SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.8 issue11¿ES COMPATIBLE LA RELATIVIDAD CONCEPTUAL CON UN ESENCIALISMO GENUINO?¿PRESUPONEN LOS ARGUMENTOS ESCÉPTICOS CARTESIANOS EL REALISMO INDIRECTO? author indexsubject indexarticles search
Home Pagealphabetic serial listing  

Services on Demand

Journal

Article

Indicators

Related links

  • On index processCited by Google
  • Have no similar articlesSimilars in SciELO
  • On index processSimilars in Google

Share


Discusiones Filosóficas

Print version ISSN 0124-6127

discus.filos vol.8 no.11 Manizales July/Dec. 2007

 

EL CÁNTARO AL AGUA

BACK TO THE WEB

Pablo R. Arango*
Universidad de Caldas

* Profesor del departamento de filosofía de la Universidad de Caldas. Sus principales áreas de trabajo son la filosofía del lenguaje, la metafísica y la ética. Ha publicado los libros Introducción a la filosofía moral (Universidad de Caldas, 2005) y De la belleza y otros caprichos de conservador (Universidad de Caldas, 2006), así como diversos artículos y traducciones en revistas especializadas del país. E-mail: pablo.arango_g@ucaldas.edu.co

Recibido el 6 de Julio y aprobado el 6 de Agosto de 2007.

Resumen

Este artículo es una respuesta a las objeciones que plantean Ignacio Ávila y Leonardo Cárdenas contra mi defensa de la metafísica esencialista. Se insiste en que el esencialismo puede ser compatible con la relatividad conceptual, y en que dicha metafísica puede hacer frente a la objeción según la cual debe irrespetar la máxima de que dos expresiones coextensivas son intercambiables salva veritate. Contra las observaciones de Cárdenas, se muestra que el esencialismo puede hacer uso, sin problemas, de ejemplos que apelan a los hechos institucionales, y que la idea de que sólo puede haber modalidades de dicto constituye una petición de principio si se la utiliza como argumento contra el esencialismo.

Palabras Clave

Ávila, Cárdenas, Kripke, Quine, esencialismo, relatividad conceptual,sustituibilidad, modalidades de dicto.

Abstract

This paper replies to independent objections by Ignacio Ávila and Leonardo Cárdenas against my defense of an essentialist metaphysics. I argue, again, that essentialism may be compatible with conceptual relativity, and that such metaphysics can face the objection according to which it is forced to be disrespectful of the dictum that two coextensive statements are interchangeable salva veritate. Against Cárdenas' views, I show that essentialism may use, without trouble, examples that appeal to institutional facts, and that the idea that there can be only de dicto modalities is question begging if it is used as an argument against essentialism.

Key Words

Ávila, Cárdenas, Kripke, Quine, essentialism, conceptual relativity, substitutivity, de dicto modalities.


I

En el número 10 de Discusiones Filosóficas, Ignacio Ávila replica a mis comentarios sobre su artículo de 2005. Aquí quiero expresar nuevamente mis dudas sobre sus puntos de vista.

Ávila responde a mis observaciones con los siguientes puntos. En primer lugar, sostiene que, después de todo, el esencialismo sí resulta incompatible con una versión fuerte de la relatividad conceptual. En particular, con la versión que dice que puede haber distintas descripciones irreductibles entre sí acerca de las propiedades esenciales de un objeto. En un sentido, es cierto que esto es incompatible con el esencialismo, pero en otro no. Por ejemplo, puede haber una descripción molecular de las propiedades esenciales de un objeto natural. Podría ser que, por alguna extraña razón, las descripciones moleculares fueran irreductibles a descripciones en términos de partículas subatómicas. Así, las descripciones moleculares de las propiedades esenciales de un objeto serían irreductibles a las descripciones microfísicas. En este punto, habría cierta relatividad conceptual, pero el esencialista no tiene que decir ni que tenemos dos conjuntos de propiedades esenciales ni que un tipo de descripción es preferible al otro. Después de todo, no decimos que el objeto está hecho de dos materiales: moléculas por un lado y partículas por el otro. Así que, supongo, no es éste el tipo de ejemplo de relatividad conceptual en el que está pensando Ávila. Quizás lo que él piensa es que podría haber dos tipos de descripciones que asignan propiedades esenciales y son irreductibles entre sí y contrarias1. Pero si esto es así, entonces, o bien una de las descripciones es falsa, o bien ambas lo son. Todo lo cual resulta compatible con el esencialismo. Sin embargo, no es seguro que esto sea lo que Ávila tiene en mente. Quizás lo que pretende decir es que podría no haber una forma de decidir entre dos asignaciones rivales de propiedades esenciales. Y, en gracia de la discusión, se lo concedo (¿está sugiriendo Ávila que dos metafísicas esencialistas rivales pueden estar subdeterminadas por los datos? Bien, pero se supone que toda metafísica, sea o no esencialista, está subdeterminada por los datos). Aunque no veo cómo esto acaba con la idea general de que hay propiedades en ausencia de las cuales un objeto deja de ser lo que es, independientemente de que lo sepamos o no.

De cualquier manera, Ávila dice que "en la medida en que la relatividad conceptual implique el abandono de la idea misma de lenguaje privilegiado en sentido absoluto, el esencialista no puede hacerle justicia a este fenómeno" (2006: 247). Esto le atribuye claramente al esencialismo la idea de que hay algo como un "lenguaje privilegiado en sentido absoluto". Seguramente que la adecuación de un lenguaje depende de los propósitos para los cuales lo usemos. El esencialismo no puede negar esta verdad obvia. Lo que dice el esencialista es que cuando nuestro propósito específico es la descripción metafísica correcta, entonces un lenguaje sí será privilegiado con respecto a otros. Y esto es lo mismo que nos dice Ávila con los extensionalistas: que cuando hagamos metafísica, habrá un lenguaje privilegiado, en particular, un lenguaje extensional. Así, el esencialismo propone un lenguaje privilegiado para la metafísica, así como lo hace el extensionalista, y no veo nada de censurable en esta tendencia general compartida por ambos (desde luego, como esencialista que soy, pienso que la propuesta del extensionalista va por mal camino).

En segundo lugar, Ávila sostiene que su posición extensionalista no implica de ninguna manera que la identidad de los objetos dependa de nuestras pautas de individuación, y que su uso de la palabra 'ontología' es inequívoco. Él dice que "a lo largo del texto me parece claro que cuando hablo de ontología no me refiero al abanico de posturas metafísicas en filosofía, sino más bien a lo que existe en el mundo como tal…" (Ibíd.: 252) Aquí no veo otra salida que presentar parte de la evidencia textual que me llevó a atribuirle a Ávila ambas cosas. Comencemos por la ambigüedad en el uso de 'ontología'. Ya nos ha dicho que en el texto la usa unívocamente para hablar de lo que existe. Sin embargo, encuentro varios pasajes con un uso notablemente distinto. Por ejemplo, en la página 74 del ensayo original dice:

    Si hemos de respetar nuestras intuiciones cotidianas, entonces quisiéramos poder decir que la ontología resulta inseparable de nuestras propias pautas de individuación sin atentar por ello contra la idea de que los objetos existen de forma independiente de nuestras representaciones (Ávila, 2005)

A mí por lo menos me parece muy claro que aquí la palabra 'ontología' debe interpretarse no como refiriéndose a lo que existe sino más bien a nuestras teorías sobre lo que existe. Porque el precio que debe pagar Ávila por la otra interpretación (i.e., que con 'ontología' se está refiriendo a lo que existe) es muy alto, mucho más alto para él que pretende arreglárselas, siguiendo a Quine, con la austera lógica del cálculo de predicados de primer orden con identidad, a saber: la inconsistencia (¿no son inconsistentes entre sí: i) "la ontología (i.e., lo que existe) es independiente de nuestros marcos de representación", y ii) "la ontología depende de nuestras propias pautas de individuación"?).

Con respecto a la primera idea, la tesis esencialista de que los objetos tienen una "identidad preestablecida", independiente de cualquier pauta de individuación, quiero advertir dos cosas. La primera es que, si el extensionalismo es una teoría ontológica, entonces afirma que existen tales y cuales objetos o clases de objetos. Si es así, y además tenemos en cuenta el 'estribillo' de que "no hay entidad sin identidad", entonces debemos concluir (dada la conjunción entre el estribillo y el carácter ontológico del extensionalismo) que para el extensionalista sólo existen las entidades para las cuales contamos con criterios extensionales (él dirá 'claros') de individuación. Y aquí yo veo, no sé si maliciosamente, una asimilación ilegítima entre lo que hay y la forma en que clasificamos lo que hay2.

En tercer lugar, Ávila señala varios puntos interesantes sobre la plausibilidad del argumento que va desde la teoría descriptiva de la referencia de Kripke hasta la metafísica esencialista. Aquí concuerdo con él en que una discusión pormenorizada del asunto requeriría un espacio que sobrepasa el de esta polémica. Así que no voy a comentar más sobre el asunto, excepto por una aclaración que quiero hacer. Ávila señala, con razón, que el argumento que va desde la designación rígida hasta la metafísica esencialista no es deductivo. Pero luego agrega que, por esa razón, "la teoría semántica de la referencia de Kripke y Putnam no constituye un buen argumento para aceptar la metafísica esencialista" (Op. cit.: 258). Aquí ya no estoy de acuerdo. La metafísica esencialista puede interpretarse como un complemento de la semántica kripkeana, y no como una consecuencia lógica de ésta. En particular, el esencialismo puede verse como una propuesta para tratar las relaciones entre nuestro lenguaje y la realidad. Pero el hecho de que no sea una consecuencia de la semántica kripkeana no significa que esta semántica no sea una buena razón a favor del esencialismo. 'Buena razón' y 'Razón concluyente desde el punto de vista lógico', supongo, no son términos coextensivos.

Finalmente, Ávila dice que otra razón importante para rechazar el esencialismo es que éste recurre a nociones que violan abiertamente la máxima extensional según la cual dos expresiones coextensivas son intercambiables en todos los contextos, salva veritate. Aquí quiero hacer dos comentarios. El primero es que la violación de la máxima depende de cómo interpretemos la ocurrencia de los términos modales problemáticos. Ávila usa el ejemplo quineano de '9' y 'el número de los planetas', expresiones que, aunque coextensivas, no son intercambiables salva veritate si se antepone el operador modal 'necesariamente' (ya que, por ejemplo, es falso que, necesariamente el número de los planetas es mayor que siete). Aquí es importante señalar que el ejemplo de Quine es ambiguo. Porque la expresión "el número de los planetas" se puede interpretar como: i) el número nueve, o ii) la cantidad actual de planetas. En el primer sentido, la expresión es coextensiva con '9', pero en el segundo no lo es (no lo es porque, mientras '9' designa el mismo objeto -si es que designa alguno- en todos los mundos posibles, "el número de los planetas" designa ese mismo objeto sólo en algunos mundos posibles). Así que si la interpretamos, como debemos hacerlo para aplicar la máxima extensionalista, en el primer sentido, tenemos que se puede realizar la sustitución.

Esto puede verse con más claridad de la siguiente manera. Un argumento antiesencialista de espíritu similar fue planteado por Kneale en los siguientes términos3:

Es sin duda verdad que el número 12 es necesariamente compuesto, pero ciertamente no es correcto decir que el número de los apóstoles es necesariamente compuesto, a menos que la observación se interprete como un enunciado elíptico de necesidad relativa. Y, una vez más, es sin duda alguna correcto decir que esto que estoy señalando es contingentemente blanco, pero ciertamente no es adecuado decir que el papel blanco que estoy mirando es contingentemente blanco, a menos, otra vez, que la observación se entienda como elíptica. (Kneale, 1962: 629).

En pocas palabras, el contraejemplo dice: '12' y 'el número de los apóstoles' son expresiones correferenciales, pero mientras puede concederse que 12 es necesariamente compuesto, es en cambio abiertamente falso que el número de los apóstoles es necesariamente compuesto. Este problema desaparece si desistimos de usar el adverbio modal, o si lo interpretamos de tal modo que establece una relación entre el objeto descrito y una forma particular de describirlo. Así, el número 12 será esencialmente compuesto, pero sólo porque lo hemos seleccionado con esa descripción. Si utilizamos otra cualquiera, la necesidad desaparece. La contrarréplica de Plantinga (un esencialista irredento), aunque tiene sus sutilezas, puede resumirse del siguiente modo:

¿Por qué es falso el enunciado "el número de los apóstoles es necesariamente compuesto"? Consideremos dos formas de interpretar la idea de que el enunciado es falso:

    1) En la interpretación de dicto, esta idea es equivalente a algo como: "La proposición "hay sólo 11 apóstoles" es posible".

    2) En la interpretación de re, la idea sería algo como: "El número que (tal como ocurrieron las cosas) enumera a los apóstoles, podría haber sido 11".

Plantinga: "[Esta última] sería repudiada indignadamente por el esencialista; porque el número que cuenta a los apóstoles es 12 y, desde luego, no podría haber sido 11". (Plantinga, 1978: 22). Si la objeción fuera interpretada de este modo, continúa Plantinga, entonces habría que entender las palabras del antiesencialista en los siguientes términos:

    "Si la proposición "el número de los apóstoles es 11" hubiera sido verdadera, entonces el número que (tal como ocurrieron las cosas) enumera a los apóstoles no habría sido compuesto". Pero seguramente esto es falso.
    Porque dice que si hubiera habido 11 apóstoles, entonces el número que, de hecho, enumera a los apóstoles –el 12— no habría sido compuesto. (Ibíd.: 23)

Sin embargo, el esencialista dispone de otra estrategia general para responder (y aquí viene mi segundo comentario). Ávila sostiene que una de las principales razones para rechazar el esencialismo es que esta metafísica apela a una familia de nociones con muy dudoso comportamiento lógico. En particular, según Ávila, dicha familia irrespeta abiertamente las máximas que le son más caras al extensionalista (e.g., "no hay entidad sin identidad" y "dos expresiones coextensivas son intercambiables en todos los contextos, salva veritate"). Ávila dice que el seguimiento de tales máximas es una garantía de austeridad y decencia ontológicas. Pero me gustaría señalar, primero, que la metafísica modal más extravagante corresponde al filósofo que se ha empeñado en mantenerse en un marco estrictamente extensional (i.e., David Lewis). En efecto, es en el marco del programa definido por las máximas extensionalistas que Lewis ha llegado, impertérrito, a su conclusión de que todos los mundos posibles existen en pie de igualdad con el nuestro. La máxima de que todas las expresiones coextensivas deben ser intercambiables salva veritate es en sí misma un principio controversial, cuya discusión no debería pasarse simplemente por alto en metafísica. Vastas regiones de los idiomas naturales no se ajustan a ella (el lenguaje de las adscripciones psicológicas, para mencionar el caso más enorme y flagrante). Sé que hay insensibles para quienes eso implica que tales territorios deben asolarse. Pero quizás no sea muy cortés esgrimir una máxima tan devastadora antes de ofrecer por lo menos un argumento a su favor4. Esto, desde luego, requiere una discusión independiente.

II

En su artículo en este mismo volumen5, Leonardo Cárdenas plantea tres objeciones generales a mi defensa de la metafísica esencialista. La primera dice que el esencialismo que presento hace un uso inadecuado de los hechos institucionales, tal como son explicados por John Searle. Según Cárdenas, al argumentar que el esencialismo es compatible con el relativismo conceptual, he abusado de ejemplos que comparan hechos institucionales con clases naturales, comparación que, en su opinión, le está prohibida a un esencialista, dadas las características respectivas de tales hechos y clases. La molestia de Cárdenas se debe a que, en mi explicación de la compatibilidad entre el esencialismo y el fenómeno de la relatividad conceptual, utilizo comparaciones entre descripciones de lo que se supone que son hechos institucionales (como un partido de fútbol) y descripciones que apelan a términos que se refieren a clases naturales. La queja entonces es que, mientras las clases naturales, por definición, existen independientemente de los estados mentales de los seres humanos, los hechos institucionales no. Sin embargo, no alcanzo a ver el problema. Justamente lo que estaba en discusión con Ávila era la idea de que el esencialismo debe comprometerse con la tesis de que sólo puede haber una clase de descripciones correctas6. Al usar el ejemplo, intento mostrar que uno puede ser esencialista y, por tanto, pensar que hay descripciones que asignan verdaderamente propiedades esenciales a una entidad, y al mismo tiempo aceptar que hay otras clases de descripciones igualmente correctas sobre la misma entidad. Francamente, no veo qué tiene que ver esto con la supuesta dependencia de los hechos institucionales con respecto a los estados mentales. A no ser que Cárdenas esté sugiriendo que en el caso del partido de fútbol tenemos dos entidades: una para la descripción normal (que sería algo así como el hecho institucional), y otra para la descripción molecular o microfísica. Este dualismo de hechos, sin embargo, tampoco implica por sí solo la negación del esencialismo. Porque un esencialista tozudo (si se me permite la redundancia), puede replicar aquí que, entonces, como tenemos dos entidades, tenemos también dos series distintas de propiedades esenciales.

El segundo reparo de Cárdenas es que el esencialista confunde el modo material del discurso con el modo formal. Apelando a la distinción de Carnap entre estos dos modos de discurso, Cárdenas dice que "el esencialista hace un uso indebido de las categorías modales", un uso de re y no de dicto. Según Cárdenas, sólo este último uso es legítimo. Esto, sin embargo, no puede tomarse en serio como una objeción: simplemente, es una petición de principio. Entre otras cosas, la doctrina esencialista afirma precisamente que hay usos de re legítimos para las modalidades. Pero no se puede contestar a esto con: "sólo los usos de dicto de las modalidades son legítimos". El argumento es válido, sí, como lo es toda petición de principio.

La tercera objeción de Cárdenas es más oscura para mí. Según Cárdenas, el esencialismo pasa por alto el hecho de que ciertas descripciones de los objetos presuponen "asignaciones de función", las cuales, a su vez, presuponen un conjunto de valores que son relativos a, o dependen de, nuestros intereses. Cárdenas se refiere al ejemplo kripkeano según el cual el número atómico del oro es un caso de propiedad esencial, y a mi observación de que el esencialista puede aceptar también otras descripciones del oro, como, por ejemplo, que es un metal muy codiciado. Cárdenas sugiere que ambas descripciones ("el número atómico del oro es 79" y "el oro es un metal muy codiciado") "tienen la misma forma". ¿La tienen? Dejando de lado más de un siglo de alabanzas a Frege, supongamos que tienen la misma forma: sujeto-predicado. Eso, sin embargo, es superficial. El punto clave aquí es que, aun si no existieran seres humanos, ni seres conscientes en lo absoluto, ni química ni nada por el estilo, el oro seguiría teniendo el número atómico que tiene. Aunque, en ese caso, dejaría de ser un metal muy codiciado. Siguiendo con la distinción que Cárdenas toma de Searle, hay ciertas propiedades intrínsecas de los objetos (i.e., propiedades cuya existencia no depende ni de los estados mentales de nadie ni de los esquemas de descripción), y hay otras propiedades que son relativas al observador. El número atómico del oro, supongo, si no es una propiedad esencial, sí es por lo menos un estupendo ejemplar de propiedad intrínseca. Pero Cárdenas sugiere que, cuando el esencialista afirma que algunos objetos tienen propiedades esenciales, les está asignando una función a dichas propiedades y, por tanto, que se trata de propiedades relativas al observador. Quizás aquí se confundió por el uso vago que se hace normalmente del término 'función', ya que es cierto que la idea de propiedad esencial desempeña una función en la metafísica esencialista. Pero pasar de aquí a la afirmación de que el esencialismo presupone o implica que las propiedades esenciales son, después de todo, relativas a algún observador, parece un caso flagrante de falacia de ambigüedad.


NOTAS AL PIE

1. Aunque irreductibles, podrían ser contrarias gracias a alguna relación causal o algo por el estilo: un cambio en los valores de verdad de las descripciones microfísicas probablemente implica un cambio en los valores de verdad de las moleculares, pero aquí 'implica' significa 'causa', ya que estamos suponiendo que no podemos pasar lógicamente de un nivel de descripción al otro. La sobreviniencia es un caso de este tipo: el valor de verdad de un juicio normativo que sobreviene a un conjunto de puras descripciones cambiará cuando el valor de verdad de estas últimas cambie, aunque no pueda trazarse una ruta lógica precisa para rastrear la implicación (dada la intraducibilidad).

2. Piénsese en que, como lo ha señalado detalladamente Strawson, el estribillo, inocente en apariencia, deja por fuera de una vez entidades tales como las maneras de hablar o caminar, o los gestos. Strawson también muestra convincentemente que el 'eslogan' no es claro: "¿Significa que no hay nada que no sea idéntico a sí mismo? Esto parece decir muy poco. ¿Significa que no hay nada que no pertenezca a una clase tal que haya un criterio común, general, de identidad para todas las cosas de esas clase? Esto, a mi juicio, dice demasiado. ¿Significa que hay cosas que pertenecen a una clase de tal modo que para cada clase hay un criterio general de identidad para todas las cosas de la clase, mientras que otras cosas no pertenecen a tales clases, y sólo las cosas del primer tipo son entidades (objetos) mientras que las cosas del segundo tipo no lo son? Esto suena absurdo o, por lo menos, como una estipulación cuyo propósito uno querría conocer". Strawson (1997: 21).

3. Utilizo el argumento de Kneale porque la doctrina esencialista relevante es que, por lo menos, algunas propiedades son ejemplificadas esencialmente por algunos objetos o clases. El contraejemplo de Quine, en cambio, se concentra en una relación. Aunque la réplica se puede aplicar en este caso también. He tomado la respuesta a esta objeción de Plantinga (1978: 18-23). Plantinga también trata extensamente el contraejemplo de Quine en las páginas 222-251.

4. En Arango (2005), explico algunas razones para dudar de la Ley de Lebniz tal como es usada por Quine para criticar la distinción analítico-sintético.

5. Agradezco al Dr. Carlos Emilio García por darme a conocer esta réplica a mi trabajo antes de que yo sometiera mis contrarréplicas a la revista, puesto que, dada la periodicidad tan amplia de Discusiones Filosóficas, una espera de un año podría finalizar en mi conversión al anti-esencialismo o en la pérdida del entusiasmo.

6. Cfr. mi 2006, 233-235.


REFERENCIAS

1. Arango, P. (2005) "El dogma de Quine". En: Discusiones Filosóficas, Vol 6, No. 9,        [ Links ]

2. _________. (2006) "Comentario sobre "Realismo, esencialismo y extensionalismo". En: Discusiones Filosóficas, Vol. 7, No. 10.        [ Links ]

3. Ávila I. (2005) "Realismo, esencialismo y extensionalismo". En: Hoyos, L. (editor) Racionalidad y Relativismo, Universidad Nacional de Colombia.        [ Links ]

4. _________. (2006) "Relatividad, Identidad y Realidad. Respuesta a Pablo Arango". En: Discusiones Filosóficas, Vol 7. No. 10.        [ Links ]

5. CÁRDENAS, L. (2007) "¿Es compatible la relatividad conceptual con un esencialismo genuino?". Discusiones Filosóficas, Vol 8. 10.        [ Links ]

6. Kneale, W. (1962) "Modality De Dicto and De Re". En: Nagel, E., Suppes, P. & Tarski, A. (editors) Logic, Methodology and Philosophy of Science, Stanford University Press.        [ Links ]

7. Plantinga, A. (1978) The nature of necessity, Clarendon Press.        [ Links ]

8. Strawson, P. (1997) Entity and Identity, Oxford University Press.        [ Links ]

Creative Commons License All the contents of this journal, except where otherwise noted, is licensed under a Creative Commons Attribution License