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Discusiones Filosóficas

Print version ISSN 0124-6127

discus.filos vol.14 no.23 Manizales July/Dec. 2013

 

Presentación Editorial

Editorial

Con suma complacencia saludamos a los lectores y seguidores de la revista Discusiones Filosóficas y agradecemos los innumerables mensajes de aliento para mantener la línea editorial de la revista. Junto con esta entrega queremos compartir con todos ustedes una excelente noticia. La revista ha sido aceptada en la prestigiosa base de datos de SCOPUS. Ya estábamos integrados a Thomson Gale, en la colección de Humanidades, pero después de varios intentos y un arduo trabajo para cumplir con las exigentes condiciones de SCOPUS lo hemos logrado. Hay que agradecer, por una parte, el tesonero esfuerzo del asistente editorial de la revista, Raúl Andrés Jaramillo y, por otra, al Dr. Lawrence Jaskaran Manager de Scopus Title Evaluation, quien jugó un papel clave para apoyar la solicitud de nuestra revista. Como bien se sabe, las condiciones de COLCIENCIAS para integrar las revistas a la clasificación de Publindex acaban de cambiar y, además de haberse hecho más complejas, incluyen como nuevo requisito la inclusión de las revistas colombianas en Isi-Thomson o SCOPUS, entre otras bases de datos citacionales con comité de selección, por lo cual Discusiones Filosóficas se encuentra adecuadamente preparada para el reto que plantean las nuevas condiciones de indexación a todas las revistas científicas colombianas.

Nuestro fascículo 23 recoge quince artículos de autores extranjeros y nacionales, sobre un amplio abanico de temas, fundamentalmente desde la tradición analítica. Para comenzar tenemos un trabajo del experto popperiano Mark A. Notturno, titulado Truth, Rationality and the Situation. En este artículo, Notturno explora algunas implicaciones del principio de racionalidad sobre lo que puede considerarse como una manera de actuar a en la perspectiva de una situación específica, teniendo en cuenta que el principio en cuestión no es prescriptivo y, por tanto, no nos ofrece criterios para establecer si un determinado acto es racional o no. Como es bien sabido, el análisis situacional se basa en el principio de racionalidad al que agrega un modelo de situación social que permite hacer retro-explicación. Pero el análisis situacional, a diferencia de la Teoría de la Elección Racional, no intenta hacer predicciones ni influir en las acciones futuras. Si bien Popper consideraba que el principio de racionalidad era falso, pensaba que debíamos usarlo, por lo que vale la pena intentar comprender mejor sus planteamientos sobre el método de conjeturas y refutaciones. Notturno nos aclara, con Popper, que todos los modelos científicos son falsos, y que el rechazar o no un modelo científico depende del problema que estamos tratando de resolver. A continuación hemos incluido el artículo The Conceptual challenge of expert evidence, de Ronald Allen, quien actualmente ostenta la prestigiosa cátedra de Derecho John Henry Wigmore de la University of Northwestern. En este trabajo, Allen analiza la relación entre el conocimiento experto y la forma de los juicios. El autor considera que los juicios son, ante todo, eventos educativos en los que se espera que el investigador de hechos pueda comprender, procesar y deliberar sobre la evidencia, y como resultado llegar a conclusiones racionales. Un proceso así refleja la importancia fundamental de la exactitud de los hechos en el juicio, sin el cual los derechos y las obligaciones son esencialmente un sin sentido. Allen muestra que la prueba pericial implica una deferencia en lugar de un modo educativo de procedimiento y en esa medida puede oponerse a las aspiraciones de los juicios normales. Por último, Allen discute el cómo y el porqué de este desarrollo y propone una alternativa: que todas las pruebas se presenten en una modalidad educativa para poder realizar las aspiraciones de los juicios, ya que si la evidencia no se puede presentar así, entonces la cuestión para la cual es pertinente la evidencia no podría ser objeto de litigio en consonancia con las aspiraciones normales de los juicios.

Tras esta reflexión sobre la aplicación de la teoría de la probabilidad en el derecho, hemos incluido el trabajo Sujeito e Práxis social, de las investigadoras brasileñas Neiva Alfonso Oliveira y Kelin Valeirão de la Universidad Federal de Pelotas. En dicho trabajo se examina el concepto de praxis en la filosofía de Aristóteles, tras ello se intenta establecer la hipótesis de que en la filosofía heideggeriana dicho concepto asume una especial relación con el sujeto, tomando en cuenta que el autor alemán desarrolla los problemas de la ética en su relación con el sujeto, con un especial énfasis en la práctica, estableciendo una marcada distinción con respecto a los conceptos de técnica y teoría, lo cual implica una distinción con respecto a Aristóteles, quien sostenía que los procedimientos teóricos provenían de la subordinación poiética. Acto seguido hemos incluido un trabajo de los investigadores colombianos Daian Tatiana Flórez Quintero y Carlos Emilio García Duque titulado "Racionalidad y acción incontinente. Una propuesta de explicación", en el cual se analiza el conocido problema de la Akrasia, se examinan dos respuestas al tratamiento clásico de este problema ?la de Davidson y la de Searle? y se propone una alternativa para explicar este tipo de acción. El fascículo prosigue con el trabajo "Enunciados de identidad, invariabilidad proposicional y estipulación contextual" del investigador chileno Rafael Miranda Rojas. En este artículo, el autor parte del conocido planteamiento según el cual si dos oraciones expresan la misma proposición, una de ellas puede ser comprendida como a priori y la otra como a posteriori, pero no una como necesaria y la otra como contingente. Miranda Rojas sostiene que los enunciados de identidad respecto a un mismo objeto, expresan la misma proposición, y que la diferencia epistémica a priori–a posteriori no constituye un aspecto a favor de la variabilidad proposicional según la cual dos enunciados de identidad no expresan la misma proposición. El autor concluye que se trata de enunciados necesarios, no contingentes, y que resulta necesario apelar al concepto de designación rígida de Kripke para explicar satisfactoriamente el problema.

En una línea similar hemos incluido una contribución de Sylvain Le Gall, investigador del Centro Superior de Lenguas Modernas de la Universidad de Cádiz, titulada "Términos de clase natural y entes posibles: algunos problemas de accesibilidad referencial". En este trabajo el autor repasa el problema de la designación y la accesibilidad referencial en las principales teorías clásicas en filosofía del lenguaje. Le Gall examina, especialmente, las tesis de los defensores de la reducción fisicalista de la relación de referencia en el marco de una epistemología naturalizada (tesis Quine-Hempel), las de los seguidores del constructivismo linguístico-antropológico de las propiedades sortales (Wiggins) y las de los partidarios de la teoría kripkeana de la referencia directa. El autor dedica especial atención a los problemas del esencialismo y del realismo metafísico en lo que atañe a la relación de referencia a las especies naturales y los entes posibles. Finalmente, ofrece una semántica con marcado carácter normativo cuyo formalismo conjuntista se propone ordenar especies naturales, entes posibles e individuos ficticios (ficta) sin que haya incompatibilidad ontológica entre ellos. A continuación se ha incluido el trabajo de Juan Manuel Jaramillo titulado "Las teorías descriptivas de la referencia de Strawson y Searle. Dos críticas a las teorías del sinsentido." En este artículo, Jaramillo analiza las objeciones de Strawson a la 'teoría de las descripciones' de Russell, desde el contexto de una semántica pragmática y con énfasis en la importancia de la distinción fregeana entre implicación lógica y presuposición. El autor también analiza las críticas de Donnellan, Grice y Devitt al uso únicamente atributivo (no referencial) de las descripciones de Russell y Strawson. En la segunda parte del artículo, Jaramillo presenta la teoría de Searle sobre el problema del significado/referencia de los nombres propios y la aproximación sistemática (axiomática) en el contexto de una teoría de los actos de habla. El resultado es bien iluminador para los interesados en estos problemas clásicos de la filosofía analítica. Viene luego una contribución del investigador colombiano de la Universidad de Caldas Leonardo Cárdenas, titulada "La epistemología naturalizada de Quine vs. la indeterminación de la traducción. Un enfoque estructuralista". En este artículo, Cárdenas explica que la teoría quineana de la indeterminación de la traducción es incompatible con cualquier intento naturalizador de la epistemología, pues al asumir que una de las implicaciones de la indeterminación de la traducción es la eliminación del discurso intensional, no sería posible elaborar patrones objetivos que sirvan como indicadores de progreso y de conocimiento científico genuinos. Por otra parte, Cárdenas se basa en la distinción estructuralista entre Términos-teóricos y Términos-no-teóricos para cuestionar el conductismo al que puede conducir el naturalismo quineano, y mostrar que esta distinción es importante para que una teoría científica pueda realizar predicciones de una forma satisfactoria.

Hemos acogido en esta entrega el artículo "La filosofía analítica y el derecho penal" del profesor de la Universidad de Buenos Aires, Eduardo Barbarosch. En este trabajo, el autor sostiene que el derecho penal liberal surgió como una protección de las personas contra las acciones de otros individuos, en lo que podría denominarse una protección de las libertades negativas. El autor explica que la definición de John Stuart Mill en "Sobre la libertad" es la precursora inmediata de la filosofía del derecho penal liberal y que en esta definición toda forma de paternalismo, así como la inspección de la subjetividad moral de cualquier miembro de la comunidad, quedan excluidas. Barbarosch aclara que el principio de Suart Mill es el 'principio del daño' y llama la atención sobre el hecho de que muchos autores actuales que no rechazan el principio liberal que debe presidir en el derecho penal, han apoyado una especie de inspección subjetiva de la moralidad de los actos y los autores de ciertos actos criminales, que termina en la noción de reproche moral. Por último, Barbarosch plantea que un verdadero retorno al principio liberal de derecho penal implica que el poder represivo del Estado solo debe ejercerse para prevenir o disuadir a otros de recibir algún daño. El fascículo 23 prosigue con el trabajo "Libertad de acción y cambio de carácter en Aristóteles" de Laura Gómez Espíndola de la Universidad del Valle. La autora se propone mostrar que, según el estagirita, los seres humanos gozamos durante toda la vida tanto de la libertad de acción como de la posibilidad de cambiar nuestro carácter. Para ilustrar el punto, Gómez ofrece dos grupos de argumentos. En el primero, muestra que nuestras disposiciones morales nos inclinan a realizar acciones de la misma cualidad moral, pero que aún así es posible para nosotros realizar acciones opuestas a dichas disposiciones y que, gracias a esto, podemos emprender la tarea de modificar nuestro carácter. En el segundo grupo, la autora muestra cómo las personas, en tanto principios controladores de cosas que admiten estados opuestos, pueden realizar en el mismo momento acciones alternativas, siendo esto justamente lo que denomina como 'libertad de acción'.

Acto seguido aparece un trabajo de la investigadora chilena Sandra Baquedano Jer. En esta ocasión, Baquedano nos presenta sus planteamientos sobre el principio de razón suficiente, en un escrito que se titula "Reflexiones axiológicas relativas al principium rationis sufficientis en Leibniz, Schopenhauer y Heidegger". Este principio que, como se sabe, ha recibido diversas formulaciones en la literatura, sostiene en términos generales que nada puede ser o acontecer sin que exista una razón para que sea o acontezca, o sin que exista una razón que justifique que algo acaezca. Baquedano analiza los aspectos axiológicos del principium rationis sufficientis en la formulación leibniziana, además explora la correspondiente connotación negativa que tal acepción adopta en la filosofía de Schopenhauer. Por último, y a manera de síntesis, muestra su neutralidad crítica en la filosofía de Heidegger. Enseguida hemos incluido un artículo del investigador colombiano Jorge Alejandro Flórez R. que lleva por título "El sinequismo, el realismo y el empirismo de Charles S. Peirce, aplicados a sus teorías de la percepción y del conocimiento". En este trabajo, Flórez rastrea la importancia de estos tres principios de la filosofía de Charles S. Peirce aplicados al caso particular de la percepción y la cognición. Flórez desarrolla dichos principios de acuerdo con sendas formulaciones estipulativas; a saber, el sinequismo o principio de continuidad; el realismo, en un sentido ontológico y epistemológico; y el empirismo, en su nueva formulación en contraposición con el empirismo tradicional. Desde esta perspectiva, el autor argumenta a favor de tres posturas, como son: (i) Peirce sostiene que existe una continuidad entre sensación e intelecto (sinequismo) en la que se evita el dualismo cartesiano; (ii) acepta la independencia del objeto frente al sujeto sin caer en el realismo ingenuo (realismo escolástico peirceano); y (iii) admite elementos subjetivos tanto en la percepción como en el razonamiento sin caer en el idealismo (empirismo radical peirceano).

Nuestro fascículo prosigue con un artículo titulado "El papel de la voluntad en la determinación del derecho natural: un estudio a partir de las enseñanzas de Domingo de Soto, Luis de León y Francisco Suárez." En este trabajo, Sebastián Contreras, profesor de la Universidad de los Andes, Chile, analiza el papel que desempeña la voluntad en la determinación del derecho natural. De acuerdo con Contreras, el acto de determinación supone, esencialmente, un movimiento del apetito, que, a diferencia de la causalidad natural, no está sometido a la necesidad del mundo físico. Al contrario, y porque el espacio de libertad del gobernante es el máximo, la voluntad puede escoger cualquiera de las alternativas disponibles que permiten resolver un determinado problema de coordinación. Por último, el autor demuestra que esta tesis proviene de Tomás de Aquino y que también se encuentra en Domingo de Soto, Luis de León y Francisco Suárez. Nuestra sección de artículos se cierra con el trabajo "En busca de las causas del conflicto armado colombiano y las violencias: analizando los comienzos de una tendencia científico-social" del investigador británico y experto en conflicto armado colombiano Paul A. Chambers de la Universidad de San Buenaventura. En este ensayo, Chambers muestra que la tendencia predominante en la literatura que se dedica a analizar las particularidades del conflicto armado en Colombia (y sus expresiones sociales, culturales y políticas) ha sido la de buscar las causas del conflicto y los diversos episodios de violencia que han afectado nuestra sociedad. Chambers llama la atención sobre el hecho de que, pese a que ha sido común referirse a las 'causas estructurales' o 'causas objetivas' y 'causas subyacentes' para explicar el conflicto armado y las violencias, algunos autores han cuestionado la coherencia de tales conceptos. Sin embargo, el autor sugiere que se trata de conceptos importantes y que, aunque es necesario interrogarlos críticamente, todavía se pueden utilizar, con unas salvedades filosóficas y teóricas, para arrojar luz sobre ciertos aspectos del conflicto armado social en Colombia. Con el fin de iluminar la noción de las causas estructurales/objetivas y su potencial utilidad, Chambers analiza dos estudios clásicos de las causas de la violencia política y social en Colombia: La violencia en Colombia y Colombia: violencia y democracia. Para cerrar la presente entrega, hemos incluido un artículo polémico en el que el filósofo de la CUNY, Michael Devitt, responde a la crítica realizada por Ludlow a Ignorance of the Language.

Como es patente, se trata de un fascículo excepcional. No solo por la variedad, calidad y cantidad de las contribuciones, sino también por los aportes que nos comparten los diversos colaboradores cuyos trabajos fueron seleccionados para esta entrega. Queremos reiterar nuestros agradecimientos a todas aquellas personas que hacen posible la continuidad de la revista, comenzando por Raúl Andrés Jaramillo, nuestro entusiasta asistente editorial, y los miembros del equipo técnico de apoyo a la edición en la Oficina de Revistas Científicas adscrita a la Vicerrectoría de Investigaciones y Postgrados de la Universidad de Caldas. También queremos reiterar la invitación a nuestros lectores y seguidores para que nos envíen su comentarios e inquietudes al correo institucional de la revista discufilo@ucaldas.edu.co. De nuevo gracias por su confianza y su apoyo permanente y hasta la próxima oportunidad.

Carlos Emilio García Duque
Profesor Titular
Universidad de Caldas