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Revista Derecho del Estado

Print version ISSN 0122-9893

Rev. Derecho Estado  no.54 Bogotá Jan./Apr. 2023  Epub Feb 04, 2023

https://doi.org/10.18601/01229893.n54.12 

Artículos

Hacer especie en el juzgado: el caso del oso "Chucho"**

The Making of a Species in the Judicial Context: The Case of "Chucho" the Bear

CAROLINA ÁNGEL BOTERO* 
http://orcid.org/0000-0002-1798-3256

* Doctora en Antropología, abogada y antropóloga de la Universidad de los Andes, Bogotá, Colombia. Su trabajo explora las intersecciones entre la ciencia y el derecho. Esta investigación se da en el marco del proyecto RULNAT-Ruling on Nature. Animals and the Environment before the Court, financiado por la ANR (ANR-19-CE03-006)-Agencia Nacional de Investigación de Francia, coordinado por el Centro de Estudios del Himalaya, en colaboración científica con el Laboratorio de Etnología y Sociología Comparada, el Centre de Recherches Internationales (SciencesPo) y la Universidad Libre de Bruselas. Contacto: cangelb@gmail.com ORCID ID: 0000-0002-1798-3256.


RESUMEN

En este texto recurro a las ciencias biológicas y, en particular, a las técnicas de colecta de especímenes para ilustrar a través de estas prácticas de qué manera se produce igualmente un animal en el espacio del juzgado. En esta exploración utilizo el caso del oso "Chucho" que llegó a la Corte Constitucional de Colombia en 2017, para reflexionar sobre cómo se es animal ante el juez y las condiciones en las que este oso puede o no "hablar". Para este análisis utilizo la decisión de la Corte, las observaciones durante la audiencia pública convocada en 2019 en la que participaron diferentes expertos, así como el cubrimiento dado en medios al caso. En mi discusión planteo la importancia de prestar atención a las formas como se producen los sujetos, y cómo las maneras en que lo hacemos actualmente nos alejan de la pretensión orientada hacia una justicia multiespecie.

PALABRAS CLAVE: Derechos de los animales; Corte Constitucional de Colombia; justicia mul-tiespecie; oso de anteojos; ciencia y derecho; fabricación legal

ABSTRACT

In this text I turn to the biological sciences and, in particular, to the techniques of specimen collection to illustrate through these practices how an animal is produced in the space of the courtroom. In this exploration I use the case of the bear "Chucho" that reached the Colombian Constitutional Court in 2017, to reflect on how one is an animal before the judge and the conditions under which this bear may or may not "speak". For this analysis I use the Court's decision, the observations during the public hearing convened in 2019 where different experts participated, as well as the media coverage given to the case. In my discussion I raise the importance of paying attention to the ways in which subjects are produced, and how the ways in which we currently do so distances us from a claim towards a multispecies justice.

KEYWORDS: Animal rights; Constitutional Court of Colombia; multispecies justice; spectacled bear; science and law; legal fabrication

SUMARIO

Introducción. 1. Historia de una colecta en el juzgado: el caso del oso "Chucho". 2. Las relaciones humanos-osos. 3. ¿Puede "Chucho" "hablar"? Conclusión. Referencias.

INTRODUCCIÓN

En enero de 2020 proliferaron en los medios de comunicación titulares donde se indicaba que a "Chucho", un oso de anteojos, no le habían sido reconocidos sus derechos. Había llegado en 2017 al zoológico de Barranquilla, Fundazoo, trasladado desde una reserva en Manizales. La indignación de un ciudadano llevó a este, ese mismo año, a presentar una acción de habeas corpus, figura que se utiliza en casos de detenciones arbitrarias y tiene como finalidad que se otorgue la libertad de la persona detenida. Si bien en la primera instancia el juez determinó que la acción era improcedente, el juez superior le concedió el derecho al oso. En esa ocasión, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia no solo determinó que los animales son seres sintientes, como ya lo establece la legislación nacional y la jurisprudencia1, sino que determinó que en este caso una protección reforzada del animal consistía en reconocer a "Chucho" de manera particular como titular de derechos. En ese sentido, argumentó el magistrado:

[E]n la estructura actual del derecho son sujetos el inmenso grupo de personas jurídicas: sociedades comerciales, asociaciones, colectividades públicas, a las cuales siendo realidades inanimadas se les reconoce personalidad jurídica y algunas garantías procesales. ¿Por qué no otorgar personalidad jurídica a las otras realidades verdaderamente "animadas" sintientes y vivas, más allá de la apreciación del tradicional deber humano de protección de la naturaleza como objeto?2.

En este artículo quisiera referirme a esta pregunta sobre los objetos y sujetos de derecho desde el concepto de "fabricación" de Alain Pottage3. Este término, explica el autor, hace referencia a modos de acción, textos, prácticas, instrumentos y técnicas legales que construyen estos objetos/sujetos4. "La pregunta ahora no es cómo encajar entidades en la categoría 'correcta', sino explorar cómo emerge y se desarrolla una categoría en sí misma"5. En este sentido, el objetivo es mostrar de qué manera, en un contexto particular, se movilizan técnicas legales de personificación y cosificación6. Bajo esta mirada, mi interés está puesto en analizar cómo se construye esta categoría de animal en el caso del oso "Chucho", en particular, cuando este llega a la Corte Constitucional de Colombia.

Para mostrar cómo se construye la categoría de animal en la Corte voy a recurrir a la ciencia y, en particular, a las formas como desde la biología se crean los animales. Este ha sido el conocimiento por excelencia para hablar por y sobre la naturaleza, y es en este circuito que "Chucho" navega a través de categorías como especie o a través de argumentos como el de los aportes de los osos a los ecosistemas. Así, en la etapa de revisión del caso en la Corte, además de las intervenciones ciudadanas y de la realización de una audiencia pública para escuchar las opiniones de expertos, la corporación solicitó, entre las pruebas, una caracterización de la especie, además de las condiciones de vida del oso, con el fin de contar con los elementos técnicos necesarios para tomar una decisión7.

Hacer especie en el juzgado, como lo propone el título de este texto, es detenerse en estos elementos técnicos y en los mundos que se crean a partir de allí8. Mi llamado es a ser más reflexivos frente a los conocimientos que utilizamos para pensar los mundos que creamos. Existe un acuerdo, casi generalizado, en el sentido de que el conocimiento científico es el tipo de información que se requiere para resolver casos como el de "Chucho". Sin la intención de restarle importancia, mi interés es mostrar cómo se hace la colecta de un espécimen, y desde allí hacer un paralelo con lo que ocurre en el espacio judicial. En ambos casos, el oso como objeto de la ciencia y como sujeto del derecho se produce a partir de prácticas que lo separan de lo que ha sido su vida con humanos.

Por lo tanto, quisiera llevar al lector a colectar especímenes. Durante el año 2018 participé en una serie de expediciones que se denominaron Colombia Bio, acompañando a biólogos en el ejercicio de capturar, clasificar y registrar distintas especies para el inventario nacional. A partir de ese trabajo he avanzado en una serie de reflexiones sobre la relación entre el derecho y la ciencia9, y en este caso particular el objetivo es el de inspirarme en este ejercicio científico para pensar el espacio que ocupan los animales en el escenario judicial. Para ello, voy a utilizar tanto las notas de campo durante la audiencia del "Oso Chucho" en la Corte Constitucional de Colombia, como el texto de la sentencia resultado de este caso (SU-016 de 2020), para pensar cómo se hace especie y cómo "colectan" sus especímenes los jueces. Igualmente, me apoyo en el cubrimiento que los medios hicieron del caso, con el fin de mostrar desde otro lente lo que es y ha sido la vida de "Chucho" por fuera del juzgado. El objetivo es brindar una mirada crítica de este ejercicio judicial frente a la promesa de la protección animal y los derechos de la naturaleza en términos más amplios.

¿Qué sucede con la colecta y por qué es importante para analizar el caso? Me referiré brevemente a mi trabajo de campo en 2018 para ilustrar el argumento con el que quiero desarrollar el análisis en este texto. La colecta consiste en tomar un individuo -bien sea planta, animal, hongo o cualquier otro tipo de organismo-, sacrificarlo e introducirlo en una colección científica. Para las aves, todo comienza temprano en la mañana, mucho antes de que salga el sol. Las redes de niebla que se utilizan para sus capturas, ya instaladas, se desenrollan con el primer rayo de sol. A unos cientos de metros, los ornitólogos se sientan a esperar y a conversar. Cada hora pasan a la red a desenredar lo que haya caído. Se sueltan las patas de los hilos y se guarda el ave en una bolsa de tela. Algunos duermen, otros aletean y, mientras tanto, los científicos van revisando cada uno de los animales. Los miden, los pesan, y se hace una primera identificación de la especie a la que podrían pertenecer. En caso de duda, se saca la guía de aves y se coteja en el sitio con los datos del libro. La información queda consignada en una planilla. Hacia el mediodía se enrolla nuevamente la red y se llevan solo aquellos ejemplares que son de interés para la colección, el resto se libera. En el laboratorio improvisado en campo se prepara el ave, que es otra palabra para hablar de sacrificio. Se le amarra una etiqueta en la pata con los datos recolectados. Se guarda con cuidado en una caja que irá al laboratorio en la ciudad donde ingresa el ejemplar en la colección. Así comienza otra vida para el ave, en donde el nombre científico es un bautizo que le permite circular por un mundo relacionado con el conocimiento que la ciencia produce de su colecta con publicaciones, líneas base y estadísticas.

Aunque existe una secuencia clara en la que uno podría llegar a pensar que el ave que vuela y cae en la red de niebla es igual al espécimen que termina en la colección, se trata de dos animales distintos10. El primero que se ve volando, mantiene unas relaciones con el entorno, con los otros animales y seres vivos en un espacio particular. El segundo, el que sale de la red, es el producto de las prácticas científicas que lo producen. Dicho de otra manera, su preparación se hace de forma que sirva para los fines de la ciencia, de ahí que la toma de datos y muestras se haga de una forma específica. Por ejemplo, entre estos ejercicios, se desprende un ala y se ubica de manera que quede extendida con el fin de que un investigador que se dedique a estudiar alas tenga a su disposición la información necesaria. Una mala preparación, donde se alteren las características del ave, hace que este objeto no sirva para la ciencia.

Con el oso "Chucho" sucede algo similar: el oso que habita hoy en el zoológico de Barranquilla, o el que salió de La Planada, Nariño, a mediados de los años noventa, es otro diferente al que aparece en medio de jueces, las leyes, la jurisprudencia, los expertos, los medios y el público de la sala de audiencias de la Corte Constitucional. Al igual que las prácticas científicas, hay una ilusión que nos hace pensar que estamos hablando de lo mismo. En esta ocasión, "Chucho" también es sacado de su contexto, de la misma forma que el ave que se vuelve especie, y empieza a circular en otro espacio, distante de las relaciones que ha mantenido en esta vida particular de oso. Para poder ocupar el espacio de lo judicial, el oso es "preparado" por todos aquellos que hacen parte del proceso judicial, de manera que pueda servir a los intereses legales. Durante la audiencia en la Corte Constitucional se puede observar ese momento de transformación y de separación del oso "Chucho" en un objeto/sujeto legal. Así como deben ocurrir una serie de prácticas científicas para que el ave salga de la red y se inserte en el universo de la ciencia, algo similar sucede con el oso. De la misma manera en que son los científicos los que definen qué animales son especie, en el contexto legal es a través de los jueces que se produce una forma particular de animal que sirve a la discusión legal.

1. HISTORIA DE UNA COLECTA EN EL JUZGADO: EL CASO DEL OSO "CHUCHO"

La historia del oso "Chucho" se ha construido a partir de la disputa judicial por regresarlo a la Reserva Río Blanco en Manizales. Luis Domingo Gómez, el ciudadano que decidió tomar la representación del oso, alegó que se le había violado su derecho a la libertad individual al desmejorar, en su concepto, las condiciones de cautiverio. De "Chucho" no conocemos más que algunos datos, tales como que nació y ha vivido en cautiverio toda su vida. Fue trasladado a Manizales, a la reserva donde permaneció varias décadas, en el marco de un programa que buscaba repoblar el oso andino. Sin embargo, la osa que lo acompañaba para tal fin era su hermana, por lo que no se logró el objetivo esperado. Años más tarde ella murió, y según se da cuenta en la audiencia y en la sentencia, la situación del oso se desmejoró al encontrarse solo en un potrero rodeado de alambre de púas. En 2017, la reserva Río Blanco recibió una notificación por parte del zoológico de Barranquilla en donde indicaba que estaba en busca de un oso andino que no pudiera ser liberado, y que contaba con especialistas para su cuidado, además de la compañía de una osa. Dado que las condiciones del oso mejorarían de ser trasladado, la Corporación Autónoma de Caldas, autoridad que tenía el cuidado del oso, consideró que allí estaría mejor puesto que su alimentación hasta el momento había consistido en concentrado de perro, además de disponer de veterinarios especialistas que podrían monitorear su estado de salud.

Ante el fallo de la Corte Suprema de Justicia en el que se concede el derecho al habeas corpus al oso y se ordena regresarlo a la reserva, el zoológico de Barranquilla presentó una acción de tutela alegando que no solo había una violación a su derecho al debido proceso, sino que, además, esta figura legal tan solo protege la libertad individual de los seres humanos. En 2018, la Corte Constitucional selecciona el caso para su revisión, y en un oficio presentado por Fundazoo, se le solicita a este tribunal realizar una audiencia pública "con el fin de convocar a expertos sobre la materia para debatir sobre las 'razones científicas y jurídicas de la inconveniencia de permitir la protección de los animales a través de acciones constitucionales referentes a derechos fundamentales'"11. Así que el 8 de agosto de 2019 se convocó lo que sería la audiencia del caso del oso "Chucho".

La sala de audiencias se encuentra en el Palacio de Justicia en Bogotá, en donde una mesa ovalada, dividida en dos, separa lo que sería el espacio para los jueces y, al frente, pero más abajo, el lugar donde se ubican los expertos invitados. La sala estaba completamente llena, y aunque fue difícil encontrar un espacio, logré sentarme entre el público y sacar mi libreta de apuntes. Mientras me preparo para una jornada en la Corte, la magistrada explica el orden de la sesión: "La primera parte de la audiencia tiene la finalidad de centrar la discusión en la situación del oso andino como animal silvestre, y dentro de dicha especie, el oso Chucho"12. En mis notas escribo: "El oso andino y el oso Chucho ¿son lo mismo?". Precisamente esta distancia entre los dos osos es lo que había estado observando el año anterior entre biólogos. A pesar de la cercanía, el oso andino en plural, y "Chucho", de manera individual, permiten la formulación de diferentes preguntas ante el debate que se planteaba ese día en la Corte. Por un lado, cuando se habla del oso de anteojos como especie, se hace referencia a las políticas públicas dirigidas a su protección en Colombia. Para responderlas estaban el ministro de Ambiente, la directora de Parques Nacionales, los directores de las corporaciones autónomas Corpocaldas y Corpoguavio, y dos expertos en osos de anteojos. De "Chucho" quedaba solo su relación con la especie. El ministro y la directora de Parques hicieron referencia al Programa Nacional de Conservación del Oso Andino de 2001, y a la necesidad de una actualización. La conexión entre "Chucho" y el programa era prácticamente inexistente. En su vida de oso, las ideas sobre la conservación, la protección y el cuidado lo habían dejado en un potrero de 2.700 m2 con los operarios de Aguas de Manizales como sus cuidadores principales. De esta forma, la vida y el bienestar de "Chucho" apenas se apreciaba brevemente en las intervenciones de expertos que habían recibido algunos datos sobre un oso, al que se le dio un nombre para diferenciarlo de los demás.

A continuación, el solicitante del habeas corpus inició su presentación: "Mi cliente agradece este gran espacio de ilustración no solo por el significado que tiene en su caso particular, sino por lo que representa para los animales no racionales. Es un gran escenario para hablar de derechos humanos"13. Tampoco en esta oportunidad se trataba de "Chucho". De alguna manera, el oso se convertía en esta sala de audiencias en un representante de animales de distintas especies para hablar sobre un tema que, si bien guardaba relación con el oso, no era sobre su situación en particular específicamente. "Chucho" resultaba ser un portavoz, que, como explica Latour, no es una persona promedio. Cuando se dirige el portavoz sobre un asunto en particular, no es la persona en sí misma quien habla, sino que es en nombre de muchos cuerpos y cosas que aquel habla14. Con el oso sucedía algo similar. A través de las intervenciones de los expertos, "Chucho" encarnaba las voces de otros osos y otros animales.

A medida que el abogado avanzaba en su intervención, era evidente que "Chucho" estaba cada vez menos presente. Para terminar su presentación concluyó:

Chucho fue elegido presidente del zoológico de Barranquilla por el periodo constitucional 2018-2020. Una auténtica contradicción, pues quienes promovieron su elección no creen en sus derechos. Sin embargo, como demócrata probado, mi cliente solicita se le releve de tan humana responsabilidad y se le permita presidir su libertad y vivir en un lugar similar al que por su naturaleza pertenece, disfrutando del aire fresco de las bromelias, las bayas, los burgos [sic], las raíces, los hongos, y uno que otro bocado de proteína animal acompañado de los cuidados médico-veterinarios adecuados. Solicito a la honorable Corte Constitucional que en virtud del principio de protección animal que impone la erradicación del cautiverio, revoque las decisiones de tutela hoy consultadas y ordene a las autoridades concernidas dar cabal cumplimiento al habeas corpus en favor de mi cliente, en los términos señalados en la sentencia del 26 de julio de 2017 profesada por la honorable Corte Suprema de Justicia en su sala civil y con ponencia del doctor Luis Armando Tolosa Villabona. Muchísimas gracias15.

Tan pronto terminó su intervención, el abogado saludó a un par de personas, tomó sus cosas y salió de la sala. En ese momento comenzaba su intervención el abogado de Fundazoo. No resulta extraño que haya decidido no mencionar el nombre de "Chucho" en su intervención, lo que justificó como un llamado a no humanizar a los animales. Por el contrario, mantuvo la necesidad de implementar medidas de protección animal, pero no bajo un modelo en el que los humanos determinaran los derechos de los animales, sino a partir del conocimiento científico que permita hablar y explicar la vida animal.

Su llamado era a ubicar la ciencia como el principal interlocutor en la construcción de estos mundos que se conectan16.

Pero esta situación, en la que "Chucho" es un portavoz, solo se profundiza más con la manera como aparece el conocimiento científico en la Corte. Si bien son los científicos interlocutores necesarios en estos debates, no debe ser este conocimiento experto el que se convierta en la voz autorizada para hablar por otros. Me voy a detener un momento en la colecta desde la biología para hacer un paralelo con lo que sucede aquí. El ejercicio de hacer especie comienza con la colecta en campo de diversos ejemplares. Si bien para ese momento puede que el investigador tenga una leve sospecha de un nuevo registro para la ciencia, solo será luego de su llegada al laboratorio cuando, a través del trabajo comparativo, se podrá determinar si el espécimen colectado en campo es diferente a otros ejemplares en la colección. Después de este procedimiento, se publicarán los resultados en una revista especializada para que el descubrimiento sea validado por otros pares alrededor del mundo. Al ejemplar sobre el que se hace la descripción de la especie y que se introduce a la colección se le da el nombre de tipo.

Para este caso, "Chucho" es el ejemplar tipo sobre el que se buscaba avanzar en un debate desde el derecho sobre el bienestar animal, los derechos de los animales y la frontera sujeto/objeto. Sin embargo, es muy poco lo que se puede avanzar en esta discusión a través de colectas y tipos, pues estas prácticas se ubican en la raíz del problema que se busca describir. Así, la figura del portavoz, que es similar a la del tipo que describe una especie en la biología, se da a través de una serie de prácticas que limpian las relaciones e interacciones animal-persona, que es hacia donde considero debe dirigirse una exploración sobre el bienestar animal. La pasividad de la voz de los especímenes se traslada al espacio judicial en donde, una vez colectado el oso, se convierte en una figura representativa. ¿Qué representa? En la contextualización del caso durante la audiencia, después de que habló el abogado que inició la acción de habeas corpus, así como el representante del zoológico, la Corte citó a una bióloga de la Fundación para la Investigación, Conservación y Protección del Oso Andino-Wii, quien dio una explicación general sobre quién es el oso andino. Señaló:

[L]as principales amenazas para el oso son la pérdida de su hábitat y la muerte por retaliación. Por ello, consideró necesario modificar las prácticas de ganadería extensiva, evitar la apertura de nuevas áreas de cultivo, fortalecer las prácticas agrícolas y tener en cuenta que la minería y la explotación de petróleo se están convirtiendo en factores de riesgo para las poblaciones de osos de anteojos, debido a la pérdida de conectividad de los hábitats y la contaminación del agua y del suelo17.

Con la información que se tiene en el caso de "Chucho", no es posible responder la pregunta de por qué llegó a encontrarse en condiciones de cautiverio. Esto es importante en la medida que la discusión sobre su libertad no se limita al momento actual, sobre todo cuando, tal como se reconoce en la sentencia, el oso no sabe vivir en un entorno donde los humanos no sean su principal cuidador. Es la experta de la Fundación Wii quien se sale del registro científico por un momento muy corto, y nos permite considerar las relaciones que se han establecido entre hombre y oso en el tiempo. Su explicación va más allá de los datos de la especie, la altitud a la que habita, lo que come y la función que cumple en el ecosistema. En una frase ella enfoca su intervención en la importancia de entender al oso en su contexto.

En este sentido, si bien los datos sobre el oso son importantes para ubicarlo en una geografía particular, para hablar sobre la libertad de "Chucho" también es relevante en este análisis cómo y desde dónde nos relacionamos con los osos. Sin embargo, la "preparación" de este oso en el espacio judicial lo limpia de esos factores y relaciones externas que han determinado la situación actual de "Chucho". Un proceso similar al que ocurre con los especímenes que son colectados y que se incorporan a la colección. Más allá de los datos de colecta, como fecha, posición geográfica, colector, y algunas características morfológicas, las historias de estos especímenes se engavetan con ellos.

La temática de la audiencia se volcó hacia el final a la pregunta por la titularidad de derechos de los animales. Entre los expertos había personas del ámbito nacional e internacional que presentaron sus argumentos en favor o en contra. En términos generales, las exploraciones giraron en torno a discusiones desde la filosofía del derecho sobre la posición de los animales en el ordenamiento jurídico. Y si bien no había mayor debate sobre la condición de los animales como seres sintientes, la titularidad de los derechos era la pregunta a la que se buscaba dar respuesta.

No obstante, son necesarias otras consideraciones antes de hablar de titularidad de derechos. Así, al introducir este caso como punto de análisis, uno de los objetivos es el de hacer evidente que, como lo expresa Haraway, "importa qué asuntos usamos para pensar en otros asuntos; importa qué historias contamos para contar otras historias"18. Con la llegada de "Chucho" a la Corte Constitucional, su historia busca iluminar una discusión sobre lo que es un animal en el ordenamiento jurídico. Está lejos de ser tan solo un oso en un zoológico, puesto que desde el momento mismo en que se integra al espacio judicial su ser "oso" se transforma en una especie de objeto-sujeto-animal-legal. En ese sentido, desde una mirada de la justicia multiespecie, este caso no se limita a una discusión sobre los límites del derecho, sino que permite extender la justicia más allá de los humanos. Y, por lo tanto, develar el proceso en el juzgado donde se establecen conexiones y cómo ocurre ese proceso. Cómo se atan esos nudos en el espacio de lo judicial es lo que busco mostrarle al lector. En esto radica la importancia de resaltar que no es deseable dejar de lado las historias que acompañan a estos animales.

Precisamente este proceso de construir desde cero que se hace con las especies en la biología y, desde allí, tender lazos con la ciencia, es lo que sucede con "Chucho" de forma particular. Su llegada a la Corte Constitucional, primero con su aparición a través de las voces y experiencias de otros en la audiencia, y luego en la sentencia a través de las voces de los jueces, va marcando el camino sobre cómo se va tejiendo "Chucho" en las historias que cuenta el derecho.

En su decisión con respecto al caso de "Chucho", la Corte determinó que la figura del habeas corpus no era la adecuada para decidir un caso donde la pregunta estaba en el bienestar animal y no en la libertad del mismo, sobre todo si se tiene en cuenta que este oso creció en cautiverio y así ha permanecido toda su vida. Por lo tanto, le concedió la tutela al zoológico de Barranquilla, argumentando que hubo una violación del debido proceso por cuanto, ante la acusación sobre la desmejora en las condiciones del oso, la figura del habeas corpus no le permitía ejercer su derecho de defensa. Pero adicionalmente señaló que "lo anterior se convierte en un obstáculo para la consecución del bienestar animal, teniendo en cuenta las limitaciones del habeas corpus como mecanismo para adoptar una decisión informada y reflexiva, que, en realidad, tuvo que adoptarse en el marco de un debate apresurado"19. Sin embargo, la pregunta sobre cuáles serían entonces los mecanismos que ofrece el ordenamiento para pensar no solo en el bienestar de "Chucho", sino de otros seres, queda sin responder. Posiblemente porque aún hace falta un acuerdo sobre qué es lo que se busca proteger y cómo. ¿Para quién hacemos las políticas?, ¿para el oso?, ¿para los osos y los animales en general? O, ¿para las relaciones humanos-osos?

2. LAS RELACIONES HUMANOS-OSOS

Tal como lo señala Daniela Berti para el contexto indio, respecto del cual hace un análisis sobre la manera como aparecen los animales en el debate público, una multiplicidad de actores no homogénea participa en la discusión sobre la protección de los derechos de los animales. Sin embargo, argumenta que es en el espacio de lo legal y lo judicial en donde las diferentes visiones, ideas y trayectorias confluyen. "Hemos visto cómo, en estos casos judiciales, se hace referencia a los animales mediante la combinación de diferentes registros: en términos de las nociones legales que se utilizan para definir su estado y eventualmente sus derechos; en términos de los hallazgos científicos y las cuestiones éticas que estos hallazgos traen a la práctica, y también moralmente, al evocar principios religiosos o espirituales"20. Sin embargo, en donde se reconocen las mayores diferencias es en las relaciones que las personas mantienen con los animales. Es en este espacio en donde estos pasan de ser sujetos políticos que participan de una contienda judicial, a animales desvalidos con necesidad de protección. En este apartado la atención está en las relaciones humanos-osos y no en el oso como si estuviera fuera de nuestro mundo. ¿Cómo sería este caso si se partiera de las relaciones entre humanos y osos? ¿Se perdería "Chucho" en esa discusión?

Esta es otra historia sobre "Chucho" en donde se recurre no solo a lo que dice la sentencia, sino también a algunos videos y notas periodísticas que se encuentran disponibles en internet sobre el oso. El objetivo de contar historias es también parte de ese trabajo de crear otros mundos posibles. "Por modestos que sean sus efectos, las historias que contamos desempeñan un papel en la imaginación y la configuración de otras posibilidades"21. En este caso se trata de hacer evidente la necesidad de incorporar en el derecho, y en particular en el espacio judicial, la importancia de cultivar relaciones con otros no humanos con el fin de obtener resultados más justos para todos22.

El 28 de julio de 2017, el periódico El Heraldo publicó una nota donde contaba sobre la llegada de un nuevo oso de anteojos al zoológico de Barranquilla. Un biólogo, con su acento de la costa Caribe y con el canto de las guacamayas, va narrando quién es ese oso, mientras que en las imágenes que van apareciendo se le ve caminando solo. Se encuentra en un periodo de cuarentena, explica uno de los biólogos a cargo, mientras se le hacen los exámenes médicos correspondientes antes de encontrarse con la hembra.

En una motivación por buscarle un compañero a nuestra osa de anteojos que vive aquí en el zoológico hace 21 años, logramos concretar con la autoridad ambiental de Caldas, en este caso Corpocaldas, para que nos donaran el animal. Son animales que por haber sido extraídos de sus medios silvestres, no pueden regresar a él si no logran ser rehabilitados. Este es el caso de los osos de anteojos, que la mayoría que están en los zoológicos, han sido rescatados como cachorros porque les han asesinado a sus madres. Esto causa que el animalito no se pueda criar como un oso silvestre, ya que es criado por manos humanas y por esta razón deben, digamos, vivir una vida bajo el cuidado del humano. El macho tiene alrededor de 22 años y la hembra tiene 21 años23.

El lugar de lo salvaje, que es como se podría ubicar la presentación del biólogo sobre el oso, ha sido un tema de debate en la literatura sobre conservación y medio ambiente. En particular, el texto emblemático de Roderick Frazier Nash, Wilderness and the American Mind, publicado en 1967, inicia esta discusión aún vigente24. En este libro, el autor discute sobre cómo en Estados Unidos se han definido sus sistemas naturales pensando lo salvaje desde una idea de lo que es posible apropiarse y dominar. Así, pareciera que entre más difícil sea el acceso a un lugar, más salvaje se considera. Sin embargo, el punto no está en el acceso o la dificultad: está en la pretensión de gobernar los recursos naturales, que es desde donde se formula esta pregunta. En este mismo sentido señala el jurista Pierre Brunet, en un análisis que hace sobre la posibilidad de otorgar derechos a los animales, lo que él denomina la ciudadanía animal, que de las dos corrientes principales en las que se ha ubicado este debate: la del bienestar y la del abolicionismo, ninguna de las dos logra salirse de la pregunta central sobre el manejo del recurso animal25.

La abogada y geógrafa Irus Braverman ha dedicado varios años de estudio a esta intersección entre la vida salvaje, el derecho y el zoológico. Ella examina de manera particular las prácticas de gobernanza de los animales en estas instituciones. Pero su énfasis está en esos lugares del zoológico que no se ven, donde ocurren todas las prácticas de cuidado. Esto, en particular, no lo conocemos respecto del zoológico de Barranquilla, y es una cuestión ausente en la discusión. Una característica del cuidado, explica la autora, es el trabajo de observación, recolección de información genética, demográfica y del comportamiento de los animales26.

Aquí es precisamente donde las relaciones humanos-osos resultan importantes a la hora de pensar este caso particular. Por un lado, intentar separar la vida de "Chucho" del cuidado humano está en línea con la práctica de construir al animal como especie. Significa sacarlo de un contexto para vincularlo a otro distinto, pero donde se ignora que ha sido oso en una estrecha relación con humanos. Eliminar esta parte de la vida de "Chucho" deja por fuera una discusión que hay que dar sobre el tipo de cuidado que ha recibido y el que debe recibir y, adicionalmente, sobre el lugar que ocupa en nuestra sociedad, en particular, en relación con si es la alteración de su hábitat y la condición de quedar huérfano lo que lleva a que pueda sobrevivir solamente en cautiverio.

En noviembre de 2019 se hizo un reportaje sobre "el abogado defensor de un oso de anteojos", en donde aparece la periodista acompañando al abogado del oso, en su primera visita al zoológico de Barranquilla. "El abogado tiene un cliente muy particular. Solo lo ha visto en fotos, o por televisión, nunca han hablado por teléfono y tampoco han acordado sus honorarios, pero eso sí, el doctor Gómez está dando la batalla jurídica de su vida por defenderlo", dice la comunicadora en la introducción del programa. El abogado, entonces, cuenta cómo se enteró del caso. Le indignó, según explica, que el oso hubiera sido trasladado en un camión desde la reserva de Río Blanco, en Caldas, hasta el zoológico de Barranquilla. Desde ese momento lo convirtió en su caso y en su cliente. Una cámara lo sigue desde atrás y muestra sus pasos mientras observa las diferentes exhibiciones del zoológico. Se escucha el canto de un pavo real y se ven monos lanzándose al otro lado de una reja. El abogado se acerca a una ventana y se le escucha preguntar: "¿Este es Chucho?". El oso permanece acostado descansando, y mientras el abogado le toma algunas fotos dice: "Y me encanta que mueva la nariz, porque pareciera que hay una conexión en este momento y sé que esta lucha va a valer la pena"27. La cámara muestra la exhibición, y la voz en off explica que tiene alrededor de 200 m2, y que los árboles, piedras y demás adecuaciones son para recrear el entorno de afuera. "Que un animal de estas características esté aquí encerrado no tiene ningún sentido para la naturaleza. ¿Sabías que transporta polen en su pelaje? Además, ayuda a dispersar semillas"28, le comenta el abogado a la periodista. Sin embargo, esa forma de entender a "Chucho", como uno más en su especie, hace que este oso que se tiene enfrente se desvanezca en este relato. Lo que refleja es precisamente la idea de un oso salvaje en cautiverio.

En este contexto, el concepto de lo que es lo salvaje hace mucho ruido en la narración, en tanto que no es fácil entender el espacio que ocupa la naturaleza salvaje encerrada en el zoológico. En línea con esto, explica Braverman, la propiedad que se predica de un animal de zoológico está atravesada por su condición de externo.

Sin embargo, el estatus legal de los animales del zoológico como propiedad nunca es del todo estable. Un cambio de circunstancia puede desencadenar fácilmente un cambio en el estado legal del animal a ferae naturae (naturaleza salvaje), o [a] algo completamente diferente. En este sentido, la identidad legal "auténtica" del animal como salvaje siempre se vislumbra en un segundo plano, desestabilizando su condición de simple cuestión de propiedad. Los ejemplos más dramáticos de esta desestabilización del estatus legal son las fugas involuntarias y las reintroducciones intencionales en la naturaleza29.

Aun así, advierte la autora, no se debe perder de vista que el espacio del zoológico es compartido por animales y humanos, y que lo que ocurre es una serie de fricciones entre las leyes enfocadas en el animal exclusivamente y aquellas que regulan las actividades humanas. Por ejemplo, la demanda por inconstitucionalidad presentada en 2018 en contra de varios artículos que regulan el funcionamiento de parques, entre ellos zoológicos, es una muestra de las tensiones en esta vía30. Si bien la Corte desestimó la demanda al señalar que la protección de los animales se encuentra en otras normas del ordenamiento jurídico y que, en ese sentido, no es necesario incluirlo en estas disposiciones, cuyo fin es el de proteger a las personas que visitan estos espacios, la pregunta es interesante para la discusión que aquí se plantea, por lo que me detendré en las motivaciones de la acción, las cuales conducen hacia una mirada de las relaciones humanos-osos. Resumiendo, el reclamante señala la importancia de que las normas sobre el funcionamiento de espacios donde hay animales sigan una línea de respeto hacia las condiciones de vida de estos. Así, con respecto al caso particular, en lugar de intentar devolver a "Chucho" a su hábitat, pues este es un espacio al que lastimosamente nunca ha pertenecido, la discusión está en cómo se hace la traducción de la vida de estos animales a términos legales. Lo anterior pasa por las normas que determinan la adecuación del espacio, la alimentación y los cuidados especializados, para lo cual existe un reglamento técnico31. Pero también de trata de cómo se realiza ese cuidado y protección desde los espacios que son públicos. En el momento en que un animal pasa a hacer parte de una institución, como es un zoológico, se integra de manera más directa a un mundo jurídico que compartimos, y hacia esta comprensión conjunta sobre los espacios que ocupamos y cómo los habitamos es que debería concentrarse la discusión. Así, esta mirada no se limita al espacio físico del zoológico. Cómo llegan los animales también es un elemento central de lo que permite ser a los zoológicos hoy en día. En este sentido, la discusión alrededor de "Chucho" debe incluir todos los aspectos de su vida, comenzando por la pregunta: ¿por qué este oso terminó viviendo toda su vida en cautiverio?

El reportaje termina con los 12 cuidadores que velan por "Chucho" en el zoológico. Mientras la periodista pregunta si el oso estaría mejor en la reserva donde se encontraba antes, el biólogo responde hablando de su condición de animal salvaje que creció entre humanos y afirmando que donde mejor va a estar "es donde reciba los mejores cuidados humanos. Eso involucra una atención veterinaria permanente, exámenes veterinarios periódicos, también deben contar con una nutrición que cumpla con los requerimientos nutricionales porque no va a ser la misma dieta que tienen en vida silvestre. Chucho debe estar donde tenga los mejores cuidados posibles y definitivamente son aquí en el zoológico"32. El abogado, pegado al vidrio mientras observaba al oso y le prometía que no le iba a fallar hasta lograr su libertad, tenía en mente, o quizás en frente, un oso diferente al que hacía referencia este cuidador. Los dos se llamaban "Chucho", pero uno era salvaje y el otro no, haciendo evidente la multiplicidad de formas de entender lo que es un oso en este caso específico. Por un lado, para el cuidador, "Chucho" nunca fue salvaje, porque desde muy pequeño ha vivido en cautiverio, desprovisto de las habilidades que se requieren para ser liberado y garantizar su supervivencia en estado salvaje. Mientras que, desde la postura del abogado, estamos ante un oso "salvaje" que se ha visto privado de su libertad al encontrarse en una exhibición zoológica, borrando elementos importantes de su historia particular.

Mantener esta frontera artificial entre lo salvaje y lo humano, como si habitáramos mundos distintos, no se relaciona con los retos globales actuales. Tal como lo señala Braverman:

Mi objetivo, debo aclarar, no es simplemente reemplazar la bifurcación entre lo salvaje y el cautiverio con un continuo entre los dos, sino que es mucho más radical: reconocer que no hay una naturaleza sino muchas, y afirmar que nuestra definición de naturaleza necesita repensarse con urgencia. El calentamiento global, las enfermedades, la sequía y la deforestación son solo algunas de las razones por las que los hábitats existentes de un número creciente de especies se están volviendo menos viables. En muchos casos, lo que los conservacionistas denominan hábitat natural debe gestionarse activamente junto con la construcción de uno alternativo. Los entornos cautivos funcionan cada vez más como hábitats alternativos y, por lo tanto, están adquiriendo mayor importancia para la conservación de las especies. Cada vez surgen más ejemplos en los que los últimos puñados de animales de una especie al borde de la extinción se transfieren a sitios intensamente gestionados para asegurar su supervivencia. En tales casos, se construye una naturaleza habitable en cautiverio para la conservación de la vida amenazada33.

Lo que plantea Braverman sirve para cuestionar la multiplicidad de miradas que surgen cuando se habla de especies, territorios y hábitats, junto con las correspondientes problemáticas que resultan de la explotación de la tierra y la reducción de los ecosistemas. La invitación de la autora es a reconocer que la frontera de lo salvaje y lo doméstico es porosa. Se trata de hábitats conectados, y el zoológico hace parte del circuito en el que viven estos animales. Precisamente porque lo salvaje no es aquello que está al margen de las fronteras de la civilización sino que, por el contrario, es necesario incluirlo en estas discusiones considerando el lugar que le estamos dando.

En otros casos donde se ha planteado la figura de habeas corpus34, específicamente en Argentina, con "Sandra", la orangutana que se encontraba en un zoológico de Buenos Aires, y "Cecilia", la chimpancé que vivió durante 30 años en el zoológico de Mendoza, la pregunta ha girado en torno al bienestar animal. En su escrito de demanda para el caso de "Sandra" se convocó a expertos en orangutanes alrededor del mundo. Rápidamente se pusieron de acuerdo en que la orangutana sufría por el encierro, a pesar de que en su vida ella nunca había estado por fuera de un zoológico, y ninguno de ellos la conoció personalmente. Esta es una de las consecuencias de pensar a los animales, y, en términos más amplios, a la naturaleza, desde la lógica de la estandarización de las ciencias. La especie permite definir a los animales en abstracto, por lo que no hace falta un contacto directo con el individuo. Por el contrario, de la información que se recoge sobre la especie es posible hacer una aproximación a la distancia. Ante este panorama, dos investigadoras argentinas que analizan ambos casos se preguntan respecto de "Sandra": "¿Es necesario mejorar sus condiciones actuales o trasladarla a un mejor espacio -como, por ejemplo, un santuario- para que desarrolle su vida? Este último lugar, ¿sería suficiente para su plena realización? Si además Sandra es un híbrido, un animal que jamás habría existido sin la intervención humana, ¿a dónde puede devolverse? ¿Cuál es su lugar en el mundo?"35. Esta pregunta es clave, y nos devuelve nuevamente a la idea de lo salvaje: el lugar donde ponemos lo salvaje está por fuera de nuestra vida humana. Quizás deberíamos, como lo señala William Cronon, abandonar el dualismo bajo el cual el árbol del jardín es artificial y se encuentra por fuera de lo natural, mientras que aquel en el bosque es completamente natural y salvaje36.

"En tanto que celebramos la naturaleza salvaje como la medida con la que juzgamos la civilización, reproducimos el dualismo que sitúa a la humanidad y la naturaleza en polos opuestos. Por lo tanto, nos dejamos pocas esperanzas de descubrir cómo podría ser realmente un lugar humano ético, sostenible y honorable en la naturaleza"37.

Desde este punto de vista, la pregunta por la titularidad de los derechos se queda corta si nos aleja del interés último de extender la justicia más allá de los humanos, como pretende una aproximación desde la justicia multiespecie. Sin duda, plantear la posibilidad de que existan otros sujetos de derechos en el ordenamiento jurídico ha abierto el espacio para el debate sobre el lugar de la naturaleza y los no-humanos, pero primero debemos llegar a acuerdos con respecto a los conceptos básicos sobre los que se construye la discusión. En esta ocasión quise hacer evidente, en el caso de "Chucho", que, por un lado, la definición de lo salvaje construía de diferentes maneras al oso. Pero, anterior a esta, también está la importancia de no hablar de la naturaleza con exclusividad desde la ciencia, pues también allí el conocimiento que se construye tiene la característica de sacar a las especies de sus entramados de relaciones y de incorporarlas en otras.

Hacer a "Chucho" parte de la discusión implica, por un lado, reconocer nuestra responsabilidad en el cuidado del oso, tanto fuera como dentro del zoológico. Significa, asimismo, reflexionar sobre el espacio que le damos en nuestro mundo, y comprender que co-habitamos un mundo compuesto por muchos mundos particulares38. O, como explica Thom van Dooren, que "toda la vida, incluida la vida humana, ocurre dentro de relaciones fundamentales y constitutivas con otros tipos de seres, vivos y no. Los nuestros son mundos multiespecies muy diversos"39. Esto significa, explica el autor, reconocer no solo otras agencias en la creación de nuestros mundos, sino también las influencias desiguales que en estos participan.

3. ¿PUEDE "CHUCHO" "HABLAR"?

Quisiera traer a colación una pregunta que desde mediados de los años noventa ha estado presente en las ciencias sociales iluminando distintas discusiones: "¿puede hablar el subalterno?". Este es el título de un texto de Gayatri Chakravorty Spivak, con el que busco terminar esta discusión sobre cómo fabricamos los sujetos/objetos en el derecho40. Esta es la pregunta subyacente a la propuesta de hacer una colecta en el espacio judicial. Colectar, preparar y registrar una especie implica unos desbalances en quien tiene la potestad para hablar. En nombre de quién y en nombre de qué, teniendo en cuenta que el oso que resulta de este ejercicio es uno distinto del que vivió en la reserva o del que está ahora en el zoológico. En este espacio judicial la manera como se fabricó al oso implica también unas formas en que este puede "hablar".

Desde que Spivak escribió el citado texto en 1994, toda una serie de artículos académicos han buscado responder esta pregunta desde diferentes perspectivas. La autora se pregunta por las condiciones en las que una persona puede hablar, atendiendo a las estructuras de poder, en donde esta se ubica. La crítica de Spivak estaba enfocada tomando en cuenta a las mujeres en India, así como su capacidad de hacer que sus reclamos pudieran articularse en una sociedad conservadora y aún colonial. La pretensión no era la de establecer condiciones de escucha, sino la de dar cuenta de las relaciones y estructuras en las que se articulan las voces.

De forma similar, mi pretensión en este texto, que comienza con una explicación sobre en qué consiste y cómo se hace una colecta en la biología, tiene dos intereses principales. Por un lado, hacer un llamado a pensar la ciencia en su propia dimensión, considerando que ella está lejos de ser un conocimiento completo, no es la única manera de relacionarnos con la naturaleza ni es el único lenguaje para entenderla. La forma como se hace este tipo particular de ciencia que produce especímenes es a través de la sustracción de un animal, como en este caso particular, para proceder a limpiarlo de sus relaciones e introducirlo en otro espacio objeto de otras discusiones. Por otro lado, utilizar la biología para explicar lo que sucede en el juzgado con "Chucho", tratando de dar cuenta de los múltiples osos que allí aparecen. Desde distintos lentes, "Chucho" es representado por unos y otros como un oso distinto. La discusión la quise centrar en la pregunta por lo salvaje, y por cómo, a través de este lente, se aprecia que el oso ocupa diferentes espacios en nuestras vidas en sociedad.

CONCLUSIÓN

La pregunta por quién habla y cómo se habla no se reduce por lo tanto a quién tiene la legitimidad para ejercer la representación legal del oso, y que ha acompañado el debate alrededor de los derechos de la naturaleza. Ante el cuestionamiento de si puede Chucho "hablar", mi respuesta está dirigida a observar las condiciones en las que se puede ser oso en el juzgado. La colecta del oso en el espacio judicial da cuenta de cómo se "fabrica un oso", de la misma manera como se produce Tremarctos ornatus para la biología. Si bien en español la idea de fabricar algo podría hacer referencia a algo falso o artificial, Alain Pottage se refiere de forma particular tanto a las prácticas como a las técnicas e instrumentos legales que construyen sujetos/objetos. En este artículo el énfasis está en mostrar cómo sucede este proceso de hacer al oso en el espacio judicial, y sus implicaciones frente a cómo conocemos al oso y la forma como nos relacionamos con él. Al dejar a un lado su historia de vida, ignoramos la responsabilidad en el cuidado no solo del oso sino de sus hábitats, siendo este el mayor reto con el que nos enfrentamos hoy. También, ignoramos que la relación actual del oso con los humanos es más cercana de lo que su condición de salvaje permite reconocer. Y aunque parezca una contradicción, este es un llamado a ubicar al humano en medio de la naturaleza y no por fuera de ella. "En lugar de mantener el ideal de naturaleza 'natural' o 'sostenible' que nos puede orientar sobre cómo conducir nuestras vidas colectivas, es importante hacer preguntas críticas sobre los tipos de entornos que deseamos habitar y los tipos de sociedades que queremos producir"41.

El espacio de lo judicial tiene sin duda un papel importante en la construcción de esos acuerdos. Este ha sido por excelencia el lugar de debate donde se busca realizar transformaciones importantes frente a los referentes que manejamos desde el derecho para hablar de la sociedad. Y la acción de habeas corpus fue pensada en este sentido, para abrir un debate que se estaba dando de manera similar alrededor del mundo. Pero las formas importan, tanto como el contenido de la demanda. Y es así como en ese "fabricar" un animal, oso y "Chucho" en el juzgado, se va construyendo el argumento.

Cary Wolfe, filósofo y quien se ha dedicado a estudiar esta interacción entre animal, derecho y filosofía, señala que "el punto sobre la biopolítica en este contexto ya no está en la oposición animales vs. humanos, sino que lo que comprende el concepto es una comunidad de seres vivos expandida"42. De esta manera, la solución no se limita a decidir si mandar o no a lo "salvaje" a un animal. La respuesta incluye un "nos" que consiste en un examen más allá de la individualidad del animal. Las historias de "Chucho" importan en la medida en que también nos reflejamos y nos incluimos en la construcción de ellas. Es sobre este camino que está orientada una justicia multiespecie que debemos traer al juzgado. El cuestionamiento sobre la libertad del oso es un trabajo reflexivo sobre el rol que tenemos como humanos y las relaciones que construimos con eso que llamamos salvaje.

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** Para citar el artículo: Ángel Botero, C. Hacer especie en el juzgado: el caso del oso "Chucho". En Revista Derecho del Estado, Universidad Externado de Colombia. N.° 54, enero-abril de 2023, 381-405. DOI: https://doi.org/10.18601/01229893.n54.12

1Tal como lo señala la Corte Constitucional en la sentencia SU-016 de 2020, el estatus de los animales en la legislación colombiana es variado. Va desde su condición de bienes de propiedad privada en el Código Civil, hasta su reconocimiento como seres sintientes. respecto de este último se tienen las leyes 84 de 1989 y 1776 de 2016, de donde se desprende la prohibición de maltrato hacia estos. Sin embargo, el espacio de interpretación es tan amplio que los alcances de la legislación solo es posible entenderlos en su aplicación a cada caso concreto. De ahí que la jurisprudencia sea un espacio por excelencia donde tiene lugar este debate interpretativo.

2Corte Suprema de Justicia. Providencia AHC4806-2017 de 2017, 6.

3Pottage, A. Introduction: The Fabrication of Persons and Things. En Pottage, A. y Mundy, M. (eds.), Law, Anthropology and the Constitution of the Social. Cambridge: Cambridge University Press, 2004.

4En este texto me voy a referir al oso como objeto de la ciencia y sujeto para el derecho. Si bien esta es una simplificación de una discusión mucho más amplia, mi interés, para retomar a Pottage, está en prestar atención a los modos de acción. En ese sentido, argumenta el autor, la frontera entre lo que es un objeto y un sujeto del derecho ya no es evidente y, en cierto sentido, es una discusión que no nos conduce a un análisis interesante. Por el contrario, las personas y las cosas habitan diferentes categorías en diferentes contextos, dificultando una división clara entre lo uno y lo otro. De ahí que mi interés esté puesto en el proceso de fabricación de estos sujetos/objetos en las distintas realidades que ocupan, no en la discusión sobre la categoría exacta que habitan.

5Pottage. Introduction: The Fabrication of Persons and Things, cit., 3.

6Ibíd., 1.

7Corte Constitucional. Sentencia SU-016 de 2020, 5.

8Con respecto a la creación de otros mundos, desde la antropología y la filosofía se ha buscado conceptualizar sobre las diferentes formas de habitar y la multiplicidad de mundos que pueden existir. En particular, me inspiro en el trabajo de John Law de 2015 y en la colección editada por Marisol de la Cadena y Mario Blaser en 2018, donde se reúnen una serie de autores como Isabelle Stengers, Helen Verran y Marilyn Startehern, entre otros, que cuentan con una trayectoria en estas indagaciones. Esto es particularmente importante para una aproximación desde la justicia multiespecie, donde la invitación es a reconocer una multiplicidad de seres y sus formas de habitar mundos distintos o mundos que compartimos en aras de lograr resultados más justos para todos. Al respecto véase la colección editada en 2022 por Christine Winter y dedicada a explorar la justicia multiespecie.

9La relación entre ciencia y derecho la he utilizado para estudiar el Proceso de Paz con las FARC en Colombia. Mi interés ha sido mostrar cómo el trabajo de producir biodiversidad a través de las expediciones Colombia Bio contribuyó en la construcción de un argumento de paz. En ese sentido, muestro la relación cercana que tienen los biólogos con los procesos políticos, como se puede ver en la integración de aquellos en los estudios sobre justicia transicional, como grupo que generalmente queda excluido de estas discusiones. Al respecto véase Ángel Botero, C. Ciencia y paz en interferencia. En Ópera. 27, 2020, 163178. Ángel Botero, C. Paz en otros términos: prácticas de cuidado mutuo entre soldados y frailejones en el páramo del Sumapaz. En Maguaré. 33, 2, 2019, 69-100. DOI: 10.15446/mag.v33n2.86197; Ángel Botero, C. Peace Producing Science. Biological Expeditions in the Replacement of War. En Biodiversidad en la Práctica. 5, 1, 2019.

10Martínez Medina, S. Colecta como captura recíproca múltiple: etnógrafos, científicos y especímenes en clave cosmopolítica. En Revista Colombiana de Antropología. 56, 2, 2020, 20-22.

11Corte Constitucional. Auto 381 de 2019.

12Audiencia Pública "Oso Chucho" [en línea]. En Canal de Youtube de la Corte Constitucional de Colombia, 8 de agosto de 2019 [consultado el 1 de agosto de 2021]. 22:10. Disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=_xQBHUJWPwo

13Ibíd., 24:35.

14Latour, B. Science in Action. 9.a ed. Cambridge: Harvard University Press, 2001, 72.

15Audiencia Pública "Oso Chucho", cit., 35:04.

16I bíd., 46:27.

17Corte Constitucional. Sentencia SU-016 de 2020, 38.

18Haraway, D. Staying with the Trouble. Durham: Duke University Press, 2016, 12.

19Corte Constitucional. Sentencia SU-016 de 2020, 34.

20Berti, D. Animals in the Public Debate: Welfare, Rights, and Conservationism in India. En Religions. 10, 475, 2019, 21.

21Ibíd., 27.

22Celermajer, D. et al. Multispecies Justice: Theories, Challenges, and a Research Agenda for Environmental Politics. En Environmental Politics. 29, 1, 2020.

23Un oso de anteojos es el nuevo integrante de la familia 'zoo' en Barranquilla [en línea]. En El Heraldo. 28 de julio de 2017 [consultado el 2 de agosto de 2021]. Disponible en:https://www.elheraldo.co/barranquilla/asi-fue-la-llegada-de-chucho-el-oso-de-anteojos-al-zoologico-de-barranquilla-386981

24Nash, R. F. Wilderness and the American Mind. 5.a ed. New Haven: Yale University Press, 2014.

25Brunet, P. La citoyenneté animale: mirage ou solution miracle? En De Mari, E. y Taurisson-Mouret, D. (eds.), Ranger l'animal: l'impact environnemental de la norme en milieucontraint. Victoires Editions, 2014, 112-124.

26Braverman, I. Zooland. Stanford: Stanford University Press, 2013, 27.

27El oso Chucho y la lucha que su abogado ha emprendido por sus derechos [en línea]. En Los Informantes. 3 de noviembre de 2019. Disponible en:https://www.youtube.com/watch?v=_x0bhujwpwo.

28Ibíd., 6:13.

29Braverman. Zooland, cit., 138; trad. libre.

30La Corte Constitucional, en sentencia C-121 de 2018, decidió una demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 4, 7, 8 y 9 de la Ley 1225 de 2008, "por la cual se regulan el funcionamiento y operación de los parques de diversiones, atracciones o dispositivos de entretenimiento, atracciones mecánicas y ciudades de hierro, parques acuáticos, temáticos, ecológicos, centros interactivos, zoológicos y acuarios en todo el territorio nacional y se dictan otras disposiciones". En esta providencia, la Corte reitera su jurisprudencia anterior, en particular las sentencias C-666 de 2010 y C-283 de 2014, "en donde se resalta la especial protección constitucional a todos los animales que se hallen dentro del territorio nacional -incluidos los animales que se encuentran en zoológicos, granjas, parques ecológicos y acuarios-, tanto desde la perspectiva del bienestar animal, como de su calidad de seres vivos y sintientes".

31Véase Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Resolución 0543 del 28 de marzo de 2017, "por la cual se expide el Reglamento Técnico para Parques de Diversiones, Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento Familiar, RETEPARQÜES, en Colombia", cuyos artículos 31, 32 y 33 se refieren a las medidas de bienestar animal.

32El oso Chucho y la lucha que su abogado ha emprendido por sus derechos, cit., 7:12.

33Braverman, I. Wildlife: The Institution of Nature. Stanford: Stanford University Press, 2015, 9.

34En Estados Unidos, The Nonhuman Rights Project ha presentado acciones de habeas corpus en favor de "Tommy" y "Kiko" en zoológicos, así como de "Hércules" y "Leo", dos chimpancés utilizados para investigación en la Universidad de Stony Brook, Estado de Nueva York. Para mayor información véase: https://www.nonhumanrights.org/litigation/

35Carman, M. y Berros, M. V. Ser o no ser un simio con derechos. En Revista Direito GV. 14, 3, 2018, 1151.

36Cronon, W. The Trouble with Wilderness; or, Getting Back to the Wrong Nature. En Cronon, W. (ed.), Uncommon Ground: Rethinking the Human Place in Nature. Nueva York: W. W. Norton, 1995, 87.

37Ibíd., 80.

38Blaser, M. y De la Cadena, M. A World of Many Worlds. Nueva York: Duke University Press.

39Van Dooren, T. The Wake of Crows. Living and Dying in Shared Worlds. Nueva York: Columbia University Press, 2019, 31.

40Spivak, G. C. Can the Subaltern Speak? En Williams, P. y Chrisman, L. Colonial Discourse and Post-Colonial Theory. Londres: Routledge, 1994.

41Lovbrand, E. et al. Who Speaks for the Future of Earth? How Critical Social Science Can Extend the Conversation on the Anthropocene. En Global Environmental Change. 32, 2015.

42Wolfe, C. Before the Law: Humans and Other Animals in Biopolitical Frame. Chicago: Chicago University Press, 2013, 105.

Recibido: 15 de Octubre de 2021; Aprobado: 06 de Julio de 2022

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