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Universidad y Salud

Print version ISSN 0124-7107On-line version ISSN 2389-7066

Univ. Salud vol.17 no.2 Pasto July/Dec. 2015

 

Derecho a la alimentación en población en situación de desplazamiento forzado en Bucaramanga, Colombia

Right to food in population in a situation of forced displacement in Bucaramanga, Colombia


Oscar F. Herrán1, Gonzalo A. Patiño2

1 Nutricionista Dietista, MSc. Epidemiología, Esp. Docencia Universitaria. Profesor Titular Observatorio Epidemiológico de Enfermedades Cardiovasculares, Centro de Investigaciones Epidemiológicas. Escuela de Nutrición y Dietética, Universidad Industrial de Santander. Bucaramanga, Colombia. e-mail: herran@uis.edu.co
2 Economista, PhD. Economía. Profesor Titular Observatorio Epidemiológico de Enfermedades Cardiovasculares. Escuela de Economía y Administración, Universidad Industrial de Santander. Bucaramanga, Colombia. e-mail: zinclair05@gmail.com

Fecha de recepción: Noviembre 29 - 2014 / Fecha de aceptación: Septiembre 18 - 2015


Herrán OF, Patiño GA. Derecho a la alimentación en población en situación de desplazamiento forzado en Bucaramanga, Colombia. Rev Univ. salud. 2015;17(2):192-200.



Resumen

Objetivo: Se analizó el acceso a la alimentación en el marco del goce efectivo de derechos en población en situación de desplazamiento forzado en el Área Metropolitana de Bucaramanga, Colombia. Materiales y métodos: Durante el segundo semestre de 2010 y el primero de 2011, se entrevistaron 272 familias siguiendo los parámetros de las Encuestas Nacionales de Verificación (ENV2007-ENV2010). Resultados: La principal causa de desplazamiento fue la amenaza directa (71,8%), seguida de los asesinatos (11,3%). El 91,2% de las familias se encontraba en el Registro Único de Población Desplazada (RUDP). El 33,5% de las familias, afirmó consumir menos alimentos de los necesarios, porque la comida no alcanzó. El 24,6% se dejó de consumir al menos una comida principal por falta de dinero. Estar inscrito en el RUDP no se traduce en ventajas relativas con respecto al derecho a la alimentación. Conclusión: La situación de la población del Área Metropolitana de Bucaramanga en materia del goce efectivo del derecho a la alimentación no se cumple y corrobora la existencia de un estado de cosas inconstitucional. La situación de inseguridad alimentaria que atraviesan las familias en situación de desplazamiento forzado es similar a la que se registra en el país a través de las Encuestas Nacionales de Verificación.

Palabras clave: Derecho a la salud, alimentación, seguridad alimentaria, política de salud, Colombia. (Fuente: DeCS, Bireme).



Abstract

Objective: The access to food in the framework of the full enjoyment of rights in population in a situation of forced displacement in the Metropolitan Area of Bucaramanga, Colombia was analyzed. Materials and methods: 272 families were interviewed during the second half of 2010 and the first half of 2011 taking into account the parameters of the National Surveys of Verification (ENV2007-ENV2010). Results: The main cause of displacement was the direct threat (71,8%), followed by murder (11,3%). 91,2% of the families was registered in the Single Register of Displaced Population (RUDP). 33,5% of the families claimed they were consuming less food than needed because the food was not enough. 24,6% of the families stopped eating at least one main meal due to lack of money. Being enrolled in RUDP does not mean they have relative advantages with respect to the right to food. Conclusion: The situation of the population of the Metropolitan Area of Bucaramanga in terms of the effective enjoyment of the right to food is not fulfilled and confirms the existence of an unconstitutional state of affairs. The situation of food insecurity that families in a situation of forced displacement deal with is similar to that registered around the country through the National Surveys of Verification.

Keywords: Right to Health, feeding, food security, health policy, Colombia. (Source: DeCS, Bireme).



Introducción

Existe una estrecha relación entre los conceptos de alimentación y el de derechos, en particular el derecho a no tener hambre.1,2 Las necesidades humanas básicas como los derechos y libertades son un asunto central a la hora de evaluar las políticas sociales en materia alimentaria y se relacionan directamente con la pobreza, la exclusión y la equidad.3-6 Con base en lo anterior, el hambre como manifestación extrema de la inseguridad alimentaria (INSA) afecta el derecho que tiene todo ser humano y todo pueblo para vivir una vida digna.4 En general, se afirma que una dieta nutricionalmente adecuada puede ser tomada como parte de las titulaciones morales de una persona, pese a que no haga parte de sus titulaciones jurídicas.3

No obstante, si existe suficiente acuerdo sobre el principio tras estas titulaciones morales, y sobre la energía con la que las organizaciones políticas las respaldarían, entonces las mismas titulaciones jurídicas pueden eventualmente cambiar para incorporar "el derecho a una alimentación nutricionalmente adecuada". Esta definición hace énfasis tanto en la disponibilidad física del alimento como de las condiciones de acceso equitativo a los mismos. Alude igualmente, al tema de las necesidades humanas básicas y no sólo a aquello que con mayor frecuencia denominamos "Necesidades Básicas Insatisfechas".2

Pensar el territorio en estrecha relación con los temas de la INSA, los derechos y titulaciones en Colombia en las actuales negociaciones de paz permite entender el estrecho marco de interdicciones entre el mundo rural y urbano, y acercarse a la complejidad en la que usualmente están inscritos los temas de la salud pública y la seguridad alimentaria.7,8

En el informe sobre desarrollo humano en Colombia-2011, "el territorio es el espacio en el que múltiples actores establecen relaciones económicas, sociales, culturales, políticas e institucionales, condicionadas por determinadas estructuras de poder y por las identidades de aquellos actores".9 Por lo anterior y en concordancia con los fallos de la Corte Constitucional (Sentencia T-025), es obligación del Estado garantizar el goce efectivo de los derechos, incluido el de la alimentación. Uno de los indicadores para medir el goce efectivo del derecho a la alimentación de la población desplazada contempla la disponibilidad de alimentos en forma suficiente. Este indicador debe garantizar para su cumplimiento como mínimo: la calidad y cantidad a fin de determinar si los alimentos son suficientes para satisfacer la necesidad alimentaria, no contener sustancias nocivas y existir accesibilidad física y económica a los alimentos en formas que sean sostenibles y no dificulten el goce de otros derechos.10

Los resultados de las encuestas nacionales de verificación (ENV) indican que la situación en materia de alimentación es grave para la población desplazada, y confirman los efectos que tuvo el despojo de tierras a los campesinos, por parte de estructuras ilegales. La INSA en la ENV-2007 fue de 43,2%, y en la ENV-2010 de 50,1%.10,11 El presente estudio se realizó entre los años 2010-2011 y tuvo como objetivo analizar el goce efectivo del derecho a la alimentación de la población en situación de desplazamiento forzado en el Área Metropolitana de Bucaramanga, Santander, Colombia.


Materiales y métodos

El Área Metropolitana de Bucaramanga está conformada por tres municipios (Bucaramanga, Floridablanca, Piedecuesta), y se han constituido durante los últimos años en receptores de población desplazada por el conflicto interno, se estima que existe un total de 40.000 sujetos en esta condición.12 El área metropolitana tiene como principal actividad económica la prestación de servicios y en total alberga aproximadamente un millón y medio de habitantes.

Población. Durante el segundo semestre de 2010 y primera mitad de 2011 se realizó una encuesta a 272 jefes de familia o responsables de la misma en situación de desplazamiento forzado- de las cuales 248 se encontraban inscritas en el Registro Único de Población Desplazada (RUDP)-, asentados en los municipios de Floridablanca, Piedecuesta y Bucaramanga. Estas familias son sujetas de derechos y reciben apoyo por parte de organizaciones no gubernamentales, quienes los convocaron a participar del presente estudio. La convocatoria no fue limitada por alguna característica de la familia, en este sentido no hubo criterios de inclusión o exclusión condicionando su participación. La condición de jefe de familia o responsable de la misma aquí es equivalente, dado que por motivos de seguridad principalmente, los jefes delegan a sus hijos mayores como responsables visibles de la familia. Igualmente aquí es equivalente el término familia y hogar, aun cuando se prefirió el de familia por ser el más común en el contexto del desplazamiento y porque la noción de hogar implica, tanto espacios físicos como raíces en el territorio, aspectos comprometidos por el desplazamiento. Se encuestó tanto población inscrita y no en RUDP. Dado la dificultad de acceso a estos grupos poblacionales, la muestra del estudio corresponde a un muestreo por conveniencia.

Fuentes de datos. El instrumento aplicado fue el validado y utilizado en las encuestas nacionales de verificación, en él, el derecho a la alimentación se sustenta en dos indicadores; a) Disponibilidad de alimentos en forma suficiente, definido como "si el hogar dispone de alimentos aptos para el consumo y accede a una cantidad suficiente de los mismos", y b) Cuidado infantil, definido como "...todos los niños del hogar que no están al cuidado de un adulto asisten a programas de atención al menor".10,13

La (ENV) se ha realizado en Colombia en tres oportunidades, su principal objetivo es estimar el grado de cumplimiento de un conjunto de derechos de la población en situación de desplazamiento forzado, incluida o no en el RUPD. Complementariamente, tiene cobertura nacional, es financiada por la embajada de Países Bajos en Colombia y se constituye en herramienta estratégica de la Comisión de Seguimiento de la Política Pública de Desplazamiento Forzado creada en 2005, la comisión se auto declaró "como una iniciativa de sociedad civil con un mandato orientado a proporcionar apoyo tanto al proceso de seguimiento que adelanta la Corte Constitucional, como a los procesos de reivindicación de los derechos, por parte de las personas en situación de desplazamiento".10,13

Recolección de la información. Los jefes de las familias o en su defecto el responsable de la misma fueron invitados por las organizaciones no gubernamentales a centros de atención integral, en donde se les explicó el objetivo del estudio. Los encuestadores fueron estudiantes de último año de una universidad con sede en Bucaramanga, Colombia, quienes habían sido entrenados previamente sobre cómo hacer las preguntas contenidas en el instrumento para evitar sesgos de información, garantizar la confidencialidad de las respuestas y el anonimato de los encuestados. La condición de inscripción en el RUDP se estableció mediante entrevista.

Tratamiento de la información. Las encuestas fueron codificadas por los encuestadores en el terreno y revisadas semanalmente por los investigadores principales, en todos los casos, se garantizó la confidencialidad y nunca se ligaron los formatos a la identidad de quienes respondieron. La información fue digitada por duplicado y las bases limpiadas hasta descartar errores de digitación.

Análisis estadístico. Todas las variables se reportaron de acuerdo con su nivel de medición, proporciones para las nominales, y para las continuas el promedio con su intervalo de confianza del 95% (IC 95%). El análisis se centró en establecer si el hecho de tener conocimiento a la reparación diferencia las familias por sus condiciones sociodemográficas y si el hecho de estar inscrito en el RUPD favorece el derecho a la seguridad alimentaria de éstas, para ello se utilizó pruebas de chi2 y t de student con el cálculo de su respectivo valor p. Las bases de datos fueron diseñadas en el paquete EpiInfo, versión 6,04d14, y los análisis estadísticos conducidos en Stata, versión 13.1.15

Consideraciones éticas. El estudio no representó riesgo real ni potencial sobre los participantes, ni tomó muestras de tejidos y por lo tanto es clasificado como de riesgo menor al mínimo.16 Sin embargo, todos los participantes una vez informados de los objetivos firmaron un consentimiento para participar. El estudio fue avalado por la Dirección de Investigaciones de la Facultad de Ciencias Humanas de la Universidad Industrial de Santander.


Resultados

Características de los jefes de familia y sus hogares. De las 272 familias encuestadas 28,3% fueron desplazadas antes de 1999, el 71,7% restante entre 2000 y 2010. El 66% del desplazamiento ocurrió desde áreas rurales, y el 21,0% desde cabeceras municipales. La principal causa del desplazamiento fue la amenaza directa, con el 71,8% seguida de los asesinatos, 11,3%. El 91,2% se encontraba registrado en el RUDP al momento de la encuesta. Las familias bajo estudio están conformadas en promedio por 5,1 miembros (IC 95%: 4,9 a 5,3), de los cuales en promedio 2,6 (IC 95%: 2,4 a 2,9) son menores de edad. La encuesta la contestó el responsable de la familia; el jefe en el 64,7% de las veces, seguido por un hijo mayor de edad en el 26,4%.

El 48,7% de los encuestados son hombres y el 51,3% mujeres, constituidas como jefes de familia. En el 26% de las familias hay miembros con algún grado de discapacidad, ya sea física o mental. En el 18,1% de las familias hay mujeres lactando. El 83% de los jefes de familia bajo estudio tienen nivel de escolaridad de secundaria sin concluir o menor, el 43,4% no terminó la primaria. En la tabla 1, se presenta en detalle las características relacionadas con la generación de ingresos.


INSA. Al indagar por las distintas situaciones alimentarias que atravesaron previa a la encuesta, en los últimos 30 días, el 33,5% afirmó haber consumido menos alimentos de los que deseaban porque la comida no alcanzaba para todos. Por otra parte, el 24,6% dejó de consumir al menos un desayuno, un almuerzo o una comida por falta de dinero o de alimentos. La falta de consumo en estas tres comidas aproximan a la INSA en la familia, suma 63,6%. El 43,4% de las familias recibe ayuda alimentaria a través de restaurantes escolares de tipo gubernamental. El número de familias que señaló no haber recibido algún tipo de ayuda fue de 37,6%. El 1,1% de familias manifestó recibir ayuda de este tipo orientada específicamente a mujeres gestantes o lactantes, o programas orientados a la recuperación nutricional, 0,4%.

En las condiciones "urbanas" en la que permanece una parte importante de estas familias, el 13% logra mantener y sostener animales para su autoconsumo. La frecuencia de compra de alimentos perecederos (frutas, verduras y lácteos) se realiza para intervalos de tiempo muy cortos, prevaleciendo la compra esporádica, 33,2%, seguida por la diaria 29,2% y en menor medida por la semanal 20,6%. Algo similar ocurre con la frecuencia en la compra de alimentos no perecederos, pues en un alto porcentaje de familias predomina la compra diaria, 44,6% y semanal 14,5%, seguida de la quincenal 15,9%.

Si bien las familias manifestaron haber realizado esfuerzos por alimentar a sus menores, prevalece un número importante de éstas, 23,6% que manifestaron que por lo menos uno de ellos en los 30 días anteriores a la encuesta se privó de comer por lo menos una vez al día o un día completo por falta de dinero. A pesar de que el 91,2% está inscrito en el RUPD, al igual que como sucede con "el conocimiento a la reparación", esta condición no se traduce en ventajas relativas frente a los que no están inscritos, cuando se establecen estas relaciones con respecto al derecho a la alimentación, (Tabla 2).


Discusión

A pesar del muestreo por conveniencia, dado el trabajo de base de las organizaciones que convocaron a los jefes de estas familias y la confianza de éstos en las organizaciones, no se considera que existan sesgos de selección y aún más importante para los resultados, sesgos de información. Sin embargo, como en cualquier medición esta posibilidad está siempre presente.

Como consecuencia del conflicto armado, más de seis millones de personas se han visto obligadas a abandonar sus lugares de origen afectándose sistemáticamente su calidad de vida.11,17 Estudios previos en Colombia han mostrado cómo el déficit de peso se concentra en grupos sociales específicos, como la población en situación de desplazamiento forzado por la violencia y conflicto interno y se asocia inversamente con la escolaridad del jefe de la familia y el grado de desarrollo de las unidades geo demográficas.18, 19 Distintos organismos como la Corte Constitucional y la Procuraduría General de la Nación han sido consistentes en declarar la persistencia de un "estado de cosas inconstitucionales" en relación con la población en situación de desplazamiento forzado.20

El estado de cosas inconstitucionales es "… una figura jurídica creada no por la Constitución Política, sino por la Corte Constitucional- de ahí que sea tan controversial-, a través de la cual se declara que ciertos hechos son abiertamente contrarios a la Constitución, por esa vulneración sistemática y colectiva de los principios y derechos fundamentales consagrados en aquella, y como consecuencia de este hecho, exhorta a las autoridades competentes (sean estatales o privadas), para que en un plazo razonable y perentorio, adopten todas las medidas necesarias para superar ese Estado de Cosas." Esta figura nace en Colombia con la Sentencia T-025 de 2004 de la Corte Constitucional.21

A pesar de la definición asumida para declarar si se cumple o realiza el derecho a la alimentación en las ENV es claro que por los retos metodológicos aún no satisfechos al medir la INSA en éstas -medición del consumo dietario, determinación de la inocuidad de la alimentación, estado de nutrición, etc.-, de manera práctica se ha optado por aproximaciones a los indicadores de acceso físico a los alimentos y cuidado infantil. Estas aproximaciones basadas en preguntas relativas al padecimiento de hambre y de la cobertura de programas asistenciales -incluidas en la encuesta aquí aplicada- definen cuando no se cumple de manera plena ya sea el acceso a los alimentos o la cobertura de los programas infantiles, la INSA y el incumplimiento a este derecho, es decir lo que reportan las ENV y este estudio.22

Sin embargo, el concepto de seguridad alimentaria y su complemento la INSA es inacabado, existen más de 200 definiciones dada su complejidad y el reportado en las Encuestas Nacionales de Nutrición (ENSIN) realizadas en Colombia en 2005 y 2010 aunque conceptualmente se aproxima al utilizado en las ENV, es establecido de manera diferente y menos preciso que el aquí utilizado, dado que se basa en la percepción sobre el acceso a los alimentos y no en el hambre sentida o las condiciones extremas de la INSA, como el medido en las ENV. En cualquier circunstancia y aclarando, que los estimados de INSA aquí reportados no son directamente comparables por las diferentes formas de medición con los reportados en estudios existentes en la región y las ENSIN, la INSA en familias desplazadas es mayor que en la población general colombiana.23,24

Las ENV arrojan como resultado que la INSA en población desplazada ha aumentado desde el año 2007 hasta el 2010 en 9,5% para la población inscrita en el RUPD. El derecho a la seguridad social y el derecho a la alimentación son derechos humanos complementarios e interdependientes, sin embargo, como se observa en los resultados de este estudio la diferencia entre estar inscrito o no en el Registro Único de Población Desplazada no es significativa en términos de protección social. Estudios previos en la población en situación de desplazamiento forzado en el Área Metropolitana de Bucaramanga, ya mostraban como la INSA abarca al 95% de las familias aún después de tres años de vivir en condiciones de desplazamiento, siendo la dieta de baja calidad y los bajos ingresos familiares sus principales causas.18

En calidad de obrero o empleado particular del gobierno se encuentran el 12,6% de los jefes encuestados, en las posiciones de empleado doméstico, jornalero y peón se concentra el 23,5%, como trabajador familiar sin remuneración y en calidad de rebusque o trabajador independiente se concentra el 61,2%, (Tabla 2). Estos resultados muestran cómo la condición de ingreso es precaria, y se constata con el hecho que el 92% de las familias encuestadas percibe ingresos inferiores al mínimo legal vigente, con estas sumas deben subsistir en promedio 5 personas que constituyen una familia tipo. Lo anterior compromete la posibilidad del acceso físico a los alimentos y por consiguiente facilita la INSA.

De lo anterior, podemos deducir las dificultades que encaran las familias bajo estas circunstancias y el nivel de vulnerabilidad que transitan en lo cotidiano para el acceso y disponibilidad de alimentos. En conclusión, la situación en materia del goce efectivo del derecho a la alimentación en el Área Metropolitana de Bucaramanga está vulnerada y este estudio permite colaborar en brindar información sobre el grado de desprotección social de la población en situación de desplazamiento forzado.

Una adecuada alimentación es importante para el desempeño de las unidades familiares y el derecho a la alimentación de estos grupos poblacionales se constituye aún en un reto por superar por parte de la política pública local con perspectiva de derechos. Cuando aludimos a las capacidades humanas centrales no debemos pensar en que se trata de objetivos sociales deseables, sino en títulos basados en la justicia para una reclamación urgente. Varios de los elementos constitutivos de una alimentación adecuada en referencia a la disponibilidad de los mismos siguen comprometiendo el goce efectivo de este derecho. La seguridad alimentaria y su complemento la INSA, es un corolario del derecho a la alimentación, el cual como derecho económico en muchos países ya empieza a ser derecho judiciable.23


Referencias

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