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Estudios Socio-Jurídicos

versão impressa ISSN 0124-0579

Estud. Socio-Juríd vol.1 no.2 Bogotá jul./dez. 1999

 

Las elecciones en Colombia

Alirio Gómez Lobo
Profesor de Historia de las Ideas Políticas de la Facultad de Jurisprudencia, de la Universidad del Rosario


Preámbulo

En las elecciones de 1998 para elegir Presidente de la República, se inscribieron 13 candidatos y de ellos sólo captaron el apoyo mayoritario de la ciudadanía las fórmulas: Horacio Serpa Uribe y María Emma Mejía por el Partido Liberal colombiano; Andrés Pastrana Arango, candidato oficial del Partido Conservador y Gustavo Bell Lemos, liberal, (pero dentro de una coalición de fuerzas con liberales, disidentes y otros sectores independientes, denominada Alianza por el Cambio); Noemí Sanín y como vicepresidente Antanas Mockus, por otra coalición de fuerzas de tercería política denominada a su vez Opción Vida; y el General en retiro Harold Bedoya Pizarro y como vicepresidente Jorge García, quien encabezaba también otro sector independiente llamado Fuerza Colombia.

En Colombia, según el actual censo electoral, existen 20'901.048 electores, es decir, ciudadanos mayores de 18 años de una población aproximada de 40 millones. Hay que tener en cuenta que ese rubro no es fijo, dado que el último censo de 1993 no ha sido aprobado legislativamente, razón por la cual también en la aplicabilidad de la votación por el sistema de representación proporcional se han dispuesto escaños a las corporaciones políticas y públicas, concretamente a la Cámara de Representantes, Asambleas y Concejos, de acuerdo con el censo poblacional de 1985. No se menciona al Senado, por cuanto tiene 100 curules ordinarias asignadas y 2 por la circunscripción especial indígena.

En la primera vuelta para presidente, se contabilizaron un total de votos de 10'942.993 votos, de los cuales se registraron 122.240 en blanco, 79.424 nulos y 77.185 tarjetones no marcados que, deducidos, arroja un total de 10.786.384 votos válidos, -5'447.123.540 votos femeninos (50.5%) y 5'339.240 masculinos (49.5%)-; el candidato Horacio Serpa Uribe por el Partido Liberal obtuvo 3'634.823 votos; el candidato conservador a través de Alianza por el Cambio obtuvo 3'607.945 votos; la tercería Opción Vida de Noemí Sanín cerró con 191.981 (1.5%). Hubo una participación del 52%, 10 puntos por encima de la participación electoral de las elecciones presidenciales de hace 4 años (1994), 10 por encima sobre las elecciones regionales de octubre de 1997 y 8% sobre las de Congreso de marzo último; la abstención de 1994 fue del 58% y en mayo 31 de 1998 se redujo al 48%. La votación obtenida es la segunda más alta de toda la historia electoral del país. En la práctica hubo un empate técnico entre los candidatos Horacio Serpa Uribe y Andrés Pastrana Arango, con un coeficiente para el primero de 34.59% y para el segundo del 34.34% y para Opción Vida de Noemí Sanín, 26.88% es decir, análogo a la que obtuvieron los candidatos presidenciales, Andrés Pastrana y Ernesto Samper Pizano hace 4 años en primera vuelta y una votación enteramente superior a la del año de 1986 de Álvaro Gómez Hurtado, segundo del candidato ganador Virgilio Barco Vargas.

Los partidos y movimientos percibieron conforme la resolución 0015 de enero 15 de 1998 por parte del Consejo Nacional Electoral, la suma de $838 pesos por voto. A casi la mitad de los 70 movimientos políticos existentes, en esa época, el Consejo Nacional Electoral tendrá que cancelarles la personería jurídica por tener menos de 50.000 votos o por carecer de curul en el Congreso (art. 108 C.N.).

1. Antecedentes históricos

Colombia, el 20 de julio de 1810, adquirió su independencia política; sin embargo, por las luchas internas de las fracciones de las fuerzas de emancipación, se intentó por parte de España reconquistar los territorios coloniales perdidos. Solamente hasta la Constitución de Cúcuta de 1821 en que se unieron las regiones coloniales que antes pertenecieron a la Capitanía General de Venezuela, al Virreinato de la Nueva Granada y a la Presidencia de Quito, designaron como presidente constitucional en el Congreso de Angostura en febrero de 1819, al Libertador Simón Bolívar, ratificado en Cúcuta en 1821 y como primer vicepresidente de esa Gran Colombia, al General cucuteño Francisco de Paula Santander.

Se conoce el período de 1810 hasta 1821, etapa preliminar de formación política independiente, como el de 'La Patria Boba' por las sucesivas guerras civiles que desde entonces se gestaron entre federalistas y centralistas. La tentativa de recuperación de esos territorios por España, una vez acaecida la derrota de Napoleón en Waterloo en 1814 y reinstaurada la monarquía absolutista de los borbones con Fernando VII, propiciaron esa reconquista enviando a estas tierras al Mariscal de Campo y Pacificador, don Pablo Morillo, quien a sangre y fuego, ocupó estas comarcas, que finalmente fueron liberadas, para el caso colombiano, en la batalla del Puente de Boyacá, el 7 de agosto de 1819;1 dos años después se instaló el Congreso de Cúcuta constituyente de la Gran Colombia.

2. Sistema electoral y elecciones

En esa Constitución de Cúcuta, se instauró el sistema presidencial con un Congreso bicameral y una organización judicial nacional y regional, creándose así el clima político para una división de poderes y trabajo conforme al modelo de Montesquieu y los revolucionarios franceses y, de cierta manera siguiendo el parámetro de Locke con los poderes ejecutivo, legislativo y judicial y el equilibrio entre ellos, surgido el Checking and Balance. Esta Constitución se previo, que no sería reformada por diez años, hasta 1830. Sin embargo, con los conatos secesionistas de la Convención de Ocaña de 1828 y que terminó en una división profunda entre partidarios bolivarianos y santanderistas, se despertaron los ánimos separatistas que se originaron en los núcleos venezolanos y ecuatorianos para finalmente disolverse la Gran Colombia en 1830, a pesar de haberse aprobado la llamada Constitución del Congreso Admirable de ese año: Venezuela, la Nueva Granada y el Ecuador, tomaron rumbos independientes.

En el caso colombiano la forma del modelo político, sin embargo, y a pesar de existir varias Constituciones en el Siglo XIX, se manifestó por el régimen republicano y conservó la división de poderes, a pesar de cambiar la naturaleza dentro de su organización regional, al introducirse paulatinamente un sistema presidencial unitario y centralista frente al arquetipo de modelo regional federal, que fue concretado en las constituciones de 1853, 1858 y 1863, en donde las provincias colombianas tuvieron un gran desarrollo del poder local autonómico, hasta que finalmente vino su eclipse con las guerras civiles, especialmente la de 1885 que produjo lo que se ha denominado el triunfo de la Regeneración y bajo la fórmula de Rafael Núñez: "regeneración fundamental o catástrofe", al aliarse con el partido conservador haciendo aprobar en medio de esa lucha política, una Constitución típicamente centralista que fue la de 1886, la cual, después de sus múltiples reformas, de 1910, 1936, 1945, 1957 y 1968, fue sustituida por la nueva Constitución que nos rige desde el 5 de julio de 1991.

3. Gobierno representativo y sistema electoral

A lo largo del siglo XIX el gobierno representativo democrático se basó electoralmente en un régimen mayoritario, esto es, que los presidentes y los integrantes a las corporaciones políticas dentro del sistema legislativo bicameral colombiano -Senado y Cámara de representantes- fueron elegidos por mayoría simple o mayoría absoluta. El presidente de la República y su vicepresidente, por lo general fueron elegidos por sufragio indirecto o de segundo grado, por asambleas o consejos electorales, que decidían en votación colegial el Jefe de Estado, sus senadores y representantes, por simple mayoría absoluta al comienzo, y después por mayoría absoluta. El Congreso decidió algunas veces en ballotage la sucesión presidencial y vicepresidencial. Sólo por excepción, la Constitución Liberal de 1853 que ratificó la libertad individual de los esclavos, fue amplia en el sentido de introducir el sistema mayoritario pero por el sufragio universal directo, sin limitaciones, estipulando la elección popular del presidente, vicepresidente, senadores, representantes y también las magistraturas nacionales y regionales de los jueces y el procurador general de la nación.

Sin embargo, ello no fue realidad sino una sola vez, en 1856, cuando elegido por votación popular directa el presidente, Mariano Ospina Rodríguez, para un período de cuatro años, (1857 a 1861), se produjo el alzamiento que generó la única revolución triunfante en Colombia: la encabezada por el General Tomas Cipriano de Mosquera, quien había sido electo presidente, entre 1845 y 1849. Sobre esta excepción se basó la regla general electoral de votación indirecta y de segundo grado por colegios y organismos electorales. Nuestro país ha tenido, como lo observan algunos análisis del profesor Oscar Delgado,2 una inusitada y continua disposición a elecciones para presidentes y para cámaras o corporaciones públicas muy intensa, ya fuese a nivel nacional o a nivel regional, departamental y municipal durante los más de 170 años de existencia de nuestra democracia política.3

4. Sistema presidencial y régimen federal

Desde 1821 los colombianos hemos tenido grandes debates electorales y su continuidad solamente se ha visto interrumpida por los conflictos de guerras civiles que durante el Siglo XIX fueron más de 10, o por golpes militares que, en el caso colombiano, también han sido frecuentes, mas no con la intensidad que en otras naciones latinoamericanas.4 Por lo general, en Colombia, los períodos presidenciales han sido de 4 años con las excepciones que durante la Federación Liberal, entre 1863 y 1885, los presidentes fueron elegidos por períodos de 2 años; no era posible su reelección y luego en la Regeneración de 1886 hasta 1909 tal período fue de 6 años. Antes de 1863 y después de 1910, la presidencia de la República ha sido habitualmente cuatrienal, lo mismo desde 1991 pero sin reelección posible, algo que fue reconfirmado por esta misma Constitución. (Art. 197 C.N.).

El sistema político colombiano ha tenido la constante de otros países en cuanto al sistema bipartidista como es el caso de los Estados Unidos o como el que así existió en el Uruguay, en Chile y en Argentina. Es decir, las dos colectividades políticas preponderantes han sido el Partido Liberal y el Partido Conservador, existiendo tercerías políticas que nunca han fructificado en el tiempo en su categoría de dirimentes políticos como sí se ha dado con el Partido Comunista Colombiano, fundado en 1930, u otros movimientos políticos durante este siglo que han sido bastante accidentales o temporales. (UNIR-1935; ANAPO-1970; M-19-1990, entre otros).

En materia electoral, el sistema mayoritario se mantuvo hasta 1910, el cual fue morigerado por la representación de las minorías, 1/3 y 2/3 y el voto incompleto.5 En ese año de 1910, paulatinamente se fue introduciendo la representación proporcional abierta en el sentido en que las listas eran desbloqueadas, de libre composición, para seleccionar los candidatos, hasta 1929 en que se aprobó la ley Abadía, Ley 30 de ese año, suspendida por la Ley 60 de 1930 y revivida por la Ley 7 de 1932. La primera elección con este sistema de R.P., con listas bloqueadas se llevó a cabo en los comicios de 1933, o sea, candidatos fijos para las cundes disponibles en su elección y aplicando el cociente, el residuo y el voto incompleto y su distribución en los escaños de congresistas, o de asambleas o de concejales.6 Sólo para el Senado de la República, por un acto legislativo -reforma constitucional de 1945-, desde 1947, es elegido también por el sistema de la representación proporcional y votación directa. En lo que se refiere al Presidente de la República y salvo lo anotado desde la elección de voto sufragio universal directo del Siglo XIX, ello comenzó en 1910 y la primera elección fue la de 1914 a 1918 cuando se eligió al doctor José Vicente Concha y así ininterrumpidamente y en forma cuatrienal hasta la fecha, sólo que en 1936, se levantaron algunas restricciones del voto censitario y desde la elección para la presidencia de 1938 a 1942 de Eduardo Santos, se aplicó ya el sufragio universal sin ninguna restricción.

5. Elección presidencial

Desde su nacimiento como República, Colombia ha tenido hasta la fecha 58 presidentes constitucionales, y en total 82 jefes de Estado, ya sea por vacancia presidencial, golpes de estado, renuncias. En materia vicepresidencial no ha tenido esa misma continuidad, dado que en la Constitución de 1886 al instituirse la vicepresidencia, se estableció un funcionario de igual curul denominado designado. Una y otra institución supletorias del presidente fueron abolidas en el gobierno del General Rafael Reyes en 1905 y la reforma del acto legislativo de 1910 abolió la vicepresidencia de la República, dejando para ello dos designados, y después de la reforma de 1945, uno sólo, lo cual rigió hasta 1991 cuando en la Constitución de ese año se instituyó la figura política supletoria del vicepresidente, quien es elegido dentro de la misma fórmula política con el candidato a presidente por un período de 4 años, pudiendo ser o no de su misma filiación política. (Arts. 202 y 205 C.N.).

Desde 1991 igualmente se introdujo el criterio francés de la 5a., República del ballotage o de segunda vuelta, según la cual, la fórmula política de presidente y vicepresidente que no alcanzara a tener la mitad más uno de los participantes en los comicios, deberán entonces, los dos primeros, someterse a una segunda vuelta, tres semanas después de ocurrido ese debate presidencial, esto es, que en Colombia el 31 de mayo de 1998, ninguno de los candidatos obtuvo el 50% más uno de los votos válidos emitidos y escrutados. Entonces el domingo 21 de junio se siguió una segunda vuelta entre los dos primeros, Horacio Serpa y Andrés Pastrana. Resultó fundamental para el cuatrienio que termina en el año 2002, al haber ganado concluyentemente el debate presidencial (art. 190 C.N.). Este ballotage, de segunda vuelta, con ciertas analogías ha sido instaurado en Ecuador, Perú, Argentina y Guatemala.7 La Constitución también señala que para ser presidente de la República se requiere ser colombiano de nacimiento, mayor de 30 años y ciudadano en ejercicio (art. 191 C.N.). El vicepresidente está sometido a los mismos requisitos, y si llega a desempeñar por más de 3 meses continuos o discontinuos la primera magistratura de la Nación, queda inhabilitado para próxima reelección como todo presidente, inhabilidad que es vitalicia en la actual Carta Política (arts. 197 y 204 C.N.). La primera elección con la nueva Constitución se realizó para el cuatrienio de 1994 a 1998 en dos vueltas, resultando en la segunda, electo Ernesto Samper Pizano, que obtuvo el 50.5% de un total de 7'654.150 votos, habiendo triunfado sobre el candidato Andrés Pastrana con 150.000 votos de diferencia.8

6. Participación política y abstención

Con el sistema del Frente Nacional -1958-1974- resultó un pacto político entre los partidos tradicionales y se restringió la democracia política colombiana al introducirse la alternación entre el Partido Liberal y Conservador en la presidencia de la República, la paridad de los puestos públicos y corporaciones públicas, independientes de los resultados electorales; la mayoría cualificada de los 2/3 para aprobación de leyes, la cooptación como patrón de selección para elegir magistrados liberales o conservadores en la Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado.

Con la nueva Constitución se ha vuelto otra vez a una democracia plena en donde el artículo lo., dice que: "Colombia es un Estado social de derecho en forma de república unitaria, descentralizada, democrática, participativa y pluralista". El artículo 40 desarrolla esa participación en armonía con los artículos 103, 258, 259, 260 y 261. El voto es un deber ciudadano, más no es obligatorio; se ejerce concretamente y es programático sólo para alcaldes y gobernadores, quienes son elegidos por 3 años al igual que diputados, concejales y ediles. La última elección regional se realizó en octubre de 1997 y para el período trienal que va hasta el 31 de diciembre del año 2000. La revocatoria del mandato sólo es para alcaldes y gobernadores pero no se aplica al presidente ni al vicepresidente, como tampoco para senadores, representantes, concejales y diputados, dado que la representación proporcional, cociente y residuo más listas bloqueadas, impiden que se pueda ejecutar individualmente esa posibilidad, y en ese sentido se han propuesto reformas al régimen electoral colombiano para crear la circunscripción uninominal, sistemas mixtos o el voto preferencial, como alternativas para hacer viable esa prescripción constitucional.9

Generalmente los comicios electorales, cuando en la coyuntura se presentan alternativas de grave decisión política, han generado una gran participación así mismo política, cosa que ocurrió en las elecciones de 1970, 1974, 1978, 1982, 1986 y 1994. Sólo en las elecciones de 1974 y 1986, Alfonso López Michelsen (56.2%) y Virgilio Barco Vargas (58.2%), obtuvieron en la votación más del 50%. La mayoría de los presidentes hasta la fecha, han tenido menos del 50% de la votación electoral.10 De otro lado también se magnifica el hecho de que en materia de participación o de abstencionismo en las elecciones parlamentarias de 1947 y 1949, participaron el 62% y 75% de los electores posibles y han sido las de más nutrida concurrencia en toda la historia electoral del país. El doctor Virgilio Barco, hasta la fecha había tenido la mayor votación relativa para presidente de la República con 4 millones 200 mil votos; pero en la segunda vuelta del 21 de junio de 1998 Andrés Pastrana Arango obtuvo el 50,4% (6.100.000) votos y Horacio Serpa (5.600.000) el 46% y con una concurrencia a las urnas de 12.100.000 votantes para una participación del 58% y una abstención del 42%. Se da entonces la mayor votación en cifras absolutas y la mayor en rubro porcentual para un presidente en toda la historia electoral del país.

En materia de abstención hay que tener en cuenta que existen factores que la explican: primero: puede ser el de inconformidad, rechazo, apatía frente al establecimiento político; segundo: es la imposibilidad que se tienen en el sector rural y en ciertos núcleos urbanos grandes, para desplazarse al sitio de las urnas, por carecer de medio de transporte idóneo; tercero: dentro del censo electoral, no se ha dado de baja a muchos ciudadanos fallecidos y no se ha desactivado lo que sé llama en Colombia la cédula de ciudadanía que es su tarjeta de identificación electoral, y cuarto: el gran número de compatriotas que residen en el exterior, particularmente en los Estados Unidos de Norteamérica en la región de la Florida, condado de Dade en Miami; o en New York, en los Angeles y San Francisco, en donde se presume que habitan 2 millones, y otro tanto puede ocurrir con las colonias que viven en Venezuela y en el Ecuador que se aproximan a otros 2 millones.

Estos 3 a 4 millones de colombianos residentes en el exterior, explicaría que de casi 22 millones de ciudadanos aptos para elegir presidente, habría solamente posibilidad de 18 millones de votantes y sobre ellos debería hacerse un cálculo efectivo de esa abstención.11 Así, sobre una votación rural de 18 millones tendríamos una participación del 67%, lo cual nos da un alto coeficiente de participación, que se acrecienta todos los días, especialmente en las urbes y a través de la juventud, sectores que han concurrido con entusiasmo en las elecciones celebradas en octubre del 97 y marzo 1998, y en las presidenciales del 31 de mayo y 21 de junio así mismo del 98, con la afluencia de electores independientes o de la franja.

En Colombia, como lo volvemos a reiterar, no existe el voto obligatorio, sino que por la reciente Ley 403 del 28 de agosto de 1997 se creó un estímulo electoral para la consecución de crédito, becas, ingreso a instituciones públicas o privadas, empleo en las carreras de servicio estatal, la expedición de un certificado electoral, como plena prueba del deber cumplido por parte del ciudadano, que es lo que puede haber incentivado un porcentaje no dirimente, pero sí importante, que explica también los votos en blanco, que requieren casilla especial para marcar con X, y promedian para la validez de los votos escrutados, o votos nulos que no promedian.

Finalmente cabe agregar que el sufragio universal directo existe en Colombia desde 1910. Para otras latitudes, se puede anotar que la Constitución jacobina de 1793 lo instituyó pero no hubo elecciones. Se prescribió también en Inglaterra en 1832 -Reform Act- esfuerzo postumo de Jeremias Bentham. La segunda república francesa lo consagró 1848; Alemania desde 1871 y Austria 1908. El sufragio universal femenino se consagró en el estado de Wyoming, U.S.A., por primera vez en 1868, luego en Suecia en 1917, Inglaterra en 1918, U.S.A. en 1920, Francia en 1945 y Colombia en 1954 con práctica desde el Plebiscito del lo., de diciembre de 1957.

En materia de organización electoral el primer Código Electoral fue expedido por la Ley 7 de 1888 que estableció como organismo del ramo al Gran Consejo Electoral, el cual fue reformado en 1913. En 1916 se estableció la jurisdicción electoral por la Ley 85 encomendada al Consejo de Estado. La Ley 89 de diciembre 6 de 1948 creó la Corte Electoral como órgano administrativo de dirección y vigilancia de comicios, y se mantuvo al Consejo de Estado como ente jurisdiccional e instancia competente. La Ley 96 de 1985 reafirma este criterio de Consejo Nacional Electoral como órgano escrutador y la instancia judicial en el Consejo de Estado.12 La actual Constitución estatuyó el Consejo Nacional Electoral -CNE- como órgano independiente. El artículo 264 C.N., se integró preliminarmente por 7 magistrados y hoy la ley lo amplió a 9, elegidos por 4 años sin reelección, integrado por partidos o movimientos políticos que elaboran las ternas siendo elector el Consejo de Estado. El artículo 265 le señala sus facultades de suprema inspección y vigilancia y elige por 5 años al Registrador Nacional del Estado Civil. El 1o de septiembre próximo se debe integrar para el período cuatrienal, 1999 - 2002.

El Consejo de Estado tiene constituida la Sala Quinta para dirimir conflictos en materia de asuntos electorales, procesos y otros. Para las elecciones de presidente se tuvieron 64.604 mesas de votación, las cuales se distribuyeron en 1.073 municipios del país, 2.324 corregimientos y 4.091 inspecciones de policía. Se destinaron 168 mesas en las embajadas y consulados de Colombia en todo el mundo y coordinado 13.211 funcionarios comprometidos en calidad de testigos y jueces electorales.

A nuestro parecer se debe eliminar el C.N.E. y sustituido por un Tribunal Nacional Electoral a manera de cuarto poder y suprimir de plano la sala quinta del Consejo de Estado para, evitadas todas las duplicidades de autoridades electorales en los conflictos político-administrativos, se obtenga la transparencia y democracia que se debe al elector.


1 La primera Constitución colombiana del Estado de Cundinamarca del 30 de marzo de 1811, fue precedida por la del Estado Libre Independiente de la provincia del Socorro del hoy departamento de Santander, el 15 de agosto de 1810. Hubo otras Constituciones políticas como la de la Federación de las Provincias Unidas de la Nueva Granada del 27 de noviembre de 1811, la Constitución de la República de Tunja de 1812, la del Estado de Antioquía del 21 de marzo de 1812, aceptada popularmente el 3 de mayo de ese año, los tratados entre el supremo poder ejecutivo de Cundinamarca y los comisionados que nombró la diputación general de las Provincias Unidas el 18 de mayo de 1812; la Constitución del Estado de Cartagena de Indias del 15 de julio de 1812, la Constitución de la República de Cundinamarca del 18 de julio de 1812 y el Acta de Emancipación Total del 16 de julio de 1813, más la reforma del acta federal por el Congreso de las Provincias Unidas de la Nueva Granada el 23 de septiembre de 1814. El Reglamento para el ejercicio de las Facultades y atribuciones del Gobierno General de la Nueva Granada sobre las bases de reformas acordadas por el Congreso y su virtud de la concentración de los ramos de hacienda y guerra de las Provincias Unidas del Congreso del 21 de octubre de 1814; la Constitución del Estado de Mariquita del 21 de junio de 1815, la Constitución provisional de la Provincia de Antioquía del 10 de julio de 1815. El plan de reforma y la reforma general de las Provincias Unidas de la Nueva Granada el 15 de noviembre de 1815, el reglamento para el gobierno provisorio de la provincia de Pamplona del 22 de mayo de 1815 y la Constitución del estado Libre de Neiva del 31 de agosto de 1815.

Datos tomados de URIBE VARGAS Diego, Estructura constitucional para el cambio. Publicación del Senado de la República, julio de 1987.

2 DELGADO Oscar. Colombia elige, Pontificia Universidad Javeriana, Facultad de Ciencia Política, Bogotá 1986, Pág. 16.

3 DELGADO Oscar. Ibidem. Pág. 27.

4 GOLPES DE ESTADO:
SIGLO XIX:
(1) Bolívar. Decreto Orgánico, Agosto 28 de 1828.
(2) Golpe del General Meló, 17 de abril de 1854, contra el presidente titular J.M. Obando.
(3) 23 de mayo de 1867, es derrocado el General T.C de Mosquera.
(4) Rafael Núñez, 11 de septiembre de 1885, derogatoria, en discurso desde el balcón presidencial, de la Constitución -Liberal- Radical de Rionegro, 1863.
SIGLO XX:
(5) 31 de Julio de 1900 contra el presidente titular Francisco de Paula Santander, por su vicepresidente José Manuel Marroquin.
(6) 13 de marzo de 1909 contra el Presidente Rafael Reyes.
(7) 9 de noviembre de 1949. Clausura del Congreso Nacional por el presidente Mariano Ospina Pérez.
(8) 13 de junio de 1953. El General Rojas Pínula derroca al presidente Laureano Gómez.
(9) 10 de mayo de 1957. Movimiento Cívico de los partidos Liberal y Conservador obliga a la renuncia del General Rojas Pinilla. Se inicia el Frente Nacional. Plebiscito 1o., de diciembre de 1957.
(10) Golpe de Estado, corta duración, 6 y 7 de noviembre de 1985. Toma del Palacio de Justicia por el M-19.
(11) 14 de junio de 1991. La Constituyente revoca el mandato al Congreso y nombra un congresito entre: 15 de julio, 4 de octubre de 1991 y 18 de noviembre - 1o. de diciembre de 1991. (Artículo 16 Transitorio C.N., 1991).

5 DELGADO Oscar. Ibidem. Pág. 60 y ss.

6 DELGADO Oscar. Ibidem. Pág 67.

7 DELGADO Oscar. Ibidem. Pág. 67. Nota: Recientemente se aprobó también en la República Oriental del Uruguay.

8 Fuente: Registraduría nacional del Estado Civil.

9 GÓMEZ LOBO Alirio y otros autores. Modernidad, Democracia y Partidos Políticos. Fidec-  Fescol, segunda edición, 1996. Régimen de partidos políticos y alternativas al sistema electoral colombiano. Págs. 139-185.

10 Fuente: Registraduría Nacional del Estado Civil.

11 No existe censo electoral en el exterior pero sí disposiciones constitucionales que lo coligen. Arts. 171 y 176 C.N.


BIBLIOGRAFÍA

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Régimen y sistema electoral en la Constitución de 1991, Revista Javeriana (Bogotá, 1991: No. 579) PP. 237 - 275.         [ Links ]

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