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Discusiones Filosóficas

Print version ISSN 0124-6127

discus.filos vol.13 no.21 Manizales July/Dec. 2012

 

El campo de la argumentación esencialmente polémica*

The field of essentially contested argument

Julder A. Gómez
Universidad Eafit, Colombia. jgomezp5@eafit.edu.co

* Este artículo es producto de la investigación: "Sobre la posibilidad objetiva de la aplicación de las reglas retóricas a los desacuerdos relativos a la acción social", realizada en el grupo de investigación "Estudios sobre Política y Lenguaje", de la Escuela de Ciencias y Humanidades de la Universidad Eafit. Este artículo ha sido realizado durante el período sabático que la Universidad Eafit me ha concedido en el segundo semestre del año 2011.

Recibido el 11 de julio de 2012 y aprobado el 5 de octubre de 2012



Resumen

Este artículo hace parte de un proyecto de investigación que busca determinar una clase de desacuerdos comprensible como un campo de argumentación que no se produce porque haya malentendidos, sino por la naturaleza de algunos fenómenos sociales. Este artículo se aproxima a ese campo mediante la noción de los conceptos esencialmente polémicos (Gallie) y arguye que se puede comprender satisfactoriamente, siguiendo la retórica clásica, como un campo constituido por una clase de cuestiones de definición. Para ello se disponen dos partes, en la primera, se exponen la noción de concepto esencialmente polémico de Gallie y algunas notas de la recepción de su propuesta; en la segunda parte, se expone la noción de campo de argumentación, el debate en torno al modo en que los campos de argumentación pueden ser comprendidos y la cuestión de cómo entender el campo de argumentación relativo a los conceptos esencialmente polémicos.

Palabras clave

campo de argumentación, conceptos esencialmente polémicos, definición, Gallie, retórica.

Abstract

This article is part of a research project that seeks to determine a class of disagreements understandable as a field of arguments that do not obtain due to misunderstandings but because of the nature of some social phenomena. This paper approaches this field through the notion of essentially contested concepts (Gallie), and argues that one can understand this kind of disagreement successfully, following classical rhetoric, as a field constituted by a class of questions of definition. This article has two parts: the first explains Gallie's notion of essentially contested concept and some notes on its reception. The second part clarifies the notion of field of argumentation, the debate on how to understand this notion, and the question of how to understand the field of argumentation related to essentially contested concepts.

Key words

field of argumentation, essentially contested concepts, definition, Gallie, rhetorics.



Gallie, conceptos esencialmente polémicos

A pesar de que puede ser adoptada como un marco teórico para el estudio de importantes problemas relativos a conceptos sociales (Collier, Hidalgo, and Maciuceanu 215), la propuesta de Gallie tiene la vocación de una hipótesis explicativa de algunos desacuerdos inevitables. Gallie, en contra de una práctica habitual desde la modernidad, pretende que hay casos de desacuerdo para los cuales las explicaciones psicológicas no son correctas (Gallie). El filósofo británico ofrece una hipótesis explicativa que tiene que ver con los conceptos. Él describe estos desacuerdos como casos en los cuales hay grupos de personas que discuten entre sí acerca del uso apropiado de conceptos carentes de una regla de uso aceptable para todos; los describe como casos en los que la conciencia de la multiplicidad de usos y funciones del término en cuestión, conciencia agenciada en los querellantes, no sólo no motiva la disolución de la discusión, sino que además no obsta para que las partes involucradas en la disputa sigan reclamando que su uso del término es el apropiado.

Estos desacuerdos no son, ni enteramente sustantivos o sobre las cosas, ni enteramente lingüísticos o sobre el significado de las palabras (Miller 40-2 48-9). Si por sustantivos se entienden los desacuerdos en los cuales las partes involucradas comparten enteramente la definición de los términos que aplican y discrepan acerca de si algo reúne o no las características que la definición exige, o si algo es o no tan valioso como algo más, entre otros, entonces, los desacuerdos conceptuales que Gallie pretende explicar no son sustantivos, pues en ellos las partes pueden no estar de acuerdo en alguna definición del término que aplican. Del mismo modo, si por lingüísticos se entienden los desacuerdos en los cuales las partes involucradas asienten a una misma descripción de todos los elementos pertinentes para la discusión, pero discrepan acerca del significado de una palabra, entonces, los desacuerdos conceptuales que Gallie pretende explicar no son lingüísticos porque en ellos los querellantes no aceptan la misma descripción de todos los elementos relevantes para la disputa.

Se ofrece como ejemplo de desacuerdo sustantivo el caso en que dos personas discuten sobre si es bueno abortar alegando, la una, que no lo es, porque el feto tiene derecho a vivir y alegando, la otra, que sí lo es, porque la madre tiene derecho a controlar su cuerpo; él señala, que el anterior no es un ejemplo de desacuerdo sobre el concepto de bueno porque en él, quienes discuten pueden aceptar por igual una definición tal como la de:

llamar a algo bueno es prescribir que sea hecho por cualquiera que se encuentre en una situación determinada e implicar que esta prescripción puede ser justificada con referencia a los intereses humanos. (Miller 40-2)

Como ejemplo de desacuerdo lingüístico ofrece el caso de una discusión sobre si los términos "voluntario" e "involuntario" cubren todo el campo de la acción, de suerte que toda acción tenga que ser o bien voluntaria o bien involuntaria o si el significado de estos términos es tal que a algunas acciones no se les puede aplicar ninguno de los dos; una situación como esta se distinguiría de un desacuerdo conceptual en que ella requiere un acuerdo en la descripción de las acciones que no se constata en las discusiones conceptuales que Gallie intenta explicar.

Gallie define los conceptos que generan esta clase de desacuerdos, a los cuales llama conceptos esencialmente impugnados o polémicos, mediante las siguientes condiciones: (i) deben ser conceptos evaluadores en el sentido que significan o acreditan algún tipo de logro valorado. (ii) Este logro debe tener un carácter internamente complejo, su valor le debe ser atribuido como un todo. (iii) En consecuencia, cualquier explicación de este valor debe incluir referencias a las respectivas contribuciones de sus diversos aspectos o partes. (iv) El logro acreditado debe ser de un tipo que admita una modificación considerable a la luz de las circunstancias cambiantes. Y (v) para que el concepto cuente como esencialmente polémico cada uno de los usuarios del concepto debe reconocer que su propio uso es impugnado por otros usuarios y debe tener por lo menos alguna apreciación de los diferentes criterios a la luz de los cuales los otros grupos afirman que están aplicando el concepto en cuestión (Gallie 10-2).

A estas cinco condiciones hay que añadir otras dos para justificar la continuación del uso de un concepto esencialmente polémico, es decir, para establecer que los querellantes discuten acerca del mismo concepto, para explicar que los usuarios del concepto insistan en continuar utilizándolo, en lugar de distinguir un concepto distinto para cada uno de los usos rivales. Esas dos condiciones son: (vi) los usos rivales del concepto deben haberse derivado de un proceso de imitación y adaptación de un mismo modelo, abierto, complejo y diversamente descriptible, que tanto puede tener la forma de un prototipo como de una tradición, cuya autoridad reconocen por igual todas las partes comprometidas en la disputa. Y (vii) debe ser verosímil que el logro valorado por el modelo representado no llegaría hasta el óptimo permitido por las circunstancias reales de no ser por la competencia continua entre quienes pretenden que su propia interpretación del modelo es la mejor (Ibíd. 16 20).

Cada una de estas siete condiciones ha sido valorada e interpretada de diferentes modos a lo largo de la discusión de la tesis de Gallie (Collier, Hidalgo, and Maciuceanu 216 222) y, con frecuencia, la tesis ha sido concebida haciendo énfasis en algunas condiciones más que en otras. Gray asume como tenor principal de la propuesta de Gallie una idea consistente en que la mayor fuente de controversias conceptuales reside en que hay conceptos cuyos criterios de uso incorporan estándares normativos, es decir, en la interpretación de Gray, un concepto es esencialmente polémico si los usos rivales del concepto invocan un trasfondo normativo o una serie de juicios de valor (Gray 392). Grafstein le concede mayor importancia al carácter internamente complejo y múltiplemente descriptible de los conceptos esencialmente polémicos; a su juicio, la polemicidad conceptual se deriva de que los logros acreditados por los conceptos esencialmente polémicos se pueden describir de distintos modos (Grafstein 24). MacIntyre encuentra en el carácter abierto, histórico, de los conceptos esencialmente polémicos la razón de ser de la imposibilidad de clausurar las disputas en torno a ellos (MacIntyre 35). En cambio, ninguno de los estudiosos de la tesis de Gallie hace énfasis especial, ni en el carácter reconocido de la disputa, ni en la derivación de los usos conceptuales a partir de un modelo, ni en la especial relación entre la continuidad de la discusión y la optimización del logro acreditado por los conceptos que lo refieren.

En cuanto al dominio y extensión de esta clase de desacuerdos, Gallie los inscribe en los ámbitos de la estética, la filosofía política, la filosofía de la historia y la filosofía de la religión (Gallie 6); Connolly muestra su presencia en el ámbito de las ciencias políticas (Connolly 45 179); Lakoff afirma que cubren todo el conjunto de las ideas procedentes de la ilustración (Lakoff); y un amplio número de estudiosos ha tratado como esencialmente polémicos una serie importante de conceptos, entre ellos se pueden nombrar los conceptos de liberalismo (Abbey), desarrollo sostenible (Connelly), interés, poder, libertad (Connolly; Lukes), amor (Hamilton), autoridad, responsabilidad, equidad, igualdad (Lakoff), bien (Mason), terrorismo (Moten), acceso carnal violento (Reitan) e imperio de la ley (Waldron), entre otros.

La cuestión del campo de la argumentación esencialmente polémica

Si los conceptos esencialmente polémicos permiten delimitar un ámbito o campo de argumentación y de controversias debe ser posible describirlo más allá de su carácter esencialmente polémico, debe ser posible caracterizar los criterios de la elección y evaluación de argumentos que rigen en él, debe ser posible caracterizar el tipo de racionalidad y validez al que en él tiene sentido aspirar. Pero antes de formular preguntas en este sentido es necesario considerar una dificultad previa a la que en gran medida se destina este artículo: ¿hay realmente una clase única de desacuerdos para la cual es adecuada como explicación la propuesta referida? Dicho de otro modo, ¿pueden pertenecer a un mismo tipo de desacuerdos los relativos a cosas tan disímiles como lo son la política, el arte, la religión, entre otros?

Esta pregunta presenta una objeción. Respecto de ella, hay que empezar por reconocer que desde la publicación de Los usos de la argumentación (Toulmin), por lo menos, la noción de campo de argumentación es muy importante y puede ser interpretada de una manera tal que resulte difícil comprender en qué sentido puede constituirse un campo de argumentación a partir de los desacuerdos de ámbitos tan aparentemente distantes entre sí.

La noción de campo de argumentación (field of arguments) se introduce en Los usos de la argumentación para plantear un problema que surge cuando se intentan contestar las preguntas ¿cómo se elabora un argumento justificatorio de una pretensión? Y ¿cómo se evalúan esos argumentos? El problema que surge cuando se procede al desarrollo de estos interrogantes es que estas preguntas suponen que, a pesar de la multiplicidad de campos en que se ofrecen argumentos, hay elementos generales, invariables respecto al campo, que pueden ser tenidos en cuenta para la resolución de los interrogantes, el problema consiste en saber,

¿hasta qué punto los argumentos justificatorios adoptan una sola y la misma forma o apelan a una misma serie de estándares en todos los diversos tipos de casos que tendremos ocasión de considerar? Y en consecuencia, ¿hasta qué punto, cuando evaluamos los méritos de estos argumentos diferentes, podemos basarnos en el mismo tipo de cánones o estándares de argumentación para realizar su crítica? ¿Poseen el mismo tipo de méritos o son diferentes? ¿Y en qué aspectos podemos buscar uno solo y el mismo tipo de valor en un argumento de todas esas clases? (Toulmin 32-3)
Toulmin afirma que "dos argumentos pertenecen al mismo campo cuando los datos y las conclusiones en ambos argumentos son, respectivamente, del mismo tipo lógico" (Ibíd. 33).

El filósofo británico ilustra la noción de campos de argumentación con los siguientes ejemplos: un problema puede ser adoptar una opinión frente a la cuestión de quién será seleccionado en el equipo americano para jugar la copa Davis contra Australia, si frente a él se adopta una posición, favoreciendo a un jugador en lugar de a otros, como a Budge Patty, el tipo de hechos y de argumentos con los que esta posición se puede justificar tendrá en cuenta cosas como el estado físico de los jugadores. Pero si el problema es sobre la cuestión de saber si fue justa la condena de Crippen por la muerte de su esposa y si la opinión adoptada frente a esto es que no lo fue, el tipo de hechos y de argumentos a elaborar tendrá en cuenta cosas como las pruebas aducidas durante el proceso jurídico. Mas, si la cuestión es la de si el pintor Piero della Francesca merece los elogios de sir Kenneth Clark y la opinión a justificar es escéptica, el tipo de hechos y de argumentos a elaborar se referirán a los rasgos característicos de la pintura de Piero y a la importancia que sir Kenneth Clark les otorga. Y si la cuestión es si la teoría de la super-conductividad del profesor Frölich es satisfactoria y la opinión es positiva, los argumentos versarán sobre los experimentos de super-conductividad y sus relaciones con las predicciones de la teoría de Frölich. Ahora que, si la cuestión es la de cuándo tendrá lugar el próximo eclipse de Luna, para defender una opinión definida se tendrán en cuenta las posiciones pasadas y presentes de la misma. O si, por último, la cuestión es cuál sea la naturaleza exacta de la relación entre los ángulos rectos de un triángulo equilatero, los argumentos justificatorios de una respuesta tendrán en cuenta cosas como los axiomas de Euclides (Toulmin 31-2).

Dada la multiplicidad de campos en los que los argumentos tienen lugar, el problema al que se enfrentan las primeras dos preguntas de Toulmin (¿cómo se elaboran y cómo se evalúan, en general, los argumentos?), consiste en determinar hasta qué punto hay justificación para suponer que es posible apelar a un mismo procedimiento y a un mismo conjunto de estándares en la elaboración y evaluación de argumentos.

La noción de campo de argumentación adquiere una mayor determinación en la respuesta que Toulmin ofrece a este problema. A pesar de todas las diferencias que hay entre los campos, en todos los campos de argumentación se justifican las opiniones o pretensiones mediante enunciados particulares, hechos o datos que resultan pertinentes como elementos justificatorios en virtud de la aceptación de enunciados universales o garantías que se expresan en la forma de reglas o leyes cuya aceptación se deriva del reconocimiento de la autoridad de una fuente ya de conocimiento o ya de prescripción. Del mismo modo, a pesar de las diferencias entre las garantías de los distintos campos de argumentación, en todos ellos éstas le confieren una cierta modalidad de aceptación a la conclusión, una modalidad que se expresa mediante términos como necesariamente, posiblemente, presumiblemente y demás, en todos ellos las garantías son aplicables a los datos bajo ciertas condiciones y no son aplicables bajo otras que por ello se conciben como excepciones. Así, pues, a pesar de todas las diferencias, en todos los campos hay datos, garantías, respaldos, modalizadores y condiciones de excepción que se articulan entre sí para la justificación de conclusiones. Según esto, un campo difiere de otro en cuáles son los elementos que integran cada una de estas categorías y en cómo varían las relaciones que estos elementos observan entre sí (Toulmin 132 143).

Pero ¿cómo se definen los campos de argumentación? ¿Cuál es el enunciado de las características constitutivas y diferenciadoras de los campos de argumentación? ¿Cuáles son los elementos que hay que tener en cuenta para realizar una descripción, un análisis y una evaluación de una argumentación determinada, parte de una controversia concreta, en un ámbito dado? La cuestión de la definición de los campos de argumentación ha conocido diversas respuestas.

Un campo de argumentación puede ser concebido como un dominio temático. Lo que es pertinente ofrecer como argumento depende del tema de la discusión. Lo que es pertinente y aceptable como argumento depende de las garantías relativas a un tema que gozan de aceptación en una comunidad específica. Las garantías relativas al tema se erigen así en el criterio mediante el cual se selecciona la información que puede ser aportada como justificación y también como criterio de la evaluación de la pertinencia y aceptabilidad de esa información. Por tanto, el campo de argumentación puede concebirse como delimitado por la noción de tema y esta noción puede concebirse como el punto de partida de su definición (Klumpp 49-0). Sin embargo, esta concepción es insuficiente, porque no consigue dar cuenta de las discusiones en las que una pluralidad de temas se encuentran inextricablemente imbricados, como lo es la discusión acerca del aborto; en ella, en efecto, son pertinentes las garantías procedentes de dominios temáticos tan diversos como la ley, la ética, la política y la medicina (Rowland, Argument fields 470-71).

Dificultades semejantes se le plantean a la concepción de los campos de argumentación como dominios disciplinares. Un campo de argumentación puede concebirse como un dominio disciplinar porque las comunidades de estudiosos organizados de manera disciplinar son las encargadas de establecer lo que respecto de cada asunto cuenta como valido y racional (McKerrow; Willard). Puede concebirse cada campo como lo que sus estudiosos hacen. Pero esta forma de concebir los campos de argumentación es insuficiente porque hay discusiones en las que se consideran problemas desde el punto de vista de diversas disciplinas (Rowland, Argument fields 471-72).

Una tercera opción consiste en definir los campos de argumentación como perspectivas. En el ámbito académico, las perspectivas de las escuelas de pensamiento definen lo que es y lo que no es relevante en un campo. Es evidente que tienen muchas más cosas en común dos miembros de una misma escuela que dos miembros de una misma disciplina. Así, por ejemplo, dos conductistas, uno psicólogo y el otro sociólogo, tienen muchos más puntos de vista en común que dos psicólogos de distintas escuelas. Esto, también explicaría cómo se pueden integrar en un mismo campo consideraciones procedentes de diversas disciplinas. En el ámbito del lenguaje ordinario, las perspectivas ligadas a la manera en que los agentes definen sus acciones determinan los campos de las discusiones. Así, una persona que entra en una discusión determinada la delimita de manera distinta según adopte la posición de cónyuge, vecino, religioso, entre otros, bien entendido que cada cual se verá abocado a adoptar tantas posiciones cuantos tipos de actividades y de relaciones le correspondan (Willard, Field theory 22 26). Pero tampoco esta manera de concebir los campos de argumentación parece satisfactoria. En primer lugar, no es evidente que haya equivalencia entre la perspectiva entendida como manera en que los intereses y actividades cotidianas de un agente delimitan un asunto y la perspectiva entendida como la manera en que una escuela de pensamiento académico delimita un asunto. En segundo lugar, las escuelas de pensamiento no siempre tienen tanto influjo como parece suponerse. Tienen muchas más cosas en común un estudioso de la crítica literaria marxista y cualquier otro estudioso de la crítica literaria que un estudioso de la crítica literaria marxista y un economista marxista. En tercer lugar, existe la posibilidad de que en algunos casos la adopción de una escuela de pensamiento sea producto de, y no condición para, la participación en una discusión (Rowland, Argument fields 473-74).

Otra manera sociológica de definir los campos de argumentación consiste en concebirlos como dominios contextuales. Toda argumentación se realiza en un contexto social y para la audiencia de ese contexto. Es posible definir lo que es relevante, lo que es válido, lo que es racional, lo que puede suponerse y, en fin, el campo, a partir de la audiencia a la cual se dirige la argumentación. Mas, para ser una definición de la noción de campo de argumentación que permita una clasificación de los campos esta concepción requiere una clasificación de los contextos o de las audiencias (McKerrow, Argument communities). Con este fin se puede distinguir entre contextos primarios, secundarios y terciarios. Los contextos primarios son personales, sociales, técnicos o filosóficos. Ejemplos de contextos secundarios son ley, negocios, medicina, religión, ciencia, entre otros. Son terciarios la nación, el Estado, la clase social, entre otros. Los primarios son tales porque cuando una discusión tiene lugar en alguno de los contextos llamados secundarios siempre lo hace con algunas dimensiones del contexto primario en mente. Los contextos terciarios son características que el agente del discurso, voluntaria o involuntariamente, lleva al discurso argumentativo (Ibíd. 28-30). La objeción que se le plantea a esta definición de los campos consiste en que hay argumentaciones que no caen bajo ninguno de estos contextos y hay otras que pueden caer bajo varios contextos a la vez. La argumentación científica, por ejemplo, no es social, porque no está dirigida al auditorio para su aprobación, sino que está reglamentada por criterios que no obligan al auditorio menos que al orador. Tampoco es filosófica la argumentación científica, porque no es abstracta y conceptual, sino empírica y constatable. Por supuesto tampoco es personal. Y del otro lado, una discusión política particular, por ejemplo, puede desarrollarse simultáneamente en todos los contextos señalados (Rowland, Argument fields 474-75).

Una quinta forma de definir un campo de argumentación consiste en delimitarlo como el dominio de una forma de argumentación. Esta manera de concebir los campos puede, por ejemplo, proceder a través de una distinción entre campos de argumentación inductiva, deductiva, analógica, entre otros. Y, a partir de ello, una especificación de campos menores en virtud de las características que adopta la argumentación en cada uno de los campos mayores. Pero esta concepción se enfrenta inmediatamente con que, de un lado, una misma clase de argumentos puede ser empleada a propósito de muy distintos asuntos y, de otro lado, a propósito de un mismo asunto en una discusión determinada se pueden ofrecer argumentos de muy distintas clases (Ibíd. 471).

Una sexta manera de definir los argumentos consiste en concebirlos como el producto de propósitos compartidos. Parece claro que los temas, las formas de argumentación, las perspectivas adecuadas y demás factores integrantes de un campo de argumentación surgen, no por azar, sino como consecuencia de que una comunidad determinada tiene una serie de propósitos compartidos. Por tanto, parece que un campo de argumentación puede definirse a partir de los propósitos que en él se persiguen (Ibíd. 476 479). Tampoco esta concepción parece completamente satisfactoria porque sólo puede dar cuenta de los campos de argumentación cooperativa. En las discusiones acerca del aborto, por ejemplo, no todos los participantes tienen el mismo propósito. Unos quieren defender a la mujer, otros quieren defender la vida de los fetos y otros más quieren regular con alguna claridad una práctica que se percibe como problemática. La concepción de los campos a partir de los propósitos compartidos se ve obligada en este caso a hablar de tres campos: el campo de las feministas, el campo de los fundamentalistas y el de los jueces (Rowland, Argument fields 498). Pero es evidente que estos no son tres campos de una argumentación, sino tres posiciones no cooperativas a propósito de una discusión a la que le corresponde un sólo campo.

Hay, sin duda, otras maneras de definir los campos de argumentación. Pero el debate entre las diversas concepciones de cuáles son los criterios adecuados para la definición y clasificación general de los campos de argumentación parece ofrecer tres moralejas disuasivas: primero, cada una de las concepciones es más o menos adecuada para algunos casos, pero ninguna consigue una definición adecuada a todos los casos ni, por tanto, una clasificación exhaustiva. Segundo, las diversas concepciones de los campos de argumentación hacen énfasis en diversos aspectos de algunos campos de argumentación, pero no son incompatibles entre sí. Por tanto, tercero, aunque no parezcan asequibles una definición y una clasificación de los campos sí es posible determinar cada vez el campo de cada caso, de cada una de las controversias particulares, mediante una integración de los elementos más relevantes para el caso de las teorías propuestas acerca de los campos de argumentación (Rowland, Purpose argument 238).

Así, pues, hay que reconocer la importancia de la noción de los campos de argumentación. Esta noción sirve para indicar que en distintas argumentaciones puede haber distintos criterios para producir y para evaluar argumentos. La noción sirve para advertir de los peligros de una generalización apresurada de las características de algunas argumentaciones. Dada la enorme variedad de discusiones posibles, dada la multiplicidad de aspectos en los que las argumentaciones pueden variar entre sí, no parece asequible y, en todo caso, nunca se ha aclarado cuál es la necesidad de, una definición y una clasificación, adecuada la primera y exhaustiva la segunda para todos los casos.

De ello se desprende, a su vez, que la pretendida confutación contenida en la pregunta de si pueden pertenecer a un mismo campo de argumentación los desacuerdos relativos a cosas tan disímiles entre sí como política, arte, religión, entre otros, esa pretensión, supone una distinción de los campos de argumentación, probablemente fundada en las nociones de tema y disciplina, que no es apremiante. Es posible que para ciertos propósitos la distinción subyacente a la pregunta sea adecuada, pero a buen seguro no lo es para todos los propósitos. Así, pues, se plantea la pregunta por los criterios adecuados para una comprensión de los campos de argumentación que permita entender las discusiones argumentativas aparentemente interminables acerca de los asuntos aquí llamados esencialmente polémicos.

Pero antes de avanzar en la dirección de esta pregunta hay que insistir en el intento de señalar los límites de la tarea: la pregunta supone que hay un número de discusiones argumentativas interminables por razones esenciales. Se da por supuesto que bajo ciertos criterios esas discusiones hacen parte de distintos campos, por ejemplo, bajo criterios temáticos y disciplinares. Ser esencialmente interminables, no es la única característica de esas discusiones y no es necesario suponer que sea la más importante; pero es una característica importante para la comprensión del desarrollo de estas discusiones y para establecer qué tiene sentido y qué no tiene sentido pretender racionalmente en estas discusiones. Con este fin parece conveniente preguntar por ellas como campo de argumentación. El preguntar por ellas como campo de argumentación puede ayudar a comprender su carácter esencialmente polémico, porque la teoría de un campo de argumentación puede contribuir al esclarecimiento del por qué se producen acuerdos y desacuerdos en él. En efecto, el propósito de las teorías de los campos es ayudar a entender la manera en que se producen y se evalúan argumentos en ellos; hay acuerdos cuando hay criterios para evaluar cuál es el mejor argumento en una situación discursiva determinada y no los hay en caso contrario; así que el acuerdo y el desacuerdo son, por lo menos, en parte, productos de los modos en que se evalúan argumentos en los campos; por tanto, en la medida en que el propósito de las teorías de los campos sea contribuir a la comprensión de la evaluación de argumentos, en esa medida, las teorías de los campos contribuyen a la explicación del acuerdo y del desacuerdo. Por eso, para comprender mejor el desacuerdo persistente que caracteriza algunas discusiones, parece procedente preguntar por ellas como campo de argumentación. No hay razones para suponer que la respuesta a esa pregunta haya de tener la forma de una teoría general a partir de la cual sea posible describir y evaluar de manera exhaustiva las discusiones en cuestión. No obstante, parece lícito suponer que la respuesta a esa pregunta puede aportar criterios para la descripción y evaluación de algunos rasgos importantes de esas discusiones.

Así, pues, ¿qué criterios son adecuados para una comprensión de los campos de argumentación que permita entender las discusiones argumentativas aparentemente interminables acerca de los asuntos aquí llamados esencialmente polémicos? Como respuesta a esta pregunta, no se puede ofrecer ninguno de los considerados en las concepciones antes referidas de los campos de argumentación porque esta clase de polémicas, así lo muestran los ejemplos desde Gallie hasta Lakoff, tienen diversos temas, ocupan a diversas disciplinas tanto se pueden producir al interior de una escuela de pensamiento, como entre varias, tanto pueden tener lugar en contextos personales, como filosóficos, no se desarrollan mediante una sola clase de argumentos y habitualmente no son cooperativas. Un antecedente más adecuado para el desarrollo de esta pregunta puede ofrecerlo la retórica clásica.

En la retórica clásica, la pregunta por los campos de argumentación se inscribe en el estudio de la materia del discurso. En esta parte del estudio de la elaboración de la obra retórica se consideran los posibles objetos del discurso. La clase y el número de los discursos retóricos posibles se determinan a partir de la clase y el número de los objetos accesibles a las técnicas del discurso retórico (Lausberg 100). El problema es aquí el de la división de la materia: ¿cuáles y cuántos son los "géneros" de los objetos y discursos retóricos? Para contestar esta pregunta se tienen en cuenta, como elementos fundamentales de la situación retórica, el orador, el discurso, el oyente y sus relaciones (Ibíd. 104). En esta problemática la retórica clásica se orienta, pues, por la situación. La pregunta obtiene a partir de los elementos de la situación, diversas y complementarias respuestas. De la consideración de la relación entre el orador y su objeto se deriva la división entre cuestiones civiles y cuestiones propias de un arte. De las relaciones entre el objeto del discurso y el auditorio o entre el orador y el auditorio se desprenden las divisiones aristotélicas de los géneros del discurso retórico. Asimismo, de la relación entre los discursos contrapuestos de las partes se obtiene la clasificación de los objetos y discursos según el punto sintáctico discutido, la pregunta o problema que debe hacerse quien puede decidir en la situación (Ibíd. 104-05).

La primera división, en cuestiones civiles y propias de un arte, es producto de la consideración de cuán fácil o accesible es el objeto del discurso para el orador. Aunque también se conoce una respuesta minimalista, esta división es una respuesta maximalista al interrogante de si la clase y el número de los discursos posibles es limitada o ilimitada (Ibíd. 100 103). La respuesta minimalista es afín a la concepción de la retórica como arte liberal, como ars bene dicendi y delimita los objetos del discurso retórico a los asuntos civiles, éticos y políticos para los cuales deben ser competentes todos los ciudadanos, a los asuntos cuyo conocimiento está al alcance de todos (Lausberg 83-4 101). La respuesta maximalista extiende los objetos posibles del discurso retórico hasta abarcar el ámbito de las artes específicas, ciencias, profesiones especializadas y cuestiones filosóficas, para las cuales se requieren conocimientos que ya no están al alcance de todos (Lausberg 101).

La segunda división, la aristotélica, entre discursos epidícticos, deliberativos y judiciales, es producto de la consideración de la relación entre el objeto del discurso y el oyente, o entre el hablante y el oyente, en la medida en que esta última está atravesada por el discurso. Aristóteles parte de la constatación de que el oyente puede estar llamado a contemplar el discurso o a tomar una decisión acerca del asunto discutido a partir de su captación del discurso. En el último caso, la decisión puede versar sobre cosas futuras o sobre cosas pasadas. Cuando el oyente está llamado a contemplar el discurso, y la capacidad del orador, el discurso se llama epidíctico, su tiempo es el presente y su función el elogio y la censura. Cuando el oyente está llamado a decidir sobre el futuro, el discurso se llama deliberativo y su función es proporcionar consejo. Cuando, en fin, el oyente está llamado a decidir sobre el pasado, el discurso se llama judicial y su función es acusar o defender (Aristóteles 1358a 36 1358b 21).

La tercera división toma el género judicial como modelo y se concentra en la cuestión, el problema o la pregunta que debe contestar quien debe adoptar la decisión. En esta división se distinguen las clases de discursos según las clases de cuestiones. Y éstas, por su parte, se discriminan haciendo uso de tres criterios: primero, el grado de concreción de la cuestión; segundo, el grado de complejidad de la cuestión; y, tercero, el tipo de asunto discutido en la cuestión.

Haciendo uso del criterio de la concreción, se diferencian las cuestiones finitas de las cuestiones infinitas (Lausberg 118 121). Se entienden por finitas las cuestiones relativas a agentes y circunstancias espacial y temporalmente determinadas. Se entienden por infinitas las cuestiones que, como las filosóficas, trascienden las circunstancias espaciales y temporales. Esta distinción entre cuestiones finitas e infinitas se cruza, si bien sólo parcialmente, con la distinción entre cuestiones civiles y propias de artes especiales.

Mediante el criterio de la complejidad se clasifican las cuestiones en simples, conjuntas y comparativas (Ibíd. 118). Se les llama simples a las cuestiones en las que hay una sola cosa controvertida, conjuntas a las cuestiones en las que hay varias simples y, por último, se les llama comparativas a las cuestiones que consisten en una alternativa de dos o más miembros.

Por último, según el criterio del asunto discutido, del status o cuestión capital, se disciernen las cuestiones conjeturales, de definición, cualitativas y de translación (Ibíd. 122 148). Son conjeturales las cuestiones en las que se interroga si un hecho ha tenido lugar o no ha tenido lugar, de definición las que requieren la determinación de si el hecho que ha tenido lugar cae o no bajo un concepto o ley, cualitativas las que inquieren si el hecho ha tenido lugar de cierto modo y, para finalizar, de translación las que piden que se establezca si el llamado a decidir es competente para hacerlo.

Ahora bien, si frente a esta clasificación de los discursos y sus objetos se pregunta ¿para qué clase de desacuerdos son adecuadas las explicaciones referidas? ¿Cuál es el campo de la argumentación interminable, de la esencialmente polémica? Se llega a la consideración de que las explicaciones referidas son apropiadas para las cuestiones cuyo status es el de definición.

Aquí es donde se articulan con mayor claridad las explicaciones que se orientan por el texto de la narración y las que se orientan por el análisis de la definición. Esto resulta más comprensible si, a la manera usual en la retórica clásica, se adopta como modelo la argumentación jurídica y conforme al criterio de la división de las cuestiones, se adopta como punto de referencia la pregunta que debe plantearse el juez en la resolución de las controversias: las cuestiones de definición surgen cuando el acusado rechaza la denominación, "peligrosa" para él, con la que el acusador se refiere a un acto suyo. Estas cuestiones son posibles, porque no siempre hay una relación obvia y armónica, e incluso puede haber una relación conflictiva, entre la normalización del lenguaje contenida en la ley y la multiplicidad de los hechos en el mundo. El problema consiste, por tanto, en coordinar las palabras y las cosas. De allí que las cuestiones de definición abarquen dos dominios, el de las palabras y el de las cosas. De allí también, que el punto de partida de las argumentaciones contrapuestas en las controversias cuyo estatus es el de definición puedan ser tanto las cosas, como las palabras. Así se explica el que característicamente estas argumentaciones puedan tener la forma de un análisis de las palabras cuya aplicación es problemática, es decir, una definición, o de un análisis de los hechos a los que se pretende aplicar la palabra, es decir, una narración. De sobra se advierte que ambos procedimientos son parciales y encarecedores. Sin embargo, para el juez, la cuestión que se plantea no es tanto la del conjunto de posibilidades lingüísticas para la designación cuanto la de si el contenido del hecho justifica o no justifica la denominación con la que el acusador se refiere a él. La cuestión tiene, pues, la forma de sí o no este hecho particular y determinado cae bajo la esfera del concepto X. Se trata, en principio, de una cuestión finita, relativa a un particular; en efecto, la cuestión más general de la definición del término problemático surge sólo como condición previa para la determinación de sí o no este particular es un caso suyo y, en menor medida, como condición previa para la regulación de los posibles casos futuros (Lausberg 133 138).

Ahora bien, ni todas las cuestiones de definición son esencialmente polémicas, ni se caracterizan suficientemente por el uso argumentativo de las definiciones. De un lado, sólo son esencialmente polémicas las cuestiones que en el plano de la definición tienen las características explicadas por Gallie, Perelman y Lakoff, así como las cosas que, en el plano de su descripción y narración, tienen las características textuales e interpretativas explicadas por Ricoeur, a las que se puede aplicar lo que Gadamer entiende como literatura: "textos que no desaparecen, sino que se ofrecen a la comprensión con una pretensión normativa y preceden a toda posible lectura nueva del texto" (Gadamer 338). De otro lado, aún si estas cuestiones se nombran como de definición, es evidente la importancia en ellas de la descripción y de la narración de los hechos a los cuales se pretende aplicar la denominación problemática. Por esta última razón es importante distinguir con claridad entre el estudio del uso argumentativo de las definiciones y el estudio de las cuestiones de definición, en muchos sentidos este último puede aprender del primero, pero no debe agotarse en él.

Así las cosas, para la comprensión del campo de las cuestiones de definición esencialmente polémicas, vale la pena preguntarse ¿cómo se establecen en él los elementos impletivos de las categorías de la forma estándar de los argumentos determinada por Toulmin? ¿A cuáles de estos elementos se debe el señalado carácter de esencial polemicidad? Suponiendo que a las garantías, ¿qué particularidades se pueden observar en ellas si se las compara con las pertenecientes a otros campos de cuestiones de definición? Suponiendo que a los datos, ¿qué los distingue de los de otros campos de argumentación relativa a cuestiones de definición?

Es claro que para la resolución de estas preguntas resulta indispensable trazar una subdivisión del campo de las cuestiones de definición en términos de la polemicidad conceptual. Para ello puede ser muy oportuno proceder a partir de la división de los conceptos en conceptos incontestables o que no pueden dar lugar a discusiones (uncontestable concepts), conceptos concebiblemente contestables o que pueden dar lugar a discusiones (conceivably contestable concepts) y conceptos esencialmente contestables o esencialmente polémicos (essentially contested concepts) (Hurley 43 50). Los primeros son conceptos como el de rojo o el de sumar uno más cuatro. A la pregunta: ¿por qué se dice que esto es rojo? O ¿por qué uno más cuatro es cinco? No se contesta ofreciendo argumentos, sino reglas que constituyen el significado de esos conceptos; si alguien agrupara un objeto rojo junto a otros verdes como reacción a la orden de mostrar cosas rojas, no se diría que discrepa de los demás, sino que no entiende el significado del concepto en cuestión, lo mismo si dice que uno más cuatro es algo distinto de cinco; en estos casos el descuerdo es imposible, la diferencia es aquí indicio de que se poseen distintos conceptos. Los conceptos concebiblemente contestables son conceptos categoriales que subsumen conceptos incontestables, se trata de conceptos como el de color o el de suma, son conceptos que normalmente no dan lugar a controversias porque sus criterios no se relacionan conflictivamente entre sí. Los conceptos esencialmente polémicos son los caracterizados por Gallie. A partir de esta clasificación de los conceptos en términos de su polemicidad, la tarea de la definición del campo de la polemicidad esencial consiste en establecer mediante comparación respuestas a las preguntas formuladas.



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