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Justicia

Print version ISSN 0124-7441

Justicia vol.24 no.36 Barranquilla July/Dec. 2019

https://doi.org/10.17081/just.24.36.3519 

Artículos

Los movimientos sociales como actores legitimadores del acuerdo de paz con las FARC-EP

Social movements as legitimizing actors of the peace agreement with the FARC-EP

Luis Felipe Gómez Morales1 

1Universidad de San Buenaventura, Colombia. lfgomezm91@gmail.com


Resumen

Los movimientos sociales constituyen una expresión del disenso frente al ejercicio del poder, donde en últimas buscan la transformación de una realidad. En ese orden de ideas, este grupo de personas al realizar acciones colectivas se legitiman como actores políticos que pueden resultar en ser determinantes dentro de un contexto específico. De esta manera, existen varios tipos de movimientos sociales -de acuerdo con la naturaleza de la manifestación y al fin para que fue creado- encontrando entre ellos los de carácter sociopolítico, donde se pueden clasificar aquellos que aparecieron con ocasión al resultado del plebiscito del 2 octubre de 2016. Teniendo en cuenta lo anterior, dichos movimientos se legitimaron como actores políticos determinantes para que el Gobierno Nacional continuara con el proceso de paz y replanteara los aspectos considerables por los cuales el plebiscito fue votado de forma adversa. Así las cosas, la presente ponencia abordará los movimientos sociales como concepto, para luego dar paso al estudio de la legitimidad política y cómo dichos grupos se legitimaron durante este periodo, para finalizar con la presentación de una línea del tiempo en la que se evidencia a actores políticos que gozando de legitimidad contribuyeron a que se firmara el acuerdo final.

Palabras Clave: Movimientos Sociales; Legitimidad; Acciones Colectivas; Movimientos Sociopolíticos; Acuerdo De Paz; Democracia Deliberativa.

Abstract

The social movements constitute an expression of the dissent against the exercise of the power, where in last they look for the transformation of a reality. In that order of ideas, this group of people when realizing collective actions are legitimized like political actors who can be in being determining with in a specific context. This way, several types of social movements - in agreement with the nature of the manifestation and to the aim exist so that he was created finding among them those of sociopolitical character, where those can be classified that appeared with occasion to the result of the plebiscite of October 2nd of 2016. Considering previous, these movements they legitimized themselves like determining political actors so that the National Government continued with the peace process and would reframe the considerable aspects by which the plebiscite was voted of adverse form. Thus the things, the present communication will approach the social movements like concept, soon to take passage to the study of the political legitimacy and how these groups legitimized themselves during this period, to finalize with the presentation ofa line of the time in which it demonstrates political actors who enjoying legitimacy contributed to that the final agreement was signed.

Keywords: Social Movements; Legitimacy; Collective Actions; Sociopolitical Movements; Peace Agreement; Deliberative Democracy

I. INTRODUCCIÓN.

Los movimientos sociales son una manifestación de las personas en torno a una situación que requiere de atención por parte del Estado, ya sea para que le dé solución o, por el contrario, para que se transforme en realidades palpables. En ese sentido, dichas agrupaciones convergen como actores colectivos de gran importancia que en últimas buscan un cambio (Monferrer Tomas, 2006). Así, estas organizaciones han sido testigo de los hitos históricos del mundo occidental y de la crisis de la modernidad que se niega a aceptar la tradición puramente liberal (Pardo, 1997).

Este tipo de colectivo se ha configurado como un actor político no-gubernamental distinto de las organizaciones no gubernamentales que buscan ir más allá de la democracia representativa, dado que la construcción de una identidad colectiva supone las acciones presentes, pasadas o futuras tendientes a visibilizar una realidad que ignora o no puede contener un Estado (Weber citado en Arnaut, 2010). Sin embargo, dichas acciones que pueden ser vistas como la reunión de varias voluntades individuales que pueden terminar deslindándose del ideario de un movimiento social, si el mismo no puede perdurar en el tiempo (Diani, 1992).

En ese sentido, los movimientos sociales actúan como un margen de acción distinto al de un partido político, dado que pueden ejercer presión directa en un gobierno, mientras “el movimiento sea sostenible en el tiempo” (Monferrer Tomás, 2006, p.382). Ahora bien, en el caso colombiano, los movimientos sociales representan una complejidad atendiendo que el país se encuentra en un contexto posterior al de un acuerdo, de allí que suscite la necesidad de analizar qué son y cuál es su papel en el proceso de paz celebrado entre el gobierno del presidente Juan Manuel Santos Calderón y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia -Ejército del Pueblo- (FARC-EP).

Lo anterior se sustenta en que la realidad latinoamericana ha dejado del lado el paradigma de considerarse el tercer mundo arraigado en los vestigios de la guerra fría, que busca llegar a parecerse a Europa o Estados Unidos, sino que, en aras de construir una identidad propia, cuestiona el statu quo y presiona a sus Estados para que las realidades sociales, políticas y económicas devengan en una transformación (Santana Rodríguez, 1989). Por tal motivo, el proceso de paz representó un cambio en la sociedad colombiana que dio origen a varios movimientos sociales que dedican su esfuerzo en defender ante los opositores del proceso, una oportunidad para cerrar un proceso histórico y empezar un nuevo comienzo en Colombia.

II. Metodología

A nivel conceptual surgen disyuntivas en cuanto a la delimitación de la categoría movimiento social y entender desde el punto de vista jurídico y político su razón de ser y sus alcances, resulta ser complejo, esto teniendo como causa que las manifestaciones de las personas no se circunscriben en la rigurosidad de la norma o de las demás fuentes del derecho, pero si se ampara en ella para que no vicien de legalidad.

Por lo anterior, el presente trabajo tiene como objetivo principal presentar los principales elementos que componen el devenir de los movimientos sociales y, en especial, los que han surgido con ocasión al proceso de paz con la guerrilla de las FARC-EP, vislumbrando a partir de allí la necesidad de lograr la transformación de los paradigmas políticos, sociales y jurídicos deben tener legitimidad que vaya más allá de la que otorga la ley. Todo lo anterior dentro del contexto que plantea la democracia deliberativa.

Para lograrlo se partirá con la construcción de los movimientos sociales como expresión de las democracias occidentales, en especial la deliberativa (Habermas, 2001). A partir de allí, se desarrollará la relación suscitada por los movimientos sociales frente a una democracia deliberativa, para construir el concepto de legitimidad política. Así, se mostrará cómo los movimientos que surgieron con ocasión al proceso de paz, desde la firma del primer acuerdo, el paso por el no, la lucha para que no decayera el acuerdo y la segunda firma, adquirieron al final legitimidad como actores, dentro de la democracia colombiana.

Atendiendo los objetivos trazados, es preciso partir desde el paradigma cualitativo de la investigación, en la medida que dado a que se presenta el resultado de una investigación básica, no es posible cuantificar el origen de los movimientos sociales (Cerda Gutiérrez, 2013). En ese orden de ideas, se utilizará el método hermenéutico como herramienta para interpretar los conceptos generales y, a partir de allí, construir un concepto colectivo que sea acorde con el que se plantea en el escrito. Esa comprensión implicará en cierta medida, distanciarse -si es preciso- para encontrar el concepto de legitimidad esperado (Rojas Crotte, 2011).

III. RESULTADOS

1. Movimientos sociales

a) De los movimientos

Como se mencionaba en los párrafos precedentes los movimientos sociales son una manifestación de las personas que, de manera conjunta, buscan un cambio en la realidad que viven; sin embargo, cuando se ha de referirse de manera conceptual, se hace necesario referirse al fenómeno de movilización de ciudadanos, distribuidos en los conceptos de comportamiento colectivo, acción colectiva y movimiento social (Revilla Blanco, 1996). En ese orden de ideas, ha planteado que:

La acción colectiva, frente al comportamiento colectivo, tiene la característica de que es acción dirigida a los otros, es más que la agregación de voluntades individuales: “para que se pueda hablar de un interés colectivo y del desarrollo de unas expectativas es necesario referirse a un proceso de identificación en el cual se articula un proyecto social que da sentido a las preferencias y expectativas colectivas e individuales”. (Revilla Blanco, 1996, pp. 3-4)

Con esto se quiere decir que los movimientos sociales son una mezcla imperfecta del devenir de la acción colectiva al configurarse la movilización en masa de personas por la consecución de una causa, donde de forma intrínseca se presentan unos comportamientos que no se harían propiamente de forma individual. Cabe preguntarse entonces: qué son los movimientos sociales. La complejidad de este concepto ha sido vista propiamente desde la sociología y la psicología que desde el derecho o las ciencias políticas (Monteferrer, 2006). Debe observarse que la manifestación de las personas por una causa puede ser el resultado de una discordia suscitada con una figura de manera directa o indirecta al ejercer poder, pero ciertamente busca un cambio en algo o se conserve algo que se pretende cambiar.

Así, se puede afirmar que los movimientos sociales son una reacción de un determinado momento histórico; en otras palabras, se entienden este tipo de manifestaciones “como las acciones colectivas conscientes cuyo impacto, tanto en caso de victoria como de derrota, transforma los valores y las instituciones de la sociedad” (Castells citado por Santamarina, 2008. p.113). Ahora bien, esta definición se inclina como una categoría analítica, por lo que al revisar la definición de Melucci (1994) se puede apreciar que estos grupos de personas son la ruptura de un orden antes aceptado o que por lo menos no era discutido propiamente:

El movimiento social se refiere a una forma de acción colectiva 1) que apela a la solidaridad para promover o impedir cambios sociales; 2) cuya existencia es en sí misma una forma de percibir la realidad, ya que vuelve controvertido un aspecto de ésta que antes era aceptado como normativo; 3) que implica una ruptura de los límites del sistema normativo y relaciones sociales en el que se desarrolla su acción; 4) que tiene capacidad para producir nuevas normas y legitimaciones en la sociedad. (p.127)

Se hace preciso identificar que los movimientos sociales responden a una realidad palpable, en la que se convierte en protagonista de la construcción de un futuro, y al final producirá efectos que pueden transformar a una sociedad por completo; es decir, el papel que cumplen los universitarios en el contexto latinoamericano, en el que dejando de lado una posición de “ilustrados”, pasaron a procesos transformadores en los procesos democráticos (López, 2005).

Aunado a lo anterior, los movimientos sociales se entienden como una red solidaria en medio de una crisis de la modernidad, en las que el capitalismo deja de ser la respuesta al liberalismo aplicado a los Estados, por lo que en palabras de Montoferrer Tomas (2006) puede recogerse como una definición como:

un actor colectivo movilizador, que promueve y desarrolla acciones colectivas a partir de la construcción de una identidad colectiva, para alcanzar determinadas metas consistentes en originar, evitar o anular cambios sociales fundamentales, conformando grupos y organizaciones, que mantiene cierta continuidad a lo largo del tiempo (p.382).

b) Surgimiento de los movimientos sociales: hacia la construcción de una identidad colectiva

Las manifestaciones de las personas en sociedad han sido evaluadas desde varias áreas de las ciencias sociales, en especial, la sociología y la psicología (López, 2005). En un principio, los movimientos sociales se consideraban un “producto de la alineación, la ansiedad, la frustración y la atomización social, es decir, como formas de conductas desviadas” (López, 2005, p.592). Esto sugiere que la movilización de las personas se sustentaba como un problema del individuo y no como un problema en la sociedad, por lo que para los Estados les resultaba menos complejo la represión de dichas asociaciones. Luego, dicha concepción se vio desplazada por dos grandes tendencias: la teoría de la movilización de recursos y la teoría de la identidad colectiva (Pardo, 1997).

Ahora bien, ese cambio de paradigma se ve sustentado en los hechos históricos propios de los años sesenta; la guerra fría y el profundo rechazo por parte de la nueva generación pos-segunda guerra mundial, que se negaba a aceptar que los conflictos bélicos eran la respuesta para las diferencias suscitadas entre el bloque comunista y el bloque capitalista. Por otro lado, en Latinoamérica y el continente africano se empezó a hablar de la categoría del tercer mundo. La situación de estas latitudes se movió en el contexto de las dictaduras marcadas por el capitalismo o el comunismo (Pardo, 1997), o en el caso de Sudáfrica con el apartheid.

Esa realidad significó que el paradigma de un modernismo que venía de la aceptación de los valores de la libertad no era suficiente para lograr la convivencia, sino que también la representación en el Estado había dejado de ser la máxima para con los ciudadanos, y que de alguna u otra forma se buscaba otras formas de participación. Ahora bien, esta dinámica da un surgimiento de los movimientos sociales, los cuales se pueden establecer a partir de tres barreras que pueden considerarse como un espejo de este mundo: la negación del problema, culpar a la víctima y medicar a los actores (Javaloy, Rodríguez y Espelt, 2001).

Entonces, los movimientos sociales se pueden considerar el resultado de un conflicto con el orden constitucional, un desafío que se plantea en últimas revisar una identidad, un adversario y un objetivo sostenible en el tiempo (Castells, 1997). En el caso colombiano, estas agrupaciones se han visto por un lado desde la concepción de Javaloy (2001) respecto de la respuesta de un Estado, así como su inclinación a las ideas de izquierda. Ahora bien, no se pretende afirmar que la manifestación de las personas se circunscriba a las ideas de igualdad, sino que al tener en cuenta el contexto de un conflicto armado, en el que los gobiernos han mantenido una inclinación hacia la derecha, es preciso que se discuta la reivindicación de los derechos a través de estos movimientos o colectivos de personas.

Por otro lado, Touraine (1978) ha propuesto, en consonancia con Castells (1997), tres principios sobre los que debe reposar un movimiento social: un principio de identidad, un principio de oposición y un principio de totalidad. Sobre el primer aparte es preciso determinar que la identidad de los miembros de un movimiento es esencial en el sentido que, si no existe un elemento en común que permita que las personas puedan establecer un norte básico del grupo, es imposible llevar a cabo una agrupación sostenible en el tiempo.

De igual manera, el principio de oposición hace referencia a quien es el adversario, a quien se va a atacar, protestar o bien a quien se va a defender o qué se va a defender. Esto implica que no necesariamente todo movimiento social es para estar en contra de un Estado o de sus gobiernos, sino que, por el contrario, como sucede con el gobierno del presidente Santos, que los movimientos se movieron en la defensa de los diálogos, el acuerdo, el plebiscito, la revisión del acuerdo y la refrendación.

Finalmente, el principio de totalidad hace referencia al telos de los movimientos sociales. En otras palabras, es lo que se quiere lograr, a dónde se quiere llegar (Javaloy et al., 2001). Esta última afirmación implica que los integrantes del movimiento una vez logrado el objetivo, deben establecer transcender en donde se construya una nueva realidad social, para que su objeto sea sostenible, independientemente de la duración del movimiento, verbigracia la defensa del acuerdo de paz dentro del periodo de posconflicto. Además, estas categorías que plantea Touraine (1978) implican una correlación entre los miembros, los activistas y los simpatizantes, porque si bien persiguen el fin común, su grado de participación es distinto en el movimiento.

Ahora bien, estas categorizaciones del movimiento social conllevan a que se construya una identidad colectiva. Dicha identidad no es el qué piensan o que creen sus integrantes, activistas o simpatizantes, sino que la identidad se desenvuelve en el ideal que representan, porque en últimas es lo que determinará que sean perdurables en el tiempo. En ese orden de ideas, Chihu (2000) ha sostenido que la identidad va más allá de los integrantes. Ha mencionado entre otras cosas que:

Se considera que las fuentes de identidad colectiva se pueden formar sobre una base diferente a la de la pertenencia de clase, tales como la raza o el género. De ahí que los teóricos de los nuevos movimientos sociales otorguen gran importancia a la acción simbólica en la esfera cultural, con relación a la acción instrumental en la esfera política. Por otro lado, se observa a las identidades colectivas como el resultado de procesos de construcción, en lugar de considerar que los actores y sus intereses se determinan exclusivamente a nivel de la estructura. (p.211)

c) Tipología de los movimientos sociales

Los movimientos sociales a lo largo de las últimas décadas han presentado una diversificación, dependiendo del fin que persiguen, las personas que lo integran y el adversario que enfrentan. En ese sentido, Castells (citado por Monteferrer, 2006, pp. 384-385) ha planteado una tipología de los movimientos sociales que permite examinar donde se ubican los movimientos que se gestaron con ocasión al proceso de paz con las FARC.

La anterior tipología presenta de manera ambiciosa una clasificación de los diversos movimientos sociales. En ese sentido, la existencia de cada uno de estos grupos no se circunscribe a las problemáticas político-sociales, pero si, desde cada perspectiva se plantea como objetivo la transformación de la sociedad. Teniendo en cuenta esta premisa, puede observarse que los movimientos que se formaron con ocasión al proceso de paz podrían, desde cierto punto de vista, adecuarse a varios tipos y sería plausible considerarlos, atendiendo que la paz incluye una transformación del campo, de los medios democráticos, de justicia, el ambiente y la terminación de un conflicto armado.

Tabla 1. Tipología de movimientos sociales. 

Criterio Tipo de movimiento Característica básica
1. Alcance del cambio Movimientos reformistas Cambios legislativos limitados
Movimientos radicales Cambios que afectan a fundamentos de la organización social
Movimientos revolucionarios Cambios que afectan a todos los aspectos de la estructura social
2. Cualidad del cambio Movimientos progresistas Énfasis en las innovaciones. Orientación al futuro
Movimientos conservadores Énfasis en la tradición. Orientación al pasado
3. Objetivos del cambio Movimientos sociopolíticos Cambio de la estructura de desigualdades
Movimientos socioculturales Cambio de la estructura cultural (creencias, valores, normas)
Movimientos sagrados, místicos, religiosos Cambio de los individuos a través de lo sagrado
Movimientos laicos centrados en el individuo Cambio de los individuos a través de lo profano
4. Vector del cambio Movimientos introductores de cambios Movilización para introducir/ producir cambios
Movimientos para evitar cambios Movilización para evitar cambios
5. Estrategia subyacente Movimientos lógica <instrumental> Movilización para la obtención de control social
Movimientos de lógica <expresiva> Movilización para la afirmación de la identidad
6. Criterio histórico <Viejos movimientos sociales> Movilización con intereses económicos de clase
Movimiento sindical
Organización burocrática centralizada. Demandas materialistas
<Nuevos movimientos sociales> Movilización por demandas posmaterialistas interclasistas
Organización informal descentralizada
<Novísimos movimientos sociales> Movilización para la consecución de un modelo alternativo de relaciones globales (justicia global)
Estrategias organizativas en red (internet)

En ese orden de ideas, esta tipología se enmarca si el movimiento busca en últimas generar controversia, para que tengan una visibilidad considerable y se pueda construir su identidad (Gusfield, 1994), como quiera que problemas como el patriarcado, la desigualdad1 o el mismo conflicto armado, poco a poco ha ido atrayendo a los tradicionalmente excluidos, para que se pronuncien y sean protagonistas del cambio en el Estado. De allí que en últimas se plantee como objetivo final la participación política, aunque sea en menor medida al papel que ya cumplen las ONG como sujetos de derecho internacional (Rivera, 2010). Así, el contexto que determinará en últimas el tipo de movimiento social, en especial los que se refieren al proceso de paz, será el criterio histórico atendiendo que el apoyo al proceso de paz, no se puede considerar una mera manifestación de la coyuntura del momento, sino que es el resultado de una lucha en la que muchos de los actores han tenido contacto directo o indirecto con el conflicto armado en Colombia.

2. Legitimidad política de los movimientos sociales

Dentro de un contexto socio-jurídico es necesario definir la legitimidad desde un punto de vista conceptual, antes de ahondar desde un contexto político. Sea entonces lo primero precisar que el derecho en sí mismo presenta una estructura compleja, que en un primer momento nos rige con normas y otro, que las mismas sean eficaces en su propósito (Anríquez & Anríquez, 1994, p.62). En ese sentido, aparece el debate respecto de si se da la legitimidad; teniendo en cuenta esto, el derecho adquiere legitimidad, cuando un Estado está en la capacidad para resolver los conflictos, desde la justicia, la dignidad humana y para la sociedad (Martínez Caballero, 1997, p.110). Ahora bien, esa relación de legitimidad se encuentra circunscrita al poder político, en tanto que el Estado es legítimo por el poder que se le reconoce por parte de sus asociados. En ese sentido, Rúa (2013) al analizar a Russell sostiene que:

No se puede hablar de legitimidad sin hablar de poder, ni se puede hablar de poder sin hablar de política, dado que la política se define a sí misma a partir del ejercicio del poder24, por ello la legitimidad suele presentarse con un carácter justificatorio. (p.92)

Esta relación se presenta como indisoluble, en la medida que la legitimidad es la que en últimas justifica el poder. Sin embargo, es preciso diferir de la concepción que presenta Ferrero (como se citado en Rúa, 2013), en la que la legitimidad se ve reducida en la sustentación de porqué el gobernante puede mandar y porqué el gobernado debe obedecer dado que, en la democracia contemporánea, el poder legítimo no puede entenderse como un igual con el poder legal. De allí, que la legitimidad deba considerarse como una categoría independiente que le da valor al ejercicio del poder y no un mero viso de formalidad.

Probablemente, esta legitimidad de la que se ha de apartar se apoya en el concepto clásico, en especial, cuando es el derecho positivo quien ha determinado, al menos en una primera parte del siglo XIX y XX, la legitimidad del poder político. Quizá esa falta de reconocimiento se piensa en que los gobernados deben obedecer porque reconocen a su gobernante como legítimo, elegido democráticamente (Weber, 1974). Así, cuando se revisa en el debate actual, es preciso esbozar una crisis en la legitimidad, en la medida que en palabras de Habermas (1999) se ha dejado de lado que esta categoría no solamente puede circunscribirse al poder legal, sino que debe ser reflejo también de la naturaleza moral del derecho. Verbigracia, que la legitimidad implica un contraste y quizá un equilibrio entre el telos que plantea Aristóteles (1996) y el deón ontos que plasma Kant (1983) en la Fundamentación de la Metafísica de las Costumbres.

Así pues, la legitimidad se define como el soporte en la responsabilidad que tiene quien ejerce el poder político, para que sus actuaciones, no solamente se encuentren ajustadas a la ley, sino que social y moralmente puedan ser aceptados, independientemente si el gobernante se ubica en el espectro de la derecha o la izquierda. Por contera entonces, Parsons (1997) es quien más se acerca una precisión conceptual al sostener que:

La legitimación define, pues, aquello que la organización política favorece y, por consiguiente, la naturaleza y alcance de los agentes -colectividades y roles- que desempeñan funciones políticas. Son correlativas a estas definiciones estructurales tanto la autoridad para la implementación de las responsabilidades legítimas como el acceso al poder y las condiciones de su uso. (p.129)

Ahora bien, la legitimidad al dejar de ser una categoría propiamente dedicada al derecho positivo es menester el analizar si se presenta una crisis en al relacionarla al poder político. Como se ha mencionado, la categorización moral que esboza Habermas (1999) es el punto de partida de esa crisis, no obstante, se hace necesario revisar el alcance que tiene esa distinción que hace el filósofo alemán. Desde esa perspectiva, Ortega (2005) ha planteado que:

A medida que la política ha ido perdiendo autonomía institucional, su legitimidad se ha modificado de manera sustancial. Aun cuando los ya clásicos fundamentos de la legitimidad señalados por Max Weber (tradición, carisma y legalidad) no han desaparecido, no son ellos los que en el nuevo espacio público desempeñan un papel relevante. Han sido reemplazados por un nuevo referente, que no es tanto un código de creencias cuanto una imagen cambiante de la sociedad. Me refiero a la denominada "opinión pública". No es este el lugar para entrar a discutir todas las vertientes de un fenómeno tan complejo. (p.19)

Este elemento supone que la opinión pública es la materialización de la crisis de la legitimidad, como quiera ya no es suficiente con que las acciones del gobernante se enmarquen en la ley, sino que deben tener la “aprobación social” de los ciudadanos. Dicha disyuntiva representa una crisis a la vez de la democracia representativa en la medida que las decisiones en el marco tradicional son cuestionables si se tiene en cuenta que son las élites quienes determinan los designios de los ciudadanos (Mejía y Jiménez, 2005). Asumiendo esta posición, encontramos que Habermas es quien plantea la necesidad que las decisiones deban tomarse en consenso, siempre y cuando se consideren universalizables (Vergara, 2005).

En consecuencia, los movimientos sociales se orientan desde dos puntos de vista: el primero es que al ser quienes ejercen control social, al ser protagonistas de la protesta para defender o cambiar una situación, son los llamados a construir una legitimidad política, a partir de la opinión pública, en el que sus acciones no se vean como actos individuales, sino como colectivos con una identidad plenamente definida, verbigracia los movimientos defensores de derechos humanos, deben encaminar sus acciones en la promoción, protección y denuncia de violaciones de estos derechos, bajo la premisa en que el interés que defienden es de carácter general y no particular, en el entendido que es imposible deliberar intereses particulares, para llegar a un consenso común (Habermas, 2001). Además, se perdería el objetivo de los movimientos sociales, al desligarse del marco colectivo que representan, por lo que, al construirse una legitimidad política, el reconocimiento es esencial, pero su representación debe orientarse al problema común. Por ejemplo, la reivindicación de los derechos de la mujer no es un tema aislado, sino que requiere la transformación de paradigmas políticos, sociales y económicos, así que construir un consenso permite la construcción de una legitimidad propia dentro de una democracia deliberativa.

3. Los movimientos sociales y el proceso de paz con las FARC EP

a) Cronología de los movimientos sociales en el proceso de paz

El proceso de paz del cual emanó el acuerdo entre el Gobierno Nacional y las FARC es el resultado de una negociación que pasó varias etapas, en las que vale la pena mencionar son la materialización de las fórmulas de justicia transicional, en el que se pasó de una ley de justicia y paz (Ley 975 de 2005), una ley de víctimas (Ley 1448 de 2011), al Marco Jurídico para la Paz (Acto Legislativo 01 de 2012), en el que se determinó que para poder llegar a un periodo de posconflicto, es necesario usar métodos transitorios a la justicia ordinaria que permita el resarcimiento real de las víctimas (Rodríguez, 2011).

En ese orden de ideas, dicha disertación resultó en el acuerdo de paz que se publicó el 24 de agosto de 2016 y firmado oficialmente el 26 de septiembre de ese mismo año, pasando por una refrendación por plebiscito en la que ganó el no y en que, los movimientos sociales adquirieron legitimidad política para exigirle al Gobierno y a la oposición el respeto por los acuerdos, como quiera que ese acuerdo se ajusta a los estándares internacionales en materia de justicia transicional (Valdivieso, 2012) y no se podía permitir que esta transformación a futuro, se viera en fracaso por la voluntad de algunas personas. Teniendo en cuenta estos elementos, a continuación, se realiza una presentación de la cronología de los sucesos que rodearon la última etapa del acuerdo de paz alcanzado, en el que los movimientos sociales fueron protagonistas determinantes para la materialización de esta negociación.

- 24 de agosto: Las delegaciones firman el acuerdo de paz final. Los negociadores del gobierno de Colombia y de la guerrilla de las FARC firmaron en La Habana el acuerdo final de paz tras casi cuatro años de conversaciones, un hecho histórico. Las delegaciones negociadoras del gobierno de Colombia y las FARC, junto con los países garantes, firmaron en La Habana un histórico acuerdo final y definitivo de su proceso de paz y fin del conflicto entre ambas partes. El anuncio marca un punto definitivo en los casi cuatro años de negociaciones y 52 años de conflicto. No se trata de la firma del acuerdo, sino del final de las negociaciones, un paso histórico para el país. (CNN en Español, 2016)

- 25 de agosto: El presidente Santos entrega el acuerdo al Congreso y anuncia cese del fuego definitivo. Los negociadores del gobierno de Colombia y de la guerrilla de las FARC firmaron en La Habana el acuerdo final de paz tras casi cuatro años de conversaciones, un hecho histórico. (CNN en Español, 2016)

- 29 de agosto: Cese del fuego definitivo entra en vigor en Colombia. El cese de hostilidades definitivo entró en vigor desde las 00:00 horas es ese día, siguiendo los anuncios del presidente Juan Manuel Santos y del líder de la guerrilla Rodrigo Londoño. Una nueva era se abre para Colombia a partir de este lunes con la entrada en vigor del cese al fuego definitivo entre el Gobierno y la guerrilla de las FARC. (El Espectador, 2016)

- 23 de septiembre: FARC realizan su X Conferencia y dan apoyo unánime a los acuerdos de La Habana. La que sería la última conferencia guerrillera de las FARC concluyó con un apoyo unánime de los guerrilleros al acuerdo pactado entre esa guerrilla y el gobierno de Juan Manuel Santos en La Habana. Manifiesta “Timochenko” que:

Trabajaremos por un nuevo Gobierno de construcción de paz y reconciliación nacional a partir de la definición de un programa mínimo, que además de comprometerse con la implementación del Acuerdo Final, recoja las aspiraciones sociales más sentidas en lo inmediato por la población. (FARC EP, 2016).

- 26 de septiembre: En la ciudad de Cartagena de Indias, miembros del equipo de negociación del Gobierno Nacional, primeros mandatarios de países invitados, el Secretario General de la Naciones Unidas, representantes de la guerrilla de las FARC-EP e invitados especiales de la población civil y política, fueron testigos de la firma de la primera versión del Acuerdo Final. El presidente Santos, en representación del Estado colombiano y Rodrigo Londoño, comandante de las FARC-EP, firman el acuerdo final (El Tiempo, 2016).

- 2 de octubre de 2016: La opción del no gana en el plebiscito (El Espectador, 2016). En lo que fue una sorpresa para el Gobierno, la oposición y las encuestadoras, la mayoría de los votantes colombianos rechazaron el acuerdo con las FARC. Con sorpresa, con una mínima diferencia de 53.894 votos, el “NO” ganó esta consulta con 6´431.376 votos, frente a la opción del “SI” con 6´377.482 votos, según el Boletín No. 53 de la Registraduría Nacional del Estado Civil (2016).

- 3-19 de octubre de 2016. Marchas pidiendo una aplicación inmediata del acuerdo de paz alcanzado con las FARC. Miles de colombianos marcharon en varias ciudades del país con la consigna #AcuerdoYA exigiendo la consecución de un nuevo acuerdo.

En ese sentido, varios movimientos sociales se gestaron entorno a la defensa del acuerdo logrado en la Habana. Los primeros grupos en verse fueron los de los universitarios, quienes el 6 de octubre convocaron una marcha nacional, en la que en sólo en Bogotá reunió a más de 30000 personas, en las que pedían que, la paz es un derecho y que se debía defender el acuerdo. (El Tiempo, 2016).

En el marco local, uno de los grupos que aparecieron fue el de Voz Universitaria por la Paz, , movimiento social que agrupó alumnos de universidades como la Universidad del Valle, la Universidad de San Buenaventura, la Pontificia Universidad Javeriana, la Universidad Santiago de Cali, la Universidad Libre, entre otras, en el que en la ciudad de Cali se gestaron marchas y se convocó un campamento para protestar al Gobierno y a la oposición, para que se definiera el acuerdo de paz y no se perdiera esta oportunidad histórica. (El País, 2016).

Otro tipo de movilizaciones fueron la Marcha de las flores para exigir acuerdo de paz, en el que participó indígenas, campesinos y universitarios en la ciudad de Bogotá, en el que con rosas blancas se manifestaba la necesidad de defender el acuerdo de paz con las FARC, en el que las víctimas del conflicto deseaban el final de la guerra y el Gobierno Nacional debía defender la hazaña de haber podido culminar con éxito un proceso de paz con este movimiento guerrillero. (Telesur, 2016).

Esta defensa del acuerdo de paz, trajo consigo que otros movimientos también se sumaran, como lo son la Marcha Patriótica o partidos políticos como la Unión Patriótica, así como también los movimientos feministas que luchan por la equidad de género, para defender los derechos humanos, la reivindicación de la mujer, el modelo de justicia transicional, en el que la búsqueda de las garantías de verdad, justicia, reparación y no repetición para las víctimas no puede dejarse en las manos de la justicia ordinaria, sino que debe ser este proceso el que permita la construcción de un posconflicto, señala Molano (2016) para El Espectador.

Estas manifestaciones por parte de estos movimientos sociales, permitieron hacer presión entre las partes del acuerdo, no solamente el Gobierno Nacional y las FARC, sino que el resto de actores se pronunciara para que, si se iba a revisar el acuerdo, era para mirar temas puntuales, sin que los mismos implicara deshacer lo acordado, dado que, a pesar del resultado del Plebiscito del 2 de octubre, el ideal de paz, es más grande que la continuación de la guerra.

- 5 de octubre de 2016: El presidente Juan Manuel Santos y el Senador Álvaro Uribe y voceros del no se reúnen para hablar sobre paz. (El Tiempo, 2016).

- 12 de noviembre de 2016: Gobierno y FARC alcanzan nuevo acuerdo de paz con propuestas de partidarios del no. Las delegaciones en La Habana anunciaron un nuevo acuerdo de paz, luego de escuchar las propuestas de los representantes del no en plebiscito del 2 de octubre. (CNN en Español, 2016). Este nuevo acuerdo tampoco fue de aceptación por los partidarios del no, en el entendido que los puntos esenciales del acuerdo y con los cuales no estaban de acuerdo seguían sin re-negociarse por voluntad del Gobierno.

- 24 de noviembre de 2016: Santos y 'Timochenko' firman nuevo acuerdo en Bogotá. El presidente y el líder de las FARC firmaron en un evento en Bogotá -muchos más discreto que el de septiembre en Cartagena- el nuevo acuerdo de paz, que pasará al Congreso para debate y refrendación (El País, 2016).

Como puede observarse durante este periodo, los movimientos sociales resultaron ser determinantes para que se consolidara un segundo acuerdo que diera paso al proceso de posconflicto, corolario de esto se entiende que la legitimidad adquirida se hizo indispensable para que el objetivo último de transformar parte de una guerra que parece no superada tuviera un nuevo comienzo, en medio del resto de problemáticas a atender por parte del Estado colombiano.

b) El acuerdo de paz y la legitimidad de los movimientos sociales

Ciertamente cuando se examina el acuerdo de paz, se puede denotar que dicha negociación fue más allá de ser un proceso complejo, en el que los actores tratarían de ponerse de acuerdo para terminar una guerra y enfrentar el conflicto sin recurrir a las armas, un escenario en el que hay personas a favor y en contra; no en oposición a la paz, sino a la planteada por el Gobierno del presidente Santos, aunado a las inclinaciones de derecha e izquierda, que aun para este momento, siguen vigentes como debates en Colombia (Bobbio, 2000). En ese sentido, los movimientos sociales, de los cuales se ha manifestado que adquieren legitimidad, cuando su objetivo se enmarca en transformar una realidad que afecta a los ciudadanos y el Estado se encuentra en la incapacidad para atender de forma inmediata, se convirtieron en indispensables y determinantes en el momento que la negociación corrió “peligro” al ganar el no en el plebiscito de octubre de 2016.

Estas agrupaciones si bien ya existían antes del acuerdo de paz, el apoyo al proceso se enmarcaba en materializar y contribuir a las partes en lograr cada uno de los acuerdos, en el corto, mediano y largo plazo. Sin embargo, el resultado del plebiscito del 2 de octubre de 2016 marcó una ruptura en medio de todas estas movilizaciones, atendiendo que se encontraba en riesgo el fin último, la posibilidad de una paz y la terminación del conflicto armado en Colombia.

Estos elementos permitieron visibilizar las organizaciones estudiantiles a nivel nacional, regional y local, entendiendo que ya la manifestación no es solamente en el medio universitario o aislado, buscando impedir un cambio en la estructura de la negociación que hiciera inviable el acuerdo. De esta manera, se pudo apreciar que el discurso no era solamente el manejado por la clase política tradicional, sino que había manifestación exigiendo al Gobierno un cambio en la estructura social, por lo que debía respetarse lo acordado (Montilla, 2014) aun estando en contra del resultado electoral.

Así las cosas, los movimientos sociales se convirtieron en una voz necesaria para expresar la voluntad de cambio, para que el esfuerzo alcanzado no decayera. Esa cuestión última revitalizó los acuerdos, que habían perdido apoyo por los resultados electorales y le dotó de una nueva oportunidad de terminar una parte significativa del conflicto armado (González, 2015), atendiendo que se dejó de lado solo hablar de la implementación normativa o la aplicación de la justicia transicional, para hablar que el proceso era un asunto de la persona del común y que su fracaso, implicaba negarle a una nueva generación tener una paz estable y duradera.

IV. Conclusiones

A manera de conclusión es preciso expresar que los movimientos sociales son el resultado de la anormalidad que resulta de una sociedad imperfecta, en el que unos actores construyen una identidad colectiva para cambiar o mantener un proceso que lleve como resultado último la transformación de los ciudadanos. En ese sentido, estas manifestaciones conllevan al análisis de paradigmas sociales, políticos y económicos que conllevan a través de las acciones colectivas visibilizar un problema al cual el Estado debe atender, con la participación activa de los ciudadanos. A partir de allí, su influencia en el tiempo se ve reflejada por la legitimidad que adquieran con ocasión a las manifestaciones que realicen como grupo, desde los integrantes, los activistas y los participantes.

Por otro lado, la legitimidad política es una categoría propia del estudio del poder. Sin embargo, la misma ha dejado de circunscribirse a la perspectiva de la legitimidad directamente proporcional al derecho positivo, como quiera que se involucran categorías de derecho moral, como lo son la ética teleológica y la ética deontológica. En ese orden de ideas, se ha constituido una crisis en la legitimidad, atendiendo que las decisiones del gobernante deben involucrar el realismo y no decisiones de apariencia legalista, por lo que los movimientos sociales toman su camino al ser una manifestación que busca una transformación de la sociedad al dar respuesta a una problemática que desde la democracia representativa no es atendida oportunamente.

De igual manera, los movimientos sociales se enlazan con la construcción de una democracia deliberativa, en el que, si bien no se desconoce a los representantes elegidos, por ser la base propia de un Estado, las decisiones transcendentales deben pasar por la participación ciudadana, en aras de lograr un consenso. Allí, estas agrupaciones, pueden convertirse en un medio para alcanzar tales fines.

Finalmente, la legitimidad de los movimientos sociales en el proceso de paz, se ve construida en la medida que los grupos son reconocidos por las partes como interlocutores válidos, y a través del poder de convocatoria, pudieron manifestar la necesidad de los ciudadanos de respetar el acuerdo logrado, para que los cambios que se llegaran a realizar no terminaran en una ruptura que terminara dañando el esfuerzo de lograr una paz estable y duradera. Teniendo en cuenta esto, su legitimidad radica en que no fue solamente luchar para mantener la negociación, sino para hacer visible al hombre del común como el realmente afectado por la transformación en el posconflicto, es en últimas el alcance que tienen como actores en una sociedad cambiante como la colombiana.

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Como citar: Gómez Morales , L. F. (2019). Los movimientos sociales como actores legitimadores del acuerdo de paz con las FARC-EP . Justicia, 24(36), 70-87. https://doi.org/10.17081/just.24.36.3519

1 La desigualdad en este caso debe entenderse desde el punto de vista liberal, dado que se reconoce que dicha igualdad debe ser en el acceso y ejercicio de los derechos, más no una búsqueda de una igualdad material. Lo anterior sin tener el extremo que presenta Mill (2005) que lleva a la máxima expresión el liberalismo económico. Ahora bien, desde Rawls (1971) se encuentra que la lotería de la vida, es el resultado de la aplicación de la regla de economía establecida por Pareto, por lo que el Estado en la ejecución del pacto fundamental, si bien debe garantizar las libertades, también tiene la obligación que los bienes primarios se repartan entre los menos aventajados.

Recibido: 27 de Noviembre de 2018; Aprobado: 03 de Febrero de 2019

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