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Colombia Internacional

Print version ISSN 0121-5612

colomb.int.  no.98 Bogotá Apr./June 2019

https://doi.org/10.7440/colombiaint98.2019.05 

Documentos

Representación popular y acción exterior: desarrollo y alcances de la Diplomacia Parlamentaria en el mundo contemporáneo*

Popular Representation and External Action: Development and Scope of Parliamentary Diplomacy in the Contemporary World

Representação popular e ação exterior: desenvolvimento e alcances da Diplomacia Parlamentar no mundo contemporâneo

Mariano Ferrero** 

** Es doctor en Ciencias Políticas por la Universidad del País Vasco (España), magíster (DEA) en Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales por esta misma universidad, licenciado en Relaciones Internacionales y abogado por la Universidad Nacional de Rosario (Argentina). Es profesor adjunto de la Licenciatura de Estudios Internacionales de la Universidad de Santiago de Chile (Chile) e investigador en la Sección Estudios de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. marianoferrero72@gmail.com


Resumen:

Objetivo/contexto:

El artículo se enfoca en una revisión de la reciente literatura en materia de la acción exterior de los parlamentos que ha surgido en Europa y América Latina. A partir de ella, propone una mirada integradora que caracterice la evolución, los roles y estrategias de actuación de los actores parlamentarios como nuevos agentes de las relaciones diplomáticas. Además, pretende entender cómo la emergencia de esta diplomacia parlamentaria se asocia con la crisis de representación en los sistemas políticos, como una forma de respuesta a nuevas necesidades de legitimación política.

Metodología:

La investigación fue guiada por una reflexión sobre los problemas teórico-prácticos que plantea esta nueva forma de acción exterior, categorizando los distintos tipos de conductas de diplomacia parlamentaria, y problematizando los modos en que aporta a la legitimación política en tiempos de globalización.

Conclusiones:

En un campo de estudio reciente, con una literatura relativamente escasa, el artículo concluye indicando ciertas líneas que abran una agenda de investigación en materia de diplomacia parlamentaria, generando preguntas que motiven una profundización en los modos en que puede operar la relación entre la representación de la pluralidad ciudadana que ostentan los parlamentarios y su actuación exterior en una sociedad mundial globalizada.

Originalidad:

Usualmente, los estudios sobre diplomacia parlamentaria se han encarado con enfoques dispares, con intereses cognoscitivos y énfasis disímiles, en Europa y América Latina. Sin embargo, este artículo se propone hacer dialogar a ambas “corrientes” para entregar una mirada integradora del fenómeno, con el fin de presentar una caracterización más amplia del alcance de las conductas que deben ser estudiadas en materia de diplomacia parlamentaria. Por último, sitúa al fenómeno en el marco de reflexiones más abarcadoras que remiten a los problemas de legitimación de los sistemas políticos, en la escala nacional y global, y a las transformaciones de las prácticas diplomáticas en el mundo actual.

Palabras clave: Diplomacia parlamentaria; representación; instituciones parlamentarias internacionales; globalización; democracia; relaciones internacionales

Abstract:

Objective/context:

The article presents a review of the recent literature on the external action of parliaments that have emerged in Europa and Latin America. Based on this review, it proposes an integrative view that characterizes the evolution, the roles and the action strategies of parliamentary actors as new agents of diplomatic relations. It also aims to understand how the emergence of this new parliamentary diplomacy is associated to the crisis of representation in the political systems as a response to the new requirement for political legitimacy.

Methodology:

The study was guided by a reflection on the theoretical-practical problems set out by this new form of external action, categorizing the different types of behavior of parliamentary diplomacy, and problematizing the ways in which political legitimation can contribute in times of globalization.

Conclusions:

In a recent field of study with relatively scarce related literature, this article concludes by indicating certain lines that open up a research agenda relating to parliamentary diplomacy, generating questions that motivate a more detailed examination of the ways in the relationship between the representation of citizen plurality held by the parliamentarians and their external actions in a globalized world society.

Originality:

In Europe and Latin America, studies on parliamentary diplomacy have traditionally been dealt with thorough different approached, with cognitive interests and dissimilar emphases. However, this article proposes a dialogue between both “currents” to provide an integrative view of the phenomenon, in order to present a broader characterization of the scope of the behaviors that must be studied in relation to parliamentary diplomacy. Finally, it situates the phenomenon within a framework of more encompassing reflections that refer to the problem of the legitimation of the political systems at national and global scales, and the transformations of diplomatic practices in today’s world.

Keywords: Parliamentary diplomacy; representation; international parliamentary; institutions; globalization; democracy; international relations

Resumo:

Objetivo/contexto:

O artigo se enfoca em uma revisão da literatura recente em matéria da ação exterior dos parlamentos que surgiram na Europa e na América Latina. A partir disso, propõe uma perspectiva integradora que caracterize a evolução, os papéis e as estratégias de atuação dos atores parlamentares como novos agentes das relações diplomáticas. Além disso, pretende entender como a emergência dessa diplomacia parlamentar se associa à crise de representação nos sistemas políticos, como uma forma de resposta a novas necessidades de legitimação política.

Metodologia:

A pesquisa foi guiada por uma reflexão sobre os problemas teórico-práticos que essa nova ação exterior apresenta, o que categoriza os diferentes tipos de condutas de diplomacia parlamentar e problematiza os modos em que colabora para a legitimação política em tempos de globalização.

Conclusões:

É um campo de estudo recente, com uma literatura relativamente escassa, o artigo conclui indicando certas linhas que abrem uma agenda de pesquisa em matéria de diplomacia parlamentar, gerando perguntas que motivem um aprofundamento nos modos em que a relação entre a representação da pluralidade cidadã que os parlamentares ostentam e sua atuação exterior em uma sociedade mundial globalizada pode operar.

Originalidade:

Usualmente, os estudos sobre diplomacia parlamentar encontram enfoques díspares, com interesses cognitivos e ênfases dissímeis, na Europa e na América Latina. No entanto, este artigo se propõe a colocar ambas as “correntes” em diálogo para entregar uma perspectiva integradora do fenômeno, com o objetivo de apresentar uma caracterização mais ampla do alcance das condutas que devem ser estudadas em matéria de diplomacia parlamentar. Por último, situa o fenômeno no âmbito de reflexões mais abrangentes que remetem aos problemas de legitimação dos sistemas políticos, em escala nacional e global, e às transformações das práticas diplomáticas no mundo atual.

Palavras-chave: Diplomacia Parlamentar; Representação; Instituições Parlamentares Internacionais; Globalização; Democracia; Relações Internacionais

“[…] Yo, el gran Teatro del mundo, para que en mí representen los hombres, y cada uno halle en mí la prevención que le impone al papel suyo […]”. Pedro Calderón de la Barca El gran teatro del mundo (1655)

“Los parlamentarios deben mirar más allá de las fronteras y darse cuenta de que el mundo exterior está ya en el interior”. Weisglas y De Boer (2007)

Introducción

Por varios siglos, las comedias, los dramas y sainetes representados en el “gran teatro del mundo” fueron protagonizados por un mismo tipo de actores; en verdad, los únicos actores autorizados: los Estados soberanos, en cabeza de su gobierno central. Era la escena diplomática internacional, entendiendo por tal -en el sentido con que la acuñara Bentham- las relaciones de Estado a Estado, en que la diplomacia, secretista y basada en la raison d'état, era un medio utilizado por los representantes autorizados para avanzar el poder e influencia del propio Estado/gobierno.

En el trasfondo de las obras, una mirada atenta podría detectar la presencia de otros personajes que, sin embargo, eran mantenidos como simples figurantes; incluso en situaciones en que tenían participación, su papel de actor era sistemáticamente neutralizado o invisibilizado por los protagonistas. Eppur si muove!! Y, sin embargo, la implicación silenciosa -a menudo desapercibida para los focos del “gran teatro del mundo”, de esos personajes, a veces actores secundarios- puede rastrearse en “obras” connotadas del último siglo (guerras mundiales, integración europea, descolonización, etcétera).

En las décadas transcurridas tras el final de la Guerra Fría, la escena toma un giro decisivo: las obras que se representan tienen, cada vez más, el aire de una película coral, en que no hay un protagonista único sino un conjunto de personajes, de actores con similar relevancia, cuyas distintas historias pueden conectarse en algún punto o no cruzarse en absoluto. Es una escena diplomática mundial, que excede lo meramente internacional, en que la diplomacia recupera un sentido más amplio como un modo de mediar entre las distintas formas de otredad y diferencia que experimentan los individuos y los grupos sociales en la actual sociedad mundial globalizada (Cornago 2013, 1). De campañas temáticas de “diplomacia ciudadana” a las “cumbres de los pueblos”, en paralelo con las cumbres presidenciales; de la diplomacia corporativa de las transnacionales a las redes mundiales de ciudades, y la inclusión de todas las “partes interesadas” (stakeholders) en procesos de diálogo y colaboración en distintas organizaciones internacionales, las prácticas diplomáticas exceden a los actores exclusivos y excluyentes de antaño.

De esta forma, la asociación moderna entre diplomacia y Estado -conducida por su gobierno- va perdiendo su carácter monopólico. Se hacen visibles en la escena mundial múltiples manifestaciones de una actividad de representación y comunicación, que despliega actores estatales y no estatales, públicos y privados, de carácter nacional y subnacional. Se asiste a un proceso de pluralización de la diplomacia, en que una gran diversidad de actores opera con prácticas, lenguajes y propósitos diferentes, que no necesariamente convergen, y son portadores de múltiples legitimidades, más o menos cuestionadas en la escena mundial (Cornago 2013, 78).

En este contexto, el fenómeno de la Diplomacia Parlamentaria (DP) se ha desarrollado crecientemente en todas las regiones del mundo. Este artículo contribuye a dar cuenta de una práctica en proceso de normalización en las relaciones internacionales, que necesita de una reflexión sobre sus alcances, en cuanto a posibilidades y límites, para generar una mayor atención académica a la ya entregada por la incipiente literatura en la materia.

1. Las instituciones parlamentarias en la escena política mundial

El desarrollo de las instituciones parlamentarias ha significado la consolidación de sus clásicas funciones de representación, legislación y control del Poder Ejecutivo dentro de la jurisdicción territorial del Estado. En cuanto al ámbito internacional, esas competencias siempre han sido más limitadas, dada la primacía constitucionalmente reconocida al Ejecutivo en la conducción de la política exterior. Su rol en materia internacional se ha asociado, tradicionalmente, a tareas de control y acompañamiento en distintas fases de la política exterior, cuyos mayores niveles de incidencia se dan, según lo establezca la legislación interna, en relación con las competencias de aprobación de tratados, márgenes de decisión en asuntos de guerra y paz, y aprobación de la designación de los representantes diplomáticos del Estado.

Para entender el sentido y los alcances de la DP, sin embargo, no se pueden tomar las actuaciones asociadas a estos roles parlamentarios tradicionales como expresión típica de la función de diplomacia parlamentaria. En esas instancias, la institución parlamentaria está operando como un órgano interno en la formación de la voluntad del actor Estado, que será finalmente manifestada por su gobierno. Por el contrario, las actuaciones internacionales de la DP implican, en esencia, la condición de actor autónomo en la escena política mundial de las instituciones parlamentarias, esto es, de los parlamentos y los parlamentarios, aportando su propia voluntad y haciendo su propia contribución a las relaciones diplomáticas en un contexto agencial pluralizado.

Entre los actores neodiplomáticos que se incorporan al “gran teatro del mundo” se encuentran algunas entidades estatales que establecen interrelaciones con sus contrapartes de otros Estados, es decir, desarrollan relaciones transgubernamentales. En efecto, se trata de interacciones directas entre subunidades de diferentes gobiernos (Estados), no controladas ni estrechamente guiadas por la política oficial -en particular, la política exterior- del gobierno nacional (Keohane y Nye 1974, 42-43). Si bien esta categoría fue desarrollada en relación con la actuación de agencias del propio Poder Ejecutivo, también es extensible a la acción de otros poderes del Estado central. Tal cosa es lo que ocurre con la implicación en redes y foros de cooperación internacional por parte del Poder Judicial y del Poder Legislativo, que, en este último caso, está ligado a la emergencia de la DP como una nueva función estable de los parlamentos, y de los parlamentarios, a nivel mundial.

Como actores internacionales, los parlamentos y los parlamentarios tienen ciertas características únicas. En cuanto agencia del Estado, el parlamento goza -dada su propia naturaleza institucional- de plena independencia frente al Ejecutivo, lo que hace más factible que actúe en forma relativamente autónoma del gobierno, autoridad superior en política exterior. Ante ello, que es de la esencia de las relaciones transgubernamentales, surgen en ocasiones recelos en los gobiernos -y las Cancillerías- ante la diplomacia parlamentaria, por lo que pudiera tener de contradictoria frente a la diplomacia oficial y la unidad del Estado en política exterior.

Por otra parte, en cuanto son representantes populares, electos por los ciudadanos nacionales -y son también responsables ante ellos-, los parlamentarios, y los parlamentos que integran, son actores internacionales que gozan de legitimidad democrática para sus acciones (Šabić 2008, 261 y 267). En esa calidad, antes que “representar un importante punto medio” (Cutler 2006, 82-83) entre la diplomacia interestatal y las organizaciones no gubernamentales de la sociedad civil, los actores parlamentarios son expresión de la pluralidad política y social de sus sociedades desde un espacio de representación política. Este papel como autoridad pública, con una fuerte carga de representación ciudadana, marca una diferencia en las posibilidades y responsabilidades que impone a los actores para el desarrollo de las prácticas e instituciones de la DP, o parlomacia (Fiott 2011, 1),1 en esta escena mundial de multiactores.

2. Diplomacia Parlamentaria: orígenes, evolución y caracterización

La noción DP tiene una silenciosa trayectoria en las relaciones internacionales y, en ese camino, ha experimentado un significativo cambio de sentido. En un primer momento, el concepto fue utilizado para hacer referencia a las conferencias y organizaciones internacionales de carácter multilateral,2 en que los representantes gubernamentales participan en deliberaciones con técnicas y normas de procedimiento análogas a las de los cuerpos parlamentarios. En dichos foros, además, las resoluciones se adoptan por voto mayoritario, o por consenso logrado por negociaciones políticas multilaterales, y tanto el debate como la decisión son públicos con relativa inmediatez.

En los últimos veinte años se ha modificado el uso de la noción, para referir como “diplomacia parlamentaria” a la actuación exterior de los Congresos y los congresistas, que, según los autores, pueden ser relaciones más o menos formalizadas. En lo esencial, pasó a ser concebida como actividades de interacción y cooperación interparlamentaria, cuyo modelo clásico es la Unión Interparlamentaria (UIP), que, paradójicamente, fue fundada en 1889 como una asociación de parlamentarios que abogaba por el establecimiento de una corte de arbitraje internacional para la resolución pacífica de los conflictos. Sin embargo, este antecedente histórico permite remontarse a los orígenes comunes de ambas “vertientes” de la diplomacia parlamentaria, aquella que pone el acento en los métodos tradicionalmente parlamentarios, y la que se enfoca en la procedencia institucional de los agentes implicados. En efecto, más allá de las divergentes realidades a que atienden, estos dos sentidos tienen un vínculo histórico y funcional, como producto del cuestionamiento a la “vieja diplomacia” -secretista y de Realpolitik-, que tuvo su clímax con el final de la Primera Guerra Mundial; así,

[...] la promoción de métodos parlamentarios y de agentes parlamentarios en las relaciones internacionales es una consecuencia relacionada con la deslegitimación del tradicional manejo de los asuntos exteriores tras la Primera Guerra Mundial. Más aún, ambas dimensiones son resultado del mismo deseo de reforzar las ideas de paz y democracia en el campo de las relaciones exteriores [...]. (Götz 2005, 264)

Las expectativas de una “nueva diplomacia” -más democrática y transparente, más preocupada por el bienestar social de los ciudadanos, más abierta a la participación de otros actores, al diálogo y el mutuo entendimiento- inspiraron en parte el proceso de organización internacional de entreguerras y post-Segunda Guerra, pero dicha diplomacia se vio prontamente opacada por la áspera diplomacia de Realpolitik de la Guerra Fría.3 En esas décadas centrales del siglo XX, las asambleas parlamentarias que se crearon se desarrollaron bajo la alargada sombra interestatal que proyectaba el bipolarismo en Europa y, también, el intervencionismo golpista en América Latina y otras zonas del Tercer Mundo.

En décadas recientes, la DP -como implicación internacional de actores parlamentarios- se ha desarrollado rápidamente, y se ha convertido en una noción utilizada cada vez con mayor frecuencia por sus protagonistas. De hecho, la emergencia y el crecimiento de instituciones interparlamentarias muestran una progresión evidente: hasta la Segunda Guerra Mundial existían tres; durante la Guerra Fría, entre diez y quince; en la actualidad, entre setenta y cien, según distintos cálculos (cfr.Cofelice 2012). El creciente interés de los parlamentarios por implicarse en las actividades de diplomacia parlamentaria (que, a su vez, se transforma en una función regular de los parlamentos) -junto con la representación, la legislación y el control del gobierno- ha sido seguido también por una adaptación burocrática de la institución parlamentaria (Ferrero 2014a) para gestionar estas nuevas actividades, con una agenda crecientemente amplia, compleja y diversa.

Sin embargo, existe coincidencia en que el estudio académico de la parlomacia está aún en una fase incipiente. En buena medida, las contribuciones existentes se han limitado a documentar el funcionamiento de los diferentes foros parlamentarios internacionales, e intentar perfilar definiciones y clasificaciones básicas. Por otra parte, la dispar procedencia de esta literatura ha marcado también sus aproximaciones e intereses cognoscitivos diversos, pudiendo identificarse una línea “latinoamericana” y otra “europea”.

En América Latina dicha literatura ha sido producida por los “profesionales”, parlamentarios o asesores parlamentarios, de la actividad parlomática, cuyo interés central reside en hacer un balance de su labor de diplomacia parlamentaria, describir el funcionamiento interno y los logros de las instituciones en que participan, y, más en general, documentar las competencias y funciones de aquellas (Burgos y Riffo 2014; Ferrero 2014b; Richard y González 2011). En Europa, el interés de una pequeña comunidad académica, ligada a los estudios de integración regional, ha estado puesto en analizar las competencias y funciones de las instituciones parlamentarias internacionales (IPI) para determinar, en lo posible, cuánto y cómo se podrían acercar dichas competencias y funciones a las que posee un cuerpo parlamentario, para, de ese modo, contribuir a “democratizar” las relaciones internacionales (Cofelice 2012; Malamud y Stavridis 2011; Šabić 2008). De manera reciente, desde esta última línea se ha procurado dar una cobertura global al análisis del fenómeno (Stavridis y Jancic 2017), mientras que en América Latina se han hecho las primeras aproximaciones “académicas” con una innegable inspiración en la aproximación “europea” (Mariano, Bressan y Luciano 2017).

Esos distintos intereses y aproximaciones, así como el escaso o nulo diálogo entre estas dos “corrientes” de literatura, se expresan en una diversidad de énfasis en el momento de definir o caracterizar la DP, o las IPI, en cuanto emergente institucional más notorio. En un sentido muy laxo, la parlomacia se entiende abarcadora de un amplio entramado de relaciones formales e informales que vinculan a los parlamentos y a los parlamentarios, a título institucional o individual, con pares de otros Estados en ámbitos bilaterales, regionales o mundiales, incluidos los ámbitos partidarios (Fiott 2011, 1-2). Por tanto, abarcaría la participación de parlamentarios en reuniones públicas de partidos o movimientos sociales en otros países, o en asociaciones internacionales de partidos políticos como la Internacional Demócrata de Centro - Internacional Demócrata Cristiana, o la Internacional Socialista, o, en la región, la Conferencia Permanente de Partidos Políticos de América Latina (COPPPAL) o la Unión de Partidos Latinoamericanos (UPLA). En nuestro criterio, es una definición muy extensiva, que tiende a sobreponerse al espacio de actuación neodiplomática de los actores político-partidarios, sin desconocer las mutuas interrelaciones que se generan entre las redes parlamentarias y partidarias internacionales de los agentes políticos.

En el otro extremo, una definición mucho más estricta de la DP es presentada por un autor/“profesional” formado en la tradición diplomática estatal y, a su vez, promotor de la instalación de la actividad parlomática en el Poder Legislativo chileno. Desde esa perspectiva, se entiende por diplomacia parlamentaria

[…] la actividad internacional regular y coherente que los parlamentos desarrollan para alcanzar objetivos públicos determinados. Es una diplomacia sui generis en la que no hay representación de los gobiernos ni poder de negociación en su nombre, cuya aparición es una muestra evidente de la influencia creciente que los Parlamentos ejercen en el desarrollo de las relaciones internacionales del Estado. (Vallejos 2004, 80-81)

Esta caracterización pretende acotar las prácticas de DP, exclusivamente, a aquellas actividades que tienen un carácter oficial o institucional, con mandato o autorización de las cámaras parlamentarias. En el trasfondo, por cierto, se atisba también la preocupación de la diplomacia oficial por la presencia de parlamentarios asertivos que -en este rol neodiplomático “intrusista” (Badie 2008, en Cornago 2013, 72)- pudiera alterar la coherencia de la acción diplomática del Estado, cuya conducción corresponde al Jefe de Estado. En un intento de identificar con mayor grado de precisión los límites de la actividad parlomática -al menos, de la que se consideraría “legítima”-, se afirma que estamos frente a “una función propia de los parlamentos, paralela y complementaria a la diplomacia de los Estados representada por el Poder Ejecutivo. Puede ser un apoyo a la diplomacia gubernamental, anticiparse a esta, pero no es antagónica a ella” (Obrador y Serani 2009, 40).

En principio, hay consenso en esta observación a la vista del papel institucional que les compete a los actores parlamentarios en el ámbito de la política exterior. En este sentido, se entiende que la DP puede ser un instrumento útil para las relaciones entre los Estados, siempre y cuando mantenga la coherencia y esté bien coordinada con la diplomacia oficial. Este canal transgubernamental genera formas de comunicación, de intercambio de puntos de vista -y lazos de confianza y conocimiento mutuos-, más fluidas que permiten, en ocasiones, identificar espacios de acuerdo e interés común antes que lo hagan las Cancillerías, o acercar posiciones para aminorar tensiones o resolver situaciones. A ese respecto, se ha dicho que

[…] los parlamentarios tienen por ende un margen de flexibilidad de que carece el diplomático […;] esta flexibilidad permite a los legisladores dialogar en forma más abierta con sus contrapartes de otros países y aportar soluciones innovadoras a lo que parecían problemas insolubles. (Beetham 2006, 174)

Aun coincidiendo en esa valoración, compartimos la apreciación de que ese rol innovador será mucho más probable si los parlamentarios se comportan como actores realmente independientes, ya que “si los parlamentarios son vistos como muy cercanos e indistinguibles de sus propios gobiernos, esto puede ser visto también como una debilidad de la parlomacia [; su] fortaleza es su independencia respecto a los gobiernos y otros establishments” (Fiott 2011, 4).

De hecho, esa tensión entre coordinación e independencia es una constante en la actuación internacional de los actores parlamentarios, siendo probable que tanto en las IPI de adscripción individual (redes) como en aquellas con mayores competencias (órganos) prevalezcan conductas más autónomas y, por ende, más desalineadas de la línea gubernamental del propio Estado. Ahora bien, en la experiencia reciente existen actuaciones unilaterales de actores parlamentarios que, vía declaraciones en materia de política exterior, contradicen abiertamente la política exterior de su país.

Tal el caso de la carta abierta del Senado estadounidense -en rigor, la mayoría opositora que controla esa cámara- a los “líderes de la República Islámica de Irán”, enviada en marzo de 2015, con la evidente intención de obstaculizar el acuerdo nuclear que ambos gobiernos -junto con otros países- estaban llevando adelante (Baker 2015). En este extremo, estamos ante una acción parlomática “contra diplomatia”,4 que va en abierta oposición a la política exterior del propio gobierno; por lo demás, siempre puede haber fricciones cuando una declaración o un acuerdo parlomático genere reclamos por canales diplomáticos oficiales.

En vista de toda la discusión precedente, consideramos adecuada la definición general que presentan Weisglas y De Boer (2007, 93-94), quienes entienden como diplomacia parlamentaria

[…] todo el espectro de actividades que llevan adelante los parlamentarios para incrementar el entendimiento mutuo entre países, para ayudarse mutuamente a mejorar el control de los gobiernos y la representación del pueblo, y para aumentar la legitimidad democrática de las instituciones intergubernamentales.

En la literatura especializada es habitual la referencia a las dificultades de clasificar el gran número y variedad de foros e instituciones en que se desarrolla la diplomacia parlamentaria. Este campo presenta, en ese sentido, problemas de heterogeneidad, de evolución constante e hibridez de las estructuras organizativas, que son análogos a lo que tradicionalmente acontece en el campo de las organizaciones internacionales. Sin embargo, una complejidad adicional consiste en que, más allá del ámbito de las IPI en que tiene lugar gran parte de la actividad parlomática regular, existen instancias no multilaterales en que se producen actuaciones de DP.

Antes de atender a una caracterización de las distintas formas en que se expresa la actividad parlomática, sin embargo, es necesario clarificar las condiciones estructurales que han permitido la evolución reciente de la DP como fenómeno a escala global.

3. Condiciones estructurales para la expansión de la Diplomacia Parlamentaria

En la pos-Guerra Fría, las prácticas e instituciones de DP experimentaron una expansión geométrica. Por cierto, la desaparición de los corsés geopolíticos bipolares facilitó los vínculos de cooperación interparlamentaria entre países. Sin desconocer este factor, nos interesa destacar especialmente dos condiciones de carácter estructural, cuya incidencia resulta decisiva en la evolución reciente de la actividad internacional de los actores parlamentarios.

La primera condición tiene que ver con procesos que, en principio, se consideran “internos”, tales como los que condujeron a la democratización de los sistemas políticos nacionales. En efecto, a partir del último cuarto del siglo pasado, un gran número de países del sur de Europa, América Latina, la antigua “Europa del este”, el Asia oriental, y otras regiones del mundo, vivieron procesos de transición hacia regímenes políticos democráticos. Estos procesos se dan, sin embargo, de manera sincrónica en los distintos países y regiones como una “ola de democratización” (Huntington 1994), por lo que no se pueden desconocer las influencias de un contexto mundial globalizado (Whitehead 1996). En cualquier caso, con la democratización del sistema político se consolida la división de poderes, y con ello, las competencias constitucionales del Congreso en materia de relaciones internacionales, lo que genera las condiciones “domésticas” para una mayor implicación de los actores parlamentarios en la escena mundial.

Por su parte, el avance de la globalización, presentado muchas veces como una condición “externa”, genera una transformación estructural en las sociedades contemporáneas. En las últimas décadas, la sociedad mundial ha visto una aceleración de los procesos de cambio que se conocen como globalización (Mittelman 2000). Este fenómeno implica el incremento de la conectividad mutua entre las variables económicas, tecnológicas, sociales y culturales en las distintas sociedades nacionales, y de estas con los procesos que tienen lugar en los ámbitos internacionales. Si bien la economía y el desarrollo tecnológico han impulsado fuertemente su marcha, la globalización incide en los más diversos aspectos de la vida social y, por cierto, también en el plano político-institucional.

Al respecto, es necesario poner el énfasis en la naturaleza cualitativa de las transformaciones implicadas por el proceso de globalización. A diferencia de la simple internacionalización -que implica interconexión creciente de espacios “nacionales” distintos-, la globalización remite a un proceso de relativa pérdida de centralidad de la distancia y las fronteras territoriales de los Estados para la organización de las relaciones humanas, y al mismo tiempo emerge el globo, el mundo, como espacio social único para numerosas prácticas sociales (Scholte 2000), con lo cual se vuelven borrosos los límites entre “interno” y “externo”. Con la transnacionalización de un conjunto de prácticas sociales, tanto económicas como sociopolíticas y culturales -que a su vez interactúan con otras actividades sociales organizadas en la escala nacional-, el espacio demarcado por el Estado nacional deja de desempeñar el papel de contenedor de todas las relaciones sociales significativas. Por cuanto las relaciones sociales se reorganizan en una diversidad de escalas espaciales -que pasan a ser más determinantes para definir intereses, compartir valores o identificar prioridades-, los niveles mundial y regional, pero también el nivel local, se convierten en relevantes para la gobernanza (Ferrero 2010).

Los procesos y actividades económicos adquieren una fuerte dimensión transnacional, conformándose una economía verdaderamente global que funciona en tiempo real y a escala planetaria (Dicken 2011). Las economías nacionales quedan insertas en esta malla global, con la integración de los mercados financieros, la creciente importancia de las cadenas de valor globales en los procesos productivos, y el incremento exponencial del comercio de servicios, entre otros datos. Estas nuevas circunstancias han requerido establecer un conjunto de regímenes y organizaciones internacionales que, tanto a nivel universal como regional, permitieran coordinar acciones y políticas, aprender de las mejores prácticas y establecer reglas aplicables a estos distintos campos de acción interdependientes.

Este conjunto de transformaciones globales, que implica una creciente interpenetración entre las esferas de lo interno y lo externo, plantea un desafío de adaptación a las instituciones establecidas y los mecanismos habituales de la política en la escala nacional. En consecuencia, los Estados han desarrollado una creciente participación en un amplio espectro de instituciones multilaterales que establecen regímenes regulatorios que gestionan la economía política del capitalismo globalizado (Palan 2000). En esos entornos institucionales, los gobiernos negocian y establecen compromisos que inciden en un gran número de políticas nacionales, en muchos casos estrechamente interrelacionadas, que van del comercio a la salud pública, pasando por el medioambiente, los derechos humanos o los impuestos, hasta la educación o la seguridad alimentaria. En esta nueva escena mundial, los gobiernos actúan como encargados de la política exterior en los mismos términos que cuando los asuntos internacionales tenían el limitado alcance de afectar las relaciones de Estado a Estado.

En las circunstancias actuales, las decisiones que se adoptan en esos espacios repercuten, a través de su impacto en las legislaciones y los programas de política pública nacionales, directamente en varios aspectos de la vida cotidiana de las personas y en las estrategias de desarrollo de los países. Sin embargo, esas soluciones institucionales innovadoras siguen basadas, en buena medida, en las prácticas de negociación y decisión opacas propias de los estilos de la diplomacia tradicional, dando una atención insuficiente a su repercusión sobre la política democrática organizada a nivel del Estado nacional. En particular, ello tiene efectos “desempoderantes” para los parlamentos y, en general, sobre los equilibrios de poderes que se establecen en cada país entre el Ejecutivo y el Legislativo. En efecto, la decisión sobre gran parte de las materias de política pública que se ven afectadas es competencia de los parlamentos, según los arreglos constitucionales nacionales, la Constitución de cada país.

Pero al convertirse en asuntos negociados “externamente” por los gobiernos, los órganos parlamentarios ven menoscabada de facto su capacidad de hacer una consideración sustantiva de las medidas y acciones por adoptar en el espacio institucional, para la legítima representación de la pluralidad de opiniones que existen en las sociedades nacionales.5 En consecuencia, como sostiene David Beetham en relación con las decisiones en el marco de la OMC, “los parlamentarios se encuentran así obligados a aprobar legislación para la aplicación de dichas normas sin tener la posibilidad de verificar que correspondan verdaderamente a los objetivos de la nación y las aspiraciones populares” (Beetham 2006, 168).

Este tipo de desacoples institucionales entre los ámbitos de toma de decisiones y de representación democrática se traducen en un déficit de democracia en los asuntos internacionales. El surgimiento de la diplomacia parlamentaria, junto con la mayor implicación de los parlamentos en la actividad internacional de los Estados, constituyen una respuesta a esas nuevas necesidades de legitimación política en el marco de la globalización.

La interdependencia acrecentada se caracteriza, paralelamente, porque emergen problemas de carácter transfronterizo y de alcance en verdad global, como el calentamiento planetario, la migración internacional, la pobreza y la cohesión social, entre otros, que son abordados en diferentes reuniones y foros multilaterales. Se alteran las prioridades tradicionales de la agenda internacional, marcadas por la guerra y la paz entre Estados, para dejar paso a intereses mucho más multidimensionales que abarcan un conjunto de temas que hacen referencia al desarrollo y la calidad de vida de los pueblos y las personas.

Estos múltiples problemas crean una diversidad de formas, y variedad de intensidades, de interdependencia entre Estados y sociedades, generando tipos de problemas como los que identifica Messner (1999, 82-85).

Así, identifica un cierto tipo de “problemas globales comunes” -como el cambio climático- que necesitan cooperación y reglas estrictas a nivel mundial, mientras que otros son “problemas transfronterizos”, en que las acciones u omisiones de un Estado -como en la gestión de aguas compartidas- repercuten sobre los vecinos a través de las fronteras. Existen “fenómenos globales” sin incidencia transfronteriza inmediata -como la gestión de las megaurbes-, pero que hacen posible el aprendizaje recíproco con la identificación de mejores prácticas, por cuanto hay “problemas derivados de la interdependencia global” que pueden conducir a prácticas de dumping social, ambiental o tributario, donde se requiere coordinar o armonizar políticas y estándares a escala global y, sobre todo, regional.

Ante todas esas situaciones, la diplomacia parlamentaria puede resultar, y de hecho lo ha venido siendo, un complemento relevante para la diplomacia convencional del Estado, conducida de gobierno a gobierno. En ocasiones, en especial a través de redes parlamentarias de carácter temático, la parlomacia permite desarrollar actividades de sensibilización y activismo a escala transnacional, pero también en el plano nacional, para instalar el tema en la agenda pública o lograr que el parlamento o el gobierno asuman compromisos internacionales en la materia (Šabić 2008, 258).

En las distintas instancias de diplomacia parlamentaria, sobre todo en las IPI, se crean espacios para el debate, intercambio de ideas y experiencias, e identificación de buenas prácticas en diferentes áreas de políticas públicas. Además, en cuanto ámbitos con representación plural de los distintos segmentos de sus sociedades, es posible establecer consensos amplios que permitan una acción conjunta en ciertos temas de interés común, o elaborar propuestas de armonización normativa que luego se trasladen al trabajo “doméstico” de los legisladores nacionales.

4. El papel de los actores parlomáticos : representación política/ representación diplomática

Las sociedades contemporáneas experimentan una crisis de representación que afecta el funcionamiento y la confianza en sus sistemas político-institucionales. Esta situación impacta, especialmente, en los parlamentos, dada la centralidad de su función de representación política de los ciudadanos. En ese sentido, como establece la Declaración Universal sobre la Democracia, aprobada por la UIP (1997), “la democracia […] requiere la existencia de instituciones representativas en todos los niveles, y en particular en el parlamento, representativo de todos los componentes de la sociedad”. Con una ciudadanía cada vez más hiperconectada, con acceso inmediato a información, e interés en movilizarse por reivindicaciones y temas específicos, se modifican las expectativas de los ciudadanos sobre la representación política y se incrementan las demandas de mecanismos democráticos más directos y participativos.

En el campo de la diplomacia tradicional se ha dado por sentado el carácter representativo (del Estado/gobierno) que ostenta el personal diplomático acreditado. Sin embargo, resulta interesante analizar en qué medida las transformaciones estructurales de la sociedad mundial contemporánea -en términos de globalización e hiperconectividad, entre otros- inciden en el sentido de la representatividad diplomática. En estas nuevas circunstancias, en que todos “los individuos son capaces de representarse a sí mismos, y lo están haciendo cada vez más”, el papel del diplomático profesional como representante casi monopólico de “la nación” (Estado), y su interés superior, se va erosionando, ya que “la representación 'internacional' se convierte en una actividad con iguales oportunidades” (Henrikson 2013, 113 y 125) para la implicación de los ciudadanos y de varios actores colectivos. En esencia, se puede identificar una gran homología entre las problemáticas que enfrentan la representación política y la representación diplomática, ante las posibilidades y demandas de mayor implicación ciudadana directa. Cuando existe co-presencia inmediata se torna más cuestionable el papel clásico de quienes deben representar a aquellos que no están -y no pueden estar- presentes.

Por cierto, en esta nueva escena, el diplomático profesional no deja de tener un papel en concreto que desempeñar, como representante del Estado; otro tanto ocurre con la institución parlamentaria como ámbito de representación política. De hecho, por siglos los parlamentos se fueron desarrollando como ámbitos privilegiados para la representación de los ciudadanos, si bien siempre en un espacio “doméstico”, dentro de los límites del Estado nacional. A lo largo del tiempo, sus roles tradicionales, en un primer momento fundamentalmente consultivos, dieron paso a facultades más decisivas para el gobierno de las sociedades consolidando sus clásicas funciones de representación, legislación y fiscalización o control del Poder Ejecutivo (Power 2012, 10-25). En este proceso, el parlamento ha ganado un rol central como una institución central en que están representadas las distintas sensibilidades y corrientes de opinión que componen una sociedad. Desempeña una función representativa de la pluralidad política y social, haciendo presente las diversas voces ciudadanas en los debates sobre legislación y políticas públicas, y cuenta con “poderes y medios para expresar la voluntad del pueblo legislando y controlando la acción intergubernamental”, como se afirma en la Declaración Universal sobre la Democracia.

En el ejercicio de las funciones representativas, el representante debe hacer presente las opiniones y los intereses de sus electores en el proceso de toma de decisiones estatal. De ese modo, la representación política implica una mediación entre lo particular y lo general, entre la unidad del Estado y la pluralidad social. Históricamente, los sistemas de representación han permitido conciliar, de diversas formas, “la representación ante el poder, al ser ‘proyección de la sociedad en el Estado’ y la representación del poder, en tanto voceros del Estado ante la sociedad” (Novaro 1995, 146). En el desempeño de todos los representantes electos se halla siempre presente la tensión entre el aspecto expresivo y el simbólico de representar, entre hacer presentes los intereses y opiniones particulares de aquellos por quienes actúa, los ciudadanos, y “personificar” el interés general en que se sintetizan las diferencias (Pitkin 1985). En el gobernante, el Jefe de Estado y su gabinete, ambos elementos se combinan con una prevalencia del aspecto simbólico, que permite dar estabilidad y gestionabilidad al gobierno y al Estado. En el parlamento tiende a prevalecer el aspecto expresivo, por cuanto los diputados y senadores deben hacer presentes los diversos puntos de vista, intereses y aspiraciones de los ciudadanos.

En la representación diplomática también opera la tensión entre dos formas de representar, según se puede derivar de la escueta presentación de Henrikson (2013, 120). En nuestra interpretación, por una parte, se puede identificar la representación como muestra de competencia, efectividad en la defensa de los intereses y la postura oficial del Estado. Por otra, es posible referirse a la representación a través de acciones que expresen los valores y la identidad de la “nación”/pueblo de la que es emisaria. Más allá de que en su actuación combinen ambos factores, los diplomáticos al servicio del Estado/gobierno siempre habrán de privilegiar una voz monológica, un principio de unidad que está presente en la acción del Poder Ejecutivo. Por el contrario, su papel representativo de la pluralidad de la sociedad confiere a los actores parlamentarios un carácter único para volcar en la actuación neodiplomática de la parlomacia las voces plurales de la ciudadanía. Precisamente, su papel en una escena mundial coral está asociado a su propia naturaleza institucional como representantes políticos, cuya proyección internacional les permite canalizar las preocupaciones y demandas ciudadanas, e implementar de mejor modo sus competencias y funciones como parlamentos.

Por cierto, en la experiencia comparada, la conducción de la política exterior es facultad del Jefe de Estado, que fija las orientaciones a través del Ministerio de Relaciones Exteriores. Sin embargo, corresponden al Congreso una serie de competencias que tienen relevancia en la actuación internacional del Estado, tal como aprobar los tratados internacionales suscritos por el gobierno para permitir su ratificación. Hay también otras actividades ordinarias del Congreso que pueden tener relevancia internacional, como adoptar proyectos de acuerdo o declaraciones institucionales tomando posición ante algún acontecimiento externo. Por último, gran parte de los compromisos que se asumen externamente en distintos entornos institucionales internacionales tienen efecto sobre una amplia gama de políticas nacionales que están constitucionalmente confiadas a los parlamentos.

Teniendo presente esta realidad, el eurodiputado liberal belga Geert Versnick afirmó, en el marco de la Conferencia Parlamentaria sobre la OMC, que “el comercio internacional es muy importante para ser dejado únicamente en las manos de los gobiernos y que nosotros, los parlamentarios, tenemos el deber de supervisar el trabajo de nuestros gobiernos en la OMC” (Versnick 2006). Esa reflexión es completamente extrapolable a otras materias y, en definitiva, viene a destacar la razón para lograr una mayor implicación de los parlamentos en los asuntos internacionales. Se trata, en otras palabras, de ejercer en el ámbito de las relaciones exteriores del país las mismas competencias constitucionales que posee y ejerce el Poder Legislativo en el plano exclusivamente interno.

En este sentido, Uwe Holz (2005, 22)6 ha sistematizado esas competencias parlamentarias concretas en seis grandes áreas, conformando el modelo del “hexágono parlamentario”, que se conforma con:

a) competencia legislativa: elaborar leyes, incluidos cambios constitucionales;

b) competencia presupuestaria: asignar recursos financieros y decidir sobre el presupuesto y los impuestos;

c) competencia de control: exigir responsabilidades al gobierno y supervisar sus acciones ejecutivas, las políticas y el personal;

d) competencia de representación y debate: representar la pluralidad de opiniones de una sociedad democrática (democratic publics) y debatir asuntos contingentes nacionales e internacionales;

e) competencia electiva: elegir a las personalidades, los funcionarios y órganos competentes dentro del parlamento y, en el caso de los sistemas parlamentaristas, al Ejecutivo;

f) competencia internacional: influir en la política exterior mediante las facultades para aprobar tratados o decidir sobre guerra y paz, mediando entre la ciudadanía nacional y las instituciones internacionales, desarrollando actividades de diplomacia parlamentaria, entre otras.

Por tanto, una consecuencia a primera vista paradójica es que el incremento de la mayor implicación parlamentaria internacional debe tener como ámbito protagónico los propios Congresos a nivel nacional, y complementarse con la interacción en las IPI.7 En el plano nacional, pero con indudables repercusiones externas, una estrategia significativa consiste en que los parlamentos nacionales desplieguen su actividad de supervisión e influencia sobre las políticas negociadoras de los gobiernos. Ello requiere que los parlamentarios puedan contar con información relevante y oportuna por parte del gobierno, en relación con iniciativas internacionales que está estudiando, para poder considerarlas y entregar su opinión. Asimismo, un paso relevante consistiría en lograr instalar la práctica de que los parlamentarios especializados en ciertas materias sean incluidos en las delegaciones oficiales del país a los eventos intergubernamentales respectivos a ese asunto. Este tipo de criterios son de habitual debate en los foros interparlamentarios y fueron recogidos en las Directrices voluntarias que adoptaron los parlamentarios reunidos en la Conferencia Parlamentaria sobre la OMC (UIP 2008).

En igual sentido, el eurodiputado socialista español Enrique Barón Crespo ha defendido que, dado el rol de los parlamentarios como legítimos representantes de los ciudadanos, su papel en la escena internacional no debiera ser visto con recelo por los diplomáticos profesionales.8 Antes que una presencia “intrusa”, es de esperar, sostuvo,

[…] que los negociadores no vean el involucramiento parlamentario meramente como una limitación o una obligación por cumplir. Transmitiendo las preocupaciones e inquietudes de nuestros votantes en el curso de la negociación, los parlamentarios podemos ayudar a que los acuerdos que emerjan no sólo sean técnicamente adecuados sino aceptables para el conjunto de la sociedad. (Barón Crespo 2005, 3)

Paralelamente, y de manera complementaria, los parlamentarios y los parlamentos han establecido canales propios de comunicación y foros de encuentro en el plano “externo”, donde han proliferado las IPI. El intercambio de ideas, el conocimiento de “buenas prácticas” y el acceso a información de primera mano en las redes e instituciones parlomáticas entregan mejores herramientas a los actores parlamentarios para cumplir sus funciones en la escala nacional. Asimismo, un número de esas IPI cuentan con ciertas facultades para hacer recomendaciones o propuestas, o interpelar, a los órganos intergubernamentales y gobiernos miembros de las organizaciones internacionales a las que están vinculados.

5. Los modos de la Diplomacia Parlamentaria: tipos de actuación y formas institucionales

En el desarrollo de actuaciones de DP, los actores parlamentarios recurren a una gran diversidad de actividades, desde visitas protocolares puntuales a la creación de instituciones multilaterales que generan una dinámica de encuentros regulares y reglados, pasando por reuniones ad hoc para resolver conflictos o generar confianza mutua, el establecimiento de redes parlamentarias temáticas para impulsar ciertas causas, y la adopción de posiciones en materias de política exterior y relaciones internacionales. Toda esa multiplicidad de actuación se orienta a cumplir alguna o varias de las funciones de la DP que identifica Stavridis (2017, 375-381): control de la política exterior nacional -e incidencia en ella-, legitimación de procesos de gobernanza regional y global, establecimiento de nuevos canales para enfrentar desafíos de la agenda internacional, adopción de postura de “tribunos morales” en ciertas materias, y, se debería agregar, asunción de un rol de activismo en la promoción de determinadas causas y temáticas.

Para completar un panorama analítico general del fenómeno, por tanto, es relevante contar con un ordenamiento de esas múltiples actividades en torno a ciertos criterios que permitan identificar los modos de la DP. En primer lugar, se puede señalar que la actividad parlomática responde a distintos tipos de actuación, según el número de partes o actores involucrados en la práctica o el mecanismo concreto. En este sentido, será posible distinguir entre tipos unilaterales, bilaterales y multilaterales de actuación parlomática.

Por tanto, un primer conjunto de actividades son las actuaciones unilaterales, que se traducen en declaraciones políticas de una institución parlamentaria nacional que tienen un impacto directo en actores institucionales no nacionales. Es posible que esas posiciones parlamentarias se establezcan con el propio gobierno nacional como destinatario explícito, exigiéndole cierta acción u omisión en materia de política exterior. Por ejemplo, el Congreso chileno ha recurrido a Proyectos de Acuerdo, presentados por senadores o diputados, donde se fija posición sobre asuntos de interés global o de relevancia para la política exterior nacional -incluida la situación de derechos humanos en otro país-. Si la cámara respectiva, o el Congreso como un todo, aprueban un Proyecto de Acuerdo específico, este tiene un efecto directo en las autoridades de los demás Estados, lo que, en ocasiones, ha significado contratiempos para la diplomacia oficial (Troncoso 2011).

En otro plano de acción se ubican los contactos bilaterales, que pueden adquirir formas, tiempos y características variados. Abarcan las visitas parlamentarias de carácter esporádico, que responden al viaje de delegaciones de parlamentarios, o de los presidentes de las cámaras en una función de representación institucional, a los parlamentos de otros países. En ocasiones se enmarcan en visitas oficiales de Estado, en que se invita a parlamentarios a integrar la delegación, aprovechando ellos para tomar contacto con contrapartes en el otro país o, incluso, celebrar reuniones con autoridades de gobierno del país anfitrión, y realizar gestiones en materia de política exterior. Por otra parte, existen reuniones específicas, a veces de carácter informal y reservado, para contribuir a mejorar las relaciones o resolver conflictos bilaterales, como las que derivaron en el logro de una solución acordada a una cuestión limítrofe pendiente entre Argentina y Chile, en los años 1990 (Colacrai y Schanzer 2016, 25-28).

Con mayor nivel de institucionalización operan los grupos interparlamentarios o grupos bilaterales de amistad, creados por cada parlamento nacional, según su normativa interna. Se orientan a estrechar lazos con otro país, con frecuencia a través de una vinculación a la Embajada, para generar un conocimiento recíproco de las realidades y experiencias nacionales y, en ciertas ocasiones, tener encuentros con parlamentarios de la contraparte. A su vez, existe la figura de las reuniones conjuntas de las comisiones de relaciones exteriores de las Cámaras parlamentarias, que tienen lugar con relativa periodicidad con sus pares de otros países, por lo general de la misma región, abordando asuntos de interés común y, eventualmente, aprobando un documento final (Troncoso 2011, 83).

Con carácter más permanente, respondiendo a la intensidad y relevancia política de las relaciones de ambos países, los parlamentos establecen por acuerdo mutuo instancias institucionales como el Comité de Diálogo Político entre el Congreso chileno y la Asamblea Popular Nacional china, e incluso logran que se les otorgue reconocimiento formal en un tratado internacional, como a la Comisión Parlamentaria Conjunta argentino-chilena (Colacrai y Schanzer 2016, 28-31). A través de tratados, asimismo, se ha instalado la figura de la comisión parlamentaria mixta como órgano de diálogo interparlamentario, en el marco de Acuerdos de Asociación de la Unión Europea con países de América Latina, como Chile o México, cuya composición es estrictamente bilateral.9

Finalmente, existe un vasto campo de foros multilaterales, con una gran diversidad organizativa y competencial, que constituyen espacios institucionales de deliberación integrados por parlamentarios que representan al menos a tres Estados o entidades subestatales. La participación de esos parlamentarios en las distintas IPI puede ser resultado de la adscripción individual, o producto de su designación por la respectiva legislatura, o bien responder a la elección popular. El amplio espectro de las IPI existentes presenta realidades dispares en cuanto a un funcionamiento más o menos regular, a las competencias atribuidas a cada entidad, como al hecho de estar vinculadas -directa o indirectamente- a alguna organización internacional “matriz” de composición intergubernamental.

En definitiva, las IPI constituyen plataformas en que los parlamentarios miembros coordinan posiciones y adoptan decisiones o programas que implementan o promueven frente a otros actores -por lo general, gobiernos-, a través de medios como la persuasión, el activismo (advocacy) y la presión institucional, entre otros (Šabić 2008, 258). Para un análisis de las IPI es posible agruparlas, pese a sus características idiosincráticas, en cuatro grandes categorías que presentan formas institucionales diferenciadas, tomando en cuenta algunas propuestas clasificatorias (Cofelice 2012; De Vrieze 2015; Ferrero 2014 b). De manera sintética se muestran las formas institucionales que presentan las IPI, ejemplificadas con instituciones específicas asociadas a la experiencia de participación del Congreso Nacional de Chile.

a. Redes de parlamentarios:

Asociaciones voluntarias de parlamentarios nacionales -excepcionalmente, de otras escalas- que se agrupan por adscripción individual o por delegación de su cámara de origen. Sus funciones se restringen a intercambiar información y experiencias, generar mayor conocimiento mutuo y articular posturas en común en ciertas temáticas, todo lo cual se traslada posteriormente a su trabajo parlamentario doméstico. En ciertos casos, son los propios parlamentarios, o los parlamentos, los que organizan estas redes; en otros muchos, son organizadas por otros actores (organizaciones internacionales; ONG; actores parlamentarios específicos [un parlamento nacional, una organización parlamentaria], etcétera).

Dentro de estas asociaciones existen algunas de carácter temático, que articulan el diálogo e intercambio de experiencias entre parlamentarios que comparten intereses comunes en ciertas materias, que apuntan a dinamizar con sus acciones. Otras redes se vinculan al funcionamiento y la agenda de alguna organización internacional “matriz”, que, en ocasiones, es quien convoca esos encuentros parlamentarios. Si este tipo de red se muestra eficaz es posible que se avance hacia un mayor nivel de formalización, convirtiéndose en una organización con membresía institucional de los parlamentos nacionales. A este respecto, el cuadro 1 ofrece una caracterización de los distintos tipos de redes parlamentarias, a partir de la experiencia de participación del Congreso Nacional de Chile.

Cuadro 1 Tipos de redes parlamentarias 

Redes temáticas Redes con filiación institucional
Parlamentarios para la Acción Global (PGA) Red Parlamentaria del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional
GLOBE International Asamblea Consultiva de Parlamentarios por la Corte Penal Internacional
Organización Global de Parlamentarios Contra la Corrupción (GOPAC) Red Parlamentaria Global de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)
Foro Mundial Parlamentario sobre la Diabetes Conferencia Parlamentaria sobre la Organización Mundial del Comercio (OMC), convocada por el Parlamento Europeo y la UIP
Mesa Redonda de Parlamentarios de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación Grupo de Mujeres Parlamentarias, de ParlAmericas
Frente Parlamentario contra el Hambre Red de Mujeres Parlamentarias de las Américas, de la Confederación Parlamentaria de las Américas (COPA)

Fuente: elaboración propia, a partir de la experiencia de participación del Congreso chileno.

b. Organizaciones parlamentarias internacionales:

Son instituciones interparlamentarias de alcance regional o mundial (asambleas, foros, uniones, confederaciones), integradas por parlamentos nacionales -excepcionalmente, de otras escalas- que son representados por sus delegados, y creadas por resoluciones de los propios parlamentos miembros. Sus funciones son primordialmente deliberativas, aunque, en muchos casos, han desarrollado competencias consultivas, y de actuación internacional más amplia (suscribir tratados, enviar misiones de observación electoral, etcétera), y han establecido acuerdos de colaboración con foros y organizaciones “matrices” de composición intergubernamental.

c. Órganos parlamentarios internacionales:

Constituyen la dimensión parlamentaria, como órgano de control político y representación ciudadana, de organizaciones internacionales de composición intergubernamental a escala regional o subregional, y son creados por los tratados constitutivos de esas organizaciones (o protocolos adicionales). Cuentan con competencias consultiva, legislativa, de control y presupuestaria en grados variables, y están integrados por parlamentarios designados por las legislaturas nacionales o son electos por voto popular directo.

d. Asambleas parlamentarias interregionales :

Instituciones interparlamentarias que reúnen a parlamentos nacionales y/u organizaciones parlamentarias internacionales de alcance regional, y órganos parlamentarios internacionales, representados por sus delegados. Su propósito es coordinar la consulta y cooperación interregionales como una dimensión parlamentaria de los foros de asociación interregional de composición intergubernamental. Es una categoría emergente dentro de las IPI, que pretende dotar de un espacio de diálogo interparlamentario a los distintos procesos de asociación entre regiones, o entre países de diferentes regiones.

Finalmente, en el cuadro 2 se presenta una sistematización de esta diversidad de tipos de entidades parlamentarias internacionales utilizando, a título ilustrativo, las instancias en las que participan las delegaciones del Congreso Nacional de Chile.

Cuadro 2 Tipos de entidades parlamentarias internacionales 

* Tiene la originalidad de agrupar diputados de un Parlamento regional (Parlamento Europeo) con parlamentarios miembros de organizaciones y órganos parlamentarios latinoamericanos (PARLATINO, PARLASUR, PARLANDINO y Parlamento Centroamericano), más los representantes de los parlamentos nacionales de Chile y México en las comisiones mixtas con la UE.

** El vínculo es orgánico cuando forma parte de la misma organización; es directo cuando tiene acuerdos específicos de colaboración preferencial con esa organización, y es indirecto cuando la organización o el foro es una referencia con la que establece cierto nivel de relación de colaboración.

*** Tiene la particularidad de incluir parlamentarios nacionales y subnacionales.

**** Se puede considerar una suerte de órgano “embrionario”, que sólo es creado por acuerdo de los parlamentos nacionales y no forma parte de la organización “matriz”.

Fuente: elaboración propia, a partir de la experiencia de participación del Congreso chileno.

Conclusiones

El campo de la DP, más allá de antecedentes históricos, está solo dando sus primeros pasos en términos de estudio y de práctica. Por ello, este artículo ha pretendido mapear conceptualmente el campo para permitir la aproximación académica a este fenómeno desde las Relaciones Internacionales. Si bien esta reflexión no amerita un cierre propiamente conclusivo, sí permite esbozar algunas consideraciones que pueden ser de utilidad tanto para los analistas como para los “profesionales”, de la parlomacia. Al mismo tiempo, estas consideraciones pretenden abrir interrogantes que ayuden a perfilar los contornos de la DP como una incipiente agenda de investigación académica.

En primer lugar, constatar que estamos en una sociedad mundial en transformación donde, junto con dinámicas más tradicionales, se hacen visibles tendencias policéntricas y reticulares, y las voces de múltiples actores se tornan audibles a través de algún tipo de activación diplomática. En esta escena, el sentido de la actuación internacional de los actores parlamentarios no puede ser una reproducción mimética de la diplomacia oficial, ni reducirse a un rol coadyuvante de esta. La DP debe desplegar la voz plural de las sociedades, entre otras cosas, expresando clivajes político-ideológicos más que, meramente, “nacionales”; interactuar con diferentes tipos de actores, asumir su papel como autoridades democráticamente electas y entender que su función representativa y de control a los gobiernos se ejerce, crecientemente, de manera transnacional o, mejor aún, en sistemas políticos a múltiples niveles.

Por otra parte, es importante ser consciente de que los distintos tipos y formas de IPI cumplen funciones diversas en la escena diplomático-parlamentaria que se ha ido articulando, y permiten a los actores parlamentarios poner en juego diferentes habilidades en pos de objetivos disímiles. En ese sentido, podemos identificar ciertos roles esenciales que cumplen, primordialmente, ciertos tipos de foros parlomáticos multilaterales, a saber:

1. Las redes parlamentarias de carácter temático son sobre todo un espacio de activismo parlamentario, por lo que se aproximan a la lógica neodiplomática de la sociedad civil (“diplomacia ciudadana”), como también a la labor de activismo doméstico de las organizaciones sociales.

2. Las organizaciones parlamentarias y las asambleas interregionales -pero también las redes parlamentarias con filiación institucional- cumplen una función de acompañamiento parlamentario a la diplomacia estatal, por lo que tienden a emparentarse con ella, actuar en función de sus agendas y prioridades, y asumir un rol de cuasi diplomacia paralela (side-car), si bien buscando incidencia y control respecto a la labor gubernamental.

3. Los órganos parlamentarios cumplen un rol más propiamente de institución parlamentaria, centrado en la función de representación y deliberación, si bien funcionando con criterios más diplomáticos en cuanto a equilibrar sensibilidades plurales de carácter político-ideológico, pero también nacional.

4. Todas las IPI -pero también instancias parlamentarias bilaterales o un grupo de parlamentarios actuando internacionalmente con carácter ad hoc- pueden ser un espacio, o un actor, para cumplir una función de diplomacia preventiva, ejerciendo la mediación y los buenos oficios, impulsando soluciones dialogadas y pacíficas a los conflictos, todo lo cual los emparenta con las organizaciones internacionales.

En vista de ello, resulta reduccionista pretender valorar a todas las IPI según un parámetro único que consiste en el grado de desarrollo competencial para acercarse a ser un “verdadero” parlamento -como en un Estado- a nivel internacional. Adicionalmente, respecto a aquellas IPI que podrían tender hacia esa forma es necesario considerar si, en vista de las características legales e institucionales de la organización internacional en que estén insertas, es deseable la elección directa de sus miembros o es preferible alguna fórmula que asegure la articulación de los parlamentarios nacionales -y, con ellos, de sus parlamentos- en una lógica parlamentaria multinivel (Ferrero 2015, 13-16).

Por último, la proliferación de instancias de DP y, en particular, de IPI en el último tiempo tiene un innegable componente inflacionista que debiera conducir, como por cierto se ha debatido en los mismos foros, hacia una racionalización. Ello permitiría, tanto a los parlamentos nacionales como a los foros interparlamentarios, evitar la duplicación de esfuerzos, focalizar recursos -de cualquier modo, efectivamente escasos-, dar continuidad a la presencia de ciertos parlamentarios en determinados foros, acotar las agendas y optimizar los métodos de toma de decisiones. De esa manera, se podría lograr más efectividad y visibilidad de las IPI a partir de una mayor incidencia en el sistema de gobernanza global, en sus distintos niveles, minimizando las críticas -sean o no infundadas- a la DP como una suerte de “turismo parlamentario” (Malamud y Stavridis 2011, 106).

En fin, asumir que el sentido de la parlomacia consiste, antes que en posicionar a cada parlamento en cuanto “corporación”, en ejercer la función de representación, y en general las funciones parlamentarias, a través de la actuación internacional de los congresistas -individualmente, como también en cuanto institución parlamentaria-, cada vez con mayor habitualidad.

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* Este artículo es el resultado de un trabajo de investigación que combina el interés académico en la institucionalización de la gobernanza de la globalización -que el autor ha venido desarrollando desde hace una década- con la experiencia práctica de asesorar, y coordinar la actividad de apoyo, a las delegaciones parlamentarias de Chile, que constituye su ámbito profesional de desempeño cotidiano. Una primera versión del texto fue presentada como ponencia, bajo el título “En una escena mundial coral: los alcances de la diplomacia parlamentaria”, en el XXXIV Congreso Internacional de la Asociación de Estudios Latinoamericanos (LASA), que tuvo lugar en Nueva York, en mayo de 2016. La contribución que se sometió al proceso de evaluación de Colombia Internacional constituye una nueva versión, actualizada y sensiblemente modificada, de aquella ponencia.

1Traducción del neologismo que resulta de fusionar las palabras parliamentary diplomacy (parlomacy).

2Se cita al secretario de Estado estadounidense Dean Rusk como el primero que utilizó esta noción a mediados de la década de los cincuenta del siglo pasado (Obrador y Serani 2009, 39).

3En el marco de una reflexión histórico-conceptual más profunda sobre la trayectoria de pluralización de la diplomacia, encontramos coincidente la caracterización del período que realiza Cornago (2013, 55-56).

4Esta noción recurre a la analogía con la costumbre “contra legem”, que es aquella que contradice lo dispuesto en la legislación positiva; por ello, no es generalmente admitida como válida por el Derecho positivo, y, sin embargo, existen numerosos ejemplos de su práctica. Otros tipos de costumbre, cuya validez sí es reconocida por el Derecho positivo, son la costumbre “secundum legem” —que opera como fuente de derecho conforme a lo que establece la ley— y la costumbre “praeter legem” —que regula como fuente de derecho ciertas situaciones o materias que no han sido objeto de una ley— (cfr. Hernández 2010, 147).

5Así ha ocurrido, recientemente, con la negociación del Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (TPP), y está sucediendo con la negociación de la Asociación Transatlántica para el Comercio y la Inversión (TTIP), dando lugar a reivindicaciones de transparencia, participación ciudadana y, por cierto, control y deliberación parlamentarios.

6Este académico alemán es consultor de la Mesa Redonda de Parlamentarios de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (UNCCD, por su sigla en inglés).

7Esta implicación internacional “en dos niveles” de los parlamentos queda de manifiesto, por ejemplo, en estudios que analizan esta dimensión de la labor parlamentaria del Congreso chileno (Aranda y Riquelme 2011).

8La experiencia muestra que existen distintos mecanismos y prácticas —así como una asimetría evidente de recursos entre Ejecutivo y Legislativo— que permiten al gobierno —y a la Cancillería, en particular— supervisar el modo en que se desarrolla la diplomacia parlamentaria.

9Tiene la singularidad de reunir a parlamentarios nacionales (Chile o México), por una parte, y parlamentarios regionales (Unión Europea), por la otra. Sólo si el foco se pusiera en la procedencia nacional de los eurodiputados podría considerarse como institución multilateral. Además, es una institución de rasgos sui generis que la asemejan a las IPI, en particular a los órganos, por estar instituida en un tratado suscrito por los gobiernos e integrar un sistema con los órganos intergubernamentales de administración del Acuerdo.

Recibido: 30 de Agosto de 2017; Aprobado: 01 de Diciembre de 2017

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