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Estudios Socio-Jurídicos

Print version ISSN 0124-0579

Estud. Socio-Juríd vol.13 no.2 Bogotá July/Dec. 2011

 

RESEÑA DEL LIBRO:

LOS ABOCADOS EN COLOMBIA / [ED.] MAURICIO GARCÍA VILLEGAS. BOGOTÁ: UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES, 2010, 258 P.

Esteban Hoyos-Ceballos*
Universidad EAFIT, Medellín, Colombia

* Abogado, Universidad de los Andes; magíster en Derecho (LL.M), candidato a doctor en Derecho (j.s.d), Universidad de Cornell. Profesor de la Escuela de Derecho, Universidad Eafit (Medellín). Agradezco los comentarios a esta reseña que recibí de los profesores José Alberto Toro, Vicente Jaime Ramírez, Alfonso Cadavid, maría Helena Franco, David Suárez, José del Carmen Ortega, Camilo Castillo y Ethel Castellanos. También agradezco al programa de estudios latinoamericanos de la Universidad de Cornell, que, a través de una beca Tinker, financió mi estancia de investigación en Colombia en el verano del 2011, tiempo en el cual trabajé en la elaboración de esta reseña. Correo electrónico: ehoyosce@eafit.edu.co


La imagen es estremecedora. Un reconocido abogado litigante es detenido frente a las cámaras de los noticieros y en la propia sede de la Corte Suprema de Justicia. La razón de la detención es un soborno a un individuo para que testifique a favor de un excongresista detenido por el escándalo de la parapolítica. El país se conmociona y nuevamente se oyen algunas voces contra los abogados y el ejercicio de la profesión jurídica en Colombia. Luego, otra noticia ocupa los principales titulares de prensa y nada pasa, todo queda como antes.

El libro Los abogados en Colombia, editado por el profesor Mauricio García Villegas, promete llenar un vacío en estudios serios y no meramente coyunturales sobre la profesión jurídica en Colombia. El texto tiene nueve capítulos, dos de ellos escritos por el profesor García Villegas y los otros, por seis investigadores que en su mayoría elaboraron su trabajo de maestría en un proyecto de investigación sobre profesión jurídica en Colombia, dentro de una línea de investigación sociojurídica, en el Centro de Investigaciones Jurídicas de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales (UNIJUS) de la Universidad nacional de Colombia.

En los dos primeros capítulos, el profesor García Villegas parte de dos premisas que resultan fundamentales en esta obra: la primera consiste en afirmar que la regulación del ejercicio de una profesión debe estar acorde con el impacto social y público de esta (García Villegas, 2010, p. 23). Es por esta razón por la que, como la profesión médica, la jurídica debería ser objeto de una precisa regulación que garantice la calidad del ejercicio profesional y a la postre un adecuado funcionamiento de la administración de justicia.

De acuerdo con la segunda premisa, el estudio riguroso de la profesión jurídica en Colombia es inseparable del estudio de la forma en la cual se enseña el Derecho. En el caso colombiano, dicha enseñanza se caracteriza por ser heterogénea, dispersa, muchas veces capturada por intereses privados y políticos, de baja calidad en promedio, prácticamente sin control y con un sistema de nivelación informal determinado por el mercado de posgrados (García Villegas, 2010, p. 23).

El profesor García Villegas presenta además dos modelos contrapuestos de historia y desarrollo de la profesión jurídica en los Estados Unidos y en Francia. En principio, no resulta muy clara la razón por la cual el autor opta por el estudio detallado en estos dos países. Sin embargo, el resultado de su investigación es muy diciente para el contexto colombiano. En el caso de los Estados Unidos, la profesión jurídica se ha caracterizado por una dependencia del mercado, con un fuerte énfasis en el litigio, un aumento de las grandes firmas de abogados, y en el que el profesional del Derecho aparece como un defensor de los intereses de los más pudientes frente a las restricciones, regulaciones e intromisiones de otros individuos, las empresas y el Estado.

En el caso francés, por el contrario, los abogados en general están más cerca del Estado. El poder centralizado ejercido por este tiene una enorme influencia incluso en la regulación de la profesión jurídica. Aunque la abogacía es una organización independiente, apunta García, el Estado interviene fuertemente regulando incluso su funcionamiento y dinámicas internas (García Villegas, 2010, p. 15); mientras que las organizaciones profesionales de abogados ejercen controles estrictos al ingreso y ejercicio de la profesión.

También la educación jurídica es radicalmente distinta en uno y otro país. En los Estados Unidos, la educación legal es una educación profesional, costosa, en donde solo los mejores estudiantes pueden ingresar a las facultades más prestigiosas y que, debido a su estructura y elevados costos, excluye a los sectores más pobres de la sociedad. En Europa, por el contrario, el sistema de ingreso tiende a ser más democrático, universal, sencillo y económico. Colombia, según García Villegas, tiene un sistema degradado de ambos modelos, pues se adopta un sistema de ranking, como el americano, pero con un ingreso que no depende del mérito del estudiante, sino de su posición social. Sin embargo, como bien apunta García Villegas, este no fue siempre el caso de Colombia, puesto que en la primera parte del siglo xx hubo una prevalencia de la educación jurídica pública a la que podían acceder personas de todas las clases sociales y en donde se formaban las élites jurídicas y políticas del país (García Villegas, 2010, p. 20).

Los capítulos 3, 4 y 5 de la obra, escritos por Freddy Alexander Salamanca Ramírez (el 3 y el 5) y por Isabel Goyes Moreno (el 4), se ocupan esencialmente de la historia reciente de la regulación de la enseñanza del Derecho en Colombia, de los esquemas y mecanismos para la acreditación de calidad de los programas de educación superior, pero muy especialmente de los efectos que la regulación ha tenido en la oferta y demanda de dicha enseñanza en el país.

La tesis central de esta parte del libro, y que se viene a confirmar y a ampliar en el capítulo 9, en el que Santiago Sánchez Jiménez realiza un análisis estadístico de la oferta y la demanda de educación jurídica en Colombia, es que el marco legal colombiano de la carrera de Derecho ha generado un aumento de la oferta de la educación legal en el país, particularmente después de la expedición de la Ley 30 de 1992.

Esta Ley, que reguló la educación superior en el país con posterioridad a la expedición de la Constitución de 1991, desarrolló el concepto constitucional de autonomía universitaria, pero generó un incremento inusitado tanto de instituciones de educación superior como de programas académicos, lo cual afectó dramáticamente la oferta de educación jurídica en el país (Salamanca, 2010, p. 67) y, para muchos, la calidad de tal oferta educativa.

El capítulo 6, elaborado por Luz María Sánchez Duque, estudia la presencia de los abogados en la presidencia y los gabinetes ministeriales de los gobiernos colombianos del siglo xx y lo corrido del siglo xxI. Se trata de un interesante capítulo en el que se revisan además algunos de los estudios contemporáneos más importantes sobre la presencia de los abogados en las élites de gobierno latinoamericanas. La autora demuestra cómo el Estado colombiano ha sido gobernado tradicionalmente por abogados y cómo el estudio del derecho fue durante años, particularmente en la primera mitad del siglo xx, la forma más efectiva (aunque no exclusiva) de acceder a estas altas dignidades del Estado.

En este capítulo, también se demuestra y explica el creciente ascenso y la presencia de los economistas en la conformación de los gabinetes ministeriales. Fenómeno que se asocia a la creación de facultades de economía y a la prevalencia de un discurso tecnocrático en línea con las políticas del denominado Consenso de Washington. Junto con el desplazamiento de los abogados por parte de los economistas, el capítulo presenta algunos argumentos que explican cómo la universidad pública, particularmente la Universidad Nacional, dejó de ser el centro de formación de las élites jurídicas y económicas del país, concretamente ministros y ministras, cediendo dicho lugar a la Pontificia Universidad Javeriana, en la educación jurídica, y a la Universidad de los Andes, en la económica (Sánchez, 2010, pp. 145-179).

En el capítulo 7, el magistrado Juan Manuel Dumez Arias presenta los resultados de una investigación sobre el perfil de los jueces y magistrados de la jurisdicción ordinaria. La muestra incluye funcionarios judiciales de siete distritos de diferentes tamaños.1 El estudio analiza factores como sexo, edad, nivel de formación, participación como docentes universitarios, experiencia previa a su trabajo en la rama e institución educativa donde realizaron su posgrado. Aunque no se profundiza en este punto, llama la atención que la mayoría de jueces del estudio pertenece al sexo masculino (un 57% de hombres contra un 42% de mujeres). Sin embargo, el dato más preocupante y dramático es la escasa presencia de mujeres en los tribunales del país, según este trabajo. En tribunales tan importantes como el de Cali, por ejemplo, las mujeres magistradas solo llegan al 21%; en Cundinamarca, al 23%; y en Bogotá, al 30,43% (Dumez, 2010, p. 183).

La mayoría de los magistrados y jueces estudiaron su carrera en universidades tradicionales pero que no se consideran de élite: Libre, Gran Colombia, Autónoma, Santo Tomás de Aquino,2 lo cual parece indicar que dichas instituciones tienden a hacer un énfasis en la formación de sus estudiantes para la judicatura (Dumez, 2010, p. 200). Sin embargo, tal afirmación no se sustenta con el análisis de los planes de estudio en esos establecimientos educativos.

Otros datos significativos señalan que la edad promedio de los funcionarios judiciales encuestados es de 38 años; que su nivel promedio de formación es de especialistas (aunque un 25% solo tiene estudios de pregrado); que la rama judicial es para un alto porcentaje de los encuestados su único empleo y que además gozan de relativa estabilidad laboral. Adicionalmente, una tercera parte de los funcionarios encuestados es o ha sido docente universitario, pese a que un porcentaje mínimo de ellos ha escrito obras jurídicas3 (Dumez, 2010, pp. 181-201).

Finalmente, el capítulo 8 del texto, escrito por Ángelo Mauricio Victoria Russi, se ocupa de caracterizar al abogado en la administración pública nacional. Dicha caracterización se restringe a aquellos que tienen un contrato de trabajo, lo cual no es la regla general en muchas instituciones públicas que asumen buena parte de sus funciones a través de contratos de prestación de servicios. Teniendo en cuenta esta precisión, según el estudio, los abogados representan un 10,78% del universo de los funcionarios públicos y un 24% de los profesionales en el Estado. Esto significa que los abogados son los profesionales más numerosos en el nivel nacional, seguidos por los ingenieros y administradores de empresas.

Otros datos relevantes e interesantes del estudio indican que la universidad privada sextuplica la participación de la universidad pública en el Estado, lo cual evidentemente supone una muy baja participación de abogados de las universidades públicas en la estructura del Estado colombiano. Así mismo, señala que la mayor cantidad de abogados se desempeña en la Fiscalía, la Procuraduría, la DIAN y la Contraloría General de la República. Una vez más, la Universidad Libre, de donde egresa el 20% de los abogados del país, aporta un porcentaje similar de profesionales del Derecho al Estado colombiano. Quizá la única institución, considerada de élite, que aporta un número significativo de abogados al Estado es la Universidad Externado de Colombia, cuyos egresados suelen ubicarse en los más altos niveles y, por lo tanto, gozan de mejores salarios según el estudio. Finalmente, un 25% de los abogados que trabajan en el Estado tiene estudios de posgrado, en su mayoría, especializaciones en derecho penal y administrativo (Victoria, 2010, pp. 203-224).

Como dije anteriormente, este libro contiene información en extremo relevante sobre la profesión jurídica en Colombia. Probablemente, ninguna otra publicación reciente haya recogido tal cantidad de datos sobre el ejercicio de la profesión en el país, particularmente en su práctica en el sector público, pues es poca la información que se ofrece sobre la práctica profesional en el sector privado. Aparte de eso, quizás haya tres puntos que ameritarían un estudio más profundo y detallado y que, por lo tanto, pueden dar lugar a abrir nuevas líneas de investigación sobre el tema.

El primero tiene que ver con un estudio riguroso del mercado de posgrados y su relación con la profesión jurídica en el país. En el capítulo introductorio, el profesor García Villegas tiene una tesis muy contundente sobre cómo los abogados de provincia buscan hacer un posgrado en universidades de élite, con el fin de "lavar" sus títulos obtenidos en instituciones de inferior calidad, e insinúa cómo son dichas instituciones de élite las que probablemente no han permitido una reforma estructural de la profesión jurídica en Colombia, pues se benefician del status quo del mercado de posgrados. Esta tesis es provocadora y puede no estar equivocada. Sin embargo, algunos datos que se encuentran en otros capítulos del libro podrían ir en contra de ella o por lo menos hacerla más compleja. Pienso, por ejemplo, en el rol que juega una universidad como la Libre, que no se considera una universidad de élite, en el mercado de posgrados en el país. En el capítulo 5 de la obra, por ejemplo, se vio cómo tal institución tiene casi un 22% del mercado de posgrados de los funcionarios judiciales encuestados.

Desafortunadamente, esos datos (de especialización por universidad) no están disponibles en el capítulo 8 sobre los posgrados de los abogados que tienen un contrato de trabajo con el Estado. Adicionalmente, un estudio riguroso de dicho punto debería incluir el análisis de otro tipo de posgrados (por ejemplo, gestión pública, administración, desarrollo territorial, economía, finanzas) que también sirven de complemento a la formación jurídica para aquellos que trabajan en el sector público o privado, e igualmente, un análisis cuantitativo de la oferta de posgrados y del efecto que tiene sobre la profesión el cada vez más creciente estudio de especializaciones, maestrías y doctorados por fuera del país.

Un segundo punto interesante4 para continuar profundizando en el estudio de la profesión jurídica en el país, particularmente en el ámbito privado, consiste en analizar los distintos modelos de práctica jurídica en las oficinas de abogados y la influencia que éstas tienen en la formación de los jóvenes profesionales. A esto puede agregarse un estudio comparativo regional, pues cierto tipo de firmas, particularmente en la capital, se han construido al estilo de la megafirma estadounidense centrada en servicios de asesoría y consultoría. Mientras que en ciudades menores como Medellín, en la práctica parece haber una prevalencia de oficinas de abogados más pequeñas y mucho más enfocadas en el litigio. Las características de uno y otro modelo, las transformaciones que estas firmas han sufrido en los últimos años debido a la globalización y los efectos que tienen sobre la práctica del Derecho, la administración de justicia y la educación jurídica ameritan un estudio detallado entre aquellos interesados en la sociología de la profesión jurídica en el país.

Para finalizar, el último punto está relacionado con aquello que debe entenderse por educación jurídica de calidad. Este es un tema que, en general, en el texto, se limita a reproducir las normas que regulan los procesos de acreditación de la educación superior en el país (y algunas referencias a la tesis de Freddy Alexander Salamanca). Sin embargo, aquellos que hemos conocido de cerca estos procesos, sabemos que no necesariamente dichos procesos de (auto)evaluación con fines de acreditación garantizan una educación jurídica de calidad.

Es más, me asisten serias dudas de que todas las denominadas facultades de élite o tradicionales ofrezcan una educación jurídica de estas características. Pero repito, eso depende de la definición que se adopte de una educación jurídica de calidad. Personalmente, creo que ésta debe incluir un número suficiente de profesores de planta que dediquen su tiempo a la docencia, la investigación y la producción académica; una baja ratio profesor/estudiante; el uso de metodologías que estimulen el pensamiento crítico entre los estudiantes; una educación flexible y con un claro enfoque interdisciplinario; una buena biblioteca y el acceso a bases de datos nacionales e internacionales; un programa sólido de educación jurídica clínica; un buen sistema de investigaciones articulado con las necesidades y tendencias locales, nacionales e internacionales; una comunicación y seguimiento adecuado de los egresados; un buen programa de formación en responsabilidad profesional; entre otras condiciones.

Lo que es innegable, como bien lo señala la obra, es que el estudio de la profesión jurídica es inseparable del estudio sobre la forma en la cual se enseña el Derecho. Pero también esta enseñanza es fiel reflejo del tipo de abogados que tenemos. Se trata de una relación de doble vía. De ahí que la lectura del libro Los abogados en Colombia sea necesaria para todos aquellos que tenemos un compromiso con la enseñanza y un debido ejercicio del Derecho en el país.


1 Estos distritos fueron Bogotá, Cundinamarca, Cali, Barranquilla, Bogotá, Villavicencio y Pamplona.

2 Quizá la única institución de élite que se destaca en la formación de los jueces es la Universidad Nacional de Colombia.

3 Sin embargo, cabe destacar que el estudio se restringe a libros de Derecho y no a otro tipo de obras jurídicas, como artículos en revistas especializadas. Ahora bien, sin conocer evidencia empírica que lo sustente, me atrevo a afirmar que el porcentaje de trabajos en ese tipo de publicaciones es también mínimo tratándose de funcionarios judiciales.

4 Esta idea se la debo al profesor José Alberto Toro Valencia de la Universidad EAFIT (medellín).

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