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Nómadas

Print version ISSN 0121-7550

Nómadas  no.51 Bogotá July/Dec. 2019

https://doi.org/10.30578/nomadas.n51a12 

Tema monográfico

Acoso sexual en la Universidad de protocolos y protocolos*

Assédio sexual na Universidade: de protocolos e protocolos

Sexual Harassment in the University: On Protocols and Protocols

Flor de María Gamboa-Solís** 

** Profesora-investigadora de la Facultad de Psicología de la UM-SNH, Morelia, Michoacán (México). Doctora en Estudios de Género por la Universidad de Sussex (Reino Unido); Maestra en Psicología de la Educación, Perspectiva Psicoanalítica, del Instituto Michoacano de Ciencias de la Educación, y Licenciada en Psicología Clínica de la Universidad Autónoma de Querétaro. E-mail: florgamboa@yahoo.com.


RESUMEN

El escrito presenta una reflexión feminista sobre el acoso sexual en las universidades a partir del análisis de la aplicación del Protocolo contra la violencia de género en la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (2017), para mostrar que los protocolos pueden servir a las autoridades universitarias únicamente como "etiquetas" de responsabilidad social y moralidad, e incluso pueden ser tomados como un desafío para los agresores y no como protección para las personas afectadas. Concluye que la eficacia de un protocolo depende de cambios profundos en la cultura institucional patriarcal que prima en las universidades.

Palabras clave: acoso sexual; violencia de género; Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo; feminismo; protocolo institucional; patriarcado

RESUMO

O artigo apresenta urna reflexño feminista sobre assédio sexual ñas universidades, com base na análise da aplicagdo do Protocolo contra a violencia de genero na Universidade Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (2017), para mostrar que os protocolos só podem servir às autoridades universitárias como "Rótulos" de responsabilidade social e moralidade, podendo até ser encarados como um desafio para os agressores e ndo como protegño para as pessoas afetadas. Conclui que a eficácia de um protocolo depende de mudangas profundas na cultura institucional patriarcal que prevalece nas universidades.

Palavras-chave: assédio sexual; violencia de genero; Universidade Michoacana de San Nicolás de Hidalgo; feminismo; protocolo institucional; patriarcado

ABSTRACT

The paper presents a feminist reflection on sexual harassment in universities based on the analysis of the application of the Protocol Against Gender Violence at the Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (2017). It shows that protocols only serve university authorities as an "etiquette" of social responsibility and morality and that they are even taken as a challenge by the aggressors and not as protection for the people affected. It concludes that the effectiveness of a protocol depends on the profound changes made in the patriarchal institutional culture that prevail in the universities.

Keywords: Sexual Harassment; Gender Violence; Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo; Feminism; Institutional Protocol; Patriarchy

Introducción

El acoso sexual hacia las mujeres es un hecho en las universidades. Una gran cantidad de literatura -diagnósticos, radiografías, estudios cualitativos y cuantitativos- así lo demuestra, y aunque es imposible de citar de golpe toda aquí, téngase en cuenta que ha sido generada en su gran mayoría por académicas feministas movidas por la impasibilidad institucional en torno a este fenómeno. Imposible continuar tapando el sol con un dedo y menos hacerse cómplice de la violencia, son desprendimientos de afirmaciones más amplias y serias que marcan posturas de la lucha feminista dentro de las universidades, cuya principal arma es el poder de la investigación, del saber y del pensamiento, y cuyo propósito central es la emancipación de las mujeres.

Palabras más, palabras menos, las publicaciones más destacadas que abordan el acoso sexual en las universidades mexicanas1 coinciden en sus introducciones y conclusiones, que esta forma de violencia ha sido invisibilizada en parte debido a creencias y representaciones que circundan el imaginario social en torno a la esencia de la Universidad. El acoso sexual en las universidades es más frecuente de lo que se desearía y de lo que se desearía saber y aceptar por tratarse éstas de los espacios que albergan la consciencia crítica y la autoridad moral de las sociedades, lo cual hace suponer que quienes los habitan, especialmente en calidad de autoridades, son personas por decir lo menos, decentes. "La Universidad conserva, memoriza, integra y ritualiza una herencia cultural de saberes, ideas y valores: a dicha herencia la regenera al reexaminarla, actualizándola y transmitiéndola; la Universidad genera saberes, ideas y valores que formarán después parte de la herencia" (Morin, 2001: 74). ¿Cómo es posible entonces que también en estos espacios las mujeres corran riesgos de ser acosadas y sentirse inseguras?

Es eso increíble, y de cierta manera enigmático, lo que movió a crear una necesidad inminente de contar en las universidades con instrumentos formales y mecanismos institucionales dirigidos específicamente a la atención del acoso sexual que padecen mayormente las estudiantes. Esta necesidad se tradujo en un segundo momento de trabajo para las investigadoras feministas que ya ha comenzado a cristalizar, aunque no de manera paralela ni en el total de las instituciones de educación superior (IES) del país.

Con diferentes nombres, los instrumentos y mecanismos que han ido naciendo actúan como protocolos, guías de actuación para atender y resolver el problema del acoso sexual. Se cuenta hasta el momento en las universidades mexicanas con ocho protocolos, en orden cronológico de aprobación y publicación:

1) Reglamento para la prevención, atención y sanción del hostigamiento y acoso sexual en la Universidad Autónoma de Sinaloa (2011); 2) mecanismo de prevención y atención de posibles casos de hostigamiento, acoso sexual y discriminación en el Colegio de Posgraduados (2012); 3) guía para la atención de casos de hostigamiento y acoso sexual de la Universidad Veracruzana (2013); 4) Protocolo para la atención de casos de violencia de género en la Universidad Nacional Autónoma de México (2016); 5) Protocolo de atención a casos de violencia de género de la Universidad de Guanajuato (2017); 6) Protocolo para la prevención, actuación y erradicación de la violencia de género en la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (2017); 7) Protocolo de El Colegio de México para prevenir actos de violencia de género y para atender casos de acoso sexual y de hostigamiento sexual (2019); 8) Protocolo de prevención, atención y sanción de la violencia de género, discriminación y acoso y hostigamiento sexual en la Universidad Autónoma de Yucatán (aprobado en 2019 y en vías de publicación)2.

¿Están sirviendo realmente los protocolos?, ¿a quién? y ¿para qué? Son preguntas clave y complicadas. Clave, porque es muy importante saber en detalle si estos instrumentos están resultando en una medida eficaz y suficiente para atender un problema sumamente complejo, tanto por su propia naturaleza (al involucrar la sexualidad) como por la naturaleza del espacio social en donde interesa estudiarlo (las universidades públicas en México son espacios autónomos). Y son preguntas complicadas porque están montadas sobre un vacío de información (sistematizada y formalizada), y carentes de apuntalamientos de memoria histórica.

Lo anterior obedece como es común que suceda, a los ritmos discordantes entre la realidad y la elaboración teórica, pero en este caso se aúna la diferencia entre contextos de estudio. La mayoría de las universidades mexicanas no cuentan con protocolos, no han pasado a ese que yo llamo segundo momento de frutos del trabajo académico feminista, y los que hay son muy recientes, no han tenido tiempo aún de contarnos una historia.

Por otra parte, aunque se cuenta con estudios diagnósticos que exponen cifras de acoso sexual en las universidades que declaran este fenómeno indiscutiblemente existente, hacen falta estudios que expongan la correlación entre esas cifras (su disminución o aumento) y la aplicación de los protocolos (en las universidades donde sí existen), así como otras investigaciones que identifiquen fallas y torpezas, vacíos de esos instrumentos en el acceso a la justicia de las personas afectadas por este tipo de violencia.

También es importante mencionar que debido a la discrecionalidad con que manejan en las universidades los casos de acoso sexual, se carece de cifras reales de casos resueltos favorablemente mediante la aplicación de los protocolos. Lo que sí hay son decenas de testimonios informales de afectadas que exponen su falta de confianza en estos instrumentos formales, y por ello se niegan a apropiárselos como soporte de queja y denuncia de su malestar.

Frente a estas limitaciones y asumiendo el riesgo que supone ingresar a territorios de inquietudes complicadas, ceñiré mi reflexión en este texto a mi experiencia profesional y personal en el contexto de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), a la cual estoy adscrita desde el 2001. Consideraré exclusivamente el Protocolo para la Prevención, Actuación y Erradicación de la Violencia de Género en la UMSNH, para argumentar que hasta el momento se ha convertido en un componente del protocolo institucional, por lo cual es inefectivo en la atención del problema. Asimismo, que el Protocolo en tanto instrumento revestido de legalidad, resulta en la interposición de una ley que, si bien reconoce la necesidad de limitar y resolver el problema de la violencia contra las mujeres, realmente no lo está resolviendo, pues el acoso sexual en las universidades no disminuye. Esto querría implicar que dicho reconocimiento del problema no es suficiente para frenar el abuso de poder y el acoso sexual como se ejerce realmente en las universidades por los profesores agresores, especialmente en el seno de las aulas, los cubículos, los pasillos y hasta los baños. Y por lo anterior, avanzamos la hipótesis, de la mano de las teorías psicoanalíticas, según la cual, la instauración del Protocolo provoca la transgresión y ha sido tomado como un desafío, dado que, aunque la prohibición tranquiliza a los humanos, no deja de provocarles la inquietante fascinación por abismarse más allá de ese límite (Gerez, 2006).

El texto está segmentado en dos grandes secciones. En la primera situaré el tema de la reflexión, el acoso sexual en la UMSNH bajo el amparo de coordenadas temporales. Me remitiré al antes y después de la aprobación del Protocolo, para evidenciar que el manejo de las autoridades involucradas no ha podido rebasar el que atañe a la "etiqueta", o al que deriva del "conjunto de reglas establecidas por norma o por costumbre para ceremonias y actos oficiales o solemnes" (Diccionario de la Real Academia Española), que es la definición con la que usualmente se piensa en la palabra protocolo, o para decirlo en expresiones comunes, que se maneja en el discurso de lo políticamente correcto. Enfatizaré el asunto de la revictimización con la finalidad de puntualizar el fracaso de un instrumento cuando no es asumido institucionalmente con la debida responsabilidad y ética de igualdad de género para la que fue creado.

En la segunda sección estableceré una hipótesis adherida al pensamiento psicoanalítico acerca del efecto desafiante y no limitante que genera la ley (el Protocolo) en los agresores. Daré algunos elementos teóricos para comprender la paradoja que resulta de contar hoy día con la plenitud de leyes que, no obstante, no mejoran la convivencia social entre hombres y mujeres, ni siquiera en ese espacio de alto prestigio social y moral que es la Universidad.

El acoso sexual en la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo: la dilación de su ocaso

"No hay mal que dure cien años ni nadie que lo soporte", reza un dicho popular en México. Solamente que las mujeres han sido programadas para soportar, en términos de carga (mental), un sinfín de malestares que no cesan de sentirse incluso entrando a la Universidad. La expectativa de liberarse de la carga que supone la servidumbre a los mandatos patriarcales de género mediante el cultivo del intelecto y la algarabía del pensamiento que son propicios en las aulas universitarias se va debilitando a medida que las estudiantes se van topando con el acoso sexual.

Éste es uno de los factores de deserción y de interrupción de trayectorias escolares de las mujeres, tanto de manera intrínseca cuando ocurre en la Universidad (Yépes et al., 2007), como cuando se presenta asociado a otros factores como la falta de transporte:

La falta de transporte fue otro factor relacionado con la deserción, sobre todo en la comunidad de Jahuara II, donde dos alumnas (6,8%) mencionan que no llega transporte público, y tienen que caminar más de una hora para arribar a la escuela; por lo que, tienen que salir de sus casas en la oscuridad (5:30 am.), exponiéndose a diversos peligros como acoso sexual por vecinos de comunidades aledañas [...]. (Ruiz-Ramírez et al., 2014: 60, cursivas mías)

El acoso sexual llega a ser un factor decisivo porque representa una forma de violencia que acarrea sentimientos paralizantes de la subjetividad: inhibición, vergüenza y miedo. Cruzadas por estos sentimientos, las mujeres son aventadas a un espacio de indecibilidad, de obturación de la palabra, tan intenso, que lo único que se avecina como cura y salvación es el aborto del propio deseo. Abortar la misión de convertirse en un sujeto universitario en aras de atemperar la vergüenza, el miedo y la inhibición que implica ser tratada como un objeto de satisfacción de la erótica autoritaria de profesores y de otros hombres (compañeros de grupo, trabajadores manuales) que sin ser autoridad legal, se atribuyen esa condición de superioridad porque son hombres.

Por lo anterior, cuando el Protocolo para la Prevención, Actuación y Erradicación de la Violencia de Género en la UMSNH fue aprobado en el 2017, las feministas académicas nos pusimos muy contentas. Por un momento aumentó nuestra confianza en la institución, pero fue sólo una ilusión que muy pronto comenzó a disiparse entre inquietudes que fueron surgiendo a partir de darnos cuenta de que en el transcurso de dos años desde su aprobación, el Protocolo seguía siendo y todavía lo es en cierta medida, un perfecto desconocido entre la comunidad universitaria, y que cuando se le conoce, se le emplea incorrectamente en el tratamiento de las situaciones de violencia de género que son de su competencia. Para fundamentar que es un instrumento relativamente desconocido, síganme, por favor, en el siguiente razonamiento y exposición de hechos.

Una de las causas lógicas del desconocimiento del Protocolo entre la comunidad universitaria podría aducirse, es la falta de difusión o su insuficiencia. Lo anterior se podría justificar apuntando al tamaño de la UMSNH, pues es una de las universidades más grandes de México en cuanto a matrícula3. Sin embargo, no es un argumento muy convincente, dado que cuando algo interesa a las autoridades, se valen de todos los recursos a su alcance para darlo a conocer, para "cacarearlo", expresión que se utiliza en México para referirse al trabajo que se presume, y tal como están las cosas, parece ser que el Protocolo no es un logro que las autoridades quieran "presumir". Se conformaron con "colgarlo" en el lado izquierdo de la página web institucional encabezando un menú misceláneo de páginas complementarias con las que, a excepción de una, no guarda de ninguna manera relación lógica en cuanto al contenido. La excepción a la que me refiero es la página del Programa Integral de Seguridad Universitaria4, en la cual, dicho sea de paso, llama mucho la atención que se haga mención del acoso sexual como una situación que le ocurre a las mujeres. En la sección titulada: "¿Qué te toca a ti?" (2011: 3), se lee, resaltado en negritas: "[...] propicia que tus amigas conozcan cómo evitar ser víctimas de delitos de violencia y abuso sexual" (2011: 3). ¿O sea que sí se reconoce que el problema afecta a las mujeres? ¿Pero por qué entonces se lo maneja como si fuera asunto de las mujeres arreglarlo?

Las protestas sociales en Ecuador, octubre del 2019 | Tomada de: Mundo 

Sí es un problema que les "toca" en el sentido de afectarlas, pero a quien le corresponde atenderlo es a las autoridades universitarias que hoy, gracias al Protocolo, cuentan con una ruta clara de acción. Así que en lugar de que las propias estudiantes se organicen para tomar cursos de defensa personal y carguen junto a sus libretas un gas pimienta, que no está nada mal, estaría mejor que las autoridades de las dependencias universitarias hicieran un llamado a la consciencia ética y a la práctica de la decencia de todo el personal a su cargo, amparándose en el Protocolo.

Parece ser pues que la única estrategia de difusión del Protocolo por la que optaron las autoridades fue hacerle un sitio en la página web. Y con ello cumplieron. De ahí en más, lo que se sabe de éste en la UMSNH se ha impulsado a través de acciones individuales y colectivas encabezadas por colegas y estudiantes a través de cursos propedéuticos, jornadas, campañas, entre otros.

Ahora bien, de que el Protocolo es empleado incorrectamente tengo conocimiento en virtud de mi cargo como coordinadora de la Red de Enlaces Académicos de Género (REAG) de la UMSNH5, que es una instancia que vio la luz de su nacimiento en el 2016 como una estrategia de transversalización de la perspectiva de género en la UMSNH. Entendimos quienes la impulsamos y en armonización con las tendencias de las políticas públicas nacionales e internacionales del gender mainstreaming, que la REAG era La Instancia, así con mayúsculas, para propiciar un trabajo colectivo horizontal, y ya no individual y jerárquico en torno al tema. Y aunque no logramos que formara parte del Protocolo, a pesar de que algunas de las integrantes de la REAG participamos en su construcción y lo empujamos para que fuera aprobado, sí ha sido una instancia a la cual se dirigen demandas de orientación, asesoría y acompañamiento de casos de acoso sexual por parte tanto de profesoras como de estudiantes mujeres; ha sido tomada como derrotero seguro y confiable de catarsis y brújula, y también como instancia de presión. La REAG no tiene atribuciones normativas ni legales para tomar decisiones que incidan directamente en la resolución de casos de acoso sexual pero sí presiona para que se resuelvan. Lamentablemente no hay buenas noticias.

Sabemos que las estudiantes afectadas por el acoso sexual mantienen su desconfianza en la institución, tal como lo hacían antes de que hubiera Protocolo, dado que cuando se atreven a denunciar siguiendo la ruta que éste indica, lo que han encontrado como respuesta de las autoridades, incluida la de la Defensoría de los Derechos Humanos Universitarios Nicolaitas6, son dilaciones, incredulidad, intentos de persuasión para que desistan de la denuncia, o bien, lo más delicado: revictimización7. Ese concepto engloba formas sutiles de violencia, lo que la editora del Monográfico número 51 de la revista NÓMADAS, Lya Yaneth Fuentes Vásquez (2019), llama violencias con minúscula, o de manera más consensuada, violencia simbólica, siguiendo la ahora ya clásica propuesta conceptual del sociólogo francés Pierre Bourdieu (2000).

Por estas razones, la gran mayoría de las denunciantes optan por desistir del proceso movidas por el hartazgo de la espera, la frustración por la dilación inexplicada y por la nula penalización y castigo de los agresores. No cambia mucho el panorama de antes y después del Protocolo.

Para ejemplificar la revictimización y aprovechar para mostrar lo que parece inclinarse más hacia un fracaso del Protocolo, me permito exponer un caso ocurrido este año. Se trata de una estudiante que fue afectada por el acoso sexual de un profesor. Ella, después de una decisión tomada a partir de un proceso terapéutico, acudió a la Defensoría de los Derechos Humanos Universitarios Nicolaitas para interponer una denuncia. Conocía el Protocolo. Lo que encontró a la vuelta de su visita a ese espacio fue una serie de cuestionamientos a su conducta que buscaban culpabilizarla (una estrategia de revictimización) por lo que le había acontecido, ya que en su declaración hizo mención de en su momento haber aceptado los avances seductores del profesor y acudir a su casa para tener relaciones sexuales con él. El hecho de declarar que se había involucrado sexualmente de manera voluntaria con el agresor fue suficiente para que todo lo demás de su relato, sobre todo lo que apuntaba al miedo y la angustia que la movió a ceder, no fuera escuchado. Como tampoco fue escuchado su deseo de parar, su "no" a los avances de la libido del profesor que ella sintió forzados, opresivos y angustiantes.

La estudiante se sostuvo en su decir y exigió que fuera atendido su caso debidamente, de acuerdo con el Protocolo, pero lo que recibió fueron largas que se justificaron en que se desconocía el domicilio del agresor y que éste no respondía las llamadas telefónicas para citarlo a comparecer. La estudiante terminó por desistir del proceso haciéndose cargo de manera individual de las secuelas de la violencia sufrida, y el agresor nunca fue sancionado.

Protesta de mujeres indígenas en Brasilia por sus derechos y por el medio ambiente, agosto del 2019 | Tomada de: EFE 

Así que a la primera pregunta que enmarca mi reflexión, responderé que no, que el Protocolo no está sirviendo para mitigar el acoso sexual ni para generar confianza y seguridad en las afectadas, lo que conlleva otro "no" como respuesta a la segunda pregunta: no les está sirviendo a las mujeres.

¿Qué hay detrás de esta inoperancia del Protocolo?

Lo que torna inoperante el Protocolo es el temor de quienes lo operan, en su mayoría autoridades masculinas, hombres atravesados por lo que ubico como un temor inconsciente a las mujeres que cuestionan y hablan; a las mujeres que no se dejan y que se rebelan, y que remite a un temor primigenio que nace de la confrontación subjetiva de la diferencia que encarna el sexo femenino, en tanto es así como se le ha culturalmente construido, como la alteridad radical. Esta diferencia se traduce subjetivamente en una amenaza que representa para los sujetos masculinos verse resquebrajados en el dominio que ejercían hacia las mujeres en territorios como el universitario, que poco a poco y con mucho esfuerzo político y desgaste anímico éstas han venido conquistando, apelando al derecho de igualdad que les asiste jurídicamente. El territorio universitario mexicano hasta 1887, año en que se titula la primera mujer (Tuñón, 2008), había sido de exclusividad varonil para el ejercicio de un poder y control vertical que hoy está en duda. Y esa duda angustia.

De la ley como desafío y empuje de transgresión para los agresores: una hipótesis

Si el Protocolo, en tanto instrumento adherido a un marco jurídico de salvaguarda del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, fracasa en ese propósito, pues no lo está garantizando en la Universidad, ¿a quién sí le sirve y para qué? ¿Qué se juega en el entramado subjetivo de un hombre acosador que explaya los confines de satisfacción posible de sus ímpetus sexuales en el contexto de la Universidad?

Antes de responder esas preguntas, es pertinente señalar que México es uno de los países latinoamericanos, según Evangelina García Prince (2008), que cuenta con uno de los más robustos y mejor estructurados marcos jurídicos que velan en la agenda legislativa por la igualdad de género, pero la violencia contra las mujeres en este país no disminuye. Al contrario. Baste echar un vistazo a estadísticas recientes que muestran el alza de feminicidios. En lo que va del 2019, según Infobae, en México:

Las cifras que registra el Secretariado Ejecutivo advierten que en el primer cuatrimestre del 2019, murieron 1.199 víctimas de la violencia machista. Es decir, cada dos horas y media en promedio, una mujer es asesinada por el hecho de ser mujer, una estadística que no disminuye a pesar de la gran movilización social. (Infobae, 2019: s/p)

Lo señalo para mostrar que no es la ley per se, a secas, la que automáticamente frenará un problema que está encarnado en los entrecruces de los procesos culturales y subjetivos que sustentan la significación de la diferencia sexual y sus modos de afectar la convivencia social entre hombres y mujeres. Por lo tanto, se hace necesario analizar dos cosas: una, la posición subjetiva frente a la ley en general, es decir, las modalidades de respuesta con las que el sujeto puede encarar el límite al goce pulsional, a eso que en lo real (lo biológico) de lo humano ordena hacer lo que se quiera sin miramientos de ningún tipo, lo cual pone en riesgo el orden civilizatorio. Y otra, la posición subjetiva masculina frente a leyes que protegen principalmente a las mujeres.

Para abordar el primer punto, comencemos recordando algo muy básico: el orden legal es condición del orden civilizatorio, no puede haber sociedad sin reglas ni leyes. Sin embargo, estas últimas no únicamente se obedecen, hay otras maneras de enfrentarlas como esquematiza Víctor Novoa: "La posición subjetiva frente a la ley está desde el comienzo teñida de afecto, se le respeta, se la teme, genera angustia, se la obedece o transgrede con placer" (2018: 51). Lo que se deja entrever con estas distintas posibilidades es una paradoja. No podemos convivir sin respetar leyes, pero una sumisión absoluta a éstas tampoco hace viable dicho convivir porque se estaría en una opresión (angustia, temor) constante que terminaría por aniquilar al ser.

Respecto a la posición subjetiva masculina frente a la interposición de leyes que protegen a mujeres, como las que articulan el Protocolo, planteo a manera de hipótesis que ésta es de transgresión, lo que conlleva plantear que el Protocolo significa más un desafío que un límite. Para respaldar esta hipótesis, traigo a colación lo que ha sucedido en el Estado de Guerrero, considerado uno de los más peligrosos del Pacífico mexicano y donde a pesar de haber sido la primera entidad federativa en tipificar el feminicidio en el Código Penal, se ha mantenido a la cabeza en ese tipo de crímenes. Es decir, cuando se establece jurídicamente la protección de las mujeres, se les violenta más o la violencia contra ellas no para. ¿A qué se debe?

Recordemos algo también muy básico: la masculinidad se construye a partir de la subordinación de la diferencia, siendo la sexual la más básica de todas y la que sirve de base para otras que se le asocian: étnicas, económicas, de clase social, y que se traducen en amenazas a esa posición de supremacía. La masculinidad en las sociedades patriarcales es la posición universalizada del sujeto hombre, blanco, burgués, heterosexual, joven. Asimismo, es la posición dominante de lo activo, lo creativo, lo productivo, lo cultural y lo político; la que decide, la que gobierna, la que civiliza, pero al mismo tiempo, la que se atribuye la autoridad para incivilizar, para matar, para violentar, agredir y transgredir. Así sucede en el acoso sexual.

Los profesores que acosan sexualmente a las estudiantes saben que es inmoral lo que hacen, pero más importante aún, que es ilegal, y, aun así, sabiéndolo, lo hacen. Esto apunta a la desmentida, el mecanismo de la perversión teorizado por Freud (1927) en su artículo sobre el fetichismo, donde abre paso más firme a la elaboración de la perversión en términos de estructura psíquica, que es distinta a la neurosis y a la psicosis, y en tanto noción, no es del todo idéntica a la que se juega en otras formulaciones tales como condición perversa o perversidad. Por desmentida hay que entender

[...] un mecanismo de defensa ante la angustia de la amenaza de castración y apunta a la percepción de la realidad externa. Dicho proceso defensivo no implica en este caso una anulación de la percepción (cosa que resulta del rechazo psicótico), sino más bien una acción sumamente enérgica para mantener renegada una percepción traumatizante para el yo. (Mannoni, 1990: 9)

El mecanismo de la desmentida se resume en la fórmula: "Ya lo sé... pero aun así". Y es con ésta en mente que nos aventuramos a conjeturar que los acosadores muestran una conducta perversa ya que, al ser su transgresión a la legalidad expuesta públicamente a través de denuncias y quejas, se traumatiza la identidad del yo masculino que como planteamos más arriba, se estructura a partir de la subordinación de lo femenino. Una de las reacciones comunes de los acosadores expuestos es contraatacar a las víctimas acusándolas de difamación y de estar atentando contra su honor. Esa es una de las maneras masculinas perversas de renegar de aquello que los traumatiza. No son ellos los transgresores sino las mujeres a quienes ellos agreden.

Por lo tanto, un Protocolo que encamine una visión de las mujeres como sujetos indignados, rebeldes, insumisos y con derecho a exigir una vida libre, y libre de violencia, no puede sino encriptar un mensaje que dirige un cuestionamiento al parecer insoportable al poder viril que abastece la identidad masculina. Eso es lo que no se soporta, lo que traumatiza al yo masculino: que las mujeres intenten con sus denuncias y quejas romper el cautiverio en el que han sido confinadas, porque esa ruptura rompe también con la ilusión masculina de que los hombres son los únicos con derecho a decidir.

Palabras finales

Mientras se ha tratado de leyes que perpetúan el dominio patriarcal, las relaciones entre los géneros y el poder jerárquico que las estructura como relaciones de sumisión y sometimiento, se había mantenido naturalizadas y normalizadas. Era natural y normal que los esposos violaran a sus esposas, que los hombres acosaran a las mujeres en los espacios públicos, que los padres abusaran sexualmente de sus hijas/os, que un jefe pidiera favores sexuales a una subordinada a cambio de ascensos laborales. Ahora que existen leyes que protegen los derechos de las mujeres, los hombres se encuentran desprotegidos de esa normalidad y naturalidad en la que se respaldaban para ejercer violencia contra las mujeres; se ven seria y legalmente cuestionados en el ejercicio de una atribución sociocultural con repercusiones subjetivas que había sido reforzada por argumentos biologicistas, psicológicos y médicos hasta antes de la irrupción social y la crítica política del feminismo. Lo que está resultando emergente para la reflexión es si esas leyes, como el Protocolo, serán tomadas por los hombres, según la hipótesis que avanzo en este artículo, en términos de desafíos que desposeen a las mujeres de su dignidad o de advertencia a la sociedad de que los que siguen mandando son ellos a pesar de los protocolos.

Mujeres indígenas protestan en Ecuador por la subida del combustible, octubre del 2019 | Tomada de: Directos 

Que los protocolos institucionales puedan funcionar para mitigar el acoso sexual hacia las mujeres en las universidades, y no quedarse como letra muerta, como componentes de etiqueta para una buena imagen de responsabilidad social y de moralidad sostenida del discurso de lo políticamente correcto, depende de muchos factores. Pero, sin duda, el más relevante es un cambio profundo en la cultura patriarcal que está estructurada en las universidades, pues es en el desmontaje de los lenguajes, los símbolos, los estereotipos, los discursos y los significados con los que se habla, piensa y actúa la diferencia sexual, que se avecinará la efectividad de las movilizaciones feministas en contra de la violencia de género en aras de la emancipación de las mujeres.

Resta, desde luego, abocarse más de lleno a generar estudios que pongan en discusión las hebras finas de los protocolos para la estimación de la eficiencia de las acciones que los comprometen: atención, prevención y erradicación del acoso sexual en las universidades. Definir si las feministas académicas hemos tomado el rumbo correcto al impulsar estos instrumentos o si nos los estamos echando como soga al cuello porque están profundizando la desprotección de nuestras estudiantes, su falta de confianza en las autoridades, así como eludiendo sanciones y, con ello, perpetuando la impunidad de los agresores.

Antes de los protocolos las estudiantes desconfiaban y a partir de ellos también, solamente que esa desconfianza es ahora más desconcertante porque teniéndolos a su alcance, no están siendo suficientes para hacer justicia.

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* Este escrito no está ligado a una investigación en particular, dado que el acoso sexual y la violencia de género en sentido amplio son temas en los que he venido reflexionando desde hace varios años e integran una de mis líneas de generación y aplicación del conocimiento. Sí está ligado de manera directa a mi experiencia actual como coordinadora de la Red de Enlaces Académicos de Género de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), cargo que desempeño desde el 2016 hasta la fecha, y por el cual he acompañado casos de acoso sexual y participé en los trabajos que impulsaron la creación del Protocolo mencionado.

1Intrusas en la universidad (2013) de Ana Buquet, Araceli Mingo, Hortensia Moreno y Jennifer Cooper; Presencia de hombres y mujeres en la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (2012), a cargo de María Arcelia Gonzáles y Flor de María Gamboa; Transversalidad e igualdad de género en la Universidad Autónoma de Chihuahua (2018), texto coordinado por Gerardo Ascencio Baca y Ana Lucía Villalobos Fernández; el estudio empuñado por Rosalía Carrillo Meráz que lleva por título Violencia en las universidades públicas: el caso de la Universidad Autónoma Metropolitana (2015), y Diagnóstico de las condiciones de equidad de género en la UPN Guadalajara: radiografía de la comunidad universitaria (2014), desarrollado por Alma Graciela Fuentes, María de los Ángeles Galván y Luis César Torres. Para consultar un repositorio más amplio, véase información tomada de: <http://renies.cieg.unam.mx/index.php/category/publicaciones/>.

3No pude obtener el dato exacto correspondiente al ingreso 2018-2019, pero por información recopilada en el 2015 para el libro Armonización de la vida laboral y familiar en académicas mexicanas: Jalisco, Guerrero, Michoacán y Nayarit (Pacheco, 2017), presuponiendo una variedad mínima en los subsecuentes años como se hace saber a través de los medios de comunicación, la matrícula actual deberá oscilar entre los 50.313 (registrada para el ciclo 2014-2015) y los 52.000 estudiantes en todos los niveles.

5Está integrada por representantes enlace de las dependencias de la UMSNH, quienes fueron designados por las autoridades de dichas dependencias. Actualmente se mantienen activas de manera constante quince académicas, de un total de cuarenta y dos que deberían estarlo.

6Instancia creada en la UMSNH en el 2018.

7También denominada doble victimización, es el proceso mediante el cual se produce un sufrimiento añadido por parte de instituciones y profesionales encargados de prestar atención a la víctima (ya sea de malos tratos o violencia de género, secuestros, abusos sexuales, etcétera) a la hora de investigar el delito o instruir las diligencias oportunas en el esclarecimiento de lo ocurrido: jueces, policías o abogados, entre muchos otros. Véase información tomada de: <http://cenitpsicologos.com/no-revictimizar-a-la-victima-que-es-la-doble-victimizacion-en-los-procesos-judiciales/>.

Recibido: 20 de Julio de 2019; Aprobado: 13 de Septiembre de 2019

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