SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
 número38Determinación de clorhidrato de clembuterol en orina de bovinos en tres rastros municipales del estado de México índice de autoresíndice de materiabúsqueda de artículos
Home Pagelista alfabética de revistas  

Servicios Personalizados

Revista

Articulo

Indicadores

Links relacionados

  • En proceso de indezaciónCitado por Google
  • No hay articulos similaresSimilares en SciELO
  • En proceso de indezaciónSimilares en Google

Compartir


Revista de Medicina Veterinaria

versión impresa ISSN 0122-9354versión On-line ISSN 2389-8526

Rev. Med. Vet.  no.38 Bogotá ene./jun. 2019

https://doi.org/10.19052/mv.vol1.iss38.11 

Artículos

Faltas frecuentes a la Ley 576 de 2000 presentadas al Tribunal de Ética Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia en Colombia durante el periodo 2014-2017

Frequent Infringements of Law 576 of 2000 Presented to the Tribunal of Professional Ethics Veterinary Medicine and Zootechnics in Colombia during the 2014-2017 Period

Ofensas frequentes à Lei 576 de 2000 submetidas ao Tribunal de Ética Profissional de Medicina Veterinária e Zootecnia na Colômbia durante o período 2014-2017

Erwin Ricardo Zambrano Valdés1 
http://orcid.org/0000-0003-0794-6117

Luisa Fernanda Gil Blandón2 
http://orcid.org/0000-0003-4860-237X

Sara Henao Garnica3 
http://orcid.org/0000-0003-0591-4154

Jhonny Alberto Buitrago Mejía4 
http://orcid.org/0000-0002-2677-6697

1 Médico veterinario. Esp. Grupo de investigación Ginver, Facultad de Medicina Veterinaria, Corporación Universitaria Remington, Medellín, Colombia. erzv2@hotmail.com. ORCID: https://orcid.org/0000-0003-0794-6117

2 Médica veterinaria. Grupo de investigación Ginver, Facultad de Medicina Veterinaria, Corporación Universitaria Remington, Medellín, Colombia. fercha-12gil@hotmail.com. ORCID: https://orcid.org/00000-0003-4860-237X

3 Médica veterinaria. Grupo de investigación Ginver, Facultad de Medicina Veterinaria, Corporación Universitaria Remington, Medellín, Colombia. saryzg@gmail.com. ORCID: https://orcid.org/0000-0003-0591-4154

4 Médico veterinario zootecnista. Esp. Grupo de investigación Ginver, Facultad de Medicina Veterinaria, Corporación Universitaria Remington, Medellín, Colombia. jhabuitragome@hotmail.com. ORCID: https://orcid.org/0000-0002-2677-6697


Resumen

La medicina veterinaria como profesión en Colombia se remonta a 1884. En 1985 se conformó el Consejo Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia y Zootecnia de Colombia (Comvezcol), y posteriormente, mediante la Ley 576 de 2000, se creó el código de ética para el ejercicio profesional de la medicina veterinaria, medicina veterinaria y zootecnia y zootecnia, así como el Tribunal Nacional de Ética Profesional (Trinadep), con el fin de tramitar las quejas, adelantar investigaciones e instruir las acciones disciplinarias contra los profesionales de las ciencias animales. En Colombia no se han encontrado reportes que permitan realizar un análisis de las faltas al código de ética, por lo cual en este artículo se busca describir las faltas más frecuentes denunciadas en el periodo 2014-2017. Para ello se realizó un estudio retrospectivo de las sanciones impuestas por el Trinadep por infracción de la Ley 576 de 2000. Según los datos obtenidos durante el periodo de estudio, se sancionaron 96 profesionales, de los cuales el 53,13 % fueron médicos veterinarios, y el 42,71 % fueron médicos veterinarios zootecnistas. Se observó una mayor tasa de infracción en hombres (75 %). Los artículos 5 (22,3 %), 13 (20,56 %), 61 (19,51 %), 27 (12,2 %) y 20 (9,06 %) fueron los que más se infringieron. Estos datos permiten concluir que es necesaria la concientización de estudiantes y profesionales en algunos aspectos del desempeño profesional, como lo son el diligenciamiento adecuado de la historia clínica y los consentimientos informados, el uso debido de ayudas diagnósticas y el uso de terapéuticas acordes con el individuo.

Palabras clave: aplicación de la ley; ética médica; denuncia de irregularidades; mala praxis

Abstract

Veterinary medicine as a profession in Colombia dates back to 1884. In 1985, the Professional Council of Veterinary Medicine and Zootechnics of Colombia (Comvezcol) was formed, and subsequently, through Law 576 of 2000, the code of ethics for the professional practice of veterinary medicine and zootechnics was created, along with the National Tribunal of Professional Ethics (Trinadep), in order to process complaints, conduct investigations, and determine disciplinary actions against animal science professionals. In Colombia, no reports were found that would allow analyzing non-compliance with the code of ethics; consequently, this article seeks to describe the most frequent infringements reported in the period 2014-2017. To this end, a retrospective study of the sanctions imposed by Trinadep was carried out regarding non-compliance with Law 576 of 2000. According to the data obtained during the study period, 96 professionals were sanctioned; 53.13% of them were veterinarians, and 42.71% were zootechnical veterinarians. A higher rate of infraction was observed in men (75%). Articles 5 (22.3%), 13 (20.56%), 61 (19.51%), 27 (12.2%), and 20 (9.06%) were the most frequently infringed. These data allow concluding that it is necessary to raise awareness among students and professionals on some aspects of professional performance, such as the proper completion of clinical history and informed consents, the proper use of diagnostic aids, and the use of therapeutics in accordance with the individual.

Keywords: application of the law; medical ethics; reporting of irregularities; malpractice

Resumo

A medicina veterinária como profissão na Colômbia remonta-se a 1884. Em 1985 conformou-se o Conselho Profissional de Medicina Veterinária e Zootecnia da Colômbia (Comvezcol), e posteriormente, mediante Lei 576 de 2000, foi criado o código de ética para a prática profissional da medicina veterinária e zootecnia, bem como o Tribunal Nacional de Ética Profissional (Trinadep), a fim de processar reclamações, conduzir investigações e instruir ações disciplinares contra profissionais das ciências animais. Na Colômbia não tem se encontrado relatórios que permitissem uma análise das violações do código de ética, pelo qual este artigo visa descrever as violações mais frequentes no período 2014-2017. Para isso, foi realizado um estudo retrospectivo das sanções impostas pelo Trinadep por violações da Lei 576 de 2000. De acordo com os dados obtidos durante o período de estudo, 96 profissionais foram sancionados, dos que 53,13% foram médicos veterinários e 42,71% foram médicos veterinários zootécnicos. Observou-se maior taxa de infracção em homens (75%). Os artigos 5 (22,3 %), 13 (20,56 %), 61 (19,51 %), 27 (12,2 %) e 20 (9,06 %) foram os mais violados. Estes dados permitem concluir que é necessária a sensibilização de alunos e profissionais em alguns aspectos do desempenho profissional, como são o preenchimento adequado da anamnese e o consentimento informado, o uso correto de auxílios diagnósticos e o uso de terapêuticas acordes com o indivíduo.

Palavras-chave: aplicação da lei; ética médica; denuncia de irregularidades; má práxis

INTRODUCCIÓN

La medicina veterinaria como profesión en Colombia se remonta a 1884, con la llegada de Claude Vericel, quien inauguró la primera facultad de medicina veterinaria en la Universidad Nacional de Colombia en Bogotá. Fue una de las primeras en Latinoamérica (1,2). En 1985 se conformó el Consejo Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia y Zootecnia de Colombia (Comvezcol), a través del artículo 7 de la Ley 73 de 1985, y reglamentado a través del Decreto 1122 de 1988, con el objeto de darle un ordenamiento al ejercicio profesional y colaborar con la calidad y pertinencia de los programas. Con esto empezó la reglamentación de la profesión. Pero solo más de 100 años después, en 2000, se creó el código de ética para el ejercicio profesional de la medicina veterinaria, medicina veterinaria y zootecnia y zootecnia, así como el Tribunal Nacional de Ética Profesional (Trinadep) mediante la Ley 576 de 2000. Este último inició sus funciones en abril de 2001 (3,4).

El Trinadep se creó con el fin de tramitar las quejas, adelantar investigaciones e instruir las acciones disciplinarias contra los profesionales de las ciencias animales que incurran en el incumplimiento de la norma, y así proteger a los usuarios de posibles abusos o negligencias en la prestación de servicios profesionales. En Colombia son frecuentes las denuncias ante este tribunal, sobre todo en contra de médicos veterinarios dedicados a la práctica clínica, debido principalmente a omisión por desconocimiento de la ley, con lo que se incurre así en mala praxis (3,5).

Se ha considerado que dentro de los errores más frecuentes se encuentran las fallas en el diligenciamiento de consentimiento informado y la historia clínica, difamación o calumnia entre colegas, errores en la medicación, falta de supervisión y seguimiento de casos clínicos, fallas en el reconocimiento de las complicaciones asociadas al tratamiento, resucitación cardiopulmonar no efectuada o realizada inadecuadamente, fallas o retardos en la hospitalización, supervisión inadecuada del auxiliar u otro personal y la ejecución de cirugías o procedimientos contraindicados (6). Sin embargo, no se han encontrado reportes publicados que permitan realizar un análisis de las faltas más frecuentes al código de ética, y que por ende permitan una retroalimentación en los entes académicos y su abordaje desde la formación en el pregrado, con el fin de aminorar la incidencia de estas faltas. Por tal razón, en este artículo se busca describir cuáles son las faltas más frecuentes que se cometen en el ejercicio de la medicina veterinaria y zootecnia en Colombia en el periodo 2014-2017, por violación a la Ley 576 de 2000.

MATERIALES Y MÉTODOS

Se realizó un estudio descriptivo retrospectivo, en el cual se analizaron las sanciones impuestas por el Trinadep a los profesionales de las áreas de medicina veterinaria, medicina veterinaria y zootecnia y zootecnia por infracción de alguno de los apartados contenidos en la Ley 576 de 2000 en Colombia entre 2014 y 2017. La información fue obtenida a través de las publicaciones de las sanciones de médicos veterinarios, médicos veterinarios zootecnistas y zootecnistas que realiza el Trinadep en la página de Comvezcol. También se obtuvo como fuente de información los comunicados oficiales de Comvezcol, que se emiten a las facultades de medicina veterinaria, medicina veterinaria y zootecnia y zootecnia de todo el país, conforme a lo consignado en el artículo 135 de la Ley 576 de 2000.

Para cada caso se determinó cuáles fueron los artículos de la Ley 576 de 2000 que fueron infringidos con mayor frecuencia por los médicos veterinarios, médicos veterinarios y zootecnistas y zootecnistas en Colombia, y se consideró, además, el año de la sanción, sexo, profesión y si hubo reincidencia. Con la información recopilada se realizó una base de datos en Excel® 2016 y se corrió estadística descriptiva utilizando tablas de frecuencias y gráficos de distribución para el análisis de cada variable cualitativa.

RESULTADOS

Según los datos obtenidos en el periodo comprendido entre 2014 y 2017, el Trinadep sancionó un total de 96 profesionales, de los cuales el 53,13 % fueron médicos veterinarios y el 42,71 % fueron médicos veterinarios zootecnistas; el 6,25 % correspondió a casos reincidentes (figura 1). Al evaluar la frecuencia anual de sanciones se observa una tendencia al incremento conforme avanzan los años (figura 2).

Fuente: elaboración propia

Figura 1 Distribución de los profesionales sancionados en el periodo 2014-2017 por profesión 

Fuente: elaboración propia

Figura 2 Frecuencia anual de sanciones realizadas por el Trinadep en el periodo 2014-2017 

Al evaluar la distribución de los profesionales sancionados en el periodo 2014-2017 según su sexo, se observa una mayor tasa de infracción en hombres (75 %) (figura 3). Al realizar el análisis por años se observa que también son los hombres quienes aumentan la frecuencia de infracción con el trascurso de los años (figura 4).

Fuente: elaboración propia

Figura 3 Distribución de los profesionales sancionados en el periodo 2014-2017 según su sexo 

Fuente: elaboración propia

Figura 4 Distribución de profesionales sancionados en el periodo 2014-2017 por sexo y año 

En las sanciones realizadas por el Trinadep durante el periodo 2014-2017 se encuentra que en el 81,26 % de los casos el número de artículos infringidos en cada sanción varió entre 2 y 4 (figura 5).

Fuente: elaboración propia

Figura 5 Frecuencia de artículos infringidos en cada sanción realizada por el Trinadep durante el periodo 2014-2017 

Se infringieron un total de 21 artículos de la Ley 576 de 2000, entre los cuales los artículos 5 (22,3 %), 13 (20,56 %), 61(19,51 %), 27 (12,2 %) y 20 (9,06 %) fueron los que presentaron una mayor frecuencia de infracción (figura 6).

Fuente: elaboración propia

Figura 6 Distribución de los artículos objeto de sanción por el Trinadep según su frecuencia de infracción en el periodo 2014-2017 

El tiempo de suspensión de la matricula profesional varió entre 25 y 728 días; la sanción impuesta con mayor frecuencia fue la correspondiente a 60 días (30,2 %), seguido por las de 90 (25 %) y 180 días (13,5 %) (figura 7).

Fuente: elaboración propia

Figura 7 Frecuencia de sanciones realizadas por el Trinadep en el periodo 2014-2017 según los días de suspensión de la matricula profesional 

DISCUSIÓN

Toda profesión requiere para su ejercicio dar atención o prestar un servicio de calidad, lo que lleva implícito gran responsabilidad, y exige a quien la ejerce cumplir con principios científicos, técnicos y éticos, de modo que toda acción profesional debe estar direccionada por un saber actualizado que permita actuar según la evidencia científica. Esto permite un ejercicio efectivo de acuerdo con el conocimiento y la técnica (7).

La medicina veterinaria es una profesión que sirve al hombre a través del uso racional de los animales (8), y de la cual, en términos generales, se tiene un concepto errado o hay desconocimiento de su importancia en la sociedad, ya que, desde los profesionales del área, ya sea de manera individual o gremial, no se ha promovido adecuadamente la profesión para darle el estatus que se merece (9). Esto se refleja en parte en el fortalecimiento que se hace en las áreas académica, técnica y de equipos, y en actuar con bases científicas cuando se desea mejorar la calidad de los servicios profesionales, pero se descuida el componente ético y comportamental (5,6).

En la actualidad se han establecido en diversos países códigos de ética que, mediante la declaración de principios y valores, determinan una serie de deberes y derechos que permiten incorporar y asumir fundamentos morales y éticos de carácter general dentro del ejercicio profesional. Estos se constituyen en una guía para el buen desempeño profesional, puesto que toda persona durante el ejercicio de su profesión encontrará situaciones y acciones que podrían poner en duda su debida conducta, y en muchos casos la propia profesionalidad (7).

El concepto de responsabilidad médica surge aproximadamente en 2392 a. C., cuando apareció el código del Rey Hammurabi, del cual al menos nueve leyes se dedicaban a las faltas y castigos para los médicos. Muchas otras civilizaciones a través del tiempo también han establecido penas y sanciones para los médicos que abandonaran o perjudicaran un paciente en ocasión de su ejercicio profesional. En Colombia, son frecuentes las denuncias ante el Trinadep contra los médicos veterinarios, especialmente aquellos que se desempeñan con pequeñas especies animales. Esto quizá es debido a que la gran mayoría desconocen la legislación que regula el ejercicio de la profesión y las sanciones legales, tanto penales como civiles, que les pueden imponer por una mala praxis (5,6).

Los determinantes morales y éticos de quien ejerce la medicina veterinaria y zootecnia en Colombia deben estar en concordancia con los principios establecidos en los referentes normativos que rigen la profesión, consignados en la Ley 576 de 2000, con el fin de garantizar un adecuado y consciente ejercicio profesional (8). Esta ley dictamina el código de ética profesional de la medicina veterinaria, que tiene un total de 137 artículos en los cuales se puede evidenciar una parte donde se consigna el tipo de conductas no permitidas (artículos 1 al 95), y otra parte donde se dispone el procedimiento que debe seguir el Trinadep ante las conductas denunciadas (artículos 96 al 137). Como aspecto relevante, el código establece que para ejercer la profesión no es suficiente el acta de grado o el diploma emitido por una entidad universitaria oficialmente reconocida, sino que se requiere una matrícula profesional emitida por Comvezcol, que es el organismo que, a través del Trindep, podrá amonestar o suspender hasta por cinco años a los profesionales por responsabilidad disciplinaria ético-profesional cuando estos infrinjan los lineamientos del código de ética profesional (5). En este estudio se encontró que alrededor de un 20,7 % de las suspensiones del ejercicio profesional se dieron por un periodo igual o superior a los seis meses, y solo el 5,2 % tuvieron una duración igual o superior a los 12 meses.

Las sanciones se realizaron principalmente contra profesionales médicos veterinarios y médicos veterinarios zootecnistas, resultados que se corresponden con lo planteado por Riaño, quien argumenta que esto es debido a que tales profesionales son los que se dedican a la atención en salud de las mascotas (5).

Se encontró además que, proporcionalmente, los hombres presentaron una mayor frecuencia de sanciones por parte del Trinadep. Esta diferencia para cada sexo se explicaría en parte porque, según datos del Observatorio Laboral del Ministerio de Educación Nacional de Colombia, hasta 2016 se graduaron una mayor cantidad estudiantes hombres de las carreras medicina veterinaria, medicina veterinaria y zootecnia y zootecnia (10).

En este estudio se evidencia que las infracciones se comenten con mayor frecuencia por:

  • No hacer uso de todos sus conocimientos y capacidades para cumplir cabalmente la misión profesional, o no mantener un alto nivel de competencia (artículo 5).

  • No hacer una evaluación completa del estado de salud de los pacientes por no dedicar el tiempo necesario a su evaluación, para poder así indicar los exámenes complementarios indispensables para precisar el diagnóstico y prescribir la terapéutica indicada para cada caso (artículo 13).

  • No elaborar o diligenciar de forma adecuada la historia clínica, o comunicar públicamente esta información (artículo 61).

  • No comunicar al usuario de sus servicios el tipo de tratamiento, los riesgos o los efectos adversos que genera su aplicación, así como la evolución y el pronóstico esperado del caso (artículo 27).

  • No mantener una presentación personal, así como de instalaciones (clínica, hospital o área de trabajo) con decoro, dignidad, respeto e higiene, que cumpla con los requisitos de ley para su funcionamiento, y la falta de exhibición en lugar visible tanto el título como la matrícula profesional que los acredita para la prestación de los servicios (artículo 20).

Estos hallazgos se corresponden con comunicaciones previas en las cuales se ha señalado como principales causas de sanción el desconocimiento de la ley, particularmente en lo correspondiente al diligenciamiento correcto del consentimiento informado y la historia clínica, los errores en el diagnóstico o proceder médico -reflejado en el mal uso de las ayudas diagnósticas y el poco tiempo dedicado a la atención del paciente-, la supervisión inadecuada del auxiliar u otro personal y la falta de información ofrecida a los propietarios (6,11).

A escala internacional no se han encontrado estudios similares acerca de las infracciones al código de ética establecido en cada país. Los pocos estudios encontrados abordan el tema de la ética profesional desde la visión del médico veterinario (12), o realizan comparaciones entre códigos de ética de diversas profesiones (7). En el contexto nacional son comunes las publicaciones acerca de la infracción a leyes de bienestar animal y sobre bioética con animales de investigación (8,13,14). Sin embargo, el único estudio encontrado acerca de los errores más frecuentes presentados al Tribunal de Ética de medicina veterinaria y zootecnia por violación a la Ley 576 de 2000 corresponde a una tesis de pregrado de 2014 en la Universidad Tecnológica de Pereira, en la cual se evaluaron las sanciones emitidas por el Trinadep en el periodo 2010-2014. Este documento reportó de forma similar a lo encontrado en este estudio que hubo mayores infracciones de los artículos 13 y 61, lo que muestra que algunos profesionales no hacen uso adecuado de los exámenes complementarios -hecho que dificulta más llegar a un diagnóstico o a formular una alternativa terapéutica apropiada- y tampoco realizan de manera adecuada el diligenciamiento de la historia clínica (15).

Este estudio permite resaltar las conclusiones planteadas por otros autores acerca de la necesidad de promover la enseñanza de la ética en la formación profesional de manera transversal, no solo como una materia particular dentro de los programas académicos. También denota la responsabilidad de las instituciones de educación superior y agremiaciones profesionales en la formación ética y moral de los médicos veterinarios (12).

CONCLUSIONES

Los datos ofrecidos en el presente estudio pueden usarse como bases para la enseñanza de la ética profesional en el ejercicio de la medicina veterinaria, medicina veterinaria y zootecnia y zootecnia en las distintas universidades del país. Sirven, además, como fuente de información para diseñar estrategias y métodos pedagógicos en las instituciones académicas, asociaciones de médicos veterinarios o desde Comvezcol, para la concientización de estudiantes y profesionales respecto a la importancia del buen desarrollo de la profesión, en procura de mejorar aspectos como:

  • La dedicación del tiempo suficiente a la valoración clínica de cada paciente y el uso adecuado de ayudas diagnósticas o paraclínicas.

  • La importancia de un adecuado diligenciamiento de la historia clínica.

  • La importancia de la comunicación oportuna y eficaz con los propietarios, que explique de manera adecuada la situación del paciente y lo planteado en los consentimientos informados.

  • La instauración de alternativas terapéuticas acordes con el individuo y su estado patológico, que tenga en cuenta las condiciones particulares de cada caso.

  • La necesidad de capacitación constante para un adecuado desempeño profesional.

REFERENCIAS

1. Rivera García O. Historia de la medicina veterinaria. REDVET [Internet]. 2009 [citado 2018 may. 5];10(5). Disponible en: Disponible en: http://www.veterinaria.org/revistas/redvet/n050509B.htmlLinks ]

2. Villamil Jiménez LC. Apuntes sobre el inicio de las ciencias veterinarias en Colombia. Rev Univ La Salle. 2008;(45):95-104. [ Links ]

3. Comvezcol. Reseña histórica [internet]. 2018 [cited 2019 May 12]. disponible en: disponible en: http://www.comvezcol.org/quienes-somos/Links ]

4. Correa Nieto R. El Consejo Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia de Colombia y reflexiones sobre el futuro de la formación en Ciencias Pecuarias. Rev Colomb Ciencias Pecu. 2013;26:253-8. Disponible en: https://aprendeenlinea.udea.edu.co/revistas/index.php/rccp/article/view/324837/20782324Links ]

5. Riaño Benavides C, Moreno Mora H, Piedrahíta Vadon C. La responsabilidad y la ética en el ejercicio de la medicina veterinaria en pequeñas especies animales. Bogotá: Consejo Profesional de Medicina Veterinaria y de Zootecnia en Colombia; 2014. [ Links ]

6. Riaño Benavides C. Breve análisis del ejercicio profesional en clínica y cirugía de pequeñas especies animales. Rev Colomb Cienc Pecu. 2014;27(3):63-4. [ Links ]

7. Castillo Briceño C. Fundamentos de los códigos de ética de los colegios profesionales. Educación. 2010;34(1):119-41. [ Links ]

8. Estrada Cely GE, Cedeño JA. Referente normativo del bienestar animal en Colombia : una mirada al ejercicio profesional de la medicina veterinaria y zootecnia. REDVET . 2017;18(9):1-23. www.veterinaria.org/revistas/redvet/n090917/091761.pdfLinks ]

9. Leyva-Ocariz H. La preparacion e importancia del médico veterinario. REDVET [internet]. 2005 [citado 2018 dic. 15];6(05). Disponible en: Disponible en: http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=63617216001Links ]

10. Ministerio de Educacion Nacional M. Observatorio laboral: Graduados [internet]. 2018 [citado 2018 oct. 8]. Disponible en: Disponible en: http://bi.mineducacion.gov.co:8080/o3web/jdesktop.jspLinks ]

11. Gutierrez Velez E. Los siete olvidos [internet]. 1ª. ed. Bogotá: Consejo Profesional de Medicina Veterinaria y de Zootecnia de Colombia [citado 2018 dic. 5]; 2015. Disponible en: Disponible en: http://www.comvezcol.org/wp-content/uploads/2017/05/LOS-SIETE-OLVIDOS-PARA-WEB.pdfLinks ]

12. Saravia C, Sánchez A, Balestri L, Ferrán A. Ética y moral profesionales según los médicos veterinarios pampeanos. Sus premisas y el Código de Ética y Disciplina. Cienc Vet. 2016;18(1):67-91. Disponible en: http://www.biblioteca.unlpam.edu.ar/pubpdf/revet/v18n1a06sanchez.pdfLinks ]

13. Buitrago Ruiz JD. La nueva ley de maltrato animal y la responsabilidad del médico veterinario. Rev CES Med Vet y Zootec. 2016;11(1):6-7. Disponible en: http://revistas.ces.edu.co/index.php/mvz/article/view/3813/2526Links ]

14. Landínez ÁY, Tenorio Sosa S, Puentes Tarazona V. Bioética y bienestar animal en medicina. Conex JDC. 2014;4(2):79-89. Disponible en: https://www.jdc.edu.co/revistas/index.php/conexagro/article/view/210/233Links ]

15. Arias López L, Osorio García MV. Errores más frecuentes presentados al tribunal de ética profesional de medicina veterinaria y zootecnia por violación a la ley 576/00 entre los años 2010 y 2014 [tesis de grado]. Pereira, Colombia: Universidad Tecnológica de Pereira; 2014 . Disponible en: https://docplayer.es/1990269-Errores-mas-frecuentes-presentados-al-tribunal-de-etica-profesional-de-medicina-veterinaria-y-zootecnia-por-violacion-a-la-ley-576-00-entre-los-anos.htmlLinks ]

Cómo citar este artículo: Zambrano Valdés ER, Gil Blandón LF, Henao Garnica S, Buitrago Mejía JA. Faltas frecuentes a la Ley 576 de 2000 presentadas al Tribunal de Ética Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia en Colombia durante el periodo 2014-2017. Rev Med Vet. 2019;(38). https://doi.org/mv.vol1.iss38.11

Recibido: 05 de Febrero de 2019; Aprobado: 27 de Mayo de 2019

Creative Commons License Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons