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Análisis Político

Print version ISSN 0121-4705

anal.polit. vol.31 no.93 Bogotá May/Aug. 2018

https://doi.org/10.15446/anpol.v31n93.75623 

DOSSIER

LA TRIDIMENSIONALIDAD DE LA VÍCTIMA:UN ANÁLISIS DEL DISCURSO EN EL PROCESO DE TRANSICIÓN COLOMBIANO*

THREE DIMENSIONS OF THE VICTIM FIGURE:AN ANALYSIS OF DISCOURSE IN THE COLOMBIAN TRANSITION PROCESS

Liza López Aristizábal **  

Freddy A. Guerrero ***  

** Magíster en Derechos Humanos y Cultura de Paz de la Pontificia Universidad Javeriana (Cali, Colombia). Investigadora del Grupo de Investigación Derecho, Sociedad y Estado de la Universidad del Valle (Cali, Colombia). Correo electrónico: lopez.liza@correounivalle.edu.co

*** Magíster en Estudios Políticos y docente del Departamento de Ciencias Sociales de la Pontificia Universidad Javeriana (Cali, Colombia). Investigador de la línea de investigación Memoria, ruralidades y convivencia del Grupo de Investigación Bienestar, Trabajo, Cultura y Sociedad (Bitacus). Correo electrónico: faguerrero@javerianacali.edu.co


RESUMEN

El artículo recoge la reflexión sobre la configuración de la víctima como uno de los problemas más sensibles en la contemporaneidad, considerando para el análisis los procesos de transicionalidad más tardíos en el caso colombiano. Para lo anterior se recurre a analizar el tercer momento de inflexión de la justicia transicional (JT) en Colombia y que se refiere al proceso de acuerdo entre el Estado colombiano y el grupo guerrillero FARC-EP, escenario que hace emerger diferentes posiciones sociales, políticas y jurídicas que conforman la figura de la víctima como un resultado de tensiones, a su vez de consensos y negociaciones entre los discursos que despliegan, en concordancia con el institucionalismo discursivo, ideas tanto cognitivas como normativas de diversos actores involucrados en los procesos de JT.

Palabras clave: víctimas; discurso; justicia transicional; ideas cognitivas; ideas normativas.

ABSTRACT

The article reflects on the configuration of the victim as one of the most sensitive problems in contemporary times, considering for the analysis the later transitional processes in the Colombian case. The third period of inflection of transitional justice (TJ) in Colombia, which refers to the process of agreement between the Colombian State and the FARC-EP guerrilla group, is analysed. This scenario makes different social, political and legal positions emerge that make up the figure of the victim as a result of tensions, as well as consensus and negotiations between the discourses that display, in accordance with discourse institutionalism, both cognitive and normative ideas of different actors involved in the TJ processes.

Keywords: victims; discourse,transitional justice; cognitive ideas; normative ideas

INTRODUCCIÓN

El discurso sobre la víctima se configura según una trama de fuerzas por la que confluyen y bifurcan ideas que disponen de justificaciones jurídicas, sociales y políticas para posicionarse como hegemónicas o contestatarias en el debate público, pero también, para dotar de identidad a una víctima en construcción y confrontación social que es permeada por las especificidades del contexto, de acuerdo con un proceso interpretativo desde la sociedad civil organizada.

Si bien, Colombia se encuentra en un proceso de justicia transicional (JT) sin transición definitiva por la dinámica de relaciones violentas de grupos ilegales que continúan produciendo más y más víctimas -a pesar del Acuerdo de Paz negociado con la guerrilla que fuese la más antigua del continente-, también es cierto que se requiere una interpretación adecuada ante este panorama, lo que exige un mayor esfuerzo interdisciplinar, multidisciplinar y transdisciplinar para aproximarnos a las complejidades que ha suscitado la noción de víctima a través de discursos caracterizados por poseer tiempos, agentes e intencionalidades diversas.

Para avanzar en este esfuerzo interpretativo, el texto desarrolla el siguiente esquema: un primer apartado que esboza un panorama vinculado con tres momentos de inflexión, asumidos en esta investigación como hitos en los procesos de transicionalidad en los que la figura de la víctima aparece como central. El segundo apartado rastrea enfoques históricos y jurídicos que despliegan un aporte significativo en la construcción de la víctima actual; y aborda el punto de vista teórico de la dupla víctimas y discurso desde la teoría social constructivista del politólogo Alexander Wendt. La tercera sección explicará la aproximación metodológica de la investigación, a partir del enfoque del institucionalismo discursivo con referencia a Vivien Schmidt. La cuarta construye una caracterización de los discursos sobre la figura de la víctima desde los actores sociales representativos: Naciones Unidas, víctimas, actores-parte de la negociación política, actores institucionales de oposición y la ONG internacional Human Rights Watch (HRW). Finalmente se exponen las conclusiones, las cuales pretenden dar un recuento de los hallazgos recogidos durante la investigación.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

La puesta en conexión entre la figura de la víctima y los elementos constitutivos de la JT dotan a ésta de una importancia sin precedentes históricos. La víctima, en sí misma, se ha dispuesto alrededor de múltiples discursos jurídicos, políticos y sociales que no escapan de la tensión, impugnación y conflicto.

La JT es definida como una respuesta de justicia que puede adoptar distintas formas y abarca un cúmulo de medidas judiciales y políticas desarrolladas para superar un régimen de violaciones graves, sistemáticas y generalizadas de derechos humanos, mediante el reconocimiento de las víctimas como sujetos de derecho y el establecimiento institucional de las garantías de no repetición (ICTJ, 2014). Dentro de las “tecnologías políticas de la JT” (Jiménez y Múnera, 2007) se encuentran las comisiones de la verdad, los procesos judiciales y los mecanismos de reparación y reconciliación, acompañados de un paquete de reformas institucionales que tienden a normalizar la excepción (Teitel, 2003).

No obstante, el escenario de la transición se complejiza al incorporar los derechos de las víctimas como lineamientos para la reconciliación social y en paralelo negociar la paz mediante un acuerdo político que incentive a los agentes-victimarios a dejar atrás un pasado de barbarie.

Colombia entra por completo en el ámbito de la JT al elevarla a rango constitucional con la promulgación del Marco Jurídico para la Paz de 2012, como hoja de ruta que le da forma jurídica al uso de los instrumentos judiciales y políticos en el marco de un acuerdo de paz en la negociación con el grupo armado ilegal de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP).

Sin embargo, las medidas de JT y su articulación con la categoría de la víctima son potentes dispositivos de interpretación, al poner en circulación significados y representaciones que desde el discurso del derecho internacional de los derechos humanos delimitan el modo de gestionar la resolución de los conflictos (Gómez, 2013).

Al respecto, tres momentos de inflexión se constituyen en “tramas cronológicas” (Uribe, 2008) que dieron origen a la configuración de la víctima en Colombia. Dicho proceso se demarca por narrativas, tensiones y batallas discursivas que se articulan en torno a la categoría normativa de la víctima en el país. El primer momento de inflexión se define como el del “surgimiento normativo del concepto”, aparece con la promulgación de la ley 975/2005 o Ley de Justicia y Paz, que estableció la primera denominación oficial sobre la figura de la víctima, reconociendo sus derechos a la verdad, justicia y reparación, así como el deber del Estado de sancionar delitos de suma gravedad perpetrados por los grupos paramilitares.

El segundo momento de inflexión que se podría definir como “la apropiación de la categoría desde la perspectiva local”, se caracteriza por la cristalización de la ley 1448/2011 o Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, en cuyo proceso se exigieron representaciones sobre las víctimas más cercanas al contexto sociopolítico colombiano y a los enfoques diferenciales. En adelante, se consolida un proceso reivindicativo -desde la resistencia y expresión del movimiento social- sobre una definición ampliada de la víctima, a través de una perspectiva “desde abajo” que posibilitó una participación más activa de organizaciones defensoras de derechos humanos y que a partir de la alianza con un grupo de legisladores, hizo emerger un diálogo sensible a las demandas de las víctimas, desde la sociedad civil organizada.

El tercer momento de inflexión que podría llamarse “institucionalización y reconocimiento político de la víctima”, es justamente en el que nos encontramos en la actual coyuntura y quedó establecido en el “Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera” entre el Gobierno nacional y las FARC-EP que inició formalmente el 26 de agosto de 2012. En este escenario, son el Gobierno y las FARC-EP, como protagonistas de las dinámicas de la violencia política, quienes recurren al proceso de negociación bilateral para consensuar una figura de la víctima y el alcance de sus derechos desde sus recursos, intereses e identidades. No obstante, en el marco del Acuerdo Final, se exponen condicionantes jurídicos y políticos de variados actores sociales que demandan participación e intervención en el diseño transicional emergente, en el orden de la implementación de los diferentes mecanismos que garantizarían el acceso efectivo a sus derechos.

Delimitar quiénes son las víctimas del conflicto, cómo se nombran, cuál es su papel dentro de la construcción de marcos de transición acordados con actores armados ilegales y las medidas institucionales concertadas para el establecimiento de las garantías de sus derechos constituyen, además del efecto de reconocimiento social de su dolor y la posibilidad de acceso a sus derechos, un reto conceptual y metodológico en la implementación de dispositivos de JT como los de las comisiones de la verdad y de memoria histórica, mecanismos fundamentales en la transformación y reconciliación social para la agenda de paz.

Se pretende entonces para este artículo, construir una caracterización de los discursos sobre la víctima desde las dimensiones social, jurídica y política enunciadas por diferentes actores, por lo tanto, es posible formular la pregunta problema como sigue:

¿Cómo, en el marco del Acuerdo Final entre el Gobierno nacional y las FARC-EP con la incidencia de las ONG de víctimas y de derechos humanos, actores institucionales de oposición y organismos multilaterales, se configuró el discurso sobre la víctima en el último momento de inflexión del modelo de JT colombiano como punto de referencia para la definición de sus diferentes mecanismos?

APROXIMACIÓN AL ESTADO DEL ARTE SOBRE LA VÍCTIMA Y LA JUSTICIA TRANSICIONAL

El estado del arte de la investigación abordó distintos enfoques históricos y jurídicos en los que se resalta un aporte significativo en la configuración de la víctima actual y sus múltiples dimensiones, a partir de los procesos transicionales emergentes en el último siglo.

Desde un enfoque histórico global, Ruti Teitel (2003) traza una genealogía de la JT según tres procesos o ciclos críticos que le han dado sustento teórico al campo de la JT actual, en ellos los requerimientos en materia de justicia y la rendición de cuentas articuladas a la figura de la víctima, fueron condicionados por el contexto de cambio político internacional y las coyunturas históricas determinantes en sociedades que experimentaron transiciones políticas.

Los juicios de Núremberg son referentes históricos desde los que emerge la noción de crimen de lesa humanidad, contemplando desde entonces el daño individual y colectivo como una afrenta a la condición humana. Se reconoce como eco de estos procesos por primera vez el principio de reparación en la Alemania de Adenauer, no solamente entre Estados sino orientado a las víctimas, que incorpora la acción pública y jurídica como imprescriptible hasta la aplicación de la justicia (Hartog, 2012).

Teniendo como referente a Núremberg pero desde un mirada jurídica, para Faucon y Kayser-Whande (2008), Benavides (2011) y Gómez (2013) el paradigma que estableció dicho tribunal, coadyuvó al fortalecimiento de los derechos de las víctimas al ser predecesor de una verdadera responsabilidad penal internacional en materia de derecho a la justicia, con la sucesiva creación de un cuerpo judicial.

Ahora bien, en el contexto de democratización de la JT (Teitel, 2003), se incorporaron mecanismos novedosos como la Comisión de la Verdad de Sudáfrica, que le dio forma al enfoque restaurador de la justicia como precondición para la reconciliación social y política, partiendo no solo del hecho victimizante, sino atendiendo a la preguntas sobre el por qué, en tanto las causas y el contexto estructural de su ocurrencia, así como las acciones de reparación y transformaciones estructurales, son retos conceptuales constitutivos de las formas de reparación simbólica a las víctimas e incluso, la definición de su estatus y como centro de preocupación de la memoria social y la verdad judicial y extrajudicial, como quedaría instituido en los diversos mandatos de las comisiones de la verdad.

En efecto, Teitel afirma que al incorporar a las víctimas en las comisiones de la verdad se consensa un tipo de modelo comunitario de justicia, tratando de resolver las tensiones entre el castigo y el perdón mediante el reconocimiento de los derechos de las víctimas a la verdad, justicia, reparación y las garantías de no repetición como centro y horizonte del proceso transicional. Al respecto, Uprimny (2006) subraya cuatro tipos de JT que dibujan distintos caminos híbridos: entre los perdones amnésicos, los perdones compensadores, los perdones responsabilizantes y las transiciones punitivas, que tienden a equilibrar las exigencias de justicia y la consecución de la paz en escenarios de transición política.

No obstante, más que dilemas epistemológicos, Gómez (2013) desde una perspectiva constructivista analiza la JT y el derecho de las víctimas “como una construcción discursiva que está estrechamente relacionada con un contexto social e histórico” (Gómez, 2013, p. 138). En la misma línea, para Teitel (2000), Hagan y Levi (2005) y Mc Evoy (2008), la JT es un campo de disputa en el que distintos actores, con heterogéneos intereses, discursos y recursos de poder, “luchan alrededor de la conceptualización, el diseño y la aplicación de mecanismos orientados a promover la paz y a responder a las demandas de justicia en el contexto de una transición política” (Gómez, 2013, p. 148). En esa disputa se insertan además las delimitaciones contextuales y temporales del universo de víctimas (García, 2013).

Uprimny y Saffon (2009) advierten por su parte, que aun cuando existen diferencias entre los actores sociales frente a la interpretación de la JT y los derechos de las víctimas en Colombia, estos coinciden en un uso generalizado del mismo lenguaje en razón de (i) la penetración del discurso internacional de la JT en el país por organismos multilaterales y ONG especializadas de derechos humanos; (ii) la manipulación de las prácticas discursivas para la perpetuación del statu quo, “como estrategia retórica para ocultar y legitimar procesos parciales de impunidad” (Saffon, 2011, p. 66); y (iii) el discurso de la JT usado de manera emancipatoria por organizaciones de víctimas para reclamarse como sujetos de derechos (Saffon, 2011). Con todo, esta coincidencia en el uso del lenguaje enmascara las posiciones e intereses de los agentes sociales.

Vale la pena resaltar que tanto los análisis de la JT y las víctimas desde el enfoque jurídico (Arias, 2012; Benavides, 2011; Botero y Restrepo, 2006; Uprimny, 2006, 2009), como aquellos que se centran en la dimensión histórico-política, los recursos de poder y la construcción social de los mecanismos transicionales, ligados a un contexto particular (Gómez, 2012; Hagan y Levi, 2005; Mc Evoy, 2008; Teitel, 2003), son vitales para comprender cómo la figura de la víctima contemporánea requiere ser estudiada y los desafíos actuales que presenta en sociedades fracturadas por la violencia masiva.

MARCO CONCEPTUAL: VÍCTIMAS Y DISCURSO

La víctima como concepto multiforme

El reconocimiento social, jurídico y político de las víctimas se asocia a imperativos éticos esbozados en la teoría crítica y con anclajes en la definición de su condición y estatus en la emergencia de discursos asociados a esa gran metáfora del holocausto en Auschwitz. Desde esas consideraciones autores contemporáneos como Reyes Mate (2006) definen en este sentido a la víctima como “Quien sufre violencia, causada por el hombre, sin razón alguna. Por eso es inocente” (p. 20), y recae aun así sobre ella los Estados de excepción de la guerra y sus consecuencias para su condición ciudadana (Guerrero, 2013).

Ahora, desde las perspectivas jurídicas, las víctimas han sido conceptualizadas como las personas que han sido directamente afectadas material, física o psicológicamente por violaciones de derechos, situación extensible a familiares o a personas a cargo de la víctima directa. Por otro lado, el reconocimiento del daño es condición sin la cual la figura de víctima no existiría. Además de lo anterior, entran en juego los desarrollos de los sistemas internacionales de derechos humanos que extienden la condición de víctima y del daño sufrido más allá de los individuos, incluyendo entonces diversos colectivos sociales (Ardila, 2004).

La figura de la víctima también adquiere un carácter político frente a las cuestiones de su participación y representación como sujeto individual y colectivo de un sistema político nacional, a propósito de un proceso de JT que busca el restablecimiento de los derechos ciudadanos desde la necesidad de reconstrucción democrática del Estado. Para Pasquino (1988), la participación política en un sistema democrático es definida en virtud de:

Aquel conjunto de actos y de actitudes dirigidos a influir de manera más o menos directa y más o menos legal sobre las decisiones de los detentores del poder en el sistema político o en cada una de las organizaciones políticas (p. 180).

Dos modalidades de participación se identifican en la teoría democrática: primera, se tiene como referencia la participación política de las víctimas en espacios o mecanismos institucionalizados que han sido formalizados en los procesos de JT, a saber: espacios para la conformación y fortalecimiento de organizaciones de víctimas, espacios en procesos judiciales, comisiones de la verdad y reconciliación, en procesos de investigación de antecedentes de la administración pública, programas administrativos de reparación, mecanismos de recuperación y preservación de la memoria histórica y mecanismos asociados con reformas legales y reconstrucción institucional.

La segunda modalidad alude a las formas directas e informales de participación de víctimas como la protesta social y la resistencia civil en torno a escenarios de reivindicación social e identitaria, las cuales entran en tensión con las formas convencionales de participación política. Aquí se interrelacionan las cuestiones sociales y políticas de la víctima que desafían las bases mismas del sistema, en palabras de Pasquino.

El reto de la construcción de la categoría de víctima como referente en la consolidación de los mecanismos transicionales, se evidencia en su carácter tridimensional: (i) dimensión social, que parte del principio del reconocimiento del dolor de la víctima y de su condición de vulnerabilidad como consecuencia de la exclusión social; (ii) dimensión jurídica, que contempla la garantía de sus derechos reglamentados en torno a la verdad, justicia, reparación y no repetición, y (iii) dimensión política, que incorpora la participación política de la víctima en los espacios sociales y públicos.

El discurso

Desde una óptica constructivista, Gómez (2013) sostiene la idea de la JT y los derechos de las víctimas como una construcción discursiva estrechamente relacionada con un contexto social e histórico (p. 138). En ese sentido, los actores que usan el discurso de la JT compiten por su significado y contenido, y la imposición de uno de ellos, es el resultado de una distribución desigual de poder entre los actores (Uprimny y Saffon, 2008, p. 175). Los actores sociales también se construyen en cuanto al uso del lenguaje y de sus acciones, creando una subjetividad particular. “Estos actores, se convierten en símbolos para los observadores, ya que representan valores, posturas morales, ideológicas y puntos de referencia” (Montiel, 2010, p. 23).

Para Vivien Schmidt el discurso es “un proceso interactivo de transmitir ideas” (2008, p. 303). Desde el enfoque del institucionalismo discursivo, se considera entonces no solamente el contenido sustantivo de las ideas sino, además, el proceso interactivo del discurso en un contexto institucional dado (Schmidt, 2103). Por lo anterior, el poder y el discurso poseen una característica común y es precisamente su propiedad relacional e interdependiente. Los discursos aparecen como constructos sociales condicionados por la coyuntura social que, a través de las prácticas de los actores sociales con la estructura institucional redefinen sus intereses mediante elementos ideológicos y la construcción de identidades.

Desde este matiz, la investigación se complementa con la teoría social de Alexander Wendt por la que se analiza las relaciones entre agentes sociales, procesos (interacción y aprendizaje) y estructuras desde el campo de las relaciones internacionales. No obstante, la inquietud sobre la formación de identidades e intereses en la estructura institucional es una cuestión central en el trabajo de Wendt (2005), y de importancia para el entendimiento sobre la configuración del discurso de la víctima teniendo en cuenta la variabilidad de actores involucrados en los mecanismos de JT.

Al respecto, Wendt (2005) plantea que “La institucionalización es un proceso consistente en interiorizar nuevas identidades e intereses, no algo que ocurre en el exterior y que afecta sólo al comportamiento; la socialización es un proceso cognitivo, no simplemente conductual” (p. 9). Agrega el autor que en estos procesos se crea una suerte de significados colectivos marcados por las identidades e intereses construidos.

Así, el modelo de JT puede estudiarse como un proceso embrionario de institucionalización, por el cual las identidades, intereses y marcos ideológicos de los agentes sociales relacionados con la figura de la víctima entran en tensión, resistencia y confrontación, pero también en un “proceso consciente de formación de nuevos valores, intereses e identidades”. Entretanto, las prácticas regulares de la JT construyen nuevas dinámicas en la estructura institucional, en términos de redes de interacción e intereses, de normas y consideraciones ideológicas, así como de construcción mutua de identidades de los agentes sociales. Todo ello, susceptible de análisis a través de la configuración del discurso sobre la víctima, que refleja cómo están teniendo lugar los sentidos, valores y cogniciones colectivas de los agentes más representativos.

Otro componente de consideración para esta investigación es el “lugar social” también llamado contexto que fija, enmarca y da sentido a los modos de producción del discurso social. Al respecto, Uprimny y Saffon (2008) examinan las complejidades del discurso y las medidas de la JT en escenarios en que, como el colombiano, una transición total o completa no ha sucedido. Sobre las características del contexto, los autores encuentran tres elementos de relevancia para el caso colombiano, a saber: (i) la influencia de la comunidad internacional, su preocupación por la crisis humanitaria -que se refleja en el rol de las ONG de derechos humanos y las agencias del Sistema de las Naciones Unidas radicadas en el país- y el interés de Estados Unidos en la política antidroga, (ii) la naturaleza ambigua del régimen político, y (iii) la polarización de la sociedad colombiana.

METODOLOGÍA

Para ponderar la importancia de las prácticas lingüísticas en la comprensión y transformación de la vida social, se acude al enfoque del institucionalismo discursivo como aproximación metodológica para el análisis del discurso sobre la tridimensionalidad de la víctima pues, refleja los procesos interactivos mediante los cuales las ideas se transmiten en la estructura institucional.

Una vez ubicamos los discursos sobre la víctima en la esfera pública e institucional, aparecen numerosos actores sociales que revisten relevancia y representatividad: (i) desde el ámbito institucional: los actores-parte de la negociación, la delegación del Gobierno y del equipo negociador de las FARC-EP, pero, sobre todo, se hace un seguimiento ponderado a los comunicados y acuerdos conjuntos porque evidencian posturas consensuadas como resultado de la negociación bilateral. También los actores de oposición, particularmente el partido Centro Democrático y la Procuraduría General de la Nación; (ii) desde el ámbito de las ONG: son valiosas numerosas organizaciones de víctimas y organizaciones sociales defensoras de derechos humanos; sin embargo, teniendo en cuenta su representatividad, se considera que el Informe del Foro Nacional de Víctimas, compila gran parte de las perspectivas de las víctimas representadas por diversas organizaciones. En el plano internacional, se reconoce y pondera la ONG HRW; (iii) desde el ámbito de organismos multilaterales: el Sistema de las Naciones Unidas, en particular la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados; y (iv) desde el ámbito de organismos internacionales de justicia: se evidencia la significativa influencia de la Corte Penal Internacional (CPI) y del Sistema Interamericano de Derechos Humanos como autoridades con competencia y jurisdicción penal en el país.

Para el institucionalismo discursivo, interesan estos dos tipos de ideas sobre la figura de la víctima: (i) las ideas cognitivas que se refieren a “lo que es y lo que se debe hacer”, también conocidas como ideas causales, suministran las fórmulas para la acción política y justifican la necesidad de políticas y programas públicos; y (ii) las ideas normativas que indican “lo que es bueno o malo sobre lo que se hace”, conocidas como las ideas que exponen los valores, los principios y las creencias colectivas sobre los que se plantean juicios de valor (bueno-malo) ante la realidad social (Schmidt, 2008).

En esencia, se han concatenado dos categorías centrales para el levantamiento y operativización de la información, incluyendo sus subcategorías consecuentes. La primera categoría ‘víctimas’, incluye tres subcategorías: (i) dimensión social, en la que se identificaron todos aquellos enunciados que atribuyen reconocimiento diferencial de las víctimas frente a identidad étnica, género, niños, niñas y adolescentes, mujeres, población LGBTI, temporalidad, tipo de victimización y territorialidad; (ii) dimensión jurídica, enunciados que atribuyen derechos de las víctimas en función de la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, y (iii) dimensión política, enunciados que atribuyen participación política de las víctimas a través de mecanismos de participación convencional y no convencional.

En la segunda categoría ‘discurso’, se incluye dos subcategorías: (i) las ideas normativas: ideas que contienen valores, normas, principios y elementos ideológicos y postulan modos de actuar colectivo frente al hecho social, soportados en el reconocimiento diferencial (dimensión social), los derechos de las víctimas (dimensión jurídica) y la participación política de las víctimas (dimensión política); y (ii) las ideas cognitivas: reglas que conducen a garantizar el estatuto social (dimensión social), el estatuto jurídico (dimensión jurídica) y el estatuto político (dimensión política) de la víctima.

En la tabla 1 se presenta una matriz con la concatenación y operativización de las categorías.

Tabla 1 Categorías de análisis 

Fuente: elaboración propia con base en Schmidt (2008) .

CARACTERIZACIÓN DE LOS DISCURSOS SOBRE LA FIGURA DE LA VÍCTIMA DESDE LOS ACTORES SOCIALES REPRESENTATIVOS

La tabla 2 sintetiza los discursos alrededor de las víctimas de los autores representativos indagados en la investigación. Posterior a esta tabla se desarrollará la descripción actor por actor.

Tabla 2 Caracterización y tendencia de los discursos sobre la víctima 

Fuente: elaboración propia

Organismo multilateral: Naciones Unidas

La expansión de las agencias de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en Colombia se debe al conflicto armado interno de largo aliento y a sus consecuentes crisis humanitarias a partir de los años noventa. Dada su vasta experiencia en el territorio, la ONU es un actor social con poderes discursivos de consideración en los procesos de paz.

El discurso de la ONU sobre la víctima en su dimensión social evidencia una tendencia hacia el reconocimiento del daño a grupos poblacionales específicos: indígenas y afrocolombianos. También tienen prelación: mujeres, población LGBTI, niños, niñas y adolescentes, movimientos sociales y defensores de derechos humanos. En relación con el tipo de victimización, se resalta el reconocimiento a población desplazada y refugiada, población víctima de desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales, reclutamiento forzado y violencia sexual.

Para la ONU es prioritaria la participación de los grupos étnicos en el proceso de transición, por una disyuntiva del contexto irregular de la confrontación como históricas víctimas colectivas, poseedoras por ley de territorios de titulación común, que han sido despojadas de sus regiones, pero también, algunos de sus integrantes tienen responsabilidad individual por tomar parte del colectivo de múltiples victimarios vinculándose a sus filas, situación en opuesta contradicción, con los valores, prácticas ancestrales y defensa de la autonomía étnica en las zonas rurales del país.

En la dimensión social del discurso de la ONU emerge el debate sobre quién es reconocido como víctima principalmente porque aparecen zonas grises entre colectivos de víctimas y victimarios. La necesidad de la reconciliación entre grupos étnicos, grupos al margen de la ley e instituciones del Estado a través de pactos sociales, es un criterio de priorización para la ONU en clave de subsanar fricciones, resentimientos, estigmatizaciones y favorecer la convivencia pacífica en estos territorios.

El punto de partida para las ideas sobre el reconocimiento social sigue en general, las líneas del enfoque diferencial: étnico y de género. En este sentido, el discurso de la ONU reivindica el reconocimiento social sobre sujetos colectivos, en contraste, con el reconocimiento de víctimas individuales y colectivas de menor proporción, en el marco del conflicto armado colombiano.

Respecto a los derechos de las víctimas desde la dimensión jurídica, el interés principal de las ideas se mantiene sobre el enfoque étnico diferencial y los sujetos colectivos de reparación. Las ideas que sustentan la pertinencia del enfoque étnico se ligan con la defensa de los derechos colectivos y tratamiento especial hacia los pueblos indígenas y tribales.

Sobre el derecho a la verdad, la ONU ha reiterado la necesidad de enfrentar públicamente la negación histórica de responsabilidades, especialmente del Estado, mediante la desclasificación de archivos para esclarecer todos los patrones y repertorios de violaciones y responsabilidad de actores armados y terceros responsables, o actores civiles que, directa o indirectamente, tienen responsabilidad en el escalamiento del conflicto y sobre graves violaciones de derechos humanos.

En relación con el derecho a la justicia, el discurso ha gravitado sobre la idea de que no existen fórmulas preestablecidas y que es permitido un amplio margen de maniobra mientras se mantengan los estándares jurídicos sobre el castigo de abusos graves para los delitos de lesa humanidad y los crímenes de guerra. Frente a la reparación, se mantiene la tendencia del enfoque étnico diferencial y las exigencias al Estado en materia de implementación efectiva de los procesos de restitución de tierras.

En esencia, el discurso de la ONU sobre la dimensión política de la víctima exhibe una tendencia importante hacia la reivindicación de las formas de participación alternativa “desde abajo” en clave de enfoque étnico diferencial. El ente multilateral solicitó al Estado colombiano reglamentar la protesta social para garantizar efectivamente el derecho de participación de las víctimas en el proceso de transición.

El discurso de las víctimas

Por la magnitud de la convocatoria, el Foro Nacional de Víctimas realizado en Cali el 3, 4 y 5 de agosto de 2014, en el que participaron 1457 víctimas de 32 departamentos del país, y que aportó a la Mesa de Conversaciones de La Habana varias recomendaciones, le da una representatividad importante a los discursos enunciados en las dimensiones social, jurídica y política desde este sector, las cuales serían recogidas en el punto 5 del Acuerdo Final.

En el discurso social sobre la figura de la víctima convergen diversas formas de reconocimiento del daño en cuanto a: (i) tipos de victimización, se identificaron más de diecisiete hechos victimizantes y (ii) temporalidad, expandiendo los límites delimitados por la ley 1448/2011 y reconociendo periodos o años como los inicios del siglo XX, 1928, 1948, finales de los setenta, incluso la recomendación de no imponer limitaciones temporales al universo de víctimas o al contexto de su aparición. A su vez, se solicitó reconocimiento como víctima a “miembros de la fuerza pública, que estuvieron en cautiverio o fueron secuestrados, así como a sus familiares; a las víctimas del Estado” (ONU, 2014, p. 3).

Se identifica una tendencia considerable hacia el enfoque diferencial dirigido a grupos poblacionales específicos como: comunidades indígenas, afrocolombianos, asociaciones campesinas y población LGBTI, sugiriendo su reconocimiento como víctimas colectivas en función de la violencia directa y estructural en el marco del conflicto armado interno. También tienen prioridad en el discurso el enfoque de género, mujeres, niños, niñas y adolescentes y población en condición de discapacidad.

Desde la dimensión jurídica de la víctima, las ideas sobre los derechos a la verdad mantienen el enfoque diferencial étnico y de género, así como los colectivos de víctimas. La verdad debe incorporar los daños sobre el componente territorial para los afrodescendientes y la descentralización de la verdad de las narrativas tradicionales requiere considerar la verdad desde las mujeres (p. 7).

Se reiteró la necesidad de enfrentar públicamente la responsabilidad de todos los actores armados, incluidos terceros responsables, entre estos, partidos políticos y gremios económicos nacionales y transnacionales (p. 5). Además, las responsabilidades de los actores-parte se exigen en relación con los repertorios de violencia territorial por parte de las guerrillas, de manera similar aquellas correspondientes al Estado en virtud del conflicto y en tanto derivación de su obligación constitucional (p. 4).

Las propuestas sobre el esclarecimiento de la verdad se concentran en la instauración de comisiones de la verdad con carácter independiente y autónomo respecto del Gobierno y los grupos armados. Estuvo claro que el mecanismo de constitución de la comisión de la verdad fue blanco de críticas en su implementación posterior, pero ha sido legitimado finalmente por este sector de víctimas.

En cuanto a la reparación, aun cuando se solicita ampliación y calidad en la reparación individual a partir de la ley 1448/2011, persiste la tendencia hacia la reparación de derechos de colectivos desde el enfoque étnico diferencial. Continúa también la idea del enfoque de género. En síntesis, la reparación se orienta como colectiva y social, atendiendo a su carácter transformador en las esferas políticas, económicas, sociales y culturales.

En el discurso político de la víctima, se reitera en el Foro que “La participación en el proceso es un derecho de las víctimas, así como su carácter vinculante. Es desde la participación de quienes han sido afectados por la guerra desde donde se genera la paz y la reconciliación” (p. 6). Así, las víctimas solicitarían: refrendación de acuerdos de La Habana a través de una Asamblea Nacional Constituyente con participación de víctimas, participación en Tribunal de JT, Comisión de la Verdad, creación de veedurías en el proceso de paz y en la ejecución de programas para víctimas y, por último, proponen la creación de una comisión de reparación con participación de víctimas.

El discurso de los actores-parte de la negociación política

El 15 de diciembre de 2015, se hizo público el “Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición” que incluye la Jurisdicción Especial para la Paz y el compromiso sobre derechos humanos. Este documento reúne la postura consensuada de las delegaciones del Gobierno y las FARC-EP frente a las cuestiones del reconocimiento de las víctimas y el marco de justicia acordado para satisfacer sus derechos.

Desde la instalación formal de la mesa en Oslo, Noruega el 18 de octubre de 2012, el discurso de las FARC-EP se sustentaba en la idea de la responsabilidad exclusiva del Estado en la producción de víctimas, destacando su condición de víctima original de la violencia política y desconociendo la justicia de transición. Por su parte, el Gobierno nacional reiteraba frases como: “No vamos a intercambiar impunidades”, “los derechos de las víctimas del conflicto no son negociables”; parte de la estrategia de persuasión a su contraparte ante el reconocimiento de responsabilidades, pero, además, porque el Estado asumió grados importantes de responsabilidad en el ámbito legal.

En lo referente al reconocimiento social de la víctima, el Gobierno subrayó el principio del enfoque diferencial a partir de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras de 2011. Teniendo en consideración la lógica de la negociación política bilateral con las FARC, aparece una postura común sobre este asunto. En el Acuerdo Final se analiza una tendencia hacia el reconocimiento a través del enfoque diferencial de género: mujeres, niños y niñas (sin la inclusión de adolescentes) y se incorpora un nuevo enfoque llamado territorial asociado con diversas regiones que se agrupan en una categoría genérica de “colectivos humildes o vulnerables” que serían acogidos por este enfoque.

Desde la dimensión jurídica y los derechos a la verdad, justicia, reparación y no repetición, las ideas en el discurso de los actores-parte de la negociación mantienen el enfoque territorial y diferencial en cuestiones de género: mujeres, niños y niñas. No obstante, son incorporados diversos colectivos de víctimas con el objetivo de satisfacer el derecho y esclarecimiento de la verdad, desde la perspectiva de la memoria histórica extrajudicial, a través del establecimiento de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No repetición, con la ponderación y selección de graves abusos de carácter “masivo” o que reflejen “patrones” desde el enfoque territorial.

Sobre el derecho a la justicia, las delegaciones acordaron una Jurisdicción Especial para la Paz y el enfoque. Para quienes reconozcan responsabilidad sobre los delitos más graves y representativos, aporten a la verdad y procedan a cumplir acciones reparadoras para las víctimas, se prevé un régimen de sanciones equivalente a la restricción efectiva de la libertad sujeta a un periodo de cinco a ocho años. En general, el derecho a la justicia se soporta en la idea del reconocimiento de la responsabilidad, la verdad plena y el compromiso de la reparación.

En lo atinente a las medidas de reparación integral dice el Acuerdo que se busca, “asegurar la reparación integral de las víctimas, incluyendo los derechos a la restitución, la indemnización, la rehabilitación, la satisfacción y la no repetición; y la reparación colectiva de los territorios, las poblaciones y los colectivos más afectados por el conflicto” (p. 7). En conexión, la no repetición se argumenta en esta misma línea de ideas sobre el reconocimiento de graves vulneraciones a los derechos de las víctimas, requerimiento necesario para asegurar el punto final de la confrontación.

El discurso de los actores-parte sobre la dimensión política de la víctima exhibe una tendencia importante hacia la ampliación de mecanismos de participación formalizados e institucionalizados en el marco de transición, en clave del enfoque diferencial, género y territorial y su necesidad de fortalecimiento “de manera que organizaciones de víctimas y víctimas que no hagan parte de estas instancias, puedan participar en este proceso” (p. 57).

El discurso de los actores institucionales de oposición: partido político Centro Democrático y Procuraduría General de la Nación

Una vez publicado el Acuerdo Final entre el Gobierno nacional y las FARC-EP, dos actores institucionales de relevancia en la arena política expusieron sus principales objeciones, advertencias y reservas frente al proceso de transición. El primero fue el partido de oposición Centro Democrático a través de un comunicado oficial titulado: 21 objeciones al acuerdo sobre justicia entre el Gobierno y las FARC, divulgado el 18 de diciembre de 2015, así como en declaraciones a medios de comunicación y mensajes en redes sociales. El segundo, el exprocurador general de la nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, en entrevistas públicas, especialmente en un documento oficial (1 de agosto de 2016) dirigido al presidente de la República en el que se compilan sesenta preguntas con relación al proceso de paz. Así, los discursos de la dupla de actores institucionales de oposición pueden ser caracterizados siguiendo las ideas sustantivas de la tridimensionalidad de la figura de la víctima.

La observación concluye que la dimensión social de la figura de la víctima está excluida -por completo- del cúmulo de ideas que advierten, objetan y rechazan el Acuerdo frente a los derechos de las víctimas y la justicia de transición. Sin embargo, particularmente el partido de oposición Centro Democrático enunció un componente de reconocimiento identitario en la victimización de ganaderos y agricultores, haciendo eco del discurso sectorial de la Federación Nacional de Ganaderos. Inquietante que en los discursos los dos actores institucionales más importantes de oposición estén exentos de ideas sustantivas que refuten el perfil social de la víctima consensuado por los actores-parte de la negociación. Quizá, el origen de tal silencio está conectado con el no reconocimiento de la violencia estructural y cultural del conflicto armado interno.

En lo que concierne a los derechos de las víctimas a la verdad, el Centro Democrático pone en entredicho la efectividad y alcance del esclarecimiento de verdad y de responsabilidades, labor de la Comisión de la Verdad. Particularmente sospecha de la autonomía de esta última y la deslegitimación al ser las FARC una de las decisoras de su conformación (p. 4).

No obstante, el derecho de las víctimas a la justicia es el punto más álgido del debate, donde se concentra y prioriza el mayor cúmulo de ideas que cuestionan la viabilidad jurídica de la transición negociada. En este sentido, el exprocurador rechazaba la idea de una justicia que no implicara la reclusión, entretanto el Centro Democrático afirmaba un retroceso del mecanismo de justicia frente al proceso de desmovilización de las AUC iniciado en 2003.

Otro punto de generación de tensión política, fue la inclusión de terceros responsables civiles en el esclarecimiento de la verdad y el régimen especial de justicia. El Centro Democrático rebatía su inclusión y exigía la delimitación de la Jurisdicción Especial para la Paz a los grupos terroristas (p. 3).

Dos aspectos adicionales sobre el derecho a la justicia de las víctimas han provocado un álgido rechazo de la dupla de oposición. El primero, es la no inhabilidad para acceder a cargos públicos para los integrantes de las FARC-EP acordada en el Borrador Conjunto, asumido por esta perspectiva como una forma de revictimización. El segundo, es la conexidad del narcotráfico con el delito político. Sobre este punto denuncia el exprocurador que “Eso es legitimar el crimen atroz como medio válido de acción política en la democracia [...] ¿Por qué otorgar el derecho a gobernar a Colombia a los responsables de las más graves atrocidades en el hemisferio?” (p. 2).

Acerca del derecho de las víctimas a la reparación y las garantías de no repetición insistía el exprocurador que la reparación debía hacerse con el dinero de las FARC y paralelo a ello, para el Centro Democrático la neutralización del crimen y la no repetición implicaban mantener la figura de extradición a los miembros de las FARC.

Los mecanismos formales e informales de participación de víctimas están excluidos del repertorio discursivo sobre la dimensión política de la víctima por parte de estos dos actores institucionales. En contraste, emergen impugnaciones y propuestas a la apertura política de espacios de participación ciudadana en general, no exclusivos para las víctimas, que permitan legitimar o no los acuerdos de La Habana. Ante la propuesta de refrendar los acuerdos a través de un plebiscito, mecanismo convencional de participación, el exprocurador advertía sobre su ineficacia y limitación respecto a un referendo (p. 3).

Por su parte, el Centro Democrático planteó el uso de un mecanismo de participación ciudadana no convencional, la llamada resistencia civil al proceso de paz. La propuesta del Centro Democrático inició con la recolección de firmas -durante dos meses- que fueron incorporadas en la demanda de inconstitucionalidad del Acto Legislativo para la Paz, sumada a la capitalización de los resultados del plebiscito sobre los acuerdos y en el que ganó el no.

El discurso de la ONG Human Rights Watch

En Colombia, HRW ha denunciado los graves abusos de grupos armados ilegales y de agentes estatales contra la población civil, particularmente la violencia asociada al conflicto armado interno de largo aliento. Ha puesto su mirada en la magnitud del fenómeno del desplazamiento y el refugio forzado y en las graves violaciones a líderes, activistas y defensores de derechos humanos en el ejercicio de la denuncia pública, señalando la limitada respuesta institucional. En el marco del proceso de paz en La Habana, la ONG publicó el informe “Análisis de HRW sobre el Acuerdo sobre las Víctimas del Conflicto alcanzado por el gobierno de Colombia y las FARC-EP” el 22 de diciembre de 2015 en el que da su opinión acerca de la garantía de los derechos de las víctimas del conflicto armado y el marco de JT acordado por los actores-parte de la negociación.

La indagación del discurso de HRW en relación con la dimensión social de la víctima concluye que este componente no está incorporado en el cúmulo de ideas que objetan, critican o rechazan el Acuerdo Conjunto entre el Gobierno nacional y las FARC-EP. No se registran proposiciones que enuncien categorías como enfoque diferencial, étnico, de género o reconocimiento social asociado a un componente de identidad.

El foco principal del discurso de HRW tiene una tendencia considerable hacia el desarrollo de ideas referentes a la dimensión jurídica de la víctima. En rueda de prensa, José Miguel Vivanco, jefe de la División de las Américas de HRW, denunció que, si bien el Acuerdo contiene numerosas alusiones a la justicia de las víctimas, no obstante, “un análisis minucioso del texto revela numerosas ambigüedades, omisiones y lagunas que convierten a tales referencias, en el mejor de los casos, en promesas vacías” (HRW, 2015). Sobre el castigo de los responsables, el Informe de HRW (2015) señala:

Colombia tiene la obligación jurídica, conforme al derecho internacional, de prever penas para violaciones de derechos humanos y graves violaciones al derecho internacional humanitario que guarden proporción con la gravedad de los crímenes […] Cuanto menos se asemejen las condiciones de castigo previstas en el acuerdo a las condiciones propias de la privación efectiva de la libertad […] será más probable que Colombia incumpla con su obligación de aplicar un castigo adecuado.

El acuerdo estipula de manera categórica que los responsables que confiesen atrocidades quedarán eximidos no sólo de prisión o cárcel, sino además de cualquier “medida de aseguramiento equivalente”. En cambio, quedarán sujetos a “sanciones” que tendrán una “función restaurativa y reparadora” (p. 1).

Un punto álgido desde la perspectiva de HRW, es la no inhabilidad para acceder a cargos públicos de los sancionados por el Tribunal y que permite el Acuerdo. Declara la ONG que “conforme al derecho colombiano, los responsables de crímenes de lesa humanidad no pueden ejercer cargos públicos o participar en política al menos mientras cumplan con su sentencia”, no obstante, el Acuerdo indica que aquellos que reconozcan sus crímenes no estarán sujetos a ningún tipo de restricciones a sus derechos políticos, en este sentido “HRW se resiste a considerar esta opción como viable y por lo demás contradictoria al derecho interno e internacional” (p. 4).

Otro de los puntos centrales del discurso de HRW era señalar la falta de garantías sobre la independencia del Tribunal para la Paz, pues no contaba con salvaguardas necesarias para garantizar que estuviese libre de algún tipo de influencia, en tanto “resulta particularmente preocupante considerando la gravedad de los delitos sobre los cuales tiene competencia y las obligaciones de justicia frente a las víctimas” (p. 4). Así, “La fiscal de la CPI y la Corte Constitucional de Colombia deberían examinar cuidadosamente este acuerdo para asegurar que las víctimas reciban la justicia que verdaderamente merecen”, advertía Vivanco.

La exploración del discurso de HRW conectado con la dimensión política de la víctima, pone en evidencia que este elemento no aparece en el registro de ideas que objetan, critican o rechazan el Acuerdo alcanzado por el Gobierno nacional y las FARC-EP. No emergen proposiciones que enuncien atribuciones encadenadas a la participación política de las víctimas, ni en sus mecanismos convencionales ni en los no convencionales.

CONCLUSIONES

La víctima en su condición social revela una construcción de sentido multiidentitaria. Surgen en el discurso varias identidades tradicionales o posteriores a la irrupción de la violencia política que reivindican para sí, reconocimiento social en razón de un proyecto de vida truncado por el conflicto armado y que requiere ser reparado en razón de la construcción de la paz. Esa reparación, manifiesta en el listado de los derechos jurídicos de la víctima, está profundamente anclada en su dimensión social de tal forma que, solo aquel reconocimiento explícito del daño colectivo por parte del Estado, podrá constituir un sujeto colectivo de reparación y de derechos preferentes.

La institucionalización y el reconocimiento político de la víctima a través del acuerdo bilateral, manifiestan consenso sobre el reconocimiento diferencial del enfoque de género, ponderando el daño colectivo en virtud de la violencia sexual y sobre lo territorial que parece reacomodar otras variadas reivindicaciones identitarias en zonas o territorios determinados. El discurso social de la víctima transita sobre estas complejidades frente al reconocimiento y alcance de derechos de diversa naturaleza que requerirán ser compensados: aquellos daños de naturaleza colectiva cuando existen violaciones de derechos individuales sobre integrantes de un grupo -como es el caso de las mujeres en el conflicto armado- o cuando existen violaciones sobre derechos propiamente colectivos -sobre grupos indígenas y afro en Colombia- que tienen especial protección de la Constitución. Estas últimas reivindicaciones culturales si bien son amplificadas por Naciones Unidas, explicarían que detrás de la interlocución se encuentran procesos y estructuras organizativas desde la base social, con poder de convocatoria, movilización e incidencia, prácticas llevadas a cabo por ejemplo por el Consejo Regional Indígena del Cauca y la Organización de Pueblos Indígenas en Colombia, y que le dan sentido a demandas multiidentitarias sobre el enfoque diferencial, en la construcción de un estatuto social de la víctima.

La mayor tensión discursiva entre los actores sociales está en objetar, criticar y vetar las formas institucionales que fueron negociadas sobre el derecho a la justicia. Reiteradas proposiciones que extraen los más hondos dilemas éticos, jurídicos y políticos sobre el sentido de justicia y paz, castigo y perdón para los victimarios en el marco de transición, dilemas que se corresponden con el componente ideológico de los actores en el discurso jurídico sobre la víctima.

Si bien el antecesor marco de transición que caracterizó la desmovilización de las AUC insertó un valor en emergencia: el principio de la paz vía negociación con el contendor, en realidad no se trató tanto de un proceso de negociación, sino más bien de transacción, dada la inminencia de entrada en vigor de la CPI, que llevó a los paramilitares a dicho proceso y tuvo repercusiones valorativas considerables para el ulterior proceso con las FARC-EP. Y es que el expresidente Uribe alineó su discurso de seguridad democrática con el discurso internacional contra el terrorismo, muy de corte ideológico, pero en paralelo, asumió una postura pragmática para contemplar una negociación con los actores armados ilegales, cuando el coste de la guerra se tornaba muy alto.

Este enlace o entrecruzamiento entre la seguridad, la guerra y la paz, permitió que un valor emergente se situara en la configuración discursiva sobre la víctima desde el ámbito institucional. La víctima empezó a ser pensada, percibida y reivindicada por individuos, colectivos y organizaciones civiles, normalizada por entidades estatales y observada por organismos multilaterales. De allí, que ese entrecruzamiento de principios en tensión, facilitara un proceso de interacción discursiva acumulado que consensuó una figura de la víctima particular en este tercer momento de inflexión, cuando culminan las negociaciones del punto 5 en La Habana entre el Gobierno nacional y las FARC-EP.

En efecto, el presidente Juan Manuel Santos quien resultó electo impulsando un programa de continuación de la política de Gobierno del expresidente Uribe, es quien le imprimió un discurso menos ortodoxo. Una estrategia discursiva desarrollada a través del acentuado lenguaje de la JT. Así que, la gran idea normativa que sustenta la postura estatal proclive a negociar con otros adversarios además de las AUC, será la de la paz vía negociación.

Con el afianzamiento del discurso de la JT en el país, se imprime la idea cognitiva de equilibrar distintos derechos de las víctimas, lo que permite pensar marcos de justicia excepcional adaptables al contexto colombiano. Aquella integralidad se refiere a fórmulas intermedias que sopesan y balancean en su conjunto todos los componentes que atribuyen un estatuto jurídico a la víctima.

Por otra parte, el estatuto político de la víctima se encuentra bifurcado por los métodos convencionales y no convencionales que favorecen su participación social y política demandando su ciudadanía plena. El componente político, posibilita el empoderamiento consciente sobre lo colectivo de ser víctima en ese marco de transición que resulta de un gran proceso de rendición de cuentas de los actores de la violencia. Particularmente, es la dimensión con menos desarrollo en el discurso de los actores sociales representativos y sobre el consenso de los actores-parte.

No obstante, el alcance de la participación de la víctima se ha trasladado a dos cuestiones centrales: (i) que el reconocimiento del Estado a sus formas autoritarias se ha vertido sobre la garantía política a su contendor de implementar mecanismos de participación que faciliten el ejercicio efectivo de la oposición, este ha sido desarrollado en el punto 2 del Acuerdo General y se reserva, casi que en exclusivo, para el ejercicio de la representación política de las FARC-EP, pero que no contempla formas igualmente equilibradas para la representación política de las víctimas. Y (ii) que se reconocen formas de participación heterodoxas como la movilización y la protesta social, mecanismos de democracia directa, que se han construido desde la base social por colectivos étnicos, como prácticas que dan sentido interactuante a los discursos sociales de las víctimas en sus versiones culturales. En contraste, la resistencia civil como llamamiento del Centro Democrático, no constituiría un mecanismo de participación sino de movilización política de arriba hacia abajo; como un intento de los detentores del poder político de organizar con los instrumentos a su disposición, el consenso y el apoyo (Pasquino, 1988).

La tridimensionalidad social, política y jurídica del discurso sobre la víctima se despliega en la construcción de sentidos fijados en un contexto que se define por la incidencia de la comunidad internacional, por una transición política parcial, con una temporalidad definida en la enunciación gubernamental y que se caracteriza por un componente y enfoque de paz territorial que otorga preponderancia a zonas rurales afectadas por la confrontación armada y desatendidas por el Estado, con un claro elemento de participación política para garantizar la transformación de las FARC-EP en un movimiento político de oposición en el marco democrático. En últimas, el contexto sociopolítico del país, influencia profundamente el alcance de la transición, así como las formas institucionales para asegurar la fase de cierre de la confrontación armada y la polarización política.

Estos sentidos dados, negociados y renegociados sobre la víctima en su tridimensionalidad serán la apuesta de la justicia y la paz como núcleo de principios que la sociedad ha puesto en discusión por el presente ciclo.

Finalmente, es importante precisar algunos retos de orden conceptual y metodológico que derivan de los resultados obtenidos en la indagación sobre la tridimensionalidad de la figura de la víctima. Primero la configuración de esta figura es de orden procesual, lo que demanda una actualización de las tensiones y fuerzas generadoras de estas configuraciones. Muestra de ello es el viraje y tendencia a la autodenominación como supervivientes, por parte de múltiples organizaciones de víctimas, conduciendo a generar identidades estratégicas que corresponden no solo a las arenas en que el discurso de las víctimas goza de consenso como eje de las discusiones sobre las formas de JT, sino que además incorpora un descentramiento de la connotación pasiva que las asumiría como sujetos de asistencia y representación por terceros y las ubica en un plano diferente respecto a sus demandas de participación y de construcción de ciudadanía según otras construcciones discursivas.

Segundo, en términos metodológicos la exploración sobre los discursos sobre las víctimas si bien recoge actores considerados representativos, también resulta importante acceder a actores de orden territorial en quienes la circulación y puesta en escena de discursos y prácticas responderán a condiciones contextuales. En particular resulta relevante y un desafío para la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, profundizar en las formas en que la figura se ha materializado objetivamente respecto al daño de acuerdo con un enfoque territorial, diferencial y de género, pero también, en cómo el discurso sobre ella ha resultado ser efectivamente el horizonte ético y moral de referencia para la construcción de la paz y la reconciliación o si bien, en algunos contextos los discursos establecen lógicas justificadoras de la violencia y en consecuencia demandarían procesos de largo aliento para transformar las prácticas de exclusión que han conllevado las inequidades estructurales, el conflicto y por lo tanto, la victimización material y objetiva.

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*El artículo comparte los resultados de investigación del trabajo “La tridimensionalidad de la víctima: un análisis del discurso en el proceso de transición colombiano” en el marco del Programa de Maestría en Derechos Humanos y Cultura de Paz de la Pontificia Universidad Javeriana (Cali, Colombia) y vinculado al Grupo de Investigación Bienestar, Trabajo, Cultura y Sociedad (Bitacus).

Recibido: 07 de Junio de 2018; Aprobado: 30 de Julio de 2018

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