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Revista de Estudios Sociales

versão impressa ISSN 0123-885X

rev.estud.soc.  no.86 Bogotá out./dez. 2023  Epub 31-Out-2023

https://doi.org/10.7440/res86.2023.05 

Dossier

Ciudadanos del común y construcción de paz. Creencias sociales sobre el perdón, la justicia y la reconciliación en Colombia*

Everyday Citizens and Peacebuilding. Social Beliefs on Forgiveness, Justice, and Reconciliation in Colombia

Cidadãos do comum e construção da paz. Crenças sociais sobre perdão, justiça e reconciliação na Colômbia

Juan David Villa-Gómez** 

Wilson López-López*** 

Lina Marcela Quiceno**** 

Claudia Pineda-Marín***** 

Johnatan Hurtado****** 

Eliana María Urrego-Arango******* 

**Doctor en Migraciones Internacionales y Cooperación al Desarrollo de la Universidad Pontificia de Comillas (España). Profesor asociado de la Facultad de Psicología de la Pontificia Universidad Bolivariana (Colombia). Investigador del grupo de investigación en psicología Sujeto, Sociedad y Trabajo. Últimas publicaciones: “Creencias sociales y orientaciones emocionales colectivas sobre la protesta social en ciudadanos de Medellín y su área metropolitana (Colombia)” (en coautoría), Investigación y Desarrollo 31 (1): 55-87, 2023, https://doi.org/10.14482/INDES.31.01.495.123; y “Polarización y creencias sociales en algunos militantes de dos partidos políticos ideológicamente antagónicos en el marco del posconflicto en Colombia” (en coautoría), Revista Guillermo de Ockham 21 (1): 7-29, 2023, https://doi.org/10.21500/22563202.5433. juan.villag@upb.edu.co

***Doctor en Psicología Social de la Universidad de Santiago de Compostela (España). Profesor titular de la Pontificia Universidad Javeriana (Colombia). Pertenece al grupo de investigación Lazos Sociales y Cultura de Paz. Últimas publicaciones: “Colombian Transitional Justice: The Media Discourse of the Peace Agreement and Perceptions Regarding Its Institutions” (en coautoría), Deusto Journal of Human Rights 8: 51-82, 2021, http://dx.doi.org/10.18543/djhr.2284; y “Análisis de la producción y redes de colaboración en los programas de doctorado en psicología en Colombia” (en coautoría), Acta Colombiana de Psicología 25 (1): 151-182, 2022, https://doi.org/10.14718/acp.2022.25.1.11. lopezw@jeveriana.edu.co

****Magíster en Psicología Social de la Universidad Pontificia Bolivariana (Colombia). Profesora de la Facultad de Psicología de la misma institución. Investigadora del grupo de investigación en psicología Sujeto, Sociedad y Trabajo. Últimas publicaciones: “Barreras psicosociales para la paz, una lectura desde las creencias sociales sobre el conflicto y la paz en Palmira, Valle del Cauca” (en coautoría), en Ethos del conflicto y creencias sociales como barreras psicosociales para la paz y la reconciliación en Colombia, editado por Juan David Villa, Verónica Andrade y Lina Marcela Quiceno, 182-215 (Medellín: Editorial Universidad Pontificia Bolivariana, 2021), http://hdl.handle.net/20.500.11912/9582; y “Los hilos invisibles de la memoria hegemónica: representaciones sociales de hechos históricos, olvidos convenientes y silencios instalados” (en coautoría), Ratio Juris 17 (35): 1-2, 2022. linmarcela.quiceno@upb.edu.co

*****Doctora en Psicología de la Université de Toulouse (Francia). Profesora en la Fundación Universitaria Konrad Lorenz (Colombia). Pertenece al grupo de investigación Psicología del Consumidor. Últimas publicaciones: “Psychology of Peace: Findings and Challenges for the Multidimensional Transformation of Violent Social Practices” (en coautoría), en Political Psychology in Latin America, editado por Claudia Zúñiga y Wilson López-López, 131-150 (Washington, D. C.: American Psychological Association, 2021); y “Gender Equality and Maternal Burnout: A 40-country Study” (en coautoría), Journal of Cross-Cultural Psychology 53 (2): 157-178, 2022, https://doi.org/10.1177/00220221211072813. clipineda20@gmail.com; claudiap.pinedam@konradlorenz.edu.co

******Psicólogo. Practicante investigativo, auxiliar de investigación en la Universidad Pontificia Bolivariana (Colombia). Pertenece al grupo de investigación en psicología Sujeto, Sociedad y Trabajo. johnatan.hurtado@upb.edu.co

*******Doctora en Literatura por la Universidad de Salamanca (España). Profesora de la Facultad de Psicología de la Pontificia Universidad Bolivariana (Colombia). Investigadora del grupo de investigación en psicología Sujeto, Sociedad y Trabajo. Últimas publicaciones: “Balandú, voz poética de Manuel Mejía Vallejo”, Revista de Estudios Colombianos 56: 38-47, 2020, https://doi.org/10.53556/rec.v56i0.12; y Escribir, olvidar, regresar. Historias en borrador (en coautoría) (Medellín: Editorial Pontificia Universidad Bolivariana; Editorial Universidad Nacional de Colombia, 2022). eliana.urrego@upb.edu.co


Resumen:

Este artículo indaga por procesos que, desde una perspectiva psicosocial, se vinculan significativamente: el perdón, la justicia, la reconciliación y la paz. Se presentan así parte de los resultados de la investigación “Barreras psicosociales para la construcción de la paz y la reconciliación en Colombia”, que se realizó durante 2019 y el primer semestre de 2020. El objetivo de este trabajo fue comprender creencias sobre el perdón, la justicia y la reconciliación de 256 personas de nueve ciudades de Colombia. Se usaron un diseño cualitativo y un método fenomenológico-hermenéutico, a través de entrevistas semiestructuradas y en profundidad. Se realizaron un análisis intratextual e intertextual de contenido, y una codificación teórica de primer nivel (descriptivo) y segundo nivel (hermenéutico), de donde emergieron cinco categorías: 1) perdón condicionado y justicia retributiva; 2) ni perdón ni olvido: pena de muerte y retaliación punitiva; 3) perdones compensatorios y justicia transicional; 4) deslegitimación de la justicia transicional: los ofendidos; y 5) oportunidades para la reconciliación. Los principales resultados permiten observar que entre los participantes prima una perspectiva retributiva de la justicia, que limita las posibilidades de perdón y reconciliación en el marco del acuerdo de paz entre el Estado colombiano y la guerrilla de las FARC-EP. Un grupo significativo, pero menor que el anterior, de entrevistados encuentra caminos para el perdón a través de los mecanismos de justicia transicional desarrollados por el acuerdo. La discusión se centra en cómo la esperanza de construir espacios para la paz y la reconciliación parece estar enfocada en la posibilidad de humanizar al agresor, especialmente al excombatiente raso (en este punto coinciden las posturas), aspecto que podría aprovecharse para el trabajo psicosocial.

Palabras clave:  barreras psicosociales para la paz; construcción de paz; creencias sociales; justicia; perdón; reconciliación

Abstract:

This article explores processes that are significantly interconnected from a psychosocial perspective: forgiveness, justice, reconciliation, and peace. It encompasses part of the findings from the research project “Psychosocial Barriers to Peacebuilding and Reconciliation in Colombia,” conducted during 2019 and the first half of 2020. The study was intended to understand beliefs about forgiveness, justice, and reconciliation among 256 individuals from 9 cities in Colombia. A qualitative design and a phenomenological-hermeneutic method were used, employing semi-structured and in-depth interviews. An intratextual and intertextual content analysis and theoretical coding at two levels (descriptive and hermeneutic) were performed, leading to the emergence of five categories: 1) conditional forgiveness and retributive justice; 2) neither forgiveness nor forgetting: death penalty and punitive retaliation: 3) compensatory forgiveness and transitional justice; 4) delegitimization of transitional justice: the offended; and 5) opportunities for reconciliation. The main results reveal that a retributive perspective of justice prevails among the participants, limiting the possibilities of forgiveness and reconciliation within the framework of the peace agreement between the Colombian State and the FARC-EP guerrilla. A significant but smaller group of interviewees find paths to forgiveness through the transitional justice mechanisms established by the agreement. The discussion revolves around how the prospect of creating spaces for peace and reconciliation appears to hinge on the potential to humanize the aggressor, particularly the low-ranking ex-combatant (a point of convergence in perspectives), presenting an opportunity for leveraging psychosocial interventions.

Keywords: forgiveness; justice; peacebuilding; psychosocial barriers to peace; reconciliation; social beliefs

Resumo:

Neste artigo, são explorados processos que, de uma perspectiva psicossocial, estão significativamente ligados: perdão, justiça, reconciliação e paz. Ele apresenta parte dos resultados da pesquisa “Barreiras psicossociais para construir a paz e a reconciliação na Colômbia”, realizada em 2019 e no primeiro semestre de 2020. O objetivo deste trabalho foi entender as crenças sobre perdão, justiça e reconciliação de 256 pessoas de 9 cidades da Colômbia. Foram utilizados um projeto qualitativo e um método fenomenológico-hermenêutico, por meio de entrevistas semiestruturadas e em profundidade. Foram realizadas uma análise de conteúdo intratextual e intertextual e uma codificação teórica de primeiro nível (descritiva) e de segundo nível (hermenêutica), da qual surgiram cinco categorias: 1) perdão condicional e justiça retributiva; 2) nem perdoar, nem esquecer pena de morte e retaliação punitiva; 3) perdões compensatórios e justiça de transição; 4) deslegitimação da justiça transicional: o ofendido; e 5) oportunidades de reconciliação. Os principais resultados mostram que uma perspectiva retributiva da justiça prevalece entre os participantes, o que limita as possibilidades de perdão e reconciliação no âmbito do acordo de paz entre o Estado colombiano e os guerrilheiros das FARC-EP. Um grupo significativo, porém menor, de entrevistados encontra formas de perdão por meio dos mecanismos de justiça de transição desenvolvidos pelo acordo. A discussão se concentra em como a esperança de construir espaços para a paz e a reconciliação parece estar centrada na possibilidade de humanizar o agressor, especialmente o ex-combatente (nesse ponto, as posições coincidem), um aspecto que poderia ser usado para o trabalho psicossocial.

Palavras-chave: barreiras psicossociais para a paz; construção da paz; crenças sociais; justiça; perdão; reconciliação

Introducción

Las sociedades que han estado insertas en conflictos armados sostenidos durante décadas, los cuales ocupan un lugar significativo en su cotidianidad, terminan por militarizar las relaciones sociales, lo que normaliza el uso de la violencia (Martín Baró 1989). El ataque sistemático a la población civil provoca una alteración en el orden social y en la estructuración del Estado, destruye el tejido colectivo y permite la emergencia de un ethos del conflicto (Bar-Tal 2013), que pareciera condenar al país a una situación sin salida de violencias recicladas, con enormes dificultades para construir acuerdos de paz (Villa-Gómez et al. 2021). Se elaboran múltiples discursos, difundidos por las élites, los medios de comunicación y diversos actores sociales que, al instalarse, legitiman acciones y actores violentos, y procuran deslegitimar a quienes buscan una salida política y negociada a la confrontación armada (Barreto y Medina-Arboleda 2021; Barreto-Galeano 2021; Borja-Orozco et al. 2008; López-López et al. 2014).

El caso de Colombia cumple con gran parte de los elementos definitorios de estos conflictos, denominados por algunos autores como irresolubles e intratables: abarca más de una generación, pues se ha extendido por décadas; parece no tener salida, debido al reciclaje de violencias y los obstáculos para la reconciliación; tiene manifestaciones activas y permanentes de violencia directa y opresión; y concentra importantes recursos de la nación en gasto militar, lo que afecta aspectos económicos y sociales1. Las metas, los valores y las necesidades de grupos enfrentados se definen como esenciales para que la sociedad sobreviva; se percibe como de “suma cero”, es decir, todo lo que gana una parte lo pierde la otra; se inserta en la vida cotidiana, y coopta la atención de la opinión pública y la agenda política, desde donde se activa una serie de intereses para mantener su continuidad; y, por último, se entorpecen o boicotean negociaciones de paz que permitan una salida política (Bar-Tal 2010 y 2013; Bar-Tal y Halperin 2014; Mazur 2014; Rico-Revelo y Sottilotta 2020; Rico-Revelo, Barreto y Mendoza 2021; Villa-Gómez et al. 2021).

En estos contextos, amplios sectores de la ciudadanía desarrollan esquemas cognitivos y emocionales para sobrellevar la situación y adaptarse, y se naturaliza el uso de las armas y la violencia como opción legítima para la resolución de conflictos sociales y políticos, lo que dificulta las transiciones y la implementación de los acuerdos. Se crean imaginarios colectivos inmóviles en los que la eliminación del adversario termina siendo un objetivo relevante, y se configura una infraestructura sociopsicológica que logra cristalizarse como un ethos del conflicto (Bar-Tal 2013; Bar-Tal y Halperin 2014; Rico-Revelo y Sottilotta 2020; Rico-Revelo, Barreto y Mendoza 2021; Villa-Gómez et al. 2021).

La construcción de este ethos implica que ciudadanos del común y diversos grupos y sectores sociales elaboren juicios psicológicos y creencias, que se convierten en certezas a partir de las cuales se comportan dentro de sistemas de relaciones socialmente construidas. Las creencias hacen parte del sistema ideológico de sujetos y colectivos, dictan significados concretos en su temporalidad y condiciones de producción dentro del grupo social y cultural, y son guía para la acción y la interacción en la vida cotidiana (Garzón 2006; Villa-Gómez y Patiño 2021). Bar-Tal (2013) explica que las creencias sociales son cogniciones compartidas por los miembros de una sociedad sobre temas de especial importancia, puesto que contribuyen a su sentimiento de unicidad, y guían acciones e interacciones cotidianas. Durante un conflicto de larga duración, las personas construyen creencias circunstanciales o ideológicas que influyen directamente en la confrontación al proveer certezas para explicar la naturaleza de las relaciones mutuas, el grupo de pertenencia y al otro como enemigo.

Para Bar-Tal (2013), el ethos del conflicto se condensa en una serie de creencias: superioridad moral de los objetivos propios, deslegitimación del adversario, autoimagen colectiva positiva, sentido de la propia victimización, patriotismo, primacía de la seguridad, unidad como homogeneidad y uniformidad, y deseo de paz. Estas creencias se convierten en barreras psicosociales para la paz y la reconciliación al manifestarse como convicciones y certezas difíciles de discutir y argumentar; se trata de repertorios que, en muchos casos, definen una condición identitaria rayana en el fundamentalismo y bloquean posibilidades para la negociación política o la implementación de acuerdos de paz (Bar-Tal 2010 y 2019; Bar-Tal y Halperin 2014; Villa-Gómez 2019). De otro lado, la construcción de paz y reconciliación requiere creencias y procesos cognitivos que descongelen dicha rigidez estructural y lleven a pensar alternativas para humanizar al rival, valorar los costos de la guerra y apoyar oportunidades de paz. Serían creencias mediadoras o facilitadoras que, a través del pensamiento crítico y la concienciación, entre otros, promuevan alternativas constructivas situadas en el contexto, que abren vías para la reconciliación (Bar-Tal 2013; Bar-Tal y Halperin 2014).

Los intentos de solución política al conflicto colombiano han sido tan numerosos como la oposición sistemática a la salida negociada por parte de sectores políticos y sociales. Los grandes poseedores de tierra y riqueza, y los habitantes urbanos, que en su mayoría no han sido víctimas, han movilizado desde las grandes ciudades, especialmente en el centro del país, una opinión pública que se siente ofendida y afectada por los grupos armados ilegales (particularmente la insurgencia), que desconfía de procesos de paz, perdón y reconciliación (Caicedo-Moreno et al. 2021; Díaz-Pérez 2018; Díaz-Pérez y Molina 2020; López-López, Pérez-Durán y Pineda-Marín 2016; López-López, Andrade-Páez y Correa-Chica 2016; Rincón-Unigarro et al. 2020), y contribuye a la polarización social a través de narrativas de memoria y creencias compartidas (Wills 2022). Siguiendo a Bar-Tal (2010, 2013 y 2019), si se aspira a la paz y la reconciliación, además de atender a procesos estructurales, se debe transformar la infraestructura sociopsicológica que configura el ethos como sistema de creencias sociales que cierran las puertas a la paz negociada y, con mayor fuerza, a escenarios de perdón, reconciliación y justicia transicional.

La reconciliación de la sociedad es necesaria para que en Colombia sea posible un proceso de paz. Como lo muestra la literatura, el perdón posibilita el restablecimiento de los vínculos quebrantados, e implica dinámicas psíquicas y relacionales que van desde lo individual a lo interpersonal. Ocurre en el plano de lo subjetivo de víctimas y excombatientes, más que en el marco de la comunidad. El perdón es una facultad propia del agente agredido, que lo concede según su criterio y voluntad en una experiencia cara a cara con el agresor o en su fuero interno, y que puede o no implicar al resto de la comunidad (Mullet et al. 2011; Villa-Gómez 2016 y 2020). Según Derridá (2001) , el perdón como experiencia se opone al lenguaje de la justicia transicional, los perdones jurídicos y la reconciliación social y política; por ello, no debe confundirse con la disculpa, el pesar, la amnistía o la prescripción, ni entremezclarse con procesos propios del derecho penal.

El perdón no puede ser considerado como un deber moral, ni menos aún ser condicionado o exigido a las víctimas bajo pretextos pretendidamente nobles de paz y reconciliación social (Villa-Gómez 2016; Villa-Gómez, Guzmán y Arango 2022). Estos escenarios pueden ser instrumentalizados al servicio de la impunidad o para el mantenimiento del statu quo, lo que relativiza el daño y el sufrimiento de las víctimas y propicia que sectores de la sociedad se resistan a estos procesos (Arnoso et al. 2015). Villa-Gómez, Guzmán y Arango (2022) proponen una distinción entre perdón y reconciliación, entendiendo esta última como un proceso más colectivo, que apunta a la recuperación de la confianza, la reconstrucción del tejido social, la reincorporación de excombatientes y el mejoramiento de la salud mental. La reconciliación es un proceso relacional y social que también tiene dimensiones jurídico-políticas (Gómez, Bohórquez y Villa-Gómez 2021; Villa-Gómez 2016 y 2020; Villa-Gómez, Guzmán et al. 2022).

Por otro lado, la justicia es también un pilar para la construcción de paz y existen varias maneras de entenderla. Desde el modelo retributivo, se enfatiza en castigar a los responsables de forma proporcional al daño cometido, centrándose en la punición y el pago de la pena, normalmente, la privación de la libertad (Caicedo-Moreno et al. 2021; Gómez, Bohórquez y Villa-Gómez 2021; Gutiérrez-Romero, López-López y Silva 2020; Villa-Gómez 2016). El modelo de justicia restaurativa, por su parte, se interesa por el restablecimiento de la dignidad de la víctima y el victimario, propicia que se reconozca el daño causado y que se haga un compromiso con la verdad y la reparación, lo que permite restaurar vínculos sociales y comunitarios (Caicedo Moreno et al. 2021; Gómez, Bohórquez y Villa-Gómez 2021; Gutiérrez-Romero, López-López y Silva 2020; Villa-Gómez 2020). Para atender los periodos de posconflicto se requiere de una justicia transicional que integre elementos de los paradigmas anteriores, y acompañe procesos que fortalezcan la verdad en su dimensión existencial, histórica y jurídica para comprender hechos y responsabilidades (Colorado Marín y Villa-Gómez 2020).

Algunos grupos de víctimas y ciertos sectores sociales asumen la reconciliación y el perdón como impunidad y ausencia de justicia. De allí que no puedan separarse estas tres dimensiones -perdón, justicia y reconciliación- para acceder a una justicia suficiente que compense, de alguna manera, el daño causado (Bloomfield 2015). Con la justicia se busca el reconocimiento del sufrimiento de las víctimas, pero también responsabilidades jurídicas y penales, una sanción social a los victimarios. Es preciso que la víctima conozca al autor de los hechos y que este los reconozca, manifieste su arrepentimiento y que se constituya algún tipo de sanción (Gómez, Bohórquez y Villa-Gómez 2021; Pineda-Marín et al. 2021).

Las instituciones transicionales cumplen un papel clave al desarrollar prácticas y procesos de orden estatal o supraestatal para establecer un marco normativo y legal donde el significante perdón tome otro matiz y se configure como perdones jurídicos, más allá del fuero de las víctimas. Estos perdones pueden ser amnésicos, basados en la fórmula perdón y olvido; compensatorios, a cambio de verdad y reparación; o responsabilizantes, que implican la aplicación de un grado de justicia, reconocimiento social y público de los responsables, junto con sanciones penales, morales y sociales (Gómez, Bohórquez y Villa-Gómez 2021; Uprimny y Lazo 2004; Uprimny y Saffon 2005; Villa-Gómez 2020).

En este orden de ideas, en un país como Colombia, donde el conflicto armado ha sido largo y complejo, la pregunta por las creencias sociales acerca del perdón, la justicia y la reconciliación se hace necesaria. El proceso de negociación y el acuerdo de paz firmado en 2016 por el Gobierno de Juan Manuel Santos y la guerrilla de las FARC-EP dio paso a diversas acciones para su implementación, así como a investigaciones con víctimas, excombatientes, actores de la sociedad civil y movimientos sociales (Castrillón-Guerrero et al. 2018; López-López, Sandoval Alvarado et al. 2018). Sin embargo, actualmente son escasas las investigaciones que profundizan en las creencias sociales de ciudadanos del común (es decir, que no son víctimas ni excombatientes) y en cómo estas actúan a favor o en contra de la construcción de paz (López-López et al. 2013; Villa-Gómez 2020).

Diversos sectores sociales y políticos manifestaron una oposición sistemática a este acuerdo y su implementación, que se condensó en el plebiscito del 2 de octubre de 2016. El no triunfó en las votaciones por estrecho margen, especialmente en ciudades del centro del país, pero instaló y legitimó una lógica de rechazo a la implementación, luego de la renegociación y firma el 26 de noviembre de 2016 en el Teatro Colón de Bogotá (Basset 2018; Villa-Gómez et al. 2021). Así, este artículo busca comprender las creencias sociales sobre el perdón, la justicia y la reconciliación en ciudadanos del común en nueve ciudades del país que votaron en dicho plebiscito, y de qué manera estas creencias se convierten en barreras o facilitadores psicosociales para la construcción de paz.

Metodología

Este artículo hace parte de los resultados obtenidos en la macroinvestigación “Barreras psicosociales para la construcción de la paz y la reconciliación en Colombia”2, que se realizó entre 2018 y 2020 en nueve ciudades de algunas regiones del país -Bogotá (centro); Medellín (noroccidente); Cali, Neiva y Palmira (suroccidente); Bucaramanga (nororiente); Armenia y Pereira (Eje Cafetero), y Quibdó (región del Pacífico)-. El estudio buscaba comprender las creencias sociales que se convierten en obstáculos psicosociales para la construcción de paz, desde una mirada transdisciplinar que articula el realismo crítico, la psicología política y la psicología social crítica latinoamericana. Se eligió un diseño cualitativo, con un método fenomenológico-hermenéutico.

Se realizaron entrevistas fenomenológicas semiestructuradas y en profundidad. En ellas se preguntó por las creencias sociales sobre el conflicto armado (origen, proceso, actualidad), los actores armados (FARC-EP, Ejército de Liberación Nacional [ELN], paramilitares, Ejército Nacional), la paz y la negociación política del conflicto armado. Por último, se interrogó por el perdón, la reconciliación y la justicia, categorías centrales desarrolladas en el presente texto.

Participantes

Se contó con la participación de 129 hombres y 127 mujeres, entre 18 y 75 años, habitantes de las nueve ciudades3. El muestreo fue realizado a conveniencia, con un carácter propositivo, tipológico e intencional (Hernández, Fernández y Sampieri 2014). Los investigadores y grupos que intervinieron en la macroinvestigación y las instituciones que participaron en el proyecto viven en estas ciudades, por lo que las entrevistas se realizaron en sus áreas metropolitanas4.

El proceso implicaba entrevistar participantes hasta saturar las categorías, a partir de los siguientes criterios de inclusión: adultos, hombres y mujeres, de diferentes estratos socioeconómicos, de zonas urbanas, con ocupaciones y niveles de escolaridad diversos; todos debían haber votado en el plebiscito por la paz en octubre de 2016. Se excluyó de la muestra a miembros de partidos políticos, movimientos sociales y organizaciones no gubernamentales; víctimas organizadas; personas vinculadas a entidades del Estado relacionadas con temas de perdón, justicia y reconciliación; y académicos cuyo objeto de estudio fuera el conflicto armado (ver tabla 1). Los participantes se categorizaron en tres grupos, según sus propios relatos: personas que se mostraron “de acuerdo” con el proceso de negociación (A), personas “en desacuerdo” (D) y “ambivalentes” (Amb), pues no tenían una posición clara al respecto.

Tabla 1 Participantes por ciudad 

Ciudad Hombres Mujeres Total
Estrato bajo Estrato medio Estrato alto Total Estrato bajo Estrato medio Estrato alto Total
Bogotá 5 7 3 15 3 4 8 15 30
Medellín 7 6 6 19 8 10 7 25 44
Cali 8 13 4 25 3 6 2 11 36
Neiva 8 7 2 17 6 5 2 13 30
Bucaramanga 3 7 2 12 4 10 6 20 32
Pereira 1 2 1 4 2 3 1 6 10
Armenia 7 6 5 18 3 4 3 10 28
Quibdó 8 4 1 13 10 6 2 18 31
Palmira 2 3 1 6 3 4 2 9 15
Total 49 55 25 129 42 52 33 127 256

Fuente: elaboración propia (2021).

Análisis de datos

Las entrevistas tuvieron una duración de hora y media, aproximadamente, y se transcribieron en su totalidad. Los textos se abordaron a través de análisis de contenido, con un procedimiento categorial, avanzando de forma intratextual y desarrollando un ejercicio deductivo e inductivo. Se utilizó el programa Atlas Ti 7.1 para realizar una codificación teórica de primer nivel, descriptiva, y se agruparon en códigos genéricos los textos y relatos de diversos participantes, en un procedimiento axial. Este análisis preliminar tuvo en cuenta las categorías conceptuales de perdón, reconciliación y justicia. Posteriormente, se llevó a cabo una codificación teórica de segundo nivel, hermenéutica, en un proceso sintético e inductivo que permitió la construcción de un orden teórico (Gibbs 2012). Este procedimiento analítico hizo posible extraer los resultados en cinco categorías: 1) perdón condicionado y justicia retributiva; 2) ni perdón ni olvido: pena de muerte y retaliación punitiva; 3) perdones compensatorios y justicia transicional; 4) deslegitimación de la justicia transicional: los ofendidos; y 5) oportunidades para la reconciliación.

Resultados

Perdón condicionado y justicia retributiva

Según los relatos, la mayoría de los participantes estarían dispuestos a perdonar cuando se aplique algún tipo de justicia retributiva y punitiva. Para ello plantean como referente el modelo penal de un Estado de derecho moderno, en el que perdonar solo será posible cuando los “victimarios” sean castigados y/o “paguen” por sus delitos. Es decir, justicia como purgación y pago, y perdón como compensación, ligado a un resarcimiento basado en la pena, que funge como desagravio ante el sufrimiento de las víctimas: “yo hablo de merecimiento desde los actos, pero el perdón que está buscando la gente que se tragó el proceso de paz es que paguen cárcel. Después de eso, borra sus culpas y se puede perdonar, pero a través del castigo […] porque sus actos no dan sino para que pague todas sus culpas en una cárcel” (E13, Cali, Amb).

Según los participantes, para merecer perdón se requiere un escarmiento, pues esto es el resultado de resarcir el daño a partir de una sanción punitiva que conlleve privación de la libertad. Nunca se asociará con eximir a los perpetradores de sus responsabilidades ni de la pena que les corresponde; esto sería impunidad. Para la mayoría, el castigo debe ser proporcional al daño; este es el único camino para alcanzar una reconciliación social y política: “más que el perdón, diría que se haga justicia, y esa justicia apacigua, diría un 90 %, el sentimiento de odio o de repulsión […] porque uno dice: ‘al menos, se hizo justicia’. Entonces, como yo me guío por los parámetros normales en el Estado social de derecho, yo digo que así se haría justicia” (E23, Bucaramanga, Amb).

En participantes D podemos identificar una postura más radical, ya que para ellos ningún victimario merece ser perdonado. No puede expresarse hacia él ningún tipo de compasión, pues sus crímenes se juzgan atroces. Se teje una postura que deshumaniza al agresor, asociada con sentimientos de rechazo, resentimiento y repudio, especialmente hacia guerrillas como las FARC-EP. Los mandos y comandantes, considerados los principales responsables, deben ser sancionados ejemplarmente para ofrecer una lección; no merecen perdón porque, como autores intelectuales, no tuvieron compasión. Se les atribuye una maldad inherente, imposible de transformar: “¿esas escorias qué arrepentimiento van a sentir? Ninguno debería tener perdón […] Siento asco, repudio contra estas personas […] De verdad a mí no me cabe en la cabeza que un ser humano pueda hacer tanto daño, siento mucho repudio” (E10, Armenia, D).

Los participantes D consideran que el acuerdo de paz es una farsa, dado que no se castigó a los miembros de las FARC-EP y que la Justicia Especial para la Paz (JEP) solo sirve para garantizarles impunidad: un proceso de paz sin castigo es una burla. Piensan que se trata de una injusticia mayúscula porque hay gente en las cárceles por delitos mucho menores, no ven proporcionalidad y, ante esta asimetría, expresan indignación. Algunos proponen cadena perpetua para los agresores, una especie de “entierro/encierro” en vida, pues conciben que no tienen una actitud que produzca cambio y los consideran incapaces de reparar el daño. La deshumanización del victimario pasa por su despersonalización: “¡quemarlos!, meterlos a una cárcel y que se pudran, lo que no sirve estorba […] meterlos allá y que se pudran, o sea, lejos de la sociedad, lo que no sirve estorba, que no hagan más daño” (E13, Medellín, D).

Ni perdón ni olvido: pena de muerte y retaliación punitiva

Algunos de los participantes D afirmaron que el mejor castigo para los agresores sería la muerte. Con esta postura anulan la idea de perdón y, por ende, la de reconciliación. Se establece una relación con el extremo de la justicia retributiva: la pena de muerte como pago a un daño irreparable:

Si yo tuviera la potestad para poder hacer cambios en la justicia, para aplicar la pena de muerte en Colombia, lo haría […] Coger a todos los malos, no solo de la guerrilla… a los violadores y aplicarles la pena de muerte. Hacerles un juicio […] donde se muestren todas las pruebas de que estas personas han sido tan malas que lo único que merecen es la muerte. (E15, Bogotá, D)

Este tipo de expresiones evidencian la imposibilidad del perdón y la defensa de la retribución punitiva: causar dolor a quien causó dolor. Según los participantes D, esta tarea la debería cumplir la fuerza pública, justiciera de la sociedad. La única paz posible sería la victoria de la fuerza pública y el sometimiento de la insurgencia, lo que obtura cualquier posibilidad de perdón o reconciliación. El combatiente al margen de la ley, especialmente el insurgente, pierde sus características humanas. El discurso entra en una lógica vindicativa donde “todo vale” y de este modo se agudiza la identificación de un enemigo que debe eliminarse. Desde una postura de superioridad moral se afirma:

Creo que la ley dice que el que mata va pa la cárcel y es como la tradición judía, ojo por ojo, si tú matas con bala, algún día otro te mata con bala […]. (E5, Quibdó, D)

Que no deben estar compartiendo con las personas de bien, deben tener su castigo ejemplar […] Hay que exterminarlos en el monte o donde sea. Que Dios me perdone. (E19, Quibdó, D)

En los participantes D esta mirada opera en concreto hacia los comandantes de las FARC-EP. Se utilizan expresiones como: “una cosa de esas, que no merece vivir […] son unas pestes que se deben exterminar” (E10, Armenia, D); “ellos son la gangrena de la sociedad, por eso se deben extirpar” (E4, Bucaramanga, D); “la forma más basura” (E8, Pereira, D); “enterrarlos vivos” (E14, Bucaramanga, D); “ponerles una bomba y adiós plaga” (E30, Bogotá, D); “gas, eso no es de personas” (E9, Medellín, D). También se invocan formas de exterminio, campos de concentración, tortura y otros castigos inhumanos: “porque es gente mala: ¡no tienen derecho a nada! ¡no merecen nada!” (E15, Cali, D). Esta posición legitima la violación de derechos humanos y justifica el paramilitarismo, en función de lograr el objetivo: “extirpar de la sociedad” la insurgencia armada comunista: “merecen la pena de muerte. Acabar, exterminar, fumigar, no merecen estar aquí en nuestro país, porque lamentablemente es un cáncer para mi patria. Ellos están acabando con este país” (E16, Neiva, D).

Perdones compensatorios y justicia transicional

Los participantes A y algunos Amb coincidieron en que, por lo menos, haya rebaja de penas. Muchas personas lamentan que no se hayan producido las sanciones correspondientes, aunque admiten con menos resquemores una justicia transicional, basada en penas alternativas y sanciones restaurativas. Desde un sentido inicialmente pragmático, reconocen la necesidad de paz en Colombia. Por tanto, validan mecanismos como la JEP y arguyen que el sistema de justicia ordinaria no funciona: “la justicia es para unos pocos. Aquí hay gente que no ha estado cogiendo un fusil allá, pero sí ha estado haciendo cosas horribles. En Colombia la justicia es muy blanda” (E17, Quibdó, Amb). Los componentes de verdad, justicia y reparación (transicionales) serían un mal menor o una necesidad imperativa de cualquier acuerdo de paz. Por tanto, aceptan, aprueban y respaldan este tipo de mecanismos, aunque impliquen beneficios judiciales, rebaja de penas, perdones jurídicos, entre otros. Lo importante es su aplicación imparcial para concertar caminos de reconciliación:

Yo soy muy partidario del tema de la verdad, que se sepa con claridad los hechos, todo el tema de la no repetición. El tema de justicia, de que paguen por lo que hicieron, es muy complejo, porque estamos en un proceso de paz, en donde hay que tragarnos unos sapos enormes; como que ciertos actores no vayan a la cárcel, eso es justicia transicional. Y eso ha sucedido en todos los países en donde ha habido conflictos internos. (E10, Bogotá, A)

Consideran que la JEP puede ser un tribunal idóneo para juzgar a quienes cometieron crímenes en medio del conflicto armado, pues integra valores fundamentales como la verdad y la reparación, y ofrece sanciones alternativas y restaurativas. Los participantes A aceptan que los actores no van a negociar con el Estado para recibir un castigo; en el marco de un acuerdo, la justicia debe operar con procesos alternativos: “uno quiere que paguen en la cárcel, pero en toda negociación tenés que dar y tenés que recibir” (E12, Cali, A). Este sistema transicional debe aplicarse a todos los bandos, por ello, se acepta que los militares concurran a este tribunal: “a mí me parece que la JEP está muy bien planteada. Porque el que no diga la verdad y no sea claro con los hechos sí debe pagar cárcel. Eso me parece bien. Y digamos que soy un poco más abierto a aceptar que hay sapos que uno tiene que tragarse” (E10, Bogotá, A).

Algunos participantes A prefieren la justicia transicional a la punitiva. Consideran que el perdón está condicionado a la justicia; conocer la verdad, aceptarla y aplicar sanciones responsabilizantes contribuyen más a la transformación del agresor que la cárcel: “aunque para mucha gente puede que suene absurdo, la cárcel no es la solución, porque en un acuerdo las dos partes tienen que salir beneficiadas, y si para ellos el castigo va a ser la cárcel, no creo que quieran llegar a conciliar” (E17, Medellín, A). Este tipo de justicia ayuda a generar espacios para la reconciliación social y trabaja para satisfacer las necesidades de las víctimas. La JEP se entiende como un espacio para pedir, recibir y otorgar el perdón, para que los victimarios den la cara a las víctimas, y donde puedan confluir perdones jurídicos en pro de construir paz (amnistías, indultos, rebaja de penas o penas alternativas):

Lo de conformar unos juzgados donde haya perdón, donde se hable y se cuente todo, fue importante; porque yo al comienzo decía: “Bueno. ¿Qué van a hacer con ellos? ¿Qué es lo mejor? ¿Meterlos a la cárcel?” […] El país tiene que ceder frente a muchas cosas. Entonces, listo, no les aplicamos penas tan fuertes, pero ustedes se comprometen a dejar las armas, a contar la verdad, a la reparación. Creo que fue acertado. (E31, Cali, A)

La verdad sería un componente fundamental para el perdón, si trasciende la confesión y se asumen responsabilidades. Los participantes A afirman que, si se quieren beneficios jurídicos, se debe aceptar la responsabilidad, decir la verdad, pedir perdón, mostrar arrepentimiento y estar dispuestos a reparar y dignificar. Este sería un paso para que las víctimas puedan conceder el perdón. El resto de la sociedad debe abrirse también para alcanzar la reconciliación y validar relatos que permitan comprender el conflicto en sus dimensiones sociales, políticas, históricas, económicas y culturales, papel que le atribuyen a la Comisión de la Verdad:

Es la única oportunidad que Colombia tendría de saber la verdad. Y ahí como los que van y confiesan tienen que desenmascarar a otros, tienen que contar también lo de otras personas; entonces, el que cuenta, eso es como una especie de confesión, se arrepiente y tiene que hacer algún acto de penitencia para reconocer a los que ha ofendido: pedir perdón. (E3, Neiva, A)

Un elemento importante es que los victimarios puedan ofrecer reparación, compensar el daño causado: trabajo comunitario, reconstrucción de infraestructura destruida, proporcionar bienestar a la comunidad o realizar actos de disculpas públicas. Esto fortalece procesos de reinserción y reintegración, pues el castigo carcelario no logra transformaciones: “que hagan trabajo comunitario […] Debería ser más que una cárcel, que ya está comprobado que eso no es un centro de rehabilitación” (E29, Cali, A).

Estos participantes A humanizan al victimario y logran desidentificarlo con la maldad. Enfatizan alternativas de reconciliación para fortalecer cualquier proceso de paz y justicia transicional. Más que castigo, plantean opciones psicosociales, pedagógicas y económicas para los excombatientes: “obviamente, es muy importante pedir perdón, contar por qué se hizo, la no repetición. No puede quedar ninguna verdad oculta, aclarar dudas a la sociedad […] y la reparación, obviamente, tiene que ver con un monto económico” (E28, Bucaramanga, A).

Deslegitimación de la justicia transicional: los ofendidos

Los participantes D consideraron poco conveniente que el Estado negocie con la insurgencia, y que les ofrezca penas alternativas y oportunidades para su reintegración a la vida civil. Tampoco están de acuerdo con la justicia transicional ni con la JEP, pues piensan que es corrupta e ineficiente: “es una payasada” (E3, Pereira, D). Creen que los únicos favorecidos han sido los “grupos ilegales”, que no deberían participar en política hasta no “pagar sus culpas”. Construyen sus creencias a partir de desinformación y medias verdades: “había gente que decía ‘¡ay, sí ve! Si nosotros decimos que sí, a esos guerrilleros que han matado tanta gente les van a dar dos millones mensuales, y yo que llevo tanto tiempo aquí de pobre asalariado solo me gano seiscientos mil pesos, entonces, eso es injusto’” (E4, Neiva, D).

Los participantes D creen que los miembros de las FARC-EP van a quedar impunes, que el proceso de paz es un mecanismo para encubrir criminales y entregar el poder judicial a delincuentes: “una sinvergüenzada esa vaina de la JEP. Eso es lo más ridículo que pudo haber existido en la justicia colombiana, ¿para qué? El mismo Santos lo hizo para proteger a la guerrilla […] para eso se hizo esa JEP, para encubrir a los criminales” (E18, Neiva, D). Afirmaron que, además de votar por el no en el plebiscito, en su mayoría votaron por Iván Duque en las elecciones presidenciales de 2018, por su promesa de aplicar justicia y garantizar un castigo a “los criminales” de las FARC-EP. Su oposición se fundamentó en la afirmación: “la paz verdadera se da cuando todos estos bandidos estén en la cárcel y paguen el daño que le han hecho a la sociedad, que sean juzgados y condenados como cualquier delincuente” (E3, Pereira, D). Para ellos es inconsecuente el perdón:

Como ustedes saben yo voté no, no porque quiera la guerra, ¡no!, sino porque no creo en la paz que hizo Santos. La mal llamada paz […] Las FARC necesitan una oportunidad, pero el pueblo colombiano, incluyéndome, grita que haya justicia. Entonces, hasta que no vea a Timochenko pagando cárcel y pidiendo perdón, la gente mantendrá ese resentimiento y odio… Yo nunca fui víctima directa de las FARC, ni mi familia ni nada […] Hasta que el castigo no suceda, yo diría que las FARC no van a tener el perdón de Colombia. (E1, Bogotá, D)

Sin ser víctimas, asumen un papel de “ofendidos”, y manifiestan resentimiento, indignación y un sentimiento de injusticia que no permite comprender el perdón otorgado por muchas víctimas (Díaz-Pérez, 2018; Díaz-Pérez y Molina 2020). Creen que los exmiembros de las FARC-EP engañaron a la justicia, que recibieron beneficios sin reparar y sin asumir responsabilidad: “hacen como si nada hubiera pasado” (E1/E26, Bucaramanga, D; E8, Bogotá, D). Consideran que este es un mensaje muy grave para la sociedad. Leen como prueba de sus puntos de vista el regreso a la ilegalidad de algunos y los asesinatos a líderes sociales; por ello, mantienen una oposición férrea frente a procesos públicos de perdón, memoria y reparación, a los que califican como una burla:

¡El perdón, no! Porque ya se ha visto lo que el Gobierno ha hecho con ciertos grupos: darles casa, darles una mensualidad para que se desarmen… ¡Mentiras! Salen a delinquir, a seguir haciendo mal […] es que perdonar es una palabra tan grande, que ellos ni siquiera la conocen, se burlan de nosotros y del mismo Gobierno […] ni siquiera saben todo el dolor que han causado con tanta muerte y con tanta destrucción, tanto dolor que hay en Colombia. ¡No merecen ser perdonados! (E16, Neiva, D)

Paradójicamente, para estos participantes D el proceso de negociación del expresidente Álvaro Uribe Vélez con los paramilitares sí tuvo una aplicación verdadera de justicia: “[los paramilitares] se acogieron a un proceso de paz y en este momento están extraditados sus comandantes, sus principales jefes. Entonces, eso es lo que verdaderamente se debe hacer en un proceso de paz, cárcel, ya ellos están extraditados y eso es lo mejor que se pudo haber hecho” (E4, Neiva, D). Según ellos, todos estos comandantes “pagaron” y así es comprensible la rebaja de penas. Como personas que se sienten “ofendidas”, igualan justicia con cárcel, pero dejan por fuera la verdad, la reparación y las garantías de no repetición. El tema del perdón queda relegado a la aplicación de la sanción penal.

Los participantes Amb manifiestan tener un debate interno entre todas las posibilidades de aplicación de justicia y el ofrecimiento de perdones jurídicos. En algunos casos, suponen que se debe aplicar procesos de justicia restaurativa y transicional, sobre todo para los excombatientes rasos, pero les cuesta renunciar a una justicia punitiva y retributiva. Para ellos, el perdón de las víctimas es parte de su fuero interno y es admirable, más allá de si hay justicia o no. Como suelen oponer perdón y justicia, consideran que, aunque el perdón es necesario, no pueden aceptarlo cuando se trata de las atrocidades cometidas en el conflicto armado, especialmente cuando se tiene mayor nivel de responsabilidad, como es el caso de los comandantes.

Una oportunidad para la reconciliación

Las relaciones entre perdón y justicia nos plantean posibles escenarios de reconciliación que permitirían cimentar una paz estable y una reconstrucción del tejido social. En el relato de la mayoría de participantes, el tema de la reconciliación introduce un matiz en sus afirmaciones. Tanto los que propugnan por castigos severos como aquellos que reconocen la importancia del perdón y de las instituciones transicionales plantean que se debe dar una oportunidad a los excombatientes rasos (incluidos los guerrilleros de las FARC-EP) para hacer una vida por fuera de la guerra.

Los participantes A hablan de procesos restaurativos y los participantes D, de rebajas de penas, aunque ambos abren puertas a escenarios de reconciliación en la reintegración de los excombatientes. Esta situación facilitaría el clima social para un proceso que deje atrás el conflicto y genere cambios en la vida cotidiana de las comunidades, de las víctimas y de los desmovilizados: “ya se desmovilizó, ya no tiene armas, ya está arrepentido y lo que ellos necesitan es alguien que los apoye y los acepte, que los haga sentir otra vez como ciudadanos, porque de nada sirve que se desmovilicen si los rechazan, porque ellos no se van a sentir como parte de la sociedad” (E8, Bucaramanga, A).

Los entrevistados consideran importante, como paso previo, evaluar la magnitud de las acciones de estos excombatientes para poder otorgar el perdón. Su accionar puede ser comprendido porque suelen ser personas de origen humilde que fueron reclutados a la fuerza: “yo creo que, por un lado, los que estuvieron involucrados en eso como víctimas de la violencia, que fueron reclutados y obligados a hacer muchas cosas, ellos sí merecen perdón. Porque yo me pongo a pensar cómo hubiera actuado yo y creo que también hubiera hecho muchas cosas por salvar mi vida” (E26, Armenia, A).

La sociedad asumiría un papel más protagónico al ofrecer herramientas a los desmovilizados para que tengan una oportunidad de cambiar su forma de vida, generando redes de apoyo y promoviendo la aceptación social; abriendo la puerta para que los excombatientes habiten espacios de la vida civil. Para ello es importante mostrar no solo arrepentimiento, sino voluntad de cambio: trabajo comunitario, acceso a la educación o empleo en labores sociales en territorios que sufrieron un mayor impacto pueden ser un buen comienzo: “dentro de esas filas hay personas que merecen otras oportunidades, que están allá por necesidad o porque les hicieron algún mal. Entonces, es mejor transformar a esas personas en personas de bien y no encerrarlas para que cuando salgan sean aún peor o igual” (E13, Quibdó, A).

Los participantes D avalan ejercicios de reconciliación y reintegración, al considerar que “los rasos” son más víctimas que responsables. Comprenden la reconciliación ligada a la convivencia en el día a día, luego del sometimiento y la desmovilización, siempre y cuando prevalezca la justicia como retribución:

Nosotros lo que tenemos claro es ver en el mundo justicia, que el que hizo mal, responda, ¿sí? Y aquel que hizo mal, pero que fue forzado y no quería, pues a esa persona se le dé una oportunidad de reconciliación […] Haciéndole un juicio para saber y conocer su pasado… porque si fue una persona que no se le movía la sangre por matar a alguien… esa persona debe ser eliminada o enviada a la cárcel de por vida. Pero hay personas que fueron forzadas, esas personas tienen derecho a tener una nueva vida… (E15, Bogotá, D)

Siguiendo a Derridá (2001), en la dinámica de pedir y conceder el perdón, aun ante lo imperdonable, se dan pasos significativos para una reconciliación: “si queremos reconciliarnos de verdad, el perdón tiene que estar presente […] se le debe dar a cada uno de ellos. Todos hicieron el mal, todos deben ser perdonados, si queremos que Colombia viva en paz” (E21, Armenia, A). Para algunos participantes la reconciliación va más allá de la negociación política entre Estado y grupos armados; sugieren una especie de pacto que involucra a toda la sociedad, pues convoca acciones para fortalecer la convivencia en el territorio.

Para los participantes D, con un procedimiento de sometimiento a la justicia como el que se hizo con los grupos paramilitares, sería suficiente para alcanzar la desmovilización, la reinserción y la reintegración a nivel local. El Estado ofrecería garantías para los guerrilleros rasos luego de su sometimiento: arrepentimiento, voluntad de cambio y compromiso de cumplimiento. Esto permite que el pueblo sienta que se hizo prevalecer la ley y el orden. Se trata de un compromiso de todas las partes, en el que se reconstruyen la convivencia cotidiana y la confianza:

Yo creo que está muy bien lo de… paz, reconciliación y toda esta vaina, y del perdón […] porque creo que es necesario, primero, que haya un reconocimiento de que se hizo algo malo, contra quiénes se hizo, que hablen la verdad, de que haya un proceso de memoria histórica frente a esos hechos y que se pueda decir “¡No!, mire, yo hice esto pero no lo voy a volver a hacer. Me aparto de esto”. Y obviamente cumplir con condenas. (E3, Cali, D)

Discusión

Algunas creencias sobre perdón, justicia y reconciliación podrían actuar como barreras o facilitadores psicosociales para la paz y la reconciliación en Colombia. Los datos cualitativos permiten observar un marco sociocultural donde predomina una perspectiva judeocristiana (Méndez 2015), en la que el castigo es parte del perdón, la justicia y la reconciliación. Para que el crimen no quede impune, se acude a la noción de justicia retributiva. Este concepto se complementa con el de proporcionalidad, es decir, al perpetrador de crímenes atroces se le debe sancionar con una pena correspondiente con el nivel de daño. Este punto de vista pone en aprietos cualquier posibilidad de construcción de paz, porque ningún grupo armado al margen de la ley, de izquierda o de derecha, se desmovilizaría ni entregaría las armas a cambio de un modelo de justicia punitiva (Gómez, Bohórquez y Villa-Gómez 2021).

Esta creencia sobre la justicia punitiva es compartida por sectores de la sociedad civil que tienen incidencia en las decisiones políticas vinculadas al proceso de paz entre el Estado colombiano y las FARC-EP, como el triunfo del no en el plebiscito (2016) y los resultados de la elección presidencial de 2018. Además, se reconocen como actores influyentes en la construcción de la opinión pública del país. Así, el perdón suele remitirse al ámbito privado de la víctima, quien por el contrario no suele tener un papel significativo en los tribunales, donde puede ser revictimizada, puesto que el asunto se dirime entre el Estado, su aparato de justicia (representante de la sociedad y de las víctimas) y el infractor (Gómez, Bohórquez y Villa-Gómez 2021; Uprimny y Saffon 2005). Estos espacios tampoco suelen tener un carácter reparador.

Paradójicamente, participantes D que no han sido víctimas directas se reconocen como ofendidos y expresan resentimiento, indignación y oposición a los escenarios de perdón. Ellos se atribuyen a sí mismos la potestad del “no-perdón” y condenan con mayor vehemencia los crímenes cometidos en el conflicto armado (Díaz-Pérez 2018; Díaz-Pérez y Molina 2020). Se muestra aquí la necesidad de trabajar con este sector de la población, que manifiesta baja disposición a perdonar y reconciliarse, independientemente de los procesos de justicia que se implementen, y deviene en actor crítico que genera barreras psicosociales para la paz (López-López et al. 2013; López-López, Rincón et al. 2018).

Otros participantes han construido creencias mediadoras que dan paso hacia otras formas de justicia que movilizan el perdón y la reconciliación, sin renunciar a una perspectiva de responsabilización y sanción social (Gómez, Bohórquez y Villa-Gómez 2021; Villa-Gómez 2020; Villa-Gómez, Guzmán et al. 2022). Sus marcos de comprensión se abren a modelos de justicia restaurativa y transicional, y reconocen la importancia de los ejercicios de perdón y reconciliación social. Pineda-Marín et al. (2021) mostraron que, para aceptar las amnistías, los participantes confirieron un valor significativo al pedir perdón y contribuir a la verdad.

El estudio en este artículo permitió reconocer un marco ideológico que antecede a las dos posturas anteriormente descritas. Se observó que los participantes D, quienes se acercan a una perspectiva política más conservadora, asumen las creencias sobre el perdón, la justicia y la reconciliación como una convicción casi religiosa, que aporta a un sentido de pertenencia intragrupal y proporciona seguridad, cohesión e identidad. El mal absoluto estaría en un bando, por lo que se niega la posibilidad de negociar con él y de perdonarlo. Pareciera castigarse con mayor severidad la posición ideológica que los crímenes cometidos, pues es imposible la reconciliación con los miembros de un grupo insurgente (terrorista, comunista). Esto facilita la construcción de un discurso legitimador del paramilitarismo que justifica crímenes y atrocidades cometidos por la fuerza pública o las fuerzas paraestatales (Borja-Orozco et al. 2008; López-López et al. 2014; Villa-Gómez, Velásquez et al. 2022).

La justicia tomaría así un tinte de venganza; el Estado no es reconocido como partícipe del conflicto y hay un enemigo absoluto: la ideología política de uno de los actores (Villa-Gómez 2019; Villa-Gómez, Velásquez et al. 2022); y se justifican la mano dura del Estado, el combate, la lucha hasta la eliminación y el exterminio. Esta es una de las razones que fundamentó la oposición a la negociación política del conflicto armado con las guerrillas, que se tradujo en un apoyo a sectores políticos de derecha que han defendido la salida militar (Bar-Tal 2010 y 2013; Villa-Gómez et al. 2021; Villa-Gómez, Guzmán y Arango 2022; Villa-Gómez, Guzmán et al. 2022). Se trata de un proceso de deshumanización del adversario que lo deslegitima plenamente y pone en el escenario un perdón imposible.

Por otra parte, los participantes A podrían identificarse con ideas liberales y progresistas, y plantean salidas dialógicas dispuestas a probar nuevos modelos de justicia. Se piensa en las necesidades de las víctimas y se entiende que el perdón es un proceso tanto de su fuero personal como una necesidad de la sociedad. Por ello, si bien no se puede exigir a nadie perdonar, sí se deben implementar procesos de perdón jurídico que complementen los ejercicios de justicia transicional (Gómez, Bohórquez y Villa-Gómez 2021; López-Lopéz et al. 2014; Mullet, López-López y Pineda Marín 2021; Villa-Gómez 2020; Villa-Gómez et al. 2022).

Las creencias sobre reconciliación en los tres tipos de participantes asumen un carácter mediador y facilitador para la construcción de paz, cuando hay un rostro concreto del victimario, una cara humana que desdibuja lo ideológico, como el caso del “desmovilizado raso”. Aquí, los participantes D flexibilizan su postura, amplían su marco de creencias y ven posibilidades de reconciliación social, porque a los excombatientes rasos, sin importar su bando, se les reconoce como merecedores de nuevas oportunidades. Resultados similares fueron observados por López-López et al. (2014), quienes encontraron que la disposición al perdón y la reconciliación eran más altos cuando el responsable de las acciones violentas las había ejecutado, pero no las había planeado. Estas creencias mediadoras pueden trabajarse en otros ejercicios de intervención e investigación.

Aunque esta creencia marca una apertura para escenarios sociales de tinte comunitario, también anida una cerrazón ante la dimensión política, puesto que no se les reconoce a los excombatientes, especialmente por parte de los participantes D, una legitimidad en tanto militantes de un grupo armado en oposición al Estado, con ideología de izquierda y un orden social establecido, en la medida en que tienen una opción consciente por la lucha armada. Desde estas premisas el excombatiente despolitizado sería sujeto de perdón y reconciliación, pero politizado, sobre todo si se trata de una postura ideológica insurgente (comunista, socialista); sería sujeto de punición y retribución penal. La posición política que confronta el orden social establecido es descalificada en sus objetivos políticos y en la perspectiva histórica en la que ha planteado su lucha, dado que el enemigo se desplaza desde el guerrillero que hace la lucha armada y es un “criminal” hacia la ideología comunista, que se desliza sutilmente, en tanto creencia social, hacia cualquier tipo de izquierda (Villa-Gómez 2019; Villa-Gómez, Velásquez et al. 2022).

Conclusiones

Este estudio muestra que la concepción de un acuerdo de paz por un sector de los participantes es más cercana a procesos de sometimiento a la justicia que a una negociación política del conflicto. La justicia así entendida mantiene el orden social existente, no pone en cuestión el sistema social, político y económico, ni los marcos de violencia estructural; el acuerdo se plantea en torno a las mecánicas de desarme, desmovilización y reinserción de los grupos armados, y deja de lado la restauración de víctimas y responsables. Se deslinda la reconciliación de la negociación política, específicamente en el acuerdo de paz con las FARC-EP, al que consideran viciado y favorecedor de los principales responsables: los comandantes.

Esta creencia sobre el perdón está relacionada con lógicas de sometimiento, en términos judiciales, y de “conversión del pecador”, en términos religiosos. Es decir, un excombatiente sin agencia, constreñido por poderes perversos, que obra mal, pero que no es totalmente responsable, sería merecedor de redención. Ese excombatiente sería el indicado para reintegrarse a la sociedad, ser “salvado” y se convertiría en el sujeto activo de una reconciliación. Por el contrario, cuando es percibido como un militante político y armado (comandante/ideólogo) que confronta el statu quo, es deshumanizado y construido como sujeto de punición, en una lógica vindicativa. Pareciera más grave confrontar al establecimiento que haber cometido crímenes en el marco de una confrontación armada, lo cual se constata cuando se hace una referencia benevolente frente al paramilitar en el proceso desarrollado en el gobierno de Álvaro Uribe Vélez. Hacia el cuestionamiento crítico de esta creencia deben dirigirse procesos de intervención psicosocial que propugnen por el perdón, la reconciliación, la convivencia y la construcción de una ciudadanía democrática.

Aun con este marco de creencias, la apertura a humanizar a una parte de los agresores es una oportunidad para desarrollar procesos locales de perdón y reconciliación que puedan ganar legitimidad y que, desde abajo, contribuyan también a la construcción de paz. Con la generación de estos escenarios desde el territorio, se contempla un panorama esperanzador, un aliciente para superar los miedos al cambio en el orden establecido, además de representar una opción para sumar apoyos y voluntades. Esta sería una tarea fundamental para otros procesos de investigación e intervención social.

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* Este artículo es resultado de la investigación “Barreras psicosociales para la construcción de la paz y la reconciliación en Colombia”, ejecutado por el grupo de investigación en psicología Sujeto, Sociedad y Trabajo-GIP de la Universidad Pontificia Bolivariana, sede Medellín (Colombia), y contó con la participación de grupos de investigación de la Universidad de San Buenaventura (sedes Medellín, Armenia y Cali, Colombia), la Universidad Pontificia Bolivariana (sedes Bucaramanga y Palmira, Colombia), la Universidad Surcolombiana (Neiva, Colombia), la Fundación Universitaria Claretiana (Quibdó, Colombia) y la Pontificia Universidad Javeriana (sedes Bogotá y Cali, Colombia). El proyecto recibió aportes financieros o en especie de las universidades participantes. Contribución de los autores en la elaboración del artículo: Juan David Villa-Gómez (conceptualización, metodología, análisis de datos, escritura, revisión y edición); Wilson López-López y Claudia Pineda-Marín (conceptualización, metodología, escritura); Lina Marcela Quiceno y Johnatan Hurtado (investigación, análisis de datos, escritura); Eliana María Urrego-Arango (escritura, revisión y edición).

1En las últimas décadas, Colombia ha vivido un conflicto armado constante. Para algunos analistas, este inició en 1946, con La Violencia de los años cincuenta (Molano 1985; Pécaut 2003), mientras otros lo sitúan en la década de 1960, con el surgimiento de diversos grupos guerrilleros, particularmente las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia - Ejército del Pueblo (FARC-EP) en 1964 (CEV 2022). Durante las décadas de 1980 y 1990, el conflicto escaló y se extendió a la mayor parte del territorio nacional. La violencia contra la población civil por parte de los distintos actores armados es quizá la característica más marcada de este conflicto (CEV 2022; Pécaut 2001). Según el Registro Único de Víctimas se cuantifican 9.537.920 víctimas, de las cuales 8.498.363 fueron desplazadas (Red Nacional de Información 2023); es decir, 2 de cada 10 colombianos, aproximadamente.

2Ejecutado por el grupo de investigación en psicología Sujeto, Sociedad y Trabajo-GIP de la Universidad Pontificia Bolivariana, sede Medellín (Colombia).

3La investigación contó con la aprobación del Comité de Ética de la Universidad San Buenaventura, sede Medellín (Colombia), y fue avalado en el convenio realizado por las diferentes instituciones involucradas. Todos los participantes firmaron un consentimiento informado, en el que se explicaban los objetivos y propósitos, se mencionaban las universidades que intervinieron, y se les aseguraba confidencialidad y anonimato. Por esta razón, se codifican las entrevistas con un número, la ciudad y su posición frente al acuerdo de paz.

4En dos ocasiones se buscó incluir a grupos de investigación de dos universidades de la costa atlántica colombiana; sin embargo, no se pudieron concretar los acuerdos de trabajo, lo que impidió tener una muestra de esta región.

Cómo citar: Villa-Gómez, Juan David, Wilson López-López, Lina Marcela Quiceno, Claudia Pineda-Marín, Johnatan Hurtado y Eliana María Urrego-Arango. 2023. “Ciudadanos del común y construcción de paz. Creencias sociales sobre el perdón, la justicia y la reconciliación en Colombia”. Revista de Estudios Sociales 86: 63-81. https://doi.org/10.7440/res86.2023.05

Recibido: 13 de Enero de 2023; Aprobado: 20 de Junio de 2023

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