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Memoria y Sociedad

Print version ISSN 0122-5197

Mem. Soc. vol.18 no.37 Bogotá July/Dec. 2014

https://doi.org/10.11144/Javeriana.mys18-37.lcmo 

Las «conducciones» y la mano de obra nativa en la «mita» de Mariquita durante el siglo XVII

The "conductions" and the native workforce in the Mariquita "mita" in the seventeenth century

As «linhas» e a mão de obra nativa na «mita» de Mariquita durante o século XVII

Heraclio Bonilla
Universidad Nacional (Bogotá, Colombia) hbonillam@unal.edu.co

Marco Manuel Forero Polo
Universidad Nacional (Bogotá, Colombia) mmforerop@unal.edu.co

Recepción: 17 enero 2014 Aprobación: 14 marzo 2014


Cómo citar este artículo

Bonilla, Heraclio y Marco Manuel Forero Polo. «Las «conducciones» y la mano de obra nativa en la «mita» de Mariquita durante el siglo XVII». Memoria y Sociedad 18, no. 37 (2014): 166-182. http://dx.doi.org/10.11144/Javeriana.mys18-37.lcmo


Resumen

El establecimiento de la «mita» para la explotación de plata en las minas de Mariquita en el Nuevo Reino de Granada produjo la incorporación de los indios como mano de obra para su beneficio. Los mitayos fueron reclutados a través de las denominadas «conducciones» desde sus zonas de poblamiento en las provincias de Tunja y Santafé, y llevados hasta los sitios de explotación de plata. Ante el reconocimiento de los nativos como vasallos del rey, las autoridades de la Real Audiencia debieron establecer un «salario» que reconociese el trabajo realizado en las minas. La complejidad de estas circunstancias para la subsistencia del trabajador indígena y el funcionamiento de los mecanismos establecidos para su explotación son las coordenadas que se analizarán.

Palabras clave:conducciones; mitayo; salario; mita; Mariquita; Tunja; Santafé


Abstract

The establishment of the "mita" for silver exploitation in the Mariquita Mines in the New Kingdom of Granada produced the incorporation of Indians as workforce for its benefit. The mitayos were recruited through the so-called "conductions" from their settlement areas in the provinces of Tunja and Santa Fe, and then they were taken to the silver mining areas. Facing the recognition of natives as vassals of the king, the authorities of the Royal Court had to establish a "salary" in order to recognize the work in the mines. The complexity of these circumstances for the survival of the indigenous workers and the operation of the exploitation mechanisms are the coordinates that will be analyzed herein.

Keywords:conductions; mitayo; salary; mita; Mariquita; Tunja; Santafe


Resumo

O estabelecimento da «mita» para a exploração de prata nas minas de Mariquita no Novo Reino de Granada produziu a incorporação de índios como mão de obra para seu benefício. Os mitayos foram recrutados através das nomeadas «linhas» desde suas zonas de povoamento nas províncias de Tunja e santafé, e levados até os lugares de exploração de prata. Após reconhecimento dos nativos como vassalos do rei, as autoridades da Real Audiência tiveram que estabelecer um «salário» que reconhecesse o trabalho realizado nas minas. A complexidade dessas circunstancias para a subsistência do trabalhador indígena e o funcionamento dos mecanismos estabelecidos para sua exploração são as coordenadas a analisar.

Palavras-chave:linhas; mitayo; salário; mita; Mariquita; Tunja; Santafé


Introducción

La producción argentífera de la nueva Granada no representó las dimensiones de la explotación minera con respecto a las generadas por el México y el Perú colonial. sin embargo, esta experimentó una de las instituciones coloniales más características de los grandes espacios mineros: la «mita». Así, durante poco más de un siglo, desde 1612 a 1730, estuvo en funcionamiento el sistema de «conducción» de la mano de obra indígena que fue transportada desde las regiones de Tunja y Santafé de Bogotá a la zona de mayor explotación de plata del nievo Reino Granada, Mariquita. Este fenómeno generó una nueva condición económica y social para el indígena, ya que respondió a dos naturalezas dentro de la estructura económica colonial: además de ser tributario, se sumó la condición de mitayo, lo que desencadenó una serie de conflictos en las tributaciones que debió pagar primero a su encomendero y luego a la Corona (demora y requinto), en combinación con otra serie de exacciones que debió cancelar al minero a cambio de su fuerza de trabajo.

La explotación de los Reales de minas de santa Ana y de Las Lajas en Mariquita permitió la diversificación relativa y temporal de la minería colonial neogranadina que antes y después del siglo XVII estuvo basada fundamentalmente en la explotación de las vetas y placeres en espacios como Popayán y Antioquia. Sin embargo, el hecho de contar con una población nativa relativamente escasa, en comparación con México y Perú, caracterizada además por una disminución permanente, hizo que en la minería, al igual que en las otras actividades económicas, los agentes económicos recurrieran a la importación de esclavos. Mariquita no fue ajena a esta combinación entre trabajadores nativos y esclavos.

El análisis de las «conducciones» y el impacto generado por el uso de la mano de obra nativa en la producción minera de Mariquita nos permiten comprender la dimensión del problema en los siguientes aspectos:

  1. El traslado obligatorio de una parte de la población masculina, entre 17 y 55 años, en compañía de sus núcleos familiares, desde los corregimientos de tierra fría y el consecuente trastorno demográfico de la población nativa de la región.
  2. La pugna entre encomenderos y mineros; los primeros se vieron afectados por la pérdida de tributarios y los segundos se favorecían de una mano de obra de menor costo, permitiendo asegurar que la mano de obra esclava se ocupase en labores de menor riesgo que garantizaban el mantenimiento de una inversión mucho más alta.
  3. La llegada de la mano de obra indígena a los centros de explotación minera aseguró para los comerciantes de la región el contrato de suministros alimenticios que dinamizaron el transporte y consumo de insumos y mercancías para los centros mineros. Como se explicará más adelante, la alimentación debió ser pagada por el indígena, garantizando una demanda constante de bienes y servicios en el entorno minero.
  4. El «salario» o jornal diario del mitayo estuvo sujeto a una serie de descuentos de diversa naturaleza. Estas retenciones se pueden identificar como: tributarios (demora, requinto y «salario de protector»), además de servicios y subsistencia (hospital, cirujano y la alimentación que recibió el mitayo); por lo tanto, el pago de su «salario» tuvo un rendimiento mínimo que difícilmente aseguró los suficientes recursos para el regreso a sus lugares de origen una vez terminada la «conducción», incluyendo las secuelas individuales y colectivas que generaron para los nativos los diversos trabajos en los socavones de plata en Mariquita.

De acuerdo con estos elementos, se analizan los aspectos fundamentales para la comprensión de la naturaleza de las «conducciones» y del «salario» con que se retribuyó a la mano de obra nativa de la región de Mariquita, en el caso del Nuevo Reino de Granada. Esta situación se caracterizó por la recepción de un «salario neto» por parte del mitayo, en contraste con las cantidades retenidas al total bruto de sus ingresos por concepto de tributación, servicios y elementos de subsistencia.

La implementación de la «mita» y las «conducciones» representó la ruptura del ya inestable equilibrio demográfico de la población nativa de las regiones de Tunja y Santafé de Bogotá. Por lo tanto, la posición de las autoridades coloniales sobre los perjuicios que se generaban en las economías locales nativas y sobre el funcionamiento de las encomiendas fue un rasgo determinante para los continuos intentos de regular su aplicación.

Precisamente para el siglo XVII, Ruiz Rivera1 presenta la evolución de la población tributaria de Santafé de Bogotá y Tunja, espacios que abastecieron con mano de obra nativa al centro minero de Mariquita, ante la imposibilidad de recurrir a la fuerza de trabajo local por la resistencia de los pijaos, ubicados más cercanamente a Mariquita.

Las cifras permiten constatar que Tunja era relativamente más poblada que Santafé de Bogotá, y que en ambos casos la población fue al final de ese siglo solo un tercio de lo que había sido al comienzo. Desafortunadamente, la inexistencia de estudios demográficos en el ámbito local no permite desagregar estas cifras en las parroquias, y por lo tanto no es posible evaluar el impacto de las «conducciones» sobre las economías locales. El mismo Ruiz Rivera, autor del primer artículo sobre estas minas, señaló que a fines de la década de los treinta del siglo XVII, la distribución de la mano de obra entre nativos y esclavos en las minas y los ingenios era la siguiente:

2

De un total de 957 trabajadores, el 40% fueron negros, probablemente la gran mayoría esclavos, y el 60% de la mano de obra era nativa, producto de las «conducciones», siendo santa Ana la mina más importante en términos del volumen de trabajadores y ocupándose los negros esclavos en el trabajo de los socavones.

El traslado de la población nativa a las empresas del sistema colonial, en ausencia de un mercado laboral efectivamente libre, no fue fácil puesto que la población nativa contaba con tierras, aunque insuficientes, que hacía innecesario su desplazamiento voluntario. Para Potosí, la experiencia más cercana, resolver este problema hizo parte de la política implementada por el virrey Francisco de Toledo a mediados del siglo XVI. Como se sabe, el mecanismo fue doble: la implantación de la «mita minera» y la monetización de la renta de la encomienda. La primera fue un mecanismo compulsivo de asignación y de retención de la mano de obra nativa tanto en Potosí como en los otros centros mineros de los Andes, pero no fue una innovación española, puesto que antes de la conquista española las jefaturas étnicas la utilizaron, particularmente en la construcción de obras pública. sin embargo, esa «mita» era con fines públicos y hacía parte de un sistema de reciprocidad, de dones y contradones, en cambio la «mita colonial» fue de uso privado y estuvo desprovista de la reciprocidad, y en virtud de la cual cada año aproximadamente la séptima parte de la población de una comunidad era desplazada a los centros mineros durante un año, en el que se contabilizaba tanto el tiempo de desplazamiento de ida y regreso a sus pueblos, como el establecimiento de turnos en el trabajo de las minas.

Los mitayos no eran trabajadores gratuitos: percibían un jornal que en un 80% servía para el pago del tributo a sus encomenderos. Como lo ha demostrado Assadourian3, en ese contexto la subsistencia de los trabajadores dependió del «subsidio» de las economías campesinas y de la institución de la «korpa», es decir la posibilidad que en sus tiempos libres bajaran a los socavones, extrajeran el metal y lo vendiesen en los mercados locales. Pese a todo la minería fue una alternativa laboral importante como se expresa en el hecho de que en Charcas durante el siglo XVIII tres de cada cuatro indios eran «forasteros», como lo demostró Nicolás Sánchez Albornoz4. Por cierto, en la medida en que la población nativa declinaba, el sistema de la «mita» se alteró, reemplazándose los turnos de trabajo por la entrega de cuotas fijas de quintal de metal, y a nivel del conjunto del sistema por el despliegue de los «repartimientos», es decir la venta forzada de mercancías a la población nativa por parte de los corregidores convertidos en comerciantes.

La experiencia del Nuevo Reino de Granada fue diferente. Para empezar, sus pueblos nativos no estuvieron bajo el control de «Estados» del tipo Inca o Azteca, y, por lo tanto, su subordinación a las jefaturas tradicionales fue mucho menor. La «mita», por lo mismo, fue desconocida o practicada marginalmente. Además, frente a una población relativamente escasa y en permanente disminución, el trabajo en las minas o en las haciendas dependió en gran medida de los esclavos importados, con una participación marginal de la población nativa. sin embargo, el inicio de la minería en Mariquita alteró esta situación. En primer lugar, se trató de una minería fundamentalmente de plata, aunque el oro no fue desconocido, y si bien contó con una dotación de esclavos (cerca del 40% del total de la fuerza laboral), eso no fue suficiente, como tampoco fue posible incrementarla dado los costos de los esclavos para mineros que en su gran mayoría eran poco prósperos.

Además, el traslado de los indios desde Santafé de Bogotá y Tunja a Mariquita se enfrentó a dificultades adicionales. Las áreas de reclutamiento eran distantes del centro minero, de tierras frías en contraste con el calor de las minas. La travesía tampoco estuvo exenta de peligros, sobre todo el cruce del Magdalena. Los indios, además, no eran libres, sino que estaban bajo el control de «encomenderos», cuyos intereses no siempre eran idénticos a los mineros, en la medida en que la muerte o la fuga de «sus» indios tenían serias implicancias en el volumen y en el valor de la renta extraída. Las mismas autoridades coloniales se encontraron pronto frente al dilema de no contar con indios suficientes para el abastecimiento de bienes agrícolas, de tal modo que no tardaron en preguntarse si las «Indias» eran los indios o las minas. Pero, de momento, examinemos con más detalle los mecanismos de las «conducciones».

La justificación jurídica del trabajo indígena

La Política Indiana5 del madrileño Juan de Solórzano Pereira (1575-1655) representó quizás el mayor esfuerzo jurídico de la época por justificar las regulaciones que permitieron a los Habsburgo intentar el control efectivo de sus colonias. Solórzano consagró su vida a la jurisprudencia y a la política en sus diversas etapas: salmantina universitaria, limeña en la Real Audiencia, y madrileña como fiscal de los consejos de Hacienda, Indias y de Castilla. Es precisamente su experiencia como oidor en la Audiencia de Lima y como gobernador y visitador de las minas de azogue de Huancavelica entre 1610-1627 las que permearon las temáticas jurídicas relacionadas con la administración de las minas en las Indias.

Un claro ejemplo de ello es lo referido al uso de la mano de obra indígena presente en la Política Indiana de Solórzano. Entre las primeras condiciones que regulan el uso de la mano de obra indígena se especificó que no se utilice a los indios indefinidamente sino por turnos de un año, además de garantizar el sustento de sus familias, el pago de «salarios» justos, y que de ninguna manera se envíen a menores de catorce años, ni tampoco a mujeres, ancianos y enfermos. Una condición determinante en el establecimiento de la conducción de indios fue:

[...] se debe atender con igual, ó mayor cuidado, que los indios, por razón de estos servicios, no sean llevados muy lexos de sus pueblos, i reducciones, sino que, en quanto se pudiere, se repartan a los lugares mas cercanos. quando no solo los llevan lexos, sino á temples diversos, o contrarios a su salud, complexion i naturaleza... Cuya razon es, que la experiencia. ha mostrado los daños, enfermedades, i muertes, que de estas mudanzas de temples, i lugares en que nacimos, i nos criamos, suele resultar i resultan, i lo que puede i obra el amor dellos, i de la patria: de forma que en muchas enfermedades no se halla otro remedio, que bolver a gozar de los ayres de ella [...]6.

Uno de los aspectos más importantes de la Política Indiana fue reconocer la necesidad de proteger a los naturales de las colonias. El derrumbe demográfico de la población indígena hizo entender a la monarquía que la principal riqueza del Nuevo Mundo no se concentraba en los metales sino en el sostenimiento de las poblaciones indígenas que pudiesen como súbditos y tributarios extraer la riqueza de las colonias americanas.

Las «Ordenanzas de minería» de Juan de Borja

El funcionamiento de la «mita» en Potosí era lo suficientemente conocida en el Nuevo Reino de Granada, y quien la introdujo, aunque no con ese nombre, fue Juan de Borja, gobernador y capitán general del Nuevo Reino de Granada y presidente de la Real Audiencia, quien recibió el 26 de mayo de 1609 la aprobación del rey Felipe III para la instauración de la «mita». Es través de sus «Ordenanzas de minería» promulgadas en la audiencia de Santafé de Bogotá el 9 de marzo de 1612, luego de una visita a las minas de oro y plata de la región, que se instituyó el traslado anual a las minas de Mariquita de aproximadamente 700 indios desde las provincias de Tunja y Santafé de Bogotá, es decir cerca del 2,3% de un total estimado de 30 mil indígenas. Se ordenó que se

[...] repartan con igualdad y justificación, y se traigan en cada un año setecientos indios útiles de los Distritos de la ciudad de Santafé y Tunja para la labor y beneficio de las minas de plata al asiento de las lajas en esta dicha ciudad de Mariquita y se repartan entre los dueños de las dichas minas [...]7.

Se trata de 44 ordenanzas, de las cuales se hará mención solo a las concernientes con el trabajo de los indios, dictadas con la precaución de velar por su bienestar material y espiritual.

La administración de las minas estuvo a cargo del alcalde mayor de minas, quien percibió por su trabajo cada año 500 pesos ensayados de 450 maravedíes, tomados a razón de tres pesos por cada quintal de azogue vendido, y del grano de oro del «salario» de los indios. Estos deben ser trasladados por un año desde Tunja y Santafé de Bogotá para trabajar ocho horas diarias a cambio de un jornal diario de un tomín y un grano de oro de trece quilates, al contado en oro y plata menuda cada quince días. No debe permitirse el pago en mantas, camisetas, ni en otro género de ropa, para evitar que se les «engañe en los precios». Para su «provisión y sustento» pueden realizar dos sementeras de comunidad al año y una sementera particular, en proporción de las familias, y en caso de necesidad el alcalde debe velar por el aprovisionamiento de carne y maíz en el asiento de las minas, los cuales no deben ser vendidos a precios excesivos. El trabajo de los indios debe ser en pareja: peón y barretero, para desprender los metales de la veta y para subirlos a la superficie. Los instrumentos de trabajo deben ser provistos por los propietarios.

En estas «Ordenanzas de minería» también se incluían los servicios de doctrina y de hospitales destinados a la protección y sostenimiento de la religión en los naturales, y al cuidado y resguardo del indígena mitayo. Para esto se estableció la presencia de dos sacerdotes curas con dominio de la lengua de los naturales y la construcción de una iglesia conforme al número de feligreses. La infraestructura sería dispuesta por los dueños de las minas, y el costo del estipendio de los sacerdotes (350 pesos de trece quilates al año) se distribuiría de la siguiente manera: 200 pesos por los dueños de minas, 100 pesos de la Caja real, y los 50 pesos restantes de los jornales de los indios. Además, se hizo la construcción de dos casas cerca a la iglesia para su uso como hospitales8.

El principal argumento que sustento don Juan de Borja ante el rey para la aplicación de la «mita» fue la extrema pobreza de los mineros de Mariquita, hecho que impedía la extracción de los ricos yacimientos de plata que permanecían en los socavones anegados de turbias aguas al interior de las principales minas. Se recurrió entonces a la «conducción» de indios y no a la utilización de negros esclavos debido a su altísimo costo. Entre las medidas que favorecieron a los dueños de las minas fueron el pago del veinteno en lugar del quinto real, y los créditos y descuentos en la venta de azogues, siendo insumos claves para la explotación del metal, todo en busca de incrementar la rentabilidad de la actividad minera en favor de la Real Hacienda. Si bien tales ordenanzas fueron orientadas a reglamentar el trabajo de los indios y evitar su maltrato, la realidad, como lo informan los documentos sobre el funcionamiento concreto de las «conducciones», fue muy diferente a las directivas de Juan de Borja.

El funcionamiento de las «conducciones»

Los agentes de las conducciones fueron cuatro. El corregidor, encargado del reclutamiento de los indios con la ayuda de las jefaturas étnicas locales, quienes eran captados dos veces por año (en los «tercios» de San Juan en junio y de Navidad); el alcalde mayor de minas, quien recibía a los indios en Los Reales y se encargaba de su distribución entre los mineros, de acuerdo con la importancia de las minas y de los ingenios; el encomendero, quien recibía una parte del jornal de los indios a título de demora, es decir de renta de la encomienda; las autoridades coloniales, cuyo papel era la recaudación del requinto, exacción impuesta por Felipe II para aumentar los ingresos de la Corona y que era equivalente a un 20% adicional del total del tributo pagado por los indios a sus encomenderos.

Este mecanismo presenta diferencias con lo ocurrido en Potosí. Para empezar, no existe ninguna evidencia de la alternancia entre periodos de trabajo y descanso durante su permanencia anual en los Reales. Luego, tampoco existe evidencia de una práctica como la «korpa», que permitía el acceso libre de los indios para extraer metales de la veta en su beneficio. También el requinto fue una innovación inédita como un mecanismo adicional de explotación, con la ventaja, para el historiador, de contar con relaciones detalladas de lo que pagaban los indios por demora y por requinto, dado el interés de la Corona por contabilizar estas fuentes de ingreso, inexistentes para otros contextos. Más adelante se analizará otro elemento constitutivo de las «conducciones», los ingresos y los gastos que generaba la mano de obra nativa durante su permanencia en las minas.

Del conjunto de las listas de «conducciones» para los Reales de minas de la ciudad de Mariquita existentes en la Sección Contaduría del Archivo General de Indias de Sevilla se han elegido los años correspondientes de 1666 a 1679 por la coherencia de la información que contienen. Según esas relaciones, se desplazaron en esos años un total de 4965 indios, habiendo huido 195 (4%) y falleciendo aproximadamente 100 mitayos (2%). Si tenemos en cuenta las cifras estimadas por Ruiz Rivera9 sobre el volumen de la mano de obra nativa en la labor de las minas de Santa Ana y Las Lajas para la década de 1630, el promedio de la población indígena perteneciente a las «conducciones» parece mantenerse, e incluso incrementarse, en décadas posteriores.

«Salarios» y «conducciones»

La documentación del Archivo General de la Nación10 permite reconstruir dos años completos (1631 y 1664) de «conducciones» para varios corregimientos, pudiendo realizar un análisis detallado no solo del número de mitayos conducidos a las labores de las minas, sino determinar el tiempo de trabajo destinado a las minas, la cantidad de alimentos otorgados por los administradores de estas (aunque luego eran descontados de sus «salarios»), además de incluirse los ingresos y gastos que debieron asumir durante su estancia en las minas de Mariquita.

Una cuestión adicional en las «conducciones» concierne a la naturaleza del ingreso de los trabajadores. Las ordenanzas de Juan de Borja, como se ha mencionado, estipulaban el pago quincenal y al contado en moneda menuda de oro y plata de esos jornales. La elegancia de esa prescripción no se concilia por completo con la realidad. No solo los «salarios» se pagaban con atraso, cuando se hacían, sino que se trataba de un ingreso mixto, en especies (telas de lana y de algodón y gallinas) y en moneda, siendo las primeras mucho más significativas, al extremo que es altamente probable que las alusiones a la moneda no hayan sido sino un mecanismo contable. Salvo los granos de oro, fácilmente accesibles, ¿ dónde se acuñaron las monedas de oro y plata? La «ceca» de Bogotá era lejana, y la de Popayán se abrió un siglo más tarde. Es muy probable que el oro y la plata operaran como monedas/mercancías, pero ¿ con qué radio de circulación y con qué destino?. En todo caso, la preferencia revelada de los encomenderos era percibir su demora en mantas, por tener mercados casi cautivos y para esquivar el pago del quinto real.

El monto del jornal para los mitayos de Mariquita (aproximadamente de 1 tomín/real por jornal, es decir, por día de trabajo) fue, en contraste, cuatro veces menor que lo percibido por los mitayos de Potosí, desventaja en parte compensada por las chacras de comunidad e individuales a las que tenían derecho estos últimos, aunque el aporte al ingreso familiar es difícil de estimar. Dada la localización de Potosí, en pleno altiplano andino, los ingresos complementarios dependían de la familia o de la comunidad, los cuales debían trasladarse desde distancias considerables. Los mitayos de Mariquita también contaban con el financiamiento del desplazamiento a las minas y del retorno a sus pueblos de origen, a razón de 1 peso y 4 reales desde Tunja y 1 peso desde Santafé de Bogotá, lo que desató una áspera controversia entre mineros y autoridades coloniales. Por lo demás, las huidas, las muertes y los «rezagos» (el incumplimiento tanto en el pago de los jornales como en el de las demoras) fueron familiares en ambos espacios.

En este sentido, las «Ordenanzas de minería» regularon los pagos del salario y los respectivos gastos de sostenimiento y tributaciones que debía cubrir el mitayo durante su estancia en las minas: «[...] cada semana con un almud de maíz, y media arroba de carne...». Posteriormente, el presidente de la Audiencia Juan de Borja en las cédulas del 9 de febrero y 17 de marzo de 1627 estableció: «[...] se les diera cada año por parte de los mineros una fanega de maíz, la mitad cuándo empezará a servir y la otra mitad de allí a seis meses»11.

En lo que respecta al «salario» del mitayo, Ruiz Rivera señala12 la enorme dificultad que se presentó en su pago. Una de las consecuencias de no hacer los pagos con regularidad se reflejó en la huida de los indios, lo que hacía que los días o jornales que debían cumplir en las minas, según las ordenanzas alrededor de 240 a 263, no se cumplieran en su totalidad. El alcalde mayor del real de minas era el único responsable de que se les pagara a los indios los jornales a su debido tiempo, aun a costa de sus propios haberes. Mónika Contreras13 señaló que el retraso en los pagos de jornales a los mitayos y las demoras al encomendero respondieron a un propósito claro:

[...] el mitayo y su familia básicamente corrían con todos los gastos de su sostenimiento en las minas, y que el dueño de minas generalmente atrasaba las pagas de su jornal el tiempo suficiente como para haber adquirido cierto tipo de renta con el dinero [...].

Los descuentos a este «salario» fueron el causante de conflictos entre encomenderos y mineros. Los encomenderos denunciaban constantemente que no recibían el pago de sus demoras a tiempo, sumado a la disminución de sus indios tributarios que debían ser destinados cada año a las minas, teniendo como incertidumbre su efectivo retorno. Sin embargo, el pago del requinto, equivalente al 20% de la demora a beneficio de la Corona real, no pareció sufrir mayores retrasos.

Un aspecto que señaló Monika Contreras14 fue la imposibilidad de la subsistencia de la mano de obra nativa con las raciones de carne y maíz otorgadas por el alcalde mayor. Sin embargo, el mitayo no dependió únicamente de esta ración para su sostenimiento, ya que las «Ordenanzas de minería» garantizaban otros espacios de consumo, las sementeras comunales, no solo para el mitayo sino para toda su familia, pudiendo incluirse otras posibles estrategias en la obtención de recursos para su consumo:

[...] cada uno haga su sementera particular fuera de las de la comunidad, en proporción de las familias, y tengan en el circuito de sus casas árboles frutales de recreación y sustento, y huertas donde siembren las legumbres que acostumbrar para comer, acomodándose de gallinas y otras menudencias caseras de granjerías y regalo [...]15.

El caso de los mitayos huidos

Una de las secuelas de las «conducciones» fue la huida de cientos de nativos a la ida y regreso de las minas de Las Lajas y Santa Ana. La principal explicación de la huida de los mitayos se encuentra en la propia legislación colonial. Los mitayos debieron ubicarse «[...] en los sitios más cercanos a las iglesias, sanos y de mejor comodidad que se hallaren, procurando que los de una parentale, parcialidad y encomienda estén juntos y agregados sin apartarlos de una familia y pueblo en diferentes partes [...]»16. Esto significó que la huida formó parte de una decisión colectiva, ya que, más allá de las huidas esporádicas de los mitayos a lo largo del siglo XVII, hubo en claros ejemplos la huida masiva de mitayos pertenecientes a un mismo pueblo y durante los primeros meses de estancia en las minas. Es el caso del pueblo de Ubaté para la «conducción» de 1631, se registró la fuga de 19 mitayos (28%) de los 68 mitayos conducidos a las minas. Solo cuatro de ellos superaban los 200 jornales de trabajo, y es importante señalar que para esa fecha hubo un retardo en la cancelación de los jornales, dejando a favor del alcalde mayor de las minas un ingreso neto de 10 pesos por mitayo huido, siendo los ingresos que generaron y no cobraron administrados por el alcalde mayor. Para 15 mitayos (una quinta parte de los indios conducidos), la huida de las minas en las primeras semanas era la mejor elección.

Un comportamiento similar se registró para las «conducciones» de 1664 en los pueblos de Sopó, Soacha, Cajica, Tenza, Garagoa, Bosa, Chía, Usme y Tavio, teniendo en cuenta el número de mitayos que finalizaron su trabajo en las minas en contraste con los huidos.

Este fenómeno se debió quizás a que, establecido un primer número de indios huidos por pueblo, generalmente no retornaban a sus pueblos de origen sino se iban a regiones aledañas, generándose un grupo de arrastre y soporte para la fuga de otros mitayos del mismo pueblo, facilitándose la decisión de huida de nuevos mitayos. De un total de 68 huidos, 48 (70%) huyeron los primeros dos meses de permanencia en las minas, y los 20 (30%) mitayos restantes huyeron después de tres meses de permanencia en las minas17.

Para el caso de las autoridades coloniales que procuraban la máxima explotación de las minas, la huida de los mitayos generó serios problemas a los dueños de los centros mineros, ya que no era posible reemplazar la mano de obra fugada: «Que los indios que se reparten en las minas no suplan ni paguen por los ausentes, huidos o muertos [...] Que se proceda contra los mineros que recibieren dinero de los indios por excusarlos del trabajo en las minas»18. Las huidas durante las primeras semanas de estancia en las minas se debió también a que durante el viaje de los indios se designaba a uno de ellos con la función de «fiscal» (fiscalaje), quien debió evitar la huida de los indios en el camino, además de cuidar la «conducción» hasta la llegada a las minas. Era el enlace entre los indios «conducidos» y la administración de las minas, y se pagó al «fiscal» a razón de medio peso por indio «conducido». Una vez finalizado el trabajo en la mina, el indio que realizó esa función llegó a recibir hasta 9 pesos por la «conducción» de 18 indios a las minas19.

Además del «fiscalaje», el mitayo recibió otros estímulos siempre y cuando cumpliesen el tiempo de permanencia estipulado en las minas. Para ello se estableció el pago del «cuartillo añadido», que subraya el valor que tanto para los mineros como para las autoridades de los Reales de minas tuvo el cumplimiento efectivo de los jornales establecidos para cada mitayo al año. En los pueblos de Guateque y Soacha, durante la «conducción» de 1664, este pago representó una «bonificación» para aquellos mitayos que superaron los 230 jornales.

Teniendo en cuenta que las «Ordenanzas de minería» estimaban un aproximado de 240 jornales por año, y ante los bajos promedios de jornales para la «conducción» del año 1664 que realizaban los mitayos, se estableció el pago de este «cuartillo añadido» como condición de privilegio para quienes cumpliesen el número de jornales mínimos establecidos por las «Ordenanzas de minería» del presidente de la Audiencia don Juan de Borja. El estímulo, como se verá a continuación, tuvo poca repercusión.

20

A continuación se puede observar que la decisión colectiva de los mitayos de los pueblos de Guateque y Soacha de permanecer en los centros mineros les permitió superar el promedio establecido por los pueblos de indios «conducidos» en 1664.

Mineros y encomenderos: conflictos por la mano de obra

Una de las situaciones más conflictivas que se generó entre los dueños de las minas de Mariquita, los encomenderos de Tunja, los indígenas mitayos y los negros esclavos fueron los intereses económicos que transversalmente cruzaban a cada uno de los actores. Los dueños de minas de Mariquita exponen al rey la urgencia de facilitar la introducción de negros esclavos para favorecer el beneficio de las minas ante el interés de la Real Audiencia y del alcalde mayor de Mariquita; la solicitud de los mineros fue estudiada y analizada por las autoridades coloniales para examinar su viabilidad:

[...] representarle cuanto es la necesidad que las minas de plata de Mariquita tiene de que se labren con esclavos negros para su mejor beneficio por ser su trabajo mucho más continuo y de más provecho que el de los indios cuya conservación se debe mirar con notable atención pues se va experimentando bien a costa de este Reyno cuan perjudicial es para él, labrarse estas minas con indios de esta ciudad y la de Tunja, pues en diez y seis años había que se conducen para aquellos reales han faltado tantos que no se puede referir sin mucha lastima además de la que causa los muchos que mueren y enferman en aquel trabajo tan excesivo, es tan grande la que se puede tener a esta dos ciudades pues con su falta y disminución ni hay ni a quien labre los campos ni quien cuide los ganados, y el real haber de su magestad va en tanto decaimiento, así en las demoras de sus reales encomiendas, como en sus reales requintos y derechos reales [...]22.

El dilema de las autoridades reales era evidente: debían analizar el costo/beneficio del empleo de la mano de obra indígena. Por un lado estaban los ingresos generados por la extracción de plata y, por otro lado, el claro impacto demográfico que estaba generando la «conducción» de los indios tributarios desde Tunja y Santafé de Bogotá hasta las minas de Mariquita, con la consecuente y reiterativa pérdida de los indígenas al no regresar a sus pueblos de origen. Sin el aporte tributario de los indígenas «conducidos» anualmente, los ingresos de la Corona y de los encomenderos se vieron disminuidos.

La propuesta de los dueños de minas iba dirigida a que la Real Hacienda «subsidiaría» la compra de los negros esclavos para procurar la explotación de las minas a un mínimo riesgo de pérdida, y así evitar la conducción de indios. Para los encomenderos y la Corona el argumento central era la «conservación de los naturales siendo un aspecto determinante para la «conservación del Reyno», una intervención que a todas luces iba dirigida al incremento de los ingresos de la Real Hacienda:

Que se compren ochocientos [...] esclavos varones y mujeres en la ciudad de Cartagena de los que vienen de Angola y se traigan como se fueren comprando que no pueden ser todos juntos a las minas de la dicha ciudad de Mariquita que con esto y los más de quinientos que se tienen, abra en ella su justa por número bastante para el beneficio de las dichas minas respecto que el trabajo de los dichos negros es mucho mayor y más continuo al doble que el de los dichos indios23.

A cambio de esto se solicitaba la cancelación de las «conducciones», pero los indígenas debían colaborar con la compra de los negros esclavos tributando por no asistir a las minas. Se estimó que los ingresos generados por el cobro de dos patacones a los indios de Tunja y otras zonas permitiría garantizar la compra de los negros esclavos, al tiempo que protegería los cada vez más escasos ingresos de los encomenderos. Sin embargo, la pobreza de los mineros, encomenderos y mitayos indígenas hizo inviables las diversas propuestas para sostener la producción de las minas con mano de obra esclava de un alto valor y, de paso, evitar el decaimiento de las poblaciones indígenas del Altiplano:

Los indios de esta ciudad y la de Tunja se hallan tan gravados con esta obligación de ir a las minas que por exonerarse de ella acudirán de muy buena gana con alguna con alguna contribución moderada y así nos parece que será la de dos patacones cada indio tributario por una vez que se cobraran por los corregidores y las ochocientas piezas de esclavos costaran puestas en la dicha ciudad de Mariquita a trecientos y diez patacones cada uno que montan doscientos y cuarenta y ocho mil patacones y los efectos de las dichas composiciones y contribuciones de los indios montan trecientos y sesenta mil patacones que se le den en cantidad muy grande los efectos que a la costa han de tener los dichos negros y que vuestro señor se entere más de la materia se pone por menor a la cantidad de indios y lo que podrá montar su composición24.

Las autoridades de la Audiencia de Santafé señalaron al monarca que en las jurisdicciones de Santafé de Bogotá y Tunja se encontraban alrededor de 2100 tributarios que acudían como mitayos a las minas de plata de Mariquita, número que compone aproximadamente el 10% de un total de 19.000 tributarios para ambas jurisdicciones25. En vista de esto se pensó que cargando un nuevo cobro a los indígenas tributarios se ganaría más que conduciéndolos a las minas, actividad que prácticamente significó la pérdida de un sector importante de vasallos, quienes llegados a las minas huían, fallecían o retornaban a sus pueblos con discapacidades que los retiraban de cualquier actividad laboral. Una vez relevados los indígenas del servicio en las minas, el cobro de un tributo por cada cuatro años generaría los suficientes réditos para la subvención del costo de los negros esclavos:

[...] estos ochocientos negros como esta dicho se han de comprar en la dicha ciudad de Cartagena de lo procedido de estas composiciones y contribuciones en la forma que esta dicha y traídos a la ciudad de Mariquita se han de repartir entre los dichos mineros para solo la labor de las dichas minas por el mismo costo que tuvieren puestos en la dicha ciudad de Mariquita, asi del precio principal, como de gastos, costos y merma de muertos y huidos que es la misma forma que tiene dado su magestad en la venta de los azogues que remite para las dichas minas. Y asi que los demás dueños de minas están pobres y empeñados y no podrán pagar en contado estos negros, ni estos pueden ser de útil el primer año, convendrá que fien a pagar en seis años, encines que pagar que la primera sea cumplidos dos años primeros y las otras cuatro en los cuatro años restantes y en cada una la quinta parte del débito asegurándolos con fianzas a satisfacción de los oficiales reales e hipoteca de los esclavos y la cobranza se encargue al fiscal mayor y oficiales reales26.

Conducciones de Ubaté (1631)

Para el análisis de las condiciones que se generaban entorno a los centros mineros, se observa el litigio que establecieron los indios «conducidos» desde Ubaté en contra del dueño de la mina a la que fueron designados por la no cancelación de sus ingresos por el año de trabajo (1631) en las minas de plata de Mariquita27. El dueño de la mina, capitán Cristóbal de Paredes, no pudo cancelar el monto de las deudas adquiridas con los mitayos, por lo que las autoridades (alcalde mayor y Audiencia) debieron realizar el cobro a través de su fiador, Juan de Velázquez Vallejo28.

Los mitayos provenían del pueblo de Ubaté, específicamente de la encomienda de Bartolomé de Alazmela. Aproximadamente 68 indios fueron dirigidos a trabajar en los socavones de las minas del Real de Santa Ana perteneciente a don Cristóbal de Paredes. Una vez finalizado el tiempo de conducción, ninguno de los jornales había sido cancelado, lo que sugiere que los jornales de los indios eran cancelados al finalizar el tiempo de trabajo en las minas (no quincenalmente como lo establecían las «Ordenanzas de minería»). Esto se hacía como una forma de evitar las huidas masivas y permitir la exacción de una serie de pagos tributarios, de servicios y subsistencia que debieron cumplir los indios mitayos.

Esta situación fue denunciada ante el alcalde mayor de minas en Mariquita por parte de los indios mitayos. El alcalde mayor Gaspar Ponce de León determinó que el mencionado minero Cristóbal de Paredes no poseía los suficientes bienes para respaldar el monto de lo adeudado. Es significativo mencionar que, antes de haberse realizado la conducción» de indios desde el pueblo de Ubaté, el minero hizo entrega de una fianza que respaldaría los costos de los jornales de los indios:

Notifíquese a don Cristóbal de Paredes y a Juan de Velasco Vallejo sin que dentro de segundo día paguen a los indios lo que se les debe y carta por el testimonio presentado de lo que han servido en las minas del dicho don Cristóbal son apercibimiento que pasado el termino serán apremiados a ello y que el dicho don Cristóbal se le quitaran los indios que en esta presente conducción se le han repartido para el beneficio de sus minas atento a la mala paga que hace a los que dichos ahora le han servido en ellos en el margen, su fiador29.

Todo el proceso fue seguido y ejecutado bajo la atención del presidente de la Audiencia Sancho Girón Marques de Sofraga. En comunicado emitido en Santafé de Bogotá a 26 de junio de 1631, se calculó la deuda del minero con los indios mitayos y los diferentes rubros que adeudaba. Veamos el siguiente balance:

A pesar de que la «conducción» trasladó a 68 indios desde el pueblo de Ubaté en 1631, solo 49 (72%) completaron su periodo de trabajo en las minas de plata, obteniendo un promedio de 262 jornales por mitayo, lo que equivaldría a 262 días de trabajo (teniendo en cuenta que el mínimo establecido fue de 240 días por las «Ordenanzas de minería»). Este promedio superó los tiempos presentados para la «conducción» de 1664 (véase cuadro 5), ya que para 1631 se presentó un retraso en la «conducción» de 1632 que la reemplazaría. Los indígenas debieron permanecer en el trabajo de las minas hasta la llegada de sus recambios.

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Al finalizar su periodo de trabajo, se obtuvieron como ingresos únicamente el monto de sus jornales, y el pago de 1 peso (8 tomines) cada uno por concepto de ida y vuelta. En el caso de los siguientes tres indios, recibieron además un pago adicional del ya mencionado «fiscalaje» ejercido sobre otros indígenas del mismo pueblo.

En el balance general de los jornales y otros ingresos percibidos por los indios mitayos, se establece como egreso los gastos por consumo de carne y maíz, el pago de tributos como la doctrina, demora, protector, requinto, y otros servicios como el «cirujano» y el «socorro». Este último descuento se debió a un adelanto del «salario» que percibieron los mitayos en auxilio al no pago del total de sus jornales. Para analizar la composición del «salario bruto» y el «salario neto» de los mitayos de Ubaté, durante los 262 días de trabajo promedio que permanecieron en las minas, se tienen los siguientes guarismos:

Por lo tanto, el ingreso total de cada mitayo se vio disminuido en un 70% después de reducidos los costos de tributos, de servicios y subsistencia respectivos. Es evidente el argumento reiterativo de los encomenderos sobre la imposibilidad de que los mitayos pudiesen regresar a sus pueblos de origen con una ganancia suficiente para recuperar lo perdido. Fue el principal testimonio de los encomenderos para solicitar la supresión de la «mita», además de la baja tasa de retorno de los indígenas a sus pueblos de origen. Por parte de los nativos se mantuvo el temor de ser seleccionados nuevamente para las «conducciones»; además, según denuncias de los párrocos, se produjeron bajos índices de matrimonio debido a la negativa de las mujeres a trasladarse con el núcleo familiar a los sitios de trabajo en las minas de Mariquita.

Para esta «conducción» de 1631 tenemos que de los 68 mitayos que fueron «conducidos» desde el pueblo de Ubaté, solo 49 indios (61%) completó su tiempo de permanencia en las minas, y 19 (39%) optó por huir de la siguiente manera: durante el primer mes huyeron 10 mitayos (52%), en el segundo mes 3 mitayos (15%), y después de tres meses de permanencia en las minas 6 mitayos (33%), cifras que confirman el comportamiento de los mitayos huidos que se señaló anteriormente.

Conducciones de 1664

Para las «conducciones» realizadas a las minas de plata de Mariquita de 1664 se cuenta con los listados de los indios provenientes de 16 pueblos de las jurisdicciones de Santafé de Bogotá y Tunja, entre las que se encuentran: Bosa, Cajicá, Chía, Cota, Garagoa, Guateque, Pacho, Ramiriquí, Soacha, Somondoco, Sopó, Sutatenza, Tavio, Tenza, Usme y Viracacha. Al igual que en la «conducción» de 1631, se pueden encontrar los rubros y los montos que permiten obtener el «salario neto» que recibían los mitayos indígenas por su labor en las minas.

En primer término analizaremos los rubros que cubrían parte de los ingresos de los indios mitayos. La ida y vuelta fue un elemento del pago adicional a los mitayos. En estos pagos encontramos los siguientes valores: para los pueblos de Cajicá, Cota, Sopó, Soacha y Usme, debido a su cercanía (jurisdicción de Santafé de Bogotá) recibieron pagos por traslado de sus pueblos a las minas de Mariquita con su respectivo regreso por 1 peso con 6 reales por mitayo. Para el caso de los pueblos de Garagoa, Guateque, Pacho, Ramiriquí, Somondoco, Sutatenza, Tavio, Tenza y Viracacha, al estar ubicados en la jurisdicción de Tunja (una distancia mayor), recibieron por la ida y regreso de sus pueblos a las minas, por mitayo, 2 pesos con % real. Sin embargo, para los pueblos de Bosa y Chía se realizó un pago alterno de 1 peso con 6 reales y 2 pesos con % real.

Otro rubro de ingreso para el mitayo fue la alternancia con otras actividades que se desempeñaban no directamente en las minas y sus socavones. El empleo de mitayos como arrieros o trabajos vinculados a la Iglesia fue esporádico pero representó sin duda un medio alternativo al duro trabajo de las minas. El «salario» de los mitayos destinados al trabajo de arrieros o de labores en la Iglesia se estimó en la misma cantidad en que se pagó el trabajo en los socavones. Durante el servicio como arrieros, los mitayos obtuvieron beneficios en sus ingresos, tales como disminuir el consumo de carne y maíz, que formó parte de las raciones obligatorias para los mitayos destinados a las minas. Se deduce que la alimentación en los días de trabajo fuera de la mina era de su responsabilidad o de quienes adquirían sus servicios. Tal es el caso de los siguientes mitayos:

Una vez finalizada la «conducción», su «salario neto» fue mucho mayor al de otros indígenas mitayos que solo habían servido en las minas. El elemento determinante para este mayor excedente fue un menor costo por consumo de carne y maíz.

Para el caso de las labores en la Iglesia, el mitayo Lázaro Leme del pueblo de Tenza devengó 5 pesos con 7 reales y medio, por 38 jornales, lo que significó un pago de 1 real con 1 cuartillo por jornal, igualando esta vez el pago recibido por cada día en el socavón.

En el caso de los «descuentos», se ubicó el cobro de una gallina por 1 real, lo que indica que cualquier solicitud adicional de alimentos, incluyendo las raciones de carne y maíz establecidas para los mitayos, fue descontada en la cuenta final de los pagos a cada mitayo de sus jornales. Se han divido los descuentos realizados a los mitayos para la «conducción» de 1664 en dos categorías: descuentos de tributos y servicios, y descuentos de subsistencia.

Una aproximación al consumo promedio de alimentos por mitayo se observa en los datos de consumo del indio Pedro Tavio, perteneciente al pueblo de Tavio, y del indio Pedro Riachao, del pueblo de Usme. En promedio ambos mitayos consumen los siguientes alimentos por el promedio de 187 jornales o días trabajados:

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A continuación se establecerá el valor promedio del «salario neto» del mitayo, una vez que se realiza un balance de ganancias y pérdidas a partir de los ingresos por salarios y otras actividades, conjuntamente con los descuentos de tributos, servicios y subsistencia. En el cuadro 15 se detallan el número total de mitayos que culminó la totalidad de la «conducción» por cada pueblo, la cantidad total de jornales o días trabajados en las minas, además de las cantidades por totales por «salario bruto», «exacciones» y el «salario neto» percibido por los mitayos. Esto permite observar los ingresos totales que se generaron por el uso de mano de obra nativa en las minas de Mariquita, y la cantidad que circuló por concepto de tributos, servicios y subsistencia entre los comerciantes y autoridades coloniales en las minas de plata de Mariquita.

El cuadro 15 muestra que los jornales de 122 mitayos produjeron como ingreso «bruto» 3.862 pesos con 7 reales y 1 cuartillo. Solo el 40% (1.560 pesos con 6 reales) de ese total fue dirigido como salario neto» para el mitayo, y el 60% (2.307 pesos con 5 reales % y 1 cuartillo) restante de los ingresos del mitayo fue destinado a los pagos de tributos, servicios y subsistencia. Este último monto, retenido por el circuito de autoridades de las minas y comerciantes de la región, dinamizó el entorno de Mariquita como punto estratégico para el consumo de bienes y servicios en torno a una economía minera, además de establecer un punto clave para el comercio de la región, vía el Puerto de Honda, en el comercio agrícola y ganadero de las jurisdicciones de tierra fría y tierra caliente.

La tabla anterior muestra las variaciones en los promedio de «salarios netos» de los mitayos de diversos pueblos de la jurisdicción de Santafé de Bogotá y Tunja. No es casual que los pueblos con mayor «salario» promedio sean los que efectivamente tuvieron una «bonificación» mayor por concepto de «cuartillo añadido», que ya fue explicado anteriormente. Los pueblos de más bajos ingresos fueron aquellos que tuvieron una alta tasa de mitayos huidos, y aquellos mitayos que completaron su permanencia en las minas cumplieron un promedio inferior al establecido por las «Ordenanzas de minería».

Conclusiones

Se intentó por medio de diversas exacciones en los ingresos de los mitayos lograr el cumplimiento estricto del tiempo de permanencia en las minas, incluso de un tiempo mayor, pero este método no fue exitoso, aunque el pago de los «salarios», una vez finalizado el tiempo de la «conducción», permitió efectivamente disminuir las tasas de huidos, aunque el promedio de días de trabajo en las minas (un mínimo de 240 días) pocas veces se cumplió. La institución de la «mita» y las «conducciones» fueron un sistema ideal para la explotación de la mano de obra indígena. El único problema que presentó este centro minero fue la pobreza de sus yacimientos que no permitió el establecimiento de una producción continua y en constante incremento que fuese capaz de asumir el costo total de las operaciones que conformaban esta explotación de plata en el Nuevo Reino de Granada.


Pie de página

1Julián Ruiz, Encomienda y mita en Nueva Granada (Sevilla: Escuela de Estudios Hispanoamericanos, 1975), 95.
2Julián Ruiz, «La plata de Mariquita en el siglo XVII: mita y producción», Cuadernos de Historia, no. 5 (1979): 38-39.
3Carlos Sempat Assadourian, «La producción de la mercancía dinero en la formación del mercado interno colonial», en Ensayos sobre el desarrollo económico de México y América Latina, ed. Enrique Florescano (México: Fondo de Cultura Económica, 1979).
4Nicolás Sánchez Albornoz, Indios y tributos en el Alto Perú (Lima: Instituto de Estudios Peruanos, 1978).
5Juan de Solórzano Pereira, Política Indiana (Madrid: Imprenta de Diego Díaz de la Carrera, 1776).
6Solórzano Pereira, Política Indiana, 156-157.
7Juan de Borja, «Ordenanzas de minería», Boletín de Historia y de Antigüedades, no. 146 (1920) [1612]: 65-82.
8Borja, «Ordenanzas de minería», 65-82.
9Ruiz, «La plata de Mariquita».
10AGN, Sección Colonia. Fondo Caciques e Indios. Tomo 22, 28; y AGN, Sección Colonia. Fondo Minas Tolima. Tomo 5.
11Mónika Contreras, «La mita de la Plata. El trabajo de los indios mitayos en la minería argentífera granadina. Mariquita, siglo XVII» (Tesis de pregrado, Universidad Nacional de Colombia, 2003), 139.
12 Ruiz, «La plata de Mariquita», 17.
13Contreras, «La mita de la Plata», 67.
14Contreras, «La mita de la Plata».
15Borja, «Ordenanzas de minería», 65-82.
16Borja, «Ordenanzas de minería», 65-82.
17AGN, Sección Colonia. Fondo Caciques e Indios, tomo 22, 28.
18Recopilación de las leyes de las Indias (Madrid: Establecimiento tipográfico de Pedro Nuñez, 1889), Libro vi. Título XV. Ley VI-VII (diciembre de 1618).
19AGN, Sección Colonia. Fondo Caciques e Indios, tomo 22.
20Este pago de «cuartillo añadido» fue realizado a 5 mitayos de los 8 que permanecieron todo el año de la conducción de 1664 proveniente del pueblo de Guateque.
21Este pago de «cuartillo añadido» fue realizado a 11 mitayos de los 15 que permanecieron todo el año de la conducción de 1664 proveniente del pueblo de Soacha.
22AGN, Sección Colonia. Fondo Minas Tolima, tomo 5, f. 161v.
23AGN, Sección Colonia. Fondo Minas Tolima, tomo 5, f. 162r.
24AGN, Sección Colonia. Fondo Minas Tolima, tomo 5, f. 162v.
25AGN, Sección Colonia. Fondo Minas Tolima, tomo 5, f. 162v.
26AGN, Sección Colonia. Fondo Minas Tolima, tomo 5, f. 163r.
27AGN, Sección Colonia. Fondo Caciques e Indios, tomo 22, f. 268r.
28Contreras, «La mita de la Plata», 157.
29AGN, Sección Colonia. Fondo Caciques e Indios, tomo 22, f. 269r.
30En las cifras de demoras halladas en la documentación se incluyó el monto del requinto y el salario del protector.
31En arrobas, véase también @, que equivale a 25 libras.
32Se tiene que una «fanega» contiene 50,4 kilos, y el «almud» equivale a 4.232 gramos.


Bibliografía

Fuentes primarias

Archivo General de Indias (AGI). Sevilla-España, Sección Contaduría.         [ Links ]

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Fuentes secundarias

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