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Historia Crítica

versión impresa ISSN 0121-1617

hist.crit.  no.66 Bogotá oct./dic. 2017

https://doi.org/10.7440/histcrit66.2017.04 

Tema Abierto

Disputas marítimas en el Caribe colombiano: la pesca de tortugas en el archipiélago de San Andrés y Providencia, 1910-1930*

Maritime Disputes in the Colombian Caribbean: Turtle Hunting in the Archipelago of San Andrés and Providence, 1910-1930

Disputas marítimas no Caribe colombiano: a pesca de tartarugas no arquipélago de San Andrés e Providencia, 1910-1930

Sharika Crawford** 

**Profesora asociada a la United States Naval Academy (USNA). Licenciada en Antropología por el Kalamazoo College, Magíster en Estudios Latinoamericanos por la University of California (Estados Unidos) y Doctora en Historia Latinoamericana por la University of Pittsburgh (Estados Unidos). Entre sus publicaciones se destacan los artículos: "A Contact Zone: A Turtle Commons in the Western Caribbean". International Journal of Maritime History 28, n.° 1 (2016): 64-80, y "Panama Fever: Colombian Fears of Secession on San Andrés and Providencia Islands, 1903-1913". The Global South. Special Issue: Interoceanic Diasporas and the Panama Canal's Centennial 6, n.° 2 (2012): 15-38. scrawfor@usna.edu


Resumen:

La pesca de tortugas tiene una larga historia en el Gran Caribe, especialmente en las aguas colombianas cerca del archipiélago de San Andrés y Providencia. De ahí que este artículo se enfoque en los esfuerzos colombianos por afirmar las fronteras nacionales y afianzar el control de las aguas territoriales, y en cómo estas medidas afectan con nuevas regulaciones a los pescadores de tortugas en el mar Caribe. Utilizando relatos de viajes, prensa jamaiquina, colombiana y estadounidense, correspondencia diplomática, entrevistas y fuentes secundarias, este trabajo analiza las implicaciones nacionales y regionales de esta problemática. Eso permite concluir que los isleños, en compañía de los funcionarios colombianos, intentaban defender su territorio insular y sus bordes marítimos de amenazas reales e imaginarias. Sus esfuerzos estaban dirigidos a restringir la extracción de recursos marinos en las aguas territoriales, como parte de los intereses del Gobierno por reforzar la integridad del Estado-nación colombiano en el Caribe.

Palabras clave:  Pesca marina; disputas; Caribe colombiano; tortugas

Abstract:

There has been a long history of turtle hunting in the Greater Caribbean, especially in Colombian waters around the archipelago of San Andrés and Providence. This article is focused on Colombia's efforts to affirm its national borders and to strengthen its control over its territorial waters, and on how the new regulations that these measures entail affect turtle hunters in the Caribbean Sea. Using travel stories, newspapers from Jamaica, Colombia and the United States, as well as diplomatic correspondence, interviews and secondary sources, this study analyzes the national and regional implications of these problems. This makes it possible to conclude that the islanders, in the company of Colombian officials, attempted to defend their insular territory and its maritime borders against both real and imaginary threats. Their efforts were aimed at restricting the extraction of marine resources within the country's territorial waters, as part of the government's interest in reinforcing the integrity of the Colombian nation-state in the Caribbean.

Keywords:  Sea fishing; disputes; Colombian Caribbean; turtles

Resumo:

A pesca de tartarugas tem uma longa história no Grande Caribe, especialmente nas águas colombianas perto do arquipélago de San Andrés e Providencia. Nesse contexto, este artigo se foca nos esforços colombianos por afirmar as fronteiras nacionais e consolidar o controle das águas territoriais, e em como essas medidas afetam, com novas regulamentações, os pescadores de tartarugas no mar Caribe. Utilizando relatos de viagens, imprensa jamaicana, colombiana e estadunidense, correspondência diplomática, entrevistas e fontes secundárias, este trabalho analisa as implicações nacionais e regionais dessa problemática. Isso permite concluir que os habitantes da ilha, junto com os funcionários colombianos, tentavam defender seu território insular e suas fronteiras marítimas de ameaças reais e imaginárias. Seus esforços estavam dirigidos a restringir a extração de recursos marinhos nas águas territoriais como parte dos interesses do governo para reforçar a integridade do Estado-nação colombiano no Caribe.

Palavras-chave:  Caribe colombiano; disputas; pesca marinha; tartaruga

Introducción

El 19 de noviembre de 2012, la Corte Internacional de Justicia pronunció una decisión unánime en el litigio entre Nicaragua y Colombia por el espacio marítimo, que incluye los siete cayos que forman parte del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en el Caribe occidental. Por un lado, los funcionarios nicaragüenses desafiaron el Tratado de Esguerra-Bárcenas de 1928 -donde Nicaragua reconoció la soberanía colombiana sobre el archipiélago- y rechazaron la soberanía colombiana sobre el archipiélago. Por otro lado, los abogados que representaron a Nicaragua elevaron una reclamación: Colombia ha extendido sus límites fronterizos en el mar Caribe, y solicitaron al Tribunal de La Haya apoyar su demanda. Mientras que los juzgados desestimaron la reclamación de Nicaragua sobre el archipiélago de San Andrés y Providencia, la Corte se pronunció a favor de la soberanía colombiana sobre los cayos y las islas habitadas. Sin embargo, Nicaragua recibió 75.000 kilómetros cuadrados de mar que forman parte del ecosistema y la economía de estos islotes1. Los pescadores artesanales son la población más afectada por esta decisión, pues ellos han dependido del mar por generaciones. La decisión de La Haya es el último capítulo de una larga saga de Estados que competían para controlar esta zona marítima y de recolectores marinos que buscaban tener acceso sin restricciones al mar Caribe.

A principios del siglo XX, la frontera marítima que constituye el archipiélago pasó a convertirse en un espacio en disputa, cuyo centro en particular era la pesca de tortugas. Para los pescadores, el acceso a las tortugas se vio amenazado por países que conformaban el Gran Caribe, cuando los funcionarios trataron de reforzar los límites marítimos de cada país. Por muchas generaciones, los pescadores emigraban a cazar tortugas en los meses de junio a septiembre; en el norte, hacia Cuba y los cayos de Florida; hacia el sur, a los arrecifes e islotes adyacentes a Centroamérica y las islas colombianas de San Andrés y Providencia. Factores ecológicos motivaron la disminución de las tortugas en las aguas circundantes, y los pescadores buscaron nuevas zonas para cazar el carey. Pero la caza causó problemas imprevistos para los pescadores (suministro y acceso continuos). Este artículo se enfoca entonces en los esfuerzos de funcionarios colombianos e isleños por ejercer soberanía colombiana en la frontera y controlar las aguas territoriales, y en cómo estas medidas afectan a los pescadores de tortugas en el mar con nuevas regulaciones. Se sostiene aquí que muchos gobiernos de la región, incluido el de Colombia, trataron de limitar y restringir el acceso a los recursos marinos con el fin de proteger las fronteras vulnerables a intrusos. Esto se puede observar en los esfuerzos del Gobierno colombiano por ejercer control sobre los cayos que forman parte del archipiélago de San Andrés y Providencia.

El archipiélago tiene un espacio distinto dentro de la historia y la geografía de Colombia. A diferencia de sus contrapartes continentales, ocupadas por españoles, los puritanos ingleses fueron los primeros colonos europeos que habitaron la isla de Providencia. Después, el Imperio español logró expulsarlos en el siglo XVII, y esta siguió siendo territorio español, sin importar que con frecuencia fuera refugio de piratas holandeses e ingleses atraídos por la abundancia de madera, tortugas, y la seguridad de un retiro pacífico. Durante la época republicana, el archipiélago fue uno de los numerosos territorios que no recibieron atención y que siguió desarrollándose como sociedad caribeña con muchos lazos con el Caribe angloparlante2. Estas conexiones en ocasiones dificultaron el gobierno sobre los isleños y la protección del territorio de intrusos extranjeros. Ya para el siglo XX, el Gobierno colombiano se interesó más por defender el espacio marítimo del Caribe.

La historiografía sobre el archipiélago ha crecido en los últimos años. La mayoría de esta literatura académica se interesa en identificar la cronología de los tratados políticos que muestran cuándo Colombia ejerció por primera vez autoridad legal sobre la región. Estos autores, muchos de los cuales son abogados, incluyen extractos y copias de los documentos coloniales y republicanos que indican los límites exactos del espacio colombiano caribeño3. Sin embargo, cuando el análisis se enfoca -como se pretende en este artículo- en las disputas marítimas sobre la pesca (un comercio de importancia para los habitantes de la región) y las demandas de los pescadores contra la soberanía marítima de Colombia en el Caribe occidental, se puede entender además cómo el Estado colombiano intentaba defender su soberanía sobre este espacio disputado.

También existe una destacada literatura sobre la pesca de tortuga, que abarca en gran medida los estudios que se centran en documentar las culturas pesqueras artesanales o el impacto humano sobre la despoblación de las tortugas4. Pero ninguno de ellos examina las formas en que los conflictos pesqueros afectan los planes del Estado-nación para ampliar o consolidar los territorios marítimos. Es importante tener en cuenta que las disputas marítimas sobre la pesca no ocurren exclusivamente en el dominio latinoamericano, pues existe una historiografía extensa sobre los conflictos internacionales provocados por flotas pesqueras tanto en el océano Pacífico como en el Atlántico. Esta historiografía muestra cómo en espacios de frontera, los gobiernos tenían dificultades para crear normas que restringieran la pesca dentro sus límites nacionales, como en el Pacífico del noroeste, en Norteamérica5. En otra frontera del Pacífico, el mar de China Meridional, los países asiáticos -como China- sostuvieron que el derecho de pescar era un privilegio de sus ciudadanos. En la actualidad, los resultados de estas disputas reflejan lo que ocurre en el terreno de las relaciones internacionales, donde se despliega de manera concreta el poder de estas naciones6.

En el caso de la pesca de tortugas en el Caribe colombiano, los isleños del archipiélago de San Andrés y Providencia presionaron al Estado-nación colombiano para que actuara en defensa de su soberanía en el archipiélago, ya que además temían la pérdida de la ventaja pesquera en sus aguas nacionales. Aunque es evidente que los recolectores de tortugas estaban amenazados por la competencia entre pescadores extranjeros, los funcionarios colombianos intervinieron sin éxito en esta disputa marítima para mostrar que tenían control en esta frontera caribeña. En este sentido, estas disputas parecen similares al caso chino en sus conflictos con Japón en el mar de China Meridional7. Utilizando los relatos de viajes, prensa jamaiquina, colombiana y estadounidense, correspondencias diplomáticas, entrevistas y fuentes secundarias, se muestra en este artículo cómo los isleños y funcionarios colombianos intentaron defender su territorio insular y las fronteras marítimas de amenazas reales e imaginarias. Se analizan, de manera particular, estas acciones en las disputas que se llevaron a cabo entre 1910 y 1930. En este contexto, es importante señalar el fracaso del Gobierno colombiano en el desarrollo de normas para restringir el derecho de extraer recursos nacionales. La política colombiana sobre la pesca fue en diferentes ocasiones ignorada y rechazada por los pescadores de tortugas de otras naciones, como Gran Bretaña. Las razones son claras: el Gobierno no tenía una presencia extensa en esta parte del Caribe limitándose a hacer reclamos diplomáticos. En tal sentido, y sin ni siquiera un barco de patrulla en los cayos, las autoridades colombianas estaban en una posición muy débil para defender los intereses de los recolectores de tortugas del archipiélago, que les exigían afirmar su soberanía sobre las aguas territoriales.

La pesca de tortugas y la creación de la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia

El 1 de enero de 1913, las islas de San Andrés y Providencia inauguraron una nueva forma administrativa: fueron nombradas Intendencia Nacional. El redactor del periódico isleño El Faro Francisco Newball informó que los isleños vieron la Intendencia como "llena de promesas y esperanzas para el futuro", mientras buscaban "demostrar al mundo exterior que existe en este remoto rincón del territorio colombiano un pueblo, que si bien está al margen de las luchas de partidos, sólo aspira a su engrandecimiento a través del Pacífico; esto significa que Dios se lo ha concedido al hombre para trabajar por su propio bienestar"8. Después de casi veinticinco años de ser gobernados por el departamento de Bolívar, gobierno que los isleños veían como una forma de abandono y negligencia, los habitantes del archipiélago tenían la esperanza de que el nuevo gobierno fuera justo y defendiera el territorio y sus derechos como ciudadanos colombianos.

En los años previos a su designación como Intendencia, los isleños se quejaban constantemente de los gobiernos departamental y central. Se acusaba a los funcionarios de Bolívar de ser agentes que buscaban enriquecerse, y a quienes poco les importaba el estado del archipiélago9. Estas quejas finalmente llegaron al despacho del presidente, Carlos E. Restrepo. Con miras a proponer la creación de la Intendencia Nacional para las islas, el Presidente nombró a Santiago Guerrero para que realizara el censo de San Andrés y Providencia en 191110. Guerrero fue escogido, probablemente, porque había sido jefe del puerto en la isla de San Andrés en 1909; en este tiempo, pocos funcionarios de Bogotá habían viajado a las islas lejanas11. Además, el Presidente pidió a Guerrero que hiciera una investigación completa sobre las condiciones políticas, económicas y sociales de los isleños.

Uno de los temas de importancia para los isleños ante estas nuevas políticas del Estado fue solicitar ayuda para resolver las disputas con otros países sobre la pesca de tortugas, y a la vez hacer mayor presencia para proteger los cayos de pescadores intrusos que no respetaban la soberanía colombiana. Guerrero se reunió con más de veinte isleños notables, incluidos comerciantes y figuras religiosas, entre los que se encontraban los dos pastores de la Iglesia bautista, para discutir estas problemáticas. Una de las dificultades databa de 1910. El gobernador de Bolívar había recibido memoriales sobre los barcos ingleses originarios de Islas Caimán y Belice que pescaban en aguas colombianas12. Asimismo, los isleños informaron sobre un incidente con la tripulación de tres barcos isleños en Costa Rica, en Tortuguero. En junio de 1911, el Resguardo Costarricense llevó a los capitanes Amiel Joseph Bent, William Robertson Ranking y Joseph Newball con su tripulación a Puerto Limón. Acusó a los isleños de pescar en territorio nacional sin permiso, por lo que sus balandras y la carga fueron tomadas. Tres días después, y tras pagar una fianza de ₡500, los capitanes fueron liberados, mientras que los barcos y la carga fueron retenidos por las autoridades costarricenses. En este caso, todos los capitanes y la tripulación habían sido absueltos de las acusaciones. Dos años más tarde, los propietarios, capitanes y tripulación de los barcos Efie, P.F. Hope y Endeavor recibieron sus indemnizaciones13. Esto también tuvo consecuencias y pérdidas económicas. Los acusados gastaron una suma considerable en los abogados que representaban su caso ante los tribunales; entretanto, las goletas confiscadas fueron carcomidas por gusanos, causando daños irreparables14.

El incidente en Costa Rica provocó también una mayor atención por la pesca de tortugas en y alrededor del archipiélago. En 1913, el recién nombrado intendente Gonzalo Pérez advirtió a W.L Ryan, capitán de la goleta W.E. Hurlston de Islas Caimán, que debía buscar permisos antes de pescar en aguas colombianas, en una carta abierta publicada en el diario El Faro. Afirmó que con su recuperación ilícita de los recursos marinos, "violó los principios universales que rigen los derechos de propiedad"15. Por otra parte, Pérez advirtió al capitán de Caimán que el Gobierno castigaría a los pescadores que violaran la ley colombiana. Para hacer cumplir mejor la jurisdicción sobre los cayos, el Intendente pidió un barco de vapor para protegerlos16.

De manera irónica, el recién posesionado intendente Pérez adoptó la misma postura de las autoridades costarricenses con la tripulación de Efie, P.F. Hope y Endeavor. En ese caso, era necesario además que las autoridades de Bogotá se ganaran la confianza de los isleños, demostrando que lucharían por proteger y salvaguardar sus intereses; aunque sus motivaciones tenían que ver más con las disputas internas frente al departamento de Bolívar y la administración de Carlos E. Restrepo. No obstante, tras la creación de la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, las autoridades colombianas buscaron defender los derechos de sus ciudadanos mediante la regulación de la pesca de tortugas y su control exclusivo sobre este espacio. Ambas acciones tenían un cometido: mantener la fidelidad de una población marginal.

A pesar de estas severas advertencias, los pescadores de Caimán continuaron cazando sin obtener un permiso oficial. En 1914, el Intendente Interino y el isleño Francis A. Newball también denunciaron ante el Ministerio de Gobierno que había pescadores de Islas Caimán explotando guano y tortugas en forma ilegal. El Intendente pensaba que una salida diplomática resolvería el problema, pero también instó al Gobierno a poner un barco en los cayos para custodiarlos17. En respuesta a las alertas de los isleños y la Intendencia, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicitó a sus cónsules en Inglaterra y en los Países Bajos que informaran a los pescadores sobre las restricciones en la pesca, para aquellos que actuaran sin licencia en aguas territoriales colombianas18.

Los isleños también estaban preocupados por la entrada descontrolada de pescadores extranjeros a los cayos. Algunos, como Simón A. Howard, redactor de El Faro, insinuaron en 1914 que las disputas sobre la pesca de tortugas planteaban serias preocupaciones acerca de la soberanía colombiana sobre los cayos. Señaló que los "súbditos británicos" de las islas del Gran Caribe pescaban tortugas ilegalmente en aguas colombianas durante todo el año: "Los súbditos británicos que hacen los Cayos e islotes comprendidos dentro de nuestro territorio sitios de pesca sin permiso ninguno, no se atreven a ir a Pedro Cays y bajias adyacentes, a coger pescadores para comer, sin obtener permiso especial". Su comunicado indicó igualmente no sólo que el Gobierno colombiano perdería ingresos potenciales de derechos de licencia o la posibilidad de arrendar los cayos para esta industria, sino también que las regulaciones británicas sobre la pesca de tortugas eran más efectivas. Howard instó al Gobierno central en Bogotá a "adoptar las medidas necesarias que nos darán la capacidad de ejercer la jurisdicción efectiva sobre nuestro territorio marítimo a fin de demostrar inequívocamente nuestra soberanía"19. De no ser así, concluía el autor, los funcionarios colombianos terminarían en una disputa sobre la pesca de tortugas, como había ocurrido unos años antes entre Gran Bretaña y Nicaragua. El editorial también se ocupó de un tema más amplio: los pescadores colombianos fueron perjudicados por la defensa ineficaz del Gobierno de los cayos y el incumplimiento en las regulaciones de la pesca de tortugas.

Cleveland H. Hawkins, comerciante y miembro del Concejo municipal de Providencia, habló sobre este mismo asunto en 1923. Llamando la atención sobre las quejas de los isleños de Providencia, Hawkins explicó en una carta al intendente, Carlos M. Hernández, el impacto que la pesca de tortugas tuvo en naciones como Colombia "Desde tiempos inmemoriales, nuestra soberanía sobre estos cayos (Serrana, Serranilla, Roncador, Bajo Nuevo, Quitasueño, Alburquerque y Courtown) y los arrecifes adyacentes ha sido reconocida y, a veces disputada, por los gobiernos que tratan de obtenerlos". Hawkins afirmó igualmente que los pescadores de Islas Caimán utilizaron técnicas modernas que casi exterminaron la tortuga carey. Como resultado, los pescadores de Providencia se vieron obligados a obtener permisos para pescar en la costa de San Blas en Panamá, donde los indios se negaron a esta práctica20.

La copiosa correspondencia entre el Ministerio de Gobierno, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Intendencia Nacional de San Andrés muestra que se tomaron medidas conducentes a resguardar la soberanía colombiana sobre los cayos y hacer frente a las disputas sobre la pesca de tortugas. Esto se debió, en gran medida, a la eficaz campaña que los pescadores de la Isla y los marineros emprendieron respecto a sus funcionarios locales y nacionales. En 1924, el Gobierno colombiano había emitido el Decreto 95 del 24 de agosto, para regular la actividad pesquera en el Caribe. La ley exigió que pescadores nacionales y extranjeros obtuvieran un permiso para pescar tortugas en aguas territoriales de la Intendencia. Con el Decreto 95, los pescadores nacionales pagaron cincuenta centavos por tonelada del barco registrado y un peso para cada barco auxiliar; mientras que los pescadores internacionales cancelaron el doble de los costos asociados con la licencia. En contraste con las regulaciones acerca de la pesca de tortuga, este decreto reclamó el derecho a tratar "los barcos que se encuentren pescando en los mares territoriales del archipiélago sin el permiso [...] como contrabandistas"21.

De hecho, el comisionado de Islas Caimán, H. H. Hutchings, confirmó el continuo desinterés de la soberanía colombiana sobre estos cayos por parte de los pescadores de su isla que buscaban explotar la tortuga carey. Mientras que los pescadores intentaron obedecer la norma que demandaba mantenerse a tres millas cuando pescaban en mar abierto, Hutchings admitió que las medidas colombianas sobre la pesca de la tortuga "poco a poco han sido tomadas cada vez más en cuenta y, que, sobre todo cerca de las islas que están deshabitadas, los pescadores han cazado activamente la tortuga carey en el límite de tres millas". Cuando le pidió a su agente de Aduanas en Caimán Brac que recordara a los pescadores sobre la extracción de tortugas de las aguas colombianas, Hutchings comprendió la difícil situación económica que afrontaban los isleños. El agente explicó: "Comisionado, los pescadores se han visto obligados en los últimos tiempos en estas operaciones de pequeña caza furtiva: es eso o morir de hambre. No hay trabajo para ellos y sus barcos distinto de la pesca en estas aguas y ellos están al borde de la desesperación"22. Al mismo tiempo reconocía Hutchings que desde el tiempo de sus antepasados ​​habían cazado tortugas en estas aguas sin perturbaciones, siendo difícil persuadir a los pescadores de la ilegalidad de estas acciones.

El caso de los contrabandistas de carey en el cayo Quitasueño

Para 1925, el Gobierno había perdido la paciencia con los pescadores caimaneses de tortugas, y tomó medidas en algunos de los casos denunciados por los isleños. El primero de septiembre, isleños de Providencia a bordo de la balandra Bird volvían de una salida de pesca en los cayos con 42 tortugas de carey, que producirían 39 libras de concha de carey. El capitán y la tripulación informaron a los guardacostas colombianos que se habían cruzado con cuatro embarcaciones británicas que pescaban tortugas en Quitasueño. Entre las embarcaciones, los isleños reconocieron a la balandra Testico y la goleta Bluefields. Sus propietarios eran caimaneses, y desde hacía algunos años pescaban tortugas en esa área insular colombiana (véase el mapa 1). Charles Newball explicaba que "estos mismos botes y otros de las islas inglesas de Gran Caimán y Caimán Brac están acostumbrados a pescar en aguas colombianas y que las han visto muchas veces". Uno de los pescadores de tortugas más "notables" era el capitán de la balandra Edison Bros, quien con frecuencia pescaba en Sill-Cay, y a quien los isleños de Providencia le habían advertido varias veces que si lo atrapaban pescando en aguas nacionales se generarían graves consecuencias. El capitán de la Edison Bros sostenía que "habían pescado allí porque ese lugar no tenía dueño". Los pescadores colombianos aparentemente se quejaban de que los cazadores furtivos de tortugas hacían todo más difícil para los pescadores de tortugas colombianos que pagaban de manera oficial por el derecho a pescar. El jefe Benjamín Baena rápidamente envió un telegrama al intendente Proto Vicente Fonseca23.

Fuente: elaborado por Christian Medina, "Mapa del archipiélago de San Andrés y Providencia en el Caribe occidental", ArcGIS <https://www.arcgis.com/features/index.html>.

Mapa 1 Archipiélago de San Andrés y Providencia, en el Caribe occidental  

De inmediato, el intendente envió un telegrama al Ministerio de Relaciones Exteriores pidiendo ayuda y haciendo alusión a la absoluta falta de respeto que esos pescadores tenían hacia la autoridad territorial colombiana24. En mayo de 1925, los tripulantes de la goleta caimanesa Edison Bros habían intentado en vano conseguir un permiso para pescar tortugas, y deliberadamente estafaron a los cobradores de impuestos en la isla de Providencia con un cargamento de 360 tortugas de carey, avaluadas en cinco mil pesos. Cuando los funcionarios trataron de capturar a los pescadores de tortugas, estos huyeron, dejando en ridículo a las autoridades colombianas. Según el Ministro de Relaciones Exteriores, los pescadores de las Antillas inglesas conocían a fondo las regulaciones sobre pesca de tortugas, porque el gobernador de Jamaica les había informado debidamente de las leyes colombianas25. Dado su comportamiento recalcitrante, Fonseca le pidió al Ministerio de Gobierno que subiera a diez el número de guardacostas y que estableciera una estación permanente en los cayos. Estos telegramas denotan un sentido de urgencia, cuando mencionaban que el erario perdía de cuatro a cinco mil pesos anuales, pérdidas derivadas de la incapacidad de regular la pesca de tortugas26. Por lo que no parecía dispuesto a permitir que pasara de nuevo.

Fonseca envió un telegrama al Ministro de Gobierno informándole del arribo de un bote de gasolina proveniente de Colón (Panamá). El intendente se enteró de que el barco de la compañía estadounidense Franklin Baker (vendedora de dulces) iba en camino a cargar cocos en la isla de San Andrés. Fonseca contrató al S. S. Eker para que transportara cincuenta policías al cayo Quitasueño. Esto se daba porque, después de cincuenta años de soportar que se pasara descaradamente por encima de la autoridad del archipiélago, las autoridades ya no estaban dispuestas a tolerar más faltas contra su soberanía27. Por lo que el 29 de septiembre de 1925, los guardacostas colombianos capturaron a unos treinta pescadores en San Andrés. Los relatos de este incidente ofrecen numerosos detalles sobre la captura y la detención de dos embarcaciones británicas.

Al llegar a Quitasueño, los agentes colombianos encontraron a unos treinta hombres que decían haber usado el barco como refugio, mientras esperaban que pasara el mal tiempo de la noche anterior. Después de saber que estos hombres no tenían licencia para extraer tortugas, los agentes detuvieron a las tripulaciones de dos de las tres embarcaciones ancladas en el arrecife. La balandra Testico tenía una tripulación de treinta hombres -todos de la isla Caimán Brac-, mientras que la goleta Edison Bros llevaba dieciocho hombres, dos caimaneses y dieciséis beliceños. Es importante tener en cuenta que una expedición de pesca conjunta entre caimaneses y beliceños no era rara, dado que muchos caimaneses tenían familia en las islas de la bahía, algunas de los cuales se asentaron allí tras la emancipación de Gran Bretaña, en 183428.

Según Henry B. Watson, uno de los marineros que iba en la Testico y único tripulante que se salvó de la captura, y quien hizo el relato del incidente, los funcionarios capturaron un tercer barco, pero un capitán de nombre Bernard Bryan -de Caimán Brac- se las arregló para tomarlo y escabullirse sin ser visto por los guardacostas colombianos. Este testimonio explica esa fuga que el capitán Bryan le relató a Watson, e indica que, en lugar de navegar hacia el norte directamente hacia Caimán Brac -una dirección que los guardacostas colombianos con seguridad habrían tomado para seguirlos-, Bryan lentamente navegó hacia el sur hasta que tuvo la certeza de que era seguro tomar rumbo a casa. Watson recordó que, con base en la observación de Hill, "los colombianos pensaron que había tomado rumbo norte; salieron a todo vapor hacia allá y avanzaron un buen trecho y no los pudieron encontrar por ninguna parte, así que se devolvieron"29. Así las cosas, Bryan logró evadir la detención.

Tras la fuga del barco, los funcionarios colombianos acusaron formalmente a los treinta y un hombres restantes por contrabando de tortugas y los pusieron en prisión en la isla de San Andrés30. El intendente Fonseca señaló que la tripulación de la goleta Edison Bros se había burlado de los intentos de los guardacostas de hacer cumplir las regulaciones sobre la pesca de tortugas en los cayos, e insinuó que esto había ocasionado gran animosidad hacia los pescadores de tortugas caimaneses, que también se habían burlado de la soberanía colombiana sobre estas islas31. En varias ocasiones hizo alusión al incidente anterior, al escribir sobre los contrabandistas o los pescadores de tortugas en su correspondencia con los Ministros de Gobierno y de Relaciones Exteriores.

La noticia del arresto de los pescadores de tortugas desató acciones diplomáticas por parte del Gobierno británico. Mientras que el capitán Bryan y su tripulación informaron a familiares y amigos sobre la captura de los pescadores de tortugas y de sus navíos en el banco de Quitasueño, las acciones de otro capitán de mar caimanés llevaron a las autoridades británicas a investigar el incidente. Este capitán, Edwin Walton, se enteró de la detención de los pescadores durante su parada en Colón (Panamá), rumbo a Caimán Brac. Indignado por la detención de los hombres, el capitán caimanés envío telegramas al Secretario Colonial de Jamaica y al Ministro británico de Asuntos Exteriores en Bogotá32. Pronto se enrumbó hacia Jamaica con el fin de buscar el respaldo público, por medio de un editorial publicado en The Gleaner, el periódico principal.

El autodenominado "Comandante de navío mercante" le pidió al periódico jamaiquino que publicara declaraciones relacionadas con el incidente. Según estas declaraciones anónimas, probablemente manifestadas por miembros de la tripulación arrestados, las autoridades colombianas habían incautado las embarcaciones y puesto a la tripulación de la balandra y de la goleta "en una miserable parte calurosa del barco: un lugar totalmente inadecuado para encarcelar a súbditos británicos". Los testimonios también aducían que un inglés, el señor Grundy, operador de telégrafos en San Andrés, que iba con los guardacostas colombianos, había intentado intervenir a su favor, ofreciéndose como intérprete. Otro testimonio decía: "No fueron tratados en absoluto como súbditos británicos civilizados, sino más bien como piratas, pues se los llevaron con su ropa mojada, no se les dio siquiera la oportunidad de cambiarse en cinco días". Las declaraciones describían un cuadro sombrío de la detención de los pescadores de tortugas, pues "soldados armados los custodiaron todo el tiempo [...] aun después de que fueron puestos en prisión en San Andrés". Walton presentó sus acciones como heroicas. Explicaba que le había informado al Intendente del abuso al que habían sido sometidos los pescadores de tortugas en el barco de vapor, lo cual condujo a que los prisioneros recibieran un mejor trato. Luego, Walton envió un telegrama al Secretario Colonial de Jamaica y otro al Ministro británico de Asuntos Exteriores en Bogotá describiendo los arrestos33.

En las conclusiones del editorial, Walton desestimaba las acusaciones contra los pescadores de tortugas, insistiendo en que estos no habían violado la ley colombiana. Primero, invocaba la costumbre:

"Durante los últimos 75 a 80 años, los pescadores de tortugas de Islas Caimán han acostumbrado visitar las aguas alrededor de los cayos y arrecifes que hay entre Jamaica y Quitasueño, y este privilegio nunca ha sido cuestionado, hasta hace muy poco, cuando el Gobierno colombiano ha intentado detenerlos"34.

Segundo, adujo que los pescadores de tortugas no habían visitado por voluntad propia los cayos deshabitados, ya que el mal clima en realidad los había obligado a buscar fuentes de agua potable. Tercero, el cayo Quitasueño dista unos 64 kilómetros de la tierra habitada más cercana, y los pescadores nunca habían pensado que perteneciera a Colombia. Cuarto, y último, acusaba a Colombia de proteger solamente a sus propios pescadores de tortugas de la isla de Providencia: "Parecen existir celos de parte de los pescadores colombianos, y son ellos quienes están urgiendo a su Gobierno a tomar medidas drásticas"35. Walton decía que esperaba que el Gobierno británico resolviera pronto el asunto con las autoridades colombianas.

Las autoridades británicas en Islas Caimán, Jamaica, Colombia e Inglaterra se interesaron por las acusaciones contra los treinta y un pescadores. Inicialmente, el Ministro británico en Bogotá despachó a un cónsul británico de la vecina ciudad de Colón, en Panamá, para que visitara a los pescadores y les ofreciera asistencia estatal. Habían circulado rumores acerca del trato dado a los pescadores y el comportamiento hacia ellos por parte de los funcionarios de la Intendencia Nacional. El 19 de diciembre de 1925, el cónsul E. A. de Comeau llegó para investigar estos rumores y buscar un abogado para los hombres. Veinticuatro de ellos estaban confinados en una prisión de madera construida especialmente para ellos y no tenían queja sobre el trato. Watson describió el edificio de la cárcel diciendo que un caimanés "trajo madera a San Andrés para construir un lugar dónde encerrarnos [...] Quiero decir, construyeron un lugar también [...] ahora, ¡eso podía contenernos! Había espacio suficiente, y tenía un segundo piso [...] lo construyeron sobre el mar". Otros siete hombres estaban gravemente enfermos y se encontraban recluidos en el segundo piso de un edificio del mercado, separados de los demás. Había un caso de sífilis, uno de asma y cinco casos de malaria, pero todos estaban bajo tratamiento médico. De Comeau subrayó que las autoridades colombianas habían tratado a los hombres humanamente y que las únicas quejas que los pescadores tenían se relacionaban con la captura de las embarcaciones y con el trato que habían recibido durante la detención36.

De Comeau preguntó si los pescadores podían ser liberados bajo fianza hasta que la Corte tomara una decisión. Dieciocho de los pescadores fueron puestos en libertad el 23 de diciembre de 1925, tras encontrar tres testigos que les sirvieran de respaldo. Los trece restantes de Belice tenían menos contactos en la isla de San Andrés y le solicitaron al Cónsul británico que sirviera como uno de sus responsables. Para la víspera de Navidad, habían sido puestos en libertad hasta que el juez de Circuito emitiera un veredicto en enero. Todos se quedaron en la isla de San Andrés. Aunque algunos de los pescadores terminaron por encontrar trabajo como constructores de embarcaciones, otros pidieron permiso para pescar cerca de las orillas y aceptaron sin reparos el subsidio de cinco dólares que el Gobierno británico les brindaba. De Comeau dejó 930 dólares a cargo del capitán Henry Bradley, un exportador estadounidense de cocos, respetado residente desde hacía años en la isla de San Andrés, para que pagara los gastos relacionados con los pescadores37.

Sin embargo, la intervención diplomática británica no podía ni acelerar el proceso legal colombiano ni hacerlo menos complicado. El juez del circuito desestimó el caso contra los pescadores en enero de 1926. El fiscal apeló y el caso fue enviado al Tribunal Superior de Cartagena38. El ministro británico, William J. Sullivan, urgió a las autoridades a actuar con prontitud39. Mientras que el ministro de Relaciones Externas colombiano, Eduardo Restrepo Sáez, respondió al pedido de una resolución expedita hecho por los británicos, recordándoles que los pescadores de las Indias Británicas Occidentales no merecían más privilegios que un nacional. "Si, al tratar a ciudadanos de un país extranjero, se omitieran los requerimientos que impone la ley, ello pondría a tales personas en una situación de privilegio que los ciudadanos colombianos no tienen", explicó el Ministro40.

Para las autoridades británicas, la captura y el arresto de los pescadores caimaneses y beliceños parecían no tener relación con la violación de la soberanía territorial colombiana. El cónsul británico De Comeau volvió a su oficina en Colón, y posteriormente envió un detallado memorando confidencial, donde mencionaba los que consideraba eran los motivos de la detención de los barcos de las Indias Británicas Occidentales. Revelaba que mezquinas políticas locales, envidias por la industria caimanesa de pesca de tortugas, ineptitud en el protocolo marítimo y temores por disputas internacionales sobre el archipiélago llevaron al arresto y la detención de los pescadores británicos. De Comeau explicaba cómo el recién nombrado Proto Vicente Fonseca persistió intensamente en el arresto de los pescadores caimaneses de tortugas, no sólo en defensa de la soberanía colombiana, sino también para ganar el favor de la población local de San Andrés y Providencia, ya que, como exempleado de la Oficina de Correos, Fonseca ostentó provisionalmente el cargo de intendente hasta que el Presidente hiciera un nombramiento permanente.

Dado que era probable que Fonseca "nunca hubiera visto el mar antes de su asignación a la isla [de San Andrés]", el Cónsul británico dudaba de que aquel considerara una afrenta la violación de la soberanía colombiana. Por el contrario, el cónsul creía que isleños prominentes que participaban en la industria de las tortugas -como Cleveland H. Hawkins- presionaron a las autoridades locales para que emprendieran acciones legales contra los pescadores extranjeros. "Este hombre tiene interés en la pesca de tortugas, y es responsable en gran parte de las envidias sobre los isleños caimaneses. También puede influir en gran parte de la opinión pública, y por ello, cuando demandó al intendente que tomara medidas contra los barcos que pescaban en Quita Sueño, el intendente se apresuró a complacerlo", informó De Comeau41. Dado que un exintendente había sido obligado a renunciar a su cargo por la oposición especialmente violenta de los isleños, es probable que Fonseca buscara apaciguar elementos como Hawkins42.

El Cónsul británico también informó que las autoridades colombianas y los residentes de las islas eran sensibles a los intrusos extranjeros. En las últimas tres décadas, el Gobierno colombiano se había envuelto en disputas territoriales fuertes a causa del archipiélago con Costa Rica, Nicaragua, Panamá y Estados Unidos. Como resultado, se reforzó la fortificación de los bancos, cayos y arrecifes a lo largo de las islas deshabitadas. El Cónsul británico señaló que sesenta y ocho agentes de policía defendían el territorio de una población de no más de 3.500 residentes para impedir un "desembarco hostil". Por esto, la asignación de 38 agentes de policía para aprehender los barcos caimaneses reflejaba más las preocupaciones colombianas por su derecho a reclamar el archipiélago, que una violación de la legislación sobre la pesca de tortugas43.

No obstante, el arresto y la detención de la tripulación de la Testico y la Edison Bros habían agravado la situación entre los pescadores de tortugas extranjeros y las autoridades colombianas. Mientras esperaban un veredicto de los casos pendientes en Cartagena, el Encargado de Asuntos Británicos informó al Secretario Colonial que los barcos de Islas Caimán continuaban pescando ilegalmente en Quitasueño. Así, a comienzos de enero de 1926, las autoridades colombianas informaron al Cónsul británico en Bogotá que se había encontrado a la goleta Expeditor pescando tortugas cerca del arrecife. Pese a los intentos de las autoridades por aprehender al capitán y la tripulación, presuntamente los pescadores de tortugas se habían resistido, aduciendo estar armados. Las noticias del incidente hicieron que el Cónsul británico hiciera una advertencia severa a todos los pescadores caimaneses de tortugas de "que pescar en este banco sin permiso de las autoridades colombianas está prohibido y que si cualquier intruso se ve en conflictos con las autoridades colombianas, el Gobierno de Jamaica no podrá hacer nada para ayudarlo"44.

A pesar de los esfuerzos británicos por reducir nuevos conflictos por la pesca de tortugas en aguas territoriales colombianas, los pescadores caimaneses siguieron desatendiendo estas advertencias. En mayo de 1926, por ejemplo, Benjamín y Juan G. Howard, dos pescadores colombianos de la isla de Providencia, vieron un pequeño bote pescando alrededor del arrecife Quitasueño. Pensando que pertenecía a la guardia costera colombiana, y deseosa de tener noticias de casa, la tripulación de la goleta La Isleña se acercó al bote. Pronto se percataron de que la canoa (cayuco) pertenecía a la goleta Expeditor, cuyo capitán, Gustave Jervis, los invitó a subir a bordo. Aunque fueron recibidos con amabilidad, ambos hombres dijeron haber visto que el capitán y miembros de la tripulación iban armados con "rifles, revólveres y escopetas", entre otros. Juan G. Howard recordó que Jervis estaba dispuesto a usar la violencia con las autoridades colombianas que intentaran confiscar su barco. El "capitán señor Gervis [sic], quien me dijo además que había ido preparado para no dejarse capturar de las autoridades colombianas tan fácilmente como su hermano William S. Gervis, capitán del barco 'Testeco'". Juan y su tripulante Benjamín Howard también declararon que un jamaiquino, miembro de la tripulación del Expeditor, de nombre Lendice, quería ahogarlos en el agua. Jervis se negó, y explicó a su marinero que nadie era responsable de la confiscación y la detención del Testeco. Pero, Gustave Jervis advirtió a los colombianos "que ni el capitán Cleveland H. Hawkins, James Rankins, Robinson Rankins y en general ninguno de estas islas jamás podrían pisar en Caimán ni en Caimán Brac"45. Este encuentro fue notificado de inmediato a las autoridades colombianas.

Los pescadores caimaneses de tortugas negaron los informes sobre su resistencia y contaron otra versión del incidente. El capitán de la goleta Expeditor, Gustave Jervis, adujo que habían pasado un día en el arrecife haciendo unas reparaciones menores a la embarcación. Cuando fueron abordados por una embarcación de pescadores colombianos en Quitasueño, Jervis los invitó a subir a bordo. La tripulación saludó a sus invitados, con excepción del cocinero jamaiquino, "que les dijo a algunos de los colombianos que si él fuera el capitán de la Expeditor no los habría recibido tan bien, o algo así". El Cobrador de Impuestos de Caimán Brac comentó que Jervis y el dueño de la goleta, Wesley Bodden, "son conocidos aquí como personas por lo general silenciosas y tranquilas, en mi opinión, y no actuarían de modo presuntuoso, ni le pedirían a nadie que lo hiciera". Pese a las discrepancias en las versiones del reciente conflicto a raíz de la pesca en el arrecife del sur, el Cobrador de Impuestos pegó por todo Caimán Brac la advertencia colombiana sobre la pesca en aguas colombianas46.

La creciente hostilidad en referencia a la pesca de tortugas en Colombia llevó a las autoridades británicas a revisar el derecho internacional. El gobernador de Jamaica advirtió que situaciones como la que implicaba a la goleta Expeditor podían darles a los patrulleros colombianos un pretexto para disparar contra embarcaciones británicas47. En consecuencia, algunos funcionarios británicos empezaron a cuestionar la soberanía colombiana sobre los cayos. Por ejemplo, la Marina Real Británica realizó una encuesta secreta sobre el banco en disputa. El Almirantazgo envió a un comandante en jefe a inspeccionar el área en el barco de su majestad Wisteria. En ese informe, el Almirantazgo determinó que "el banco Quitasueño no puede considerarse una 'isla' con el fin de ejercer jurisdicción territorial, y que les parece que sería contrario a los intereses de la Marina Británica reconocer la soberanía colombiana sobre él"48. Más aún, la presión constante tanto de los pescadores caimaneses como posiblemente de las autoridades locales puede haber desatado dicha controversia. En una carta al Comisionado de Islas Caimán, el Cobrador de Impuestos de Caimán Brac informaba que los pescadores de tortugas caimaneses culpaban a los pescadores de San Andrés y Providencia de los recientes problemas: "Es la opinión de los pescadores locales que la causa de la oposición colombiana ahora se basa simplemente en celos de sus propios pescadores, a quienes, por no agradarles ver a otros pescadores en los bancos, urgen a su gobierno a usar todos los medios posibles para mantenerlos alejados"49.

Con respecto a la legitimidad de los reclamos colombianos sobre los cayos, los pescadores de tortugas caimaneses y sus partidarios señalaron que el Gobierno de Estados Unidos había puesto un faro en el cayo Roncador en 1919. De hecho, la Ley de Islas Guaneras, que permitía que ciudadanos estadounidenses tomaran posesión de territorios con grandes depósitos de guano, enumeraba a Roncador, Serranilla y Quitasueño como territorios estadounidenses. James W. Jennett, veterano pescador de tortugas, lo había hecho así en 1869. Las autoridades nacionales colombianas denunciaban esas situaciones y consideraban estos territorios como parte integral del archipiélago de San Andrés y Providencia. Más aún: mostraban evidencia de negociaciones en varios momentos en torno a la instalación del faro o a la regulación de la pesca de tortugas como prueba del reconocimiento de la soberanía colombiana sobre los cayos50. Con todo, la disputa inconclusa entre Estados Unidos y Colombia debilitó la posición de los diplomáticos en Bogotá respecto a la soberanía territorial a corto plazo sobre esos cayos y bancos.

La decisión sobre el destino de los pescadores de tortugas que habían pasado diez meses en San Andrés se conoció el 7 de junio de 1926. El Tribunal Superior desestimó todos los cargos contra los pescadores, aduciendo que no habían cometido ningún delito. Los jueces arguyeron que el Decreto 95 de 1924 era simplemente una Orden Ejecutiva, que Colombia no tenía el poder para legislar51. Los pescadores de tortugas de Caimán Brac y de Belice recibieron la noticia con beneplácito y empezaron a buscar el modo de regresar a casa. Para el 31 de julio de 1926, todos los pescadores detenidos -con excepción de uno hospitalizado en Panamá- regresaron a sus lugares de residencia con sus familias52.

En lo que siguió al caso de la goleta Testico y la balandra Edison Bros, el Ministerio Colombiano de Relaciones Exteriores secretamente acordó darles un pago a los treinta y un pescadores. En correspondencia entre el Secretario colonial y el Comisionado H. H. Hutchings, el funcionario jamaiquino explicaba que "el Gobierno colombiano, aunque sin admitir culpabilidad en la demanda, está dispuesto a pagar la suma de £2000 a modo de acuerdo amistoso"53. De acuerdo con el ministro británico, William J. Sullivan, era poco probable que los pescadores obtuvieran un mejor acuerdo monetario si hubieran esperado una disputa prolongada y un voto en el Congreso. La suma final fue fijada en unas £10.00054. En últimas, el Gobierno británico recuperó el monto de los fondos del acuerdo como pago por los salarios que habían pagado a los pescadores de tortugas durante su detención55. Algunos de los pescadores, como William S. Jervis, capitán de la Testico, presionaron a las autoridades británicas para que buscaran una compensación más alta por la pérdida de las embarcaciones y de los bienes almacenados56. No hubo solicitud de reparaciones adicionales por parte del Gobierno británico ni se entregó algo más a los pescadores de Caimán y Belice. Este Gobierno más tarde honró al capitán Edwin Walton con un cronómetro con incrustación de Armas Reales cromadas por sus esfuerzos de ayuda a los pescadores57.

Conclusión

La disputa marítima por la pesca de tortugas en el archipiélago de San Andrés y Providencia continuó. El Gobierno británico se negó a admitir que Quitasueño fuera territorio colombiano, en vista de que "sus características físicas -las de un arrecife sumergido- forman parte del mar abierto". Proclamaron el derecho de los pescadores británicos a pescar en el banco Quitasueño y afirmaron que la Corona les daría a esos pescadores "toda la protección". También señalaron que las autoridades colombianas posiblemente obstruirían estas libertades58. Las pesquisas caimanesas sobre la jurisdicción sobre los cayos de Roncador, Serrana, Serranilla y Quitasueño siguieron dominando gran parte de la disputa en torno a la pesca de tortugas. En 1936, el capitán Callan Ritch preguntó a las autoridades británicas si los cayos Serrana eran de su propiedad. El Secretario de Estado le respondió con una rotunda negativa, pero prometió que el Gobierno británico seguiría protegiendo los derechos de sus súbditos en los territorios de ultramar. Para 1959, las autoridades británicas habían vuelto a la opinión de que había "poca duda respecto a que Colombia ha reclamado la soberanía sobre los cayos y las islas de la península de San Andrés y ha ejercido actos de control allí por muchos años". Más aún: el Secretario de Estado de este país instó a los pescadores a que obtuvieran licencias del Gobierno colombiano para evitar futuras disputas en los cayos59.

En suma, las disputas marítimas sobre la pesca de tortugas en el Caribe colombiano permiten examinar mejor los argumentos y contraargumentos sobre la soberanía territorial colombiana. Por una parte, los pescadores isleños, bien fueran de San Andrés o de Islas Caimán, sostenían que sus antepasados habían pescado tortugas sin ser molestados durante muchas generaciones en los cayos cercanos y lejanos. Estos pescadores rechazaron los esfuerzos para restringir o nacionalizar el mar y los recursos marítimos. Por otra parte, los gobiernos de Costa Rica y de Colombia buscaron delimitar la frontera marítima y ejercer control sobre una zona para defender el territorio nacional o los recursos comerciales. Estos casos muestran que las autoridades colombianas asumieron un papel activo en la extensión de su concepto de nación a sus fronteras marítimas. Sin embargo, las acciones del Estado se vieron precipitadas por una necesidad real: la creciente frustración por parte de los pescadores isleños. Al hacerlo así, el Gobierno colombiano empezó a construir lentamente un aparato de Estado en el archipiélago. Con todo, los objetivos más generales del poder estatal fueron coartados por el legado del dominio británico y, en menor medida, estadounidense en la región.

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*Este artículo es el resultado de la investigación The Last Turtlemen: Labor, Mobility, and Boundary Crossing in the Maritime Caribbean, 1834-1975. Se financió a través de fondos provenientes de NEH Summer Stipend Grant FT60678-13 (Estados Unidos), la Comisión Fulbright Colombia y USNA Faculty Recognition Grant. La autora agradece a los dos evaluadores externos de Historia Crítica por sus sugerencias y a George Reid Andrews, Mónica del Valle, Claudia Leal, Ana Isabel Márquez Pérez, Silvia Peart, Shawn Van Ausdal y Angie Paola Vargas Arévalo por sus comentarios. Así como a la traductora del artículo, María Luisa Valencia.

1S.B., "Colombia. Hot Waters", The Economist, Londres, 29 de noviembre, 2012.

2Ana Isabel Márquez Pérez, "Catboats, lanchs, and canoes: apuntes para una historia de las relaciones de las islas de Providencia y Santa Catalina con el Caribe centroamericano e insular a través del construcción y el uso de embarcaciones de madera". Passagens: Revista Internacional de História Política e Cultural Jurídica 6, n.° 3 (2015): 480-503, doi: http://dx.doi.org/10.5533/1984-2503-20146303; Sharika Crawford, "A Transnational World Fractured but not Forgotten: British West Indian Migration to the Colombian Islands of San Andrés y Providence". New West Indian Guide 85, n.° 1/2 (2011): 31-52, doi: http://dx.doi.org/10.1163/13822373-90002435; Gerhard Sandner, Centroamérica y el Caribe occidental. Coyunturas, crisis y conflictos, 1503-1984 (San Andrés: Universidad Nacional de Colombia, 2003); James J. Parsons, San Andrés and Providencia: English-Speaking Islands in the Western Caribbean (Berkeley: University of California Press, 1956).

3Sobre la disputa marítima del archipiélago de San Andrés y Providencia, véase: Marco Gerardo Monroy Cabra, Diferendo entre Colombia y Nicaragua sobre el archipiélago de San Andrés y Providencia (Bogotá: Academia Colombiana de Jurisprudencia, 2013); David Uribe Vargas, El Meridiano 82. Frontera marítima entre Colombia y Nicaragua (Bogotá: Universidad Jorge Tadeo Lozano, 1999); César Moyano Bonilla, El archipiélago de San Andrés y Providencia: estudio histórico-jurídico a la luz del derecho internacional (Bogotá: Temis, 1983); Wenceslao Cabrera, Isla de San Andrés y Providencia. Historia (Bogotá: Editorial Cosmos, 1980); Félix Galindo Díaz, Monografía del archipiélago de San Andrés (Bogotá: Ediciones Medio Pliego, 1978).

4Sharika Crawford y Ana Isabel Márquez Pérez, "A Contact Zone: The Turtle Commons of the Western Caribbean". International Journal of Maritime History 28, n. ° 1 (2016): 64-80, doi: http://doi.dx.org/ 0.1177/0843871415624095; Michelle Maria Early Capistrán, "Lo vulnerable y lo sanguinario: explotación histórica de tortugas y tiburones en la costa de Oaxaca", en Problemas artesanales asociados al desarrollo, editado por Rodrigo Macip-Ríos y Orlando Espinosa Santiago (Puebla: Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2014), 51-70; John Soluri, "Seals and Seal Hunters along the Patagonian Littoral, 1760-1960", en Centering Animals: Writing Animals into Latin American History, editado por Martha Few y Zeb Torici (Durham: Duke University Press, 2013), 243-279; Graciela Tiburcio Pintos, Martha Micheline Cariño Olvera y Raquel Briseño Dueñas, "Relaciones históricas entre las tortugas marinas y las sociedades del finnis terra bajacaliforniano". Revista Historia Ambiental Latinoamericana y Caribeña 3, n.° 1 (2013): 89-115. Véase un nuevo enfoque sobre la caza de tortugas y colonización en Marlon Marcel Fiori y Christian Fausto Moraes dos Santos, A carne, a gordura e os ovos: colonização, caça e pesca na Amazônia (Porto Alegre: EdiPUCRS, 2015).

5Lissa Wadewitz, The Nature of Borders: Salmon, Boundaries, and Bandits on the Salish Sea (Seattle: University of Washington Press, 2012); David F. Arnold, The Fishermen's Frontier: People and Salmon in Southeast Alaska (Seattle: University of Washington Press, 2008); Joseph E. Taylor, Making Salmon: An Environmental History of the Northwest Fisheries Crisis (Seattle: University of Washington Press, 2001).

6Micah Muscalino, "The Yellow Croaker War: Fishery Disputes between China and Japan, 1925-1935". Environmental History 13, n.° 2 (1968): 305-324, doi: http://dx.doi.org/10.1093/envhis/13.2.306

7Bill Hayton, The South China Sea: The Struggle for Power in Asia (Nueva Haven: Yale University Press, 2014).

8Francisco A. Newball, "The New Administration", The Searchlight, 1 de enero, 1913, 1.

9Thomas B. Livingston y 150 firmantes, "Memorial", 12 de enero de 1912, San Andrés Isla, en Archivo General de la Nación (AGN), Bogotá-Colombia, Sección Primera, Fondo Ministerio de Gobierno, t. 698, f. 405.

10"Decreto Número 1089 de 1911", Gaceta Oficial del Departamento de Bolívar, 27 de noviembre, 1911, 1053.

11Santiago Guerrero, "Carta", 8 de julio de 1912, San Andrés Isla, en AGN, Primera, Ministerio de Gobierno, t. 696, f. 462.

12Gobernador José de la Vega, "Carta", 6 de octubre de 1911, Cartagena, en AGN, Sección Primera, Fondo Ministerio de Relaciones Exteriores, Consulado de Colombia en Londres, Transferencia 10, caja 2, carpeta 12, f. 65.

13Gustavo Pradilla, "Carta", 29 de noviembre de 1913, en AGN, Puerto Limón, Primera, Ministerio de Relaciones Exteriores, Consulado de Colombia en Puerto Limón, Costa Rica, caja 64, carpeta 154, ff. 171-172.

14Gonzalo Pérez, "Carta", 14 de mayo de 1913, San Andrés Isla, en AGN, Primera, Ministerio de Relaciones Exteriores, Diplomática y Consular, Correspondencia con Gobernación de Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, Transferencia 10, caja 71, carpeta 540, ff. 39-40.

15Gonzalo Pérez, "Carta", The Searchlight, San Andrés Isla, 2 de abril, 1913, 1.

16Gonzalo Pérez, "Informe", 13 de junio de 1913, San Andrés Isla, en AGN, Primera, Ministerio de Gobierno, t. 921, f. 92.

17Francis A. Newball, "Carta", 23 de abril de 1914, San Andrés Isla, en AGN, Primera, Ministerio de Gobierno, t. 732, f. 474.

18Informe del Ministro de Relaciones Exteriores al Congreso de 1915 (Bogotá: Casa de Arboleda & Valencia, 1916), 145.

19Simon A. Howard, "Problems of Our Archipelago", The Searchlight, 29 de junio, 1914, 50.

20Cleveland H. Hawkins, "Carta", 8 de junio de 1923, Isla de Providencia, en AGN, Primera, Ministerio de Relaciones Exteriores, Consulado de Colombia en Londres. Transferencia Segunda, caja 30, carpeta 8, f. 116.

21"Decreto 95 de 7 de agosto de 1924", Bogotá, en AGN, Primera, Ministerio de Relaciones Exteriores, Correspondencia con la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, ff. 197-198.

22H.H. Hutchings, "Carta", 20 de agosto de 1924, Georgetown, en Cayman Islands National Archive (CINA), Georgetown-Islas Caimán, Central Registry, Part. II. Ref. 79/37: Regarding the relief of the owners and crews of the vessels "Edison Bros," and "Testeco" of Cayman Brac, 1925-1940 (Central Registry, Part. II. Ref. 79/37).

23Benjamín Baena B., "Radiotelegrama", 3 de septiembre de 1925, San Andrés Isla, en AGN, Primera, Ministerio de Gobierno, t. 921, f. 196; "Diligencias sumarias en averiguación del robo del carey en los cayos colombianos por buques ingleses. Levantadas por la Jefatura del resguardo de San Andrés y Providencia", 5 de septiembre de 1925, San Andrés Isla, en AGN, Primera, Ministerio de Gobierno, t. 921, ff. 195-209.

24Proto Vicente Fonseca, "Radiotelegrama", 8 de septiembre de 1925, San Andrés Isla, en AGN, Primera, Ministerio de Gobierno, t. 921, f. 141.

25Ministerio de Relaciones Exteriores, "Carta", 9 de septiembre de 1925, en AGN, Primera, Ministerio de Gobierno, t. 921, f. 142.

26Proto Vicente Fonseca, "Carta", 7 de septiembre de 1925, San Andrés Isla, en AGN, Primera, Ministerio de Relaciones Exteriores, Correspondencia con la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, Transferencia 10, caja 71, carpeta 540, f. 118.

27Proto Vicente Fonseca, "Carta", 23 de septiembre de 1925, San Andrés Isla, en AGN, Primera, Ministerio de Gobierno, t. 921, f. 178.

28Sobre recuentos caimaneses de los lazos familiares con Belice, véanse las carpetas, "Helen Hortense", 30 de agosto de 1994; "Dillon Kirkconnell", 13 de mayo de 1994; "Marley K. Rankine", 19 de abril de 2000; "Waide Excell Watler", 25 de noviembre de 1996, en CINA, Oral History Memory Bank, Programa Banco de Memoria de Historia Oral. Para una discusión sobre el poblamiento caimanés en las islas de la bahía, véase William V. Davidson, Historical Geography of the Bay Islands, Honduras: Anglo-Hispanic Conflict in the Western Caribbean (Stanford: Stanford University, 1974), 75-76.

29Consultar las carpetas: "Henry B. Watson", 20 de mayo de 1995, y "Minnell Hill", 13 de enero de 1993, Georgetown, en CINA, Oral History Memory Bank, Programa Banco de Memoria de Historia Oral.

30"Henry B. Watson", 26 de febrero de 1992, Georgetown en CINA, Oral History Memory Bank, Programa Banco de Memoria de Historia Oral.

31Proto Vicente Fonseca, "Radiotelegrama", 26 de septiembre de 1925, en AGN, Primera, Ministerio de Gobierno, t. 921, f. 161.

32Agente de Aduanas, "Carta", 5 de octubre de 1925, Cayman Brac, en CINA, Central Registry, Part II, Ref. 79/37.

33Edwin Walton, "Cayman Vessels Seized and the Men Imprisoned", The Gleaner, Kingston, 25 de octubre, 1925, 12.

34Walton, "Cayman Vessels Seized".

35Walton, "Cayman Vessels Seized", 12.

36E.A. de Comeau, "Carta", 7 de enero de 1926, en CINA. Central Registry, Part II, Ref. 79/37, Subrayado en el documento original; "Henry B. Watson", 20 de mayo de 1995.

37De Comeau, "Carta", 7 de enero de 1926. El sobreviviente Henry B. Watson recordaba la visita del Cónsul británico. También señaló que recibieron dinero para pagar la comida y la habitación, aunque sus informes sobre la cifra exacta fueron inconsistentes. "Henry B. Watson", 20 de mayo de 1995.

38Edwin Walton, "Carta", 28 de enero de 1926, Cayman Brac, en CINA, Central Registry, Part II, Ref. 79/37.

39William J. Sullivan, "Carta", 8 de febrero de 1926, Bogotá, en CINA, Central Registry, Part II, Ref. 79/37.

40Eduardo Restrepo Sáez, "Carta", 9 de febrero de 1926, Bogotá, en CINA, Central Registry, Part II, Ref. 79/37.

41E.A. De Comeau, "Carta", Memorando Confidencial, 11 de enero de 1926, Bogotá, en United Kingdom National Archive (UKNA), Londres-Inglaterra, Fondo Oficina Exterior (FO) 135/418, ff. 15-18.

42Los periódicos costeños publicaron algunos artículos sobre la situación administrativa en el archipiélago de San Andrés y Providencia. Véase el retiro del intendente Eugenio Garnica, "El Abandono de las islas de San Andrés y Providencia, o Bogotá hace mal en no creer en el peligro", El Porvenir, Cartagena, 21 de enero, 1923, 1. "Lo que pasaron en San Andrés y Providencia", El Porvenir, Cartagena, 20 de febrero, 1923, 1; "El caso de San Andrés y Providencia: en Bogotá no se le quiere conceder importancia; se considera 'bluff'", El Porvenir, Cartagena, 21 de febrero, 1923, 1.

43De Comeau, "Carta", 11 de enero de 1926, ff. 15-18.

44Secretario Colonial, "Carta", 8 de enero de 1926, Kingston, en CINA, Central Registry, Part II. Ref. 79/37.

45Señor Cabo del Resguardo Juan Archbold, "Diligencia de Benjamín Howard", 17 de mayo de 1926, y Jefe del Resguardo Pablo Emilio Ramírez, "Diligencia de Juan G. Howard", 24 de mayo de 1926, en AGN, Primera, Ministerio de Gobierno, t. 921, ff. 137-138.

46Cobrador de Impuestos, "Carta", 3 de mayo de 1926, Cayman Brac, en CINA, Central Registry, Part II, Ref. 79/37.

47Gobernador de Jamaica, "Carta", 2 de junio de 1926, Kingston, en CINA, Central Registry, Part II, Ref. 79/37.

48Almirantazgo, "Carta", 29 de junio de1926, Londres, en UKNA, FO 135/418, f. 126.

49Cobrador de Impuestos, "Carta", 11 de febrero de 1926, Cayman Brac, en CINA, Archivo Central, Parte II. Ref. 79/37.

50Enrique Olaya Herrera, "Carta", 26 de agosto de 1926, en AGN, Primera, Ministerio de Relaciones Exteriores, Consulado en Londres. Asuntos Internacionales/La Pesca de Tortugas y Prisión de unos pescadores en el Archipiélago. Transferencia Segunda, caja 30, carpeta 8, ff. 176-179.

51Tribunal Superior del Distrito de Cartagena, "Informe", 6 de junio de 1926, en CINA, Central Registry Part II, Ref. 79/37.

52Gobernador de Belice, "Carta", 21 de agosto 1926, en UKNA, FO 135/418.

53Secretario Colonial, "Carta", 19 de mayo de 1930, en CINA, Central Registry Part II, Ref. 79/37.

54Secretario Colonial, "Carta".

55Secretario Colonial, "Carta", 31 de octubre de 1930, CINA, Central Registry Part II, Ref. 79/37.

56W.S. Jervis, "Carta", 9 de julio de 1934; Comisionado de Islas Caimán, "Carta", 14 de julio, 1934, en CINA, Central Registry, Part II, Ref. 79/37.

57Comisionado Encargado de Islas Caimán, "Discurso pronunciado en la Ceremonia en homenaje al Capitán Edwin Walton", 18 de agosto de 1930, en CINA, Central Registry, Part II, Ref. 79/37.

58Comisionado Encargado de Islas Caimán, 18 de agosto de 1930.

59Edmund Howard, "Carta", 29 de abril de 1959, en UKNA, FO 1031/2822: Confidencial. Departamentos de las Indias Occidentales, 1957-1959.

Recibido: 31 de Marzo de 2016; Aprobado: 08 de Agosto de 2016

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