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Palabra Clave

Print version ISSN 0122-8285On-line version ISSN 2027-534X

Palabra Clave vol.12 no.1 Chia Jan./June 2009

 

Libertad de expresión y periodismo en Chile: presiones y mordazas1

Freedom of Expression and Journalism in Chile: Pressure and Repression

Cristian Cabalin-Quijada2 Claudia Lagos-Lira3

1 Este artículo recoge parte de los resultados del proyecto "Condiciones profesionales del ejercicio del periodismo y de la libertad de expresión en los principales medios de comunicación de la Región Metropolitana", financiado por la Vicerrectoría de Investigación y Desarrollo de la Universidad de Chile a través de su Programa Domeyko "Sociedad", subprograma Ética y Normativa. Claudia Lagos Lira, investigadora responsable, Cristian Cabalin Quijada, coinvestigador (2008-2010). Agradecemos especialmente a Jorge Madrid, sociólogo y responsable de la metodología cuantitativa; y a las ayudantes de investigación Loreto Montero y Natalia Marambio.

2 Magíster en Antropología y Desarrollo. Licenciado en Comunicación Social. Académico jornada completa del Instituto de la Comunicación e Imagen, Universidad de Chile. ccabalin@uchile.cl

3 Magíster en Estudios de Género. Diplomada en Comunicación y Políticas Públicas. Licenciada en Comunicación Social. Académica jornada completa del Instituto de la Comunicación e Imagen de la Universidad de Chile. cllagos@uchile.cl

Recibido: 28/01/09 Aceptado: 20/05/09



Resumen

El texto que se presenta a continuación recoge los principales resultados de un estudio cuantitativo, que tuvo como objetivo indagar en las condiciones profesionales del periodismo que impactan en el ejercicio de la libertad de expresión. Se exponen las actuales trabas que enfrentan los periodistas en los medios de comunicación, y se explicitan las presiones, censuras o autocensuras que se experimentan en el trabajo periodístico. Entre los resultados se destaca que es en la prensa escrita y en la televisión donde más se dan casos que atentan contra la libertad de expresión, y que los propios periodistas han asumido este tipo de situaciones como un aspecto "natural" de su trabajo, incorporando una visión acrítica respecto a este fenómeno.

Palabras clave: libertad de expresión, periodismo, presiones indebidas, censura, fuentes de información.



Abstract

The article presents the principal results of a quantitative study on professional conditions for the exercise of journalism that affect the right to freedom of speech. It describes the obstacles currently encountered by journalists in the news media and explains the pressures, censorship and self-restrictions they experience in their work as journalists. Interestingly, the study shows that cases where freedom of expression is threatened are more frequent in the written media and in television. It also reveals that journalists themselves have come to regard these situations as a "natural" aspect of their work and take an uncritical view of the phenomenon.

Key words: Freedom of expression, journalism, pressures, censorship, sources of information



La hora cero

La Revolución Francesa irrumpió con su carga de subversión no sólo en la Francia monárquica del siglo XVIII —donde le bas peuple estaba harto de la pobreza frente al derroche de la corte, y la burguesía quería acceder al poder — sino que también se inscribió en la historia universal y en la historia de las ideas de Occidente.

El derrocamiento del Ancien Régime fue no solo un hecho político y social que arrancó en Francia y se esparció por Europa. Fue, sobre todo, la defunción de la idea del origen divino del poder, trasladándolo a la ciudadanía. El cambio de paradigma, que hoy nos puede parecer de sentido común, significó entre otras muchas cosas el surgimiento del individuo frente a la omnipotencia del Estado. Si hasta entonces el Estado-Nación era, literalmente, el rey —l'État c'est moi, como dijo Luis XIV— y era por él y para él, tras los procesos revolucionarios del siglo XVIII se encarna en la ciudadanía.

Nuestra cita a la Revolución Francesa no es un ejercicio nostálgico o épico gratuito. Se trata de recordar el hito y el periodo que lo anima —entre 1775 y 1783 tuvo lugar la Guerra de Independencia de Estados Unidos, donde colaboraron intelectuales y militares franceses, y durante la cual se incuba la concepción moderna sobre los derechos de las personas—. Así, la emergencia del individuo es, a la vez, la caracterización de éste y sus necesidades —que se traducen en derechos— para constituirse como tal.

La Asamblea Nacional derivada del derrocamiento del Antiguo Régimen francés redacta entonces el documento fundacional no sólo de la República sino, además, de la concepción de los derechos humanos en tanto garantías universales, inalienables e incondicionales de los sujetos. La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, de 1789, considera que "la comunicación de los pensamientos y opiniones es uno de los más valiosos derechos del hombre, todo ciudadano puede hablar, escribir y publicar libremente"4. En 1787, los Estados Unidos habían aprobado su Constitución con la Primera Enmienda incluida5. Es el espíritu de la época: para ser humanos necesitamos comunicarnos, verbalizar nuestros pensamientos y opiniones, y que nadie nos moleste por ello. Es requisito indispensable para constituir comunidad. Y es, adicionalmente, la herramienta que permite fiscalizar a nuestros gobernantes. Es la hora cero del derecho a la libertad de expresión en su vertiente liberal.

A partir de mediados del siglo XX, luego de la Segunda Guerra Mundial y el desastre humanitario que significó, el movimiento político y social se levantó para desarrollar más y mejores conceptos sobre los derechos humanos —el de libertad de expresión incluido—, e impulsar instrumentos más sofisticados para su aplicación y defensa. En 1948, el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos indica que "todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión, este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión".

El recorrido desde entonces, mediante convenios, tratados internacionales y, finalmente, la creación de la Corte Penal Internacional, ha implicado una revisión y la incorporación de miradas que han resignificado críticamente muchos de los derechos humanos fundamentales tal como fueron concebidos en el siglo XVIII, primero, y a mediados del siglo XX, luego.

En ese contexto, se han ido sofisticando los mecanismos y las estrategias de censura. Hoy, la concentración de la propiedad de los medios de comunicación y su impacto en el pluralismo, tanto en el mercado de medios como en los contenidos de cada uno de éstos; la influencia de la inversión publicitaria, tanto pública como privada, en la libre circulación de ideas; o los mecanismos de asignación de frecuencias radioeléctricas como herramientas de control de contenidos se han constituido como problemas para el derecho a la información. Todas dimensiones que la relatoría para la libertad de expresión de la OEA ha denominado "restricciones indirectas a la libertad de expresión", y que han sido materia de preocupación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (ADC y Justice Initiative, 2008, 2005; CIDH, 2000, 2003).

Esta nueva perspectiva requiere, necesariamente, renovar las metodologías para identificar, sistematizar y analizar estos fenómenos incipientes de restricciones a la libertad de expresión. Tanto en el continente como en Chile, estudios sobre la materia son recientes y escasos (ADC y Justice Initiative, 2008; Gómez, 2007; Becerra y Mastrini, 2006; Dermota, 2002; Sunkel y Geoffroy, 2001; Human Rights Watch, 1998).

Hay una tradición en evaluar condiciones normativas y garantías legales, por ejemplo; o en monitorear condiciones mínimas para el ejercicio de la libertad de expresión, en general, y de prensa, en particular6 pero ¿de qué manera impacta la formación de conglomerados multimediales de prensa, radio, televisión e Internet, por ejemplo, en los contenidos que sus medios emiten? ¿Cómo afecta al derecho de otros actores a participar en el mercado de medios? ¿O cuáles son las consecuencias del uso arbitrario de la inversión publicitaria estatal y la asignación de frecuencias radioeléctricas por parte de los gobiernos en la libertad de expresión?

Del mismo modo, nos parece relevante preguntarnos por las consecuencias que tienen en este contexto las condiciones concretas, materiales, laborales, de producción periodística en los medios de comunicación, atendiendo a la sofisticación que han adquirido las restricciones al ejercicio periodístico, tal como hemos mencionado.

Este artículo presenta algunos de los resultados de una investigación sobre libertad de prensa en Chile7 que, entre sus objetivos generales, contempla "indagar el impacto que las condiciones de producción noticiosa concretas tienen en el ejercicio de la libertad de expresión en periodistas de medios domiciliados en la Región Metropolitana".

Para efectos del presente artículo, nos detendremos solo en aquellos aspectos donde las condiciones profesionales del ejercicio del periodismo pueden perturbar el goce de la libertad de expresión en los medios de comunicación chilenos. Una de las hipótesis de nuestro trabajo, de hecho, indica que "los mecanismos de censura, autocensura y restricciones a la libertad de expresión son sutiles y se relacionan con las condiciones concretas de producción noticiosa, difíciles de distinguir".

El presente texto está dividido en cuatro partes: la primera, especifica el marco conceptual desde el cual hemos abordado el problema; la segunda, introduce los antecedentes del caso chileno referidos a la libertad de expresión, su marco normativo y el debate nacional en la materia; la tercera, caracteriza el estudio y describe su metodología; la cuarta, profundiza en los principales resultados de una encuesta aplicada a periodistas y editores chilenos referidos a restricciones directas e indirectas a la libertad de expresión, y en la quinta, se proponen algunas reflexiones finales y líneas de trabajo futuras.


Apuntes conceptuales sobre el derecho a la información

El reconocimiento a la libertad de imprenta en los albores del debate liberal sobre los derechos del ciudadano, en el siglo XVIII, como antecedente al derecho a fundar y mantener medios de comunicación, y asumiendo entonces que el Estado no podía condicionar el establecimiento de imprentas, fue el inicio del camino que eleva hoy a los medios de comunicación como dispositivos centrales en las sociedades democráticas. O, en otras palabras, la libertad de imprenta y el consecuente derecho a la libertad de expresión son conceptos que se han ido enriqueciendo y haciendo más complejos a medida que ha transcurrido el tiempo y debido, también, a los avances en materia de derechos humanos. Así, hoy es posible referirse al derecho a la información y el derecho a la comunicación, por ejemplo.

En una sociedad de masas, la formación de la opinión pública (o las opiniones públicas) es posible en buena medida por la existencia de la industria cultural, que incluye el sistema de medios de comunicación. Se trata de un área de la economía especial: sus productos son intangibles. La materia prima es, en cierto sentido, el alma de una sociedad.

Del mismo modo, el discurso sobre la libertad de expresión se construye sobre la premisa de que una prensa independiente actúa como contrapoder —o Cuarto Poder— del Estado. Es la extensión del concepto liberal de la libertad de expresión desde el punto de vista de los derechos individuales.

Pero en ese contexto, los medios de comunicación son instituciones complejas donde uno de sus eslabones es la labor de quienes generan contenidos, entre los que se cuentan editores y periodistas. La cadena de producción de dichos contenidos tiene una dimensión simbólica, cultural e intelectual evidente pero, a la vez, tiene una cara concreta, material, donde los periodistas y editores no sólo son quienes profesionalmente ejercen la libertad de expresión, sino que son funcionarios asalariados.

Es en ese intersticio donde las condiciones laborales en las que se desenvuelve un periodista pueden tanto potenciar como dificultar su labor y, por tanto, restringir la libertad de expresión. Es ahí donde podemos preguntarnos por los espacios de negociación posibles de un periodista frente a sus superiores y al medio para abordar asuntos conflictivos dependiendo de su trayectoria en el mismo. ¿Es posible suponer, tal vez, que alguien con una década de trabajo en un diario o un canal de televisión tiene más y mejores resguardos en esas coyunturas, que un periodista realizando su práctica profesional o una pasantía, o que recién se incorpora?


De la libertad de prensa y libertad de expresión al derecho a la información

Como dice Loreti, "desde el reconocimiento de la libertad de prensa y la publicación sin censura, en el siglo XVIII, hasta la consagración del derecho a la información como un derecho humano ha habido un ensanchamiento de los márgenes de sujetos, medios y mensajes amparados" (Loreti, 2005, p. 9).

En un principio fue el verbo. El derecho que primero surgió como relevante para constituir al ciudadano en contraposición al Estado fue el de decir lo que piensa sin temor a ser molestado. Como paso siguiente, aparece la necesidad de poner por escrito aquello que era posible verbalizar. La libertad de prensa se funda8, así, con la libertad de imprenta.

Luego, todo se vuelve más complejo. Los estándares de protección de los derechos humanos se hacen más sofisticados y, dentro de éstos, aquellos referidos a libertad de expresión también. ¿Cuáles son los sujetos y el bien protegidos?

El derecho a la libertad de expresión tiene una dimensión individual y otra colectiva, donde la primera es deudora de la vertiente más tradicional y liberal del concepto, y la segunda contiene el derecho a recibir pluralidades de mensajes en una sociedad determinada. Del mismo modo, lo que se protege es el derecho del sujeto a emitir (individuo) y recibir (colectivo) mensajes, a la vez que el mensaje mismo (Loreti, 2005), lo que ha sido reconocido y desarrollado también por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Opinión Consultiva 5/85).

Y es en ese sentido que el concepto de libertad de expresión viene a reemplazar al de libertad de prensa tras la Segunda Guerra Mundial (Mill, en Loreti, 2005), periodo que coincide, además, con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y la formulación y profundización de los derechos humanos a nivel internacional, y que es el hito inaugural de todo el desarrollo en esta materia durante la segunda mitad del siglo XX y hasta la fecha.

"El derecho 'a' la información es la consagración del derecho humano universal y sustantivo a recibir, difundir e investigar informaciones y opiniones, y aparece como un derecho subjetivo", mientras que el derecho "de" la información o "de" la comunicación es "el derecho positivo, la jurisprudencia, los contenidos de los convenios colectivos y las costumbres" (Loreti, 2005, p. 13). Se trata de un campo de conocimiento que es más bien un conjunto de corpus más que una disciplina científica propiamente tal, toda vez que se ha visto alimentada y enriquecida de oficios y disciplinas tan diversas como el derecho —constitucional, el derecho de los derechos humanos, el derecho internacional, principalmente—, y el periodismo y la comunicación. Con el tiempo, han sido relevantes en este debate las disciplinas como la ciencia política o la economía, al considerar la dimensión industrial de los medios, por ejemplo.

Luego, y a la fecha, se ha desarrollado un debate en torno al derecho a la comunicación que, si bien contiene elementos propios de lo que se entiende por libertad de prensa y de expresión, así como derecho a la información, también es cierto que se refiere a cuestiones más amplias y que tienen relación con todos aquellos espacios en que se materializa la construcción identitaria de los individuos, la dimensión interpersonal de la comunicación, que incluye el derecho a reunirse, a discutir, a participar; el derecho a estar informado y a informar, a elegir, a la intimidad y al desarrollo humano integral, tal como lo desarrolla el informe Un solo mundo, voces múltiples, conocido como el Informe MacBride (MacBride, 1993).


Viejos problemas, nuevas manifestaciones: censuras sutiles

El derecho a la libertad de expresión tiene sus orígenes en la necesidad de proteger al individuo frente al Estado y constituir un contrapeso a éste. Y en ese sentido siempre ha sido una garantía incómoda para el poder y los mecanismos para debilitarla son múltiples. En general, se han tratado de restricciones directas. Y el objeto/sujeto de éstas han sido tradicionalmente —pero no exclusivamente— la prensa y los periodistas o quienes ejercen como tales.

Se consideran violaciones o atentados a la libertad de expresión aquellos hechos que tienen por objetivo impedir la libre circulación de ideas/ información; vengarse por ideas/información/críticas que han sido publicadas o emitidas; sancionar de manera arbitraria a periodistas o medios a causa de su labor informativa. Todo lo cual implica, además, intimidar al resto de la prensa/ periodistas y genera, a la larga, autocensura (Relatoría para la Libertad de Expresión, Informes Anuales desde 1999 a 2007).

Dentro de las restricciones directas a la libertad de expresión se cuentan:

  1. Las agresiones directas a periodistas y medios de comunicación, como asesinatos, agresiones, desapariciones, amenazas, secuestros. Todas ellas agravadas y profundizadas porque permanecen en la impunidad (Relatoría para la Libertad de Expresión, 2008).

  2. Restricciones legales que consideran las normas restrictivas a la labor periodística y de los medios de comunicación. Los tipos clásicos son el desacato, la penalización de los delitos de opinión (injurias, calumnias, difamación) y las leyes de censura previa. Además, se agregan otros tipos de normativas que, bajo el supuesto de resguardar ciertos privilegios, por ejemplo, dictan leyes especialmente destinadas a restringir a la prensa y a los periodistas9.

  3. Decisiones de las autoridades orientadas a restringir el desplazamiento de la prensa, el acceso a las fuentes y a los lugares donde se produce información.

  4. La persecución y el hostigamiento judicial, es decir, el uso y abuso de todos los mecanismos legales y judiciales como represalias a informaciones críticas.

  5. Y, finalmente, en el marco de una sociedad globalizada donde las TIC han adquirido enorme relevancia, en general, y para el periodismo y la industria de generación de contenidos, en particular, éstas se han transformado vertiginosamente en blancos de restricciones y persecuciones que van desde el acceso de los individuos a conexiones a Internet, restricciones técnicas de acceso y persecuciones a administradores y bloggeros. Esto ha configurado un nuevo sujeto y una nueva estrategia de resistencia a los poderes, como es el ciberdisidente y la ciberdisidencia.

Los tipos arriba descritos son los mecanismos tradicionales, evidentes, probados, que los Estados y poderes de facto han utilizado a lo largo de la historia para restringir la libertad de expresión.

Sin embargo, a partir de los años ochenta, los sistemas políticos en América Latina, Chile incluido, han tendido a democratizarse y a iniciar procesos de reforma y modernización del Estado, que incluyen el fortalecimiento y mayores grados de respeto a los derechos fundamentales luego de procesos de violaciones sistemáticas de los derechos humanos en buena parte del continente.

En ese contexto, las restricciones a la libertad de prensa han tendido a sofisticarse. Aunque se mantienen violaciones graves como las descritas, y los marcos legales de los países del continente aun tienen resabios autoritarios y restrictivos, tienden a modernizarse y los países de la región, incluido Chile, han ido adecuándose a los estándares internacionales, sobre todo impulsados por fallos del sistema interamericano de derechos humanos.

Por tanto, la mirada se ha ampliado y se han relevado problemas para la libertad de expresión que habían quedado en un segundo plano dada la urgencia de otro tipo de restricciones en el pasado. Es lo que la Relatoría para la Libertad de Expresión de la CIDH ha denominado violaciones indirectas a la libertad de expresión, dentro de las que se cuentan el abuso y la manipulación de la publicidad oficial, la entrega discriminatoria de concesiones radioeléctricas, la concentración de la propiedad de los medios de comunicación, entre otros.

Es en ese contexto en que se ubica la pregunta referida al impacto que tienen las condiciones laborales, materiales, concretas del ejercicio del periodismo en la libertad de expresión. Es allí donde, según nuestras hipótesis, se cuelan los nuevos y sutiles mecanismos de censura y autocensura, de restricciones y sanciones en razón de la emisión de opiniones y contenidos.

El estudio cuyos resultados parciales presentamos en el presente artículo se ubica en esos intersticios, asumiendo que el ejercicio del periodismo es el ejercicio profesional, remunerado, sistemático de un derecho humano reconocido y garantizado por nuestra normativa, cual es el derecho a la libertad de expresión.

Si, hipotéticamente (...), remitiéramos el ejercicio de este derecho a la profesión de periodista, veríamos que la investigación, la obtención de información, la reserva de la fuente y la difusión del mensaje no están destinadas por sí mismas a satisfacer las obligaciones de un contrato de trabajo periodístico, sino a dar cumplimiento a la misión de informar al conjunto (Loreti, 2005, p. 18).

El caso chileno

Desde 1990 a la fecha, Chile ha tratado de afinar los instrumentos para garantizar el derecho a la libertad de expresión. Así se sostiene, por lo menos, en la Constitución de la República, donde además se establece el derecho a fundar medios y el de rectificar errores de aquello que eventualmente pudiera ser publicado por la prensa10.

Con esto se consagra la perspectiva liberal de la libertad de expresión y se salvaguarda la individualidad de los ciudadanos y las ciudadanas frente al poder del Estado. Este principio es el que se sostiene, en general, en el cuerpo normativo chileno referido a la libertad de expresión. La Ley 19.733 sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo, conocida como ley de prensa11, aborda cuestiones relativas a quiénes son reconocidos como periodistas y qué derechos les asisten, así como también considera elementos referidos a la industria de medios, sobre todo en cuanto a los requisitos que los diarios deben cumplir para funcionar y qué medidas tendientes a garantizar el pluralismo debe aplicar el Estado a través de la legislación y la institucionalidad antimonopolios.

A pesar de lo anterior, aún hay normativas obsoletas y que dejan en franco incumplimiento al Estado chileno de los tratados internacionales que ha ratificado: se mantiene el delito de sedición en el Código de Justicia Militar, y la penalización de los delitos de injurias y calumnias que contempla el Código Penal, por mencionar dos ejemplos. En esa misma línea, además, se penalizan las grabaciones subrepticias y su emisión por medios de comunicación, cuya derogación es una sentida reivindicación del periodismo de investigación, especialmente por los efectos inhibitorios que genera.

Son resabios autoritarios que dan cuenta de un espíritu en la normativa chilena referida a la libertad de expresión que tiende a las restricciones más que a la apertura. Son intentos por controlar los avances propios del siglo XXI, que se caracteriza por la promesa de las nuevas tecnologías de información y comunicación (TIC); implica, también, una ceguera frente a los avances en la protección y conceptualización que los derechos humanos, en general, y el derecho a la información, en particular, han experimentado.

Ahora, la primera obligación de los Estados es actualizar su normativa interna y adecuarla a los instrumentos internacionales que han ratificado, así como reformar todos aquellos cuerpos legales y administrativos que han quedado obsoletos y carecen de legitimidad.

En ese aspecto, Chile registra avances en los últimos 18 años. Sin embargo, los elementos propios de la cultura política y administrativa, así como de la aplicabilidad de las reformas y modernizaciones, son el escalón siguiente en este camino.

Aun así, revisando este panorama aparentemente auspicioso del marco normativo de la libertad de expresión en Chile, es evidente que se trata de declaraciones de buenas intenciones de nuestra institucionalidad. Los procesos que llevan a incorporar plenamente las garantías y los derechos de las personas —incluido el derecho a la libertad de expresión— son más lentos, conviven con restricciones y sospechas que se encuentran arraigadas en nuestra cultura política.


Descripción del estudio

La investigación "Condiciones materiales, políticas y culturales del ejercicio de la libertad de expresión en Chile" es de carácter exploratorio y descriptivo, atendiendo al hecho de la escasa producción bibliográfica e investigativa en este campo específico, al menos en Chile. La primera etapa, de la cual da cuenta parcialmente este artículo, consistió en levantar información con metodología cuantitativa y no probabilística: se aplicó una encuesta semiestructurada a editores y reporteros de medios de comunicación de cobertura nacional con domicilio en la Región Metropolitana. Se incluyeron medios de comunicación para los siguientes cuatro soportes:

  • Radioemisora
  • Televisión abierta
  • Prensa
  • Internet o multimedia

Se seleccionaron los dos medios de comunicación más importantes para cada soporte, atendiendo su cobertura territorial, sus niveles de audiencia, la diversidad editorial entre cada uno y la relevancia de los contenidos informativos en su programación12:

  • Radio: Cooperativa y Bío Bío13
  • Televisión abierta: Televisión (TVN) y Canal 1314
  • Prensa: El Mercurio y La Tercera15
  • Internet o multimedia: El Mostrador (www. elmostrador.cl) y Terra (www.terra.cl)16

Es importante advertir que el estudio pretende dar cuenta de la situación de quienes ejercen el periodismo en cada medio de comunicación incluido en la investigación. Por esto, el universo del estudio considera tanto a periodistas universitarios como autodidactas o con formación profesional en otras áreas, así como a quienes aún no han concluido su formación en periodismo (estudiantes en práctica o egresados). Sobre todo, porque la misma ley de prensa reconoce como periodistas de manera preferente —no exclusivamente— a los titulados universitarios17. Así, la muestra total está compuesta por 171 encuestados, distribuidos por medios según vemos en la tabla 1.

18

Es importante señalar que no existe un registro oficial ni ninguna base de datos que contenga información consolidada sobre el universo total de periodistas que se desempeñan en medios de comunicación, a nivel nacional ni regional. El Colegio de Periodistas cuenta solo con cifras estimadas de colegiados, debido a que no tiene capacidad de procesar datos para limpiar la base de datos de fallecidos, desafiliados o sancionados. Solicitamos la información individualmente a cada medio, y sólo El Mercurio respondió satisfactoriamente a nuestra petición. Del resto obtuvimos respuestas informales y, en la mayoría de los casos, sólo silencio.

Del mismo modo, el contacto y acceso a los profesionales en sus lugares de trabajo generalmente debe ser autorizado por los superiores del área periodística o de recursos humanos.

Por estas razones la muestra no es aleatoria, dado que la información sobre el universo al que se refiere el estudio no está disponible, no todos los posibles encuestados tenían la misma probabilidad de ser escogidos.

Así, la construcción de la muestra tuvo dos etapas:

  • Primero, se aplicó la encuesta vía correo electrónico, a partir de un listado de direcciones de editores y periodistas de los medios de comunicación incluidos en la muestra. Los contactados se obtuvieron de una base de datos construida por los propios investigadores con anterioridad al estudio y actualizada especialmente para éste. Así, se envió masivamente la encuesta a dicho listado, pero solo respondieron 22 profesionales.

  • En segundo lugar, debido a la baja tasa de respuesta a las encuestas aplicadas vía correo electrónico, se optó por una estrategia de aplicación presencial. Para ello se solicitó a los medios de comunicación (sobre todo a través de editores y subeditores) autorización para ingresar a las salas de redacción y aplicar las encuestas directamente a los periodistas y editores. Los mecanismos a través de los cuales se materializó esta estrategia fueron diversos, dependiendo del responsable que autorizó el ingreso de nuestro equipo y el número de profesionales a su cargo. Pero en términos generales, el procedimiento más recurrente fue solicitar autorización a los editores para dejar las encuestas en cada sección y que los integrantes de ésta la respondieran. Muchas veces, un reportero o un editor se hacía responsable de todas las encuestas: las repartía entre sus compañeros y las recogía para ser retiradas luego por el equipo de investigación días después, previa coordinación.

La encuesta aplicada consideró siete temas:

  1. Aspectos laborales: busca identificar y describir la experiencia como periodista, el tipo de jornada y contrato que tiene con el medio donde trabaja, el cargo que desempeña y si acaso tiene trabajos complementarios.

  2. Condiciones materiales: determina cuáles son las herramientas y los servicios asociados a la labor periodística en un medio de comunicación, disponibles para los encuestados.

  3. Apoyo y asociación: identifica actores y organismos donde los periodistas buscan o encuentran respaldo en su labor cotidiana.

  4. Especialización y capacitación: sondea en el tipo de formación de postítulo o posgrado que tienen los periodistas actualmente en ejercicio y en las condiciones que favorecen/dificultan su posible especialización y capacitación.

  5. Definición de pauta noticiosa: indaga en las prácticas y rutinas recurrentes para

  6. construir la agenda noticiosa del día a día, como cuáles son las principales fuentes informativas.

  7. Dificultades para ejercer su labor: explora situaciones que pueden interferir negativamente en el ejercicio del periodismo y en la publicación/emisión de contenidos relevantes.

  8. Caracterización del encuestado: finalmente, se describe al encuestado en cuanto a su formación profesional y de postítulo, así como su rango de ingresos brutos.

El presente artículo desarrolla en profundidad el punto número 6, referido a las dificultades que enfrentan los reporteros y editores de medios de comunicación nacionales en Chile.


Principales resultados: problemas, censura y autocensura

El estudio indagó en situaciones complejas con las que los periodistas deben lidiar en el desarrollo de su labor. Estas situaciones tienen que ver, principalmente, con problemas o impedimentos que interfieren con el trabajo del periodista, limitando su capacidad de informar o investigar los hechos noticiosos y, finalmente, que impactan en la libertad de expresión de los reporteros, en tanto sujetos individuales; así como en la sociedad en su conjunto, en la medida que hay información y opiniones que quedan ocultos bajo la alfombra.

Específicamente, se midió la frecuencia de ciertos sucesos conflictivos que han registrado los encuestados en el marco del desempeño de su trabajo. Las situaciones medidas son las siguientes:

  1. Imposibilidad de investigar una información por trabas de organismos oficiales: por definición, el periodismo busca información, datos, opiniones, testimonios en la administración pública para fiscalizar o para informar sobre políticas públicas. Es decir, tanto en su dimensión de "perro guardián" como de vehículo de información de interés público. Por diversas razones —porque las autoridades y los funcionarios no quedan contentas con lo que se publica, por el temor a la crítica pública— esta relación puede ser conflictiva (Sánchez, 2005).

  2. Obligación de pagar o hacer algún favor para acceder a información: el periodismo requiere de otros (personas, documentos) para ejercer su labor. En esta relación de intermediación, dependiendo del carácter de la información en disputa, se pueden establecer relaciones donde una parte exige algo a cambio. En ese sentido, el pago no se entiende sólo en su dimensión monetaria, sino que puede caber la retribución con favores, la provisión de seguridad o la asesoría profesional19, por ejemplo (Goodwin 1999; Chávez-Tafur, s. f.).

  3. Suavizar una noticia por recomendación de algún superior: en el entendido de que "suavizar" una información busca despojarla de todos los elementos que generen —real o hipotéticamente— mayor conflicto con el contexto en que se desenvuelve el reportero o su medio, dado lo difuso de sus límites —que pueden ir desde propiciar una redacción "de buen gusto" o aséptica hasta quitar o alterar datos, testimonios, recursos audiovisuales, de un producto periodístico para evitar posibles represalias—. Se trata, a nuestro entender, de una práctica emparentada con la censura y la autocensura que, en esta versión, se encuentra naturalizada en la medida que es parte de la rutina cotidiana del periodismo. Mecanismos como el descrito privilegian relatos de consenso, cuando uno de los requerimientos del derecho a la libertad de expresión es que deben permitirse las opiniones más críticas, por duras que sean, en el contexto de una convivencia democrática. Intentar silenciarlas o morigerarlas antes puede resultar peor para una democracia que permitir la ofensa o la crítica más feroz20.

  4. Obligación de publicar una noticia que no estaba completamente desarrollada o terminada para cumplir con los plazos: al igual que el tipo descrito en el numeral 3, esta tipología es propia del ejercicio cotidiano del periodismo. Es decir, las restricciones de espacio dónde publicar y emitir mensajes informativos, así como la obligación de hacerlo con la hora de cierre encima (Conill y Gozálvez, 2004).

  5. Restricción total o parcial de reportear una noticia por recomendación de algún superior: se trata, a todas luces, de una actitud y su consiguiente acción orientadas a omitir algún fragmento de lo que ocurre en una sociedad o comunidad determinada por razones que no tienen relación con su interés público. Es el recorte a priori, por razones o actores ajenos al periodista.

  6. Restricción total o parcial de publicar una noticia por recomendación de algún superior: es la otra cara del tipo descrito en el numeral 5. Es decir, una vez investigado, reporteado, elaborado el contenido periodístico, éste no puede ser publicado/emitido por razones ajenas a su relevancia.

  7. Llamada/comunicación directa al encuestado, presionando para impedir o postergar la publicación de una noticia.

  8. Llamada/comunicación directa al editor, presionando para impedir o postergar la publicación de una noticia.

  9. Llamada/comunicación directa al director, presionando para impedir o postergar la publicación de una noticia. El periodismo es un oficio por esencia colectivo. El reportero requiere de otros —testimonios, documentos, etc.— para contar historias. Y, a la vez, el periodista está inserto en una institución, como son los medios de comunicación, donde la decisión final de qué se publica y cómo no depende sólo de él. Los puntos 7, 8 y 9 dan cuenta, precisamente, de esta naturaleza colectiva del periodismo. Se trata de acciones destinadas a interrumpir la cadena de producción noticiosa en uno o más de sus eslabones, dado que se trata de intervenciones orientadas a disminuir o borrar del todo el impacto de la publicación y circulación de ciertas informaciones u opiniones (Otano y Sunkel, 2003).

  10. Amenazas derivadas de alguna información publicada: es una de las violaciones de la libertad de expresión más clásicas. Emprender represalias, sin importar su calibre, debido a informaciones u opiniones publicadas. Pueden ir desde bravuconadas de fuentes o actores de hechos noticiosos molestos por su aparición en prensa hasta advertencias de perseguirlos administrativa, civil o penalmente.

  11. Restricciones de acceso a fuentes o actividades debido a alguna información publicada: es otra estrategia de sanción por antecedentes u opiniones publicadas o emitidas por algún medio de comunicación.

  12. Proceso judicial iniciado en su contra debido a alguna noticia publicada: una de las violaciones directas a la libertad de expresión tradicionales. Es una estrategia que intimida al afectado directo así como a otros periodistas o medios para abordar temas o actores que reaccionan por esta vía ante informaciones críticas. La Relatoría para la Libertad de Expresión de la OEA ha sostenido la necesidad de despenalizar los delitos de opinión, así como de eliminar las leyes de desacato y asumir sanciones civiles que, a la vez que reparadoras, no inhiban futuras acciones de los medios y la prensa. Del mismo modo, se han descrito estrategias de hostigamiento judicial por parte de gobiernos, locales o nacionales, destinadas a silenciar voces críticas. En definitiva, la vía judicial es una herramienta efectiva para intimidar e inhibir a periodistas y medios de incorporar contenidos que pueden resultar incómodos para poderes formales o de facto.

  13. Degradación laboral o desempleo debido a alguna información publicada. Conocidos son los casos de periodistas que han perdido su empleo por publicar información incómoda para el gobierno, en el caso de China, por ejemplo, o para los dueños de los medios de comunicación en el cual se desempeñan. Estos casos han sido denunciados por las asociaciones de periodistas y colegios profesionales, y también por agrupaciones como Reporteros Sin Frontera.

  14. Retiro de la publicidad privada a causa de alguna noticia publicada.

  15. Retiro de la publicidad pública a causa de alguna noticia publicada: el tipo indicado en los numerales 14 y 15 trata de situaciones descritas recientemente en la literatura y debido a sus sutilezas y las características que adquieren, es difícil pesquisar, denunciar y desmontar (ADC y Justice Initiative, 2008, 2005; CIDH, 2000, 2003).

Los resultados aquí presentados son percepciones de los encuestados sobre las condiciones de goce de la libertad de expresión en su ejercicio cotidiano del periodismo. Por tanto, están sujetos a las limitaciones propias de los testimonios:

El riesgo de las inconsistencias entre lo que dicen que hacen y lo que realmente hacen, inherente a esta herramienta metodológica, tiene también su ventaja: permite indagar en las construcciones simbólicas que, de tan naturalizadas, aparecen inconscientes en el lenguaje. Siguiendo a Alonso, la biografía del entrevistado es su interpretación, sistematización y traducción a un lenguaje denotativo y connotativo determinado de su experiencia vital" (Alonso, 1993, citado en Lagos, 2008, p. 50).

Del mismo modo, las respuestas de los encuestados a veces pueden responder a lo políticamente correcto o a lo que se supone que otros esperan escuchar en ciertos temas, en este caso, sobre libertad de expresión en los medios. Finalmente, es posible también que la distancia entre lo que en realidad ocurre y lo que finalmente responden los encuestados puede ser mayor si es que hay hechos o situaciones que están naturalizadas y, por tanto, no se advierten por los mismos afectados como violatorias del derecho a la libertad de expresión.

De otro lado, al tratarse de situaciones sutiles, difíciles de identificar por los mismos afectados así como por observadores ajenos, es indispensable indagar en las experiencias y los testimonios de los protagonistas, aun con todas las limitaciones arriba descritas.

Por tales motivos, éste es un primer levantamiento de información que debiera nutrir las etapas siguientes de esta misma investigación, así como también estudios futuros sobre estos problemas.

La frecuencia de estas situaciones se midió en una escala ascendente de 1 a 7, en la que el valor 1 indicaba que nunca había experimentado tal suceso, mientras que el valor 7 indicaba que constantemente había enfrentado tal situación. Las respuestas se agruparon para dar cuenta de cuatro periodicidades distintas:

  • La respuesta 1 indica que el encuestado nunca ha pasado por el hecho descrito.

  • Respuestas de 2 a 3 muestran situaciones que le han ocurrido con muy poca frecuencia.

  • Respuestas 4 y 5 indican situaciones que han enfrentado algunas veces, de manera algo más frecuente.

  • Respuestas 6 y 7 exponen hechos experimentados con frecuencia por el encuestado.

El gráfico 1 muestra los resultados. En general, la mayor parte de los encuestados ha pasado por estas situaciones con alguna frecuencia. Sin embargo, el porcentaje que aseguran que estos hechos son recurrentes es más bien minoritario. Así, las situaciones más frecuentes que los encuestados reconocen haber experimentado son las trabas o dificultades impuestas por los organismos oficiales para acceder a información. El 86% de los encuestados asegura que ha pasado por esto.

En segundo lugar, el 84% de los periodistas y editores encuestados reconocen que han tenido que suavizar una noticia por recomendación de un superior. A pesar de la masividad con que aparece este hecho, es importante mencionar que sólo el 8,2% dice haberlo experimentado de manera periódica o sistemática.

En tercer lugar entre las situaciones que eventualmente pueden afectar de manera negativa la libertad de expresión se cuenta la imposibilidad de terminar de manera correcta una nota debido a los plazos vertiginosos que impone la hora del cierre.

Más atrás se constatan las restricciones a fuentes o a actividades como consecuencia de alguna información publicada, y restricciones de los superiores para publicar o reportear noticias. El resto de los sucesos le ocurren con cierta frecuencia a menos del 21% de los encuestados, es decir, se trata de situaciones esporádicas.

Los hechos que los encuestados reportan como menos frecuentes tienen que ver con la degradación laboral o el desempleo como represalia a algo publicado; el retiro de la publicidad pública o privada como mecanismo de castigo por informaciones u opiniones emitidas, y verse afectado por un proceso judicial a causa del trabajo periodístico.

En síntesis, es posible afirmar que para los periodistas y editores de los medios de comunicación de cobertura nacional encuestados las mayores dificultades que enfrentan tienen relación con las restricciones al acceso a la información y las restricciones impuestas por el proceso de producción noticiosa o por la acción de superiores.

Si analizamos la frecuencia en que ocurren estos hechos según los soportes incluidos en el estudio, es posible afirmar que el más afectado es el soporte escrito: un mayor porcentaje de periodistas de diarios encuestados declaró haber vivido alguna de las situaciones descritas. Por el contrario, en el soporte radio se registra un menor porcentaje de entrevistados que afirman haber experimentado restricciones como éstas. En otras palabras, es posible afirmar que los reporteros de diarios están expuestos y experimentan con mayor frecuencia ciertas restricciones a su labor en comparación con sus colegas de radio.

Por ejemplo, un porcentaje importante de los periodistas de diarios (72%) menciona haber sufrido amenazas a causa de alguna información publicada, una proporción mucho más alta que para el resto de los soportes. Del mismo modo, hay una mayor proporción de periodistas de soporte escrito que aseguran haber sufrido restricciones de acceso a las fuentes informativas. Mientras, los reporteros de Internet o multime dia aseguran en mayor proporción que sus colegas de otros soportes que han debido suavizar informaciones en atención a requerimientos de sus superiores.

Si desagregamos los resultados según el sexo de los encuestados, los hombres declaran en mayor medida que las mujeres haberse visto envueltos en restricciones como las aquí descritas, como puede verse en el gráfico 3. Los hombres afirman en mayor proporción que las mujeres haber sufrido restricciones de acceso a fuentes noticiosas, presiones para impedir la publicación de alguna noticia, amenazas causadas por informaciones publicadas, pago para acceder a información, y el retiro de publicidad del medio a causa de las noticias publicadas.

Si nos fijamos en los resultados de acuerdo con el nivel educacional del encuestado, quienes poseen estudios de posgrado, máster o diplomados declaran haber experimentado estas situaciones en un mayor porcentaje en comparación con los que tienen sólo educación universitaria, completa o incompleta. De hecho, los encuestados que sólo tienen nivel técnico o universitario incompleto manifiestan en mucha menor proporción haber pasado por estas dificultades en el trabajo. Sin embargo, los encuestados con menor nivel educacional han tenido que pagar para acceder a información en mayor medida que el resto de los encuestados.

Estas diferencias pueden estar asociadas a la mayor experiencia laboral que tienen los encuestados con mayor nivel educacional21, o a una mayor disposición a acceder a las trabas y restricciones impuestas desde fuera cuando se tiene más experiencia. Esto debiera indagarse en estudios posteriores.

En relación con el cargo del encuestado no se ve ninguna tendencia clara, más allá que entre los encuestados que son jefes de sección hay una mayor proporción que denuncia haber pasado por estas situaciones; de hecho, todos ellos dicen haber pasado por trabas oficiales, haber tenido que suavizar noticias o no haber podido terminarlas correctamente debido a los plazos de entrega impuestos por las horas de cierre propias de los medios de comunicación. Sin embargo, en aquellas situaciones que en términos generales aparecen como menos relevantes según la experiencia de todos los encuestados, tampoco son situaciones que quienes ostentan mayores cargos reconozcan haber vivido, tales como perder publicidad como castigo por lo publicado, enfrentar procesos judiciales o verse degradados laboralmente.

En definitiva, a partir del análisis de los datos que arroja la encuesta a editores y periodistas de medios de cobertura nacional es posible afirmar que la gran mayoría ha debido enfrentar situaciones durante el ejercicio de su oficio que contravienen los principios de libertad de expresión, pero que se han naturalizado de tal modo que parecen propias del ejercicio profesional del periodismo.

Básicamente, se trata de situaciones como verse en la obligación de modificar ("suavizar") informaciones a instancias de sus jefes; enfrentarse a trabas internas en la escala de producción noticiosa en el propio medio, y externas, como dificultades de acceder a información pública. No obstante, sólo a un pequeño porcentaje le ocurren estas situaciones de manera frecuente. Tal vez por lo mismo es posible aventurar que se trata de hechos que se han ido naturalizando y, por tanto, hoy se asumen —acríticamente— como propios del desarrollo de la profesión. Éste es un camino que hay que profundizar y explorar en las etapas siguientes de este estudio y en investigaciones futuras.

Del mismo modo, los datos develan que los hombres se enfrentan en mayor medida a estos obstáculos que las mujeres y, en cuanto a los soportes, que los reporteros y editores de diarios afirman en mayor medida que sus colegas de radio, TV o Internet haber experimentado las trabas descritas. Las causas que explicarían estas diferencias deben ser materia de las etapas siguientes de esta investigación, así como también de estudios futuros.


Reflexiones finales

Tal como hemos observado en los resultados precedentes, uno de los obstáculos más serios que tiene el libre ejercicio del periodismo está constituido por una red de "presiones silenciosas", provenientes de dos sistemas sociales específicos: el político y el económico, principalmente.

Estas presiones se producen en mayor medida en la prensa escrita, pues es ahí donde se define la agenda temática y donde se discuten los asuntos de interés. "Para Horkheimer y Adorno los flujos de la comunicación controlados a través de los medios de comunicación de masas sustituyen a aquellas estructuras de la comunicación que antaño habían posibilitado la discusión pública y la autocomprensión del público que formaban los ciudadanos y las personas privadas" (Habermas, 1990).

Los actores sociales observan a la prensa escrita como el espacio de discusión de lo público y, por eso, enfatizan sus presiones a quienes ejercen el periodismo en estos medios. En atención a aquello, nos parece que es coherente con los resultados del estudio donde los reporteros y editores de diarios encuestados reconocen en mayor medida que sus colegas de otros soportes haber pasado por trabas y obstáculos como los descritos en el estudio.

Pese a que los niveles de lectura en Chile han bajado considerablemente, llegando apenas a menos de 700 mil ejemplares semanalmente, la prensa escrita sigue constituyéndose como el soporte donde se disputa la hegemonía discursiva, política y económica.

No obstante lo anterior, la televisión es otro espacio donde ocurren situaciones de censura o presiones. En tiempos de la video-política, la fuerza y penetración de la televisión se ha convertido también en uno de los escenario de la disputa de los principales actores de la sociedad. De todos modos, debemos reconocer que ha existido en los últimos diez años una apertura temática en la televisión chilena que permite mayores niveles del ejercicio de la libertad de expresión, y los medios de comunicación, en general, han ganado en legitimidad, destapando casos de corrupción o de denuncias con impacto social. Los medios actualmente aparecen como agentes de socialización y de transmisión cultural, a la vez que transportan el conocimiento, pero además supervigilan los actos públicos de los otros sistemas parciales y suministran canales de expresión a los individuos.

Pese a que los periodistas encuestados para el estudio en cuestión reconocen que la autonomía profesional y la independencia en la producción informativa son valores fundamentales en su labor, no desconocen la ocurrencia de hechos que son interpretados como trabas para investigar o pequeñas mordazas para suavizar una noticia o reportaje. Esta situación les ha ocurrido principalmente a los periodistas con cargos superiores, editores y jefes de sección, pues son ellos quienes finalmente tienen mayor incidencia en la publicación o no de las informaciones. Son los que median entre la dirección del diario y los periodistas de sección, y quienes controlan también la relación con las fuentes de información.

Estas situaciones —que describe el estudio y que los encuestados reconocen como obstáculos— son, precisamente, las restricciones y vulneraciones a la libertad de expresión menos evidentes, más sutiles, que muchas veces es posible confundirlas con las características propias del ejercicio periodístico. Aquí existe un serio riesgo de establecer una relación de normalidad con las fuentes de presión, desconociendo la necesidad de marcar límites y frenos a cualquier intento de influencia, directa o indirectamente, en la construcción periodística de los temas de alto interés social.

Por ello, es indispensable profundizar en la segunda etapa cualitativa de este estudio el alcance de estos problemas en la prensa chilena, así como también sus principales causas y consecuencias. Del mismo modo, es necesario explorar la valoración que los periodistas chilenos asignan a estas situaciones; en otras palabras, si acaso las identifican como problemáticas para el ejercicio de su trabajo o, es más, si pueden ir más allá y caracterizarlas como violaciones de la libertad de expresión, con todo lo que ello conlleva.

Otro de los aspectos más relevantes de los datos expuestos en este artículo tiene que ver con una de las situaciones más recurrentes que afecta a los encuestados: la dificultad de acceder a información pública u oficial. Esto es altamente preocupante, pues un sistema democrático de gobierno requiere de una ciudadanía informada y vigilante de los actos del Estado. El acceso a la información pública es uno de los primeros requisitos para consolidar una democracia deliberativa con la decidida participación de la sociedad civil. Las restricciones u obstáculos para acceder a información pública constituyen, ciertamente, un menoscabo de la libertad de expresión. El derecho a la información es consustancial a la libertad de expresión.

La necesidad de mejorar y profundizar el acceso a la información pública ha sido una de las demandas de diversas organizaciones no gubernamentales y de instituciones académicas preocupadas por el tema. Desde el 2000 se ha instalado con fuerza en el debate público esta preocupación, pero recién el 20 de abril del 2009 entró en vigor la ley de acceso a información pública, que crea el Consejo para la Transparencia y una serie de exigencias para los servicios públicos y de derechos para los ciudadanos. Esta iniciativa abre una interesante oportunidad para la prensa, pues podría impactar decididamente en el trabajo de los periodistas y en cómo la incorporan como una herramienta de reportero y de fiscalización de la actividad pública.

Justamente, las propias prácticas del reporteo y de construcción de la agenda noticiosa influyen en el ejercicio del periodismo y, por consiguiente, de la libertad de expresión. Las dinámicas de la producción informativa imponen plazos y espacios acotados, siempre escasos y urgentes. Este trabajo sobre la marcha y a presión incide en la calidad del producto periodístico y en la elaboración de pautas informativas. En otras palabras, las características propias de la prensa industrial, a contrapelo de la teoría liberal de la libertad de expresión, más bien conspiran para que esta última sea realidad. Ésta es otra línea de trabajo que se extrae de este estudio y que es necesario incorporar en otras investigaciones.

En la misma línea de lo anterior, es necesario preguntarse también por los desafíos normativos (constitucionales, legales, administrativos) y regulatorios, por ejemplo, que se desprenden del tipo de restricciones a la libertad de expresión de los que este estudio, y otros mencionados dentro de la revisión bibliográfica, dan cuenta. Es decir, la consagración constitucional de ciertos derechos, como el de la libertad de expresión, son apenas el primer paso. Algo que puede ser evidente, pero no hay claridad cómo abordarlo en concreto. En esa perspectiva, desde la investigación y la reflexión académica y profesional sobre el periodismo hay mucho qué hacer y en lo cual aportar.

Tal como hemos observado en este artículo, las condiciones de presión, censura y autocensura que experimentan los periodistas en los medios de comunicación impactan el ejercicio de la libertad de expresión. De todos modos, es necesario destacar que las situaciones de este tipo que afectan hoy a los periodistas en Chile son muy distintas a las que sufrieron durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), que incluían persecuciones, amenazas e incluso tortura y muertes22. En el actual periodo de democratización de Chile (desde 1990) existen mecanismos más sutiles y sofisticados de presiones y censuras. Los llamados por teléfono, la labor de las agencias de comunicaciones corporativas, la necesidad de publicidad y autofinanciamiento han llevado a los medios y a los periodistas ha adoptar posiciones de vulnerabilidad frente a agentes externos en la construcción noticiosa. Así, existe una amplia y compleja red de situaciones que podrían interferir en las labores informativas y de vigilancia, propias de los medios de comunicación. Esto no solo atenta contra la libertad de expresión, sino también contra el ejercicio libre del periodismo, una condición elemental de un sistema democrático de gobierno.



Pie de Página

4 Artículo XI de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, 1789.

5 "El Congreso no legislará sobre la práctica religiosa ni tampoco sobre la prohibición de su libre ejercicio; ni restringirá la libertad de expresión o de la prensa; ni el derecho de las personas a asociación pacífica y la petición al gobierno por compensación de injusticias" (Goodwin, 1999, p. 9) (Énfasis agregado).

6 Metodologías probadas y validadas por organizaciones como Amnesty Internacional (www.amnesty.org), Reporters Sans Frontières (www.rsf.org), Committee to Protect Journalists (www.cpj.org), Human Rights Watch (www.hrw.org), International Freedom of Expression (www.ifex.org), Article 19 (www.article19.org), o la Fundación para la Libertad de Prensa (www.flip.org) y el Instituto Prensa y Sociedad (www.ipys.org), en Latinoamérica. Las metodologías más conocidas y probadas tienen relación con el monitoreo, los informes anuales o temáticos, las visitas in situ o el litigio estratégico, por nombrar algunos.

7 Ver nota 1.

8 En su sentido de creación así como de fundamentos.

9 Todas materias de preocupación y monitoreo de la Relatoría para la Libertad de Expresión de la OEA, que lo ha incluido sistemáticamente en sus informes anuales. Disponibles en: http://www.cidh.oas.org/ relatoria/docListCat.asp?catID=24&lID=2

10 Artículo 12: "La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades".

11 Publicada en el Diario Oficial el 4 de junio de 2001.

12 Distinción pertinente sobre todo para los soportes de Radio y Televisión.

13 Cooperativa, de la Compañía Chilena de Comunicaciones, está vinculada a miembros de la Democracia Cristiana; es una de las escasas radioemisoras de cobertura nacional de corte informativo. Bío Bío, de la Sociedad Bío Bío Comunicaciones, pertenece a la familia Mosciatti. La empresa surge en la ciudad de Concepción, al sur de Chile (Sunkel y Geoffrey, 2001).

14 Televisión Nacional de Chile es la estación pública que, por ley, debe resguardar valores como el pluralismo. Debe autofinanciarse y su directorio es nombrado por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado. Tiene cobertura territorial nacional. La Corporación de Televisión de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Canal 13, depende de la Pontificia Universidad Católica de Chile.

15 El Mercurio es el principal periódico de El Mercurio SAP, que edita además otro matutino nacional (Las Últimas Noticias) además del único vespertino pagado, La Segunda. Tiene una red de 21 diarios regionales y radio Digital FM. La Tercera, en tanto, es su competencia directa y es editada por el Consorcio Periodístico S.A., Copesa.

16 El Mostrador es un diario exclusivamente electrónico, cuya sociedad editora está conformada por profesionales que, originalmente, estuvieron vinculados al Partido Radical. Terra es la versión chilena del portal propiedad de Terra Networks, parte del holding de telecomunicaciones, Telefónica.

17 Ley 19.733, Artículo 5: "Son periodistas quienes estén en posesión del respectivo título universitario, reconocido válidamente en Chile, y aquéllos a quienes la ley reconoce como tales. Artículo 6. Los alumnos de las escuelas de periodismo, mientras realicen las prácticas profesionales exigidas por dichos planteles, y los egresados de las mismas, hasta veinticuatro meses después de la fecha de su egreso, tendrán los derechos y estarán afectos a las responsabilidades que esta ley contempla para los periodistas".

18 Aunque Terra.cl fue uno de los medios incluidos originalmente en la muestra para aplicarles la encuesta a sus editores y periodistas, no fue posible debido a la negativa de los encargados de recursos humanos de la empresa para hacerlo. La decisión final de los ejecutivos de Terra.cl la conocimos luego de numerosas tratativas y, por tanto, bien avanzada la etapa de producción del estudio; debido a ello no reemplazamos Terra por algún otro portal de Internet informativo debido a que hubiera retrasado más aún el proceso de aplicación de las encuestas. Por lo anterior es que finalmente contamos con información sobre periodistas y editores de siete medios de comunicación en los cuatro soportes ya descritos, y no de ocho, como inicialmente lo propusimos.

19 En América Latina hay casos como la protección a la familia y la asesoría legal provista por la extinta revista argentina TXT a la fuente clave del pago de sobornos a senadores oficialistas bajo la administración de De la Rúa, o la protección que le dio el diario La Época a la ex agente de la DINA "Liliana Walker" en el marco de la cobertura al juicio por el asesinato del ex canciller de Salvador Allende, Orlando Letelier. O el caso de los muchachos que entregaron al diario peruano El Comercio el testimonio de haber sido parte del sofisticado sistema de falsificación de votos en la campaña para la segunda reelección de Fujimori, entre otros.

20 Ver el Caso New York Times vs. Sullivan, en http://www.iidh.ed.cr/ comunidades/libertadexpresion/docs/le_otroseeuu/csusanytimes.htm

21 Mientras la media de años de ejercicio entre los que tienen el grado de máster o doctorado es de 11,3 años, entre los que tienen universitaria completa es de 8,1 años, y entre los que tienen técnica es de 3,6 años.

22 Respecto a los trabajadores del ámbito periodístico en el contexto del proceso represivo, esta Comisión conoció los casos de cerca de 230 periodistas que sufrieron prisión política, a los cuales cabe sumar más de 70 casos de personas, en igual situación, vinculadas a esa actividad. Cabe recordar, así mismo, que la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación calificó la desaparición o ejecución de 23 periodistas", dice el Informe sobre Prisión Política y Tortura, publicado en el 2004 durante el gobierno del ex presidente Ricardo Lagos.



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