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Revista de Estudios Sociales

versión impresa ISSN 0123-885X

rev.estud.soc.  no.49 Bogotá mayo/ago. 2014

 

Análisis institucional multiagente: el problema de estructuración y agencia en la explicación de la emergencia de estructuras de gobernanza*

Alexander González-Chavarría

Doctor en Sociología por El Colegio de México. Candidato a Doctor en Ciencia Política de la Université Sorbonne Nouvelle - Paris 3, Francia. Profesor de la Pontificia Universidad Javeriana (Colombia) y miembro del grupo de investigación "Política Social y Desarrollo" (reconocido por Colciencias). Entre sus publicaciones más recientes se encuentran: Multi-scalar Globalization and Political Governance: Lessons from Negotiations over Colombia's Poverty and Inequality Reduction Strategy, 2006-2015. International Sociology 27: 1 (2012), 94-108. Correo electrónico: chavarriaa@javeriana.edu.co; alexandergonzalezch@gmail.com

DOI: http://dx.doi.org/10.7440/res49.2014.14


RESUMEN

En este artículo se investiga cuál es el efecto de introducir una perspectiva actualizada de estructuración en los modelos de gobernanza derivados del marco de análisis del neoinstitucionalismo. Mi argumento central es que, en general, la forma como se ha introducido la dimensión estructural en estos modelos no tiene suficientemente en cuenta los desarrollos actuales del debate sobre estructuración y agencia en el pensamiento sociológico. Tener en cuenta estos desarrollos puede generar una perspectiva de análisis institucional multiagente que permite indagar de forma más adecuada los procesos de emergencia de estructuras de gobernanza orientadas a la regulación intersectorial de riesgos sociales (problemáticas públicas) en las que participan agentes tanto estatales como no estatales. Esto aportaría a la capacidad explicativa del modelo neoinstitucional al integrar explícitamente el problema de agencia social en el análisis de los procesos de emergencia de estructuras de gobernanza.

PALABRAS CLAVE

Estructuración y agencia, gobernanza, neoinstitucionalismo, riesgos sociales, sistemas sociales multiagente.


Multi-Agent Institutional Analysis: The Social Agency and Structuration Problem in the Explanation of the Emergence of Governance Structures

ABSTRACT

In this article, I undertake a theoretical study of the effects of introducing an updated perspective of structuration in governance models derived from the analytical framework of neo-institutionalism. My argument is that the way different authors have introduced the structural dimension in governance models derived from this framework, generally fails to take sufficient account of recent developments in the sociological debate on structuration and agency. To do so may lead to a multi-agent institutional analysis perspective, which permits us to question the development of governance structures aimed at the intersectorial regulation of social risks with the participation of state and non-state agents in a more suitable manner. This could improve the explanatory power of the neo-institutional framework by explicitly taking into account the problem of social agency in analyzing the emergence of said governance structures.

KEY WORDS

Governance, multi-agent social systems, neo-institutionalism, social agency and structuration, social risks.


Análise institucional multiagente: o problema de estruturação e agência na explicação da emergência de estruturas de governança

RESUMO

Neste artigo, pesquisa-se qual é o efeito de ¡ntroduzir uma perspectiva atualizada de estruturação nos modelos de governança derivados do marco de análise do neoinstitucionalismo. Meu argumento central é que, em geral, a forma como se tem introduzido a dimensão estrutural nesses modelos não leva suficientemente em conta o desenvolvimento atual do debate sobre estruturação e agência no pensamento sociológico. Considerar esse desenvolvimento pode gerar uma perspectiva de análise institucional multiagente que permite indagar de forma mais adequada os processos de emergência de estruturas de governanca orientadas á regulação intersetorial de riscos sociais (problemáticas públicas) das quais participam agentes tanto estatais quanto não estatais. Isso contribuiria á capacidade explicativa do modelo neoinstitucional ao integrar explicitamente o problema de agência social na análise dos processos de emergência de estruturas de governança.

PALAVRAS-CHAVE

Estruturação e agência, governança, neoinstitucionalismo, riscos sociais, sistemas sociais multiagente.


Introducción

En este artículo tomo como objeto de análisis la formación de estructuras de gobernanza. Siendo éste un tema amplio que ha generado una vasta literatura, 1 me interesa enfocarme en la forma como se ha tratado el tema en el marco de análisis del neoinstitucionalismo. 2 Por esta razón, me enfoco en los trabajos de Oliver Williamson y Elinor Ostrom, quienes presentan los dos modelos de gobernanza más relevantes para el análisis que me propongo desarrollar aquí.

Específicamente, me interesa investigar teóricamente qué efectos tiene la actualización de la forma como se integra la dimensión estructural en estos modelos neoinstitucionales en lo que toca a la explicación de la emergencia de estructuras de gobernanza, tomando como referencia para esta actualización los desarrollos del debate sociológico sobre estructuración y agencia.

El argumento central es que tener en cuenta los desarrollos del debate sobre estructuración y agencia comporta el potencial de generar una perspectiva de análisis institucional multiagente que permite investigar de manera más adecuada los procesos de emergencia de estructuras de gobernanza, particularmente formas de gobernanza orientadas a la regulación intersectorial de riesgos sociales en las que participan agentes tanto estatales como no estatales. Esto aportaría a la capacidad explicativa del modelo neoinstitucional al integrar explícitamente el problema de agencia social en el análisis de los procesos de emergencia de estructuras de gobernanza, y ampliaría su alcance para analizar procesos de regulación intersectorial de riesgos sociales, es decir, problemáticas públicas que afectan a agentes sociales de distinto carácter.

Por cuanto el neoinstitucionalismo cuenta ya con una larga y consolidada trayectoria de desarrollo teórico, y dadas las restricciones de espacio en este artículo, in-tencionalmente se va a adoptar un enfoque general en la revisión de los elementos conceptuales de este marco de análisis. El objetivo en este punto es simplemente sentar las bases conceptuales que nos permitan entender el tratamiento del tema de la gobernanza en los trabajos de Williamson y Ostrom. No se pretende hacer una revisión profunda y detallada del aparataje conceptual del pensamiento neoinstitucional, lo cual desborda los objetivos de este estudio. 3

Entiendo por gobernanza el conjunto de elementos normativos (estructurales) y los procesos prácticos asociados a estos elementos en un contexto de acción determinado que le permiten a un conjunto de agentes sociales interesados buscar formas de regular alguna problemática o asunto de interés común. En términos generales, sigo la definición de Ruggie, para quien "la gobernanza, en cualquier nivel de organización social en la que pueda tener lugar, se refiere a la conducción de los asuntos públicos [y a la] serie de leyes, instituciones y prácticas por medio de las que cualquier colectividad dirige sus asuntos" (Ruggie 2004, 9).

El objeto bajo regulación varía según la perspectiva de análisis que se adopte, lo cual será parte de la exposición por desarrollar. Sin embargo, el interés es explorar las características de las estructuras de gobernanza que permiten la regulación intersectorial de riesgos sociales. Entendiendo por regulación intersectorial procesos de regulación en la que participan los agentes sociales afectados por determinados riesgos sociales, lo cual incluye tanto agentes estatales como agentes no estatales de nivel nacional e internacional. Por riesgos sociales se entiende cierto tipo de problemáticas públicas que se generan como resultado de los efectos negativos de la acción de determinados agentes sociales sobre otros agentes. 4

En la exposición que sigue se espera sustentar cada uno de estos puntos como resultado precisamente de la actualización de la dimensión estructural en el modelo neoinstitucional. Este resultado teórico se define como una perspectiva de análisis institucional multiagente en la que convergen los elementos centrales que explican la emergencia de estructuras de gobernanza, con la actualización de la dimensión estructural de esta explicación en términos de estructuración y agencia.

En cuanto a la metodología, se va a desarrollar un análisis comparado de los modelos teóricos de Williamson y Ostrom, haciendo referencia al tipo de objetos o recursos bajo regulación, los contextos de interacción específicos a los que se aplican estos modelos y el tipo de estructuras de go-bernanza que resultan como solución al problema de coordinación y regulación de las interacciones sociales. Luego se analiza qué efecto tiene en este marco de análisis la actualización de la dimensión estructural, con el objetivo de identificar las ampliaciones potenciales en términos de objetos bajo regulación, contextos de interacción y mecanismos de coordinación y regulación de las interacciones.

El artículo está dividido en tres secciones. En la primera se revisa la relación entre pensamiento neoinstitucional y gobernanza, acentuando la forma como se introduce la dimensión estructural al definir esta relación. En la segunda se presenta la versión actualizada de esta dimensión estructural según el desarrollo del debate de estructuración y agencia en la sociología en los primeros años dos mil. Por último, se utilizan estos elementos y resultados teóricos para delimitar los efectos sobre la explicación de la emergencia de estructuras de gobernanza, lo que se define como una perspectiva convergente de análisis institucional multiagente.

Dos modelos de gobernanza en la perspectiva neoinstitucional

Antecedentes: neoinstitucionalismo y gobernanza

Para empezar, se retoma brevemente y de manera esquemática el proceso de desarrollo del enfoque institucional. Sin ser éste el tema central del artículo, es importante como antecedente para abordar la cuestión de la gobernanza y entender en qué grado sería relevante la propuesta de integración de la perspectiva de estructuración y agencia en este modelo.

El pensamiento neoinstitucional profundiza en el análisis de la función de las instituciones en la regulación de los intercambios económicos, sociales y políticos, así como en la reducción de la incertidumbre propia de las interacciones humanas (North 2006, 13, 41 y 152; Merton 1936) y, por esta vía, en la solución del problema de coordinación.

Los supuestos conductuales del modelo completo de racionalidad individual (agente ideal) han sido sometidos a duras críticas, especialmente en lo que toca a la disponibilidad de información, capacidad de cálculo y capacidades cognitivas de los individuos, así como al efecto del contexto sobre los procesos de toma de decisiones (Elster 2007; Green y Shapiro 1994, 14-17; North 2006, 39 y ss.). 5

Como resultado, se asume que un agente no ideal resuelve las restricciones propias de su racionalidad a través de la interacción y la comunicación con otros agentes en marcos institucionales (contextos sociales de acción) específicos, es decir, se introducen los factores estructurales como elementos centrales para explicar los resultados de la acción individual. Éste es uno de los aspectos básicos que definen el giro hacia el modelo neoinstitucional, el cual supone un tipo especial de racionalidad instrumental, la racionalidad acotada, que se define con base en la dependencia que tiene el individuo tanto de los otros como de los factores estructurales que enmarcan su acción para definir sus procesos de acción (Simon 1957).

Este desarrollo teórico tiene, por lo menos, tres efectos importantes sobre el modelo completo de racionalidad. Primero, el paso de la decisión individual autónoma a la acción social interdependiente configura como problema central la coordinación de las interacciones. Segundo, este problema se aborda integrando las normas y las instituciones en el modelo, es decir, las reglas del juego (North 2006), a las que se les asigna esta función de coordinación. Tercero, surge entonces la necesidad de explicar cómo se generan, monitorean, sancionan y transforman estos marcos normativos e institucionales que estructuran, coordinan y regulan las interacciones sociales, los cuales se definen como modelos de gobernanza.

El problema de la coordinación se define en términos de los elementos externos que le permiten a un individuo tomar decisiones relativamente acertadas y actuar en un contexto de interacción marcado por la incertidumbre. Estos elementos se conceptualizan como los aspectos estructurales del contexto indicados por el conjunto de normas y reglas que regulan la interacción, es decir, las instituciones, cuya función es la asignación de recursos escasos de capital (económico, político, simbólico y social) entre un conjunto de actores que interactúan para realizar algún tipo de interés común en un contexto de incertidumbre. 6

Cuando se asumen los supuestos de racionalidad acotada y la interacción se repite en el tiempo, cada individuo depende de los otros individuos y de la forma como está estructurado normativa e institucionalmente el contexto de la interacción para resolver los déficits de información sobre el contexto mismo, los recursos relevantes en esa situación, el conjunto posible de resultados y la relación entre acciones y consecuencias en el proceso de decisión, dado el enmarcamiento de la acción. La predicción es que los individuos generarán normas de cooperación que les permitan superar estas restricciones cognitivas y prácticas y regular las interacciones entre ellos (Axelrod 1984 y 1997).

El neoinstitucionalismo establece implícitamente un fuerte vínculo con la sociología, 7 por cuanto las normas sociales, que constituyen el origen de las instituciones, han sido uno de los principales temas de estudio en esta disciplina desde sus orígenes (Opp 2001; Portes 2007). Sin embargo, el neoinstitucionalismo integra una versión sociológica "convencional" de las normas (Parsons 1968; Durkheim 1965) que las separa del individuo y su racionalidad, y delimita su lugar de operación por fuera de él, como estructura y contexto.

Esto -conviene recordarlo- está en el origen del ya clásico debate en las ciencias sociales sobre la relación individuo (homo economice-estructura (homo sociologicus) (Elster 2011; Joas 1999), el cual ha tenido un desarrollo muy dinámico en la sociología, incluidas la crítica sociológica a la teoría de la elección racional (Kroneberg y Kalter 2012; Sato 2010) 8 y la actual elaboración del vínculo macro-micro-macro (Coleman 1990) en términos de estructuración y agencia (Giddens 1995; Sewell 1992). Algunos autores han planteado que el desarrollo de este debate podría ser la base para generar un lenguaje teórico común para las ciencias sociales, 9 lo que indica la importancia de seguir profundizando en este análisis.

El esfuerzo que se ha hecho por introducir en el modelo neoinstitucional la dimensión estructural para el análisis y explicación de los resultados de la acción social y la emergencia de estructuras de gobernanza no ha resuelto satisfactoriamente el problema de la relación mutuamente determinante entre los procesos de acción de los agentes sociales y las condiciones estructurales, es decir, institucionales que enmarcan estos procesos. Esto plantea límites importantes al tipo de explicación que se puede esperar al usar este enfoque de análisis.

Primero, esta explicación sigue centrada en un tipo especial de racionalidad instrumental, a pesar de que los resultados de la investigación empírica muestran que los individuos se comportan de forma instrumental sólo en algunas situaciones con condiciones muy específicas. 10

Segundo, el supuesto sobre el lugar externo de operación de las instituciones (normas, reglas) no permite integrar estos factores en el análisis de la racionalidad individual, lo que limita el ámbito de explicación de la racionalidad de las acciones. La integración de estos factores como parte del modelo cognitivo 11 de los agentes sociales (endogenización) llevaría a ampliar los tipos de racionalidad (instrumental, axiológica, cognitiva, emotiva) 12 que es necesario tener en cuenta para explicar sus trayectorias de acción y los resultados colectivos emergentes (Boudon 2003 y 2011; Elster 2007; Risse y Kleine 2010), 13 particularmente en lo que toca a la generación de estructuras de gobernanza (vinculo micro-macro). 14

Por último, la forma como el modelo neoinstitucional integra la dimensión estructural supone normalmente relaciones de confianza entre los individuos. 15 Esto obvia el atributo de pluralidad de los agentes 16 definido en términos de las diferencias en sus modelos cognitivos, intereses y orientaciones prácticas, y lleva a que el modelo no explique satisfactoriamente, más allá de una lógica instrumental e integrando aspectos tanto individuales como estructurales, cómo surgen problemas de asimetrías de poder relacionados con la forma como están regulados, distribuidos o asignados institucionalmente recursos escasos de capital (distribución del poder), 17 la forma como los individuos perciben esta regulación (justa/injusta), cómo actúan en relación con esta percepción, cómo se resuelven los conflictos sociales que generan estas asimetrías de poder y cuál es el efecto de estas dinámicas de conflicto y su tratamiento sobre la estructura de regulación de partida (conservación o cambio).

El argumento es que estos límites en la explicación de la emergencia de estructuras de gobernanza se pueden resolver al actualizar, en términos de estructuración y agencia, la forma como se integra la dimensión estructural en este marco de análisis. Para sustentar este punto, es necesario revisar primero los dos modelos de gobernanza fundamentales que ha producido el pensamiento neoinstitucional.

Gobernanza corporativa y obernanza cooperativa (autogobierno)

En esta sección se analizan los dos modelos de gobernanza más influyentes vinculados al neoinstitucionalismo, el de Oliver Williamson y el de Elinor Ostrom. Estos enfoques comparten dos supuestos, el de la racionalidad acotada y el de la importancia de las instituciones para la solución del problema de coordinación. Sin embargo, se diferencian respecto al tipo de objetos o recursos que se busca regular y los contextos sociales en los que aparece el problema de coordinación. Esto lleva a postular distintas estructuras de gobernanza en función de los atributos específicos de estos objetos y de los contextos de interacción. En lo que sigue, especifico estos puntos.

Williamson y el enfoque de gobernanza coorporativa

Williamson asume como punto de partida un individuo que se comporta "intencionalmente racional, pero sólo limitadamente así", 18 es decir, parte de los supuestos de la racionalidad acotada y asume que las instituciones, siguiendo la definición de North (2006, 13), tienen una función de regulación de las interacciones humanas en distintos contextos de acción (Williamson 1996, 4).

Su objeto de estudio son los riesgos (hazards) asociados a las transacciones económicas y la función de las estructuras de gobernanza en la regulación de estos riesgos: delimita este objeto de la siguiente forma. En una situación de transacción (interacción) en la que dos agentes tienen que generar un contrato, este contrato en sí mismo será incompleto respecto a futuras eventualidades, debido a razones que se desprenden de los supuestos de la racionalidad acotada y del comportamiento oportunista de los individuos, definido como la búsqueda del autointerés con "astucia" (Williamson 1996, 6 y 215).

En este marco, el problema de coordinación se refiere entonces al tipo de formas institucionales que permiten la regulación y reducción de los riesgos asociados a las transacciones contractuales. 19 Williamson genera un programa de investigación microanalítico que vincula la economía, el derecho y la sociología de las organizaciones, combinando un "espíritu racional" con una perspectiva de sistemas, en el que la metodología es el análisis comparado de estructuras discretas de gobernanza (Williamson 1996, 13, 27, 8 y 42).

El primer paso en el análisis de la solución del "problema de cooperación/coordinación" (Williamson 1996, 32) es la diferenciación del lugar de operación de las normas entre el "ambiente institucional" que afecta el desempeño de la organización empresarial y las "instituciones de gobernanza", definidas como el conjunto de normas internas de la organización que afectan el proceso de decisión de los individuos. La gobernanza es "un ejercicio de evaluación de la eficacia de modos (medios) alternativos de organización [...] Una estructura de go-bernanza es por tanto pensada adecuadamente como un marco institucional en el que se decide la integridad de la transacción o conjunto de transacciones" (Williamson 1996, 11 y ss.). Así, las instituciones son los mecanismos de la gobernanza, lo que equivale a decir que la empresa es una estructura de gobernanza (Williamson 1996, 5 y ss.; Elster 1998 y 2007).

El segundo paso consiste en criticar la solución hobbesiana, 20 e identificar dentro de la organización mecanismos de coordinación jerárquicos con autoridad centralizada, es decir, que cuentan con legitimidad, que inducen la cooperación (Williamson 1996, 41) y que están centrados en el rol directivo de los ejecutivos.

En síntesis, el modelo de gobernanza corporativa de Williamson está construido con un actor individual que se comporta en términos de racionalidad acotada y oportunismo, y un marco normativo diferenciado entre ambiente institucional (dimensión externa) y estructura de gobernanza dentro de la empresa (dimensión interna). El problema de coordinación está construido según las restricciones comportamentales atribuidas al actor y toma como objeto de referencia las transacciones contractuales y sus atributos en contextos de interacción corporativos. La solución está planteada en términos de mecanismos de coordinación jerárquicos con autoridad centralizada integrados en las estructuras de gobernanza corporativa.

Aunque Williamson diferencia el lugar de operación de las normas (interno/externo), su modelo no incluye una perspectiva de agencia. Esto es comprensible porque su interés es analizar el efecto de las estructuras de gober-nanza empresarial en la reducción de los costos de transacción. Su interés no es analizar la relación dinámica entre estructuras de gobernanza y trayectorias de acción individual o plantear un mecanismo de cambio institucional corporativo que dependa de las trayectorias de acción de los agentes dentro de la empresa.

Ostrom y la gobernanza cooperativa (autogobierno)

El trabajo de Elinor Ostrom se circunscribe a un intersticio entre sociedad civil y sistema político en el que aparece un problema colateral: ¿Cómo resolver el problema de coordinación y gobernanza sin acudir a una autoridad (política) externa al sistema de interacción?

El escenario en el que nos encontramos es una situación de interacción en la que los individuos -que se suponen falibles, que adoptan normas y siguen estrategias contingentes en ambientes complejos (racionalidad acotada) (Ostrom 1990, 185 y ss.)- tienen que resolver el dilema de la acción colectiva. 21 Ostrom se pregunta, "¿cómo se organizan y se gobiernan los individuos a sí mismos para lograr beneficios colectivos en situaciones donde son sustanciales las tentaciones para ser un gorrón y romper los compromisos?" (Ostrom 1990, 27).

El objeto que está en el centro del análisis son los recursos comunes entendidos como recursos sobre los que no están claramente definidos los derechos de propiedad pero cuya apropiación beneficia a un grupo o una comunidad en su conjunto, tales como áreas de pesca, vertientes de agua o zonas de pastoreo. Por una parte, el "recurso común" es un objeto no institucionalizado pero que es vital para la subsistencia y supervivencia de una comunidad. Por la otra, Ostrom argumenta que las soluciones de política pública centralizadas e impulsadas por actores del sistema político, externos a la comunidad, no tienen los mejores resultados en la regulación de estos objetos.

Esto la lleva a enfocarse en los contextos de negociación que establecen los miembros de la comunidad afectada por un dilema de recursos comunes. El objetivo es "cuestionar el supuesto que las panaceas institucionales universales deben ser impuestas por autoridades externas para resolver problemas de pequeña escala, aunque complejos, inciertos y difíciles" (Ostrom 1990, 183). 22

Estos atributos del objeto y del contexto de interacción permiten especificar el dilema de acción colectiva en tres aspectos importantes: se trata de saber

    qué harían los individuos cuando tienen autonomía para diseñar sus propias instituciones y pueden afectar las normas mutuas y los beneficios percibidos. [También] cómo pueden las estructuras de los arreglos institucionales circundantes del régimen político promover o inhibir la capacidad de los innovadores para desarrollar instituciones que los pueden dirigir hacia mejores [...] resultados para ellos mismos y para otros. (Ostrom 1990, 84 y ss.)

Por último, cómo pueden los individuos cambiar la estructura de la situación que enfrentan a través del tiempo (Ostrom 1990, 84 y ss.).

Las instituciones se definen como "los conjuntos de reglas operativas que son usadas para determinar quién es elegible para tomar decisiones en alguna arena, qué acciones son permitidas o restringidas, qué reglas de agregación serán usadas, qué procedimientos se deben seguir, qué información se debe o no proveer y qué pagos serán asignados a los individuos dependiendo de sus acciones", es decir, son el conjunto de normas y reglas que afectan "los niveles del beneficio y su distribución entre los apropiadores" (Ostrom 1990, 51).

El marco institucional está diferenciado en tres dimensiones: una dimensión interna, que define las orientaciones y preferencias del actor (conjunto de variables internas); una dimensión situacional, que se refiere a la estructura institucional misma del contexto de interacción (conjunto de variables situacionales); por último, una dimensión estructural, que se refiere a la configuración institucional del sistema político amplio en el que se inscribe el contexto de interacción (conjunto de variables estructurales) (Ostrom 1990, 192-207). Estas tres dimensiones definen el lugar de operación de las instituciones en el modelo explicativo de Ostrom (Ostrom 2005, 33).

De manera correspondiente, el problema de coordinación tiene tres dimensiones relevantes: primero, la forma como un individuo decide participar o no en estos procesos cooperativos; segundo, la forma como los actores definen las normas que regulan el acceso y distribución de los beneficios de un recurso común, y la forma como se distribuyen los costos de monitoreo, sanción y transformación que se generan al introducir las normas como mecanismo de regulación; por último, la forma como se resuelve la interacción de la comunidad o el grupo de interés con actores del sistema político.

La solución al problema de coordinación se enfoca en términos de autonomía y autogobierno, es decir, como una solución cooperativa que busca evitar la intervención de un tercero externo (Ostrom 1990, 200, 51, 204 y ss.). El mecanismo de coordinación se específica entonces en términos cooperativos no autoritarios, es decir, se configura en el nivel de interacción a partir de los resultados de la negociación entre los actores y la contratación de un árbitro que hace cumplir los acuerdos (Ostrom 1990, 16). Por cuanto los resultados de negociación generan normas de cooperación que surgen de las mismas interacciones teniendo como base la confianza, se evita apelar a una autoridad del sistema político externa al contexto de negociación. El monitoreo y la sanción (enforcement) de las reglas se resuelven con base en este principio de confianza. De esta forma, "las normas compartidas relativas a la legitimidad de las reglas y el imperativo de seguirlas reducen el costo de monitoreo" (Ostrom 1990, 21, 25, 193, 200 y ss. ).

Así, se genera un modelo de gobernanza cooperativa orientada a la regulación de los "comunes", en la que el problema de la coordinación se resuelve a través de un mecanismo de coordinación horizontal no autoritario en contextos de negociación comunitarios. Para la autora, estas estructuras de gobernanza tendrán mayor probabilidad de éxito si las autoridades políticas reconocen su autonomía y respaldan los acuerdos a los que llega la comunidad de forma independiente (Ostrom 1990, 195-207). 23

Ostrom plantea de forma más clara el problema de agencia en términos de la capacidad que tienen los individuos de transformar de modo autónomo la estructura institucional que enmarca su acción en el nivel de interacción local. El objetivo es superar la imagen del enfoque neoclásico que ve a los individuos "atrapados en una situación estática, incapaces de cambiar las reglas que afectan su comportamiento" (Ostrom 1990, 182). Sin embargo, esta perspectiva de agencia se matiza y se devuelve al plano del actor que sigue un rol institucionalizado (Parsons 1968), por cuanto en una situación de toma de decisiones, las "estrategias disponibles para el individuo son 'apoyar' más bien que 'cambiar' [el conjunto de reglas] porque ningún individuo toma decisiones institucionales de modo particular, a no ser que se trate de un sistema totalmente monocromático" (Ostrom 1990, 194).

Actualización de la dimensión estructural en perspectiva de estructuración y agencia

Hasta este punto se han examinado los dos modelos más influyentes de gobernanza que se han formulado desde la perspectiva neoinstitucional. Al revisar estos modelos, el enfoque se ha centrado en los supuestos sobre racionalidad individual, el papel de las instituciones (introducción de la dimensión estructural), el tipo de objetos o recursos que se regulan, las características del contexto de interacción en el que surge el problema de coordinación y regulación, y la solución propuesta a este problema en términos de modelos de gobernanza.

La revisión permite caracterizar las estructuras de gobernanza que se derivan del enfoque neoinstitucional. Estas estructuras están compuestas por agentes que interactúan en contextos sociales específicos, recursos u objetos que se regulan y un marco normativo o conjunto de reglas que regula y coordina las interacciones a través de la asignación de recursos y definición del mecanismo de monitoreo y sanción del cumplimiento de las reglas.

La revisión y comparación de estos modelos teóricos permiten afirmar que, en general, el neoinstitucionalismo económico trabaja con un enfoque convencional de las normas a partir del que establece un sólido puente con una vertiente clásica del pensamiento sociológico y el debate sobre la relación estructura-agencia.

Para especificar este vínculo, se puede construir a partir de Ostrom, una primera aproximación a la perspectiva de análisis institucional multiagente, por cuanto el problema de coordinación se resuelve en términos de autogobierno e implica la negociación entre actores sociales que tienen en cuenta el ambiente político institucional como condición para la interacción (integración de las variables estructurales) pero buscan diferenciarse de él. Sin embargo, aquí tienen lugar dos salvedades.

Por una parte, dado que no se integra plenamente la perspectiva de agencia en el modelo, aún no llegamos al problema de coordinación intersectorial, es decir, procesos de negociación del conjunto de reglas operativas y marcos institucionales entre agentes estatales y agentes no-estatales en función de la regulación de una problemática de interés común.

Por la otra, el paso a estructuras de gobernanza configuradas con base en estos mecanismos de coordinación intersectorial depende del ajuste en los atributos de tres factores centrales de estos modelos de gobernanza. Primero, ajuste en los atributos de los agentes que interactúan, ampliando el supuesto de comportamiento instrumental para pasar a una perspectiva de pluralidad. Segundo, ajustes en los atributos del objeto que se busca regular, ampliando el enfoque en objetos o recursos económicos para integrar el análisis de riesgos sociales y problemáticas públicas. Por último, ajustes en los atributos del contexto de interacción, para complementar el análisis de los contextos corporativos y comunitarios con el análisis de contextos de negociación intersectorial definidos como sistemas sociales multiagente. 24

El argumento en este punto consiste en que este desarrollo teórico depende de la actualización de la forma como se introduce la dimensión estructural en el marco de análisis neoinstitucional. En este apartado voy a retomar los puntos centrales que configuran la perspectiva de estructuración revisada (primeros años dos mil), con el objetivo de justificar las ventajas de un enfoque de análisis institucional multiagente para abordar la explicación de la emergencia de estructuras de gobernanza orientadas a la regulación intersectorial de riesgos sociales.

Modelo de estructuración revisado

El rasgo analítico central del enfoque de estructuración es que divide la estructura en dos partes: la estructura interna, que opera en el nivel interno del agente, y la estructura externa, que constituye el conjunto de restricciones que enmarcan la acción del agente en un contexto o sistema de acción determinado. Éste es el concepto de dualidad de la estructura, con base en el cual se generan todo el análisis de las relaciones dinámicas y los efectos mutuamente determinantes entre estos niveles (Giddens 1995, 53-70).

La estructura interna

El primer punto de la revisión de los planteamientos de Giddens 25 es respecto al análisis de la estructura interna, la cual quedaría configurada por dos dimensiones: la "disposición general" del agente y la dimensión coyunturalmente específica.

La disposición general se refiere a las disposiciones simbólicas más o menos constantes que les permiten a los agentes desempeñarse en contextos nuevos de acción, lo que se explica en términos del concepto de habitus de Bourdieu (Stones 2005, 87; Bourdieu 1990). 26 La dimensión coyunturalmente específica se refiere a la posición de un agente en un sistema de acción determinado y a los requerimientos cognitivos y prácticos vinculados a esa posición: "Lo posicional se refiere a la noción de rol, que incluye diferentes reglas y expectativas normativas. Distintas posiciones tendrán asociados distintos juegos" (Stones 2005, 89). 27 Se supone que estas posiciones estas distribuidas de forma asimétrica en un campo de acción en función del poder asignado a cada una de ellas. El poder se define entonces como "capacidades normativamente generadas incorporadas en la posición y los roles sociales del actor", así como "capacidades reguladas normativamente para la movilización de recursos relevantes para el rol". 28

El concepto de agente se refiere tanto a individuos como a unidades de acción más complejas como organizaciones o Estados, que tienen cierto grado de control sobre las condiciones estructurales que condicionan y enmarcan su acción. Los siguientes son los atributos de este agente en la perspectiva de estructuración: es cognoscente (knowledgeable), reflexivo, con la habilidad de analizar críticamente su estructura interna, 29 tiene motivos y deseos, es decir, es intencional (purposive), cuenta con un conjunto de decisiones, dado un contexto de acción, y sus acciones llevan normalmente aparejadas consecuencias inesperadas. 30 Siguiendo a Giddens, la base cognitiva del agente queda configurada entonces por sus esquemas interpretativos, las capacidades de poder, sus expectativas normativas y el conocimiento de los otros agentes dentro del contexto de acción (dimensión estratégica) (Stones 2005, 7 y 91).

Con base en lo anterior, se puede conceptualizar la agencia activa, que se define en el proceso mismo de interacción por los valores que tomen los siguientes factores: amplitud del horizonte de acción, que depende de los objetivos y las preferencias del agente; grado de creatividad, 31 grado de reflexividad y distancia crítica; tipo de motivaciones y propósitos jerarquizados; y la relación entre propósitos del agente, posición coyuntural y resultados de sus procesos de acción (Stones 2005, 101).

La estructura externa

El segundo punto en el que se distancia este enfoque revisado de estructuración es en el análisis de la estructura externa. El consenso que parece existir es que en la elaboración teórica de Giddens hay una brecha entre las estructuras dentro del agente que son el medio de estructuración y las estructuras externas que generan los parámetros de la acción. El acento de Giddens en el marco hermenéutico (comprensivo) del agente para explicar los procesos de estructuración da la impresión de que estamos tratando con agentes todopoderosos, completamente cognoscentes y que reflexionan constantemente sus condiciones de acción. En este sentido, Giddens "sobreenfatiza la acción como individual y nunca considera completamente el fantasma de la red de otros que continuamente le dan forma a la acción". 32

El problema, entonces, es asumir un enfoque realista que permita retener el acento de la versión fuerte de la teoría de estructuración en la dualidad de la estructura, la autonomía relativa del agente respecto de las estructuras externas y la dimensión activa de la conducta del agente, "encontrando al mismo tiempo un espacio apropiado para las influencias causales estructurales sobre la vida del agente que están más allá de su capacidad de control" (Stones 2005, 109).

Este programa revisado de estructuración supone que la estructura externa tiene existencia autónoma en relación con un agente específico, que restringe y genera posibilidades y capacidades para la acción del agente, que puede constituir condiciones no reconocidas de acción y que puede ser la base para la generación de consecuencias inesperadas de la acción. También supone que la estructura incluye posiciones prácticas y relaciones en red tanto del agente in foco (objeto de observación) como de los otros agentes in situ (dentro del sistema de acción), los que a su vez están inmersos en la dualidad de la estructura y son parte del conjunto de factores que generan influencias causales independientes sobre el curso de acción del agente in foco (Stones 2005, 109 y ss.). 33

Agentes plurales y el potencial de conflicto como condición inicial de la interacción

La versión revisada de la teoría de estructuración incluye una elaboración detallada del concepto de pluralidad, el cual se refiere al hecho de que, en una situación de interacción, el conjunto de atributos que definen a los agentes queda diferenciado en función de sus trayectorias particulares, es decir, su historia, y en función de las lógicas de acción propias de los distintos sistemas de acción en los que se desempeñan esos agentes habitualmente (Stones 2005, 103 y ss.). 34 La importancia del concepto de pluralidad es que permite caracterizar de modo más realista a los agentes sociales y, por esta vía, determinar el potencial de conflicto que aparece en sus interacciones. Esto depende de tres factores fundamentales.

Primero, se da una tensión entre modelos cognitivos, es decir, discursos, principios normativos y orientaciones prácticas distintos o conflictivos entre sí y relevantes para un rol dentro de un dominio institucional específico. Esto quiere decir que, a pesar de que los agentes convergen en un proceso específico de interacción o negociación, cada agente está determinado por los modelos de mundo generados con base en su propia historia o con base en su trayectoria de desempeño en otros sistemas de acción social (estructura interna). Esto puede generar tensiones con la forma como están definidos institucionalmente el contexto de interacción o los roles en ese contexto y el poder vinculado estructuralmente a esos roles (estructura externa). Esta asimetría entre estructura interna y estructura externa implica que en un mismo contexto de interacción pueden aparecer múltiples lógicas de acción posiblemente conflictivas entre sí. Segundo, dado que se supone que los agentes no son sólo roles, sino, ante todo, personas u organizaciones con una identidad cultural y social (DiMaggio y Powell 1983), se genera una pluralidad de identidades que pueden entrar en conflicto entre sí, es decir, horizontalmente entre los agentes. Por último, cada uno de estos agentes, con su conjunto específico de intereses, demandas, potenciales de poder e identidades, se debe comportar en términos estratégicos y considerar a los demás agentes como parte de las condiciones estructurales que enmarcan su acción (Stones 2005, 107).

Análisis institucional multiagente

Los conceptos de estructuración y agencia permiten actualizar la forma como se introduce la dimensión estructural en la explicación de la emergencia de estructuras de gobernanza. Esta actualización tiene tres efectos importantes. Primero, permite abordar el análisis de formas de gobernanza orientadas a la regulación intersectorial de riesgos sociales. Segundo, permite introducir el problema de la coordinación intersectorial. Tercero, dados los conceptos de dualidad de la estructura y pluralidad, permite definir estos contextos de interacción como sistemas sociales multiagente. Estos tres rasgos en conjunto constituyen la perspectiva de análisis institucional multiagente.

En cuanto al objeto bajo regulación, se puede asumir que los intereses en torno a los que convergen e interactúan estos agentes plurales no se reducen estrictamente al conjunto de objetos económicos que hemos revisado sino que se amplían a una serie de problemáticas sociales y políticas que requieren procesos de coordinación intersectorial para su regulación. Este conjunto de problemas con rasgos de intersectorialidad se puede categorizar como riesgos (hazards) sociales, es decir, riesgos que surgen a raíz de los procesos de decisión y acción autónomos de un agente en determinado sistema de acción con efectos negativos, de desestabilización y crisis en otros sistemas de acción 35 y en los patrones, también autónomos, de decisión y acción de los agentes en esos contextos (Beck 2008; Giddens 1999; Kramer, Tenbrunsel y Bazerman 2010; Luhmann 1992).

Las tensiones que se generan a raíz del atributo de pluralidad de los agentes permiten establecer el conflicto potencial como condición inicial de la interacción, lo cual define el rasgo central que caracteriza el problema de la coordinación intersectorial. Específicamente, un mecanismo de coordinación intersectorial debe resolver tres cuestiones fundamentales. Primero, la tensión que se desprende del rasgo propiamente intersectorial, el cual surge cuando los agentes que convergen en determinado contexto institucional habitualmente se desempeñan en otros contextos con lógicas de acción distintas y relativamente autónomas, por ejemplo, en el sistema político (agentes estatales) o en el sistema económico y en el sistema social amplio (agentes no estatales).

Segundo, dado este rasgo de intersectorialidad y asumiendo el supuesto del comportamiento estratégico, se debe resolver el potencial de conflicto asociado al rasgo disposicional identitario, así como a la posición coyuntural cognitiva, práctica y de poder de los agentes en el contexto institucional en el que convergen. Por último, se deben resolver los problemas de coordinación que surgen cuando los agentes que convergen se desempeñan habitualmente en escalas o niveles de acción distintos (local, regional, nacional, regional-internacional, global). 36

En resumen, la coordinación intersectorial se refiere al problema de cómo es posible la cooperación entre agentes estatales y no estatales, del nivel nacional y/o internacional, que convergen en determinados contextos institucionales orientados a la regulación de alguna problemática o de un riesgo social de interés común para los agentes. La solución a este problema sigue siendo objeto de investigación y depende básicamente de la forma como se desarrollen los procesos de negociación entre estos agentes. Los resultados de estas negociaciones pueden llevar a la definición de puntos de acuerdo entre los agentes (coordinación horizontal) y a la conservación o cambio del marco institucional general que estructura la interacción (coordinación vertical).

Por tanto, atendiendo a la forma como se conceptualizan la dimensión estructural y los agentes en la versión revisada de estructuración, así como el problema específico de coordinación intersectorial al que da origen esta revisión, los contextos institucionales en los que se desarrollan estos procesos de regulación intersectorial de riesgos sociales se pueden definir como sistemas sociales multiagente. En esta perspectiva, los sistemas sociales multiagente se definen como contextos institucionales en los que interactúan agentes estatales y no estatales que pueden operar en diferentes escalas y que necesitan resolver un problema específico de coordinación intersectorial en función de la regulación de alguna problemática de interés común o de un riesgo social, dado un potencial de conflicto entre ellos como condición inicial de la interacción. 37

En síntesis, el análisis institucional multiagente toma como objeto de estudio el proceso de emergencia de estructuras de gobernanza orientadas a la regulación intersectorial de riesgos sociales en las que participan agentes tanto estatales como no estatales de carácter nacional y/o internacional, que tienen que resolver un problema de coordinación intersectorial, dado un potencial de conflicto como condición inicial de la interacción. 38 Parafraseando a Williamson, estas formas de gobernanza corresponden a sistemas sociales multiagente orientados a la regulación de riesgos sociales.

Se abre entonces un horizonte de investigación en el que es necesario caracterizar estas estructuras de gobernanza en términos de los riesgos sociales que se busca regular, los contextos institucionales de negociación, el tipo de agentes que participan en el proceso de regulación y los mecanismos de coordinación intersectorial, incluidos los marcos normativos e institucionales, que posibilitan la cooperación estratégica, negociación o construcción de acuerdos entre los agentes y la regulación de la problemática de interés.

A modo de síntesis

La actualización de la dimensión estructural en los modelos de gobernanza derivados del marco de análisis neoinstitucional tiene tres efectos analíticos de importancia: primero, permite abordar el análisis de formas de gobernanza orientadas a la regulación intersectorial de riesgos sociales; segundo, permite introducir el problema de la coordinación intersectorial entre agentes plurales; tercero, dados los conceptos de dualidad de la estructura y pluralidad, permite definir estos contextos institucionales como sistemas sociales multiagente. El análisis de estos tres rasgos en conjunto constituye la perspectiva de análisis institucional multiagente.

Para sustentar estos resultados se argumentó que el giro teórico hacia la estructuración permite diferenciar el lugar de operación de las normas, es decir, que las normas no sólo se conciben como un atributo del contexto (estructura externa) sino que se integran como un atributo interno de la racionalidad de los agentes (estructura interna). Esto permite caracterizar de modo más realista a los agentes sociales en términos de pluralidad y permite tener en cuenta el análisis del conflicto como condición inicial de la interacción.

Esto genera un efecto sobre el problema de coordinación, por cuanto ya no sólo es necesario coordinar las interacciones verticalmente con referencia a un marco normativo externo a los agentes sino que, además, hay que coordinar las interacciones horizontalmente teniendo en cuenta el carácter intersectorial de los agentes, los niveles o escalas de acción en los que se desempeñan y el potencial de conflicto entre ellos. Puesto en términos teóricos, la dualidad de la estructura y la pluralidad, con el potencial de conflicto que se le asocia, son los dos atributos fundamentales que configuran el problema de coordinación intersectorial en estructuras de gobernanza orientadas a la regulación intersectorial de riesgos sociales.


Comentarios

* Este artículo es producto de una investigación llevada a cabo por el autor. No contó con financiación para su elaboración.

1 La revisión de los distintos modelos teóricos de gobernanza se puede consultar en Bevir (2007 y 2010), Treib, Báhr y Falkner (2005), Valdés (2008) y Zurbriggen (2011). La principal crítica al enfoque de gobernanza está inspirada en el trabajo de Foucault, el cual propone un enfoque de gouvernementalité (Brand 2005; Foucault 2010).

2 Hasta el momento, el debate neoinstitucional cuenta cuatro "versiones": el neoinstitucionalismo de la elección racional, el neoinstitucionalismo histórico, el neoinstitucionalismo sociológico y el neoinstitucionalismo constructivista (Ansell 2007; Bell 2011; Brinton y Nee 1998; Carrigan y Coglianese 2011; Hall y Taylor 1996; Hay 2006; Ménard 2005; Nee y Swedberg 2005; Zafirovski 2004).

3 Sin embargo, en el desarrollo de la argumentación, se prestará mucha atención para presentar las referencias bibliográficas apropiadas en las que el lector interesado puede profundizar en los elementos conceptuales o mecanismos analíticos discutidos.

4 Esta aproximación a los riesgos sociales está basada en los trabajos de Beck (2008), Giddens (1999) y Luhmann (1992). Un ejemplo de este tipo de riesgos es la reciente crisis financiera de 2008, donde determinados agentes operando según su propia racionalidad financiera generaron efectos negativos masivos en otros agentes sociales y sistemas de acción a escala global.

5 Para una versión de estos supuestos en términos de la teoría de juegos se pueden consultar Ostrom (1998, 4) y Rubinstein (1998, 7-11). Para una versión crítica orientada en términos comportamentales, Elster (1986, 12-16), Gintis (2009) y Ostrom (1998).

6 La crítica fundamental que plantea Taylor es que las normas por sí solas no resuelven el problema de la coordinación; necesitan estar respaldadas por un mecanismo de monitoreo y sanción respecto a su cumplimiento (Taylor 1987, 29). El panorama general del problema de coordinación se puede establecer con base en Binmore et al. (2007, 67s y 92), Cox (2008, 69), Ménard (2005, 284), Schelling (1980, 90) y Williamson (1996, 102). Para un tratamiento desde la teoría de la Acción Colectiva, ver Olson (1992).

7 Brinton y Nee (1998) sistematizan la relación entre neoinstitucionalismo económico y sociología económica. Por su parte, Nee realiza una revisión de la aplicación general del enfoque neoinstitucional en las ciencias sociales (economía, ciencia política y sociología) y, particularmente, en sociología de las organizaciones y en sociología económica (Nee 2005, 50; también Nash 2010).

8 Esta crítica está liderada actualmente desde la sociología analítica (Abell 2003 y 2006; Boudon 2003 y 2011; Demeulenaere 2011; Elster 1998, 2007 y 2009; Hedström 2005; Hedström y Swedberg 1998; Manzo 2010; Merton 1936).

9 En este sentido, Gintis (2007 y 2009), así como la propuesta de frameworks (modelo de modelos) de Ostrom (2005). Este lenguaje común sería una teoría general de la acción (Boudon 2011; Joas y Beckert 2006).

10 Para la revisión de estos resultados se pueden consultar Kroneberg y Kalter (2012), Manzo (2010) y Sato (2010).

11 Es decir, los sistemas de creencias que definen la forma como los actores sociales perciben y actúan en el mundo (Boudon 2011).

12 Recientemente se ha avanzado en la investigación de contextos mixtos de negociación-concertación en los que operarían simultáneamente distintas lógicas de acción (instrumental, retórica y comunicativa). En este sentido, Risse (2000 y 2004) y Risse y Kleine (2010).

13 A esto hay que añadir los desarrollos de la teoría de juegos en perspectiva comportamental y evolutiva (Bowles y Gintis 2011; Gintis 2009; Ostrom 1998). También, Peterson (2008).

14 Sato (2010) plantea que éste es uno de los tres puntos de la agenda futura de investigación en sociología.

15 Este punto se sustenta abajo al revisar los modelos de gobernanza que se derivan de los trabajos de Williamson y de Ostrom.

16 Este punto se trata en profundidad en la segunda sección del artículo, "Agentes plurales y el potencial de conflicto como condición inicial de la interacción"

17 Para un modelo de negociación sociológico que integra explícitamente la dimensión de poder, ver Knight y Ensminger (1998).

18 Herbert Simon, citado en Williamson (1996, 6 y 36). También, Simon (1957).

19 La definición formal es la siguiente: "Las fallas en la coordinación pueden aparecer cuando partes autónomas leen y reaccionan de modo distinto ante [algún tipo de] señales, aun cuando su propósito es lograr una respuesta combinada oportuna y compatible" (Williamson 1996, 102).

20 Es decir, la necesidad de un Estado coercitivo que induzca la cooperación (North 2006, 27).

21 Olson (1992).

22 El cambio de escala es importante porque Ostrom supone que para problemas de gran escala, en los que los individuos no se comunican, es posible aplicar el modelo completo de racionalidad.

23 Actualmente, estos planteamientos se recogen en la formulación del marco de análisis institucional definido en términos de agentes, sus objetivos, las normas y condiciones que enmarcan su acción y los mecanismos de sanción asociados a estructuras específicas de interacción (Ostrom 1998, 2005 y 2011).

24 Este concepto se especifica en la sección "Análisis institucional multiagente".

25 Los planteamientos de Giddens fueron sometidos a distintas críticas, entre las que se cuentan las de Archer (1995), Cohen (1996), Mouzelis (1991 y 2008, 95-106) y Sewell (1992). El modelo de Stones recoge los principales aportes de estas perspectivas críticas. Por tanto, se hace referencia prioritaria a este trabajo.

26 También, Mangi (2009).

27 Aquí, como en muchos otros puntos, Stones reconoce la influencia de Nikos Mouzelis sobre su propuesta teórica. En este sentido, Merton (1957).

28 Mouzelis, citado en Stones (2005, 89).

29 Este es uno de los principales puntos en los que radica la diferencia con el enfoque de habitus.

30 En este último punto, Merton (1936).

31 Joas (1998 y 1999) y Joas y Beckert (2006).

32 Nigel Trift, citado en Stones (2005, 93). También, Stones (2005, 109 y ss.).

33 Esto implica que una decisión metodológica fundamental es el punto de vista del análisis, por cuanto este punto de vista varía entre los agentes.

34 Aquí, la importancia del debate sobre la forma como se constituyen las preferencias (Pollock 2006; Elster 2007). También, la relación con los enfoques que acentúan los modelos cognitivos o modelos de mundo del agente (e.g., Boudon 2003).

35 Externalidades negativas.

36 Este grado de complejidad de los procesos de acción social se resalta frecuentemente en los estudios sobre globalización y gobernanza. En este sentido, se pueden consultar: Carrigan y Coglianese (2011), González-Chavarría (2012), Nash (2010), Sassen (2010).

37 En términos metodológicos, el análisis y el modelado de estos sistemas multiagente se pueden abordar con las herramientas de la sociología computacional (Gilbert 2008; Gilbert y Troitzsch 2005; Manzo 2005; Troitzsch 2009 y 2012) y la sociología analítica (ver referencias en nota 8). Es posible complementar esta perspectiva con la perspectiva de Elster (1998) y el debate metodológico planteado en Janssen y Ostrom (2006).

38 La negociación de los presupuestos participativos en Brasil puede ayudar a ejemplificar estos contextos de regulación intersectorial. El escenario aquí es un proceso de concertación en el que convergen agentes tanto estatales como no estatales (sociedad civil) interesados en regular una problemática de interés común y asignar recursos económicos de manera que sus intereses queden representados (Baiocchi 2003). También, Newell, Pattberg y Schroeder (2012).


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Fecha de recepción: 30 de noviembre de 2012 Fecha de aceptación: 20 de mayo de 2013 Fecha de modificación: 15 de septiembre de 2013