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Historia y Sociedad

Print version ISSN 0121-8417On-line version ISSN 2357-4720

Hist. Soc.  no.39 Medellín July/Dec. 2020

https://doi.org/10.15446/hys.n39.82887 

Dossier

Inmigrantes e indígenas en las torsiones de la nacionalidad y la ciudadanía. La construcción de amenazas en Argentina (2015-2019)*

Immigrants and Indigenous Peoples in the Twists and Turns of Nationality and Citizenship. The Construction of Threats in Argentina (2015-2019)

Imigrantes e indígenas nas torsões da nacionalidade e da cidadania. A construção de ameaças na Argentina (2015-2019)

Sergio Caggiano** 

Laura Mombello*** 

** Doctor en Ciencias Sociales por la Universidad Nacional de General Sarmiento (Buenos Aires, Argentina). Investigador adjunto del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) en el Centro de Investigaciones Sociales (CIS) y en el Instituto de Desarrollo Económico y Social (IDES) (Buenos Aires, Argentina) © https://orcid.org/0000-0003-2718-4391 sergio.caggiano@gmail.com

*** Doctora en Ciencias Sociales por la Universidad Nacional de General Sarmiento (Buenos Aires, Argentina). Investigadora del Instituto de Desarrollo Económico y Social (IDES) y de la Universidad Pedagógica Nacional (Buenos Aires, Argentina) © https://orcid.org/0000-0003-1 059-3260 laura.mombello@umpe.edu.ar


Resumen

Como parte de un proyecto sobre conflictos sociales por la apropiación y uso de tierras y espacios, el artículo se pregunta por la construcción de amenazas sociales efectuada por el Estado nacional argentino entre 2015 y 2019. Interrogamos quiénes y cómo son constituidos como sujetos amenazantes, cómo se busca legitimidad para el ejercicio de la violencia contra ellos y, particularmente, qué nociones de ciudadanía y extranjería se movilizan como parte de esta legitimación de violencias. Estas figuras amenazantes sirven a la producción legal de la ilegalidad, como parte de la preocupación gubernamental por la seguridad y la circulación de la población. Para atender nuestras preguntas realizamos un relevamiento de normativas legales y de disputas públicas y jurídicas a que las mismas dieron lugar, así como un vaciado de prensa de tirada nacional. Por otro lado, venimos realizando trabajo de campo etnográfico con organizaciones sociales migrantes y con comunidades rurales y originarias desde 1990. Las acciones estatales analizadas se comprenden en el contexto internacional de securitización de los desplazamientos y control de las fronteras de las últimas décadas. Ahora bien, estas retóricas globales se anudan a historias nacionales y regionales. Así, en las medidas desplegadas en Argentina entre 2015 y 2019 se advierte un vínculo entre temas comúnmente considerados como campos separados en las ciencias sociales y las políticas públicas: inmigración/cruce fronterizo y "problema" indígena. La especificidad que adquieren en Argentina las retóricas globales del control fronterizo y la ilegalidad reside, entonces, en que involucran en el mismo movimiento a no nacionales que se trasladan al país y a grupos de población originaria que preceden al Estado nación. El artículo muestra que, más allá de formas recientes de emancipación de la ciudadanía respecto de la nacionalidad, las intervenciones estatales continúan vinculando nacionalidad y ciudadanía mediante la atribución de extranjería. Por otra parte, permite advertir que las inquietudes teóricas sobre la gubernamentalidad pueden enriquecerse al ser complementadas con preguntas por las desigualdades, las disputas en torno a bienes y reconocimiento y, particularmente, los procesos de acumulación por desposesión.

Palabras clave: inmigrante; indígena; amenaza; nacionalidad; ciudadanía

Abstract

As part of research on social conflicts caused by the appropriation and use of lands and other spaces, this article addresses how the Argentine state constructed social threats between 2015 and 2019. The topics explored include who is construed as a threatening subject, the justification for using violence against these subjects and, more specifically, the notion of citizen versus foreigner used to legitimize the violence. By creating a threat, illegality is legally produced as part of the government's concern for population security and circulation. Legislation, public debates, and national press coverage provide insight into these questions, as does the ethnographic fieldwork the authors have done with migrant organizations and rural and native communities since 1990. The state actions analysed herein should be understood as part of stricter control of migratory movements and borders in recent decades. But these global trends are linked to national and regional histories. In the policies implemented in Argentina between 2015 and 2019, two issues commonly viewed separately in the social sciences and public policies are connected: immigration/border crossing and the indigenous "problem." Thus, the global rhetoric surrounding border control and illegality in Argentina refers to both non-nationals who move to the country and native groups who precede the nation-state. Although citizenship has been increasingly seen as separate from nationality, this article shows how the state continues to connect the two vis-à-vis the concept of foreignness. Additionally, it draws attention to how theoretical concerns about governmentality can be enriched by questions related to inequalities, disputes over goods and recognition, and, particularly, processes associated with accumulation by dispossession.

Keywords: immigrant; indigenous; threat; nationality; citizenship

Resumo

Como parte de um projeto de conflitos sociais para apropriação e uso de terras e espaços, o artigo questiona sobre a construção de ameaças sociais realizadas pelo estado nacional argentino entre 2015 e 2019. Questionamos quem e como eles se constituem como sujeitos ameaçadores, como se busca a legitimidade para o exercício da violência contra eles e, mais particularmente, que noções de cidadania e imigração são mobilizadas como parte dessa legitimação da violência. Esses números ameaçadores servem à produção legal de ilegalidade, como parte da preocupação do governo com a segurança e a circulação da população. Para responder às nossas perguntas, realizamos uma pesquisa sobre os regulamentos legais e as disputas públicas e legais às quais eles deram origem, bem como um comunicado de imprensa de circulação nacional. Por outro lado, realizamos trabalho de campo etnográfico com organizações sociais migrantes e com comunidades rurais e nativas desde 1990. As ações estaduais analisadas são compreendidas no contexto internacional de securitização de deslocamentos e controle de fronteiras nas últimas décadas. Agora, essa retórica global está ligada a histórias nacionais e regionais. Assim, nas medidas implementadas na Argentina entre 2015 e 2019, existe um vínculo entre questões comumente consideradas campos distintos nas ciências sociais e nas políticas públicas: imigração / passagem de fronteira e "problema" indígena. A especificidade adquirida na Argentina pela retórica global de controle de fronteira e ilegalidade reside, portanto, no fato de envolverem estrangeiros que se mudam para o país e grupos de populações nativas que precedem o Estado-nação no mesmo movimento. O artigo mostra que, além das formas recentes de emancipação da cidadania da nacionalidade, as intervenções estatais continuam vinculando nacionalidade e cidadania através da atribuição de estrangeiros. Por outro lado, permite advertir que preocupações teóricas sobre governamentalidade podem ser enriquecidas ao se complementarem perguntas sobre desigualdades, disputas por ativos e reconhecimento e, principalmente, processos de acumulação por meio de desapropriação.

Palavras-chave: imigrante; indígena; ameaça; nacionalidade; cidadania

Introducción

Un repaso de las políticas públicas argentinas destinadas a la regulación y control de las poblaciones migrantes y originarias de las últimas décadas muestra momentos con un mayor nivel de receptividad e inclusión relativa y otros más restrictivos y excluyentes. En los últimos quince años estas tendencias contrarias siguieron el ritmo de los cambios de signo político de los sucesivos Gobiernos. Durante el período 2003-2012 se desarrollaron políticas que, a pesar de sus limitaciones, resultaron positivas para ambos sectores. Para la población migrante, la Ley de Migraciones 25.871, sancionada en 2003, promulgada en 2004 y reglamentada en 20101, representó grandes avances respecto de la legislación anterior, herencia de la última dictadura militar (1976-1983) y se constituyó en un referente internacional en el tratamiento del tema. Dicha ley reconoce a la migración como un derecho humano y garantiza a los inmigrantes derechos educativos, sanitarios y laborales sin importar la condición reglamentaria en que se encuentren.

Por otra parte, en noviembre de 2006 se sancionó la Ley de Emergencia de la Propiedad Comunitaria Indígena2, en la que se declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente han ocupado las comunidades indígenas del país. Uno de los aspectos relevantes de esta ley es que suspendió las ejecuciones de sentencias, actos procesales o administrativos cuyo objeto fuera el desalojo o desocupación de las tierras. La ley debe comprenderse en el marco de una serie de políticas desplegadas en este período, destinadas a la regulación de la tierra y los bienes naturales. Medidas como la ley de protección de los glaciares3 y la ley de tierras4 fueron el resultado de las demandas y reclamos de amplios sectores sociales organizados, entre los que se encuentran los pueblos originarios y las asambleas de vecinos. Estos avances no estuvieron exentos de conflictos y se encuentran cruzados por contradicciones, marchas y contramarchas.

La siguiente gestión del Estado nacional (2015-2019) llevó a cabo políticas, acciones y modificaciones del marco jurídico abiertamente contrarias a las seguidas en el período anterior en la mayoría de las dimensiones de la vida social y económica. Desde el inicio de su Gobierno, a finales de 2015, la Alianza Cambiemos5 llevó adelante reformas tendientes a restringir la inmigración e intensificar el control de las fronteras y ha mantenido conflictos con comunidades originarias con represión violenta de la protesta. Estas acciones se comprenden en el contexto global de las últimas décadas, en el cual se han consolidado la securitización de los desplazamientos de las personas y el control de las fronteras con la llegada al poder, en muchos países, de exponentes de nuevas y viejas derechas que combinan neoliberalismo6 y nacionalismo excluyente. Las retóricas internacionales y globales del control de las fronteras y la ilegalidad se materializan en formas específicas, atadas a historias nacionales y regionales. La especificidad que adquieren en Argentina reside, precisamente, en que involucran en el mismo movimiento a no nacionales que se trasladan al país y a grupos de población originaria que preceden al Estado nación.

En materia migratoria y de control fronterizo, a comienzos de 2017 un decreto del presidente Mauricio Macri creó la Comisión Nacional de Fronteras y los Centros de Frontera, subrayando en su formulación la necesidad de un mayor control fronterizo para prevenir "los delitos trasnacionales complejos como el narcotráfico, la trata de personas y el contrabando"7. Dos días más tarde, la promulgación de un nuevo decreto8 buscó modificar sustantivamente la Ley de Migraciones 25.871. En resumen, el decreto dilataba el plazo necesario para acceder a la ciudadanía, ampliaba las causas de denegación y de cancelación de residencia, así como las causas de expulsión, debilitaba el derecho a defensa, extendía las posibilidades de detención de migrantes sujetos a un trámite de expulsión y aceleraba notablemente dicho trámite, añadiendo con ello perjuicios al derecho a defensa.

En noviembre de 2017 la Ley 26.160 de Emergencia en materia de Posesión y Propiedad de Tierras que tradicionalmente ocupan las Comunidades Indígenas Originarias del país fue prorrogada hasta el mes de noviembre de 2021, con el objetivo de darle continuidad a los relevamientos territoriales de los pueblos originarios que se encontraban en curso y abordar aquellos que aún no habían sido iniciados en distintas provincias. Conseguir esta prórroga requirió una amplia movilización de organizaciones indígenas y de derechos humanos, ya que la tendencia con respecto a la administración y la regulación del acceso y uso de las tierras había cambiado radicalmente. Así quedó establecido tempranamente, recién comenzado el nuevo Gobierno, mediante el Decreto 820 de 20169 que modificaba la denominada Ley de Tierras (no. 26.737 de 2011), que había puesto hasta entonces un límite a la propiedad extranjera de la tierra de un 15 % del territorio nacional. El Decreto 820 dejó sin efecto este límite máximo. Modificó, además, del 25 % al 51 % el origen externo de la composición del capital para que una persona jurídica fuera considerada extranjera. Los efectos de esta modificación sobre la Ley de Tierras implicaron la reconsideración de una cantidad no menor de litigios, especialmente aquellos en los que se enfrentaban propietarios -muchas veces extranjeros- con ocupantes originarios de los territorios10. El caso de la comunidad mapuche Santa Rosa-Leleque y su disputa con Benetton en la provincia de Chubut es uno de los más conocidos por la opinión pública, aunque está lejos de ser el único11.

Al tiempo que se generaban políticas restrictivas, horadando el piso de los derechos sociales adquiridos hasta entonces y se ampliaban las ventajas comparativas para los negocios de grandes inversores, se intensificó el uso de la fuerza como mecanismo de control de las poblaciones. En esta línea, en julio de 2018 un nuevo decreto12 puso en marcha la colaboración militar en la seguridad interior. El decreto amplió los supuestos de intervención de las Fuerzas Armadas a situaciones que pudieran ser consideradas "agresiones externas" no estatales -verbigracia el terrorismo o el narcotráfico- al tiempo que dio un papel clave en el apoyo logístico a las fuerzas de seguridad interior13. El decreto recibió críticas de organizaciones sociales y de derechos humanos, que señalaron que la medida habilitaba "una militarización de la seguridad interior (con) consecuencias profundas para el sistema democrático"14.

Enfocándonos en las políticas recientes, sus consecuencias, el modo de comunicarlas y los permisos sociales que supieron conseguir, vale la pena revisar quiénes son constituidos como una amenaza, para quiénes son presentados como una amenaza, cuándo y por qué se termina aceptando socialmente el ejercicio de la violencia -pública y privada- para lidiar con los sujetos construidos como amenazantes y qué nociones de ciudadanía y extranjería se movilizan para legitimar las violencias.

En las medidas y acciones desplegadas desde el Estado se advierte un vínculo entre inmigración / cruce fronterizo y problema indígena, temas comúnmente considerados como campos separados en las ciencias sociales y las políticas públicas. Revisaremos a continuación algunas acciones y medidas con mayor grado de profundidad, buscando rastrear los modos en que se manifiesta tal vinculación. Veremos que las figuras amenazantes del crimen transnacional y de la violencia encarnadas en migrantes e indígenas sirven a la producción de ilegalismos15 o, más específicamente, a la producción legal de la ilegalidad16 y activan la preocupación gubernamental por la seguridad y la circulación de la población17. Asimismo, la atribución de extranjería vuelve a mostrar la construcción dinámica de la ciudadanía y de la nacionalidad y, por este camino, el modo en que las intervenciones estatales pueden vincular nacionalidad y ciudadanía, más allá de las eventuales formas de emancipación de esta última respecto de aquella que otros autores han registrado18. Por último, el tratamiento contemporáneo del Estado argentino hacia inmigrantes e indígenas permitirá advertir que las inquietudes sobre gubernamentalidad ganan al ser complementadas con preguntas acerca de las desigualdades en juego, de las disputas en torno a bienes y reconocimiento y, particularmente, de los procesos de acumulación por desposesión19.

El material empírico para este trabajo fue obtenido mediante revisión de fuentes primarias y secundarias. Concretamente, realizamos un relevamiento de normativas legales -decretos, leyes- relativas a migrantes e indígenas entre 2002 y 2019, así como de algunas disputas públicas y jurídicas a que dieron lugar. Para el mismo período, además, llevamos a cabo un seguimiento y vaciado de prensa de tirada nacional, poniendo el foco en coyunturas definidas por la sanción de dichas normativas y la toma de medidas asociadas. Sobre el corpus resultante aplicamos análisis de discurso de inspiración foucaultiana20, reconstruyendo las condiciones para la articulación de determinados objetos, modalidades enunciativas, conceptos y temas en formaciones discursivas, combinado con análisis retórico dirigido a ver cómo las argumentaciones en juego procuraron volverse socialmente aceptables. El análisis e interpretación de los datos se apoya, por lo demás, en el trabajo de campo etnográfico que los autores han realizado respectivamente con organizaciones sociales migrantes en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y la provincia de Jujuy en diferentes períodos desde 1998 hasta la actualidad y con comunidades rurales y originarias en norpatagonia -provincias de Río Negro y Neuquén- desde 1990 hasta la actualidad.

Amenaza, extranjería e inseguridad neoliberal

Organizaciones de derechos humanos como el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Amnistía Internacional y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, además de organizaciones de migrantes, consideraron la modificación a la Ley de Migraciones 25.871 como "una iniciativa que no respeta[ba] los derechos humanos" y la calificaron como una "política regresiva"21. No obstante, el Gobierno sostuvo la norma precisamente señalando que estipulaba "un procedimiento especial de carácter sumarísimo" para las expulsiones y apeló en sus argumentos a delitos graves transnacionales aunque, en rigor, la reglamentación podía afectar a cualquier migrante que, por ejemplo, no pudiera probar la legalidad de su ingreso y permanencia en el territorio nacional. Con este nuevo marco regulatorio se dio una serie de deportaciones arbitrarias, algunas de las cuales alcanzaron gran resonancia pública, como el caso de Vanesa Cuevas, una mujer peruana que, tras residir quince años en Argentina y habiendo cumplido condena en prisión tras un juicio en 2013, fuera deportada a Perú, quedando sus hijos de seis y catorce años en Argentina.

Acciones de este tipo fueron sistemáticamente legitimadas por funcionarios y legisladores de la fuerza gobernante, algunos miembros de la oposición y un sector mediático con amplia capacidad de difusión. Solo a modo ilustrativo, un importante legislador con treinta años de trayectoria política, afirmaba en 2016 que los argentinos "siempre funcionamos como ajuste social de Bolivia y ajuste delictivo de Perú" y que "la Argentina incorpora toda esta resaca", que los colombianos se aprovechan de la universidad gratuita y que los paraguayos viajan para acceder a cirugías y tratamientos médicos en Buenos Aires22.

El Decreto 70 de 2017, que habilitó acciones contra los derechos de los migrantes como las padecidas por Vanesa Cuevas, fue judicializado en el mismo momento de su promulgación. Precisamente como resultado de una causa iniciada en 2017 por organizaciones sociales, en marzo de 2018 la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró la invalidez constitucional de dicho decreto. La declaración de inconstitucionalidad se apoyó, entre otras razones, en que el mismo "recoge en su articulado soluciones que son incompatibles con los estándares constitucionales y de derechos humanos que forman parte de las condiciones de vigencia de los instrumentos internacionales en la materia"23. Esta disposición permitió el regreso de la mujer al país en 2019, hecho ante el que volvió a pronunciarse públicamente el mismo senador, candidato por entonces a la vicepresidencia de la nación como acompañante del entonces presidente Macri, quien buscaba su reelección24.

Ribetes tragicómicos tuvo la detención de ciudadanos extranjeros tras los incidentes en los alrededores del Congreso de la Nación en octubre de 2018, en momentos en que se trataba el presupuesto nacional del año siguiente. Junto con otras veintitrés personas, la policía detuvo a un ciudadano turco -residente en Córdoba-, uno paraguayo (con un hijo argentino) y dos hermanos venezolanos con el trámite de residencia iniciado. Ninguno de ellos tenía antecedentes y fueron liberados, aunque algunas horas más tarde que el resto de los detenidos. El diario Clarín, el de mayor tirada e impacto del país y fuertemente aliado al Gobierno nacional de entonces, señaló que "[s]egún el análisis que realizaron el Gobierno nacional y el Gobierno porteño [...] los venezolanos serían parte de los servicios de inteligencia del gobierno de Nicolás Maduro, el turco sería parte de un grupo activista contra el G-20 [y] el paraguayo […] integraría un grupo anarquista de Asunción". Tras reunirse con el presidente de la nación, el ministro del interior declaró que esperaba "deportarlos lo antes posible" y defendió el incremento exponencial de las deportaciones25.

La extranjería como clivaje para legitimar exclusiones funciona en un movimiento de oscilación. Las medidas pueden recaer sobre cualquier migrante, pero son presentadas como dirigidas a quienes cometan delitos transnacionales o a quienes "vienen a delinquir". De manera similar, la potencialidad de la violencia y la extranjería están a mano para ser aplicadas a los pueblos originarios en general.

El movimiento oscilatorio se despliega para ellos en relación con las demandas por territorio. En los últimos años los desplazamientos de comunidades y familias originarias de las tierras que tradicionalmente ocupan y las represiones asociadas a ellos se han multiplicado en el norte y en el sur del país. En Patagonia, en particular, hubo dos casos de demanda y defensa de los territorios originarios que fueron respondidas con la represión estatal y que tuvieron amplia resonancia a nivel nacional. La acción de las fuerzas de seguridad provocó las muertes violentas de Santiago Maldonado y Rafael Nahuel26.

En ambos casos funcionarios de distintos niveles del poder ejecutivo y legislativo hicieron declaraciones públicas en las que vinculaban a las víctimas y sus comunidades con grupos violentos, secesionistas o extranjeros. La ministra de seguridad Patricia Bullrich, por ejemplo, responsabilizó a las víctimas y sus comunidades, absolvió a las fuerzas a su cargo y declaró: "[n]o vamos a permitir una república autónoma y mapuche en el medio de la Argentina […] nos encontramos con una situación de mucha violencia, de gente que pasa todos los límites de los comportamientos democráticos, que utiliza cuchillos, armas, molotov, que rompe todo"27. Con la mira puesta en la organización Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), la ministra había afirmado que tenía "absolutamente confirmado" que detrás de dicho grupo había "una organización inglesa que [era] su principal aportante"28. Luego del asesinato de Nahuel, en conferencia de prensa refirió a la comunidad mapuche haciendo sobrevolar nuevamente los fantasmas de la violencia y la violación de la ley y colocando como telón de fondo una discusión sobre nacionalidad y extranjería: "[s]on grupos que no respetan la ley, que no reconocen a la Argentina, que no aceptan el Estado, la constitución, los símbolos, que se consideran como un poder fáctico que puede resolver con una ley distinta a la ley de todos los argentinos"29.

En este marco, hacia fines de ese año signado por la muerte de ambos jóvenes, el intendente de la ciudad de Neuquén, alineado con la fuerza política gobernante a nivel nacional, publicó en sus redes sociales la siguiente declaración: "[l]os argentinos somos testigos por estos días de un recrudecimiento en la escalada de atentados y hechos de violencia protagonizados por una minoría de las comunidades mapuches a las que ya se les han comprobado vinculaciones con la radicalizada RAM (Resistencia Ancestral Mapuche)". En la misma intervención afirmaba que "[l]o que está ocurriendo desde un tiempo a esta parte en la Patagonia no son simples actos de vandalismo o sabotaje que improvisó algún trasnochado en un intento por llamar la atención. En lo personal creo que estamos frente a delitos de terrorismo y sedición y como tal deben ser tratados". El colofón de su argumento añadía al peligro del terrorismo y la sedición que se derivarían de los reclamos territoriales, la duda acerca de la pertenencia nacional de sus protagonistas:

Reitero que no estoy generalizando incluyendo en este accionar a todos los integrantes de las comunidades, al contrario. Lejos de las minorías violentas, hay muchos que con esfuerzo y trabajo, se han integrado sin problemas, dejando de lado cualquier sectarismo, siendo respetuosos de las leyes vigentes y abrazando a la nación argentina que les dio cobijo.30

Comprender la existencia del espacio simbólico capaz de alojar expresiones y acciones contra inmigrantes y contra indígenas como las referidas requiere atender a procesos históricos de largo alcance. Se trata de dos grupos poblacionales cuya presencia ha sido reiteradamente silenciada a lo largo de la historia nacional. Como Claudia Briones ha señalado a propósito de la negación general de los pueblos indígenas en Argentina, el mítico crisol de razas que logró instalarse como referencia presuntamente explicativa de la formación socioracial nacional era un crisol de razas blancas, que europeizaba a los argentinos mientras argentinizaba a los inmigrantes europeos, produciendo la imagen de argentinos tipo blancos. Simultáneamente, al lado de este, un segundo crisol que funcionaba en sordina producía "'cabecitas negras' [...] pobres en recursos y cultura"31.

Los inmigrantes provenientes de Bolivia, Paraguay, Chile y otros países de la región no formaron parte del mítico crisol de razas (blancas). Han debido encontrar un lugar alrededor o dentro de ese segundo crisol silenciado, nunca oficializado. Es por ello que, aun presentándose constante a lo largo de la historia nacional, esta inmigración regional fue descuidada por las primeras ciencias sociales en Argentina, concentradas a mediados del siglo XX en los flujos que habían llegado desde Europa. El descuido académico se combinaba, así, con la extendida negación social implicada en la construcción imaginaria de una Argentina blanca.

La incorporación del pueblo mapuche al Estado nación estuvo signada por una violencia estatal y privada que ha mostrado continuidad desde fines del siglo diecinueve hasta la actualidad. El genocidio del pueblo mapuche32 puede comprenderse, de acuerdo con Pilar Pérez33, como un proceso constituido por distintas capas. Por un lado, se trabaja sobre la exotización amenazante de los sobrevivientes. Por otro, se emplea la violencia explícita contra el sujeto previamente construido como un extraño peligroso. En forma paralela se despliega una violencia simbólica que niega la existencia del genocidio y construye relatos que naturalizan el orden social derivado de este proceso. Estos relatos sostienen el carácter ajeno y amenazante del pueblo mapuche.

El vaivén entre la generalización propia de la construcción de un estereotipo -"los migrantes", "los indígenas"- y la particularización de la amenaza representada por los grupos "delincuentes" -en el caso migrante- o "violentos" -en el caso indígena- refuerza el carácter eminentemente peligroso de estos colectivos, como ya fue ampliamente estudiado34. El nivel de peligrosidad merma en la medida en que los sujetos se integran, desdibujan sus pertenencias identitarias, declinan sus demandas y agradecen con sumisión a "la nación que les dio cobijo", tal como expresara el referente neuquino. Es decir, en la medida en que finalmente los sujetos asumen su inclusión subordinada35. Nada de esto es novedoso. Precisamente por eso el éxito relativo de la justificación de la violencia para controlar a los sujetos construidos como amenaza, encarnados en indígenas, extranjeros y sus particulares combinaciones, resulta inquietante.

Un conjunto diverso de medidas es utilizado en la construcción de figuras peligrosas, amenazantes. Mientras la deportabilidad actualiza las fronteras de la vulnerabilidad36, el fantasma de la amenaza repone el límite siempre móvil entre legalidad e ilegalidad, recuerda el peso de la pertenencia legal a un Estado y actualiza los costos del cobijo nacional. El Estado gubernamentalizado37 renueva su interés por la seguridad y la circulación en el manejo de la población, es decir, en el proceso permanente de producción de su población38. Los mecanismos de control, entonces, son presentados como "políticas de seguridad" ante una sociedad en la que, efectivamente, la inseguridad ha sido configurada como una de las mayores preocupaciones.

Imaginario hecho cuerpos

Estas y otras intervenciones políticas, con el apoyo sistemático de los más grandes medios de comunicación masiva, conformaron verdaderas cruzadas que pusieron en cuestión el derecho de migrantes e indígenas a gozar de determinados beneficios. El trabajo persistente sobre el imaginario social reorientó la agenda y los debates públicos, y en ocasiones desató escenas de violencia social. Estas cruzadas tienen en común el hecho de poner en agenda "los problemas" que se derivarían de la presencia de migrantes y de los reclamos indígenas. Suelen revivir la vieja estrategia del chivo expiatorio, respondida y desacreditada en el pasado y en el presente, pero que logra ser remozada con cierta eficacia. Y lo hacen, una vez más, reificando la nacionalidad, no solo en el caso de los migrantes, sino también en el de los reclamos mapuche al anudar sistemáticamente indigenismo y extranjería. Los tópicos se reiteran: el usufructo presuntamente indebido o excesivo de los sistemas de salud y educación por parte de los migrantes; el supuesto abuso de la apelación a la etnicidad con el fin de acceder a tierras y beneficios sobre los que se les niega derechos, en el caso de los indígenas.

En febrero de 2018 se dio uno de los casos más sonados: el anuncio del gobernador de Jujuy -frontera con Bolivia-, miembro de la alianza de Gobierno a nivel nacional, del cobro por la atención médica en los servicios públicos y gratuitos a quienes no tuvieran residencia en Argentina. La legislatura provincial acabó por sancionar la ley (no. 6116) un año después, en febrero de 2019, creando un "sistema provincial de seguro de salud" que abrió la posibilidad de cobrar a "aquellas personas extranjeras que permanezcan en el territorio de la provincia de Jujuy en forma transitoria"39. Más allá de la limitación del alcance de la ley, lo que interesa subrayar es la intensa discusión pública abierta, que contó entre sus protagonistas a diputados nacionales del oficialismo que presentaron un proyecto para implementar una medida similar en todo el país, propuestas de arancelar el sistema educativo y el apoyo manifiesto de parte del jefe de gabinete de ministros del Gobierno nacional, quien propuso debatir el tema en el Congreso Nacional40.

Poco tiempo antes, en diciembre de 2017, el Gobierno nacional creó un Protocolo de Acción Conjunta de las fuerzas de seguridad en el que participaron los Gobiernos provinciales de Río Negro, Neuquén y Chubut, destinado a coordinar las intervenciones sobre tierras mapuche. En este marco se elaboró un informe firmado por las cuatro instancias de gobierno, titulado "R.A.M. Antecedentes, Hechos Judicializados e Implicancias para la Seguridad en La República Argentina"41. Esta iniciativa tuvo una amplia cobertura mediática en la que se ponía el énfasis en la necesidad de "evitar" el acceso de las comunidades mapuche al territorio. Esta premisa se sostuvo construyendo una vinculación entre los hechos que habían ocurrido recientemente en Río Negro y Chubut con "grupos reducidos, violentos y vinculados con Chile". Así, se afirmó que con el Protocolo "[e]l Gobierno y las provincias buscarán evitar nuevas ocupaciones. Los investigadores de las fuerzas de seguridad provinciales y federales temen nuevas incitaciones a ocupar tierras y parques nacionales y coordinarán esfuerzos para evitarlas"42. En el mismo momento en que se impulsó el Protocolo se desarrollaba una Mesa de Diálogo entre el Estado y las comunidades mapuche, que contaba con el apoyo de organizaciones defensoras de derechos. La reproducción de las tensiones entre quienes apoyaban y llevaban adelante esta Mesa y las instancias gubernamentales, autoras del Informe y el Protocolo de Acción, amplificaba la distancia entre posiciones contrarias e irreconciliables. Varios portales reprodujeron las declaraciones del obispo de Bariloche que "había señalado que con las menciones permanentes a la RAM se buscaba crear un 'enemigo interno'", y las repuestas de la ministra de seguridad Patricia Bullrich y el Gobierno en rechazo a la tesis de la Iglesia católica: "[n]o existe la construcción de un enemigo interno. Ellos eligieron como enemigo al Estado de Derecho. No hubiéramos construido ningún enemigo si no hubiéramos tenido dos asesinatos e incendios"43.

La securitización promovió un estado de retracción general de la vida social y de las demandas por derechos. Al mismo tiempo, las "acciones preventivas" llevadas adelante en la vía pública por las fuerzas de seguridad se habían intensificado en distintas ciudades del país desde finales de 2015. La más habitual de estas acciones fue requerir la documentación que acredita la identidad personal a transeúntes al azar, revisar sus pertenencias y, eventualmente, demorar a alguien alegando su detección por el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos -un conjunto de cámaras instaladas en el espacio público en distintas ciudades con ese fin-. Ciertamente, el "azar" con el que se procedía a las detenciones era un azar socialmente informado. Como señalara el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU en su informe de septiembre de 2018 sobre Argentina ante el Consejo de Derechos Humanos, fue un listado acotado de actores sociales el que resultó blanco de estas detenciones, privilegiadamente migrantes, indígenas y miembros del colectivo LGBTI -Lesbianas, Gay, Bisexuales, Transgéneros e Intersexuales-. Estas detenciones tienden un manto de sospecha sobre quienes las sufren y, de este modo, la amenaza toma cuerpo en sentido literal. Muestran, asimismo, la importancia determinante del aspecto o la apariencia corporal en estas acciones de seguridad44 que suelen ser referidas por los responsables de ejecutarlas como "detenciones por averiguación de identidad" y por quienes son objeto de ellas como "detenciones por portación de rostro".

En algunos casos estas campañas y estas redefiniciones de agenda promovieron también conductas violentas entre ciudadanos ante pretendidos abusos. A poco del anuncio del Gobierno de Jujuy del proyecto de cobrar a los extranjeros el servicio público de salud, a finales de febrero de 2018, por ejemplo, un hombre golpeó a una mujer que creyó boliviana en una ventanilla de atención al público de una oficina del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, conocido como PAMI (Programa de Asistencia Médica Integral), de la vecina provincia de Salta. La mujer era atendida por una empleada que le explicaba cómo tenía que tomar los medicamentos que, entretanto, ella iba guardando en una bolsa. El hombre, de repente, le dio un golpe de puño en el pecho, mientras le gritaba "¡boliviana de mierda, vos te estás llevando nuestros medicamentos!". La víctima de la agresión, quien por su apariencia y fenotipo había sido identificada como "boliviana" por el agresor, se apresuró a ensayar una aclaración en la que se aferraba al criterio puesto en juego por el hombre y explicitado por los dirigentes políticos días atrás, la nacionalidad: "nací en Cachi [un distrito de Salta], viví acá toda mi vida"45.

Las construcciones de agenda pública que se enfocan en los problemas y costos que traería la presencia migrante e indígena configuran imaginarios que se hacen cuerpo46. Desde representantes de fuerzas de seguridad a vecinos en una oficina pública, cualquiera que haya aprendido el mecanismo podrá aplicarlo y leerá en el fenotipo y la apariencia de otros una "nacionalidad imperfecta"47. En momentos especialmente críticos, este mecanismo cotidiano tendrá efectos dramáticos, como en el pasado reciente, cuando una toma de tierras para vivienda calificada por el Gobierno como producto de la "inmigración descontrolada" desencadenó el enfrentamiento físico entre vecinos, la represión policial y la muerte de tres personas, dos de nacionalidad boliviana y una paraguaya48.

Desplazamientos, distribución y desposesión

Las operaciones señaladas, que articulan violencias materiales y simbólicas, represión y estigmatización se corresponden con formas de gestión estatal del territorio destinadas a garantizar la "acumulación de capital por desposesión"49, tal como puede observarse en los conflictos por el acceso y uso de la naturaleza, en general, y de la tierra, en particular. La regulación del uso del espacio y de la circulación de la población va de la mano de políticas de distribución de bienes, de valorización de espacios y de habilitación desigual del acceso a los mismos. En este contexto el vínculo entre ciudadanía y nacionalidad tiende a reforzarse, al tiempo que se modula o especifica en términos de clase.

Por ejemplo, en septiembre de 2017 el Ministerio de Agroindustria dictó una reglamentación que modificaba el programa Cambio Rural, mediante el cual desde 1993 se asiste técnicamente a los pequeños y medianos productores rurales. La modificación establecía "ser nacido en territorio argentino, o ser hijo de ciudadano nativo" como requisito para acceder al beneficio. Esta condición excluía a más del 80 % de los productores, en su mayoría bolivianos50. La Unión de Trabajadores de la Tierra (UTT) presentó una denuncia contra el Ministerio de Agroindustria ante el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) por considerar discriminatoria dicha reglamentación y advirtieron que el Ministerio ya había recortado casi ochocientos cupos del Programa51.

La enmienda de la reglamentación intersectaba nacionalidad y clase en su redefinición del modelo de desarrollo agrícola. Como señaló un ingeniero de la UTT a la prensa, en los noventa Cambio Rural había financiado asistencia técnica a los productores pequeños y medianos de la pampa húmeda con un perfil capitalizado. A mediados de 2000 amplió su alcance a pequeños productores de los cordones verdes periurbanos, fundamentalmente del sector hortícola. La reconversión de 2017 volvía, entonces, "a la versión original de los noventa apuntando otra vez al productor capitalizado"52. Luego de las críticas y la denuncia de la UTT, en noviembre de ese año la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Agroindustria dictó la Resolución 309 por la que se eliminaba el discutido requisito53.

Mientras tanto el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Horacio Rodríguez Larreta, llevaba adelante una serie de operativos de "reordenamiento" urbano que perseguía el desalojo de vendedores ambulantes de distintos puntos de la ciudad. En enero de 2018, por ejemplo, la policía de la ciudad desalojó a unos quinientos vendedores ambulantes en el barrio de Liniers, concretamente, en el centro comercial conocido entre los migrantes bolivianos como el "microcentro boliviano". El Gobierno buscaba así acabar con la "competencia desleal" y "recuperar las veredas y el espacio público", lo que redundaría en una "puesta en valor de la zona". Según un relevamiento del Poder Judicial, los comerciantes senegaleses, los bolivianos y los peruanos sumados conformaban el 93 % de los puestos desalojados54. Un año antes, en enero de 2017, habían sido desalojados en el barrio de Once unos dos mil vendedores y en 2016 había sucedido algo parecido con los puestos de venta de la avenida Avellaneda.

En el caso de los pueblos originarios, las recuperaciones territoriales aparecieron como prácticas fuertemente disruptivas de las formas legales que regulan el acceso a la tierra. Las luchas por la defensa del territorio originario pusieron en cuestión el orden territorial vigente. Las respuestas violentas por parte del Estado, en alianza con sectores de interés, fueron legitimadas con base en dos tipos de argumentación que lograron un predicamento importante en amplias franjas sociales. Una de las argumentaciones tenía un fuerte sesgo clasista: el Estado los presentaba como usurpadores sin recursos -y sin derechos- que, apelando a sus identidades originarias, buscaban despojar a los propietarios de parcelas adquiridas en el mercado. En este marco el desalojo era una medida considerada válida para corregir lo que era tipificado como un delito de "usurpación" de las tierras, del mismo modo que podría ocurrir con un ocupante ilegal de una propiedad privada en la ciudad. La otra argumentación se apoyaba en la negación de la argentinidad de los grupos demandantes mediante su recurrente vinculación con el país transandino. Poner en cuestión el carácter "verdaderamente" originario de las comunidades en conflicto y, si esto no era viable, cuestionar el origen argentino del pueblo originario, dejaba expuesta la dificultad de tomar la negación del derecho indígena como punto de partida para el despliegue de las prácticas de desposesión de los territorios y el consecuente desplazamiento de las poblaciones. Efectivamente, es el reconocimiento de los derechos de los pueblos originarios sobre los territorios lo que explica, entre otras políticas públicas, la sanción de la referida Ley 26.160 de 200655.

A propósito de esta ley, como en los sucesos represivos en Patagonia reseñados anteriormente, tanto la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) como la Sociedad Rural Argentina (SRA) emitieron comunicados que buscaban proteger sus intereses económicos y respaldar al Gobierno, advirtiendo sobre "el accionar de grupos radicalizados que pone en peligro al comercio local y aleja las inversiones" y remarcando que "la ley 26.160 [Propiedad Comunitaria Indígena] no les da derecho a tomar tierras privadas"56.

No obstante de que estas manifestaciones sectoriales lograran pregnancia en vastos sectores de la población, al mismo tiempo el reconocimiento de estos derechos gozaba de consenso social y generaba altos niveles de empatía con un sujeto considerado como "el verdadero dueño de estas tierras", debido a la profundidad histórica de su permanencia en los territorios. Amplios sectores sociales encontraron en los reclamos originarios una manera de recuperar, preservar y defender lógicas de relación con la naturaleza y formas de habitabilidad amigables con el ambiente. Ello dificultó a las dependencias gubernamentales encontrar legitimidad para avances por la fuerza sobre los territorios originarios. En cambio, la puesta en cuestión de la identidad indígena arrojaba rápidamente al sujeto demandante a la categoría de "pobre", socialmente más aceptada como justificación de exclusiones de todo tipo, y también más asociada al delito57. Si resultaba inverosímil despojar al sujeto de su identificación originaria, entonces se recurría a la extranjería y la marginalidad, buscando construir por esta vía una distancia social que volviera tolerable avanzar con las prácticas violentas de desplazamiento.

Ahora bien, cabe notar que la relación entre identidad, nacionalidad, ciudadanía y apropiación de tierras en Patagonia resulta particularmente paradójica, ya que se trata de una las regiones del país donde se concentra el mayor porcentaje de tierras adquiridas por extranjeros58, entre quienes se cuentan los casos ampliamente conocidos de Benetton, de la familia italiana dedicada a la industria textil, propietaria de 900 000 ha, y Lewis, empresario inglés con intereses en el negocio de la energía, quien mantiene vedado el paso al Lago Escondido, al ser las tierras circundantes de su propiedad. La extranjería de ambos personajes -los más conocidos y reflejados en la prensa local y nacional, pero no los únicos- no es puesta en cuestión en ningún momento por el Estado, ni relacionada con su derecho o no a detentar la propiedad de las tierras59. Pero la revinculación intensa entre ciudadanía y nacionalidad es producida en este caso por los pobladores locales, quienes señalan la extranjería de los personajes buscando poner en duda sus derechos adquiridos sobre tierras que, afirman, pertenecen a todos los argentinos.

Conclusión

La construcción de amenazas al orden neoliberal, llevada adelante por dependencias del Estado nacional y aliados locales en Argentina durante el período 2015-2019 no vinculó inmigrantes, fronteras e indígenas de manera aleatoria. Los bordes de la legalidad sobre los que se dibujaron las figuras amenazantes se superpusieron con los bordes de la pertenencia. De esta forma, la atribución de extranjería, que suele volverse performática cuando es un Estado el que la realiza, sostuvo la operación y, al hacerlo, reforzó el vínculo de la nacionalidad y la ciudadanía. Esto muestra que aun cuando la vigencia de encuadres institucionales simultáneos60 dé lugar a prácticas ciudadanas alternativas a las consagradas por los Estados por parte de migrantes y miembros de pueblos originarios, y ello habilite formas de emancipación de la ciudadanía respecto de la nacionalidad61, otras prácticas reconectan nacionalidad y ciudadanía62. Ello no se comprueba solamente en las intervenciones estatales. Como vimos, también la nacionalidad puede ser confirmada como criterio de ciudadanía cuando organizaciones originarias de base discuten las prerrogativas de terratenientes extranjeros o cuando una mujer en una oficina pública reacciona frente al peligro de perder su derecho a acceder a cierta medicación.

El gobierno de las poblaciones requiere la producción de ilegalismos y de ilegalidades, su permanente reproducción y recreación63. Las medidas de securitización tienen alcance general y el control de la circulación afecta, en principio, a toda la población, pero se vuelve socialmente aceptable enfocado hacia las figuras amenazantes. En efecto, así como las políticas y medidas de estigmatización y represión contra migrantes y pueblos originarios despertaron el rechazo de grupos de derechos humanos y de un sector de la sociedad, al mismo tiempo contaron con una importante base social de sustentación que, ampliada en contextos de crisis, vuelve admisible un orden social excluyente. La deportabilidad de algunos64 garantiza la pertenencia de otros.

En la construcción de las figuras amenazantes se combinan los dos esquemas simbólicos que Etienne Balibar identificó en los procesos de racialización: la postulación dicotómica de un otro externo y la de un otro interno que es preciso señalar ya entre nosotros65. La distinción del extranjero y la marcación del "enemigo interno" se articulan respecto de migrantes y originarios en la Argentina contemporánea y adquieren predominios cambiantes según los momentos y contextos. Se apoyan, en cualquier caso, en una historia en la que el blanqueamiento social como proyecto oficial ha tenido efectos positivos extensos66. Los esquemas de racialización y su combinación habilitan la lectura de la pertenencia nacional en los cuerpos y su aspecto67. La sospecha de una nacionalidad imperfecta68 facultará requisitos excepcionales o el ejercicio directo de la violencia.

Por último, en la gestión de la población, del espacio y del territorio está en juego la distribución de recursos y derechos y la aplicación de mecanismos específicos de acumulación por desposesión69 en los que el Estado habilita la combinación de innovaciones técnicas, financieras y de mercado70. Estos mecanismos, identificados por Saskia Sassen71 como "formaciones predatorias" necesitan de una gubernamentalidad que ordene las poblaciones, sus desplazamientos y su circulación sobre la base de distribuir de manera desigual el acceso a bienes, servicios, recursos y reconocimientos oficiales. Así, nacionalidad y ciudadanía se modulan en clave de clase. Las formas de extranjería ligadas a la pobreza ocupan un lugar en los bordes de la legalidad y de la pertenencia nacional. Eventualmente fuera, eventualmente dentro, serán identificables como deportables o como amenaza. En cambio, la extranjería de los propietarios capitalistas de tierras -y las ligadas al turismo internacional y otras modalidades de alto consumo- podrá ser dispensada. Más claramente: la extranjería de ellos podrá ser dispensada para habilitarlos a ser los propietarios de tierras a las que otros no tendrán acceso o de las cuales serán expulsados precisamente por extranjeros.

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*El artículo es resultado del trabajo conjunto realizado por los autores en el marco del proyecto de investigación "Luchas sociales por la apropiación y uso de espacios y recursos. Un abordaje sustantivo, conceptual y metodológico" PICT-2015-2476, financiado por la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCyT) (Buenos Aires, Argentina).

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5La Alianza Cambiemos es una coalición entre la Propuesta Republicana (PRO), la Unión Cívica Radical (UCR) y otros partidos menores, que llegó al Gobierno nacional en las elecciones de 2015 liderada por el primero de estos partidos, que gobernaba, hasta entonces la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El discurso político del PRO y Cambiemos hizo eje en la modernización de la gestión y las denuncias sobre corrupción gubernamental, que no se plasmaron en sus posteriores acciones de Gobierno; y en críticas a las regulaciones estatales en materia económica, que sí se concretaron en la apertura económica, la flexibilización de los mercados y en medidas que atendieron positivamente las demandas de los sectores agroexportadores y del comercio internacional, el sistema financiero y grupos concentrados, mientras se reducía la inversión pública en áreas como salud, cultura, educación y ciencia.

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8Poder Ejecutivo Nacional, Decreto 70 de 2017, 30 de enero, Boletín Oficial de la República Argentina 33555, http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/270000-274999/271245/norma.htm

9Poder Ejecutivo Nacional, Decreto 820 de 2016, 29 de junio, Boletín Oficial de la República Argentina 33409, http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/260000-264999/262676/norma.htm

10Los derechos de posesión y propiedad que asisten a los pueblos originarios sobre las tierras que tradicionalmente ocupan se encuentran refrendados por la Constitución Nacional (República Argentina, Constitución de 1994, Art. LXXV, § 17), adjudicándole rango constitucional a lo establecido por el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Convenio no. 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, 27 Junio 1989, https://www.ilo.org/dyn/normlex/fr/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::N O::P12100_ILO_CODE:C169. Sobre esta base de reconocimiento de la ocupación tradicional se asentaron una serie de leyes nacionales y provinciales relacionadas con la regulación de las tierras de los pueblos originarios. Entre ellas se destaca la Ley nacional 26.160 (Congreso Nacional de la República Argentina, Ley 26.160 de 2006, 23 de noviembre, Boletín Oficial de la República Argentina 31043, http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/120000-124999/122499/norma.htm). En este artículo "ocupación" refiere a "ocupación tradicional" en los términos establecidos por la normativa vigente.

11Hacia fines de la década del 90 del siglo XX, la Compañía de propiedad de la familia Benetton compró algo más de 900 000 ha en la provincia de Chubut, Patagonia argentina. Una década más tarde inició un juicio contra la comunidad mapuche Santa Rosa-Leleque por usurpación. Se trata de un litigio por 585 ha ocupadas por la comunidad. En el marco del juicio se ejecutó una orden de desalojo, aunque tiempo después la comunidad retornó a su territorio y la disputa continuó en el plano jurídico. Este conflicto tuvo una amplia repercusión que trascendió las fronteras locales y nacionales debido a la movilización de las organizaciones indígenas y al amplio apoyo de activistas y organismos internacionales de defensa de derechos. Para un detalle del caso y sus repercusiones puede consultarse, entre otros: Pedro Cayuqueo, "Luciano Benetton El rey de la Patagonia", Azkintuwe, periódico mapuche 1, no. 2 (2003), https://www.nodo50.org/estudiantesmapuches/azkintuwe_epu.pdf; Ana Ramos, "Disputas metaculturales en la antesala de un juicio. El caso 'Benetton contra mapuche'", en Historia, poder y discursos, comps. Pablo Schamber y Guillermo Wilde (Buenos Aires: SB, 2005); Sebastián Valverde, "'Esas cosas precipitan que uno fuera a tomar otra fuerza': etnicidad y territorialidad Mapuche en el Parque Nacional Nahuel Huapi", en Estudios de Antropología Rural, comps. Alejandro Balazote y Juan-Carlos Radovich (Buenos Aires: Universidad de Buenos Aires, 2013).

12Poder Ejecutivo Nacional, Decreto 683 de 2018, 24 de julio, Boletín Oficial de la República Argentina 33917, http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/310000-314999/312581/norma.htm

13Decreto 683 de 2018.

14"Peligroso paso hacia la militarización de la seguridad interior", Centro de Estudios Legales y Sociales (página web), 24 de julio de 2018, https://www.cels.org.ar/web/2018/07/peligroso-paso-militarizacion/

15Michel Foucault, Vigilar y castigar. Nacimiento de la prisión (Ciudad de México: Siglo XXI, 2002).

16Nicholas De Genova, "Migrant 'Illegality' and Deportability in Everyday Life", Annual Review of Anthropology 31 (2002): 419-447, https://doi.org/10.1146/annurev.anthro.31.040402.085432; "Spectacles of migrant 'Illegality': The Scene of Exclusion, the Obscene of Inclusion", Ethnic and Racial Studies 36, no. 7 (2013): 1180 1198, https://doi.org/10.1080/01419870.2013.783710

17Michel Foucault, Seguridad, territorio, población (Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica, 2006); Nacimiento de la biopolítica (Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica, 2007); William Walters, "Reflections on Migration and Governmentality", Movements. Journal für kritische Migrations - und Grenz regime forschung 1, no. 1 (2015): 1-30, https://movements-journal.org/issues/01.grenzregime/04.walters-migration.governmentality. html; Sergio Caggiano, Las migraciones como campo de batallas. Desigualdades, pertenencias y conflictos en torno a la movilidad de las personas (Buenos Aires: Miño y Dávila, 2019).

18Peter Kivisto y Thomas Faist, Citizenship: Discourse, Theory, and Transnational Prospects (Malden: Blackwell, 2007).

19David Harvey, El nuevo imperialismo: Acumulación por desposesión (Buenos Aires: Socialist Register, 2004), http://biblioteca.clacso.edu.ar/clacso/se/20130702120830/harvey.pdf; El enigma del capital y las crisis del capitalismo (Madrid: Akal, 2012).

20Marc Angenot, El discurso social. Los límites históricos de lo pensable y lo decible (Buenos Aires: Siglo XXI, 2010).

21"Otro decreto, otra 'regresión'", Página 12, 20 de enero de 2017. "'Con el DNU todos los migrantes son sospechosos'", Página 12, 30 de enero de 2017.

22"Discurso xenófobo", Página 12, 3 de noviembre de 2016. El autor de estas declaraciones, el senador Miguel Ángel Pichetto, es conocido por sus posiciones xenófobas y racistas. Sus afirmaciones encuentran amplios canales de difusión y parecen expresar a un sector no menor del arco social.

23Poder Judicial de la Nación, Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala V, Expte. 3061/2017 de 2018, 22 de marzo.

24"Pichetto sacó a pasear toda su xenofobia", Página 12, 5 de septiembre de 2019.

25Pablo de León, "Investigan si los venezolanos detenidos durante los incidentes son servicios de Maduro", Clarín, 25 de octubre de 2018; Ignacio Ortelli y Pablo de León, "El Gobierno quiere expulsar a los cuatro extranjeros, pero el trámite es complejo", Clarín, 25 de octubre de 2018.

26Santiago Maldonado desapareció el 1 de agosto de 2017 en el marco de la represión de Gendarmería Nacional contra una protesta llevada adelante en la provincia de Chubut por el Lof en Resistencia Cushamen. La protesta se realizaba por una serie de hechos previos de hostigamiento y amenazas que habían sufrido los miembros de la comunidad de parte de particulares y agentes de las fuerzas de seguridad con el fin de que abandonaran sus tierras. Su cuerpo fue hallado setenta y ocho días más tarde. No se conocen aún las circunstancias de su muerte ni los motivos por los que el hallazgo del cuerpo se produjo con tanta dilación, a pesar de encontrarse en un lugar que había sido revisado varias veces con anterioridad al hallazgo. Tres meses más tarde, en noviembre de 2017, Rafael Nahuel fue asesinado por la espalda por efectivos de la Prefectura Naval en medio de un proceso de desalojo por la fuerza de la comunidad Lafken Winkul Mapu en la provincia de Río Negro.

27"Bullrich contra el Estado mapuche", Página 12, 9 de agosto de 2017.

28"Patricia Bullrich: 'La RAM está financiada por una organización inglesa'", Clarín, 8 de agosto de 2017.

29Patricia Bullrich y Germán Garavano, "Conferencia de prensa", emitido por TV Pública Argentina el 27 de noviembre de 2017, video, 23:05, https://www.youtube.com/watch?v=ftluwydeggk

30Horacio Quiroga, "Sobre el conflicto Mapuche", publicación de Facebook, 4 de diciembre de 2017, https://www.facebook.com/HoracioPechiQuiroga/posts/2184267148265466

31Claudia Briones, Cartografías Argentinas. Políticas indigenistas y formaciones provinciales de alteridad (Buenos Aires: Antropofagia, 2005), 27.

32Diana Lenton, "La 'cuestión de los indios' y el genocidio en tiempos de Roca: sus repercusiones en la prensa y la política", en Historia de la crueldad argentina. Julio A. Roca y el genocidio de los pueblos originarios, coord. Osvaldo Bayer (Buenos Aires: El Tugurio, 2010); "Apuntes en torno a la aplicabilidad del concepto de genocidio en la historia de las relaciones entre el Estado argentino y los pueblos originarios", en Prácticas genocidas y violencia estatal en perspectivas transdisciplinar, comp. José Luis-Lanata (Bariloche: Instituto de Investigaciones en Diversidad Cultural y Procesos de Cambio - Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, 2014); Pilar Pérez, Archivos del silencio. Estado, indígenas y violencia en Patagonia Central, 1874-1941 (Buenos Aires: Prometeo, 2016); Walter Delrio et al., "Reflexiones sobre la dinámica genocida en la relación del Estado argentino con los pueblos originarios", ponencia presentada en el Segundo Encuentro Internacional "Análisis de las prácticas sociales genocidas", Universidad Nacional de Tres de Febrero, Caseros, Argentina, noviembre de 2017.

33Pérez, Archivos del silencio.

34Sergio Caggiano, Lo que no entra en el crisol. Inmigración boliviana, comunicación intercultural y procesos identitarios (Buenos Aires: Prometeo, 2005); Eduardo Domenech, "Crónica de una 'amenaza' anunciada. Inmigración e 'ilegalidad': visiones de Estado en la Argentina contemporánea", en La construcción social del sujeto migrante en América Latina. Prácticas, representaciones y categorías, comps. Bela Feldman-Bianco et al. (Quito: FLACSO - CLACSO - Universidad Alberto Hurtado, 2011), http://bibliotecavirtual.clacso.org.ar/ar/libros/grupos/SujetoMigrante. pdf; Walter Delrio, "La lucha de los mapuches y sus estereotipos", Nueva Sociedad, septiembre de 2017, https://nuso.org/articulo/la-lucha-de-los-mapuches-y-sus-estereotipos/; Alan Rocha-Varsanyi, "Creación del enemigo público mapuce: un análisis del discurso oficial sobre el conflicto territorial con el lof Campo Maripe entre 2013 y 2015", (En)clave Comahue. Revista Patagónica de Estudios Sociales, no. 24 (2018): 239-266, http://revele.uncoma.edu.ar/htdoc/revele/index.php/revistadelafacultad/article/view/2115; Diana Lenton et al., "Apuntes antropológicos sobre pueblos indígenas y violencias en la Argentina contemporánea", QueHaceres 4, no. 4 (2019): 4-18, https://www.researchgate.net/publication/335702871_Apuntes_antropologicos_sobre_pueblos_indigenas_y_violencias_en_la_Argentina_contemporanea_QueHaceres_N_o_4_4

35Claudia Briones, Cartografías Argentinas. Políticas indigenistas y formaciones provinciales de alteridad (Buenos Aires: Antropofagia, 2005).

36De Genova, "Migrant 'Illegality'"; Domenech, "Crónica de una 'amenaza'".

37Foucault, Seguridad, territorio.

38Foucault, Seguridad, territorio; Nacimiento de la biopolítica; William Walters, Governmentality: Critical Encounters (Londres: Routledge, 2012); "Reflections on Migration"; Sergio Caggiano, "Blood Ties, Migrations, State Transnationalism and Automatic Nationality", Ethnic and Racial Studies 41, no. 2 (2017): 267-284, https://doi.org/10.1080/01419870.2017.1341990; Caggiano, Las migraciones como campo.

39Poder Judicial de Jujuy, Ley 6116 de 2019, 6 de febrero, Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy 19, http://boletinoficial.jujuy.gob.ar/?p=139879

40"Marcos Peña pidió que el Congreso debata el cobro de atención médica a extranjeros", Perfil, 27 de febrero de 2018.

41Ministerio de Seguridad de la Nación y Gobiernos de las Provincias de Río Negro, Neuquén y Chubut, "Informe R.A.M. Antecedentes, Hechos Judicializados e Implicancias para la Seguridad en La República Argentina", diciembre 2017, https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/informe_ram-_diciembre_2017.pdf

42Mariano Obarrio, "El Gobierno acordó con las provincias patagónicas una estrategia contra la RAM", La Nación, 7 de diciembre de 2017.

43Guido Carelli-Lynch, "El Gobierno y 3 provincias establecieron un protocolo de acción conjunta contra la Resistencia Ancestral Mapuche", Clarín, 27 de diciembre de 2017. Resaltado en el original. Las declaraciones del obispo corresponden a la misma nota y no se encuentran resaltadas.

44Sergio Caggiano, "Racismo", en Categorías sobre migraciones, comps. Cecilia Jiménez Zunino y Verónica Trpin (en prensa).

45Oscar Burgos-Zambrano, "Esto genera el odio y la xenofobia", El Expreso, 28 de febrero de 2018.

46Sergio Caggiano, El sentido común visual. Disputas en torno a género, "raza" y clase en imágenes de circulación pública (Buenos Aires: Miño y Dávila, 2012).

47Gabriela Karasik, "Tras la genealogía del diablo. Discusiones sobre la nación y el Estado en la frontera argentino-boliviana", en Fronteras, naciones e identidades. La periferia como centro, comp. Alejandro Grimson (Buenos Aires: Centro de Integración Comunicación, Cultura y Sociedad - La Crujía, 2000).

48El reclamo, conocido como "la toma del Parque Indoamericano", sucedió en la ciudad de Buenos Aires a finales de 2010. Las declaraciones antinmigratorias fueron realizadas por el entonces Jefe de Gobierno, Mauricio Macri, luego presidente de la nación, y por su jefe de gabinete en ese momento y luego su sucesor al frente del Gobierno de la ciudad, Horacio Rodríguez Larreta.

49David Harvey, El nuevo imperialismo; El enigma del capital.

50Ministerio de Agroindustria, Resolución 244-E/2017 de 2017, 6 de septiembre, Boletín Oficial de la República Argentina 33706, http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/275000-279999/279298/texact.htm. Anexo 1, 13.

51Alejandra Hayon, "Un Cambio Rural contra los que menos tienen", Página 12, 13 de septiembre de 2017.

52Alejandra Hayon, "Un Cambio Rural contra los que menos tienen", Página 12, 13 de septiembre de 2017.

53Ministerio de Agroindustria, Resolución 309-E/2017 de 2017, 3 de noviembre, Boletín Oficial de la República Argentina 33744, http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/285000-289999/285861/norma.htm

54Mauricio Giambartolomei, "Desalojo de manteros: operativo de la Ciudad contra la venta ilegal en Liniers", La Nación, 12 de enero de 2018.

55El reconocimiento se encuentra en la Constitución Nacional (Art. LXXV, § 22 y 17) y en constituciones provinciales, así como en leyes específicas como la mencionada.

56Confederación Argentina de la Mediana Empresa, "CAME expresa preocupación por la formación de grupos violentos en Patagonia", Red CAME (página web), 6 de diciembre de 2017, http://redcame.org.ar/contenidos/comunicado/CAME-EXPRESA-PREOCUPACION-POR-LA-FORMACION-DE-GRUPOS-VIOLENTOS-EN-LA-PATAGONIA.1465.html; Sociedad Rural Argentina, "Tiene que terminar la impunidad para los grupos delictivos y violentos del sur", publicación de Facebook, 8 de agosto de 2017, https://www.facebook.com/sociedadruralargentina/posts/1659293347449397

57Gabriel Kessler, "Las consecuencias de la estigmatización territorial. Reflexiones a partir de un caso particular", Espacios en Blanco. Revista de educación 22 (2012): 165-198, https://www.redalyc.org/pdf/3845/384539804007.pdf

58Agostina Constantino, "La extranjerización de la tierra en Argentina. Continuidades y cambios entre el Macrismo y el Kirchnerismo", Estudios Internacionais. Revista de Relações Internacionais 5, no 2 (2017): 103-120, https://doi.org/10.5752ZP.2317-773X.2017v5n2p103

59La propiedad de la tierra en manos de extranjeros transatlánticos en Patagonia se remonta al reparto de tierras realizado luego de la invasión del siglo XIX y se sostuvo con fluctuaciones a lo largo del siglo XX. La naturalización de estas apropiaciones del territorio y la invisibilización de la extranjería de los propietarios puede ser comprendida en el marco del proceso de genocidio. Pilar Pérez, Archivos del silencio.

60Peggy Levitt y Nina Glick-Schiller, "Perspectivas internacionales sobre migración: conceptualizar la simultaneidad", Migración y Desarrollo, no. 3 (2004): 60-91.

61Saskia Sassen, "The Need to Distinguish Denationalized and Postnational", Indiana Journal of Global Legal Studies 7, no. 2 (2000): 575-582, https://www.repository.law.indiana.edu/cgi/viewcontent.cgi?article=1190&context=ijgls; "The Repositioning of Citizenship: Emergent Subjects and Spaces for Politics", Berkeley Journal of Sociology 46 (2002): 4-25; Kivisto y Faist, Citizenship: Discourse.

62Caggiano, "Blood ties".

63Foucault, Vigilar y castigar.

64Nicholas De Genova, "Migrant 'Illegality'".

65Etienne Balibar, "Election/Sélection", adaptación al francés de la segunda parte de la presentación al Coloquio Traces, Race, Deconstruction, and Critical Theory, Universidad de California, 2003.

66Briones, Cartografías Argentinas.

67Caggiano, "Racismo".

68Gabriela Karasik, "Tras la genealogía".

69Harvey, El nuevo imperialismo; El enigma del capital.

70Laura Mombello, "Derecho, tierra y petróleo. Una aproximación analítica multiescalar desde el norte rionegrino", Identidade, no. 3 (2016): 49-70, https://iidentidadess.files.wordpress.com/2016/09/dossier-3-petroleo-completo.pdf

71Saskia Sassen, Expulsiones. Brutalidad y complejidad en la economía global (Buenos Aires: Katz, 2015).

Cómo citar / How to Cite Item: Caggiano, Sergio y Laura Mombello. "Inmigrantes e indígenas en las torsiones de la nacionalidad y la ciudadanía. La construcción de amenazas en Argentina (2015-2019)". Historía y Sociedad, no. 39 (2020): 130-154. http://dx.doi.org/10.15446/hys.n39.82887

Recibido: 15 de Octubre de 2019; Aprobado: 27 de Abril de 2020; Revisado: 04 de Junio de 2020

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