibarra, las tierras fueron expropiadas a los vecinos españoles para ser otorgadas a los indígenas49.

En realidad, más allá de una política de la Real Audiencia por retener los territorios indígenas, la titulación de tierras de resguardo formaría parte de una serie de reformas más amplias destinadas tanto a los indígenas como a los españoles. A través de ciertas leyes, la Real Audiencia trató de realizar un saneamiento de los títulos de tierra, casi inexistentes en el Nuevo Reino, y asegurar los bienes comunales de las ciudades. Para finales del siglo XVI, la mayoría de estas tierras pertenecían formalmente a la Corona, mientras que las reformas trataban de "[...] dejar a los pueblos de españoles e indios lo justo y necesario y a los poseedores de lo demás satisfechos y contentos del proceder que se tuviere". En el caso de las posesiones españolas, este proceso de titulación fue realizado contemporáneamente a través de las composiciones de tierra50.

En cuanto a las titulaciones hechas a los indígenas, es necesario señalar cómo en la práctica el canon definido vagamente por Ibarra, entre el número de tierras y el número de tributarios, estuvo lejos de corresponder a las mediciones concretas que fueron elaboradas. Como se detalla en el cuadro 1, la relación entre la cantidad de tierra reconocida y el número de indígenas de cada pueblo guardó grandes diferencias. Las asignaciones fueron irregulares y estuvieron supeditadas a otros factores distintos al número de tributarios o la población total de cada pueblo. Así, por ejemplo, en el caso de Ubaté, a pesar de su población, la cantidad de tierras tituladas por Bernardino de Albornoz fue menor que aquellas hechas por Ibarra en los otros pueblos. Adicional a esto, estos indígenas obtuvieron menos tierras, por la manera en que fue realizada la medición: cuando en el resto de los pueblos las medidas se elaboraban desde las últimas casas habitadas, y no incluían los poblados, en Ubaté, por "estar la población del dicho pueblo muy derramada", la medida del resguardo fue elaborada desde el centro de la plaza.

Así, de los 1.500 pasos en redondo (1.200 m), 500 serían dados para la elaboración del poblado, y 1.000 como tierras de resguardo. A estas asignaciones se sumarían los lugares de labranzas de los indígenas y de las capitanías, localizados fuera del pueblo, así como las tierras del Tutur en la provincia de Muzo. Estos espacios, en comparación con otros pueblos, no debían ser pocos, dado el número de habitantes, como se observa en el pueblo de Pausaga, donde ninguna medición fue realizada "[...] por ser tierra áspera y serrana que no se puede medir cómodamente y mucha parte de ella ser riscos y tierra inútil". Los límites del resguardo serían determinados por demarcaciones naturales y condiciones físicas del terreno. En realidad, cuando los pueblos limitaban con sitios pocos productivos para los españoles, como las sierras y los pantanos, fueron titulados a los indígenas sin importar la medición estipulada51.

Otro escenario sería el de pueblos como el de Ingatiba/Sisatiba, presionados por las titulaciones hechas a los estancieros y pueblos indígenas circunvecinos. Las titulaciones fueron determinadas por la poca disponibilidad de tierras, situación que denunciaba el defensor de los naturales en los siguientes términos: "[...] digo que a estos indios de Sisatiba no se les puede hacer ni medir tierras como se han medido a los demás, por no haber comodidad para ello, por causa de los muchos pantanos que tienen y por otros pueblos circunvecinos muy juntos"52. Las consecuencias de las distribuciones realizadas en estos pueblos serán claramente manifestadas por las autoridades indígenas en 1639, que denunciaban la situación precaria en que el pueblo se encontraba luego de este proceso:

    "[...] y los de Sisatiba no tienen tierras buenas y fértiles, porque en lugar de las que tenían de la otra banda del pueblo en sus asientos viejos que se proveyeron como estancia a los españoles [...] se les se les señalaron otras en la comarca de este pueblo [...] que es todo pantano y tierras estériles, que no se dan bien en ellas los frutos de maíz y de turmas, y así padecen necesidad por falta de su sustento"53.

En el fondo, como lo develan estos testimonios, las políticas de asignación y limitación de tierras de resguardo propusieron una ruptura más contundente con la territorialidad indígena que el simple proceso de congregación en pueblos. Estas disposiciones impusieron nuevas limitaciones territoriales que, como se ha planteado, no guardaban ninguna relación con las delimitaciones territoriales de las jefaturas indígenas. A pesar de las distintas políticas reales estipuladas sobre el derecho de los indígenas a conservar sus posesiones, a través de las titulaciones los pueblos muiscas perdieron gran parte de sus posesiones ancestrales. Por último, trataron de ceñir y de fijar las congregaciones indígenas como si los límites territoriales dispuestos por la administración colonial a través de los resguardos fueran el cinturón que finalmente los forzaría a su concentración.

3. Las agregaciones

Las ordenanzas sobre la titulación de los resguardos indígenas y el repoblamiento de las congregaciones indígenas realizadas durante las visitas efectuadas a finales del siglo XVI y comienzos del XVII no concluyeron necesariamente el capítulo de las políticas adelantadas por la Corona para la reducción en pueblos de los muiscas. Ciertamente, las visitas también habían permitido la realización de una valoración del proceso de adoctrinamiento, en el cual se sustentaba este proceso. Como resultado, se desprendía que sólo los pueblos grandes poseían doctrina todo el año, y participaban activamente en las actividades religiosas que debían conducirlos "al orden y policía cristiana". En los pueblos pequeños, con un número de habitantes insuficiente para el pago del sacerdote todo el año, el tiempo de doctrina estaba repartido entre varios pueblos; lo que implicaba que una parte del año, las poblaciones se quedaran sin evangelización54. Esta situación fue denunciada tanto por las órdenes religiosas como por los encomenderos, que solicitaron su agregación para asegurar la presencia del doctrinero y la participación de los indígenas en las actividades religiosas durante todo el año.

Finalmente, en 1599 la Real Audiencia tomó una serie de disposiciones, cuyo fin fue la realización de estas agregaciones entre los distintos pueblos que no podían sostener por sí mismos el proceso de evangelización. Estas disposiciones fueron implementadas de manera global a lo largo de las visitas de los oidores Luis Enríquez (ver el cuadro 2), Lorenzo de Terrones, Gómez de Mena y Cisneros, entre 1600 y 160155. Los resultados de estas visitas forjarían toda una nueva reorganización espacial de los pueblos muiscas, por ejemplo, 125 pueblos de las provincias de Santafé y Tunja fueron reducidos a 40 pueblos "grandes": mientras que en la provincia de Santafé 83 fueron reducidos a 23, en la de Tunja, de 42 ellos pasaron a 1756. Puesto que el objetivo principal de las agregaciones fue congregar los pueblos demográficamente más pequeños para asegurar la presencia del sacerdote y un tiempo de evangelización continuo, las nuevas congregaciones se crearon en general siguiendo el modelo de las jurisdicciones de doctrinas anteriores. Las agregaciones también tuvieron en cuenta el número de tributarios que de modo indirecto, a través del pago del tributo al encomendero, sostenían económicamente el proceso de evangelización.

Estas instrucciones implicaron para los indígenas, una vez más, la construcción de un nuevo pueblo y el abandono de los "pueblos viejos", de origen colonial. Pero la constitución de estas nuevas congregaciones no necesariamente transformó las titulaciones de tierras hechas pocos años antes; algunas fuentes documentales -posteriores a la visita de Luis Enríquez- muestran que los pueblos anexados de la provincia de Santafé conservaron las tierras designadas57. Sin embargo, cuando la agregación había desplazado los pueblos a grandes distancias de las tierras de resguardo, fueron reasignadas posteriormente y redefinidas en cercanías del nuevo lugar de habitación58. Por lo demás, las disposiciones de este visitador no sólo tocaban la dinámica de agregación; también reiteraban de nuevo la conformación efectiva de las congregaciones indígenas y su reforma "en traza política y española"59.

En la práctica, si los nuevos pueblos de indios fueron establecidos, la política de agregación no permitió garantizar su objetivo primordial de facilitar la concentración de la población indígena para su conversión. El proceso de reducciones siguió enfrentando la persistencia de modelos de residencia indígena caracterizados, como se ha mencionado, por la dispersión de los sitios de habitación de las jefaturas, a pesar aun de los avances en las primeras décadas del siglo XVII y del proceso de evangelización entre estos pueblos60. En 1639, en la visita realizada por Gabriel de Carvajal, se manifestaba aún la dificultad de congregar todos los indígenas de forma permanente en los pueblos de traza española. Si bien estos pueblos estaban debidamente constituidos, no necesariamente todas las jefaturas vivían en su interior61. Los autos y disposiciones tomados en esta ocasión por este visitador -de agregaciones hasta este momento ineficaces, como aquellas de los pueblos de Usaquén, Teusacá, Tibabita, Tunjaque y Suaque- ilustran las configuraciones que debían tomar los nuevos pueblos producto de ellos. De acuerdo con el oidor Carvajal, los pueblos agregados debían localizarse alrededor de la iglesia:

    "por sus parcialidades con distinción de cada pueblo de sus cuadras, solares y calles, cada cuadra de 100 varas en cuadro [7.056 m]2 , con las calles de 6 varas [5 m] en ancho limpias y desyerbadas, y a las esquinas de la plaza hagan los caciques y capitanes sus casas y bohíos con solares y se les señalen 33 varas en cuadro [768 m]2 para su casa y solar y cocina y lo que no cupiere se pueble por sus barrios y parcialidades cercanos a la dicha iglesia, y a cada indio se le señale para su casa y solar y labranza 25 varas en cuadro [441 m]2 y en esta orden y en esta forma se pueblen y agreguen los que no están en el dicho pueblo de Usaquén como se ha ejecutado en otros pueblos que se han visitado en este partido de Santa Fe"62.

De manera general, estas nuevas instrucciones retomaban el mismo modelo de las congregaciones anteriores; sin embargo, se puede subrayar una diferencia entre éstas y aquellas realizadas a lo largo del siglo XVI: la variación de la escala de los niveles sociopolíticos implementados en su configuración espacial. En las primeras disposiciones del siglo XVI, las congregaciones indígenas fueron organizadas espacialmente en torno a las capitanías. Desde este punto de vista, la congregación o el pueblo configuraban la unidad política y social más importante, y las capitanías, las subunidades que lo integraban. Éste continuó siendo el caso, en el siglo XVII, entre los pueblos muiscas que guardaron una alta densidad demográfica y que no fueron agregados. Pero en el caso de los pueblos agregados, las congregaciones nacidas de este proceso propondrían un redelineamiento espacial de las unidades sociopolíticas que los formaban. Los pueblos agregados no serían entonces organizados internamente por capitanías, sino por "pueblos", que quedarían supeditados a "barrios" de las nuevas poblaciones. En este sentido, las agregaciones simplificaban una vez más los distintos niveles de la organización sociopolítica muisca. Tras esta dinámica se escondía una realidad evidente: la abrupta baja demográfica de la población indígena63.

En un contexto demográfico desfavorable, las agregaciones fueron, entonces, un intento por reajustar, dentro de un mismo esquema, la escasa población indígena subsistente.

Consideraciones finales

Las distintas instrucciones y políticas de reducción en pueblos adelantadas a lo largo del siglo XVI y la primera mitad del siglo XVII conllevaron graves consecuencias para los pueblos muiscas. Por una parte, siguiendo los testimonios indígenas, la expropiación y el cambio en las formas de habitación perturbaron el orden territorial y económico de esta sociedad. Y por otra parte, las lógicas del proceso de configuración de los pueblos, los resguardos y las agregaciones sustentadas en la evangelización, la protección y el descenso poblacional de las jefaturas indígenas profundizaron la fragmentación de la morfología de los cacicazgos prehispánicos iniciada por la encomienda. Las distintas rupturas y discontinuidades originadas con ella, así como la dinámica tendiente a la unificación y simplificación, social, política y territorial de las distintas jefaturas indígenas inducidas por las sucesivas congregaciones, les usurparon todo su sentido original y las reorganizarían en función de una nueva formación social y territorial: el pueblo de indios.

En este sentido, el seguimiento del proceso de reducciones realizado en este artículo muestra un continuo movimiento de adaptaciones, llevadas a cabo por parte de la administración colonial, y tendientes a ajustar la sociedad muisca al nuevo orden colonial. Los pueblos de indios fueron en realidad la materialización física y espacial de los repartimientos de encomienda. Por lo tanto, cristalizaron las transformaciones que las distintas jefaturas muiscas sufrieron al ser establecidos los repartimientos. Es aquí, en primera instancia, donde configuraron, hasta antes de la política de agregaciones, congregaciones independientes forjando las nuevas unidades sociopolíticas y territoriales en el contexto de la dominación española. Mientras que en un segundo momento, con la puesta en marcha de la política de agregación, quedaron supeditadas a una nueva unidad sociopolítica y territorial: el pueblo de la agregación, para lentamente fundirse en su interior.

Ahora bien, la historia de las congregaciones indígenas y de los resguardos muiscas sobrepasa el período colonial, por cuanto existieron hasta el siglo XIX, no sin pocas transformaciones. Serán evidentes principalmente a finales del siglo XVIII, cuando desapareció una gran parte de la población indígena que los habitaba. En contrapartida, una creciente población -"libres", mestizos y blancos- tomaría su lugar64. En este nuevo contexto social resurgirían una serie de políticas relativas a las congregaciones, pero esta vez las instrucciones se propondrían la transformación de los pueblos de indios en parroquias, y la extinción de los territorios de resguardo otorgados durante el siglo XVI65.


Comentarios

* Este articulo hace parte de una investigación mayor titulada "La domination coloniale au pluriel: Le pouvoir colonial et la conquête des peuples Muiscas, Paeces et Chimilas dans la Nouvelle Grenade", realizada para la obtención del título de doctorado en la École des Hautes Études en Sciences Sociales (EHESS, Paris). La tesis fue financiada por esta misma institución, en 2009.

1 Por ejemplo, la confusión que se ha dado entre el proceso de configuración de los pueblos de indios y la asignación de los títulos de resguardo. Al respecto, ver: Marta Herrera Ángel, "Ordenamiento espacial de los pueblos de indios: dominación y resistencia en la sociedad colonial", Fronteras de la Historia 2: 2 (1998): 96.

2 Anthony Padgen, La caída del hombre natural. El indio americano y los orígenes de la etnología comparativa (Madrid: Alianza América, 1988), 108.

3 Juan Friede, ed., Documentos inéditos para la historia de Colombia, t. x (Bogotá: Academia Colombiana de Historia, 1955-1960), 154-155.

4 Marta Herrera Ángel, Ordenar para controlar. Ordenamiento espacial y control político en las llanuras y en los Andes centrales neogranadinos. Siglo XVIll (Bogotá: Academia Colombiana de Historia/ICANH, 2002), 162. Los antecedentes de estas instrucciones pueden observarse en 1546 en las disposiciones resultantes de la Congregación de Obispos de la Nueva España, que constituyeron un referente para el ordenamiento territorial indígena en América. Consultar: Sandra Mendoza Reina, Traza urbana y arquitectura en los pueblos de indios del altiplano cundiboyacense. Siglo XVI a XVIll. El caso de Bojacá, Sutatausa, Tausa y Cucaita (Bogotá: Universidad Nacional de Colombia, 2008), 40; Guadalupe Romero Sánchez, Los pueblos de indios en Nueva Granada (Granada: Atrio, 2010), 65.

5 "Relación de los capítulos que han de guardar los vecinos de la ciudad de Santafé en la junta de los naturales de esta provincia", Santafé, 1576, en Archivo General de la Nación (AGN), Bogotá-Colombia, Sección Colonia, Fondo Encomiendas, t. 25, f.565v.

6 AGN, Colonia, Fondo Caciques e Indios, t. 49, f.766, citado en Marta Herrera Ángel, Ordenar para controlar, 162.

7 "Relación de los capítulos", f.566v.

8 "Relación de los capítulos", f.566v.

9 A pesar de las diferencias entre las formas de organización socio-política de los muiscas y aquellas de los grupos andinos del Virreinato del Perú, el proceso de fragmentación y la redefinición de las jefaturas a través de los pueblos de reducción aparecen como consecuencias comunes de la intervención española en ambos casos. Al respecto, ver: Nathan Wachtel, "Note sur le problème des identités collectives dans les Andes méridionales", L'Homme 32: 122-124 (1992): 46. Al contrario, la experiencia mexicana de Tlaxcala, referente del ordenamiento territorial americano, propone una dinámica opuesta. Este modelo fue orientado por la unificación territorial, sociopolítica, y la centralización. En efecto, su posición de "aliados" españoles en la primera mitad del siglo XVI les otorgó una posición diferente a la de los pueblos indígenas vencidos y fragmentados por la distribución en encomiendas, reflejada en el estatus de sus autoridades políticas, las nuevas formas de gobierno centralizado y la configuración de la provincia y su capital. Ver: Andrea Martínez Baracs, Un gobierno de indios: Tlaxcala, 1519-1750 (México: FCE, 2008), 135-145.

10 Nathan Wachtel, "Note sur le problème", 46.

11 Ver, igualmente: Carl Henrik Langebaek, Mercados, poblamiento e integración étnica entre los Muiscas, siglo XVI (Bogotá: Banco de la República, 1987), 149; y Marcela Quiroga Zuluaga, "Las unidades sociopolíticas muiscas en el siglo XVI", en Los muiscas en los siglos XVI y XVII: miradas desde la arqueología, la antropología y la historia, ed. Jorge Augusto Gamboa (Bogotá: Universidad de los Andes, 2008), 97.

12 AGN, Colonia, Fondo Visitas de Cundinamarca, t. 5, f.948r. y f.993v.

13 AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 4, f.966r; t. 5, f.956r. y f.999r.

14 AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 5, f.1000v.

15 De acuerdo con Catalina Gaitán: "[...] este pueblo está puesto por ejemplo de todos los pueblos de indios poblados en este Reino. Porque ninguno se ha poblado tan bien, ni tan acortadamente con su plaza y calles a modo de pueblo de españoles [...] y si vuestra merced llama en el dicho cargo no estar poblado, por algunos indios del dicho pueblo que no son veinte todos, tengan fuera su casa, esto no hace al caso, ni esto quita no pudiese llamarse estar poblado el dicho pueblo, porque tampoco estoy obligada a hacerlos residir en el pueblo o valle que se pobló". AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 5, f.961v.

16 Juan Villamarín, Encomenderos and Indians in the Formation of Colonial Society in the Sabana de Bogotá, Colombia, 1535 to 1740 (Tesis de Doctorado en Antropología, Brandeis University, 1972), 128.

17 AGN, Colonia, Encomiendas, t. 25, f.565r.

18 AGN, Colonia, Encomiendas, t. 5, f.595r.

19 AGN, Colonia, Encomiendas, t. 5, f.578r.

20 Así, por ejemplo, en 1594, durante la visita adelantada al pueblo de Pausaga por Miguel Ibarra, su cacique declaraba la existencia de otro pueblo viejo de construcción colonial que había sido realizado antes de aquél. AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 8, f.379r.

21 Ver: Teusacá, 1593, en AGN, Colonia, Caciques e Indios, t. 5, ff.567v.-568r.; Tibaguya/Subantiba, 1594, en AGN, Colonia, Fondo Visitas de Boyacá, t. 17, f.253r.; Sisatiba, en AGN, Colonia, Visitas de Boyacá, t. 17, f.467v.; Suta y Tausa, en AGN, Colonia, Visitas de Boyacá, t. 17, f.354r.; Ubaté, 1591, en AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 5, f.348v.; Pausaga, 1594, en AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 8, f.398v.; Fusagasugá, 1592, en AGN, Colonia, Caciques e Indios, t. 30, f.463v.

22 A este respecto, puede consultarse: Carl Henrik Langebaek, Mercados, poblamiento e integración, 41-42.

23 AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 8, f.398v.

24 AGN, Colonia, Caciques e Indios, t. 30, f.407v. La relación simbólica y religiosa con el territorio ancestral es denunciada, igualmente, por el encomendero del pueblo de Tunjaque y Suaque, cuando solicitaba al oidor Ibarra que éste fuera agregado al de Teusacá: "por cuanto por allí cerca no hay otra iglesia ni cura que les pueda acudir por ser como es tierra muy aparejada para sus idolatrías y borracheras y que esto no se lo podrá estorbar ninguna persona, por estar muy apartados de todo comercio de español y de gente que se// lo impida". AGN, Colonia, Caciques e Indios, t. 5, ff.660v.-661r.

25 AGN, Colonia, Caciques e Indios, t. 30, f.445r.

26 AGN, Colonia, Caciques e Indios, t. 30, f.451r.

27 AGN, Colonia, Visitas de Boyacá, t. 17, f.253r.

28 "Título III. De las reducciones y los Pueblos de Indios", Toledo, 19 de febrero de 1560, en Archivo Digital de la Legislación en el Perú (ADLP), Recopilación de las Leyes de las Indias, Libro VI, Título III, Ley IX, consultado el 25 de octubre de 2013, http://www.congreso.gob.pe/ntley/LeyIndiaP.htm.

29 Marta Herrera, Ordenar para controlar, 165.

30 El proceso de apropiación de las tierras indígenas y de expansión de la hacienda ha sido bien descrito en Germán Colmenares, Historia económica y social de Colombia (Bogotá: Tercer Mundo, 1999), 203-217. Así como en Juan Friede, "De la encomienda indiana a la propiedad territorial y su influencia en el mestizaje", Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura 4 (1969): 35-61.

31 AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 4, f.973r., f.974r., y f.975r.; t.5, f.939r., f.989r. Entre estas denuncias se observa aquella realiza por la autoridad principal del Tunjuelo sobre las expropiaciones de tierra hechas por su vecino estanciero Juan de Tafur: "dijo que el capitán Juan Tafur tiene una estancia junto a la tierra de este pueblo, y que es en su propia tierra, y que cada año va tomando más tierra diciendo que es suya, y que allí siembra trigo. Y que sus bueyes, con que ara Juan Tafur, hacen daño algunas veces a los indios de su pueblo [...] y les comen sus labranzas, y aunque se le han mandado pagar [los daños], nunca se los han pagado". AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 5, f.939r.

32 AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 4, f.977r.

33 Es cierto que el hallazgo de datos relativos a las delimitaciones de las posesiones territoriales indígenas en la documentación colonial es casi fortuito; sin embargo, este tipo de información es visible en los testimonios originados en la "vista de ojo" realizada por los visitadores españoles a la hora de medir los resguardos y en las solicitudes de amparo por su territorio.

34 AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 5, ff.351r.-356r., y ff.616v.-619v.; AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 8, f.407v.; AGN, Colonia, Visitas de Boyacá, t. 17, f.344r.

35 AGN, Colonia, Caciques e Indios, t. 5, f.662r. Énfasis del autor.

36 AGN, Colonia, Visitas de Boyacá, t. 17, f.261.

37 AGN, Colonia, Visitas de Boyacá, t. 17, f.474.

38 AGN, Colonia, Cacique e Indios, t. 5, f.624v. En la mayoría de las ocasiones la Real Audiencia sancionaba a los vecinos españoles haciéndolos indemnizar a las comunidades afectadas, a través del pago de una suma de dinero. En algunos casos, como el de los frailes de Santo Domingo, estas sumas fueron pagadas. Así, los indígenas del pueblo de Tibaguya declaraban haber recibido de los frailes en los últimos diez años entre 80 y 100 pesos cada año. AGN, Colonia, Visitas de Boyacá, t. 17, f.244r. Asimismo, los indígenas del pueblo de Pausaga declaraban ser constantemente pagados por los daños generados por el ganado del encomendero de Susa, aunque no establecían el monto de las indemnizaciones. En otros casos, como el de los vecinos de Teusacá, estas indemnizaciones no fueron realizadas. Los datos presentados corresponden a la provincia de Santafé; para un análisis del proceso de expropiación de tierras indígenas en la provincia de Tunja, ver: Germán Colmenares, Historia económica y social, 213.

39 Las tierras asignadas a los pueblos de indios tuvieron otros nombres en Hispanoamérica. Por ejemplo, en el caso de México éstas fueron llamadas fundo legal. Al respecto, consultar: Marta Herrera, "Ordenamiento espacial de los pueblos", 94.

40 AGN, Colonia, Fondo Tierras: Boyacá, t. 44, f.338r. y ss., citado en Germán Colmenares, Historia económica y social, 213.

41 "Relación del Orden que lleva en la Visita General que se va haciendo por el Licenciado Miguel Ibarra, oidor de la Real Audiencia de este Reino de los naturales del distrito de la ciudad de Santafé desde el 12 de febrero de 1593", en Archivo General de Indias (AGI), Sevilla-España, Fondo Audiencia de Santa Fe, 17, r. 11, No. 80, f.2. En cuanto a las visitas realizadas en el distrito de Tunja, ver: Germán Colmenares, Historia económica y social, 219.

42 "Relación del Orden que lleva en la Visita General", f.1v.

43 "Relación del Orden que lleva en la Visita General", f.1v., y ff.3v-4r. Se ha contado cada paso como 0,840 m, de acuerdo con las informaciones presentadas en Germán Colmenares, Historia económica y social, 208.

44 "Relación del Orden que lleva en la Visita General", ff.4v-5r.

45 La estancia de ganado mayor antes de 1585 medía aproximadamente 2.540 hectáreas, y una estancia de labor, 635 hectáreas. Estas medidas serán notablemente reducidas en 1585. La estancia de ganado mayor se redujo en la ciudad de Tunja a 370 hectáreas, y en Santafé a 327,5 h. Mientras que la estancia de labor en la ciudad de Tunja pasó a 69 h, y en Santafé, a 90,3 h. Remitirse a: Germán Colmenares, Historia económica y social, 208.

46 Por ejemplo, frente a posesiones como la del encomendero del pueblo de Bogotá Francisco Maldonado Mendoza, quien para 1585 poseía 17 estancias de ganado mayor, puede consultarse: Germán Colmenares, Historia económica y social, 207.

47 "Relación del Orden que lleva en la Visita General", f.5r.

48 Algunas investigaciones que tratan este problema son: Margarita González, El Resguardo en el Nuevo Reino de Granada (Bogotá: Universidad Nacional de Colombia, 1970), y Tomás Gómez, "Indiens et terre en Nouvelle Grenade (1593-1843), les Resguardos: structures de protection ou spoliation déguisée?", Caravelle 28 (1977): 11-31.

49 AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 8, f.411r. [1592-1594]; AGN, Colonia, Visitas de Boyacá, t. 17, f.418r.

50 Germán Colmenares, Historia económica y social, 217-218.

51 AGN, Visitas de Boyacá, t. 17, f.262r., f.344r. y f.478r.

52 AGN, Colonia, Visitas de Boyacá, t. 17, f.473r.

53 AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 1, f.301r.

54 Éste era el caso de pueblos como Simijaca, Susa, Suta, Pausaga, Sisatiba de Andrés de Moran, Tibaguya de Bartolomé de Masmela, Tibaguya de Guzma, Chise, Ingatiba, Teusacá, Tunxaque y Suaque, y Usaque. agn, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 8, f.398v.; AGN, Colonia, Visitas de Boyacá, t. 17, f.255r., f.336v. y f.466r.; AGN, Colonia, Caciques e Indios, t. 5, f.575v. y f.658r.

55 Sin embargo, precedentes de esta política fueron dispuestos durante la visita de Ibarra, como es el caso del pueblo de Tunxaque y Suaque, agregado por este visitador en 1593 a Teusacá. AGN, Colonia, Caciques e Indios, t. 5, f.660r.

56 "Testimonio de las visitas y poblaciones de los pueblos de Tunja y Santafé y otras cosas por Luis Enríquez", en Fuentes para la demografía histórica de la Nueva Granada, comp. Julián Bautista Ruiz Rivera (Sevilla: Escuela de Estudios Hispanoamericanos de Sevilla, 1972), 36-51.

57 AGN, Colonia, Fondo Misceláneas, t. 81, ff.421r.-422v.; AGN, Colonia, Visita de Cundinamarca, t. 1, ff.340v.-342r.

58 Éste fue el caso de la agregación hecha de los pueblos de Teusacá, Tibaguya, Tunjaque y Saque al de Usaquén, en 1600. AGN, Colonia, Caciques e Indios, t. 5, ff.414r.-417r.

59 "Testimonio de las visitas y poblaciones", 49.

60 Sin duda, un factor determinante en el avance de la evangelización fue la preocupación de los doctrineros, principalmente los jesuitas, por el aprendizaje de la lengua muisca. Diversa acciones -como la realización de una cátedra de lengua indígena dentro de los seminarios, la elaboración de un catecismo y disposiciones como la excomunión de los doctrineros que no aprendieran la lengua- fueron determinantes para la consolidación de un verdadero proceso de conversión. Al respecto, consultar: Archivio Generale della Compagnia di Gesù (AGCG), Roma-Italia, Fondo Provincia Novi Regni et Quitensis,         [ Links ] "Carta anua", Historia, 12-I, ff.24r.-35v. Igualmente, para este período es posible constatar un aumento en el uso de la lengua castellana por parte de ciertos sectores indígenas y de ciertas autoridades, lo cual quizá también repercutió favorablemente en la evangelización indígena. Los avances en dicho proceso pueden ser constatados en la construcción de las iglesias, la conversión de sus autoridades y la participación indígena en nuevas formas de organización religiosa como la creación de cofradías; probablemente, todos estos aspectos contribuyeron poco a poco a la consolidación efectiva de los pueblos. Consultar: Jorge Augusto Gamboa, "Las instituciones indígenas de gobierno en los años posteriores a la Conquista: caciques y capitanes muiscas del Nuevo Reino de Granada", en Imperios ibéricos en comarcas americanas, eds. Adriana María Alzate Echeverri, Manolo Florentino y Carlos Eduardo Valencia (Bogotá: Universidad del Rosario, 2008), 154-158; y El cacicazgo muisca en los años posteriores a la conquista: del sihipkua al cacique colonial (Bogotá: ICANH, 2010), 472.

61 Así lo expresaba don Juan Basbara, indígena gobernador de Sisatiba: "A la quinta pregunta dijo que ha visto que aunque los indios de estos cinco pueblos están agregados a esta doctrina no todos viven en sus casa, en él. Y los que mejor asisten son lo Ingatibaes, y Chises, y los Tibaguas que llamán Baguatoque de la encomienda de don Francisco Osorio, y los Tibaguyas, algunos de los de Bartolomé de Masmela; y los Sisatibas de que este testigo es gobernador están apartados en sus pueblos viejos y labranzas lejanas, donde viven con sus ranchos, apartados de la iglesia, a media legua, que es causa para que algunos falten de venir a misa y a doctrina, y aunque tienen sus casas en el pueblo no las habitan y se van cayendo". AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 1, f.307. La misma situación fue evidenciada para el pueblo de Usaquén y sus agregados de Teusacá, Tibabita, Tunjaque y Suaque. Aunque estos pueblos se habían trasladado al lugar dispuesto para la conformación del nuevo poblado en términos del pueblo de Usaquén, ellos vivían separados a pocos kilómetros de la población: "algunos viven y asisten lejanos de la iglesia en sus bohío y rancherías que tienen en los sitios de sus labranza dentro y fuera de sus resguardos". AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 5, f.56r., y ff.96r.-104r.

62 AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 5, f.158r.

63 Esta situación es palpable en el caso del pueblo de Teusacá, agregado al de Usaquén. A finales del siglo XVI la visita de Ibarra había estimado una población total de 529 indígenas. AGI, Audiencia de Santa Fe, 164, No. 8/2, ff.1r.-3r. Luego, para 1603, durante la vista realizada por el oidor Lorenzo de Terrones, la población total era de 359, es decir que en diez años la población había descendido, aproximadamente, el 43%. AGN, Colonia, Visitas de Cundinamarca, t. 4, f.441.

64 Margarita González, El Resguardo en el Nuevo Reino, 70.

65 Germán Colmenares, Historia económica y social, 258; Diana Bonnett Vélez, "De la conformación de los pueblos de indios al surgimiento de las parroquias de vecinos", Revista de Estudios Sociales 10 (2001): 9-19.


Referencias

Fuentes primarias

Archivos:

Archivio Generale della Compagnia di Gesù (AGCG) Roma-Italia. Fondo: Provincia Novi Regni et Quitensis.

Archivo Digital de la Legislación en el Perú (ADLP). Recopilación de las Leyes de las Indias, http://www.congreso.gob.pe/ntley/LeyIndiaP.htm.         [ Links ]

Archivo General de Indias (AGN), Sevilla-España. Fondo: Audiencia de Santafé         [ Links ].

Archivo General de la Nación (AGN), Bogotá-Colombia. Sección Colonia, Fondos: Caciques e Indios, Encomiendas, Misceláneas, Tierras: Boyacá, Visitas de Cundinamarca y Visitas de Boyacá         [ Links ].

Documentación primaria impresa:

Friede, Juan, editor. Documentos inéditos para la historia de Colombia, tomo X. Bogotá: Academia Colombiana de Historia, 1955-1960.         [ Links ]

Ruiz Rivera, Julián, compilador. Fuentes para la demografía histórica de la Nueva Granada. Sevilla: Escuela de Estudios Hispanoamericanos de Sevilla, 1972.         [ Links ]

Fuentes secundarias

Bonnett Vélez, Diana. "De la conformación de los pueblos de indios al surgimiento de las parroquias de vecinos". Revista de Estudios Sociales 10 (2001): 9-19.         [ Links ]

Colmenares, Germán. Historia económica y social de Colombia. Bogotá: Tercer Mundo, 1999.         [ Links ]

Friede, Juan. "De la encomienda indiana a la propiedad territorial y su influencia sobre el mestizaje". Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura 4 (1969): 35-61.         [ Links ]

Gamboa, Jorge Augusto. El cacicazgo muisca en los años posteriores a la conquista: del sihipkua al cacique colonial. Bogotá: ICANH, 2010.         [ Links ]

Gamboa, Jorge Augusto, compilador. Los muiscas en los siglos XVI y XVII: miradas desde la arqueología, la antropología y la historia. Bogotá: Universidad de los Andes, 2008.         [ Links ]

Gamboa, Jorge Augusto. "Las instituciones indígenas de gobierno en los años posteriores a la Conquista: caciques y capitanes muiscas del Nuevo Reino de Granada". En Imperios ibéricos en comarcas americanas, editado por Adriana María Alzate Echeverri, Manolo Florentino y Carlos Eduardo Valencia. Bogotá: Universidad del Rosario, 2008, 136-164.         [ Links ]

Gómez, Tomás. "Indiens et terre en Nouvelle Grenade (1593-1843), les Resguardos: structures de protection ou spoliation déguisée?". Caravelle 28 (1977): 11-31.         [ Links ]

González, Margarita. El Resguardo en el Nuevo Reino de Granada. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia, 1970.         [ Links ]

Herrera Ángel, Marta. Ordenar para controlar. Ordenamiento espacial y control político en las llanuras y en los Andes centrales neogranadinos. Siglo XVIIi. Bogotá: Academia Colombiana de Historia/ICANH, 2002.         [ Links ]

Herrera Ángel, Marta. "Ordenamiento espacial de los pueblos de indios: dominación y resistencia en la sociedad colonial". Fronteras de la Historia 2: 2 (1998): 93-128.         [ Links ]

Langebaek, Carl Henrik. Mercados, poblamiento e integración étnica entre los Muiscas, siglo XVI. Bogotá: Banco de la República, 1987.         [ Links ]

Martínez Baracs, Andrea. Un gobierno de indios: Tlaxcala, 1519-1750. México: FCE, 2008.         [ Links ]

Padgen, Anthony. La caída del hombre natural. El indio americano y los orígenes de la etnología comparativa. Madrid: Alianza América, 1988.         [ Links ]

Quiroga Zuluaga, Marcela. "Las unidades sociopolíticas muiscas en el siglo XVI". En Los muiscas en los siglos XVI y XVII: miradas desde la arqueología, la antropología y la historia, editado por Jorge Augusto Gamboa. Bogotá: Universidad de los Andes, 2008, 94-115.         [ Links ]

Mendoza Reina, Sandra. Traza urbana y arquitectura en los pueblos de indios del altiplano cundiboyacense. Siglo XVI a XVIII. El caso de Bojacá, Sutatausa, Tausa y Cucaita. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia, 2008.         [ Links ]

Romero Sánchez, Guadalupe. Los pueblos de indios en Nueva Granada. Granada: Atrio, 2010.         [ Links ]

Villamarín, Juan. Encomenderos and Indians in the Formation of Colonial Society in the Sabana de Bogotá, Colombia, 1535 to 1740. Tesis de Doctorado en Antropología, Brandeis University, 1972.         [ Links ]

Wachtel, Nathan. "Note sur le problème des identités collectives dans les Andes méridionales". L'Homme 32: 122-124 (1992): 39-52.         [ Links ]