SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
 issue51The relevance of negotiation in Chilean legal education. A comparative analysis author indexsubject indexarticles search
Home Pagealphabetic serial listing  

Services on Demand

Journal

Article

Indicators

Related links

  • On index processCited by Google
  • Have no similar articlesSimilars in SciELO
  • On index processSimilars in Google

Share


Revista de Derecho

Print version ISSN 0121-8697

Rev. Derecho  no.51 Barranquilla Jan./June 2019  Epub Mar 14, 2020

https://doi.org/10.14482/dere.51.340.01 

Editorial

¿Kelsen en Colombia?*

¿Kelsen in Colombia?

ANDRÉS BOTERO-BERNAL** 

**Profesor titular de la Escuela de Filosofía de la Universidad Industrial de Santander. botero39@gmail.com Orcid: 0000-0002-2609-0265. Scopus ID: 55604950500.


En esta edición he tenido el gusto de ser invitado a reflexionar sobre la supuesta intención de Hans Kelsen de viajar a Colombia en 1939, por medio del internacionalista Jesús María Yepes, intención que no se concretó por culpa del gobierno colombiano. Si bien no pretendo demostrar si esa fue o no la voluntad del jurista austriaco, sí es importante hacer una crítica de las fuentes usadas por quienes continuamente dan como cierto que Colombia le cerró las puertas al padre de la Teoría Pura del Derecho. Y qué mejor espacio para esta reflexión general que una de las más prestigiosas revistas de derecho del continente. Empecemos.

Desde hace mucho tiempo existe el rumor de que el prestigioso jurista Hans Kelsen quiso venir a Colombia pero se le prohibió el ingreso. Este comentario lo he escuchado desde que fui estudiante de derecho, y todos lo decían con tal ahínco que era imposible no creerles. Pues bien, en mi trayectoria académica nunca he encontrado algo que pueda sustentar objetivamente tal afirmación, ni siquiera en su autobiografía (Kelsen, 2008). Entonces, di por hecho que todo hacía parte de los rumores, que son cientos por demás, que se tejen sobre las grandes personalidades, incluyendo las de la filosofía del derecho.

Ahora bien, hace poco, en un muy buen escrito de Camilo Sánchez (2016), denominado "Los expedientes judíos de la cancillería", publicado en una revista cultural, se vuelve sobre el tema en los siguientes términos:

Un veterano miembro de la comunidad judía de Bogotá, quien pidió no ser citado, relata que hace unos treinta años llegó hasta su oficina de la capital un anciano polaco que había logrado escapar de la guerra a través de Suiza. Tras una consulta de trabajo, pasaron a charlar sobre diversos temas. El señor le comentó que en medio de los trámites para venir a Colombia se encontró en el Consulado en Ginebra con un tipo "muy fino, que hablaba un exquisito alemán". El distinguido personaje le contó que era abogado y académico, y que había vivido la mayor parte de su vida en Austria. Una conversación fugaz entre dos desconocidos que esperan. A la salida, una vez aprobado el pasaporte del polaco, se volvieron a cruzar // El eminente profesor, originario de Praga, le informó que su petición de visa, con la intención de venir a impartir clases en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Colombia, había sido rechazada. Ni siquiera la intermediación de su buen amigo, el internacionalista Jesús María Yepes, cónsul de Colombia en Ginebra, tuvo éxito. "Usted debe saber quién es", le espetó el anciano polaco a la fuente que pidió no ser citada (p. 22).

¡Esa persona sería Kelsen!

Pues vamos por partes. No es la primera vez que se sugiere algo por el estilo, mencionándose, incluso, a Jesús María Yepes:

Algo que no quisiera mencionar, pues resulta poco honroso para Latinoamérica, pero lo hago en homenaje al profesor José María Yepes, ilustre internacionalista colombiano, es el hecho de que éste procuró conseguir visado para que Kelsen pudiera viajar a uno de nuestros países, sin éxito, según lo registra el biógrafo y albacea literario de Kelsen. (Villar, 1999, p. 21)

Lo escribió nada más y nada menos que el ilustre profesor externadista Luis Villar Borda. Claro está que no cita sus fuentes y no afirma que dicho país fue Colombia.

Y la obra a la que se refiere indirectamente Villar es la biografía de Métall (1976), quien dice:

Al estallar la guerra en septiembre de 1939, Kelsen había tomado ya la decisión de abandonar Europa. Durante los críticos días de agosto de 1939, Kelsen se encontraba casualmente en los Estados Unidos, tomando parte en un congreso, en Cambridge. No sin dificultades, regresó a Ginebra a su familia. Ahora pretendía encontrar un empleo fijo en los Estados Unidos, pero no le fue posible en un principio, por lo cual decidió que aun sin empleo emigraría, un tanto al azar, hacia América. Sus amigos de Ginebra, especialmente el cónsul general de Colombia, J. M. Yepes, y el profesor Paul Guggenheim, procuraron obtener para Kelsen la visa de algún país latinoamericano, pero no tuvieron éxito. (pp. 81-82)

No deberíamos dudar de Métall, pues fue un testigo directo de la vida de Kelsen, pero en este caso no menciona sus fuentes. Tampoco indica el país latinoamericano, ni las razones por las que no tuvo éxito esta gestión.

Volvamos al texto de Sánchez. Él sí menciona su fuente, si es que podemos llamarlo así: una persona, que pide no ser citada (algo así como una fuente secreta) señaló que otro le contó, en medio de una charla, que vio a Kelsen en el consulado colombiano pidiendo una visa, pero que le fue negada. Primero la fuente es demasiado imprecisa, no solo porque no puede ser corroborada sino porque además es de oídas. Segundo, suponiendo que sea cierto, del relato no se puede colegir que Kelsen quería residenciarse en Colombia. Sumado que esta afirmación tiene muchos cabos sueltos. Veamos.

Para ese momento Kelsen vivía en Ginebra, ciudad en la que se sentía muy a gusto, pero por el temor a una posible invasión alemana estaba buscando salir del país lo más pronto posible. Ya contaba con muy buenos contactos para viajar a Estados Unidos1, aunque su inglés dejase mucho que desear en ese momento, país al que prefería por muchos motivos, pero en especial porque allí ya se encontraban muchos de sus discípulos y porque sabía que en dicho lugar podría tener un mejor futuro profesional dado el reconocimiento que ahí tenía y las capacidades de sus instituciones académicas y educativas2. Ahora, si le sumamos que él desconocía el español, lo anterior nos hace ver como poco probable que Kelsen estuviese buscando una visa para irse a Latinoamérica, salvo, si ponemos algo de imaginación, que buscase pasar de allí a Estados Unidos o como una alternativa para huir (mientras llegaba su permiso estadounidense) en caso de una invasión nazi a Suiza. Además, de un lado, suena algo difícil de creer que ese país latinoamericano haya sido Colombia (aunque aquí residía su brillante alumno Leopoldo Uprimny y tenía una importante influencia (López, 2004; González, 2011) y no México, Brasil (Siqueira, 2015; Boucault, 2015) o Argentina, donde tenía mayores vínculos académicos y existían instituciones universitarias más preminentes (pensemos para el caso mexicano en García Máynez -UNAM-, o para el argentino en Carlos Cossio -UBA-, por señalar solo dos casos3); y, del otro, que dicho país, el que fuese, le dijese no a un personaje tan reconocido como lo era Kelsen.

En fin, por todo lo anterior, cuando leí esto de Sánchez no le presté mayor atención, primero, porque no es un texto científico (es un buen trabajo de periodismo cultural pero no es un texto académico en sentido estricto), segundo, porque el quid de su texto no era el tema de Kelsen, y tercero, porque las propias fuentes mencionadas por él dejan dudas (en el mundo académico se trabaja con el principio de verificabilidad). Sin embargo, un reciente escrito en Ámbito Jurídico del reconocido jurista Juan Camilo Restrepo (2016) da por sentado que el asunto está prácticamente demostrado por una investigación de Sánchez. Por favor, no le pongamos añadidos innecesarios a lo que hizo Sánchez frente a su afirmación de Kelsen: él simplemente dejó constancia en su escrito periodístico de que se trata de un rumor, al que él le da crédito (pues conoce la fuente), pero nada más. Repito: eso está muy bien en el plano de un escrito periodístico-investigativo, si es que así podemos clasificar ese relato, pero no vale como texto científico o investigativo en sentido estricto. Incluso, si usted, respetado lector, fuese juez (suponiendo que el tema se ventila ante un supuesto tribunal) ¿sentenciaría que existió el hecho a partir de lo que dice Sánchez?

El hecho de que alguien diga que conoce a otra persona que le dijo que algo existió no es prueba suficiente, en la academia, para afirmar que eso sí existió. ¿Acaso no es esta la estructura del chisme? "Imagínate que alguien me contó, pero no puedo decir quién, que a él alguien le dijo que vio a Pedro haciendo tal cosa". No obstante, queda un asomo de duda razonable al confrontar lo dicho por Sánchez con lo señalado por Métall.

Ahora bien, el texto de Sánchez, bueno por demás, tiene un objetivo muy diferente: poner en evidencia el tratamiento discriminatorio y la terrible política pública de impedir que los judíos perseguidos en Europa pudiesen viajar a Colombia. Él pone el dedo en la llaga sobre un asunto histórico que debería avergonzarnos. Desviar ese profundo debate que propone Sánchez a un tema tan secundario como el de Kelsen, y con pruebas tan frágiles, no es justo, pienso yo. Sánchez, creo, añadió el tema de Kelsen como un argumento adicional (no es parte de su argumento principal: los archivos de la Cancillería) a su intención comunicativa, y actuó éticamente al dejarle en claro al lector cómo llegó a sus oídos la información del pretendido viaje de Kelsen a Colombia, esto es, reconociendo que no parte de fuentes determinantes. Sería responsabilidad del lector analizar con claridad esa información y darle el valor que corresponde dentro del contexto del texto.

Ya pasando de Sánchez, me propuse indagar con especialistas, entre ellos el amigo Gregorio Robles4 (a quien agradezco sus comentarios a este escrito), y atender la prensa de la época y los archivos del Ministerio de Relaciones Exteriores (o Cancillería) y de la Universidad Nacional, al respecto. Frente a lo primero, no encontré a nadie que me diese información precisa y contundente sobre este asunto, salvo la contínua remisión a lo dicho por Métall. Frente a lo segundo, luego de búsquedas infructuosas, no hallé noticia alguna al respecto y el propio Ministerio de Relaciones Exteriores manifestó que no tienen información alguna sobre una solicitud hecha por Hans Kelsen:

Le comunico que una vez adelantadas las acciones necesarias, encaminadas a encontrar dicha información, se verificaron los archivos de visas y bases de datos que reposan en el Archivo Central, sin embargo, no se logró hallar datos que coincidan con su solicitud. Así mismo, se llevó a cabo una segunda búsqueda en la documentación histórica pero no se encontró información alguna5.

Tampoco tuve suerte en el Archivo Central e Histórico de la Universidad Nacional de Colombia, Bogotá. Luego de una exhaustiva búsqueda en los documentos que allí reposan de la Facultad de Derecho, entre 1938 y 1941, no encontré información alguna, ni siquiera indirecta, de un posible viaje del famoso iusfilósofo a Colombia. Eso sí, encontré el nombramiento de un profesor y diplomático alemán Hermann Meyer-Lindenberg, quien salió de Europa hacia Colombia, a finales de la década de los 30, huyendo del nazismo; la carrera académica de José María Ots Capdequi, refugiado de la guerra civil española; y algunas cartas de académicos europeos manifestando su interés en ser profesores de dicha Facultad, para evadir así la hitlerismo o la guerra mundial, las cuales, hasta donde pude apreciar, no fueron respondidas6. Pero el hecho de que no se encuentre en archivos alguna noticia clara sobre un viaje de Kelsen a Colombia no es prueba de que no se hizo algún trámite al respecto. Empero, en la academia no se trabaja de esta forma.

En conclusión, no puede descartarse que Kelsen haya intentado venir a Colombia, aunque suena raro que no haya sido encontrada noticia alguna de ello hasta el momento. También pudo suceder que nunca se formalizó esta intención, lo que explica que no haya registro de la misma. Pero para afirmar algo es necesario que aparezca alguna fuente verificable que lo confirme. Ante la desaparición de los posibles testigos del hecho, habría que buscar en nuevos fondos archivísticos, no solo del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Universidad Nacional de Colombia, aunque la ambigüedad de la información de la supuesta invitación o del probable interés de Kelsen no orienta mucho como para saber qué se busca (¿quién lo invitó?, ¿cuándo lo invitaron?, ¿qué trámite se hizo?, ¿ante quién se hizo?, etc.). Entonces, mientras no aparezca una prueba confiable, no es prudente que sigamos dando cuerda (por lo menos no desde el mundo académico) a un rumor como si fuese un hecho demostrado, pues no lo está.

Eso sí, invito al lector ya no a preocuparse sobre si Kelsen quiso venir o no a Colombia, y mejor deje llevar sus reflexiones críticas hacia dos destinos más provechosos, uno sobre las políticas públicas y el otro sobre la circulación del pensamiento jurídico. El primero de dichos destinos, planteado por Sánchez (2016), versa sobre lo que fue la política pública de migraciones en Colombia en aquella época y sus efectos socioculturales. El segundo, planteado por López (2004), entre otros, sobre la circulación y la reconstrucción de las ideas de Kelsen en nuestro país, lo que impide pensar que estamos ante un trasplante (metáfora sugerida por Watson (1974) que sugiere que se traslada algo a un cuerpo cuyas reacciones se limitan a aceptarlo o rechazarlo), para pensar mejor en una transformación de su pensamiento, destino que exige que el iushis-toriador coordine su labor con el iusfilósofo para no quedar aquel en una mera descripción de dicha circulación ni este en una mera interpretación del pensamiento del austriaco. Así, se podría dar un paso más adelante, significativo por demás, el cual sería señalar críticamente las variantes interpretativas resultantes de dicha circulación - transformación y su correspondencia o no con el pensamiento matriz, sin dejar de lado, claro está, la comprensión del porqué de dichas variantes en el contexto jurídico y político colombiano que les dio origen. De esta manera, podría comprenderse y explicarse de mejor manera cómo Kelsen, en Colombia, terminó siendo leído como un autor del formalismo jurídico latinoamericano (López, 2004, p. 130) al lado de otros autores con los que el austriaco no tendría casi nada en común en otras latitudes.

Creo, pues, que estos dos destinos serían más provechosos que seguir dando por sentados rumores (aún) no demostrados.

REFERENCIAS

Boucault, C. (2015). Hans Kelsen - A Recepção da "Teoria Pura" na América do Sul, Particularmente no Brasil. Seqüência (Florianópolis), 71, 95-106. [ Links ]

Feichtinger, J. (2009). Transatlantische Vernetzungen. Der Weg Hans Kelsens und seines Kreises in die Emigration. En W. Ogris, T. Olechowski & R. Walter (Eds.), Hans Kelsen, Leben - Werk - Wirksamkeit (pp. 315-332). Viena: Hans Kelsen-Instituts. [ Links ]

Flores, I. (2007). Eduardo García Máynez (1908-1993 ). Vida y obra. México: UNAM. [ Links ]

Flores, I. (2014). Una visita a Hans Kelsen en México. Problema, Anuario de Filosofía y Teoría del Derecho, 8, 53-94. [ Links ]

González, J. (2011). Hans Kelsen en la Facultad de Derecho de la Universidad de Antioquia. En M. Montoya y Montoya, N. (Eds. y Comps.), Hans Kelsen: El reto contemporáneo de sus ideas políticas (pp. 227-237). Medellín (Colombia): Eafit. [ Links ]

Kelsen, H. (2008). Autobiografía. (Luis Villar Borda, trad.). Bogotá, D.C.: Universidad Externado de Colombia. [ Links ]

López, D. (2004). Teoría impura del derecho: La transformación de la cultura jurídica latinoamericana. Bogotá, D.C.: Universidad de los Andes, Legis y Universidad Nacional de Colombia. [ Links ]

Métall, R. (1976). Hans Kelsen: Vida y Obra. (Javier Esquivel, trad.). México: UNAM , Instituto de Investigaciones Jurídicas. [ Links ]

Restrepo, J. C. (7 de julio de 2016). ¿Por qué Kelsen no vino a Colombia? Ámbito Jurídico. Disponible en: https://www.ambitojuridico.com/noticias/columnista-impreso/relaciones-exteriores-e-internacional/por-que-kelsen-no-vino-colombiaLinks ]

Robles, G. (2014). Hans Kelsen: Vida y Obra. Cizur Menor (Navarra): Civitas. [ Links ]

Robles, G. (2013). Hans Kelsen: vida y obra. Revista de Ciencias Sociales, 62, 13-37. [ Links ]

Sánchez, C. (mayo de 2016). Los expedientes judíos de la cancillería. Revista El Malpensante, 174, 18-25. [ Links ]

Sarlo, O. (2010). La gira sudamericana de Hans Kelsen en 1949. El "frente sur" de la teoría pura. Ambiente jurídico, Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad de Manizales, 12, 401-425. [ Links ]

Siqueira, G. (2015). O parecer de Kelsen sobre a Constituinte brasileira de 1933-1934. Revista Direito & Práxis, 6(11), 348-374. [ Links ]

Villar, L. (1999). Presentación: Kelsen y Walter. En R. Walter, La doctrina del Derecho de Hans Kelsen. (Luis Villar, trad.) (pp. 11-26). Bogotá, D.C.: Universidad Externado de Colombia . [ Links ]

Watson, A. (1974). Legal transplants: An approach to comparative law. Edinburgh: Scottish Acad. Press. [ Links ]

* Agradecimientos al filósofo Edward Orozco (UIS) por su decidida colaboración para culminar este escrito.

1Para otoño de 1939, cuando supuestamente Kelsen buscó viajar a Colombia, había recibido una propuesta laboral del presidente de la New School for Social Research (Métall, 1976, p. 82). La visa estadounidense la obtuvo al poco tiempo y el 28 de mayo de 1940 sale de Suiza para llegar a Nueva York el 21 de junio del mismo año, a los 60 años de edad.

2Quien mejor analiza este período en Kelsen y las redes de la Escuela Pura del Derecho con Estados Unidos, dando datos sobre las peripecias del autor austriaco para obtener finalmente su visa en dicho país, es Feichtinger (2009).

3Incluso, ellos dos estuvieron siempre animosos de concretar una visita de Kelsen a sus países, la cual se realizó para Argentina en 1949 y para México en 1960 (con visitas frustradas en 1943 y 1947). Ver Sarlo (2010); Flores (2007, 2014).

4Quien está muy bien documentado sobre la vida del austriaco. Ver, por ejemplo, Robles (2013). Más ampliado: Robles (2014). Especialmente, pp. 145 y ss.

5Respuesta escrita de la directora administrativa y financiera de la Cancillería colombiana, del 25 de julio de 2016, corroborada por la coordinadora del Grupo Interno de Trabajo Determinación de la Condición de Refugiado, de la misma Cancillería, del 2 de agosto de 2016.

6Por ejemplo, Alexander Marcuse, con una misiva del 14 de febrero de 1936, firmada en Berlín. A. Moles Caubet 25 de enero de 1937, desde París. Curt Joel (alemán), del 16 de marzo de 1939 desde Bogotá. Leonhard Israel Stein (alemán), 17 de enero de 1941, supuestamente firmada en Hamburgo pero por el contexto de la carta parecería que fue enviada desde Italia. Un caso especial fue el de Oldrich Modrák, representante del gobierno checoslovaco en Colombia, quien remitió una carta desde Bogotá, el 27 de noviembre de 1943, para ponerse al servicio de la Facultad y pide su ingreso como estudiante a la vez que ruega se le reconozcan varias materias que cursó en Venezuela. A él se le respondió de forma positiva.

Creative Commons License Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons