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Análisis Político

versión impresa ISSN 0121-4705

anal.polit. v.25 n.74 Bogotá ene./abr. 2012

 

A PROPÓSITO DE LA GESTIÓN DEL AGUA EN EL MUNDO CONTEMPORANEO. UN ENFOQUE BIOPOLÍTICO

ON WATER MANAGEMENT IN THE CONTEMPORARY WORLD. A BIOPOLITICAL APPROACH

Germán Humberto Villa Fontecha1

1Filósofo, Magíster en Estudios Políticos - IEPRI, Universidad Nacional de Colombia.

Fecha de recepción: 15/02/2012
Fecha de aprobación: 18/03/2012


RESUMEN

Este artículo busca poner de presente la importancia de reflexionar sobre la problemática asociada a la gestión del agua en el mundo contemporáneo, de cara a los desafíos que impone el desbalance del ciclo hídrico planetario, el aumento creciente de la demanda del líquido en sus diferentes usos y la progresiva disminución de la disponibilidad de agua potable. Con esta finalidad, se presenta una exposición de naturaleza teórica que contempla, no obstante, múltiples referencias a situaciones concretas y a datos cuantitativos: asumiendo una postura crítica, la exposición se enmarca en la confrontación de los llamados paradigmas del agua (agua como Derecho Humano o patrimonio vital y como bien económico) y, a partir de allí, se encamina hacia la consideración de la importancia y significación del agua para la vida, valiéndose del concepto de biopoder, propio del pensamiento biopolítico de Michel Foucault. Seguidamente, se realizan algunas consideraciones a propósito del papel de las organizaciones del Orden Ambiental Internacional en la configuración de los lineamientos para la gestión del agua en los diferentes países y se examina el argumento que sirve para justificar el imaginario de una futura 'crisis global del agua', el argumento de la escasez. Finalmente, se presentan argumentos y alusiones a casos concretos, con miras a afirmar la inconveniencia de entender y gestionar el agua como bien económico, esto es, la inconveniencia, en términos sociales y ambientales, de la gestión privada de los servicios de agua y saneamiento. También se plantean algunas observaciones a propósito del caso colombiano.

Palabras clave: agua, biopoder, bien económico, patrimonio vital, derecho humano, escasez, privatización.


SUMMARY

This article highlights the importance of reflecting on the problems associated with water management in the contemporary world, facing the challenges posed by the global water cycle imbalance, the increasing water demand for varied uses and the progressive decline in the availability of drinking water. In view of this, we present a theoretical discussion that refers, however, to multi ple references of concrete situations and quantitative data. Adopting a critical position, the discussion centers on the confrontation of the so-called paradigms of water (as a Human Right or a vital asset, and as an economic good) and, from there, it sets out the consideration of the importance and significance of water for life, using the concept of biopower present in the biopolitical thought of Michel Foucault. Next, some comments on the role of international environmental organizations in setting the guidelines for water management in different countries are made. It is also examined the argument used to justify the imagination of a future of 'global water crisis', a future of scarcity. Finally, we present arguments and references to specific cases in order to assert the inconvenience of understanding and managing water as an economic good. This is the inconvenience, in social and environmental terms, of private management of water and sanitation services. It also raises some concerns on the Colombian case.

Keywords: water, biopower, economic good, vital heritage, human right, scarcity, privatization.


INTRODUCCIÓN

En las últimas dos o tres décadas hemos asistido en todo el mundo a un evento muy particular: el agua ha pasado de ser un tema tratado casi exclusivamente por expertos y técnicos del sector (hidrólogos, ingenieros sanitarios, geólogos) a ser un tema de interés para múltiples disciplinas del conocimiento así como de preocupación para amplios sectores de la sociedad. Esto se explica, principalmente, por el surgimiento y agudización de diversas problemáticas relacionadas con la escasez del líquido, tanto natural como artificial, que afectan a un sinnúmero de comunidades en todo el mundo, así como de contaminación las cuales, a su vez, tienen impactos de consideración en el medio ambiente. Igualmente, el desequilibrio del ciclo hídrico resultante (aunque muchos actores políticos y económicos aun no lo acepten) del cambio climático global, cuyas consecuencias son las intensas sequías e inundaciones que vienen padeciendo diversas zonas del planeta, son un factor que le da un protagonismo definitivo al tema del agua en la actualidad.

Un aspecto importante de este fenómeno es que el agua se haya venido convirtiendo en un recurso geoestratégico, sobre todo en términos económicos. A la par con esto, el tema del uso y gestión del líquido ha sido objeto de un acelerado proceso de revisión, lo que se ha visto reflejado en cambios a nivel de políticas, normatividades y marcos regulatorios, involucrando a la esfera corporativa (Vásquez 2007, P. 1).

En este sentido, puede afirmarse que el agua se ha venido convirtiendo en un asunto de preocupación 'universal'.

LOS 'PARADIGMAS DEL AGUA' Y EL PROBLEMA BIOPOLÍTICO

En este escenario, han venido emergiendo dos visiones o, como las llama Vandana Shiva (2003, P. 9) paradigmas del agua que se hallan en franca confrontación: el paradigma del agua como derecho humano o patrimonio vital y el paradigma del agua como bien económico o mercancía. Cada uno de estos representa una forma distinta de entender y percibir, y, a partir de allí, usar y gestionar el agua en el mundo contemporáneo. Estos paradigmas constituyen el trasfondo conceptual de las llamadas 'guerras del agua' de las cuales encontramos múltiples ejemplos alrededor del mundo siendo el más destacado en el ámbito suramericano el de Cochabamba, Bolivia, ocurrido en el 2000 y que enfrentó a representantes de la sociedad civil, tanto local como global, con el consorcio Aguas del Tunari, del que la corporación norteamericana Bechtel tenía la participación mayoritaria. Esto quiere decir que la reflexión y discusión en torno a los paradigmas del agua no es para nada trivial pues, de alguna forma, una guerra del agua entraña una guerra entre paradigmas.

Pero, ¿en qué consisten estos paradigmas?

Lo primero que hay que decir es que, mientras el paradigma del agua como derecho humano o patrimonio vital tiene sus raíces más profundas en las cosmologías y tradiciones consuetudinarias de las culturas aborígenes y ancestrales más antiguas del planeta, el paradigma del agua como bien económico tiene apenas unas cuantas décadas de existencia, si bien es el resultado del largo y complejo proceso de 'racionalización' de la naturaleza acaecido en la modernidad.

A seguí se expondrá, en términos generales, en qué consiste cada uno de estos paradigmas.

El agua como derecho humano o patrimonio vital

Hablando del paradigma del derecho humano o patrimonio vital bien puede sostenerse, con base en la experiencia cotidiana, que existe en los seres humanos una claridad intuitiva o de sentido común respecto de la función e importancia que tiene el agua para sus vidas. Esta claridad se deriva del hecho de que el agua es necesaria en la inmediatez de lo cotidiano para un sin número de actividades pero, sobre todo, para hidratarse lo cual es condición necesaria para conservar la vida; las personas intuyen que el agua representa una necesidad vital.

Con todo, buscando darle un contenido más específico a ese conocimiento de carácter intuitivo debemos abordar la pregunta: ¿en qué consiste esta necesidad vital?

Es claro que la necesidad humana del agua, es una necesidad específicamente del organismo o del cuerpo. De acuerdo a esto, pensar la relación existente entre agua y vida es llevar el razonamiento al plano de los mecanismos y procesos biológicos propios del desenvolvimiento de la vida. Estos mecanismos y procesos obedecen a una necesidad biológica cuyo rasgo fundamental es, como lo da a entender el término mismo de 'necesidad', la ausencia de libertad de los seres vivos frente a los mecanismos en los que se basa su existencia. En este sentido, existe un determinismo biológico propio del Orden de la Naturaleza en virtud del cual el ser humano y las demás especies, están determinados a necesitar del agua para vivir, o lo que es lo mismo, no son libres frente a su necesidad de agua. 

Es fundamental reconocer que la necesidad biológica a la que están sujetas las personas y las especies en tanto necesitan del agua, nos lleva a situar la relación entre agua y vida, en el plano de la no- libertad. De esto se sigue, de acuerdo a la intuición más elemental o a los dictámenes del sentido común, que la función de los agentes encargados del suministro del agua para la sociedad habría de ser la de sufragar esta ausencia de libertad y, en consecuencia, proporcionar el agua a la sociedad para satisfacer sus necesidades vitales; en otras palabras, garantizar el derecho humano al agua como condición de posibilidad de la realización de muchos otros derechos humanos, como lo establecen la Observación General No. 15 del Comité de Derechos Sociales, Económicos y Culturales de las Naciones Unidas (CDESC) de 2002, referida a los Artículos 11 y 12 del Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), y la Declaración A/64/L.63/Rev. 1 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) de Julio de 2010. Por lo demás, si el agua es, no solo una necesidad vital humana (de allí su consideración como derecho humano) sino también de las especies vivientes, habría de considerarse, entonces, como un patrimonio vital, esto es, algo que le pertenece por derecho propio a la vida como un universal, en tanto depende de ella para su conservación(1).

Esta caracterización del paradigma del agua como derecho humano o patrimonio vital resulta a fin con la manera como se ha entendido y gestionado el agua a lo largo de la historia en diversas culturas, por lo menos en aquellas distintas a las de las sociedades occidentales industrializadas.

Vale la pena citar algunos ejemplos al respecto. Pueden encontrarse en la antigüedad textos como las Instituta del código de Justiniano, emperador romano, donde se considera al agua y a sus fuentes naturales como bienes comunes:

"por ley de la naturaleza estas cosas son comunes a la humanidad: el aire, el agua corriente, el mar y, en consecuencia, la costa"(2).

Igualmente, se tiene un testimonio que puede dar una idea del modo como se gestionaba el agua en la época de la República de Roma:

    "En casos excepcionales y con la aprobación del Senado, el agua podía también conducirse gratuitamente a las casa de algunos ciudadanos importantes. Aun así, pese a la apariencias, conservaba su carácter común, ya que el público continuaba disfrutando de un bien que le pertenecía por derecho propio..." (Malissard 1996, P. 280)

Asimismo, en la legislación de los dharmasastras de la India antigua existe una referencia al agua como bien público frente al cual las personas tienen derecho naturalmente; la noción misma de abadi (asentamiento humano o comunidad) presente en esta legislación se construye sobre el reconocimiento de la dependencia humana hacia el ab (agua), sobre la cual se sustenta toda una doctrina del derecho al agua como derecho natural en esta cultura ribereña. En concordancia con esta idea del agua como bien público y derecho natural presente en la legislación de los dharmasastras, existe la tradición de los Jal Mandirs propia de la región de Rajasthan, consistente en ofrecer agua gratuitamente al público sediento, en los piyaos o templos del agua (Shiva 2003, P. 9). 

En esta línea pueden citarse muchos ejemplos de legislaciones antiguas o de comunidades estrechamente ligadas a su medio natural, en las que el derecho humano al agua se considera un derecho natural, ya sea por el reconocimiento de la necesidad humana hacia el recurso, o por una cierta idea de justicia elaborada a partir de una visión de la naturaleza humana. Lo que está en el trasfondo, y es lo que reflejan los incontables mitos sobre el agua de muchos pueblos y culturas, es la primigenia y elemental relación entre agua y vida.

Puede afirmarse entonces que, a lo largo de la historia y en casi todo el mundo, los derechos sobre el agua han sido moldeados por las necesidades humanas y las del medio natural, es decir, se han ido elaborando desde el entendimiento de la relación del hombre con la naturaleza. Este derecho ha tenido el carácter de derecho común: la necesidad sobre el agua es de todas las personas, por lo tanto este derecho no habría de reconocerse en términos de apropiación particular, sino en términos de uso común.

El carácter fuertemente consuetudinario del derecho al agua como derecho natural, representado en su amplia aceptación en el tiempo y el espacio, permite concluir que sus raíces van mucho más allá del surgimiento, tanto del Estado y las instituciones políticas y jurídicas contemporáneas, como de la racionalidad económica capitalista y su entendimiento del agua como bien económico y recurso geoestratégico.  

Es por eso que, si bien las reivindicaciones del derecho al agua, en tanto que reivindicaciones políticas, necesitan muchas veces apoyarse en el plano del reconocimiento jurídico formal de este derecho por parte del Estado o las leyes, la argumentación en torno a los fundamentos e importancia del mismo se sitúan más allá de ese reconocimiento; justamente en el plano de la relación primigenia entre ser humano y naturaleza; entre agua y vida caracterizada por la determinación natural.

Hasta aquí con la caracterización del paradigma del agua como derecho humano o patrimonio vital.

El agua como bien económico

Para entender adecuadamente cómo y por qué el agua llega a considerarse en nuestro tiempo como una mercancía es fundamental comprender este hecho como un resultado del proceso de evolución moderna del conocimiento, de las formas del poder político, de las relaciones económicas y de la concepción de la naturaleza.

Como punto de partida podemos ver la concepción de naturaleza que se ha ido forjando a lo largo de la historia moderna: básicamente, la naturaleza se ha ido concibiendo como una realidad 'externa' y 'opuesta' al hombre; como una substancia distinta e inconmensurable (res extensa) con el ser racional (res cogitans) que, por lo mismo, debe ser sometida y controlada con el fin de transformarla en el sustrato material para la realización del ideal humano de progreso y desarrollo perpetuos.

Es así como vemos, ya en el siglo XVII, el marco del surgimiento de la ciencia moderna, a pensadores como Francis Bacon, defensor convencido y entusiasta de la renovación de la ciencia y la técnica que se prefiguraba en su época, basándose en la creencia de que ello traería un incremento enorme del poder del hombre sobre la naturaleza, produciéndose así profundos cambios en la sociedad y en las condiciones de vida de las personas. Debido a esta opinión se le consideró posteriormente como "el profeta de la era industrial". Bacon esbozó una descripción de lo que considera la sociedad ideal y perfecta, basando su estructura por entero en la ciencia y en la técnica, que debían ser perfeccionadas para así alcanzar el progreso, esto es, el creciente poder del hombre sobre la naturaleza para el bien de la humanidad. Lo importante de esta alusión a los planteamientos de Bacon es el hecho de que estos representan la esencia del espíritu moderno así como la percepción de la naturaleza de buena parte de los pensadores y científicos de la época, una percepción que puede sintetizarse, asimismo en la conocida frase de T. Hobbes "Conocimiento es poder".

Esta orientación práctica del conocimiento fue tornándose más consistente y sistemática con el desarrollo de las corrientes empirista, positivista y utilitarista para las cuales el valor ontológico de los objetos está definido por la utilidad que le representan al hombre. Por esta vía se llegó a consolidar en los siglos por venir la percepción de los entes naturales bajo la premisa de la utilidad que es posible extraer de ellos.

Dentro de este proceso de transformación tecno- científica acaecido en la modernidad fueron creándose diferentes formas y herramientas de conocimiento práctico o técnicas de saber- poder que, aplicadas a las diferentes disciplinas de las ciencias naturales y sociales hicieron posible la entrada de la vida en la historia, esto es, la entrada de los fenómenos propios de la vida en general pero, sobre todo, de la especie humana en el orden del conocimiento y del poder; en el campo de las técnicas políticas (Foucault 2003, Pp. 163- 176). El fenómeno de la vida ya no fue una realidad inaccesible sujeta al azar; pasó en buena parte al campo de control del saber y de intervención del poder. Uno de los resultados más importantes de esto fue que el poder político ya no se ejerció simplemente sobre los ciudadanos como sujetos de derechos, sino también y sobre todo, como seres vivos; el domino que se podía ejercer sobre ellos se colocó en el nivel de la vida misma, esto es, en el nivel del cuerpo.

Con esto, La premisa de la utilidad de los entes naturales se introdujo en la esfera de la vida humana, en el cuerpo como sustrato natural del sujeto político y social. Tal premisa se convirtió  en el lineamiento fundamental del ejercicio del poder sobre la vida o biopoder: la administración calculada de la vida representada en una gestión de la utilidad de los cuerpos y en un control regulatorio de la población, con el fin de potenciar las posibilidades productivas de la vida humana de un modo disciplinado a la vez que de mantener un control político y económico sobre estas posibilidades (Foucault 2003, Pp.163- 176).

Este biopoder fue un elemento indispensable en el desarrollo del capitalismo; este consiguió afirmarse al lograr la inserción controlada de los cuerpos en el aparato productivo y mediante un ajuste de las dinámicas poblacionales a los procesos económicos. Con miras a esto, la función del Estado y sus instituciones de poder se encaminó en la modernidad a asegurar el mantenimiento de las relaciones de producción utilizando las técnicas de saber- poder en todos los niveles del orden social logrando el desarrollo de los procesos económicos a partir del control y reproducción de las fuerzas que los sostienen. De esta manera se fueron ajustando los fenómenos de población y la acumulación del capital mediante la articulación entre el crecimiento de los grupos humanos y la expansión de las fuerzas productivas, con la consiguiente repartición desigual de la ganancia. La invasión del cuerpo viviente, su valorización y la gestión distributiva de sus fuerzas, a través de los mecanismos de saber- poder,  fueron indispensables para ello (Foucault, 2003, pp. 163- 176).

Ahora, la percepción utilitarista de la naturaleza que involucra tanto a los entes naturales como al cuerpo humano ha traído consigo, gracias a la evolución de las formas del capitalismo y de las herramientas tecno científicas que posibilitan el ejercicio del biopoder, una estructuración de la relación hombre- naturaleza como una relación económica en su nivel más básico y elemental. Esto quiere decir que los entes naturales, entre ellos el agua, no solamente han sido introducidos dentro del modelo de valoración capitalista por parte de ciertos actores políticos y económicos con miras a la obtención de su utilidad económica, sino que la posibilidad misma de acceder a ellos por parte de la población se da a través del medio económico.

Este fenómeno es el resultado del proceso de expansión de lo que puede denominarse como la racionalidad económica delcapitalismo, la cual ha sido posible a partir de una igual expansión del biopoder.

En nuestro tiempo, esta 'doble expansión' no podría entenderse sino a partir de una alusión necesaria a la globalización. Dentro de las diversas formas en que puede ser entendida (como compresión espacio temporal, como transformación histórica, como representación, etc.), está la idea de la interconexión, que explica bien lo que representa el fenómeno en términos económicos: creciente interpenetración de los mercados en la escala mundial, expansión de los flujos financieros, superposición de las empresas multinacionales sobre los Estados en la definición de las reglas del juego prevalecientes en el sistema internacional, y descomposición de las economías nacionales para su posterior recomposición en un sistema económico operante a escala planetaria. Todo esto trayendo como consecuencia el surgimiento de nichos productivos y de servicio globales y, sobre todo, la penetración del mercado capitalista liberalizado en todos los ámbitos sociales, recomponiendo sus relaciones (Fazio, 2006, pp. 51-71). Es claro que esta intensificación en la expansión de la racionalidad económica capitalista  resulta de una 'liberalización económica'; de la promoción del ideal de libertad económica, como una de las características principales de la globalización.

En este marco es fácil asimilar cómo las representaciones culturales, las actividades relacionadas con la salud y la educación de las personas, descubrimientos como los códigos genéticos, y entes naturales como las semillas y el agua, van siendo incorporados por el mercado capitalista en virtud de su libre expansión, entrando en la esfera del entendimientoy acciónpropias de la racionalidad económica. En razón de esto reciben nuevas denominaciones, acordes a la gramática en que son introducidos: 'recursos', 'bienes', 'productos' o simplemente 'mercancías'. A partir de estas denominaciones van a ser percibidos y, por tanto, usados y gestionados, sirva la expresión, 'in more oeconomicus'. 

Es importante resaltar una vez más que, al incorporar a su esfera de acción y entendimiento a las semillas, a los códigos genéticos y al agua, la racionalidad económica del capitalismo en expansión ha penetrado, no solo en el ámbito de las relaciones sociales, sino también en el del surgimiento, conservación y desenvolvimiento de la vida; tanto de las especies de la biodiversidad como de la humana.

Pero, ¿Qué implicaciones tiene que el agua sea entendida y gestionada como un bien económico; como una mercancía?

Ciertamente, la posesión de los derechos sobre el agua por parte de cualquier agente trae para éste la posibilidad de ejercer un poder sobre la vida en el nivel más elemental, en virtud de la función e importancia que tiene el recurso para la conservación de las especies. Por cuanto los Estados o las entidades territoriales descentralizadas son, en principio, o constitucionalmente quienes detentan y ejercen estos derechos 'en nombre de la ciudadanía' son aquellos a quienes inicialmente corresponde decidir gestionar el agua de acuerdo a las improntas del bienestar ciudadano y la conservación ambiental, o de acuerdo a intereses políticos y económicos particulares. En este último caso, los derechos sobre el agua permitirían el ejercicio de un biopoder en función de intereses particulares. Igualmente, el Estado o las entidades territoriales pueden enajenar o conceder los derechos sobre el agua a los agentes económicos: empresas y corporaciones dedicadas al negocio del agua con fines de lucro privado. Esto implica, por supuesto, que tales agentes pasan a ejercer el biopoder de acuerdo a los parámetros de su esquema de actuación particular, esto es, como parte fundamental de sus estrategias de maximización del beneficio económico.

Llegados a este punto hay que poner de presente una identidad fundamental: poder o control sobre el agua es poder sobre la vida. Este poder sobre la vida adquiere una significación precisa a la luz de la lógica que orienta la actuación de las corporaciones del agua:cuando la gestión de los servicios de agua y saneamiento se ajusta al parámetro de la maximización del beneficio, la satisfacción de las necesidades de las personas depende de hasta qué punto esta sea funcional a los intereses del agente encargado de la gestión. Siendo esto así, la expansión de los servicios de agua y saneamiento con miras a la satisfacción de las necesidades del mayor número posible de personas (universalización de los servicios) puede no ser rentable para las corporaciones, pues implicaría un aumento de los costos y, por lo tanto, una disminución de los beneficios. Igualmente, el acceso al agua no podría ser gratuito ni tampoco tener un bajo costo; el valor del agua sería el más alto que le permitiera fijar a la concesionaria el marco regulatorio de tarifas en cada contexto, esto es,  su conjunto de oportunidad particular. Así, se deja vivir a quien puede pagar por el agua y se rechaza hacia la muerte a quien no puede pagar; se le niega el suministro abocándole a buscar 'cualquier agua' para su subsistencia y la satisfacción de sus necesidades.   

El biopoder ejercido por los agentes privados con fines estratégicos no sólo apunta a la obtención del lucro económico como tal sino a buscar las condiciones situacionales que hacen posible su maximización en cada contexto específico. Esto se logra en buena medida a partir de la conformación de alianzas con actores políticos e institucionales en diferentes niveles, alianzas que conllevan una alineación entre intereses económicos e intereses políticos y electorales. De esta forma, el control del agua conduce estratégicamente a una administración calculada de la escasez basada en la relación costo- beneficio, que a su vez resulta funcional a los intereses políticos de diferentes individuos y partidos por cuanto la escasez de agua experimentada por la población o por un porcentaje de ella, permite la conformación de un discurso de 'promesa hídrica' encaminado a la obtención de votos. Así, el control del aspecto de supervivencia y de los niveles de necesidad hídrica de las personas se constituye en el núcleo de las estrategias político- económicas basadas en la posesión de los derechos sobre el agua.

De lo anterior se infiere que una gestión del agua enfocada en la utilidad particular de algunos agentes o en intereses sectorizados e indiferente al bienestar general trae, por su propia lógica, consecuencias negativas a las sociedades y al medio ambiente ya que la satisfacción de las necesidades vitales pasa a supeditarse a la conveniencia de los intereses particulares (políticos o económicos) y a convertirse en una función de sus estrategias.En este sentido, es necesario afirmar que los problemas sociales y ambientales derivados de la privatización del agua, recurrentes en el mundo, no son situaciones fortuitas o accidentales sino que son deduciblesde la lógica del negocio del agua, como se verá más adelante cuando se expongan con más detalle los problemas asociados a la privatización del agua tomando como referencia múltiples casos, especialmente del entorno latinoamericano.

A continuación se hablará del papel de las organizaciones que hacen parte de lo que podría llamarse el Orden Ambiental Internacional del agua, en la construcción de un discurso en pro del entendimiento y gestión del agua como bien económico a nivel global.

EL ORDEN AMBIENTAL INTERNACIONAL Y EL DICURSO DEL AGUA COMO BIEN ECONÓMICO

En términos generales puede observarse en el ámbito internacional, la ausencia de un orden consistente o de unas pautas regulatorias coherentes con el carácter de necesidad  vital del agua. Tampoco existe un marco de referencia para la resolución de conflictos nacionales o internacionales relacionados con el agua, enfocado en la preservación de los ecosistemas y del medio ambiente. Esto en razón de que, históricamente, las diferentes Conferencias y Declaraciones internacionales sobre el aguahan venido reconociendo formalmente la importancia del agua para las personas y para el medio ambiente, a la vez que, en lo efectivo, han dado dando preeminencia a las soluciones basadas en parámetros económicos frente a los problemas de falta de acceso, escasez y contaminación del agua en el mundo.

La Conferencia Internacional sobre Agua y Medio Ambiente de Dublín, Irlanda, realizada a finales de enero de 1992, marca la entrada en la arena internacional del paradigma económico del agua, lo que se ve manifiesto en la Declaración de Dublín. Dice el Principio número 4 de la Declaración:

    "El agua tiene valor económico en todos sus usos y debe ser reconocida como un bien económico. Dentro de ese principio es vital reconocer, primero, el derecho básico de todos los seres humanos a tener acceso al agua potable y al saneamiento a precios accesibles. Fracasos en el pasado en reconocer el valor económico del agua, condujeron al desperdicio y a usos irresponsables, nocivos para el medio ambiente. El manejo del agua como bien económico es una manera importante de alcanzar un uso eficiente y equitativo, impulsando la conservación y protección del recurso" (3).

Como es posible verificar, la afirmación del agua como bien económico va acompañada del reconocimiento del derecho al agua potable a precios accesibles; el argumento a favor del valor económico del agua apunta a que este es un mecanismo para evitar el desperdicio y el uso insostenible del líquido. Lo importante de observar aquí es la contradicción implícita en el hecho de tener que retribuir un valor económico por la obtención de un derecho: un derecho es algo a lo que la persona podría acceder directamente, o 'per se'. Mientras, la retribución económica sería necesaria para acceder a un objeto al que no se podría acceder directamente, o por derecho propio. En este sentido, si la Declaración de Dublín contempla el pago por el derecho al agua, entendiendo este derecho como un derecho de propiedad, como corresponde en el caso de las mercancías.En ese caso cabe preguntar: ¿Debe entenderse el derecho al agua dentro de la categoría de los derechos de propiedad? Igualmente, ¿Quién garantizaría la fijación de precios accesibles para el acceso a agua y saneamiento a las capas sociales con menores ingresos? Añádase a esto lo difícil que resultaría establecer el precio accesible para el agua, de cara a las grandes diferencias socioeconómicas y culturales de las poblaciones del mundo.

Otra conferencia importante, dentro del proceso de entendimiento del agua como bien económico en el Orden Ambiental Internacional, fue la Conferencia de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y Desarrollo (CNUMAD) en Rio de Janeiro Brasil, celebrada cuatro meses después de la de Dublín, en Junio de 1992. Pese a las grandes dimensiones logísticas y alcances temáticos de la Conferencia de Rio, el tema del agua no fue central dentro de sus desarrollos. Con todo, la Agenda 21, el gran Plan de Acción para la recuperación ambiental que produjo la conferencia, contempló un triple carácter del agua: como recurso natural, bien económico y bien social, base al cual debían planearse y ejecutarse acciones conjuntas entre los países, en el marco de una gestión integrada de cuencas internacionales que apuntase a la conservación del recurso. En medio del enfoque conservacionista del agua que planteó la conferencia, la perspectiva del bien económico se mantuvo vigente.

Ya desde la Conferencia de Dublín se planteó la iniciativa de creación de un 'Consejo Mundial del Agua', idea que tomaría forma en las conferencias posteriores. Sobre esta base, en el marco del VIII Congreso Mundial del Agua celebrado en El Cairo en 1994, se iniciaría la discusión sobre sus objetivos y estructura organizativa, los cuales fueron propiamente establecidos en las reuniones de Montreal y Bari en 1995. Finalmente, en Junio de 1996 el Consejo Mundial del Agua (WWC, por sus siglas en inglés), es instalado en Marsella.

El número de organizaciones y entidades participantes en el WWC ha crecido constantemente desde su fundación, contándose entre ellas a las grandes corporaciones transnacionales del agua, universidades, centros de investigación y, por supuesto, entidades estatales de numerosos países.    

El propósito inicial con el que fue concebido el WWC era el de constituirse en el  organismo encargado de instaurar el orden regulatorio para la gestión del recurso en el plano internacional. Sin embargo, luego de su creación se develaría como un organismo que apenas cumplía con la función de generador y difusor de opinión, en un marco de abierta defensa de la mercantilización del agua como solución a los problemas asociados al desperdicio, contaminación y escasez del recurso, enmarcados dentro del imaginario de una futura 'crisis mundial del agua'.

Una de sus líneas de formación de opinión pública, manifiesta en su Visión Mundial del Agua, plantea que:

    "Tornar al agua disponible para todos a bajos costos, o de forma gratuita, no resulta ser un incentivo correcto para un uso adecuado por parte de los usuarios; los servicios de agua necesitan ser cobrados a todos los que hagan uso de él pues se requiere solventar los costos operacionales y de manutención del suministro, así como los costos de inversión en los usos domésticos e industriales. Que el uso del agua deba tener una contrapartida económica de todos los usuarios no debe significar que los gobiernos dejen de subsidiar esos servicios para la población pobre"(4).

Aquí es claro que el agua debe tener un tratamiento económico con alcance a toda la población que la use, esto es, que necesite de ella; lo que se está promoviendo aquí es la visión del agua como un negocio de todos en tanto, si todos la usamos, todos pagamos por ella; se supone de antemano su tratamiento mercantil.

Otra línea de opinión de la Visión Mundial del Agua del WWC contempla que, para hacer realidad esta Visión, las inversiones en el sector deben crecer, de US $80.000 millones anuales (1996),  donde el sector privado apenas tenía una participación de US $15.000 millones, a US $180.000 millones anuales en los siguientes años, inversiones en las que el sector privado debía tener una participación mayoritaria, y en donde las comunidades locales debían realizar una gran contribución a favor del ahorro de recursos gubernamentales. De este modo se liberarían recursos públicos para préstamos menores, concesiones y subsidios para usuarios con bajo nivel de renta. Por otro lado, el papel del Estado sería la de generar una estructura regulatoria y unas políticas que aseguraran la sustentabilidad financiera del sector privado.

Así pues, imbricado en la consideración del agua como bieneconómico, está el ideal de privatización promovido por elWWC, que buscaba la progresiva retirada del sector público del protagonismo en la gestión para dar paso al sector privado, pero sin el abandono de las obligaciones financieras por parte de aquel. En este sentido, el ideal de privatización buscaría viabilizar, por la vía de subsidios y préstamos, el traspaso de recursos del sector público al privado, fortaleciendo su capacidad financiera. Asimismo, al proponer la extensión del cobro tarifario  a todas las capas y sectores de la sociedad, ampliaría las posibilidades de lucro privado.

Es por esto que el WWC ha sido considerado por algunos autores (Susan, 2010) como un verdadero defensor de la comercialización del agua y como un 'tink tank' de la asociación Público- Privada para la gestión del agua y saneamiento. Además de esto, el WWC es un defensor de los intereses de la industria, por cuanto varias de las compañías manufactureras aportan buena parte de su financiación.  

Estos aspectos característicos de la posición del  WWChan sido ampliamente difundidos en los Foros Mundiales del Agua por él organizados, celebrados trienalmente: el de Marrakech en 1997, el de la Haya en 2000, el de Kyoto en 2003, el de Ciudad de México en 2006 y el de Estambul 2009.

Sobresale especialmente en este sentido el Foro Mundial de Agua de la Haya llevado a cabo en marzo de 2000. Este tuvo como tema de debate la pregunta de: si el agua es esencial para la vida misma, ¿es simplemente una necesidad básica o constituye un derecho humano fundamental?(5) El Foro fue convocado por el BM, por las más importantes transnacionales del agua y por la Asociación Global del Agua (GWP, por sus siglas en inglés), por lo cual la orientación de las discusiones tenía que llevar, de algún modo, a la consideración del agua como necesidad básica.Efectivamente, la Declaración Ministerial que se firmó al cierre del Foro denominaba al agua como necesidad básica(6). Esto, pese a la presión de las diferentes organizaciones civiles y ambientales que propugnaron activamente hacia que el agua fuera reconocida como un derecho humano fundamental. 

Al ser definida como necesidad básica, el agua era introducida en el grupo de las necesidades que pueden satisfacerse a través del mercado, esto es, dentro del universo de las mercancías. Esto, por demás, compaginaría con el discurso (un tanto mesiánico) de las transnacionales por el que se presentaban como gestoras de soluciones a la creciente escasez del recurso, con miras a evitar la posibilidad de una 'crisis global del agua'.

Pero, lo que debe ser cuestionado en este punto es, hasta dónde resulta válida la distinción o, si se quiere, separación entre necesidad y derecho en el caso específico del agua. Asúmase, como lo hace la Declaración Ministerial del Foro Mundial del Agua de La Haya, que el agua es una necesidad básica; ¿Qué clase de necesidad básica es? Teniendo en cuenta lo expuesto en el aparte dedicado al agua como patrimonio vital, debe afirmarse que, en virtud nivel de dependencia orgánica que tiene el humano respecto del agua, (además lo imprescindible que resulta para el desenvolvimiento de las actividades esenciales a la vida), la necesidad del agua es una necesidad vital en sentido biológico(7). De allí que, en muchos contextos o situaciones de acción, esta necesidad vital puede tornarse inmediata.

Evidentemente, no se trata de una necesidad básica tal como lo sería la vestimenta, el calzado, un lugar donde dormir o la energía eléctrica. Tampoco como lo serían, en el tiempo presente, un teléfono móvil o un computador con conexión a internet. Ni siquiera como lo serían ciertos alimentos pues, dado el caso en que no estuvieran disponibles, podrían ser sustituidos por otros que si lo estuvieran, aunque no fueran igual de apetecibles. El agua, en cambio, es insustituible, tanto para las funciones orgánicas, como para los usos cotidianos ligados a la supervivencia. No es, pues, una necesidad básica 'sin más'; es una necesidad vital en sentido biológico.  

Así pues, el discurso que se ha sido delineando a través de las diferentes conferencias y foros mundiales del agua en el escenario internacional, se caracteriza por la integración del reconocimiento de la importancia del agua para la vida en todo sentido, a su entendimiento como bien económico o mercancía. Básicamente, esa integración se plantea en términos de: "el agua es un recurso de importancia vital para las personas y el medio ambiente; existen diversas formas de uso insostenible que están propiciando una escasez creciente en el mundo, por lo tanto el aguadebe entenderse como un bien económico y gestionase como tal. Sin embargo, a la luz de lo explicado en este aparte, esa implicación resulta claramente contradictoria.

Lo que viene a continuación es un examen del argumento de la escasez, tal vez el más utilizado y difundido para justificar, de cara a la posibilidad de una futura 'crisis global del agua', la importancia de gestionar el agua como mercancía en todo el mundo.

LA 'CRISIS GLOBAL' DEL AGUA: EL ARGUMENTO DE LA ESCASEZ

    "¿Cuan escasa es el agua en el mundo? No hay una respuesta sencilla. La escasez de agua puede ser física, económica o institucional y, como el agua misma puede fluctuar en el tiempo y en el espacio. La escasez es, en última instancia, una función de la oferta y la demanda. Pero ambos lados de la ecuación oferta- demanda vienen determinados por opciones políticas y por políticas públicas". (IDH 2006, P. 134)

Este párrafo sintetiza de manera clara el modo como se configura la relación entre escasez y gestión del agua, dando una idea de la significación que la primera tiene dentro de la visión económica, y de cómo la esfera política tiene la posibilidad de determinar el rumbo, o de intervenir en esa gestión, a partir, por ejemplo, de la formulación de políticas públicas. Por lo demás la escasez puede ser de varias clases y tener varios orígenes, no dependiendo exclusivamente de las condiciones naturales, sino también de factores económicos e institucionales relacionados con los modelos de gestión del recurso. Asimismo, tienen un papel central como factores promotores de escasez los niveles de consumo presentes en los diferentes usos del agua al interior de las sociedades.

Como ya se ha visto, la escasez es el argumento para aplicar una valoración económica del agua, como mecanismo para racionar el recurso, y así (según el Orden Económico y el Orden Ambiental internacional), implementar un uso del mismo que propenda por su ahorro y conservación. De acuerdo a eso, la escasez advenida de cualquiera de las circunstancias arriba señaladas, puede convertirse en justificación para avanzar hacia la valoración y tratamiento económico del agua en cualquier contexto. Ahora, resulta pertinente observar con más detalles el aspecto de los niveles de consumo en los diferentes usos del agua efectuados en los países del mundo, para poder determinar cuáles son los usos que conllevan mayores niveles de derroche y contaminación, esto es, que conducen a una mayor escasez.

Hay que partir de que el agua tiene múltiples y muy variados usos entre los que se destacan el industrial, el agropecuario, y el doméstico. El uso dominante de agua en el mundo corresponde al del sector agroindustrial e industrial manufacturero, los cuales se concentran geográficamente en los países desarrollados y en las grandes naciones emergentes como China e India. Esto se explica por la gran demanda de agua en estos sectores, donde es requerida como materia prima o insumo para la producción a gran escala de mercancías. En cuanto al uso doméstico para la satisfacción de las necesidades de supervivencia de las personas, este corresponde a la porción más reducida del uso global del agua.

Tabla No. 1. Consumo Anual de Agua por Sector en los Países del G8

Fuente: AQUASTAT. Disponible en: http://www.fao.org/nr/water/aquastat/data/query/results.html
Adaptado por Germán Villa, de acuerdo a los últimos datos globales disponibles a marzo de 2011.

Tabla No. 2. Consumo anual de agua por sector en los países suramericanos

Fuente: AQUASTAT. Disponible en: http://www.fao.org/nr/water/aquastat/data/query/results.html
Adaptado por Germán Villa, de acuerdo a los últimos datos globales disponibles a marzo de 2011. 

Tabla No. 3. Consumo anual de agua por sector en China e India

Fuente: AQUASTAT. Disponible en: http://www.fao.org/nr/water/aquastat/data/query/results.html
Adaptado por Germán Villa de acuerdo a últimos datos disponibles a marzo de 2011.

En casi todos los países del mundo la sumatoria entre el consumo industrial y el agrícola/agroindustrial (que incluye el uso pecuario o 'ganadero') supera en mucho el volumen del consumo doméstico. Al cotejar la Tabla 1 con las Tablas 2 y 3 se tiene que el uso predominante en los países desarrollados es, en la mayoría de los casos, el uso industrial, mientras que el uso predominante en Suramérica, India y China, es el agrícola/agroindustrial.  De acuerdo a los datos del sistema información AQUASTAT, este último es el uso predominante en el mundo, representando el 70% del total global. El uso industrial corresponde a cerca del 20%, y el doméstico (o 'municipal'), a poco más del 10% del total global. 

Básicamente, el consumo del agua en el mundo se concentra mayormente en los sectores productivos de los países más desarrollados y de las potencias emergentes, lo que demuestra la importancia estratégica del agua para el sostenimiento y reproducción del sistema económico vigente a nivel global. Como se mencionó anteriormente, el uso industrial y agroindustrial es el responsable, no solo del grueso del consumo del agua en el planeta, sino de los niveles de contaminación más altos del agua y de los impactos ambientales más profundos sobre los sistemas hídricos, promoviendo la escasez.  Fácilmente puede deducirse de esto que los mayores niveles de desperdicio, derroche y contaminación no se presentan en el uso doméstico, sino en el nivel productivo de la industria y la agroindustria. De hecho, mientras un habitante de Brasil consume en promedio 190 litros de agua al día, en la producción un automóvil se están empleando 400.000 litros de agua, en la producción de una tonelada de cebada 500.000 litros, en la producción de una tonelada de azúcar 1'800.000 litros y en la producción de una tonelada de caucho sintético 1'400.000 litros de agua(8).

Sin embargo, las campañas propagandísticas y programas ecológicos enfocados a la conservación del agua y el medio ambiente tanto a nivel local como global, son dirigidos la gran mayoría de los casos a los ciudadanos de a pie; poblaciones urbanas y rurales con moderados y/o escasos recursos, y muy pocas veces a las grandes industrias/agroindustrias. De hecho, estos programas de 'alcance doméstico' son concebidos en ocasiones, no con un afán conservacionista, sino con la idea de reducir el consumo básico de la ciudadanía para poder ampliar el consumo de las industrias, consumo que, por demás, se ve beneficiado y estimulado en muchos casos por tarifas subsidiadas, muy inferiores a las aplicadas al uso doméstico.

Esto no quiere decir que no deban adelantarse programas para el ahorro del agua en el consumo doméstico pues, a este nivel también pueden verificarse ciertos grados de desperdicio. La cuestión es que, el consumo doméstico no es el principal responsable de los problemas crónicos de contaminación y derroche del agua en el planeta.

No se requiere llevar a cabo un análisis demasiado profundo para poder afirmar que los agentes económicos y sociales que demandan grandes cantidades de agua para sus actividades productivas, poseen presupuestos y capitales económicos mucho mayores que las grandes masas poblacionales que necesitan del agua para cubrir sus necesidades básicas.

En este escenario, si la valoración económica se presenta como la solución al desperdicio, derroche y contaminación, esto es, promueveel uso racional del recurso, habría que preguntarse si dicho argumento no entraña una contradicción al hacer depender los niveles de consumo de agua, asociados a su vez a unos niveles de contaminación, de la capacidad de pago de los agentes.     

Para que el argumento de la valoración económica funcione debería existir una relación inversa entre los niveles de consumo y la capacidad de pago de los agentes: a mayores recursos económicos, menor volumen de agua consumida y menor contaminación. Sin embargo, una comparación entre los usos del agua, tal como han sido caracterizados anteriormente, permite concluir que esta relación no es inversa sino directa.

De hecho, esto puede ser probado en el nivel del consumo de agua per cápita en el mundo: una comparación entre países con renta per cápita elevaday países con renta per cápita media- baja, baja,permite comprobar que a niveles de renta semejantes, niveles de consumo de agua semejantes. De allí que,  la relación entre renta y consumo de agua per cápita es directamente proporcional, a partir de la comparación entre los distintos niveles o entre países de distinto nivel. La Gráfica no. 1 muestra la mencionada relación comparando 6 países con renta elevada y 6 países con renta media- baja, baja.

Gráfico No. 1. Renta anual y consumo diario de agua per cápita en algunos países desarrollados y en vías de desarrollo

Fuentes: IDH 2002. Disponible en: http://hdr.undp.org/en/media/libro_hdr_entero.pdf
IDH 2006. Disponible en: http://hdr.undp.org/en/media/HDR_2006_ES_Complete.pdf

Con todo, cabe pensar que no exista una conexión necesaria entre los niveles de renta y los niveles de consumo de agua, sin embargo, es claro que la ostentación de una renta elevada permitiría un nivel de consumo de agua elevado. A la inversa, una baja renta o, en general, la carencia de recursos limitaría o imposibilitaría el acceso al recurso. Los parámetros mercantiles impondrían condiciones restrictivas o prohibitivas para el acceso al agua a las personas con escasa renta.

Así pues, con base en los argumentos expuestos en relación a los usos del agua y al consumo de agua por habitante en el mundo, hay que decir que,lo único que promovería la valoración económica y mercantilización del recurso sería la concentración de los derechos de acceso, uso y control del agua en manos de los agentes económicos y sociales con más capital y recursos. Como se observó un poco más arriba, los grandes aparatos de producción industrial y agroindustrial son, de lejos, los grandes consumidores del agua del mundo, a la vez que poseen una capacidad económica mucho mayor para poder acceder al agua frente a las capas sociales que la requieren para el cubrimiento de sus necesidades básicas, para la agricultura de subsistencia o para los pequeños sistemas de producción. Téngase en cuenta que lo grandes aparatos productivos son, por demás, los principales responsables de los niveles más altos de desperdicio y contaminación del agua: a medida que aumentan los recursos para costear el consumo de agua, la prerrogativa del uso moderado y preservación de la calidad se va tornando cada vez más irrelevante ya que, ante cualquier circunstancia de escasez, los recursos económicos permitirían acceder al agua disponible.

En fin, la lógica económica implica una relación directamente proporcional entre capital económico- volumen de consumo- niveles de desperdicio y contaminación. Además, en gran parte del mundo, la agroindustria y la industria manufacturera se ven beneficiadas con subsidios y bajos precios para su consumo de agua y energía, como resultado de diversos programas y políticas de incentivo al desarrollo económico. Esto representa una ventaja añadida. 

El problema de la escasez se presenta, entonces, bajo la forma de un círculo vicioso: los patrones de consumo de agua desarrollados por el modelo de producción capitalista conllevan un progresivo deterioro y encarecimiento del recurso, esto es escasez, que a su vez sirve de argumento para la valoración económica y la mercantilización del agua. Esto último implica poner el recurso en manos de los agentes con mayor capital, permitiéndoles el acceso, uso y, en el caso de las grandes corporaciones del agua, el control del líquido. Finalmente, estos agentes usarán el agua de acuerdo a los patrones del modelo de producción capitalista, promoviendo, de nueva cuenta, la escasez.

LA PRIVATIZACIÓN DEL AGUA: UN PROBLEMA GLOBAL

¿Qué significa privatizar el agua? básicamente, significa introducirla en el ámbito privado de decisión y acción de un agente económico, llámese empresa, concesionaria o consorcio; es otorgarle el derecho exclusivo de disponer del agua de acuerdo a sus fines y objetivos particulares que, en el caso de la empresa capitalista, están alineados con el principio de maximización de beneficios.

En la medida en que una empresa adquiere los derechos sobre el agua, dígase, en una ciudad, las necesidades vitales de la población de esta ciudad pasan a sujetarse a las estrategias de maximización de la empresa. En este sentido, el control monopolístico del agua en la ciudad le confiere a la empresa privada poder sobre la vida de la ciudadanía. 

Si se afirma, en la línea de la O.G. No. 15 del CDESC, que la satisfacción del derecho humano al agua es condición de posibilidad para la realización de los demás derechos humanos, entonces hay que decir que la privatización del agua constituye la enajenación de un derecho humano fundamental a la esfera de la libertad de acción y elección de los agentes económicos: las condiciones, nivel y posibilidad misma de satisfacción de este derecho pasan a estar determinadas principalmente por las tarifas que establece la empresa privada. En otras palabras, se tiene derecho al agua, siempre y cuando se pueda pagar por él.

Con todo, el derecho de concesión no es un derecho propio o 'per se' de las empresas privadas; este derecho es otorgado por el Estado o las autoridades gubernamentales locales. De allí que, la responsabilidad inicial por los impactos sociales y ambientales que trae consigo la privatización del agua en un contexto local, es de las autoridades políticas; he ahí la dimensión concretamente política del problema de la privatización. En este sentido, las discusiones y debates relativos a la responsabilidad política de los Estados y a la voluntad política que debe existir en las instituciones gubernamentales frente a las demandas sociales y ambientales sobre el agua, resultan cada vez más urgentes de ser realizadas.

Siendo esto así, ¿Cómo es que el modelo de gestión privada del agua ha alcanzado aceptación y difusión en el mundo? aquí entran a jugar un papel fundamental los discursos que asocian privatización a modernización y desarrollo, así como los que defienden el tratamiento económico del agua como solución a su uso insostenible. Estos discursos se construyen y promueven, sobre todo, desde el plano internacional, y se encaminan a la formación de una opinión afín con el paradigma económico en las sociedades del mundo.

Los argumentos erigidos por Organizaciones como la OMC o el WWC a favor de la privatización de los servicios de agua, que su vez han sido adoptados por múltiples actores económicos, políticos y sociales alrededor del mundo,  pueden sintetizarse de la siguiente manera: 1) las empresas públicas son inherentemente ineficientes, mientras las empresas privadas son naturalmente eficientes; 2) el sector público no tiene la capacidad financiera para realizar las inversiones requeridas para el mantenimiento y expansión de la infraestructura, y que la privatización es la solución a ese problema ya que las empresas privadas pueden reemplazar al Estado en esa función; 3) la privatización es el mejor método para extender los servicios a la población no atendida, contribuyendo a reducir la desigualdad social (Castro, 2009). 

Pero, ¿Son estos argumentos validados por la experiencia?

Lo que muestran diversas investigaciones es que estos argumentos se desvirtúan ante las innumerables situaciones problemáticas que acarrea el modelo de gestión privada de los servicios de agua y saneamiento alrededor del mundo. 

Según informes de organizaciones como el PSIRU y Public Citizen (Hall, 2001), es común encontrar que las concesionarias privadas, buscando reducir sus costos de operación, efectúen inversiones por montos inferiores a los estipulados en los contratos de concesión, lo que se traduce en niveles de cobertura y calidad inferiores en la prestación de los servicios y, consiguientemente, en el incumplimiento de las metas establecidas contractualmente. En la práctica, la disminución de los niveles de cobertura puede acarrear desabastecimientode agua y ausencia de saneamiento para una parte importante de la población de las ciudades donde operan las concesionarias.

La desinversión privada ha podido corroborarse en el caso de la concesionaria Aguas de Limeira perteneciente a Suez, que opera los servicios de agua y saneamiento en la ciudad de Limeira, estado de São Paulo (Brasil): de los R$ 36 millones estipulados contractualmente a ser invertidos entre 1994- 1999, solo se invirtieron R$ 18 millones. Esto también ha podido corroborarse en el caso de la concesionaria Aguas Argentinas operada por un consorcio en el que Suez tenía participación mayoritaria (39,93%): en sus tres primeros años de funcionamiento (1993- 1996) la desinversión acumulada fue de $ 300 millones (pesos argentinos), 45% del total estipulado en el contrato. Junto a estos puede citarse también el caso de Manaos: mientras la compañía estatal COSAMA invirtió en sus últimos tres años de operaciones poco más de R$ 84 millones en los servicios agua y saneamiento, la concesionaria privada Aguas del Amazonas, subsidiaria del Grupo Suez invirtió apenas R$ 41 millones aproximadamente.

De acuerdo a las características del contexto urbano- geográfico en que se adelante la gestión privada de los servicios de agua y saneamiento, la desinversión puede llegar a tener impactos ambientales de consideración, por la falta de un adecuado sistema de saneamiento, así como efectos negativos en la salud de las personas por la misma razón, pero también por la calidad deficiente del agua que consumen.

Entre los diversos ejemplos que pueden citarse para el caso de los impactos ambientales de la desinversión está el de la empresa Uragua, subsidiaria de Suez,que prestó hasta 2005 los servicios de agua y saneamiento en el departamento de Maldonado, Uruguay: por falta de inversión en el sistema de saneamiento, la empresa estuvo vertiendo durante largo tiempo aguas residuales sin ningún tipo de tratamiento en la bahía de Punta del Este, lo que redundó en perjuicio de la oferta turística de la ciudad. Además de esto, también pudo verificarse una deficiente potabilización del agua suministrada: autoridades de la División de Saneamiento de la Dirección de Ambiente constataron la presencia de coliformes (Escherichia coli) en el agua distribuida por la empresa(9).

Otro ejemplo de calidad deficiente del agua suministrada es el caso de la Northumbrian Water, subsidiaria de Suez que opera en Inglaterra y Gales: el Servicio de Inspección de Agua potable de Gran Bretaña, anunció en 1999 que la empresa tenía el segundo peor desempeño operativo de la isla, debido principalmente a la mala calidad del agua suministrada, la cual contenía altas densidades de hierro y manganeso (Barlow y Clarke 2004).

Citando nuevamente el caso de Manaos, con la privatización se ha hecho aún más precario el sistema de saneamiento de la ciudad, debido a la desinversión por parte de Aguas del Amazonas; esto ha conllevado que las aguas residuales de las fosas sépticas se filtren hacia los pozos artesianos de los que 1/3 de la población de la ciudad extrae agua para su consumo, en ausencia de red de suministro. Así, 1/3 de la población de la ciudad consume agua sin ninguna clase de tratamiento y con significativos niveles de contaminación. Igualmente, un importante volumen de aguas servidas es evacuado hacia los riachuelos que circundan la ciudad sin tratamiento alguno, lo que tiene significativos impactos ambientales.

Asimismo, las concesionarias llevan a cabo recortes de personal para conseguir un ahorro por concepto de salarios y prestaciones casi siempre al inicio de la concesión. Muchas veces los empleados salen de las empresas sin recibir una indemnización justa o sin recibir indemnización alguna, lo que contribuye a la precarización de sus condiciones de vida y al aumento del desempleo en las ciudades donde los servicios son privatizados.

Con la privatización de los servicios en Buenos Aires, serían despedidos alrededor de 3.600 trabajadores de los 7.600 que trabajaban en la ciudad con la empresa estatal Obras Sanitarias de la Nación. La mayoría se acogieron al plan de salida voluntaria que financiaron conjuntamente el gobierno argentino y la empresa Aguas Argentinas. En el caso de la privatización del Sistema Metropolitano de Agua y Alcantarillado (MWSS, por sus siglas en inglés) de Manila, en 1997, cerca de la mitad de los 7.400 empleados de la estatal saldrían de manera voluntaria o involuntaria (ESTIMO 2007). Cabe mencionar que esta concesión sería manejada por los consorcios Maynilad Water Services, en el que la Suez/Ondeo tendría participación mayoritaria, y por el Manila Water Co. En el que participa la norteamericana Bechtel, ya conocida por su figuración en la llamada 'guerra del agua' en Cochabamba, Bolivia. En el caso de Manaos, en el 2000, año en el que se llevaría a cabo la privatización, el número de empleados de la compañía de agua y saneamiento descendió de 1124 a 256. Vale resaltar que en el período 1997- 2001 salieron de la compañía 1244 empleados.

Como parte de su estrategia de maximización del beneficio, las concesionarias privadas incrementan, en la medida en que se lo permitan las estipulaciones contractuales y los parámetros regulatorios, las tarifas de los servicios progresivamente, con el fin de captar mayores niveles de lucro por este concepto. De suyo, el aumento recurrente y ostensible de las tarifas implica un encarecimiento del acceso al agua para las clases con modestos recursos y, de hecho, se convierte en una barrera prohibitiva para las poblaciones más pobres; en cualquier caso contribuye a la pauperización de gran parte de la sociedad, ya que las personas están obligadas a destinar porcentajes cada vez más altos de sus ingresos a cubrir sus necesidades del recurso vital. En este escenario, el agua potable empieza a ser percibida por las capas vulnerables de la sociedad como una comodidad ("commodity"), o como un lujo. Así, el agua potable pasa a convertirse en un factor de segregación social, entrando a reforzar la línea que separa riqueza de pobreza.

Con la privatización de los servicios de agua y saneamiento en Manaos las tarifas de los servicios llegaron a ser las más altas de la región amazónica brasileña y, a nivel nacional, llegaron a ser más altas que las tarifas de ciudades como São Paulo, Rio de Janeiro o Brasilia. En el mismo sentido pueden destacarse los casos de las concesionarias Aguas Argentinas en Buenos Aires, el de United Water en Atlanta, el de Manyland Water en Manila, el de PAM Jaya en Yakarta, y el de Aguas de Limeira  en Limeira, Brasil. Estos ejemplos son citados sólo para aludir a las concesionarias manejadas por subsidiarias de Suez o por consorcios en los que el grupo ha tenido participación mayoritaria. Por supuesto, pueden citarse aquí muchos otros ejemplos.

Auspiciadas por las Organizaciones Económicas Multilaterales, cuyas directrices han creado un marco global de presión sobre las instancias de control y regulación política del agua, y con él, un escenario de oportunidades y ventajas estratégicas para su actuación, las transnacionales del agua han recurrido a diversos mecanismos para garantizar la obtención de sus utilidades privadas. En lo que se refiere al financiamiento para la adquisición de las concesiones y para las operaciones e inversiones, las concesionarias acuden como fuente de financiamiento a fondos públicos a través de préstamos de instituciones financieras del ámbito nacional. Un ejemplo sobresaliente es el de la empresa Aguas del Amazonas que ha obtenido préstamos del Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES) de Brasil, tanto para acceder a la concesión de los servicios de agua y saneamiento en Manaos, como para desarrollar sus operaciones.

Igualmente, existen una serie de medidas proteccionistas del interés de las transnacionales promovidas desde el orden económico internacional, gracias a las cuales estas empresas tienen ventajas de entrada y de salida: de entrada porque las reglas del comercio internacional permiten la eliminación de las barreras de entrada cuando resultan demasiado onerosas para las empresas, facilitando su entrada a los contextos nacionales y, de salida, porque muchos contratos de concesión son firmados con garantías específicas de rentabilidad para las empresas, en caso de colapso o cierre de la concesión; en condiciones de lucro cesante, las empresas pueden demandar a los Estados y pedir indemnizaciones por beneficios futuros previstos. El mejor ejemplo en este caso es el de Aguas del Tunari, concesionaria de la Norteamericana Bechtel en Cochabamba. Con la cancelación del contrato por parte del gobierno boliviano, Bechtel presento en 2001 una demanda contra este ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI)(10), institución arbitral del BM, por US$ 25 millones. No obstante, la demanda fue retirada en 2006, debido a la presión ejercida por campañas civiles internacionales.

Otra estrategia implementada por las transnacionales del agua, enfocada a la concentración del capital dentro de los grupos, consiste en la contratación entre subsidiarias del mismo grupo o, Autocontratación. Así, por ejemplo, la concesionaria EMOS en Santiago de Chile, propiedad de la Suez, celebró un gigantesco contrato para la construcción de la planta de tratamiento de aguas servidas la farfana con la Degremont, también subsidiaria de Suez, por un valor de US$ 315 millones.

Finalmente, el recurso a la renegociación del contrato es utilizado por muchas concesionarias para reajustar sus metas contractuales, para reformular los términos y condiciones de la prestación de los servicios, y para modificar los parámetros de los cobros tarifarios. Ejemplos de renegociación de contratos los proporciona la actuación de Suez en Argentina: sus concesiones en Buenos Aires, Santa Fe y Córdoba tuvieron renegociación contractual.

Como se mencionó anteriormente, pueden encontrarse muchos otros ejemplos de cada uno de estos aspectos, aparte de los citados.    

Ahora, el objeto de mencionar estas situaciones problemáticas presentando algunos ejemplos de cada una ellas es demostrar que, al presentarse con regularidad, tales no pueden ser vistas como fortuitas o accidentales; no son meros particulares: responden a una lógica, la lógica económica de maximización de beneficios y minimización de costos,  aplicada a la gestión del agua.

Vale resaltar que, si se toma de un lado el principio de maximización del beneficio y, de otro, el principio de necesidad vital inherente a la relación entre agua y vida y se los convierte en premisas generales de un mismo razonamiento (lógica del negocio del agua), se tendría que los problemas asociados a la privatización son, en su forma general, deducibles de tales premisas. 

En este sentido, cuando aquí se considera la privatización del agua como un problema; como algo inconveniente para la sociedad y el medio ambiente,no se lo hace como resultado 'a posteriori' de un proceso de generalización inductiva basado en la observación de casos concretos;  es el resultado deductivode contrastar la lógica de la acción económica con la importancia fundamental que tiene el agua para la conservación de la vida en todas sus formas.

A PROPÓSITO DEL CASO COLOMBIANO

A propósito de la gestión del agua en el contexto nacional de los años recientes, cabe destacar algunos hechos importantes: la reglamentación de los Planes Departamentales de Agua (PDA) mediante el Decreto 3.200 de 2008, de la Presidencia de la República, durante el segundo gobierno de Álvaro Uribe y la negativa de la Cámara de Representantes del Congreso a aprobar el Referendo por el Derecho Humano al agua en Colombia, importante iniciativa popular adelantada en los años 2008-2010.

Hablando de los PDA, el encabezado del decreto 3.200 de 2008(11) que los reglamenta, reza así: "Por el cual se dictan normas sobre Planes Departamentales para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento y se dictan otras disposiciones". Luego, dentro de sus objetivos, los cuales se hallan enunciados en el Artículo 3, se encuentran "Promover estructuras operativas que generen economías de escala en la formulación e implementación de los PDA"; Fomentar y consolidar esquemas regionales buscando economías de escala en la prestación de los servicios; Promover y consolidar procesos de transformación empresarial y fortalecimiento institucional, y; facilitar el acceso a esquemas eficientes de financiación para el sector. Si se observa la formulación del encabezado del decreto y de los mencionados objetivos atendiendo, sobre todo, al carácter empresarial que se promueve para la gestión y a la definición de 'economía de escala', se encuentra que desde su enunciación misma, los PDA están encaminados a impulsar el manejo del agua dentro de los parámetros de su consideración como mercancía, esto es, buscan la privatización de los servicios de agua y saneamiento, delegando las negociaciones al nivel departamental.

En concordancia con estos lineamientos en las políticas de agua del gobierno Uribe, a todas luces, encaminados a implementar unos instrumentos de gestión económica del líquido, nos encontramos con la negativa de la Cámara de Representantes del Congreso, en su sesión del 18 de mayo de 2010, a aprobar el referendo por el Derecho Humano al Agua, iniciativa popular que logró posicionarse en la agenda del congreso gracias a las 2'039.812 firmas de respaldo, avaladas por la Registraduría Nacional. El referendo no solo fue negado, sino que sufrió 18 modificaciones importantes que alteraron sustancialmente su planteamiento inicial; de continuar su debate en las instancias legislativas, este se realizaría sobre la base de un texto en mucho diferente a lo que propuso la iniciativa popular.

Y, ¿Qué ha sido de los Planes Departamentales de Agua?

El 18 de noviembre de 2011, la ministra del MAVDT Beatriz Uribe anunció el fin de los PDA, afirmando que estos habían caído en la burocracia y la corrupción. De cara a esto afirmó la necesidad de buscar estrategias y mecanismos para mejorar la prestación del servicio de agua en Colombia, los cuales, auguró, se implementarían a partir de la entrada al país de operadores privados, al ser estos, según ella, quienes tienen la capacidad de operar los servicios de agua de manera sostenible(12). Por supuesto, ya se ha hablado bastante aquí de las características de la gestión privada del agua y de sus implicaciones sociales y ambientales.

Resulta digno de cuestionamiento que, mientras se agudizan las crisis invernales en Colombia por efecto de la alteración en del ciclo hídrico del planeta, crisis que traen consigo la paradoja de la escasez de agua potable para las poblaciones mientras el país naufraga en una sobreabundancia de lluvias e inundaciones, se vean truncadas alternativas como la del referendo por el Derecho Humano al Agua y se le siga apostando a los modelos de gestión del agua como un bien económico y a la privatización. Al parecer, lo que el gobierno está viendo con todo el desastre derivado de las olas invernales, es una oportunidad de negocio.

CONSIDERACIONES FINALES

Podemos preguntarnos: si el agua es entendida por todos como una mercancía y se extiende su privatización por todo el mundo ¿tenemos otra posibilidad por fuera del mercado del agua?

Como ya se ha dicho, el agua es un ente natural necesario para la conservación de la vida humana. Por eso, su mercado sería permanente, no sujeto a caídas en la demanda, sino al contrario: el número de potenciales consumidores sería idéntico al número de personas en la tierra, y este aumentaría a la par con el aumento de la población mundial. A esto debe sumarse que el crecimiento de la agroindustria y de la actividad industrial en general, potenciado por la reivindicación del derecho al desarrollo por parte de los países no industrializados, conllevaría un aumento vertiginoso en la demanda.

La necesidad vital de agua no puede satisfacerse con otro producto, salvo que éste mismo contenga agua, o por otro medio, salvo que ese medio le proporcione agua al organismo; el agua es insustituible. Por eso, al introducirla en el mercado, las personas no serían libres de escoger entre ella y otro producto para satisfacer la misma necesidad; no podrían prescindir de ella en ningún momento. En el mercado se puede escoger entre diferentes productos para satisfacer una misma necesidad, pero la necesidad de agua que, por demás, es vital (biológica y doméstica, como se vio en el aparte anterior) no puede satisfacerse sino con ella. Por eso, la persona en tanto 'consumidor' estaría atrapado por el mercado y no tendría 'salida'. Esto le garantizaría al agente privado encargado del suministro seguir recibiendo ingresos por el agua suministrada, o el derecho a privar del suministro del líquido a quien no pagase por él como, en efecto, podemos constatar en la realidad. En este escenario ¿Qué futuro nos espera si la visión del agua como bien económico se extiende por todas partes y a todos los niveles?

Sea cual sea la respuesta de esto, lo importante es tener en cuenta que el destino del agua y de las especies vivas, tanto a nivel local como global, me permito repetirlo, una responsabilidad política. Por eso debemos cuestionarnos por la pertinencia de los modelos de racionalidad con que debe entenderse y gestionarse el agua en el mundo pues bien puede ser que la racionalidad económica y en general la racionalidad que entienden a la naturaleza como una realidad externa que hay que dominar para obtener de ella su utilidad posible, deba ser fuertemente revaluada.

Una formulación en este sentido, con la que bien se puede resumir el problema subyacente a la gestión económica de los recursos vitales, incluyendo, por supuesto, al agua, muy en boga en la actualidad, la planteó M. Foucault hace ya varias décadas: 
...lo que se podría llamar "umbral de modernidad biológica" de una sociedad se sitúa en el momento en que la especie entra como apuesta del juego en sus propias estrategias políticas. Durante milenios, el hombre siguió siendo lo que era para Aristóteles: un animal viviente y además capaz de una existencia política; el hombre moderno es un animal en cuya política está puesta en entre dicho su vida de ser viviente. (Foucault 2003, P. 173)

Según las IFI y la OMC no existe un debate en torno a si el agua es un derecho o una mercancía; no existe algo así como una 'guerra de paradigmas' del agua. Para estas Organizaciones la opinión normal y comúnmente aceptada por el mundo, es que el agua es un bien económico, una mercancía o commodity. El WWC y los Foros Mundiales del Agua han trabajado activamente en la difusión de esa opinión. El argumento falaz que le han hecho creer a gran parte de la población del planeta es que si el agua es un recurso vital, valioso e irremplazable, entonces debe gestionarse como una mercancía y ser cobrado en todos sus usos. 

Por eso, antes que nada se debe buscar el modo de hacer ver al mundo que el debate en torno a, si el agua es un patrimonio vital o un bien económico, no está, ni mucho menos, clausurado y que resulta apremiante participar en este debate y extenderlo a todas las sociedades. En fin, la guerra de paradigmas debe alcanzar visibilidad social por todo el mundo.  

Sobre esta base, la propuesta que aquí se plantea en el orden conceptual es la de profundizar en la discusión sobre el carácter de necesidad vital que tiene el agua para la ciudadanía y para las especies: la problemática global (humana y ambiental) del agua no podrá abordarse adecuadamente al interior de la esfera de la libertad racional, fundamento de la deliberación política, sino a partir del reconocimiento de la pertenencia conjunta de humanos y especies a la esfera de la necesidad biológica. Así pues, antes de llevarse al plano de lo público, la discusión sobre el agua debe desarrollarse a profundidad en el plano de lo vital.

A partir de esta discusión será posible la reivindicación o el retorno al paradigma del agua como patrimonio vital, lo que permitiría justificar sólidamente su consideración como un derecho humano. Este entendimiento conllevaría el paso de la aceptación de la libertad individual de maximización de beneficios como objetivo de la gestión del agua, al reconocimiento de la necesidad universal como fundamento de una gestión del recurso encaminada a la satisfacción de las necesidades humanas y también a la conservación de la biodiversidad del planeta.  

Lo anterior conduce a una propuesta política, en la institucionalización de una gestión pública o estatal del agua y en la inadmisibilidad de la gestión privada, como primer paso para la consecución de una buena gestión. Para lograr esto, se debe reconducir el control del agua a la esfera pública en el caso de los servicios concedidos a empresas privadas y, en el caso de los servicios que aún no han sido privatizados, conseguir que la gestión se mantenga en manos de los entes estatales.

La gestión pública no es una condición suficiente pero si totalmente necesaria para una adecuada gestión del agua: con ello se abre la posibilidad de implementar en la gestión una lógica distinta a la del beneficio privado; se abre la posibilidad de avanzar en la conformación de espacios de educación, participación y decisión ciudadana en lo que respecta a los destinos del agua en los diferentes niveles de la territorialidad. Por este camino la ciudadanía puede llegar a tener voz y voto en los destinos del agua, lo que representa una gran ventaja frente al control privado, que solo permitiría a las personas sustituir el agua por otro 'producto'; sólo les permitiría salir del mercado. Asimismo, sería posible avanzar hacia la construcción de mecanismos de control social que impidan el ejercicio autárquico de los derechos sobre el agua por parte de los entes políticos que lo detentan en representación o en nombre de la ciudadanía.    

En conclusión, el agua debe convertirse en un límite empírico a la expansión de la racionalidad económica del capitalismo y del biopoder que lo ha hecho posible y lo sostiene. Ciertamente, si el acceso a la cantidad de agua potable necesaria para la vida no es un derecho humano, entonces, ¿cómo se define; cual es el 'contenido' del derecho a la vida?; si la finalidad esencial del Estado y de las instituciones políticas no es garantizar las condiciones mínimas para preservar la vida de los ciudadanos ¿cuál es la razón de ser del Estado y de las instituciones políticas?

Si no avanzamos, tanto local como globalmente en la reivindicación y en la exigencia del Derecho Humano al agua y de una gestión consecuente con las necesidades sociales y ambientales sobre el recurso, nos acercaremos indefectiblemente hacia una profundización e intensificación de las guerras del agua y las condiciones de pobreza de las poblaciones sin acceso a ella se agravarán por todo el mundo.


COMENTARIOS

1. Si bien el término patrimonio puede aludir a una significación de propiedad, su uso resulta válido en la medida en que su pertenencia es atribuiría a la vida como universal, lo que elimina cualquier posibilidad de propiedad o derecho privado del agua. No obstante, constituye una tarea loable además de urgente, avanzar hacia la construcción de un nuevo lenguaje para hablar del agua que haga justicia a su carácter de derecho y necesidad vital.

2. Instituciones de Justiniano 2.1.1. La alusión se encuentra en: Shiva, Vandana: Las Guerras del agua. Contaminación privatización y lucro. Siglo XXI Editores. Primera edición en español. México 2003.

3. Fuente: http://www.wmo.int/pages/prog/hwrp/documents/espanol/icwedecs.html

4. Tomado de: Ribeiro, Wagner C.: Geografia Política da Água. Ed. Annablume. São Paulo, 2008. P. 91, citando el World Water Council, 2000: XXIV.

5. Formulación tomada de: Barlow, Maude y Tony Clarke: Oro azul: las multinacionales y el robo organizado de agua en el mundo. Ed. Paidós, Barcelona 2004. Traducción del Inglés de Isidro Arias. P. 133.

6. Fuente: http://www.ubp.edu.ar/todoambiente/publicaciones/pdf_terra/declaracion_ministerial_haya_seguridad.pdf 

7. Bien valga la redundancia para precisar el sentido de la expresión vital, de cara a las diversas interpretaciones que se pueden dar de esta en diferentes contextos semánticos.

8. Fuente: http://alainet.org/active/14266&lang=es  

9. Fuente: http://www.desdeabajo.info/index.php/ediciones/131-edicion-108/405-el-referendo-contra-la-privatizacion-del-agua-uruguay-triunfo-ejemplificante.html

10. Como una de las instituciones arbitrales del comercio internacional, el CIADI ha sido criticado por sus bases jurídicas en la solución de las diferencias, ya que sólo toma en cuenta los tratados bilaterales de protección de inversiones (TBI's) y el Convenio de Washington de 1966, desconociendo otras instancias normativas como las provenientes de las Constituciones Políticas de los Estados, o del Derecho Internacional Público, muchas de ellas fundadas en los Derechos Humanos.

11. Fuente: http://www.espb.gov.co/attachments/article/207/decreto%20_3200_de_2008%20(1).pdf 

12. Urrea, Danilo: Fin de los Planes Departamentales de Agua, continuidad de la privatización directa. Disponible en: http://censat.org/articulos/10024-analisis/10359-fin-de-los-planes-departamentales-del-agua-continuidad-de-la-privatizacion-directa?format=pdf


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