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Revista de Estudios Sociales

versión impresa ISSN 0123-885X

rev.estud.soc.  n.36 Bogotá mayo/ago. 2010

 

Atención y reparación psicosocial en contextos de violencia sociopolítica: una mirada reflexiva

Liz Arévalo Naranjo

Este artículo hace parte del material bibliográfico de referencia de la línea de investigación de demandas e intervención psicosocial de la Universidad Central.

Psicóloga de la Universidad Javeriana. Terapeuta Familiar Sistémica de Sistemas Humanos, Bogotá-Kensington Consultation Centre de Londres. Directora de la Corporación Vínculos y docente de la Maestría en Intervención en Sistemas Humanos e investigadora principal de la línea Demandas e intervención psicosocial de la Universidad Central. Entre sus últimas publicaciones se encuentran: Aspectos psicosociales de las investigaciones del delito del reclutamiento ilícito (con Nathalia Sandoval). En El delito Invisible, 88- 98. Bogotá: Coalición contra la Vinculación y Comisión Colombiana de Juristas, 2009; Siga el Hilo: Prevención a la vinculación de niños, niñas y jóvenes a la guerra (con Diana contreras, Lisa Rodríguez, Milena Peña y Fernando Gonzalez). Bogotá: Corporación Vínculos, 2009; y Acompañamiento psicosocial en contextos de violencia sociopolitica. En Acompañamiento psicosocial en contextos de violencia sociopolítica, eds. Liz Arévalo, Miriam Penágos y Eduardo Martínez, 29-33. Bogotá: Corporación Vínculos. Correo electrónico: lizyas@gmail.com.


RESUMEN

En el presente artículo se reflexiona sobre los resultados de una experiencia específica de valoración psicosocial a víctimas de la violencia sociopolítica en Colombia en dos casos cubiertos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en Colombia. A partir de los análisis de los resultados obtenidos en las valoraciones, se presentan algunas hipótesis construidas desde un enfoque sistémico y construccionista que pueden ser extensivas al resto de la población víctima, teniendo en cuenta que los efectos de los hechos violentos vividos por las personas, y los continuos escenarios de revictimización a los que se ven sometidas, son bastante similares, a pesar de las profundas diferencias en el desarrollo del conflicto en el nivel local. Además, plantea un análisis relacional sobre los efectos que ha generado la Ley de Justicia y Paz, teniendo en cuenta diferentes aspectos que, interrelacionados, cuestionan su aporte al proceso de recuperación psicosocial de las personas víctimas de la violencia sociopolítica en Colombia. Finalmente, se presentan algunos elementos para la consolidación de propuestas que articulen lo psicosocial a los procesos de reparación que tienen lugar actualmente en el nivel nacional.

PALABRAS CLAVE

Acompañamiento psicosocial, enfoque sistémico construccionista social, impactos de la violencia sociopolítica, reparación, revictimización.


Psychosocial Intervention and Reparation in Sociopolitical Violence Contexts: A Reflective View

ABSTRACT

This article reflects on the results of a specific experience in psychosocial evaluation of victims of sociopolitical violence in Colombia in two cases covered by the Inter-American Court for Human Rights – CIDH – in Colombia. Based on the analysis of the results obtained in the evaluations we present various hypotheses built from a systemic and constructionist point of view, which can be extended to the rest of the victim population, taking into account that the effects of the violent events and the continuous revictimization scenarios to which they are subjected are quite similar despite the deep differences in the development of the conflict at a local level. Also, the article presents a relational analysis of the effects that the Justice and Peace law has generated considering several aspects which, when interrelated, come to question their contribution to the psychosocial recovery process in the victims of sociopolitical violence in Colombia. Finally we present some elements aimed at the consolidation of proposals which articulate psychosocial elements to the reparation processes which currently take place in the country.

KEY WORDS

Psychosocial Intervention, Systemic Social-Constructionist Perspective, Impacts of Sociopolitical Violence, Reparation, Revictimization.


Assistência e reparo psicossocial em contextos de violência sociopolítica: um olhar reflexivo

RESUMO

No presente artigo, refete-se sobre os resultados de uma experiência específica da valorização psicossocial a vítimas da violência sociopolítica na Colômbia em dois casos cobertos pelo Tribunal Interamericano de Direitos Humanos - CIDH na Colômbia. A partir da análise dos resultados obtidos nas avaliações, apresentam-se algumas hipóteses elaboradas a partir de um enfoque sistêmico e desconstrucionismo que podem ser extensivas ao resto da população vítima, levando em consideração os efeitos dos atos violentos vividos pelas pessoas, e os contínuos cenários de revitimização aos quais são submetidas, são bastante semelhantes, apesar das profundas diferenças no desenvolvimento do conflito em nível local. Além disso, planteia uma análise relacional sobre os efeitos que gerou a lei de Justiça e Paz, levando em consideração diferentes aspectos que, interrelacionados, questionam sua contribuição ao processo de recuperação psicossocial das pessoas vítimas da violência sociopolítica na Colômbia. Finalmente, apresentam-se alguns elementos rumo à consolidação de propostas que articulem o psicossocial aos processos de reparação que acontecem atualmente em nível nacional.

PALAVRAS CHAVE

Acompanhamento psicossocial, enfoque sistêmico construcionista social, impactos da violência sociopolítica, reparação, revitimização.


En el presente artículo planteamos un marco comprensivo sobre acompañamiento psicosocial a partir del cual presentamos nuestras reflexiones y aprendizajes sobre el acompañamiento psicosocial desde dos contextos de análisis; el primero, la experiencia de valoración médica y psicológica desde una perspectiva psicosocial a la población víctima cobijada por la medida de reparación en salud de las sentencias proferidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en los casos de Ituango y Pueblo Bello, y el segundo, la Ley de Justicia y Paz y los impactos psicosociales que consideramos ha generado en la población víctima y en las relaciones sociales de nuestro país. Por último, esbozamos algunas ideas sobre cómo articular lo psicosocial en procesos de reparación llamando la atención sobre aspectos fundamentales que se deben transformar y fortalecer, donde resaltamos la importancia del papel de las personas víctimas durante todo el proceso.

Entendimiento sobre acompañamiento psicosocial

Desde nuestra mirada, lo psicosocial es irreverente frente a procesos de atención puramente psicológicos y focalizados en los individuos, e invita a adelantar acciones tendientes a integrar lo emocional y lo relacional con una comprensión desde el contexto. La perspectiva psicosocial permite comprender, así, la particularidad de la población víctima de la violencia socio-política, re-conocer sus múltiples contextos sociales, culturales y políticos como ámbitos en los que se construye y deconstruye la identidad, el mundo emocional y relacional, los cuales son constituyentes de la realidad que se vive.

En este marco, consideramos que el acompañamiento psicosocial tiene como objetivo construir un proceso reflexivo entre la población víctima, su red social y los acompañantes, que contribuya a la superación de los efectos sociales y emocionales de la violencia a través de la resignificación de la identidad y del reconocimiento de recursos personales y sociales, en el marco de la categoría de sujeto de derechos.

Este objetivo destaca aspectos que consideramos básicos para adelantar procesos de acompañamiento psicosocial: el primero, la relación que se construye entre el acompañante y las personas víctimas de la violencia como el motor y brújula del proceso mismo. El segundo, la identidad como referente de análisis de la población sobre su situación emocional y relacional a partir de la experiencia violenta, lo cual permite reconocer el cambio abrupto que ésta genera, y desde allí proyectar nuevas explicaciones o miradas hacia el futuro. Y tercero, tener presente que el acompañamiento psicosocial se da en el marco de considerar a las personas como sujetos de derechos, con la capacidad y dignidad de exigir sus derechos, la reparación integral, y con la facultad de promover cambios en la vida.

De otro lado, es importante mencionar que la perspectiva teórica de nuestro modelo de trabajo para el acompañamiento psicosocial es el enfoque sistémico construccionista social, el cual privilegia las investigaciones referidas a lo local, a diferencia de la búsqueda de verdades universales, y acentúa el aspecto de intercambio y de génesis social del conocimiento (Gergen 1996). El construccionismo social considera que las ideas y las comprensiones sobre el mundo surgen del intercambio social y son comunicadas en el lenguaje, y que éstos evolucionan o cambian en el espacio de las conversaciones entre las personas, en el dominio de la danza común. (Boscolo y Bertrando 1996). Esta perspectiva aporta focos de estudio pertinentes para la comprensión del mundo social que se crea en los contextos de violencia sociopolítica, dado que aporta categorías comprensivas, tales como contexto, identidad, relaciones y narrativas, como referentes de análisis sobre los efectos que tiene este tipo de violencia en las personas, familias y comunidades, y señala una postura teórica y metodológica respecto a que las prácticas de acompañamiento psicosocial son diálogos para concertar y diseñar soluciones que permiten a las personas incluirse a sí mismas e incluir a otros/as como parte del proceso, y definir de manera interactiva valores y rutas que emergen en el proceso mismo.

Asimismo, nuestra labor se orienta desde una mirada diferencial del impacto psicosocial de la violencia socio-política a partir de aspectos tales como género, ciclo vital, tipo, intensidad y duración del hecho violento, tipo de pérdidas sufridas, la falta o presencia de apoyo social y de respuesta institucional, las condiciones sociales y políticas de las víctimas, el contexto cultural de origen y contexto cultural actual y el tiempo cronológico y subjetivo: antes, durante y después del hecho violento.

Por otra parte, hemos identificado ámbitos de acción del acompañamiento psicosocial, dado que es muy amplio el campo de trabajo y es importante hacer distinciones en el momento de desarrollar una u otra acción, aun cuando son complementarias entre sí. Los ámbitos se categorizan de la siguiente forma: ámbito para reconstruir la dignidad, donde se integra lo psicosocial a todas las acciones jurídicas, y en el campo de los Derechos Humanos, que contribuyen a la superación de los efectos de la violencia sociopolítica en la identidad de las personas como sujetos de derechos; ámbito para configurar o fortalecer las redes sociales como soporte para recuperar la vida social y la confianza; en cuanto la perspectiva psicosocial se orienta hacia la transformación del contexto político, social y cultural, el cambio no es sólo individual, sino también colectivo; ámbito para la reflexividad institucional y del acompañante, en el cual se consideran los prejuicios, las emociones y el sistema de creencias de las instituciones y los acompañantes como parte del proceso para identificar cuándo éstos son obstáculos u oportunidades para que las personas puedan reconstruir sus proyectos de vida: por último, el ámbito para recrear la identidad, en el que se adelantan todas las acciones terapéuticas o reflexivas que es necesario abordar para superar el impacto emocional que genera la violencia en las personas, familias o comunidades víctimas de hechos violentos.

Respecto a este último ámbito, pensamos en la pertinencia de integrar a los procesos de acompañamiento intervenciones terapéuticas individuales, familiares y comunitarias que faciliten una resignificación del sufrimiento a partir del contexto anormal que lo generó, la violencia sociopolítica, distanciándonos de la patologización a través de rótulos y diagnósticos de las dificultades que expresan las personas.

Lo anterior se basa en la consideración diferencial que se desprende de que el contexto donde se genera el daño es el de la violencia sociopolítica. Revisando algunas reflexiones teóricas de autores como Gurr, Sluzki, Zubero y Lira, se logra comprender cómo la Violencia Política debe ser entendida más allá del plano de la confrontación de actores por disputas de poder, para lograr evidenciar los efectos devastadores que dicha violencia genera en la vida de personas y comunidades.

Para Carlos Sluzki (1995), "la violencia política, en cualquiera de sus muchas variantes, tiene un efecto devastador y de largo alcance en quienes han sido sus víctimas. La violencia física y emocional es perpetrada precisamente, por quienes tienen la responsabilidad social y legal de cuidar a los ciudadanos, de mantener el orden en su mundo, de preservar la estabilidad y predictibilidad de sus vidas: el Estado" (p. 351). Esta situación genera en las personas una incoherencia, pues quien debería proteger, se convierte en victimario; el Estado, además de no garantizar los derechos de sus ciudadanos, se constituye en un "actor" responsable por acción u omisión de acciones de violencia en contra de la población civil, generando así un espacio social hostil para sus miembros.

Por su parte, Zubero (2003) establece características propias de la violencia denominada política, la cual, afirma, es ejecutada con intencionalidad política, cuyo referente de sentido es otorgado por una determinada visión o aprehensión subjetiva de la realidad; visión que construye el problema, y en el marco de la cual la violencia aparece como la única reacción posible. Este autor define la visión como conjuntos articulados de creencias acerca del mundo, las personas y la sociedad. Las visiones son una forma de causación que no dependen de los hechos; por ello se mantienen, a pesar de los hechos, y hasta en contra de los hechos.

Comprender estas implicaciones de la violencia sociopolítica brinda la posibilidad de entender los efectos de la misma; de lo contrario, podemos caer en un ejercicio de patologización de las personas víctimas y de privatización del daño, al ocultar la responsabilidad del victimario (actores armados) y de la estructura social y estatal. Para Elizabeth Lira, comprender el contexto implica reconocer el uso del sufrimiento, el miedo, la impotencia, el horror y el poder, para regular la conducta política de la población y alcanzar unos intereses concretos: "la diferencia central radica en que un ‘loco’ se enfrenta a sus ‘demonios privados’, mientras que en la violencia política, el demonio adquiere una dimensión real y su violencia es un mensaje para el conjunto de la sociedad" (Lira, Becker y Castillo 1989, 24).

Reflexiones desde la experiencia

Podemos establecer dos contextos que han planteado retos e interrogantes y, por lo tanto, aprendizajes sobre la complejidad que tiene adelantar procesos de acompañamiento psicosocial en el contexto colombiano actual:

Primer contexto: en procesos de reparación
La Corporación Vínculos participó en noviembre del año 2009 en el proceso de valoración médica y psicológica, desde una perspectiva psicosocial, de las víctimas cuya reparación ordenó la Corte Interamericana de Derechos Humanos en las sentencias de los casos de Ituango y Pueblo Bello, proceso que nos permitió conocer la situación emocional y física de 1.235 personas víctimas de hechos violentos, tales como desapariciones, asesinatos selectivos, masacres y desplazamientos. Es importante destacar dos elementos centrales del contexto: en primer lugar, estos hechos ocurrieron hace ya 18 años, en el caso de Pueblo Bello, y 12 años, en el caso de Ituango, y en segundo lugar, la sentencia de la Corte Interamericana se profirió en el año 2006. Por otro lado, las organizaciones representantes1 de las víctimas lograron que el Estado reconociera la falta de experticia para brindar una atención especializada desde una perspectiva psicosocial a las personas víctimas, y, de esta forma, que estableciera convenios a través del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) con organizaciones no gubernamentales especializadas. Es así como Vínculos entra a ser parte de este proceso, el cual fue interrumpido por el Gobierno al terminar la primera fase de caracterización.

Esta situación ha sido altamente lesiva y revictimizante para las personas; hemos evidenciado por medio de entrevistas semiestructuradas y talleres de caracterización psicosocial que, ante las vulneraciones vividas y el incumplimiento de la medida de reparación de atención en salud desde una perspectiva psicosocial por parte del Estado, se han reconfigurado escenarios de desesperanza, impotencia y dolor, y una serie de impactos psicosociales individuales y colectivos, que se describen a continuación (Sáenz 2010).

    Pérdida de la confianza y desesperanza. La interrupción del proceso hacia la segunda fase de atención transgredió las expectativas y la esperanza de los familiares, quienes habían confiado en los compromisos planteados por funcionarios del Ministerio de la Protección Social de dar continuidad al cumplimiento de la medida brindando la atención en salud desde una perspectiva psicosocial. Al inicio del proceso las personas manifestaron: "Yo esperaría que sea un proceso serio, que haya el acompañamiento durante el tiempo que sea necesario, que si se establece un tratamiento que de verdad se cumpla"; "Sí requerimos de un acompañamiento, un tratamiento por parte de los profesionales de la salud, psicólogos, porque vos sabes también que el estrés y todo este dolor también genera muchas cosas a nivel físico": "[Necesitamos] apoyo psicológico, que continúen esta valoración, porque si no eso no va a ser un proceso igual que si vuelven dentro de un año, nada nos ganamos con que vengan hoy y no vuelvan [después]".2

La ausencia de respuesta ante estas demandas ha reafirmado las ideas que los familiares tienen frente al Estado: La percepción que tienen los familiares acerca del papel que ha asumido el Estado en el proceso jurídico y de cumplimiento de las medidas de reparación como ausente e indiferente (75%), ya que, de acuerdo con ellos, encuentran una institucionalidad que no se ha hecho presente para asumir sus responsabilidades, no es diligente para cumplirles sus derechos ni desarrollar las medidas de reparación proferidas por la CIDH y es indiferente a sus necesidades y a su dolor. En la actualidad la comunicación del Estado con los familiares es nula, lo cual amplía la percepción de abandono y olvido y reafirma las percepciones frente a que en lugar de ser un aliado y protector, es una relación "fantasma" que lesiona y revictimiza.

    Dificultad para tramitar escenarios emocionales de duelo, sufrimiento, incertidumbre y demás expresiones de dolor. Desde el primer acercamiento las personas expresaron su inquietud "por darle una pronta continuidad al proceso ya comenzado con los profesionales". Esta demanda es prioritaria, pues las personas manifestaron su preocupación por las implicaciones que tiene "reabrir su herida" (Sáenz 2010). Desde una mirada psicosocial, esto genera revictimización, al revivir la situación de violencia en su narración y no contar con un proceso terapéutico que permita tramitar, elaborar y resignificar los aspectos victimizantes de dicha historia que las mantienen atadas a un pasado inamovible, dificultando la reconstrucción de una ruta de vida.

    Cristalización de la identidad de víctima-victimizada. La falta de atención oportuna se traduce en un anclaje al sufrimiento por parte de las personas, como un medio para ser escuchadas y reparadas. La consecuente negación de su lugar como sujetos genera un vínculo con la identidad de víctima/no escuchada/ sufriente, que, a la postre los lleva a considerar (de manera no consciente) esta postura como una forma de no "perder la posibilidad" de exigir y restituir sus derechos y así reivindicar al ser querido perdido. En el nivel psicológico esto es devastador, pues la cristalización de esta identidad como una manera de lucha para ser visible o reconocido por el Estado y la sociedad lleva a las personas a "detener" su vida esperando la atención (reconocimiento de su dolor), mientras sus dinámicas cotidianas giran alrededor del hecho violento, lo cual constituye una trampa de la cual es difícil salir, situación que es agudizada por el incumplimiento de la medida de reparación. Algunos de los efectos emocionales observados se relacionan con embotamiento, restricción emocional y aislamiento social.

En síntesis, se resalta que la deslegitimidad de las instituciones del Estado, la pérdida de la esperanza de la transformación de su situación, la constante revictimización por nuevas violaciones3 y la ausencia de mecanismos concretos de atención en salud física y psicosocial4 mantienen y agudizan los efectos físicos y psicosociales que generaron los hechos de violencia.

Respecto a esto último, los resultados de la valoración5 de 909 personas (206 para el caso de Ituango y 703 para el caso de Pueblo Bello) nos permitieron constatar que una gran parte de esta población se encuentra en situación de pobreza y muestra efectos profundos y permanentes, no sólo por los hechos violentos descritos en las sentencias sino por la ininterrumpida cadena de situaciones que hasta el día de hoy los han revictimizado. Cabe resaltar que para ambos casos encontramos porcentajes similares de los impactos emocionales en la población, tales como tristeza (40%, aproximadamente), depresión (90%, aproximadamente), ansiedad (75%, aproximadamente) y sensación de desesperanza y desconfianza en la vida (60%, aproximadamente). Las precarias condiciones de vida y de trabajo –explicables en parte por los procesos de desplazamiento forzado relacionados con la violencia de los cuales han sido víctimas–, sumadas a los eventos de violación de Derechos Humanos de los que han sido objeto, configuran un mapa de determinantes de la salud que explican la alta proporción de enfermedades halladas en la población valorada.

Para el caso de Ituango, se encontró en el momento de la valoración que el 54% de las personas tenía alguna enfermedad. Las más frecuentes corresponden a enfermedades metabólicas y nutricionales (diabetes, obesidad, desnutrición, entre otras), seguidas de problemas relacionados con el sufrimiento emocional (depresión, ansiedad, ataques de pánico), enfermedades del sistema circulatorio (hipertensión arterial, angina, arritmias, etc.) y enfermedades endocrinas (hipotiroidismo, por ejemplo). Además, se encontró una mayor proporción de enfermedades en las mujeres, frente a los hombres, en relación de 3:1.

En el caso de Pueblo Bello, la proporción de personas con algún problema de salud en el momento de la valoración fue mayor: 76,5% del total. Las situaciones de salud más frecuentes fueron enfermedades metabólicas y nutricionales, del sistema circulatorio, importantes dificultades emocionales, el 90% con casos depresión (y con mayor predominio en mujeres), y enfermedades endocrinas. Al igual que en el caso de Ituango, la proporción de mujeres con alguna patología fue tres veces mayor que en el caso de los hombres.

Como vemos, se trata de una grave situación en cuanto a la salud mental y la presencia de enfermedades de tipo metabólico, relacionadas con el procesamiento de sustancias internas y externas que afectan el funcionamiento de órganos o sistemas en el cuerpo. Esta característica particular de los diagnósticos da cuenta de escenarios emocionales marcados por el congelamiento del dolor, la tristeza, la rabia y otras emociones experimentadas por las familias desde el momento de los hechos, y que, hasta el momento de las valoraciones realizadas, se mantenían en ellos y ellas como un presente continuo, al punto que la construcción de su historia vital y las narraciones de esa historia tienen como centro, punto de partida y de regreso los hechos violentos. A manera de hipótesis, podemos plantear que las enfermedades físicas son metáforas de la situación emocional que han vivido, dado que la dificultad de "procesar" las profundas emociones y las huellas que dejaron los hechos violentos en las familias, lo no dicho por ellos y ellas, se expresa finalmente a través del cuerpo. Al respecto, Sluzki (1994) señala que "la violencia emocional suele tener correlatos somáticos importantes e inmediatos de tipo autonómico, sistema que genera una ‘zona gris’ en la que el cuerpo aparece como territorio del acto violento aun cuando su espacio material no haya sido violentado" (p. 354).

Las evidencias muestran para estos casos que la salud física y emocional de las víctimas es crítica, y al Estado colombiano le corresponde reconocer que no cuenta con la capacidad institucional para responder a las demandas de atención, ni con los elementos técnicos para integrar la perspectiva psicosocial al concepto de salud, en el marco del cumplimiento de medidas de reparación. Adicional-mente, no ha dado muestras de una voluntad política para dar protagonismo a las víctimas y emprender acciones efectivas orientadas a la restitución, rehabilitación, satisfacción y garantía de no repetición, elementos centrales de la reparación, como lo afirma el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en su informe más reciente.6

A pesar de las marcadas diferencias que pueden encontrarse en los análisis de las dinámicas locales del conflicto armado en el país, consideramos que la situación de esta población, en cuanto a los efectos psicosociales y físicos de los hechos violentos en sus vidas y la falta de atención en salud física y emocional, es representativa de la realidad que actualmente atraviesa la mayoría de las personas víctimas en Colombia. Como ejemplo de ello, remitimos al texto de la Sentencia T-045 de 2010 de la Corte Constitucional, como respuesta a las tutelas interpuestas por los apoderados7 de cuatro mujeres víctimas de la masacre cometida por los grupos paramilitares en el corregimiento de El Salado, norte del departamento de Bolívar, entre el 16 y el 21 de febrero de 2000. La sentencia describe de manera muy clara y contundente la negligencia del Estado en la atención de las demandas de cuidado físico y psicológico de estas mujeres, y los efectos lesivos que esto ha tenido en sus vidas. La Corte Constitucional resolvió ordenar al Estado que, en un plazo de seis meses, "diseñe e implemente los protocolos, programas y políticas necesarios de atención en salud que respondan a las necesidades particulares de las víctimas del conflicto armado, sus familias y comunidades, especialmente en lo referido a la recuperación de los impactos psicosociales, producidos por su exposición a eventos traumáticos desencadenados por la violencia sociopolítica en el país". Cabe destacar que esta sentencia ordena conceder la protección del derecho a la salud y afirma que el tipo de atención debe ser psicosocial y especializado considerando su condición de mujeres (género) y víctimas de hechos violentos.

Segundo contexto: en el marco de la Ley de Justicia y Paz
Desde este marco, consideramos pertinente establecer, en primer lugar, algunos efectos que ha tenido y tiene la Ley 975 de 2005 de justicia y paz en la vida de las víctimas y en el desarrollo mismo de los procesos de reparación integral que se vienen impulsando desde esta ley.

Desde nuestro punto de vista, la Ley de Justicia y Paz, en vez de ayudar a la construcción de procesos que contribuyan a la paz, ha configurado un escenario que favorece la revictimización y el mantenimiento de un organización del mundo social basada en la utilización de la violencia como forma de relación. La vida cotidiana se ha militarizado, y la sociedad colombiana, afectada por la permanencia del conflicto armado, se encuentra sumergida, como diría Martín-Baró (1990), en una mentira institucionalizada, que niega la realidad de las víctimas al tiempo que justifica el uso de la violencia. La sociedad se convierte en espectadora invisible de las diferentes versiones sobre la realidad y de las incoherencias entre las narrativas de lo que sucede desde el discurso oficial y las situaciones por las que continúan atravesando millones de personas que son afectadas a diario por el conflicto armado.

Este escenario se ha generado por la interrelación de varios elementos en diferentes niveles:

    • La impunidad,8 manifestada en la dilación en los procesos judiciales para establecer la responsabilidad de los victimarios, en la preponderancia de su voz en las audiencias como espacios para hallar la verdad, donde las explicaciones y versiones de los hechos violatorios de los Derechos Humanos se constituyen en la versión real, convirtiéndolos en protagonistas del proceso de la Ley de Justicia y Paz. En ese sentido, la impunidad mantiene el patrón devastador de la violencia sociopolítica enviando un mensaje a las víctimas, según el cual "el Estado no está a favor mío, pues no sanciona al responsable"; el testimonio de una persona da cuenta de esto: "[Siento] rabia porque muestran en la televisión esa gente que hace tanto daño y les dan un montón de privilegios y uno que sufrió todo el daño, no podemos hacer nada, nosotros que vivimos tantas injusticias, que vimos matar tanta gente… eso da rabia".
    • El proceso de reestructuración ética de los victimarios en este escenario de impunidad es difícil, en cuanto el proceso de integración de los actores armados al mundo social debe partir de un desarrollo claro y público de sanción por los hechos de barbarie, con el concomitante reconocimiento de los mismos, su arrepentimiento y el acto de pedir perdón. Esto último ya no con el objeto de utilizar la ley para conseguir los beneficios jurídicos, sino desde la búsqueda de la transformación del mundo social colombiano, con la articulación a procesos reales de reconciliación.
    • La lucha semántica.9 Uno de los indicadores más llamativos que evidencia la mentira institucional es la discrepancia entre el discurso grandilocuente del Gobierno respecto a los logros de la ley, frente a la permanencia del conflicto armado y a las violaciones de Derechos Humanos por parte de todos los actores en disputa. Esto lleva a que la forma como se describe la realidad se convierta también en un terreno de disputa y de "batalla". El gran marcador de significado es, por ejemplo, la afirmación de que no existe un conflicto armado en Colombia y que la Ley de Justicia y Paz ha permitido el desmantelamiento del paramilitarismo, al tiempo que ha permitido conocer la verdad sobre los hechos de violencia, cuando en plena vigencia de esta ley, el Ejecutivo ordenó la extradición de los cabecillas más importantes del paramilitarismo en Colombia, en abierta contradicción con el principio de verdad. En este escenario narrativo, las personas víctimas y los defensores de Derechos Humanos se ven obligados a luchar por el reconocimiento social frente a lo que han vivido o en frente de lo que han sido testigos. Para el caso de las víctimas, la situación es mucho más compleja, en cuanto sus propias versiones y explicaciones sobre los hechos luchan por establecer que los hechos violentos realmente ocurrieron, no son su responsabilidad y no son un invento de ellas. El proceso social creado es altamente confuso, alienta la polarización y resta de nuevo el poder a las personas víctimas para describir desde ellas su realidad, mistificando así la versión del victimario.
    • La precaria respuesta estatal para brindar atención médica y psicosocial especializada a las personas víctimas, situación que genera un escenario de revictimización y tiene efectos emocionales y relacionales que coadyuvan a la cristalización de la identidad de víctima-victimizada.
    • La creación de un patrón de relación donde las personas e instituciones interactúan desde los prejuicios y estigmatizaciones propios de un contexto militar, marcado por la lógica bipolar que genera la guerra, en la cual los seres humanos sólo tienen dos modos de relacionarse e identificarse: como amigos o como enemigos. Es decir, con la configuración de diferentes escenarios de disputa –entre ellos, el del reconocimiento de la situación de las víctimas–, las relaciones se establecen por medio de señalamientos, lo que construye un marco de significado que lleva a interpretar las acciones del otro como riesgosas o seguras para los propios objetivos. En este sentido, el juego de relación se basa en la desconfianza y la rotulación, constituyendo escenarios emocionales que definen formas de actuar, pensar o hablar desde marcos como la polarización, el miedo y la desconfianza. Otra consecuencia del establecimiento de este tipo de relaciones, es que restringe la creatividad y la imaginación para buscar salidas o proponer acciones que hagan frente al impacto del conflicto armado en la vida de las víctimas, pues el miedo y la desconfianza se constituyen en banderas de supervivencia.
    • Finalmente, la desmovilización de los paramilitares en el marco de la Ley de Justicia y Paz sentó un grave precedente frente al papel protector del Estado de la población infantil y juvenil. Este grupo armado ocultó a las niñas, niños y jóvenes que hacían parte de sus filas, evitó que fueran entregados a las instancias gubernamentales y que recibieran la debida atención y reparación que merecen como víctimas de este delito. Lo anterior propicia un contexto que invisibiliza el grave delito del reclutamiento y, a la postre, tolera que niños, niñas y jóvenes continúen siendo reclutados por los diferentes actores armados. Esto dificulta la creación de bases seguras para la construcción de un presente transformador, donde la protección de la vida digna de los niños, niñas y jóvenes sea el principal legado ético a las nuevas generaciones.

Consideraciones finales sobre la articulación entre el acompañamiento psicosocial y los procesos de reparación

La implementación de las medidas de reparación a personas, familias y comunidades que han sido víctimas de la violencia sociopolítica en el contexto del conflicto armado que vive el país debe considerar el contexto mismo desde el cual se concibe y desarrolla el proceso de reparación, así como la pertinencia respecto a las metodologías y a los enfoques que están orientando dicho proceso. Es decir, el proceso de reparación integral debe contemplar, entre sus bases fundamentales, la voz de las personas, familias y comunidades que han sido víctimas, en el desarrollo de cualquier tipo de medida, ya sea jurídica, psicosocial, en salud física, simbólica o administrativa. De ahí que la Reparación Integral debe buscar construir condiciones que dignifiquen a las víctimas desde un principio de inclusión y participación en la definición de tales condiciones.

Por otro lado, la reparación integral, al abogar por la dignificación de las personas que han sufrido hechos de violencia, debe considerar como aspectos mínimos los debates centrales en torno a los procesos de exclusión y desigualdad social que viven y vivieron las víctimas, aun antes de que se presentaran las violaciones. De ahí que las medidas de reparación deben darse y apoyarse en procesos de transformación de los contextos de conflicto político y social en los que continúan viviendo las víctimas:

    Mientras más se posponga el ejercicio de reparaciones, más lejos se estará de avanzar hacia la consolidación de una sociedad justa y de una democracia estable. Un proyecto de sociedad y de Estado que pretenda superar la ignominia de la violencia, el conflicto y la exclusión inevitablemente tendrá que partir de un compromiso reflexivo orientado a la reconstrucción de la confianza pública, de la institucionalidad democrática y de los proyectos de vida truncados por la violencia (Díaz, Sánchez y Uprimny 2009, 17-18).

En otras palabras, reparar implica que el Estado asuma su responsabilidad frente a las violaciones que se presentaron, y que las organizaciones sociales, jurídicas y la comunidad en su conjunto coadyuven en el apoyo y el seguimiento del proceso mismo. Sin embargo, los riesgos de este proceso han sido y continúan siendo inminentes, dada la permanencia del conflicto armado y la "omisión" del Estado en la toma de medidas de no repetición, impartiendo justicia y señalando a los responsables de los delitos y adelantando condiciones para la democratización del país, en cuanto al fortalecimiento del Estado Social de Derecho. Por ende, dentro de este contexto tan complejo y ambiguo, es importante tener en cuenta varios aspectos, entre los que podemos mencionar los siguientes:

    • Tener una mirada compleja de la situación de la población víctima y de la comprensión del impacto psicosocial desde el reconocimiento del conflicto armado. Hablando en términos de salud física e impacto psicosocial, se debe partir del reconocimiento de que la situación de salud o enfermedad afecta no sólo a una persona sino que genera cambios y transformaciones en las dinámicas familiares y sociales. En otras palabras, se trata de insistir en el carácter colectivo de las medidas de reparación, además de las medidas individuales, puesto que los daños ocasionados a raíz de los hechos de violencia tienen dimensiones familiares y comunitarias, y si se quiere sociales, que es importante no perder de vista. Al respecto, Díaz, Sánchez y Uprimny afirman:

En distintos escenarios de justicia transicional alrededor del mundo se está discutiendo la formulación e implementación de reparaciones colectivas para comunidades enteras que sufrieron a causa de la represión política y la guerra. Las comisiones de la verdad de Guatemala (1997-1999), Perú (2001-2003), Timor Oriental (2001-2005), Sierra Leona (2002-2005), Marruecos (2004-2006) y Liberia (2006-2009) recomendaron la adopción de medidas de reparación colectiva dirigidas a comunidades, pueblos y grupos de personas ( 2009, 145).

    • En cuanto a la relación de los diversos actores involucrados en el proceso de reparación, es imperativo que el Estado reconstruya la relación con las personas víctimas, ya que la reparación sólo va a ser posible cuando las personas sientan que el Estado las reconoce como sujetos de derechos, ciudadanos a quienes se les vulneraron sus derechos, y que está haciendo lo imposible para resarcir el daño causado. En ese sentido, el desconocimiento de las personas como víctimas les endilga la responsabilidad de argumentar y/o demostrar que se les ha causado un daño, para poder construir su condición como víctimas. De ahí que sea necesario, dentro de los procesos de verdad y memoria, insistir en la restitución del buen nombre de los familiares asesinados o desaparecidos y de las familias que aún continúan en el proceso de seguir adelante y reconstruir su propia vida.

Por otra parte, corresponde a las organizaciones no gubernamentales reflexionar sobre nuevas formas de respuesta ante la polarización, para buscar estrategias más creativas y novedosas a favor del protagonismo de las personas víctimas en los procesos de exigibilidad de sus derechos y reparación.

    • La coordinación y cooperación institucional. En este aspecto se reconocen al menos dos dimensiones: la coordinación y cooperación trascienden la reflexión sobre la necesidad de articular esfuerzos y trabajar desde acuerdos políticos y éticos para el desarrollo de procesos de acompañamiento psicosocial en un marco de Reparación Integral. La articulación debe buscar, además, que el desarrollo de procesos como lo psicosocial y lo jurídico dentro de las medidas de reparación pueda entenderse, en primer lugar, como la búsqueda de la complementariedad, donde lo psicosocial cumple un papel importante en el apoyo a la población víctima frente a la comprensión del proceso jurídico, de las sentencias proferidas por las diferentes Cortes nacionales e internacionales y de la implementación de las medidas de reparación. Es decir, lo psicosocial busca acompañar a las personas y a las comunidades que han sido víctimas, en la comprensión de este tipo de medidas jurídicas y los alcances e implicaciones que puedan tener frente a su vida, en cuanto se reconozcan como víctimas y, por ende, como ciudadanos/as y sujetos de derechos. En segundo lugar, es necesario señalar que, si bien estos procesos son complementarios, también son diferentes, lo cual equivale a reconocer los alcances y limitantes de cada uno de ellos frente a los objetivos de la reparación y de la superación de los efectos emocionales y relacionales que dejaron los hechos de violencia. En otras palabras, el reconocimiento de la población como víctima se puede constituir en el centro del proceso jurídico, mientras que para el proceso de acompañamiento psicosocial cobran protagonismo otras dimensiones de la identidad, dado que las personas adquieren una particularidad desde su nombre, sus miedos, anhelos, aprendizajes, recursos y formas de ver el mundo. En este contexto, que es sobre todo reflexivo, palabras como víctima, perdón, olvido, adquieren un sentido diferente al que tiene en un contexto político o jurídico. En este sentido, la narrativa dominante de los Derechos Humanos debe contemplar que en el contexto de la atención psicosocial se abre la puerta a narrativas emocionales y de búsqueda de sentido particulares que pueden resultar aparentemente contradictorias para la lucha política de reivindicación y transformación social. Por ejemplo, la opción por el olvido o el perdón en el contexto terapéutico son búsquedas individuales que pueden permitir la superación de los efectos de la violencia en el mundo emocional y la experiencia de las personas, sin que esto implique renuncias a procesos de exigibilidad o a luchas colectivas de visibilización de las víctimas del conflicto armado y la búsqueda de verdad y justicia.

    Diferenciar los contextos contribuye a que en procesos de atención psicosocial las personas puedan recrear su identidad de víctimas como referente de sus derechos y dignidad, al mismo tiempo que vislumbrarse como sobrevivientes (no sufrientes).

    • El cuidado que se debe tener para evitar la revictimización, en tres dimensiones. La primera se relaciona con el hecho de que los actores armados aún continúan cometiendo violaciones en contra de la población víctima, situación que se agrava, pues las denuncias y la incidencia política terminan siendo insuficientes ante el Estado, que es señalado como responsable, por acción u omisión. Este escenario de revictimización agudiza los impactos emocionales en la salud física, en el deterioro de la calidad de vida de las familias y, principalmente, en el hecho de poder reconstruir una ruta de vida. La segunda tiene que ver con la inoperancia e ineficacia de los organismos del Estado encargados de brindar atención en salud física y mental oportuna, además de apoyar con todas sus entidades públicas a la población víctima en la reconstrucción de condiciones para el goce pleno de sus derechos. La última se relaciona con el cuidado, por parte de las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, de tener en cuenta las necesidades de la población, su voz y su opinión frente a las acciones que afectan su propia vida. Por ende, el fortalecimiento en la construcción de significados sobre el proceso mismo de reparación, y los sentidos que éste encierra para la reconstrucción de sus historias y proyectos de vida, es de vital importancia para conocer qué puede ser útil y qué no dentro del proceso, de tal forma que, aunque se mantengan directrices o principios fundamentales para el desarrollo de las medidas de reparación, no se pueden perder de vista la particularidad y las necesidades de cada persona, familia y comunidad en el proceso.
    • Consolidación de un mecanismo de enlace y articulación con otras medidas de reparación. El modelo de atención psicosocial debe fortalecer y facilitar un proceso de seguimiento al cumplimiento de las otras medidas de reparación, explorando cómo éstas adquieren sentido para los familiares y pueden ayudar a mitigar el impacto emocional que los hechos violentos generaron en ellos.
    • Interdisciplinariedad: dada la complejidad de los daños físicos, psicológicos y colectivos causados, la revictimización de la cual han sido objeto, y la complejidad para su atención, se requiere de equipos interdisciplinarios conformados por médicos, enfermeras, psiquiatras, psicólogos y trabajadores sociales especializados en atención psicosocial a víctimas, que logren articular saberes y prácticas para realizar un proceso de atención integral.
    • Focalización en las capacidades de las personas recreando de manera complementaria a la identidad de las víctimas, la de los sobrevivientes. El proceso de atención psicosocial debe potenciar los recursos de las personas, las familias y las comunidades, de manera que se amplíen las fronteras narrativas de descripción de sus identidades, ya no sólo desde el déficit sino desde las alternativas siempre posibles de reconstruir sus vidas. Retomando a Martha Bello: "El reconocimiento del estatus de víctima debe estar acompañado de la construcción de discursos y prácticas que destaque la capacidad de ‘agencia’ de las personas, lo cual supone que despliegan sus recursos con el fin de asumir nuevamente el control de sus vidas, de incidir en ellas y de esta manera no caen en la dependencia y en la ‘victimización’" (Bello 2009, 25). Citando a Sluzki, éste destaca que la construcción de agencia sugiere que las personas: "[...] puedan recuperar su capacidad, sentirla y puedan iniciar acciones competentes por sí mismas". Si bien la elaboración de una narrativa coherente permite identificar la responsabilidad de "los otros" (agresores y entidades), es necesario construir una narrativa que posibilite el establecimiento de las propias responsabilidades y compromisos y la capacidad de control sobre nuestras vidas, lo cual requiere liberar "[...] a la víctima de los efectos destructivos de la semantización mistificante [...] y restaurar el sentido de la agencia" (Sluzki 1995, 356).
    • Importancia de cada contacto con las víctimas. Uno de los puntos centrales de la atención en el marco de procesos de reparación tiene que ver con la calidad, calidez y respeto en el trato a las personas víctimas. En los últimos años, ellas han percibido de manera sistemática maltrato y estigmatización por parte de los servicios de salud (asunto reclamado por la mayoría de la población colombiana). Para que el proceso sea reparador se requiere que cada uno de los momentos de contacto –pero muy especialmente con los equipos interdisciplinarios– se dé en el marco de una relación de empatía y reconocimiento mutuos.

Por último, consideramos que los aspectos y reflexiones presentados son una invitación a pensar en el papel de lo psicosocial en la actual coyuntura colombiana, en particular en los procesos de reparación, y a identificar puntos críticos y retos hacia el futuro.


Comentarios

1 Comisión Colombiana de Juristas para el caso de Pueblo Bello y el Grupo Interdisciplinario de Derechos Humanos (GIDH) para el caso de Ituango.

2Informe final, sentencia Ituango y Pueblo Bello, agosto de 2009.

3 Las personas han descrito que a lo largo de estos años han tenido que vivir una y otra vez experiencias extremas, en razón de la violencia ejercida por diferentes actores armados, guerrillas y paramilitares, y por no haber contado con la protección del Estado.

4 70% de la población valorada no recibió atención en salud, pese a las remisiones médicas realizadas durante el proceso de valoración.

5 Para el proceso de valoración médica y psicosocial se utilizaron diferentes instrumentos: ficha de consulta médica, caracterización socio-demográfica de los hogares, de la vivienda, de las redes o instituciones que apoyan a las familias, y se realizaron entrevistas semiestructuradas a los grupos familiares, diseñadas a partir de la metodología del calidoscopio, en la que, tomando como referencia la línea de tiempo, se indaga sobre el antes, el ahora y el después de los hechos violentos, considerando los ámbitos emocional, relacional y de derechos. El procesamiento de la información se realizó mediante una aplicación de base de datos relacional desarrollada con Microsoft Access (MR), empleando formularios electrónicos con una interfaz gráfica análoga a los formularios o fichas impresas para la recolección de información. Mediante la interfaz se controló la consistencia interna o correspondencia entre la información proveniente de los distintos instrumentos impresos empleados. Corporación Vínculos (2009). Informe final, Proceso de valoración médica y psicológica desde una perspectiva psicosocial a las víctimas del caso Ituango y sus familias.

6 Informe del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas a los Estados parte, en virtud del artículo 40 del pacto, Ginebra, 12-30 de julio de 2010.

7 Corte Constitucional, Sala Primera de Revisión, reiteración de Jurisprudencia, Sentencia T-045 de 2010, Acción de tutela instaurada por la Comisión Colombiana de Juristas en representación de Diana Carmenza Redondo, Argénida Torres, María Romero y Juana Cárdenas, contra el Ministerio de la Protección Social.

8 En un artículo publicado en la red por la Agencia de Prensa IPC en julio de este año, se citan cifras de la Alta Consejería para la Reincorporación a la Vida Civil, respecto a los procesos que se adelantan con los 3.861 desmovilizados, en el marco de la Ley de Justicia y Paz, que se acogieron a esta ley, de los cuales unos 2.872 "correspondían a militantes rasos que se desmovilizaron colectivamente, unos 25 eran jefes de bloques y unos 964 se encontraban detenidos al momento de la desmovilización". Las afirmaciones hechas en la publicación apuntan a evidenciar los altos niveles de impunidad que se presentan cinco años después de la expedición de la Ley 975, pues del total de desmovilizados que publica la Alta Consejería, "sólo 2.161 ratificaron su postulación y de ellos, unos 670 se encuentran rindiendo versión libre ante los fiscales de Justicia y Paz. Es decir que menos del 2% del total de ex combatientes de la AUC está siendo juzgado por la justicia transicional. Hasta el momento se han realizado 1.790 diligencias de versiones libres y unas 641 continúan en curso".

9 Esta descripción es utilizada por Rodolfo Arango (2010) en su artículo Cinco años de Justicia y Paz, camino hacia la impunidad.


REFERENCIAS

1. Arango, Rodolfo. 2010. Cinco años de Justicia y Paz, camino hacia la impunidad. Razón Pública. http://www.razonpublica.com/index.php?option=com_content&view=article&id=1210:cinco-anos-de-justicia-y-paz-camino-hacia-la-impunidad-&catid=19:politica-y-gobierno-&Itemid=27 (Recuperado el 31 de julio de 2010).        [ Links ]

2. Bello, Martha. 2009. Violencia política en Colombia y Trabajo psicosocial. En Acompañamiento psicosocial en contextos de violencia sociopolítica, eds. Liz Arévalo, Miriam Penágos y Eduardo Martínez, 16-28. Bogotá: Corporación Vínculos.        [ Links ]

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5. Corte Constitucional. 2010. Sentencia T-045 de 2010 en respuesta a la acción de tutela instaurada por la Comisión Colombiana de Juristas en representación de Diana Carmenza Redondo, Argénida Torres, María Romero y Juana Cárdenas, contra el Ministerio de la Protección Social. Bogotá.        [ Links ]

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Fecha de recepción: 2 de agosto de 2010 Fecha de aceptación: 6 de agosto de 2010 Fecha de modificación: 12 de agosto de 2010

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