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Historia Crítica

versión impresa ISSN 0121-1617

hist.crit.  no.85 Bogotá jul./sep. 2022  Epub 11-Jul-2022

https://doi.org/10.7440/histcrit85.2022.01 

Tema abierto

Fraude fiscal y contrabando de metales en el Nuevo Reino de Granada. El caso de las minas de Pamplona durante el siglo XVII

Tax fraud and metal smuggling in the New Kingdom of Granada. The case of the Pamplona mines during the 17th century

Fraude fiscal e contrabando de metais no Novo Reino de Granada. O caso das minas de Pamplona durante o século XVII

Nectalí Ariza Ariza* 

*Universidad Industrial de Santander, Colombia. Doctor en Historia de América de la Universidad Pablo De Olavide(España). Actualmente es profesor de Historia colonial de la Escuela de Historia de la Universidad Industrial de Santander (Colombia). Director del Grupo de Investigaciones Históricas sobre el Estado y la Nación Colombiana - GIHENC. Entre sus publicaciones recientes se encuentran: La visita del oidor. Bucaramanga: Ediciones UIS, 2021; “La fidelidad del clero neogranadino durante la transición de la Independencia”. Historia y Espacio 17, n.º56 (2021): 299-326, https://doi.org/10.25100/hye.v17i56.11255; “Prácticas clientelistas en la política del estado de Santander durante la etapa federal colombiana, 1857-1886”. Anuario colombiano de historia social y de la cultura 46, n.º1 (2019): 177-206, https://doi.org/10.15446/achsc.v46n1.75557. neariza@uis.edu.co


Resumen

Objetivo/Contexto:

Este artículo examina las causas de la evasión del impuesto a los metales en los reales de minas de la provincia de Pamplona del Nuevo Reino de Granada (NRG), en cuya Caja Real no se declararon metales desde el año 1636 hasta 1678, si bien en ese mismo periodo hubo mineros, alcaldes de minas, indios y esclavos dedicados a la minería. Las autoridades de Madrid buscaron establecer los montos defraudados mediante dos visitas, una llevada a cabo en 1659 y otra, en 1676.

Metodología:

Además de visitas fiscales, ordinarias y generales, se consultaron cuentas de la Caja Real de Pamplona y la historiografía sobre la minería neogranadina.

Originalidad:

la revisión documental permitió mostrar la forma como se evadía el impuesto a los metales en esta jurisdicción y ofrecer respuestas a un fenómeno generalizado en toda Hispanoamérica y evocado por los historiadores, pero pocas veces expuesto en sus detalles y en casos concretos, dada su naturaleza y la escasa huella documental.

Conclusiones:

Entre los resultados se destaca que los valores potencialmente defraudados en los años analizados, 1636-1678, reflejan una producción mayor que la dada en la etapa con huella tributaria: 1617-1635. También se constató que en el fraude participaban funcionarios de la Audiencia de Santa Fe y del cabildo de Pamplona, es decir, se trataba de un asunto socialmente compartido entre mineros y autoridades.

Palabras clave: Contrabando; Fraude fiscal; Nuevo Reino de Granada; Minería; Quintos

Abstract

Objective/Context:

This article explains the causes of the tax evasion on metals in the royal mines of the province of Pamplona in the New Kingdom of Granada (NRG), in which royal box metals were not declared from the year 1636 to 1678. However, there were miners, mayors of mines, indigenous and enslaved people dedicated to mining in that same period. The Madrid authorities sought to establish the amounts defrauded through two visits, one carried out in 1659 and the other in 1676.

Methodology:

In addition to fiscal, ordinary and general visits, were consulted accounts of the royal treasury of Pamplona and the historiography of the New Granada mining.

Originality:

These revisions made it possible to show how the tax on metals was cheated in this jurisdiction and offer answers to a widespread phenomenon throughout Latin America and evoked by historians but rarely exposed in its details and specific cases, given its nature and the scant documentary footprint.

Conclusions:

Among the results, it is highlighted that the values ​​potentially defrauded in the years analyzed, 1636-1678, reflect a higher production than that given in the stage with tax footprint: 1617-1635. It was also found that authorities from the Audiencia de Santa Fe and the Pamplona council participated in the fraud; it was a matter socially shared between miners and authorities.

Keywords: Fifths; Mining; New Kingdom of Granada; Smuggling; Tax Fraud

Resumo

Objetivo/contexto:

Neste artigo, são examinadas as causas da sonegação do imposto dos metais nos reais de minas da província de Pamplona do Novo Reino de Granada (NRG), em cuja Caixa Real não foram declarados metais de 1636 a 1678, apesar de, nesse mesmo período, ter havido mineradores, alcaide de minas, indígenas e escravos dedicados à mineração. As autoridades de Madri procuraram estabelecer os montantes defraudados mediante duas visitas, uma realizada em 1659 e outra em 1676.

Metodologia:

Além de visitas fiscais, ordinárias e gerais, foram consultadas contas da Caixa Real de Pamplona e a historiografia sobre a mineração neogranadina.

Originalidade:

A revisão documental permitiu demonstrar a forma como se sonegava o imposto dos metais nessa jurisdição e oferecer respostas a um fenômeno generalizado em toda a América Hispânica e evocado pelos historiadores, mas poucas vezes exposto com detalhes e em casos concretos, tendo em vista sua natureza e o escasso rastro documental.

Conclusões:

Entre os resultados, destaca-se que os valores potencialmente defraudados nos anos analisados, 1636-1678, refletem uma produção maior do que a dada na etapa com indícios tributários, 1617-1635. Também se constatou que, da fraude, participavam funcionários da Audiência de Santa Fé e do cabido de Pamplona, isto é, tratava-se de um assunto socialmente compartilhado entre mineradores e autoridades.

Palavras-chave: contrabando; fraude fiscal; Novo Reino de Granada; mineração; quintos

Introducción

La minería en las colonias españolas cuenta con una amplia tradición investigativa, ocupada de las grandes minas de plata de México y Perú y, en menor medida, de las del Nuevo Reino de Granada (NRG), donde se extrajo más oro que del resto del mundo hispanoamericano durante la etapa colonial. Su historiografía refiere la evasión del impuesto a los metales como un fenómeno cotidiano en las cajas de los distritos mineros, al punto que los historiadores, a la par que calculan la producción, han propuesto porcentajes de lo defraudado. En este artículo se analiza este problema en la provincia de Pamplona, donde se encontraban los reales de minas del Río de Oro, Bucaramanga, Vetas, y las Montuosas (Alta y Baja). Minas poco conocidas y de una producción modesta1 frente a las de Zacatecas, Potosí, o las del Chocó.

Acerca de los metales en general hay investigaciones que representan hitos por sus hallazgos y metodología y porque superaron “verdades establecidas”. El ítem cuantitativo es el más abordado en un abanico de variables transversales a la sociedad colonial, entre estas: la mano de obra (indígena, esclava, concertada, de mitayos, libre), los mercados, los eslabonamientos, la moneda, los mineros, los comerciantes, las técnicas, el tributo minero, etc. La representatividad de los metales en el aparato fiscal y su incidencia en otras áreas económicas también cuenta con una historiografía abundante, quizá tan extensa como la dedicada a la producción, pues generalmente es abordada por los mismos investigadores, dado que las cantidades extraídas se calculan mediante la huella tributaria. La contabilidad del rey ha sido la fuente principal para conocer la economía colonial española, irremediablemente vinculada a los metales, pues estos, además de su valor comercial, representaban la fuente monetaria.

Los datos de la producción hispanoamericana de plata y oro durante la colonia aparecen en la obra póstuma de John TePaske, A New World of Gold and Silver2, con cifras de cada región y país, recuperadas por él, Herbert Klein, Kendall Brown, entre otros; además, el libro ofrece conclusiones de una exhaustiva revisión bibliográfica3, incluida la dedicada al NRG. Respecto al peso específico de los metales en la Hacienda de México y Perú, deben mencionarse también a TePaske y Herbert Klein, cuyo proyecto está publicado en línea por el Colegio de México4. Es un trabajo monumental que, no obstante, dejó de lado las cajas de la Audiencia de Santa Fe, quizá porque nadie se había ocupado de recobrar las series completas de los archivos. De estas, se tienen las cifras correspondientes al siglo XVI, recuperadas por Hermes Tovar5, y se conocen las 10 principales cajas auríferas de la segunda parte del XVII, cuyas cifras de cargo y data fueron publicadas por Manuel Casado Arboniés6, quien no incluyó la de Pamplona, al no ser contada como caja metalífera en la segunda parte del XVII. Recientemente, el profesor Joaquín Pinto publicó las series de las cajas de la segunda parte del siglo XVIII7. Quedan pendientes de publicación las rentas de la primera mitad de los siglos XVII y XVIII.

Si bien fue percibido en todos los entornos mineros, el problema del fraude fiscal y del contrabando en el contexto atlántico solo fue evidenciado por Michel Morineau, quien encontró ingentes cantidades de metal de origen americano en gacetas comerciales holandesas, obviamente, ajenas al comercio autorizado8. Sobre todo, Morineau hizo notar que en algunas décadas del XVII consideradas de nula producción se había extraído más metal que en etapas no calificadas como de crisis9. Ese metal de origen incierto invita a indagar por las minas que lo aportaron, principalmente de 1640 a 1680, un periodo de profunda crisis en Europa, con pérdida de cosechas, hambrunas, pestes, desmonetización y caída productiva en general, que llevaron a plantear un efecto directo en las minas de América, como consecuencia de la poca demanda europea10. Las gacetas holandesas certificaron el ingente contrabando de oro y plata desde América y abrieron interrogantes frente a la dimensión global de la crisis del siglo XVII. Respecto a la producción no declarada durante el periodo colonial, TePaske consideró que con un estimado “modestamente superior” al 25% se explicarían los volúmenes hallados en las gacetas, excepto para la década de 1651-166011.

Consecuente con lo anterior, la historiografía colonial latinoamericana más reciente ha recuperado información económica y ha expuesto dinámicas productivas nutridas por la minería, que atendieron mercados regionales y del Atlántico, evidenciándose que el fraude quizá haya alcanzado durante el siglo XVII sus cotas máximas, a la par que Madrid veía mermado el control fiscal y administrativo de muchas minas americanas. Algunas de estas investigaciones denotan las formas de evasión12 y las redes en las que participaban diversos actores sociales13. El caso aquí analizado, de las minas de Pamplona, se inscribe en dicha tradición historiográfica y contribuye a demostrar que el fraude al quinto minero estaba institucionalizado y que en el mismo participaban presidentes de la Real audiencia, oidores, regidores, alcaldes de minas, mineros y comerciantes.

En los siglos XVI y XVII el oro neogranadino fue extraído, en su mayor parte, de las minas de Santa Fe, Antioquia y Popayán, al menos hasta finales del XVII, cuando se amplió la frontera minera del Chocó. Según la historiografía estos reales de minas tradicionales habrían entrado en una crisis secular desde la segunda década del diecisiete, coincidiendo con las tendencias atlánticas antes citadas14. Tal tesis sobre la debacle de las minas neogranadinas está llamada a ser superada dados los hallazgos de fraude y contrabando generalizado que, en casos como el aquí estudiado muestran, además, la pérdida de autoridad de Madrid sobre las minas americanas. A saber, en el NRG como en todo el imperio español, la explotación de minas se derivaba de una concesión real, pero los agraciados debían pagar un impuesto minero, el conocido quinto (20%) del metal recuperado. Dicha tasa realmente osciló entre el 1% y el 20%, pues, a petición de los cabildos, Madrid autorizaba la rebaja de su monto, de modo que el “quinto” correspondía a décimos, quinceavos, veintenos, etc. Se sabe, además, que los mineros y comerciantes tendieron a elevar o disminuir su contribución dependiendo del porcentaje del impuesto. En algunas etapas, el desespero de las autoridades por elevar el recaudo las llevó a aumentar las tasas en lugar de seguir la lógica antes descrita, por ejemplo, en el año 1664, en plena crisis fiscal, la Corona restableció el “quinto” a su valor original del 20%, provocando el efecto contrario al esperado15. Además del variado porcentaje del impuesto entre las cajas, desde 1627 se podía declarar el oro en la recién creada Casa de Moneda de Santa Fe, autorizada para cobrar solo el 5% del metal amonedado (veinteno), incluidos los derechos de fundición, que en las cajas oscilaban entre el 1% y el 2.5%.

En la Caja Real de Pamplona hubo declaraciones de oro desde 1617 hasta 1635, año en que desaparecieron, y solo retornaron tímidamente en las cuentas desde 167816. No obstante, como ya se dijo, durante los años sin reportes de “quintos” hubo cientos de indios dedicados a la minería, tal como lo ratifican diversos documentos, entre los cuales pueden referirse pleitos y visitas ordinarias y fiscales de los años 1642, 1657, 1663 y 167817. Este hecho abre interrogantes: ¿Por qué no se quintaba? ¿Cuánto oro se produjo y cuál fue el monto aproximado de la evasión en Pamplona durante los años de fraude comprobado? ¿El fraude al tributo minero fue excepcional en Pamplona o se trató de un fenómeno generalizado en las minas del NRG? ¿Por qué se mantuvo la evasión total del quinto minero en los reales de minas de Pamplona durante un periodo de tiempo tan amplio?

1. Las visitas fiscales de Juan Cornejo y Pedro de Urbina a las minas de Pamplona

En una etapa de profunda crisis fiscal y de denuncias de corrupción por doquier, la Corona procuró reformar la Real Hacienda en América y comenzó con una visita general, encargada a Don Juan Cornejo, quien se ocupó de la Audiencia de Santa Fe entre 1659 y 166318. Este delegó a un comisionado que investigó el fraude en las minas de Pamplona. En su misión Cornejo ganó numerosos enemigos y se vio enfrentado a las principales autoridades de Santa Fe, incluidos el arzobispo provisor, Lucas Fernández de Piedrahíta, y el presidente de la audiencia, Dionisio Pérez Manrique, al que no dudó en destituir al inicio de su visita, en junio de 165919. Ante la agudeza del conflicto, el Consejo de Indias envió a Cornejo hacia el Perú con una misión similar, si bien desde antes de salir de la Península el visitador había sido nombrado fiscal general de la Audiencia de Lima20. En la Ciudad de los Reyes, debió enfrentar a los notables del Virreinato, quienes, mediante quejas, lograron que el Consejo de Indias lo devolviera a Madrid a finales de 166621.

Cornejo ratificó la inexistencia de recaudo de quintos en la Caja Real de Pamplona. En su informe de la visita se remontó hasta 1638, cuando el rey había destituido como alcalde mayor de minas a Diego de Córdoba22, sobrino del entonces presidente de la Audiencia, el Marqués de Miranda. Escribió que desde entonces había una tradición de nombramientos de parientes y “criados” de los presidentes y oidores de la Audiencia. Entre los alcaldes mencionados sobresalía Lucas Amigo, quien había dejado el cargo en 1662 y era, además, sobrino del presidente Dionisio Pérez Manrique23. Cornejo concluyó lo evidente: desde treinta años atrás nadie quintaba en la Caja Real de Pamplona.

El alcalde en funciones, Gregorio de la Vega, aparece igualmente involucrado en la red de corrupción. De este apuntó Cornejo que estaba “[…] aunado y confederado con todos los comprometidos en el fraude”, en especial su predecesor, Lucas Amigo, quien en las fechas de la visita estaba instalado en una de las vetas más ricas y mantenía el cargo de administrador de indios mitayos por el nombramiento que le hiciera el presidente de la Real Audiencia24. La gestión de los indios de mita correspondía a los corregidores, pero en Pamplona fue tradición que este oficio recayera sobre los alcaldes de minas, que así controlaban el metal y la mano de obra conducida desde los pueblos cercanos y Tunja.

El comisionado del visitador realizó un amplio interrogatorio secreto a mineros e indios y formalizó una acusación contra Amigo y contra el cabildo de Pamplona. La causa contra Amigo, de septiembre de 1662, contenía todas las trasgresiones posibles al código de minas25. Se puede decir que no dejó delito sin cometer. La ley dictaba que los alcaldes de minas vivieran de su sueldo sin involucrarse en negocio alguno, menos tratándose de actividades comerciales y compraventa de oro. En el caso de Amigo, su nombramiento ya era una violación, pues los oidores, incluido su presidente, tenían prohibido designar parientes en la administración.

Los delitos de Amigo contra el tesoro real resultaron comunes a los de otros alcaldes que le precedieron. Así lo recordaron los testigos: el alcalde enviaba el oro recuperado de las minas sin quintar hacia Santa Fe, Mompox, Cartagena y San Antonio de Gibraltar, desde donde introducía diversos géneros, principalmente de Castilla. También importaba mercancías desde Santa Fe, Tunja y Quito: mantas, camisetas, lienzos, hierro, comestibles, vinos, aguardientes; todo lo intercambiaba por oro, pues -dijeron- Amigo imponía precios de usura. Asimismo, fue acusado de evadir pagos de quintos y alcabalas a los que estaba obligado por explotar minas y acaparar el comercio, esto último, mediante una prohibición a los vecinos so pena de destierro y multas, así que solo podían comprar en su estanco. Los testigos denunciaron que el alcalde explotaba las minas de oro conocidas como Salto de Pedro y que mantenía indios lavando oro en el río, en sociedad con Juan de Pinedo y Juan Gómez de Villalobos, regidores de Pamplona. Y, lo más inaudito, Amigo ni tan siquiera fundía en Pamplona lo correspondiente a su salario que, siguiendo la tradición, cobraba en metálico. También fue acusado de acaparar los azogues26.

El informe de Cornejo permite delinear el poder local y los vínculos y conflictos de los regidores entre sí, como con alcaldes de minas y oidores, todos con intereses en las minas. Se evidencia que, en su etapa como alcalde mayor de minas, Lucas Amigo mantenía un consenso con los regidores mineros de Pamplona. En la red de corrupción que perfiló la visita, figuraban el presidente de la Audiencia, Dionisio Pérez Manrique, el arzobispo provisor de origen criollo, Lucas Fernández de Piedrahita, y los oidores Bernardino del Prado, Pedro González y Diego de Baños, además de corregidores y alcaldes de minas, que resultaban ser parientes y amigos de los mencionados27.

La conclusión del visitador no podía ser otra, en Pamplona había un fraude consuetudinario, animado por sus regidores y por los oidores de la Real Audiencia. Al cabildo de Pamplona le impuso una multa de 4.000 pesos de plata28, que los regidores prorratearon entre los principales mineros de la jurisdicción, y cuyos pagos seguían haciéndose en la Caja Real dos décadas después29. El visitador también abrió causas contra cuatro oidores y el arzobispo en sede vacante, Lucas Fernández de Piedrahita, a quien acusó de simonía por vender doctrinas30.

A comienzos de 1675, don Pedro de Urbina fue nombrado por la Audiencia como alcalde mayor de minas en Pamplona31. Al efecto, debía residenciar al alcalde saliente, Andrés Mesa Cortés, quien cumplía tres años en el cargo sin reportar quintos. Cuando Urbina arribó a la ciudad fue conminado a abandonarla con una nota de destitución por parte del cabildo, donde le recordaban que estaba en jurisdicción de Pamplona y le advertían que si insistía en su cometido sería apresado. Al parecer, durante el periodo de Mesa Cortés se había roto el consenso entre el Cabildo de Pamplona y la Audiencia de Santa Fe, y el alcalde había tomado partido por la oligarquía local, sin duda para mantener su posición privilegiada.

Urbina retornó a Santa Fe, desde donde escribió una extensa carta al Rey, explicando los detalles de lo ocurrido y las denuncias contra Mesa y los regidores de Pamplona y de la vecina ciudad de Girón; unos y otros, señalados como cómplices del extravío del oro. Informaba que las justicias y capitulares del cabildo se oponían a su posesión, pues no querían pagar una deuda que se elevaba a 10.000 patacones, ni que los investigaran por el fraude en los quintos32. Mientras recibía respuesta de la Península, la Real Audiencia renovó su nombramiento y decretó otro auto para residenciar a Mesa y averiguar qué estaba pasando en los reales de minas. Asimismo, emitió multas contra los capitulares del cabildo. Con nuevos papeles y acompañado de ayudante y aguacil, Urbina se presentó en Pamplona el 15 de noviembre de 1676, pero corrió con la misma suerte: no pudo posesionarse y -según afirmó en una carta enviada al rey- regresó a Santa Fe, temiendo por su vida33.

Para su fortuna, desde Madrid enviaron a Urbina una Real Cédula, fechada el 25 de agosto de 1677, facultándole para investigar y recuperar cuanto oro y plata se hubiese sacado durante el tiempo de la alcaldía de Mesa. Esta advertía:

“[…] doy tan bastante comisión, poder y facultad como de derecho se requiere […] inhibo del conocimiento de que el auto toca al Presidente y oidores de mi Audiencia […] al Tribunal de cuentas y oficiales de mi Hacienda, y otros cualesquiera jueces y justicias del distrito de ese Nuevo Reino para que por vía de apelación, exceso, ni en otra forma se entrometan a querer conocer ni conozcan cosa alguna de lo referido[…] -y más bien- os den favor, ayuda y asistencia […]”34.

Desde enero de 1678 Urbina comenzó un periplo exhibiendo el documento con sello real. Primero se presentó en la Audiencia, acompañado de un par de notables de Santa Fe como testigos; después, ante el Corregidor de Tunja y, finalmente, en los cabildos de Pamplona y Girón (véase mapa 1). En esta última ciudad, los regidores tampoco lo habían recibido en sus dos intentos anteriores, pero, enterados sobre la Real Cédula, se reunieron con él en el ayuntamiento y puestos de pie, después de leerla, se destocaron, la besaron y dijeron que obedecerían35.

El visitador pudo investigar el fraude gracias a la Cédula, pero debió sortear desaires y pleitos con los regidores de Pamplona. Este conflicto muestra un enfrentamiento típico de la época, en el que las autoridades locales impedían la intromisión de agentes de otras jurisdicciones, incluso superiores, y solo acataban disposiciones con sello real. Urbina presentó su informe en diciembre de 1679, en el que citó testigos a favor y en contra del alcalde residenciado, Mesa Cortés: mineros, encomenderos, indios, ensayadores, etc. Se rememoran los conflictos entre los lugareños, las rutas del comercio, las cantidades, los rumores de hallazgos, entre otros datos. Resultan especialmente interesantes los testimonios de los dueños de ingenios y ensayadores, al dar cuenta precisa de algunas cantidades de metal fundido.

Los testigos afirmaron que, desde décadas atrás, todo el oro sacado por los indios, mestizos, blancos y esclavos era comprado por los mercaderes de Girón, concretamente por Domingo de Prado, Pedro de Valdés, Juan Francisco de Saldamando y Juan Mantilla, quienes eran a su vez, regidores del cabildo de la ciudad y disponían de ayudantes que recorrían, comprando el oro, los riachuelos, ríos, lavaderos, minas y cañaverales. Cada determinado tiempo llevaban el metal por los ríos Lebrija, Sogamoso, Magdalena y Zulia hacia los puertos de Mompox, Magangué, Cartagena y San Antonio de Gibraltar (véase mapa 2), retornando con cargas de ropa y géneros de Castilla que repartían entre los indios y después cobraban en oro36. Algunos testigos precisaron que los del cabildo estaban protegidos por oidores de la Audiencia de Santa Fe, mencionando especialmente a Juan Flórez de Ocariz37.

Fuente: elaboración propia a partir de datos de las visitas citadas y del Mapa de Jorge A. Gamboa “La provincia de Pamplona en los siglos xvi y xvii”, en “La encomienda y las sociedades indígenas del Nuevo Reino de Granada: el caso de la provincia de Pamplona (1549-1650)”, Revista de Indias 64, n.° 232 (2004): 760.

Mapa 1. Los reales de minas de Pamplona en el siglo XVII 

Fuente: elaboración propia con base en las visitas aquí citadas.

Mapa 2. Rutas comerciales hacia el Atlántico y Santa Fe 

Otro tanto ocurría en las Montuosas Alta, Baja, y en Vetas, pues los mercaderes entraban al real autorizados por el alcalde de minas y los regidores de Pamplona, quienes controlaban las minas y el comercio38. Mesa Cortés fue acusado de introducir desde Bogotá partidas de plata para comprar oro, que repartía por adelantado. Uno de los datos aportados por los testigos de las Montuosas explica la razón principal de que no se fundiera ni quintara en la ciudad: los mercaderes pagaban el oro a precios superiores a los acostumbrados en la región y a los establecidos por la Corona. También señalaron los nombres de unos pocos mineros que se habían hecho muy ricos, entre estos, Juan Gómez de Villalobos, quien habría comprado haciendas y esclavos, instalándose en Santa Fe. Se dijo de otro minero que había comprado haciendas en Mérida y en el Valle de Cúcuta; de un tercero, que estaba viviendo en Mompox y era muy rico. No obstante, los testigos también afirmaron que, si bien unos pocos habían hecho fortuna, muchos otros estaban en la pobreza, y culparon de su penuria a los del cabildo y a los alcaldes de minas39.

En su informe, Urbina indicó que la ubicación de las minas era inconveniente, pues estaban cerca de la ciudad de Girón, donde se compraban y se vendían oro y plata sin que ninguna autoridad pudiese hacer nada, pues se trataba de otra jurisdicción40. Además, señaló que los oficiales de la Caja Real de Pamplona no actuaban, porque igualmente eran mineros y miraban hacia otro lado ante la evasión de sus socios del cabildo. El visitador calculó el fraude de los tres años de la alcaldía de Mesa en unos 20.000 pesos de plata, cantidad que infirió de los testimonios. En esos años, pese a que no se quintaba nada, el impuesto minero equivalía a un décimo de lo declarado, por tanto, se habrían producido unos 200.000 pesos de plata. Urbina concluyó que el fraude persistía en el tiempo porque a los comerciantes y rescatadores nadie les impedía hacer tratos con mineros, ni con los indios, ni con las demás personas que trabajan en las playas y ríos, y, así, volvían una y otra vez y se llevaban el oro sin fundir ni quintar y lo extraviaban hacia los puertos mencionados41.

2. La evasión al quinto minero en la tradición historiográfica sobre la minería en la Nueva Granada

Los mineros debían declarar el oro y la plata en las cajas reales más cercanas o en las Casas de Moneda. Las cajas se erigieron al ritmo de la expansión de la frontera minera, de tal modo que a finales del siglo XVI había unas 1242; hacia 1628 se contaban 14, a mediados de siglo XVII eran 28 y se sabe que en el XVIII sumaban unas 4043. Algunas de estas tenían cajas sufragáneas, otras tuvieron corta vida o fueron trasladadas de sede. En la jurisdicción de la Real Audiencia de Santa Fe, hubo dos casas de moneda, una en Santa Fe desde el año 1627 y otra en Popayán, esta, autorizada desde 1726, pero solo acuñó de manera regular desde 1758. Cabe recordar que en la América española durante la etapa colonial se crearon en total siete Casas de Moneda, si se cuenta la de Guatemala, cuya producción resulta mínima comparada con las restantes. En este contexto, la importancia de Santa Fe y Popayán radicó en que acuñaron casi exclusivamente oro44.

El esfuerzo por conocer las cantidades de oro y plata extraídos en la Nueva Granada y de resolver preguntas comunes a la minería inició en Colombia a finales del XIX, con José Vicente Restrepo45. No obstante, fueron los cultores de la llamada Nueva Historia quienes, durante la segunda mitad del siglo XX, problematizaron los estudios sobre la minería desde enfoques económicos y sociales, como fue el caso de Germán Colmenares, Jaime Jaramillo, Jorge Orlando Melo, Zamira Díaz, Guido Barona, Heraclio Bonilla, entre los más conocidos. Este último señalaba en el 2001 que los resultados alcanzados en la cuantificación del oro extraído en el NRG hasta esa fecha, estaban lejos de ser concluyentes46. Hoy, poco se ha avanzado y, en la perspectiva cuantitativa el trabajo de TePaske (2010) aquí citado es el más reciente, pero toma los datos ofrecidos por los historiadores recién referidos47. De ellos, fue Colmenares quien ofreció las tendencias productivas más aceptadas por la historiografía del NRG para la Colonia, que, dicho sea, deben complementarse con trabajos regionales aún pendientes. En cuanto a la plata, en el balance mencionado Bonilla esbozaba un paisaje más desolador, pues a inicios del siglo XXI prevalecían estudios de dudosa rigurosidad48 y entonces no se había elaborado ninguna serie que diera cuenta de su producción para el conjunto del NRG; tarea que él mismo acometió unos años después y cuyos resultados publicó en su estudio sobre La plata de Mariquita49.

Las tendencias productivas del oro neogranadino aceptadas por la historiografía, recuperadas de las cartas cuentas de las cajas reales y de las casas de la moneda, aparecen representadas abajo, en el Gráfico 1, en quinquenios y miles de pesos de plata. Se muestran dos ciclos productivos y una depresión entre 1640 y 1680, año en que se inicia una lenta recuperación, con una tendencia al alza hasta finales del XVIII50. La producción del primer ciclo refleja que desde la década de 1640 desaparecen los reportes de oro del distrito de Santa Fe y reaparecen en cantidades mínimas en declaraciones tanto en las cajas reales como en la Casa de Moneda durante las dos últimas décadas del siglo XVII51; cabe recordar que las minas de Pamplona pertenecían al distrito de Santa Fe.

Los volúmenes de oro neogranadino extraído durante la Colonia suman 209, 38 millones de pesos de plata, equivalentes a 320,4 toneladas (t)52, su peso resulta significativo frente a las 1.700 t, producidas en toda América; si bien, de dicho total, unas 1.000 t (60%) fueron aportadas por Brasil, en su mayor parte durante el siglo XVIII. El oro del NRG representa un 48% en la América española, y solo un 19% si se incluye el territorio luso. Como se quiera, las cantidades de oro neogranadino palidecen frente a las de plata, calculadas en 86.000 t, extraídas principalmente de México y Perú, regiones que aportaron el 99% del total, mientras que en el NRG tan solo se habrían producido unas 195 t, esto es, menos del 1%. Eso sí, en una suma total del valor del oro y de la plata americanos juntos, el valor del oro respecto a la plata representa una cuarta parte de dicho total53.

Sin excepción, los estudiosos de la minería neogranadina e hispanoamericana han identificado el fraude en el impuesto minero, denominándolo las más de las veces como contrabando. Ahora, debe decirse que no todo el oro declarado viajaba hacia la península española, así, por ejemplo, Hamilton mostró que las cantidades de oro declaradas en el NRG entre 1536 y 1665 doblaban las que arribaban a Sevilla54. Esto sencillamente denota que parte del metal declarado quizá circulaba en América o se llevaba al Asia, o era captado por comerciantes holandeses y de otras potencias emergentes. De otra parte, el fraude no solo se daba cuando los mineros y comerciantes evitaban fundir y quintar, también ocurría en el proceso de amonedación, pues desde 1638 hasta 1684 en la Casa de la Moneda de Santa Fe se acuñaron 2.591.389 pesos de oro, mientras que los “quintos” percibidos en ese mismo lapso obedecieron a una producción de 919.802 pesos oro. Es decir, se acuñó casi tres veces más de lo quintado55. Ver grafico 1.

Fuente: Elaboración propia a partir de datos de producción por quinquenios de Jaramillo Uribe, “La economía del Virreinato”, 63. Nota: Los pesos de plata corresponden a pesos de a 8 reales de 34 maravedís (1 p = 272 maravedís).

Gráfico 1. Tendencias de producción de oro en la Nueva Granada durante la Colonia 

Además de las evidencias de fraude al impuesto a los metales mencionadas, los historiadores del NRG han especulado sobre los porcentajes de tal defraudación a partir de testimonios de observadores directos y, también, de variables disponibles, como la de la mano de obra. Asimismo, se ha conjeturado sobre su regularidad y las formas como se llevaba a cabo. Robert West, por ejemplo, encontró que el comercio ilegal era generalizado desde el siglo XVI y estaba asociado al comercio legal, pues el oro circulaba en polvo por doquier. Para el efecto, West cita un cálculo de 1656 según el cual, en esa fecha, menos de la tercera parte del oro producido en Antioquia se registraba, el resto se evadía y se solía negociar con comerciantes de barcos extranjeros en la costa del Caribe, en Cartagena y en Mompox. El autor recuerda que la Corona tomó diversas medidas para frenar la evasión, como la de cerrar la ruta del Atrato en el Chocó en el año 1698, por donde negociaban ingleses, holandeses y franceses56.

William Sharp hizo a su vez un cálculo ingenioso, al indagar acerca de la rentabilidad de la esclavitud en el Chocó57. Como los esclavos de la región eran ocupados principalmente en la minería, debió cuantificar el oro no declarado, pues este factor alteraba el resultado de utilidad de la tenencia de esclavos en las minas. Sin otra opción, Sharp se basó en cálculos arbitrarios, como el de Francisco Silvestre, gobernador de Antioquia que en 1789 estimó en un 50% la evasión del oro producido en estas minas. También tomó una apreciación de Vicente Restrepo, quien calculó la evasión en un 30%58. Sharp concluyó que los esclavos en las minas solo eran rentables si el contrabando superaba el valor declarado al menos en un 50%. Planteó que un exceso de mano de obra esclava reducía las ganancias, pues la productividad no siempre era suficiente para cubrir los gastos, requiriéndose cierto balance en cuanto a la mano de obra empleada. Este aspecto resulta sugerente, pues la productividad no resultaba proporcional al número de hombres empleado, sino que intervenían diferentes factores: la riqueza de las vetas o los placeres, azogues, técnicas, etc.

Ann Twinam59, para Antioquia, y, para Popayán Guido Barona60 y Zamira Díaz observaron que en dichas regiones circulaba el oro en polvo y que también se defraudaba. Díaz, hizo un cálculo de productividad diaria de los hombres dedicados a la minería durante la segunda mitad del siglo XVI, a partir del monto total declarado en las casas de fundición y del promedio de días trabajados. El ejercicio consideró varios factores de desviación para un periodo de 43 años con una producción constante y al alza, y permitió calcular que el número de hombres triplicaba el necesario para producir el oro declarado en esa etapa61, de lo que solo se puede concluir que la evasión podría doblar o triplicar lo declarado. De otra parte, Díaz recuerda que durante el siglo XVII se produjo menos oro que en el XVI, pese a que la actividad minera a persistió en muchas minas del XVI y que en el XVII se amplió la frontera minera62.

3. Mano de obra indígena, producción y fraude en los quintos en Pamplona

Los indios de Pamplona destinados a las minas pagaban un tributo anual de 7 pesos oro, la primera mitad el 24 de junio y la otra el 24 de diciembre (semestres denominados como “tercios”). Al efecto, les daban veinte días “libres” antes de tales fechas63. Dicha tasa había sido establecida en la visita de Juan de Villabona Zubiaurre en el año 1623 y se mantenía todavía para la de Diego Carrasquilla de Maldonado, en 1642, pero en la visita de 1657 había sido elevada a 4 pesos y 3 tomines de oro de 22 quilates cada tercio64. En todas las visitas los oidores preguntaron por estos tributos y, tanto indios, como mineros y curas doctrineros coincidieron en la puntualidad de su pago. De otra parte, la tasación de 1623 estipuló un tomín diario de sueldo para los indios de minas, pagaderos cada ocho o quince días65, pero, contrario a la regularidad de su tributo, los indios siempre se quejaron porque nunca les pagaban lo establecido. Los alcaldes de minas encargados de estas cuentas les descontaban los bastimentos, dejando el saldo en ceros.

En las relaciones de gastos que alcaldes y corregidores -en Pamplona los dos cargos recayeron muchas veces en un mismo individuo- enviaban al Tribunal de Cuentas de Santa Fe el recaudo apenas sumaba lo necesario para cubrir sus propios salarios66, los estipendios de curas doctrineros y una renta para los encomenderos que aportaban indios a las minas. Como se quiera, el evidente trabajo de los nativos en las minas y el incumplimiento al pago de los quintos resultaba un contrasentido para cualquier visitador fiscal. De esto, es elocuente una frase repetida en los informes bienales del Tribunal de Cuentas de Santa Fe acerca de los oficiales reales de la Caja de Pamplona67:

“Los dichos oficiales [de Pamplona] reales no han cobrado quintos ninguno de oro ni plata de los que se sacan […] en las minas de las Vetas y Montuosa por lo cual se les saca cargo a los dichos oficiales reales para que den razón por qué no han cobrado el dicho derecho y el de dos y medio por ciento siendo como es notorio que se saca oro y plata en dichas minas”68.

El número de indígenas, tanto en las minas como en las estancias y haciendas, aparece en las visitas mencionadas69: 1602, 1623, 1642, y 1657. En la tabla de abajo figuran los de minas y su porcentaje respecto a los indios dedicados a otras labores70. Se observa una tendencia decreciente a lo largo del siglo XVII, un hecho que los historiadores de la minería de Pamplona como neogranadina han propuesto como la causa principal de la caída productiva de metales durante el siglo XVII, desconociendo la introducción de esclavos y el incremento de trabajadores mestizos e indios forasteros, como concertados o asalariados; estos, generalmente, ignorados en los conteos hechos por los visitadores. Los esclavos, por ejemplo, solo fueron contados en el año 1623, entonces había 64 en los lavaderos del río del oro (véase tabla 1).

Tabla 1. Indios en las minas de Pamplona entre 1602-1657 

1602 1622 1623 1642 1657
Las Vetas 276 211 314 172 123
Las Montuosas 66 135 197 81 54
Río de Oro 59 115 115 37 38
Total 401 461 626 290 215
% sobre el total de tributarios de Pamplona 14,7% 18,8% 25,5% 20,1%
Esclavos 64

Fuente: Gamboa, “El trabajo de los indios”, 171.

Claramente, solo un entorno productivo podía generar suficiente oro para que los indios de mina pagasen sus tributos en metálico a lo largo del siglo, aún en las etapas en que los mineros no pagaron quintos en la Caja Real. Al respecto, es diciente que una misma familia de encomenderos se dedicase a la minería por más de cien años: desde mediados del siglo XVI, cuando fueron descubiertas, los Velasco explotaron las minas de aluvión del Río del Oro y lo seguían haciendo en 1657, cuando Jerónimo Velasco71, resultaba ser el encomendero con más indios en las minas, al declarar 64 indios lavadores y 55 agricultores, estos últimos, distribuidos en 17 estancias72. Ese mismo año, otros 17 encomenderos dijeron mantener cerca de dos centenas de indios tributarios en las minas73.

En las minas de Pamplona hubo indios de mita, además de esclavos y trabajadores libres. De los mitayos se tienen algunas cifras precisas y noticias dispersas, como las dadas por testigos durante las visitas fiscales, con expresiones del tipo “…los indios que traen anualmente desde el centro del país”74. También quedó huella de solicitudes de indios por parte de los mineros, una de estas la presentó Luis de Buitrago minero de Las Montuosas, en el año 1638, al reclamar indios de los resguardos vecinos “como se hacía antes”, y argumentaba que por ser de la región estaban acostumbrados al clima frío75. Asimismo, sobrevivieron pleitos de caciques que se resistían al envío de sus nativos a las minas76.

El procurador de Pamplona del año 1634, afirmó que el visitador Zubiaurre (1623) había agregado 500 indios mitayos conducidos desde Tunja y se lamentaba porque solo unos 70 estaban ese año en las minas; al respecto, Colmenares, dijo que realmente habían sido llevados 273 indios77, pero es factible que el procurador evocase otra conducción. Asimismo, en la visita de 1642 se ordenó la conducción de 105 mitayos muiscas hacía los reales de minas de Pamplona. De estas dos conducciones de mitayos se desconoce si fueron relevados anualmente78. Cuéntese además que de los pueblos del partido de Pamplona se llevaron indios a las minas en calidad de mitayos desde la visita de 1623, en razón de 20 indios por pueblo, estos, corresponden a los sumados en la tabla de abajo. Tales conducciones fueron regulares hasta el año 1637, cuando los encomenderos y varios caciques se negaron a seguir aportando indios y la Audiencia procuró obligarlos con nuevas ordenanzas que ratificaban el baremo de los 20 indios79.

La tabla 1 muestra los indios contados en las visitas80. El incremento en Vetas y las Montuosas, entre 1622 y 1623 -la misma visita-, obedeció a la introducción mencionada de indios mitayos ordenada por el visitador Zubiaurre81. Las cantidades sirven como indicador, pues las cifras se elevarían si se introdujesen estimados de trabajadores libres y esclavos.

Indagar por las cantidades de metal extraídas durante los años sin declaración de quintos en la Caja Real, en los que se evidencia el fraude fiscal por la permanencia de indios en las minas, representa un reto, dado el desconocimiento de muchos de los factores intrínsecos a la minería, tales como los precios del oro, la oferta y la demanda, la riqueza de las vetas o de las arenas, la disponibilidad de azogues, la mano de obra realmente existente, entre otros factores. No obstante, es posible hacer una aproximación bajo el supuesto de una productividad constante, el número de nativos en las minas, y tomando como referencia las cantidades declaradas de 1617 a 163582. En esta etapa se produjeron anualmente 20.238 pesos de oro (de 22.5 quilates - 8 reales o tomines) y había en las minas un promedio de 375 indios (de 1623 a 1642). Si se cuentan 317 días al año (año sin festivos), cada trabajador habría producido diariamente 1.36 tomines (o reales)83. De esta operación se infiere que de 1636 a 167884 con el promedio menor de hombres, 252,5 (de 1642 a 1657), se habrían producido unos 13.607 pesos de oro al año85, esto es, 585.101 pesos en 43 años.

También es factible estimar la producción de cada indio a partir del tiempo “libre” (20 días) en el que recuperaban el pago del tributo: 3.5 pesos oro desde 1623 hasta 1656, y 4.5 pesos oro desde 1657 hasta 1678, montos que cada indio pagaba dos veces al año86. En las dos etapas, cada tributario en las minas haría, aproximadamente, 15,85 pagos, equivalentes cada uno al monto del tributo87. Ahora, durante la última etapa (1657-1678), no hubo visitas ordinarias que contasen los indios, pero sí las visitas fiscales de 1659 y de 1676, que confirmaron la presencia de indios en las minas, la producción y la evasión total de “quintos”. Este último cálculo, refleja que en la primera etapa 252,5 hombres, habrían producido 14.007 pesos de oro, anualmente88. En la segunda etapa, los mismos hombres, pero tributando cada tercio 4.5 pesos de oro, habrían producido aproximadamente, 18.009 pesos. El total producido en 43 años de evasión, sería de 686.343 pesos de oro.

Si se parte de la productividad diaria de cada indio en las minas: 3.5 tomines, calculada por Zamira Díaz para Popayán89, y se toma el promedio de indios en minas de Pamplona durante 43 años: 252,5 indios, y los días que según su análisis trabajaban al año: 230 días, se tiene que habrían extraído unos 25.407 pesos oro anualmente. Esto es, un total de 1.092.501 pesos. Esta última cantidad resulta más cercana a la dada en la etapa con registro contable de Pamplona (1617-1635), en virtud del alto promedio estimado para cada nativo.

Conclusiones

El fraude en los quintos y el contrabando durante la Colonia eran fenómenos conocidos por los contemporáneos y motivaron medidas por parte de las autoridades de Madrid que, como se dijo, resultaban inútiles, entre otras razones por la creciente demanda de los mercados alternos al monopolio de la Corona y porque funcionarios de todos los niveles animaban los tratos ilegales, tal como fue demostrado por Serrano y Klein para México90. En las minas de Pamplona aquí estudiadas, se dilucida una evasión consuetudinaria durante cuatro décadas, información que aporta en tal sentido -y en su dimensión cuantitativa-, al conocimiento del origen incierto de los metales que salieron de contrabando de América y, puntualmente, desde el NRG, en el siglo XVII.

La evasión fiscal en los metales tiene para Pamplona varias explicaciones, entre las cuales algunas ofrecen similitudes a lo ocurrido en otras latitudes de la América española. La principal quizá esté en los altos precios ofrecidos por comerciantes que llevaban su oro hacia países como Holanda, Francia e Inglaterra, o que lo comercializaban en mercados del Asia. Al respecto, algunos testigos interrogados por el visitador fiscal Pedro de Urbina en el año 1678, afirmaron que los comerciantes compraban el oro a precios muy superiores a los autorizados por la Corona. A la par, describieron las rutas utilizadas: desde Pamplona, el oro viajaba por caminos hacia los ríos Sogamoso, Lebrija, Magdalena, Zulia (Mapa 1), que conducían a los puertos del mar Caribe: Mompox, Magangué, Cartagena de Indias, San Antonio de Gibraltar. Allí se negociaba con mercaderes autorizados y con negociantes de barcos “averiados” o “navíos de permisión”, las conocidas “arribadas maliciosas” que pululaban en los puertos. Los comerciantes también llegaban a los reales de minas con la venia de los alcaldes de minas y recorrían los lavaderos rescatando el oro. Ahora, no todo el oro partía hacia los puertos del Caribe. Tanto Cornejo como Urbina observaron que parte de este se llevaba a Santa Fe de Bogotá para cubrir adelantos de plata, invertir o, sencillamente, para amonedarlo. De estas visitas fiscales, igualmente, puede inferirse que parte del metal no declarado nutría economías regionales, y se sabe que en la segunda mitad del siglo XVII crecieron las haciendas cacaoteras del Valle de Cúcuta y Mérida, sobre cuya expansión bien podría interrogarse la muy probable participación de mineros de Pamplona91.

¿Cómo explicar que la evasión se haya extendido a lo largo de la segunda mitad del siglo? Las visitas de Cornejo y Urbina coincidieron en señalar a las autoridades como las promotoras del desfalco y mostraron que en el negocio del contrabando estaban involucrados desde los presidentes de la Real Audiencia de Santa Fe, sus oidores, regidores de cabildos hasta alcaldes de minas y corregidores. Urbina, por ejemplo, enfatizó en que los mineros de Pamplona tenían oficios de la república y elegían alcaldes de su mano, parciales a sus intereses92, por esto, decía, era imposible que se actuase contra ellos, y menos contra los oficiales de la Caja Real de la ciudad, todos involucrados en tratos de oro.

Lo ocurrido en Pamplona, al parecer, se extendía -con sus matices- a las minas de Zaragoza, Remedios, Cáceres, Guamocó, Anserma, Santa Fe de Antioquia, Popayán, entre otras minas de esa etapa93, pues en todas, tanto los contemporáneos como los estudios aquí citados percibieron la evasión de quintos en las cajas reales. Este fraude generalizado evidencia la pérdida de autoridad por parte de la Corona en los territorios neogranadinos, en beneficio de las oligarquías instaladas en los cabildos. La evasión se incrementó desde los años cuarenta, quizá por el debilitamiento del imperio en el contexto atlántico y europeo, al perder amplios territorios bajo su dominio, como Portugal y los Países Bajos, además de los costos que le significaron las guerras contra Francia e Inglaterra. A saber, todo llevó a que el monopolio comercial procurado por los Habsburgo fracasara frente a la competencia del resto de Europa.

Frente a la tesis tradicional que argumentaba las bajas declaraciones de metal en virtud de la crisis, debe decirse que, evidentemente, muchas minas decayeron, pero, como se ha demostrado, la frontera minera se expandía paulatinamente y otras vetas y aluviones las reemplazaron, tal como sucedió en México y Perú94. En el NRG, la ampliación de fronteras se dio principalmente en la vasta provincia de Popayán y en Antioquia, y a finales de siglo, hacia las minas del Chocó. No obstante, en los reales de minas de Pamplona, la frontera minera se mantuvo estable a lo largo de la Colonia, e incluso en el siglo XXI se sigue extrayendo oro de minas de veta explotadas desde el siglo XVI.

¿Cómo demostrar la producción que evadió el impuesto minero en Pamplona? Su cuantificación es un problema insalvable, aunque metodológicamente se pueden hacer aproximaciones generales a partir de indicadores conocidos, tales como la mano de obra, la producción dada en ciertas etapas, entre otras. De las tres opciones propuestas aquí para calcular el oro no declarado, ninguna tiene pretensiones exhaustivas ni concluyentes, pero el ejercicio y sus resultados sí son indicativos de la evidencia con que el fraude ocurría. Ahora bien, en los tres casos hipotéticos se da por descontado que en las minas había más trabajadores que los reportados en las visitas, pues su ocultamiento incrementaba las ganancias de mineros, encomenderos, alcaldes de minas, etc., más aún en un contexto fraudulento como el descrito. Esto es, la producción calculada y el fraude fiscal en el caso de Pamplona durante los años sin datos de “quintos”, resultan aquí conjeturadas por debajo de las posibilidades. También en Popayán, como se mencionó, Díaz identificó que los trabajadores realmente dedicados a las minas podían triplicar la media calculada para producir el oro declarado95.

Más allá de los datos de producción de metales en las minas y de los posibles montos defraudados, para el conjunto del NRG en el XVII faltan estudios de producción agrícola y ganadera, como del comercio en general, que permitan observar la dinámica de mercados en relación con los distritos mineros. Estos permitirán corroborar, matizar o desvirtuar tendencias respecto a la supuesta crisis y decadencia minera del XVII. En tal sentido, los trabajos aquí citados de Serrano y Klein, cuestionan la vieja tesis de una crisis generalizada en América a partir de datos de evasión fiscal en los metales y de dinámicas agrícolas y comerciales que muestran crecimiento económico. En el Perú, por ejemplo, los estudios de TePaske y Klein mostraron que hubo una disminución productiva de metales relativa, al ser comparada con la dada en el siglo XVI; contrarias resultaron las tendencias en México, cuya producción fue creciente a lo largo del siglo XVII96. Acerca de la mano de obra, comúnmente evocada en el NRG para explicar la hipótesis de la caída productiva minera, faltan estudios demográficos en los contextos mineros que relacionen los datos de población nativa con el creciente mestizaje.

Finalmente, consecuentes con la hipótesis expuesta y demostrada acerca del fraude en los quintos en Pamplona, resulta necesario revisar para la Nueva Granada la tesis de los dos ciclos productivos de oro y la supuesta depresión ocurrida en la segunda parte del XVII, pues evidentemente, hubo una mayor producción que la registrada en las cajas reales y en la Casa de Moneda de Santa Fe. La propuesta cuantitativa de la minería del oro, hecha por Colmenares, Jaramillo Uribe, Melo, y otros historiadores, tradicionalmente aceptada por la historiografía colombiana está llamada a ser superada o, al menos, matizada.

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1Germán Colmenares, Encomienda y población en la provincia de Pamplona (1549-1650) (Bogotá: ICANH, 2016), 94. Las declaraciones de oro estudiadas corresponden a los años 1618-1635, estas representaron 356.922 pesos de oro, aproximadamente, 1,65 t del metal.

2John TePaske, A New World of Gold and Silver. Atlantic World. Europe, Africa and the Americas, 1500-1830. (Boston: Washington University / Clark University, 2010).

3TePaske, A New World, 1-21. La cuantificación moderna de la producción de metales americanos inició con Humboldt, fue seguida por Adolf Soetbeer (1892) y Wilhelm Lexis (1911). En 1934, Earl Hamilton (1975) dio cuenta desde los inicios de la conquista hasta 1660; los esposos Chaunu (1959) profundizaron los hallazgos de Hamilton, especialmente entre 1584 y 1650, y plantearon que la producción de metales había alcanzado su punto más bajo hacia 1640, mientras que Hamilton supuso tal caída hacia 1660. Posteriormente, Lutgardo García, García-Baquero, John Fisher y los esposos Stanley investigaron desde 1661 hasta 1820. Estos últimos trabajos mostraron una lenta recuperación desde finales del XVII, con un alza contundente en la segunda parte del XVIII.

4John TePaske y Herbert Klein, Las cartas cuentas de la Real Hacienda de la América Española, Siglos XVI al XIX (Durham: Duke University Press: 1986-1989) (https://realhacienda.colmex.mx/). Sobre la Hacienda del imperio español, también, Herbert S. Klein, Las finanzas americanas del Imperio español, 1680-1809 (México:Instituto Mora, 1994).

5Hermes Tovar Pinzón, El imperio y sus colonias (Bogotá: Archivo General de la Nación, 1999) 17.

6Manuel Casado Arboniés, “En torno a los estudios sobre la contabilidad colonial: el caso de las Cajas Reales Neogranadinas (Una orientación bibliográfica)”, Estudios de Historia Social y Económica de América, n.º 6 (1990): 41-48. También, Hermes Tovar, El Imperio, 23.

7Joaquín Pinto Bernal, Reformismo Borbón y Fiscalidad en la Nueva Granada, 1750-1809 (Ibagué: Universidad del Tolima, 2020), 35-70.

8Michel Morineau, Incroyables gazettes et fabuleux métaux. Les retours des trésors américains d’aprés les gazettes hollandaises (XVle -XVIIIe siécles) (París: Maison des Sciences de L´Homme, 1985), 320-321.

9Ruggiero Romano, Coyunturas opuestas. La crisis del siglo XVII en Europa y América (México: Fondo de Cultura Económica, 1993), 91.

10Respecto a la crisis del XVII y la minería, véase: Rosario Sevilla Soler, “La minería americana y la crisis del siglo XVII. Estado del problema”, Anuario de Estudios Americanos XLVII, n.º 2 (1990): 61-81; Herbert S. Klein y Sergio Serrano Hernández, “Was there a 17th Century crisis in Spanish America?”, Revista de Historia Económica - Journal of Iberian and Latin American Economic History 37, n.º 1 (2019): 43-80. https://doi.org/10.1017/S0212610918000101

11TePaske, A New World, 312.

12Sergio T. Serrano Hernández, “‘… ¡Hay oro y no nos avisan a los amigos!’ Contrabando y evasión fiscal en el cerro de San Pedro Potosí durante la primera mitad del siglo XVII”, Vetas. Revista del Colegio de San Luis, n.º 29 (2008): 37-62. Serrano recrea un suceso de saqueo de una mina a partir del cual se puede colegir la evasión de quintos por cuenta de mineros y autoridades. Véase también María del Pilar Martínez López-Cano, “La venta de oro en cadenas. Transacción crediticia, controversia moral, y fraude fiscal. Ciudad de México, 1590-1616”, Estudios de Historia Novohispana, n.º 42 (2010): 35-39. https://doi.org/10.22201/iih.24486922e.2010.042

13Acerca de redes comerciales y de contrabando entre el Potosí, La Plata y mercados atlánticos, véase Zacarías Moutokias, Contrabando y control colonial en el siglo XVII. Buenos Aires, el Atlántico y el espacio peruano (Buenos Aires: Centro Editor de América Latina, 1988), 84-94.

14Germán Colmenares, Historia económica y social de Colombia, 1537-1719 (Bogotá: Tercer Mundo, 1997), 326-332.

15Kenneth J. Andrien, Crisis y decadencia. El virreinato del Perú en el siglo XVII (Lima: Instituto de Estudios Peruanos, 2011), 171-204.

16Colmenares, Encomienda, 89-102.

17Entre el siglo XVI y XVII, hubo 7 visitas ordinarias a Pamplona: 1549, 1560, 1572, 1602, 1623, 1642, 1657, más dos visitas generales con énfasis fiscal: 1631-1635 y 1659-1663, además de otra estrictamente fiscal, en 1678.

18Andrien, Crisis y decadencia, 208.

19Manuel Casado Arboniés, “La visita general de Don Juan Cornejo al NRG. Siglo XVII. Gobierno”, Boletín de Historia y Antigüedades, 80, n.° 782 (1993): 767.

20Archivo General de Indias (AGI), Sevilla-España, Fondo Santa Fe, legajo 200, documento 22, 9v.

21Andrien, Crisis y decadencia, 220.

22AGI, Santa Fe, leg. 200, doc. 22, 1v.

23Fernando Mayorga García, La Real Audiencia de Santa Fe en los siglos XVI y XVII (Bogotá: Alcaldía Mayor, 2013), 66. El presidente Martín de Saavedra, quien antecedió al Marques de Miranda, también fue acusado de nombrar allegados en Vetas y Pamplona.

24AGI, Santa Fe, leg. 200, doc. 22, 3v.

25AGI, Santa Fe, leg. 200, doc. 22, 16-17r.

26AGI, Santa Fe, leg. 200, doc. 22, 16-17r.

27Casado, “La visita general”, 780-786.

28El “patacón” o peso de plata de 8 reales equivalía a 272 maravedís (mrv), moneda de cuenta estandarizada en la contabilidad del rey. En las cajas reales de las zonas mineras —como era el caso de Pamplona— aparecen ingresos de oro en polvo, en pasta, en “buen oro” de 22.5 quilates, en granos, en oro pobre, en piñas de plata, en patacones (pesos de plata), en moneda macuquina (de baja ley), etc., todo lo cual circulaba en el NRG, pero las cuentas tendieron a presentarse en maravedís o en pesos de plata. Respecto a los valores entre el oro y la plata, el coeficiente varió a lo largo de la colonia, aproximadamente: 1:10,44; 1:11,94; 1:13,13; 1:16,23. Guillermo Céspedes del Castillo, Las Casas de Moneda en los Reinos de Indias. Las cecas indianas en 1536-1825, vol. 1 (Madrid: Museo Casa de la Moneda, 1996), 211. Tanto el oro y la plata tenían el peso ponderal de 4,6 gramos. Se distinguía entre pesos ensayados y pesos corrientes de 450 mrv y 272 mrv, pero en el siglo XVII las cuentas tendieron a ser presentadas en pesos de 272 mrv. Véase: Ignacio Alberto Henao, “La moneda en la Colonia”, en La economía colonial de la Nueva Granada, editado por Adolfo Meisel Roca y María Teresa Ramírez G. (México: Fondo de Cultura Económica, 2015), 310.

29AGI, Contaduría, leg. 1558, 10 r, v.

30Casado, “La visita general”, 771-772 y La carrera americana de un antiguo colegial mayor y rector de la Universidad de Alcalá de Henares: don Dionisio Pérez Manrique en el Virreinato del Perú (1629-1678), (Alcalá de Henares: Universidad Alcalá de Henares, 1993). Sobre Cornejo, véase: Fernando Mayorga, La Real Audiencia, 537-545.

31AGI, Santa Fe, leg. 59, doc.13, 1r, 1v.

32AGI, Santa Fe, leg. 59, doc. 13, 1r.

33AGI, Santa Fe, leg. 59, doc. 13, 11r.

34AGI, Santa Fe, leg. 59, doc. 13, 4v, 5r.

35AGI, Santa Fe, leg. 59, doc. 13, 5r.

36AGI, Santa Fe, leg. 59, doc.13, 6r, 24v.

37AGI, Santa Fe, leg. 59, doc. 13, 22v.

38AGI, Santa Fe, leg. 59, doc. 13, 8r.

39AGI, Santa Fe, leg. 59, doc. 13, 121r.

40AGI, Santa Fe, leg. 59, doc. 13, 2r

41AGI, Santa Fe, leg. 59, doc. 13, 8 v., 19 v., 22 v., 50v, 60v.

42Tovar, El imperio, 17. Tovar publicó las series correspondientes al recaudo del siglo XVI de las cajas de Río Hacha (1538-1599), Santa Marta (1543-1580), Cartagena (1533-1599), Valle de Upar (1570-1571), Santa María Antigua del Darién (1514-1526), Santa Fe de Antioquia (1546-1597), Cáceres (1595), Cartago (1551-1560), Mariquita (1590-1607), Santa Fe de Bogotá (1538-1599), Cali (1551-1562), Popayán (1569-1599).

43Casado, “En torno a los”, 41.

44Céspedes del Castillo, Las cecas indianas, 250, 251, 262.

45José Vicente Restrepo, Estudios sobre las minas de oro y plata de Colombia (Bogotá: Imp. Silvestre y Cía., 1888).

46Heraclio Bonilla, “Minería, mano de obra, y circulación monetaria en los Andes colombianos del siglo XVII”, Fronteras de la Historia 6 (2001): 145, https://doi.org/10.22380/20274688.705

47Jorge Orlando Melo, “Producción de oro y desarrollo económico”, Revista Universidad del Valle, 3-4 (1977) 1.

48Bonilla menciona las series de producción de plata construidas por Céspedes del Castillo a partir de Vicente Restrepo, antes citado. Véase: Céspedes del Castillo, Las cecas indianas, 262-268.

49Heraclio Bonilla, “Este reyno se va consumiendo”. Las minas de la provincia de Mariquita en el siglo XVII (Bogotá: Universidad Nacional de Colombia, 2017).

50Jaime Jaramillo Uribe, “La economía del Virreinato (1740-1810)”, en Historia económica de Colombia, compilado por José Antonio Ocampo (Bogotá: Planeta, 2007), 63. Colmenares, Historia Económica y social, 328.

51Colmenares, Historia económica, 337-338. En la Casa de la Moneda de Santa Fe desde 1682 hasta 1696 fueron reportados 8.100 pesos de oro provenientes de Pamplona, un promedio de 540 pesos de oro anuales.

52TePaske, A New World, 30, 55.

53TePaske, A New World, 16-17, 27-30, 101, 112, 113.

54Colmenares, Historia económica, 268.

55Colmenares, Historia económica, 335.

56Robert West, La minería de aluvión en Colombia durante el período colonial (Bogotá: Imprenta Nacional, 1972), 110.

57William Sharp, “La rentabilidad de la esclavitud en el Chocó, 1680-1810”, Anuario de Historia Social y de la Cultura, 8 (1976): 19-46.

58Sharp, “La rentabilidad”, 43, 44. Sharp partió de tres supuestos: a) cero fraudes, es decir, calculó la rentabilidad solo con el oro declarado; b) fraude del 30%; c) fraude del 50%. En el primer caso, los mineros habrían perdido dinero; en el segundo, la esclavitud habría sido poco rentable; en el último, resultaba una empresa rentable. Toda vez que los mineros invirtieron por más de un siglo en esclavos para las minas, Sharp consideró la tasa del 50% como la más precisa para explicar la persistencia de los inversionistas.

59Ann Twinam, Mineros, comerciantes y labradores: las raíces del espíritu empresarial en Antioquia, 1736-1810 (Medellín: FAES, 1985), 48-58.

60Guido Barona, La maldición de Midas en una región del mundo colonial. Popayán, 1730-1830 (Santiago de Cali: Universidad del Valle, 1995), 113-130.

61Zamira Díaz López, Oro, sociedad y economía. El sistema colonial en la Gobernación de Popayán: 1533-1733 (Bogotá: Banco de la República, 1994), 171-176.

62Díaz López, Oro, sociedad, 202, 203.

63Rodrigo Zapata Lobera, “Encomiendas, encomenderos e indígenas tributarios del Nuevo Reino de Granada en la primera mitad del siglo XVII” (Trascripción de Álvaro González P.), Anuario de Historia Social y de la Cultura, 2 (1964): 494. Este documento fue elaborado por el escribano Zapata Lobera en el año 1653.

64Archivo General de la Nación (AGN), Bogotá-Colombia, Sección Colonia, Fondo Visitas, Subfondo Visitas Santander, legajo 5, documentos 4, 5, 757v.

65La tasa de tributo, los salarios de los indios de minas de Pamplona y otras disposiciones aparecen en las “Ordenanzas para el buen gobierno de las minas de las Vetas, Montuosa y Río de Oro” decretadas por el visitador Juan de Villabona Zubiaurre en el año 1623, publicadas en: Armando Martínez Garnica y Amado Guerrero, La provincia de Soto: orígenes de sus poblamientos urbanos (Bucaramanga: UIS, 1995): 187-217.

66AGI, Contaduría, leg. 1345, 1v-11v.

67El Tribunal de Cuentas de Santa Fe fue establecido en el año 1606 por el presidente Borja, entre sus funciones estaban la de recibir las cuentas de las cajas de la Audiencia y enviarlas a Madrid, además de fenecerlas.

68AGI, Contaduría, leg. 1558, 1v, 19r.

69Jorge Gamboa, “El Trabajo de los Indios en las minas de Pamplona (1600-1650)”, en Memorias del I Simposio de Historia Regional “Pamplona 445 años”, compilado por María Cristina Mogollón Pérez y Silvano Pabón Villamizar (Cúcuta: Cámara de comercio, 1995), 165-200.

70Colmenares, Historia económica, 352. Hermes Tovar Pinzón, Luis E. Rodríguez y Marta Herrera Ángel, Territorio, Población y trabajo indígena, Provincia de Pamplona, siglo XVI (Bogotá: FMPC, 1998).

71Jerónimo Velasco era descendiente de Ortún Velasco, capitán que, junto a Pedro de Ursúa ocupó y conquistó el territorio chitarero en 1549. Véase: Silvano Pabón Villamizar, Historia del poblamiento y construcción del espacio hispánico en Pamplona (Cúcuta: Cámara de Comercio, 1996), 18.

72AGN, Visitas, Santander, t. 5, doc. 4, 5, 864v-890v, 948r, 1005v.

73AGN, Visitas, Santander, t. 5, doc. 4, 5, 747v-777v; 864v -890v.

74AGI, Santa Fe, leg. 59, doc. 13, 3r, 58r.

75AGN, Fondo Minas, Subfondo Minas-Santander, leg. 38, t. 1, doc. 10, 215r.

76AGN, Minas, Santander, leg. 38, t. 1, doc. 10, 218r-218v; AGN, Fondo Caciques e Indios, t.2, doc. 89, 1014r, 1015v; t.47, doc. 19, 953r-955v.

77Colmenares, Encomienda, 96.

78Los indios mitayos eran relevados anualmente, pero varios pleitos entablados por estos denotan que los mineros tendieron a dejarlos más tiempo del establecido en las ordenanzas. Incluso en el año 1657 el visitador Baños de Sotomayor decretó “conducciones a perpetuidad”, provocando resistencia y reclamaciones ante la Real Audiencia y Madrid. AGN, Caciques e Indios, t. 47, doc. 19, 953r-955v

79AGN, Minas, Santander, leg. 38, doc. 10, 218r-218v.

80El total de 1657 (visita de Sotomayor) aportado por Gamboa, difiere en 11 indios (según revisión propia); asimismo, el escribano Rodrigo Zapata en 1642 contó 297 nativos indios en las minas, 7 más que los mencionados por Gamboa para el mismo año. Colmenares por su parte, contó 118 indios en Las Montuosas en 1642, mientras que Gamboa menciona 81. Estas variaciones quizá resulten del conteo o no de indios forasteros e indios reportados como ausentes por los capitanes.

81Colmenares, Encomienda y población, 96.

82Colmenares, Encomienda y población, 94.

83Producción anual (20.238 x 8t) / en días trabajados (317) / Número de hombres (375).

84En las minas de Pamplona los indios solo descansaban los domingos, de tal modo el año laboral podía ser de unos 317 días.

85Número de tributarios (252.5) x Producción diaria (1.36t) x Días trabajados (317).

86AGN, Visitas, Santander, t. 5, 916r; AGI, Santa Fe, leg. 200, 5r, 5v; Zapata Lobera, “Encomiendas, encomenderos”, 494. En los reales de minas de Pamplona a los indios de minas les daban 20 días antes de San Juan (24 de junio) y 20 días antes de navidad, para que recaudaran el tributo, pagadero en metálico.

87Los 15,85 pagos resultan de dividir los 317 días laborales del año en 20 días. Este tiempo era consumido cada tercio para extraer el monto del tributo.

88El total resulta de: Promedio de tributarios (252,5) x Número de pagos (15,85) x Tributo (3.5 pesos).

89Díaz, Oro, sociedad, 172-175.

90Klein y Serrano, “Was there a 17th century”, 60-61.

91Luis Alberto Ramírez Méndez, “El comercio transatlántico de San Antonio de Gibraltar (Venezuela), siglo XVII”, Boletín de la Academia Nacional de Historia XCVIII, n.º 389 (2015), 35-62. Ramírez señala que en la región del sur de Maracaibo a comienzos del XVII había 644 propietarios con haciendas que sumaban unas 163.157 hectáreas, en la que había unos 521.671 árboles de cacao, cuyo cuidado ocupaba a 1081 esclavos, que producían unas 260 toneladas anuales de cacao, destinados en su mayoría al mercado mexicano.

92AGI, Santa Fe, leg. 59, doc. 13, 51r, 53v, 103v.

93Las minas que produjeron metales durante el denominado primer ciclo del oro fueron Tocaima, Victoria, Pamplona, San Gerónimo, Cáceres y Zaragoza en Antioquia, y algunas de la gobernación de Popayán.

94Romano, Coyunturas, 92, 96-102. En el caso del Perú, Ruggiero Romano recuerda que al agotarse el cerro del Potosí se abrió la producción de Oruro (1606), Chila (1613), Esquilache (1616), Caylloma (1626), y, sobre todo, la de Cerro de Pasco, desde 1630.

95Zamira Díaz, Oro, Sociedad, 173-175.

96 Enrique Tandeter, “Los ciclos de la minería de metales preciosos, Hispanoamérica”, en Historia General de América Latina, vol. IV: Procesos latinoamericanos hacia la redefinición colonial, editado por Enrique Tandeter y Jorge Hidalgo (París: UNESCO, 2000), 127-148. Véase también Klein, Las finanzas americanas….

Cómo citar: Ariza Ariza, Nectalí. “Fraude fiscal y contrabando de metales en el Nuevo Reino de Granada. El caso de las minas de Pamplona durante el siglo XVII”. Historia Crítica, n.° 85 (2022): 3-25, doi: https://doi.org/10.7440/histcrit85.2022.01

Recibido: 30 de Noviembre de 2021; Aprobado: 26 de Marzo de 2022

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