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Revista de Estudios Sociales

versión impresa ISSN 0123-885X

rev.estud.soc.  no.57 Bogotá jul./set. 2016

https://doi.org/10.7440/res57.2016.01 

La internacionalización del multiculturalismo liberal como estructura de posibilidad para su circulación en América Latina*

Sabina García Peter** - Freie Universität Berlin, Alemania

** Doctora en Sociología por Freie Universität Berlin (Alemania). Actualmente es investigadora postdoctoral y docente en el Instituto de Estudios Latinoamericanos de Freie Universität Berlin. Entre sus últimas publicaciones se encuentran: "El multiculturalismo como modelo de gobernanza en Chile: Estado, Academia y Brokers". Universitas Humanística 82, 2016 (en prensa), e Incluyendo sin excluir. Género y movilidad en la educación superior (en coautoría). Berlín: Tranvía, 2013. sabinag@zedat.fu-berlin.de

DOI: http://dx.doi.org/10.7440/res57.2016.01


RESUMEN

El artículo tiene por objetivo analizar aquellos procesos que a nivel global funcionan como estructura de posibilidad para la circulación del debate liberal sobre multiculturalismo en América Latina. Se parte de plantear un marco teórico-conceptual para el estudio de la circulación de conocimientos que considera tanto las estructuras objetivas como las estrategias subjetivas que dan forma a ésta. Segundo, se presentan tres dimensiones del proceso de internacionalización del multiculturalismo liberal, identificadas a través del análisis de la literatura existente sobre el tema. Tercero, se concluye sobre la importancia de estudiar las especificidades de este proceso en distintos países de América Latina tomando como base la interacción entre estructuras de posibilidad y estrategias individuales, grupales y/o institucionales a nivel local e internacional. De esta forma se plantea que es posible explicar las diferencias que hay en las apropiaciones locales del debate.

PALABRAS CLAVE

Circulación de conocimientos, multiculturalismo liberal, estructuras de posibilidad, estrategias de posicionamiento, actores académicos (palabras clave de autor).


The Internationalization of Liberal Multiculturalism as the Structure of Possibility for Its Circulation in Latin America

ABSTRACT

The objective of the article is to analyze the processes that operate at a global level as the structure of possibility for the circulation of the liberal debate on multiculturalism in Latin America. It is based on the proposition of a theoretical-conceptual framework for the study of the circulation of knowledge that considers both the objective structures and the subjective strategies that give rise to it. Secondly, it presents three dimensions of the process of internationalization of liberal multiculturalism, identified through an analysis of the existing literature on the subject. Thirdly, the article concludes by pointing out the importance of studying the specifics of this process in different countries in Latin America based on the interaction between structures of possibility and individual, group and/or institutional strategies on the local and international level, proposing that it is thus possible to explain the differences encountered in local appropriations of the debate.

KEYWORDS

Circulation of knowledge, liberal multiculturalism, structures of possibility, positioning strategies, academic actors (Author’s Keywords).


A internacionalização do multiculturalismo liberal como estrutura de possibilidade para sua circulação na América Latina

RESUMO

Este artigo tem como objetivo analisar os processos que, no âmbito global, funcionam como estrutura de possibilidade para a circulação do debate liberal sobre multiculturalismo na América Latina. Parte-se de propor um referencial teórico-conceitual para o estudo da circulação de conhecimentos que considera tanto as estruturas objetivas quanto as estratégias subjetivas que dão forma a esta. Em seguida, apresentam-se três dimensões do processo de internacionalização do multiculturalismo liberal, identificadas pela análise da literatura existente sobre o tema. Por último, conclui-se sobre a importância de estudar as especificidades desse processo em diferentes países da América Latina tomando como base a interação entre estruturas de possibilidade e estratégias individuais, grupais e/ou institucionais no âmbito local e internacional. Dessa forma, propõe-se que é possível explicar as diferenças que há nas apropriações locais do debate.

PALAVRAS-CHAVE

Circulação de conhecimento, multiculturalismo liberal, estruturas de possibilidade, estratégias de posicionamento, atores acadêmicos (palavras do autor).


Introducción

La discusión en torno a la circulación internacional de conocimientos en el contexto de la globalización ha ocupado intensivamente a las ciencias sociales y humanas, siendo diversos los aportes teóricos que se han realizado en este campo de estudio. En América Latina, este tipo de investigación se ha centrado, sobre todo, en el análisis de los desplazamientos de personas y la formación de élites intelectuales, así como en el papel de éstos en un movimiento de ideas que se objetiva a través de la circulación de textos escritos importados y traducidos que, muchas veces, impactan el desarrollo del pensamiento de comunidades intelectuales en distintos espacios (Bittencourt 2011, 13).

En este contexto se ha destacado la importancia de los procesos de circulación internacional de ideas y teorías hacia América Latina desde una perspectiva geopolítica del conocimiento que pone en el centro las asimetrías en los flujos Norte-Sur, y las relaciones de subordinación internacional (Castro-Gómez y Grosfoguel 2007; Mignolo 2014; Slater 2008). Otros se han centrado en el vínculo entre la producción y circulación de conocimientos y su uso por parte de distintos sectores de la sociedad (Ariztía 2012). Menor relevancia ha cobrado, sin embargo, la identificación de otras asimetrías que se van desplegando en estos procesos a nivel local, tales como las asimetrías entre campos sociales y aquellas que permiten jerarquizar entre conocimientos dependiendo de quién los produce (García y Suárez 2014). Mientras que han sido casi nulos los esfuerzos realizados para determinar cómo es que circula el conocimiento en su total complejidad, es decir, no sólo entre Norte y Sur, sino también entre distintos campos sociales, entre disciplinas, entre campos científico-académicos regionales, entre otros. Es respecto a estos vacíos que surge el interés por ofrecer un enfoque que permita estudiar en profundidad los procesos de circulación de conocimientos en América Latina.

El artículo que aquí presento forma parte de un trabajo más amplio cuyo objetivo es estudiar los procesos de circulación de conocimientos, destacando el papel activo de los actores académicos, es decir, de la diversidad de sujetos e instituciones posicionados desigualmente dentro del campo académico-científico.1 El argumento teórico que propongo es que los procesos de circulación de conocimientos deben ser analizados a partir de la interrelación entre dimensiones y niveles de análisis distintos, que responden a la interacción entre estructuras objetivas y estrategias subjetivas. De esta forma busco aportar a la pregunta por los motivos que hacen que ciertos debates se vuelvan imperantes en distintos campos sociales y contextos. Como una forma de profundizar en este enfoque, en el artículo me centro en la identificación y el análisis de aquellos procesos globales que funcionan como estructura de posibilidad para la circulación del debate liberal sobre multiculturalismo en América Latina. Sin embargo, cabe señalar que soy consciente de que éstos sólo constituyen una dimensión de análisis y que una mirada crítica del tema requiere analizar paralelamente tanto las estructuras de posibilidad locales como la importancia de las estrategias de distintos actores sociales, entre ellos, académicos, movimientos sociales, políticos, ONG, entre otros.

A finales de la década de los ochenta y principios de la década de los noventa se comienzan a producir distintos aportes dentro de las ciencias sociales y humanas que discutían la centralidad de la temática de la diversidad cultural, sobre todo en relación con el estudio de sus consecuencias para las teorías y los modelos de integración y convivencia social (Albite 2005).2 Pese a ser múltiples las propuestas teóricas que pueden ser identificadas, es el multiculturalismo liberal (Kymlicka 1989 y 1995; Raz 1994; Taylor 1992 y 1994) la perspectiva que se convirtió en el gran referente global.3

    [...] El multiculturalismo que se mercadea con singular ímpetu, en los últimos años, es un producto netamente liberal, originalmente elaborado y empaquetado en los centros de pensamiento anglosajones, y cuyas fábricas conceptuales se ubican en algunos medios académicos de países como Estados Unidos, Canadá e Inglaterra. Posteriormente, desde luego encontró sus ideólogos vicariales, epígonos y divulgadores en otras regiones, muchos de ellos ubicados en las maquiladoras intelectuales de la periferia. (Díaz-Polanco 2006, 173)

Este debate teórico tiene su contraparte política, que toma forma en aquellas legislaciones y políticas encaminadas a dar reconocimiento a los distintos individuos y grupos dentro de la esfera pública en términos de una ciudadanía compartida y una identidad nacional. En este sentido, la mayoría de los Estados latinoamericanos neoliberales desarrollaron un modelo multicultural de reconocimiento de la diversidad cultural que se institucionalizó bajo la forma de reformas constitucionales y la implementación de políticas públicas multiculturales (Assies 2006; Richards 2013; Sieder 2000; Van Cott 2000). Este desarrollo responde a un proceso global caracterizado por la interacción de actores políticos, sociales y académicos, así como de organizaciones e instituciones de carácter nacional e internacional (Kymlicka 2007 y 2013).

En el artículo argumento que para explicar la importancia de este debate sobre multiculturalismo en su versión teórica y política en América Latina es necesario considerar, entre otros, el desarrollo de un proceso de internacionalización del multiculturalismo liberal a nivel global. Éste puede ser explicado por la capacidad que han tenido, por un lado, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de establecer un marco legal, basado en el multiculturalismo4 (Kymlicka 2007); y, por otro lado, el Banco Mundial (BM) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), de integrar a los pueblos indígenas y las minorías etnoculturales a los mercados globales y la competitividad económica (Kymlicka 2013) a través del financiamiento de programas de etnodesarrollo.

El artículo se divide en tres partes: la primera parte funciona como un resumen de los antecedentes teórico-conceptuales que permiten justificar la importancia de estudiar los procesos de circulación de conocimientos desde una perspectiva multidimensional y relacional; la segunda parte ahonda en aquellos procesos globales que funcionan como estructura de posibilidad para la circulación del debate sobre multiculturalismo de carácter liberal en América Latina; por último, y a modo de conclusión, se discute la importancia de analizar la interacción entre las estructuras de posibilidad con las estrategias de diversos actores académicos posicionados desigualmente dentro del campo académico. Cabe señalar que aunque el presente artículo se basa en una investigación empírica, éste no tiene por objetivo presentar "nuevos datos" sino ofrecer un enfoque para entender los procesos de circulación del debate sobre multiculturalismo a partir de la interacción entre estructuras de posibilidad y estrategias individuales, grupales y/o institucionales en distintos niveles espaciales.

Marco teórico-conceptual: circulación de conocimientos, estructuras de posibilidad y estrategias de los agentes

El artículo toma como base el trabajo de Dezalay y Garth (2002), que desde una tradición sociológica —pero centrada en los procesos internacionales de la democracia, la emancipación y los derechos humanos— tiene como foco el estudio del ascenso de la Rule of Law en América Latina. En este marco, los autores analizan la circulación internacional de modelos teóricos, políticos y económicos a partir de las estrategias5 internacionales que distintos actores locales llevan a cabo para asegurar su triunfo en las luchas locales por el poder. Dicho trabajo entrega un marco, basado en la teoría de los campos de Bourdieu, que permite desarrollar una propuesta de análisis para la circulación de conocimientos como resultado de la interacción entre procesos estructurales y las estrategias de aquellos individuos, grupos y/o instituciones que, en el marco de las luchas que caracterizan el funcionamiento de los campos sociales, tienen un papel en la circulación de conocimientos (Santamaría y Vecchioli 2008). Esto implica, a nivel más amplio, poner en relación aquellos procesos estructurales relevantes que se presentan como condiciones de posibilidad para la circulación, junto con la posición de los actores estudiados, sus trayectorias personales y profesionales, así como las estrategias que éstos despliegan en los niveles local y global. Esto requiere que no sólo se "examine la combinación de fuerzas internas y externas", "sino también aquellas impulsadas nacional e internacionalmente" (Dezalay y Garth 2002, 29). En términos metodológicos esto implica centrar el análisis en los actores sociales y sus interacciones, dando cuenta de la simultaneidad de niveles y campos en los que éstos intervienen (Santamaría y Vecchioli 2008, 14). La combinación de niveles micro y macro permite poner de manifiesto la relación entre los espacios local, regional y global, de tal forma que el análisis de las estrategias debe tener en cuenta no solamente los juegos de poder dentro de los espacios nacionales —de los cuales son eco—, sino también las estrategias internacionales (Dezalay y Garth 2002, 30), a partir de las cuales es posible estudiar las relaciones entre las corrientes globales y las transformaciones locales.

En este escenario, los conceptos campo y capital (Bourdieu 2000) adquieren relevancia central para estudiar los procesos de circulación. Éstos permiten, por un lado, analizar las luchas simbólicas que ocurren dentro del campo científico-académico —tomando en cuenta su carácter socialmente estructurado y los intereses de los sujetos que lo componen— y, por otro lado, entender la circulación como un producto de las estrategias que los agentes libran en el marco de estas luchas, con el objetivo de mejorar su posicionamiento dentro del campo. De esta forma, la circulación es entendida como un proceso multidimensional, complejo y relacional (Keim 2014).

En términos analíticos, el modelo propuesto implica identificar aquellos procesos estructurales relevantes que se presentan como estructuras de posibilidad, para ponerlos en relación con las estrategias desplegadas en los niveles local y global por distintos actores académicos posicionados asimétricamente.

La internacionalización del multiculturalismo liberal

En lo que refiere a la circulación del debate liberal sobre multiculturalismo en América Latina, un proceso que funciona como estructura de posibilidad corresponde a la internacionalización de este debate. Éste se caracteriza por la interacción de diversos actores, entre ellos organismos internacionales, agencias multilaterales, movimientos indígenas, académicos y académicas, actores políticos, entre otros.

La importancia de conocer las dimensiones de este proceso radica en que, al constituirse como estructura de posibilidad, éstas se entrecruzan con las estrategias locales e internacionales de distintos actores locales, dando forma a procesos diferenciados de la circulación de este debate en diversos contextos locales. De esta forma, al identificar el proceso de internacionalización del multiculturalismo liberal a nivel global es posible sentar una base sobre la cual estudiar los procesos de circulación de este debate en diferentes contextos en América Latina.

Organismos internacionales y derechos de las minorías

Desde finales de la década de los ochenta y comienzos de los noventa, la preocupación por la diversidad cultural permeó las instituciones centrales que a nivel internacional se inquietaban por la seguridad, el desarrollo y los derechos humanos, como una "extensión moral progresiva" de las normas existentes en esta materia (Kymlicka 2007). Estas instituciones empezaron a promover, a escala global, la cultura y la diferencia como valores en sí mismos y, por ende, como un recurso para el desarrollo, a la vez que un derecho inalienable (Briones 2007, 41).

Los nuevos discursos y normas relacionados con los derechos de las minorías y los pueblos indígenas se caracterizaron cada vez más, al menos a un nivel retórico, por el uso de los conceptos e ideas propios del multiculturalismo liberal. Inspirados en los principios de la libertad, la equidad y la democracia, así como en las estrategias que las democracias occidentales europeas ya habían implementado en términos de derechos de las minorías (Kymlicka 2008), organismos internacionales como la ONU y la OIT elaboraron declaraciones y convenios —como el Convenio 169 de la OIT (1989)6 o la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007)7— que permitieron a ciertos grupos subordinados mantener, y expresar, sus identidades y prácticas distintivas (Kymlicka 2007, 16-18). En este sentido,

    [...] aun cuando existen diferencias importantes entre los programas adoptados por distintos organismos internacionales, todos ellos adhieren, en general, a los conceptos teóricos y políticos defendidos por una perspectiva específica dentro de la amplia discusión sobre cultura y políticas, esto es, el multiculturalismo liberal. (Costa 2012, 139; traducción del autor)8

Este proceso tomó fuerza en la medida que su mirada se dirigía hacia los derechos de las minorías étnicas como una forma de proteger la dignidad del ser humano (Van Cott 2005), promover la justicia y profundizar la ciudadanía democrática (Kymlicka 2008). El modelo adoptado alentaba, e incluso presionaba, a los Estados a dar un vuelco a su relación con los pueblos indígenas y las minorías etnoculturales (Kymlicka 2007, 3), a cambio de reconocimiento, acceso al comercio y ayuda financiera (Van Cott 2005). A esto se asocia la necesidad de reformar los modelos de desarrollo de los Estados, poniendo en el centro la compatibilidad entre neoliberalismo y democracia, a la vez que resaltando la importancia de los derechos humanos.

El creciente interés por parte de la ONU por adoptar una visión favorable a los derechos políticos, sociales y económicos de los pueblos indígenas y las minorías etnoculturales responde a "una preocupación creciente por la ‘diversidad cultural’ en un mundo marcado por la presencia masiva de un complejo cultural e industrial cuyos efectos homogeneizantes afectan la particularidad de las culturas nacionales y locales" (Gros 2000, 177). La motivación principal radicaba en "[...] un deseo humanitario de proteger un tipo de grupo que era visto como claramente vulnerable" (Kymlicka 2008, 63), y, como tal, la tarea se centró en desarrollar normas destinadas a superar dicha vulnerabilidad. En este sentido, la preocupación por la diversidad cultural se plantea como una precondición para mantener un orden internacional legítimo sustentado en los derechos humanos, la paz, la seguridad, la democracia y el desarrollo económico (Kymlicka 2007). Estos reacomodos globales redibujan "el espacio económico, político e ideológico para que se manifieste un nuevo ‘interés’ internacional por la problemática" (Briones 2002, 385).9

En este sentido, la discusión sobre los derechos de los pueblos indígenas se vio atravesada por una lógica jurídica que puso en el centro los debates propios del campo del derecho internacional y los derechos humanos aplicados a una "población objetivo", a saber, los pueblos indígenas (Santamaría 2008, 109). En ese marco, "nuevas ‘generaciones’ de derechos han surgido en los últimos años, y órdenes nuevos están apenas en proceso de consolidación, como es el caso de los llamados ‘derechos colectivos’" (Díaz-Polanco 2006, 125).

La introducción de los derechos de los pueblos indígenas en el discurso sobre los derechos humanos transformó a los pueblos indígenas en nuevos sujetos de derecho internacional y, como tal, convirtió al derecho indígena en materia y disciplina de algunas de las facultades de Derecho más importantes (Stavenhagen 2011). De igual forma, la hegemonía del discurso jurídico normativo se impuso en el desarrollo de distintas disciplinas.10 Y la temática indígena, que parecía reservada a la antropología, comienza a ser foco de interés de otras disciplinas como las ciencias políticas y jurídicas, desde donde empieza a producirse una mayor cantidad de investigación y programas de estudio con el fin de enfrentar esta nueva etapa.11;

El apogeo alcanzado por el multiculturalismo liberal durante la era del neoliberalismo12 se debe asimismo a la posibilidad ofrecida por este debate de "reconstruir relaciones entre el Estado y la sociedad, por medio de una inclusión que permite reducir conflictos étnicos e incrementar la eficiencia económica de la acción estatal" (Walsh 2009, 7). En este sentido, el sistema neoliberal ha promovido "la ‘valorización’ de la diversidad según la lógica de promover cierta ‘politización’ de la cultura que provoca la despolitización de la economía y la política misma" (Díaz-Polanco 2006, 2). De ahí se desprende la relación existente entre el capitalismo en su versión neoliberal y la cuestión de la identidad, que hace que los programas, mecanismos y herramientas que promueven el multiculturalismo vayan a la par del proceso de acumulación neoliberal.

Los esfuerzos realizados a favor del reconocimiento y respeto de la diversidad etnocultural ayudan a reducir el horizonte de las políticas públicas que pueden ser asumidas por parte del Estado hacia los pueblos indígenas al conceder en forma restringida algunos derechos de difícil aplicación y programas de desarrollo con un corte asistencialista destinados a paliar los efectos del modelo económico sobre las comunidades indígenas. De esta forma se dejan fuera políticas que puedan poner en riesgo el modelo de acumulación o que incidan en factores estructurales que condicionan la desigualdad económica y la dominación de los pueblos indígenas (Larrea 2010, 35).

Respecto a esto último resulta clave entender el papel del BM y el BID en la promoción, el financiamiento e implementación de reformas institucionales que han transformado los modelos de desarrollo de los Estados en el marco del neoliberalismo en América Latina. Ambas instituciones centraron su acción a favor de la hegemonía cultural del neoliberalismo, buscando incidir en un cambio en la relación del Estado con los pueblos indígenas y los afrodescendientes. De esta manera, los procesos de democratización y participación de estas poblaciones en la región se han vuelto compatibles con los esfuerzos de profundización y consolidación del modelo neoliberal por parte de estas agencias.

A través de estrategias de subsidio y focalización, el BM y el BID han promovido la inclusión de poblaciones potencialmente conflictivas, "sin alterar los mecanismos del orden socioeconómico existente, ni los intereses de los sectores sociales dominantes [...]" (Domenech 2007, 74). Es decir, expandiendo y profundizando el modelo neoliberal. En este sentido, su relación con las comunidades indígenas y afrodescendientes "se enmarca en la relación cultura-pobreza-desarrollo" (Domenech 2007, 73) y cobra interés en la medida que éstas pueden transformarse, ya sea en un "obstáculo para el desarrollo económico y la reducción de la pobreza" (Psacharopoulos 1992; Psacharopoulos y Patrinos 1994; Partridge y Uquillas 1996, en Domenech 2007, 73), o en una amenaza a la paz dentro de la región producto de conflictos culturales y étnicos (Bates 1999; Collier 2000, en Domenech 2007, 73). En este escenario se utilizan los términos inter- o multiculturalismo13 estratégicamente, con el objetivo de "introducir el discurso del neoliberalismo democrático que tiende a profundizar mecanismos de privatización y tercerización en las relaciones sociales" (Bolados 2012, 136) desde una perspectiva que afirma la diversidad cultural.

El reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas y las minorías etnoculturales a través del desarrollo de convenios, declaraciones y mecanismos ha contribuido a la normalización de la idea contemporánea del Estado moderno en términos multiculturales o multinacionales (Kymlicka 2007, en Garzón 2012, 268). La "justicia indígena" hace parte de la agenda de derechos humanos y desarrollo que da lugar a la circulación internacional de conocimiento experto en el que participan no sólo múltiples actores económicos y políticos internacionales (Santamaría 2008, 94), sino también académicos.

Dado que, para la mayoría de los países latinoamericanos, la década de los noventa comenzó marcada por el surgimiento de una serie de procesos sociopolíticos vinculados a nuevos conflictos y tensiones entre actores sociales, estatales y transnacionales, los esfuerzos internacionales y locales se canalizaron en garantizar la sostenibilidad de las economías de mercado y el logro del "desarrollo" mediante la promoción de una gobernabilidad democrática que contrarrestara los problemas derivados de estos procesos que estaban afectando, en muchos casos de forma directa, a las poblaciones indígenas y afrodescendientes. De ahí que se pueda explicar en parte por qué en la región ha tenido tanta resonancia la difusión del multiculturalismo liberal (Rodríguez 2007, 3).

La cuestión indígena en América Latina y la internacionalización de sus demandas

En lo que refiere a América Latina, el centro de la reivindicación de la diversidad etnocultural encontró lugar en las demandas de organizaciones y movimientos indígenas, y afrodescendientes, por el reconocimiento de sus derechos culturales, sociales, políticos y económicos. Ya desde finales de la década de los ochenta se venía dando un cambio en lo referido a las cuestiones indígenas, en donde, "ligado muchas veces a la ‘educación popular’, las organizaciones indígenas fueron adquiriendo crecientemente una ‘conciencia étnica’" (Bengoa 2000, 23).

Este proceso, que pese a las características locales hizo presencia en casi todos los países de América Latina, tuvo su punto cúlmine cuando en 1992 —al conmemorarse los quinientos años del "descubrimiento" de América—, los indígenas de todo el continente comenzaron a unir fuerzas para exigir el reconocimiento de sus derechos. Desde ese momento se empieza a hablar de una "emergencia de la cuestión indígena" (Bengoa 2000): luego de años de silencio y olvido, los indígenas se organizaban y exigían el reconocimiento de sus identidades y derechos más allá de los problemas económicos, sociales y políticos que los aquejaban, transformándose en importantes actores sociales y políticos capaces de influir en las "agendas políticas" de todos los programas de gobierno latinoamericanos, y convirtiéndose en objeto de preocupación de diversos sectores empresariales (Bengoa 2000, 24-25), así como también de los organismos internacionales y las agencias multilaterales.

Esta "emergencia de la cuestión indígena" es fruto de la conjunción de múltiples factores (Bengoa 2000; Martí i Puig 2010; Sieder 2000; Trejo 2000) y se da en forma paralela al proceso de configuración de diversos regímenes internacionales de defensa de los derechos de los indígenas y minorías etnoculturales, que se explorarán con mayor detalle en el siguiente apartado. La intersección entre ambos procesos es un factor clave en la consolidación de estos movimientos (Martí i Puig 2007; Stavenhagen 1999; Van Cott 2005).

A finales de los años setenta ya se había iniciado un proceso de consolidación de una masa crítica de organizaciones que introduce en la agenda internacional el tema de los derechos de los pueblos indígenas y las minorías etnoculturales (Brysk 2000). Sin embargo, es desde finales de los años ochenta, y durante todos los años noventa, que este proceso se ve fortalecido por la configuración de una Transnational Advocay Network14 (Keck y Sikkink 1999), con capacidad de generar legislación internacional, a través de la articulación de actividades de lobby en los organismos internacionales. Esta red está compuesta por actores de distinta naturaleza, entre ellos integrantes de los movimientos indígenas y actores académicos. Estos últimos se integran a través de su participación directa como consultores o a través de su participación en ONG.

La inserción de un sector de los movimientos indígenas en el sistema internacional es un hito clave en la consolidación de sus demandas. Una vez representados en éste y apoyados por la labor de presión, y difusión, de esta red se generó una percepción compartida de que era necesario y urgente crear instrumentos internacionales para hacer efectiva la protección de los derechos de los pueblos indígenas (Martí i Puig 2004, 27). Junto con esto, otros dos factores son de relevancia para explicar este resurgimiento político de lo étnico: el compromiso de algunos académicos, principalmente de un sector dentro de la antropología, preocupados por la situación de los pueblos indígenas y el acceso a recursos puestos a disposición por ONG y agencias para el desarrollo (Martí i Puig 2010, 72). Éstos funcionaron como activadores o dinamizadores de los movimientos indígenas, en la medida que transfirieron recursos materiales, simbólicos e institucionales (Martí i Puig 2004).

En este sentido, si bien la cuestión étnica como temática no había estado ausente antes, lo que hay es un cambio en cuanto a cómo se posiciona ésta: "nuevos actores y organizaciones étnicas unidas a reuniones y declaraciones de carácter etnicista, así como acciones y demandas de reivindicación" (Bengoa 2001, 90). Las demandas económicas y materiales se combinan con una demanda por el respeto de la diversidad cultural y la especificidad étnica. En este sentido, la cuestión indígena no puede ser vista separada de una demanda indígena, que cuestiona no sólo la desigualdad, sino también las relaciones de dominación cultural.

En la medida que los pueblos indígenas no sólo han sabido apropiarse del discurso y las instituciones globales de derechos humanos, sino que también han contribuido con sus propias perspectivas a la conformación del sistema jurídico e institucional internacional, una serie de normas derivadas de los principios generales de derechos humanos se han dirigido directamente a los pueblos indígenas (Anaya 2006). Esto permite identificar una indigenización del sistema de derecho internacional, en la que se va a seguir profundizando a continuación.

Protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas

El tema de los derechos indígenas desde la perspectiva del multiculturalismo liberal es relativamente reciente en el campo de los derechos humanos; sin embargo, el tratamiento de las cuestiones vinculadas a los pueblos indígenas no es nuevo dentro del sistema internacional de las Naciones Unidas. Su historia se remonta a la Conferencia de Versalles, en 1919, que puso fin a la Primera Guerra Mundial, donde por primera vez una delegación de indígenas se presentó pidiendo que fueran escuchadas sus demandas por el reconocimiento y la libre determinación. En esa ocasión era poco o nada lo que el sistema internacional podía ofrecerles, en cuanto al reconocimiento de sus derechos humanos, pero poco a poco fue tomando más relevancia.

En 1953, la OIT había publicado un libro sobre la situación de los pueblos indígenas en el mundo que trajo consigo el lanzamiento de un proyecto piloto orientado a la promoción del desarrollo de las comunidades indígenas desde un ángulo multidisciplinario (Proyecto Andino). Cuatro años más tarde, en 1957, la conferencia general de la OIT aprobó el Convenio 107, siendo éste el primer intento por reglamentar las obligaciones internacionales de los Estados en relación con los pueblos indígenas y tribales, aunque caracterizado por su enfoque integracionista.

Años más tarde, alrededor de la década de los setenta, las Naciones Unidas publican un informe sobe discriminación racial. Este informe se enfocaba principalmente en la situación del apartheid en Sudáfrica, pero en sus conclusiones destacaba la necesidad de considerar la discriminación en contra de las poblaciones indígenas de América y el resto del mundo. Algunos años después, esta propuesta fue encargada a José Martínez Cobo, miembro de la Subcomisión de Protección de Minorías y Prevención de Discriminación, al mismo tiempo que la Comisión de Derechos Humanos decidía aprobar la creación, en el seno de la Subcomisión, de un Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas. Su objetivo era estudiar la situación de los pueblos indígenas en el mundo, así como evaluar la normatividad y proponer posibles normas, tanto a nivel nacional como internacional, para la protección de los derechos de los pueblos indígenas y la lucha contra su discriminación (Stavenhagen 2002).

El Grupo, iniciado finalmente en 1982, consideraba por primera vez escuchar la voz de los pueblos indígenas para discutir, estudiar y conocer su situación respecto a los derechos humanos, a través de un foro, y esto se reconocía cada vez más dentro del sistema de las Naciones Unidas. Junto con este foro, el Grupo de Trabajo estuvo a cargo de la elaboración del proyecto de Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas. Paralelamente a este proyecto, los indígenas, a través del Grupo de Trabajo, tuvieron la oportunidad de presionar durante años para que se creara un Foro Permanente sobre Cuestiones Indígenas y una Relatoría Especial sobre los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas, en el marco de la Comisión de Derechos Humanos.

Durante la década de los ochenta comienza a darse una expansión global de distintas herramientas legales y políticas de protección de los derechos culturales de los pueblos indígenas que apuntan a un giro en la relación entre los Estados, las minorías culturales y los pueblos indígenas, contribuyendo en forma creciente al proceso de desarrollo normativo e institucional, e impulsando criterios e interpretaciones innovadores con el fin de llevar a la práctica estos derechos específicos.

    Por lo tanto, se advierte que hay un proceso de desarrollo aplicativo de los derechos de los pueblos indígenas y minorías nacionales mediante una evolución interpretativa, y que, junto con el paradigma de los derechos humanos, han generado importantes sinergias para ir consolidando lo que algunos autores denominan un derecho internacional consuetudinario de los pueblos indígenas. (Garzón 2012, 263)

Pese a que los convenios y declaraciones internacionales no involucran compromisos legales vinculantes por parte de los países que los suscriben, éstos, al igual que los mecanismos, cambiaron las expectativas y el sentido del derecho, difundiendo conocimiento, mejorando las herramientas y construyendo coaliciones que legitiman los esfuerzos por la autoorganización y movilizan a los grupos étnicos nacional e internacionalmente (Kymlicka, 2007, 44).

En el contexto latinoamericano hay dos instrumentos que han tenido un papel específico en relación con la situación y defensa de los derechos de los pueblos indígenas, y que como tales aparecen como relevantes dentro del proceso de internacionalización del multiculturalismo en la región: el Convenio 169 de la OIT, al cual se ha hecho ya referencia en el primer apartado de esta sección, y la figura del Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas15 (Rodríguez 2007).

El Convenio 169 se transformó rápidamente en uno de los instrumentos de mayor alcance en lo que refiere a la regulación de los derechos de los pueblos indígenas a nivel internacional (Martí i Puig 2004). En el contexto latinoamericano cobra especial importancia al ser uno de los principales medios que permitió la internacionalización de las demandas indígenas de la región. Así, "el alto número de ratificaciones por parte de países latinoamericanos lo convierten, en cierta medida, en un tratado de vocación internacional transformado en un mecanismo regional" (Rodríguez 2007, 6). El Convenio 169 tuvo una notable influencia en las reformas constitucionales y en la legislación neoindigenista en América Latina durante la década de los noventa (Aparicio 2001; Assies, Van der Haar y Hoekema 1999; Clavero 2000), debido a que uno de sus aspectos centrales es que al ser aprobado y adoptado, los países deben introducir profundas reformas constitucionales y legales con el fin de dar cumplimiento a sus obligaciones (Bello y Rangel 2000).

El contexto de producción de este primer instrumento jurídico internacional sobre los derechos de los pueblos indígenas permite que no sólo las organizaciones indígenas sino también los expertos en pueblos indígenas comiencen a insertarse en distintas redes de conocimiento experto en derechos humanos y participen activamente en discusiones de derechos internacional tanto en la OIT como en la ONU (Santamaría 2008, 85). A nivel local, los cambios legislativos que trae consigo el Convenio 169 para adecuarse a los estándares del mismo representan una oportunidad para un grupo de actores dentro del campo académico. Su carácter jurídico no sólo lo convierte en objeto de estudio y discusión académica, especialmente para quienes se vinculan a la temática de los derechos humanos, sino que a la vez prolifera una serie de diplomados, cursos y capacitaciones centrados en las implicancias locales de la ratificación del Convenio 169, que se transforman en instancias claves para la circulación del debate sobre multiculturalismo. De esta manera, la ratificación del Convenio 169 en distintos países en América Latina forma parte de la estructura de posibilidad que conlleva que una serie de actores pertenecientes al campo académico desarrollen estrategias a nivel local que reestructuran sus posiciones en el campo académico, así como en relación con otros campos, y que tienen como consecuencia una circulación del debate sobre multiculturalismo. Así, por ejemplo, algunos de los Centros de Derechos Humanos dentro de instituciones universitarias empiezan a ofrecer diplomados, cursos y capacitaciones que se centran en difundir las implicancias teórico-conceptuales y prácticas de la ratificación del Convenio 169.

La figura del Relator Especial sobre los derechos humanos de los indígenas, por otro lado, también adquirió especial relevancia en el contexto latinoamericano. El mandato del Relator Especial fue establecido por una resolución de la Comisión de Derechos Humanos en 2001, patrocinada por México y Guatemala, en un momento álgido en lo referido al debate en torno a la cuestión de los derechos indígenas en el contexto de las Naciones Unidas, en el marco del primer decenio internacional, caracterizado por la ausencia de mecanismos específicos para la protección de los derechos indígenas en el contexto internacional. Su mandato tiene por objetivo hacer visible la situación de los pueblos indígenas en las agencias internacionales y los organismos de derechos humanos, a través de la apertura de espacios entre los pueblos indígenas, los gobiernos y las organizaciones internacionales. De especial interés ha resultado la figura del académico Rodolfo Stavenhagen16 —primer Relator Especial durante un primer período, entre 2004 y 2007, y un segundo período por tres años más— como promotor del debate multiculturalista hacia América Latina. Las actividades llevadas a cabo por Stavenhagen significaron un aporte para la protección de los derechos indígenas y contribuyeron a situar la cuestión indígena en la agenda general de los derechos humanos de las Naciones Unidas. A su alrededor se dio forma a una red de actores promotores del multiculturalismo especialmente importante en el campo académico de las ciencias sociales y humanas que apoyó y difundió su trabajo dentro del campo académico y político. Por ejemplo, es posible mencionar al antropólogo chileno Álvaro Bello, quien fue colaborador de Stavenhagen y lo acompañó durante su visita oficial a Chile como Relator Especial, en 2003; o al académico, jurista y activista José Aylwin, quien fue el encargado de organizar la visita de Stavenhagen a Chile. Ambos académicos han sido claves en difundir y promocionar tanto la labor del Relator Especial como el constructo teórico-conceptual que sostiene su labor dentro de Chile, pero también en el contexto latinoamericano, a través de publicaciones y eventos académicos. En el caso de Bello, algunas de sus publicaciones más importantes están estrechamente vinculadas al pensamiento desarrollado por Stavenhagen, de manera específica el debate en torno al concepto ciudadanía multicultural (Bello 2004; Bello y Rangel 2000), influencia que también es posible encontrar en el trabajo de Aylwin (Aylwin y Marimán 2008).

Así, en torno a la proliferación de instrumentos y mecanismos de defensa y promoción de derechos, como los anteriormente mencionados, se formó una industria de actividades promocionales, así como redes internacionales de académicos, intelectuales y policy makers familiarizados con los discursos y prácticas del multiculturalismo liberal, que han ayudado a difundir y promocionar no sólo estas normas, sino también su sustrato teórico-conceptual. Esto se logra a través de publicaciones académicas, reportes públicos, workshops y sesiones de entrenamiento, que sirven para dar cuenta del catálogo de buenas prácticas, así como para difundir un discurso político sobre cómo administrar o gobernar la diversidad etnocultural (Kymlicka 2007).

De forma paralela, las agencias multilaterales focalizan parte de sus recursos para el desarrollo indígena y llevan a cabo procesos de diseño y gestión participativos. En América Latina esto ha traído consigo el desarrollo de iniciativas de estudios de situación, actividades de capacitación y proyectos de inversión orientados a las poblaciones indígenas, donde sectores dentro del campo académico han encontrado cabida. Al respecto cabe mencionar la labor del BM y el BID. Ambas instituciones muestran una afinidad respecto a la situación de los pueblos indígenas y elaboran políticas y guías específicas para éstos. Cabe mencionar la relevancia que han tenido en América Latina los programas de etnodesarrollo17 o desarrollo con identidad, impulsados y financiados por instituciones como el BM y el BID.18

En el caso de Chile, por ejemplo, el BID financió la implementación de un innovador y millonario programa de etnodesarrollo neoindigenista —Programa Orígenes— que tenía como objetivo contribuir al desarrollo y mejoramiento de la calidad de vida de los pueblos aimara, atacameño y mapuche del sector rural, desde los lineamientos del desarrollo con identidad fomentado por este organismo en varios países "indígenas" de América Latina para promover nuevos modelos de gobernabilidad (Santamaría 2008). Parte importante de este tipo de programas incluyó como componente central de su funcionamiento el desarrollo de capacitaciones y de una producción científica que estuvo en gran parte a cargo de profesionales de las ciencias sociales posicionados en el campo académico (Bolados 2012).

Conclusiones

En este artículo he planteado la necesidad de estudiar los procesos de circulación de conocimientos como el resultado del entrecruzamiento de variables de carácter procesual-estructural y de las estrategias de una variedad de actores posicionados desigualmente en distintos campos sociales y que se mueven motivados por la acumulación de capitales. Desde esta perspectiva, la circulación de conocimientos se distingue por su carácter complejo, multidimensional y relacional, dado que involucra no sólo distintos campos sociales, sino también distintos niveles espaciales. Partiendo de esto, me he centrado en la circulación del debate sobre multiculturalismo tomando como referencia su versión liberal, la cual se ha posicionado en América Latina como la más relevante tanto en el campo académico como en el político. En este artículo me propuse reconstruir el proceso de internacionalización del multiculturalismo liberal, ya que ésta ha funcionado como estructura de posibilidad para la circulación de este debate en América Latina. Al respecto he identificado tres dimensiones de este proceso. La primera refiere a la valoración y el reconocimiento que se ha dado a la diversidad cultural en el marco de las democracias liberales y las economías neoliberales, en el contexto de afirmación de los derechos humanos.

Esto ha traído consigo, por parte de los organismos internacionales y agencias multilaterales, un proceso de traducción del multiculturalismo liberal en un discurso centrado, principalmente, en la defensa de los derechos de los pueblos indígenas. Una segunda dimensión relevante por considerar guarda relación con la importancia alcanzada por las demandas indígenas en América Latina y el carácter internacional que éstas adquieren (Rodríguez 2007). De esta forma, la lucha indígena, representada por diversos movimientos sociales y políticos, permite reformular las reivindicaciones estructurales relacionadas con la justicia social y el reconocimiento a la identidad colectiva (Garzón 2012, 247). Por último, una tercera dimensión refiere a la consolidación de una serie de programas, mecanismos y herramientas internacionales que, como reflejo de las teorías multiculturales de carácter liberal, se constituyen como parte integral de los nuevos regímenes de derecho internacional de las minorías. Estos procesos traen consigo nuevos espacios de acción local y global a los que se vinculan actores académicos, habiéndose mencionado algunos ejemplos a lo largo del artículo.

En la medida que los organismos y redes internacionales ofrecen la posibilidad de acumular capital extranjero —en forma de recursos, grados académicos, contactos y/o conocimientos—, que permite a los actores sociales —académicos, en este caso— mejorar su propia posición en los campos en que se desenvuelven, éstos se vuelven centrales a la hora de dar forma a algunas de sus estrategias. Este proceso puede tener como consecuencia la circulación de conocimientos, lo que se intensifica gracias al esfuerzo por parte de estos organismos por difundir el multiculturalismo como modelo de administración de la diversidad cultural.

Con todo, es necesario señalar que el estudio de la circulación de conocimientos no está completo si no se toman en consideración aquellos procesos que funcionan como estructuras de posibilidad a nivel local, así como el papel de distintos actores académicos posicionados en diversos campos locales e internacionales. Es, precisamente, en el análisis conjunto de las estructuras de oportunidad, locales y globales, en relación con las estrategias locales e internacionales de los actores académicos, que es posible entender los procesos de circulación en su total complejidad y dar cuenta de las diferencias locales que caracterizan a estos procesos.

De acuerdo con lo señalado, el proceso de internacionalización del multiculturalismo, donde se ven involucrados actores de distintos campos, se transforma en una estructura de posibilidad importante para entender las estrategias locales e internacionales de diferentes actores localizados desigualmente, entre ellos también distintos actores académicos. Sin embargo, su identificación y análisis sólo constituyen una dimensión en el estudio de la circulación del debate sobre multiculturalismo en América Latina, por lo cual queda pendiente seguir avanzando en esta tarea.


Comentarios

* El presente artículo de reflexión tiene como base la investigación de doctorado, titulada "Circulando Conocimientos desde las Asimetrías. El papel de los actores académicos en la producción y circulación del debate sobre multiculturalismo en Chile". El trabajo fue desarrollado dentro del programa de Doctorado de Sociología del Instituto de Estudios Latinoamericanos de la Freie Universität Berlin y fue financiado por Becas Chile.

1 Aunque el foco está puesto en aquellos actores posicionados en el campo académico-científico, es necesario plantear que en los procesos de circulación de conocimientos pueden estar involucrados actores pertenecientes a distintos campos sociales. Así, por ejemplo, en el caso del debate sobre multiculturalismo —en el centro de este artículo—, son importantes actores pertenecientes a los movimientos indígenas, del campo político, think tanks, entre otros.

2 Cabe destacar que a partir de la década de los noventa la antropología social y cultural se ve inmersa en un intenso debate en torno al concepto cultura (Geertz 1992), centrándose en la crítica a su significado homogéneo. Esto coincide con la reivindicación que hay de este concepto desde otras disciplinas como la filosofía política y el derecho.

3 Para un análisis de las tres grandes respuestas teóricas que surgen frente al desafío multicultural —liberalismo igualitario, multiculturalismo liberal y multiculturalismo a secas—, ver Villavicencio (2010). En este trabajo me centraré en el multiculturalismo liberal, para el cual las diferencias culturales sólo tienen sentido en la medida en que los individuos, basados en sus propios juicios, procesos de reflexión y formación de preferencias, se reconocen a sí mismos en el repertorio cultural y hacen uso de él como una parte constitutiva del ejercicio de su autonomía individual (Raz 1994; Kymlicka 1989 y 1995).

4Cabe señalar que, si bien las herramientas que las organizaciones internacionales crean para promover el multiculturalismo no hacen referencia explícita al concepto como tal, éste sirve como un término paraguas donde es posible encontrar distintas conceptualizaciones y prácticas (Kymlicka 2007), que cobijan ideas, políticas y prácticas de carácter liberal reflejadas en la "primera ola de multiculturalismo liberal", donde destacan autores como Kymlicka (1989; 1995; 2007, 7), Taylor (1992) y Raz (1994). Kymlicka incluye teorías acerca del "multiculturalismo", "ciudadanía diferenciada", "políticas de reconocimiento", "derechos de los grupos", "culturalismo liberal" e "integración pluralista".

5 Se entiende la idea de estrategia desde un sentido bourdieuano, es decir, como "el despliegue activo de ‘líneas de acción’ objetivamente orientadas que obedecen a regularidades y conforman patrones coherentes y socialmente inteligibles, aun cuando no siguen reglas conscientes o apuntan a las metas premeditadas determinadas por un estratega" (Bourdieu y Wacquant 2005, 52).

6 Instrumento jurídico internacional que define los derechos de los pueblos indígenas y los principios a los que deberían atenerse los Estados, organizaciones multilaterales y otros agentes políticos. Constituye el primer ejemplo de una normativa multicultural internacional que acepta, sin ambigüedades, los principios positivos de los derechos de grupos específicos (Rodríguez 2007).

7 En 1994, la Sub Comisión de Prevención de la Discriminación y Protección de las Minorías de la ONU adoptó el Proyecto de Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Poblaciones Indígenas, el cual finalmente fue ratificado en septiembre de 2007 por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, constituyéndose como la norma mínima de reconocimiento de los derechos colectivos de los pueblos indígenas. Esta declaración reafirma y fortalece la defensa que hace el Convenio 169 de los derechos indígenas en relación con la tierra, la lengua y el derecho consuetudinario, así como también establece que los pueblos indígenas tienen derecho a la autodeterminación.

8 "[...] Even if there are important differences among the programs adopted by different international organizations, all of them adhere, in general, to the theoretical and political concepts defended by specific approach in the broad discussion about culture and politics, that is, liberal multiculturalism".

9 Cabe señalar que las recientes normas internacionales de derechos de las minorías que surgieron junto a las teorías normativas del multiculturalismo liberal, y fueron influenciadas por ellas, no son idénticas. El derecho internacional y las teorías multiculturalistas han aceptado la necesidad de plantearse diferenciadamente en función del grupo. En este sentido, los regímenes internacionales de derecho se han caracterizado por distinguir entre derechos destinados a las minorías nacionales y derechos para los pueblos indígenas. Para una discusión detallada sobre las implicancias de esta distinción y las asimetrías entre las normas destinadas a los pueblos indígenas en comparación con las minorías nacionales, y sus consecuencias, ver: Kymlicka (2008) y Garzón (2012).

10 En el caso de la antropología puede mencionarse el desarrollo de la antropología jurídica como subdisciplina, cuyo foco es el tratamiento jurídico de los pueblos indígenas desde una perspectiva que está estrechamente vinculada con los fundamentos y los límites del multiculturalismo (Castillo 2009).

11 Este proceso está inmerso en una compleja red de relaciones de poder que deriva de la interacción entre actores en posiciones asimétricas.

12 La tendencia por parte de las democracias industrializadas avanzadas hacia el multiculturalismo fue anterior a la emergencia del neoliberalismo. Es por esto que la creciente fuerza neoliberal se oponía en un principio a la naturaleza socioliberal del multiculturalismo impulsado desde la década de los sesenta, en la medida que el multiculturalismo encarnaba una especie de Estado de Bienestar liberal al que dicha fuerza se oponía.

13 Se entiende el interculturalismo como interculturalismo funcional, es decir, como un dispositivo de poder dentro del multiculturalismo que "apunta al control del conflicto étnico y la conservación de la estabilidad social con el fin de impulsar los imperativos económicos del modelo de acumulación capitalista, ahora haciendo ‘incluir’ los grupos históricamente excluidos a su interior" (Walsh 2009, 4) La interculturalidad es, desde esta perspectiva, un término para referir a "discursos, políticas y estrategias de corte multicultural-neoliberal" (Walsh 2009, 8), y se diferencia de la interculturalidad crítica como proyecto político, social y epistémico y ético que parte del movimiento indígena (Tubino 2005).

14 Las Transnational Advocacy Networks refieren a espacios políticos donde diferentes actores situados negocian —formal e informalmente— los significados sociales, culturales y políticos de su empresa conjunta (Keck y Sikkink 1999, 90).

15 Rodríguez (2007) menciona también el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que se ha constituido en el locus de la defensa internacional de los derechos indígenas en América Latina a través de la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Sin embargo, en el contexto de este artículo no se profundizará en su importancia en el contexto latinoamericano, ya que éste no ha sido particularmente relevante en la circulación del debate sobre multiculturalismo hacia distintos contextos locales, sobre todo porque ha estado más desvinculado del campo académico.

16 Stavenhagen es un académico de origen alemán, pero que desarrolla gran parte de su carrera académica en México. Su trabajo puede ser calificado como el de un "intelectual académico" que logra presencia pública desde su actividad investigativa. A principios de los años ochenta se acercó a las Naciones Unidas cuando se abría en el área de Derechos Humanos un Centro con interés por los derechos de los pueblos indígenas. Estuvo cerca de las personas que trabajaban en esa oficina, participó en sesiones de un grupo de trabajo sobre pueblos indígenas que se organizó en las Naciones Unidas y donde se comenzó a discutir un proyecto de Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas. Al mismo tiempo que se abría un debate en la OIT, donde formó también parte de un grupo de expertos que estaba discutiendo la revisión del Convenio 107. En paralelo se desarrollaba la discusión en las Naciones Unidas sobre los derechos indígenas, y durante varios años asistió a esas reuniones hasta que finalmente, en 2001, fue nombrado Relator Especial (Lima y Cabral 2010).

17 El primero en hablar de etnodesarrollo fue Bonfil Batalla (1995), para luego ser acuñado por agencias multilaterales.

18 En 1991, el BM elaboró una Directriz Operativa sobre Pueblos Indígenas (DO 4.20) que establece la política que debe regir en el marco de proyectos financiados por esta institución. En ella se establecen cláusulas de salvaguardia y de promoción del desarrollo indígena en aquellos casos en que un proyecto de inversión financiado por la institución tenga un impacto sobre los pueblos indígenas, y se busca asegurar que los pueblos indígenas reciban beneficios sociales y económicos que sean culturalmente compatibles (Uquillas 2003). El BID, por su parte, adopta una estrategia dirigida de manera específica al desarrollo de los pueblos indígenas como parte del mandato de la Octava Reposición de Recursos del BID (1994). Ésta incita al BID a asumir un papel más proactivo en temas indígenas y se refiere concretamente a los desafíos y oportunidades para lograr un proceso de desarrollo indígena participativo procurando su inclusión sistemática y pertinente en las operaciones regulares del BID, mediante componentes y enfoques específicos socioculturalmente apropiados. Bajo la coordinación de una Unidad de Pueblos Indígenas y Desarrollo de Comunidades, ésta se inspiró, entre otros, en el Convenio 169 de la OIT (Bello y Rangel 2000). El propósito de esto es "potenciar la contribución del BID en el desarrollo con identidad de los pueblos indígenas" (BID 2006).


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Fecha de recepción: 07 de septiembre de 2015 Fecha de aceptación: 26 de enero de 2016 Fecha de modificación: 24 de febrero de 2016

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