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Revista Colombiana de Antropología

Print version ISSN 0486-6525

Rev. colomb. antropol. vol.52 no.1 Bogotá Jan. 2016

 

Ampliaciones y quiebres del reconocimiento político del campesinado colombiano: un análisis a la luz de la Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular (Cacep)

Expansion and Breaks in the Political Recognition of the Colombian Peasant: An Analysis in Light of the Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular (Cacep)

Hernán Camilo Montenegro Lancheros
Instituto de Estudios Interculturales, Pontificia Universidad Javeriana (PUJ), Santiago de Cali, Colombia
camilo1312@gmail.com

Recibido: 1.° de noviembre del 2015 Aprobado: 15 de mayo del 2016


Resumen

Una de las luchas centrales del movimiento campesino actual en Colombia es ser reconocido como sujeto de derechos ante el Estado, lo cual cuestiona también a la academia y a la sociedad civil. La lucha por el reconocimiento implica nuevas formas de enunciación del movimiento campesino, disputas por autonomías territoriales y ampliaciones de la noción de identidad, entre otros elementos, que complejizan el análisis de la coyuntura por la que pasa este sujeto político colectivo. La pugna por el reconocimiento, tal como la plantea la Cacep, se inscribe, en el sentido más amplio, en la pugna por la justicia como grupo social (Fraser 1997, 2008) y puede ser leída, al menos, en tres claves analíticas -reconocimiento, redistribución y representación- y en dos claves temáticas y políticas -identidad y territorialidad-.

Palabras clave: Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular (Cacep), reconocimiento, identidad, territorialidad.


Abstract

One of the central struggles of the present peasant movement in Colombia is to be recognized as a subject of rights before the state, which also questions the academia and civil society. The struggle for recognition implies new forms of enunciation of the peasant movement, disputes over territorial autonomies, and broadening the notion of identity, among other elements, which complexify the analysis of the conjuncture that this collective political subject is undergoing. The struggle for recognition, as proposed by the Cacep is inscribed in the broadest sense, in the struggle for justice as a social group (Fraser 1997, 2008), and can be read in at least three analytical keys (recognition, redistribution, and representation) and two thematic and political lenses: identity and territoriality.

Keywords: Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular (Cacep), recognition, identity, territoriality.


Introducción1

Plantear interrogantes alrededor del movimiento campesino en Colombia, sus luchas, su historia, su capacidad de movilización y transformación, ha sido una inquietud académica, política, social y cultural constante. No son pocos los trabajos sobre este tema que siguen siendo un asunto inconcluso y fragmentado. La capacidad dinámica del campesinado ha dado lugar -en un panorama adverso a su existencia en el territorio nacional colombiano2- a que, luego de una trayectoria de luchas y repliegues (producto de escenarios de violencia y represión), actualmente exija su reconocimiento político como sujeto de derechos frente al Estado colombiano, y a que el tema agrario-campesino vuelva a estar en boga en sectores académicos, políticos y sociales. Es más, apenas pasan dos años del Paro Nacional Agrario y Popular (PNAP) del año 2013 que hizo visible la problemática rural y campesina, y puso en aprietos al gobierno del presidente Juan Manuel Santos3.

El campesinado colombiano, en tanto sujeto político colectivo y movimiento social, exige medidas que subviertan su situación de invisibilización, exterminio y subordinación en el plano nacional. Al mismo tiempo, construye propuestas en distintas escalas geográficas y profundiza el desarrollo de medidas normativas y autónomas que potencian su capacidad política, social y territorial4. Pensar un reconocimiento político y territorial en un país con un esquema diferencial de derechos entre sujetos rurales asimétrico5, que obvió y relegó al campesinado de la Constitución Política de 1991, exige una lucha transformadora y radical en muchos sentidos (Montenegro 2016, 9-10).

En este artículo describo y analizo la experiencia de la Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular (Cacep), en torno a la disputa actual por el reconocimiento político del campesinado como sujeto de derechos frente al Estado colombiano. La Cacep es una coalición de organizaciones y procesos sociales locales, regionales y nacionales rurales y urbanos; surgió en el marco del Paro Nacional Agrario de 2013 y recoge sus principales demandas y propuestas, además de otras reivindicaciones históricas de los procesos organizativos que la integran. En esta tarea me baso en tres conceptos: reconocimiento, redistribución y representación (Fraser [1997, 2008]; Honneth [1997]; y, específicamente para el caso campesino, Matijasevic y Ruiz [2012]). También empleo dos herramientas temáticas y políticas (identidad y territorialidad) que recogen las propuestas y disputas internas de la Cacep. Mi argumento es que la Cacep amplía y enriquece la disputa y configuración actual del reconocimiento político del campesinado como sujeto de derechos de varias maneras: en la convergencia y articulación de diferentes sectores sociales o procesos organizativos, en las formas como plantea y desarrolla la confrontación o disputa, y en la actualización de agendas históricas con nuevos contenidos y demandas del movimiento campesino.

Propuesta metodológica

El acercamiento metodológico comprendió: 1) revisión bibliográfica de textos académicos, jurídicos y de contexto6; prensa (regional y nacional); material radial y audiovisual; y también tuve en cuenta los medios de comunicación alternativos o propios del movimiento social campesino; 2) trabajo directo con la Cacep, que incluyó participación en espacios de preparación de negociaciones entre esta organización y el Gobierno, tales como asambleas locales, regionales y nacionales. Debido a la complejidad de la Cacep, me enfoqué en algunos líderes, hombres y mujeres, regionales y nacionales principalmente, con quienes sostuve conversaciones y entrevistas a profundidad sobre los cambios, rupturas y discontinuidades en los siguientes temas: a) el reconocimiento político del campesinado como sujeto de derechos en tanto apuesta del movimiento campesino; b) el devenir histórico de las preguntas por el reconocimiento dentro del movimiento campesino; c) la experiencia de la Cacep como sujeto político colectivo de articulación, movilización e interlocución con el Gobierno nacional; y d) las maneras en que la Cacep define y pugna por dicho reconocimiento.

Con el fin de conocer otras opiniones y perspectivas, dialogué con representantes de sectores diferentes al movimiento campesino: organizaciones sociales, académicos y miembros de entidades institucionales. Finalmente, mantuve conversaciones con integrantes de la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) del senador Alberto Castilla, líder campesino del Catatumbo, quien avanza en una propuesta de reforma constitucional de reconocimiento político del campesinado como sujeto de derechos, radicada en el Congreso el 5 de abril del año en curso7.

Actualmente, en la Cacep convergen diferentes actores que clasifico de la siguiente manera: 1) procesos agrarios nacionales, en los cuales están el Coordinador Nacional Agrario (CNA), la Mesa de Unidad Agraria (MUA), la Asociación Nacional Agraria y Campesina (Asonalcam), la Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria (Fensuagro), la Asociación Nacional de Zonas de Reserva Campesina (Anzorc), y la Mesa Agropecuaria y Popular de Interlocución y Acuerdo (MIA); 2) procesos étnicos, en los que se inscriben el Proceso de Comunidades Negras (PCN), la Autoridad Nacional Afrocolombiana (Anafro) y la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC), entre otros; 3) movimientos populares-urbanos y coaliciones sociales, que contienen a la Coalición de Movimientos y Organizaciones Sociales de Colombia (Comosoc), el Movimiento por la Constituyente Popular (MCP) y la Coordinación de Organizaciones y Movimientos Sociales de Colombia (Comosocol); 4) procesos políticos o sociales, como el Congreso de los Pueblos (CDP) y el movimiento político y social Marcha Patriótica (MP).

El enfoque metodológico empleado tiene límites y ventajas, ya que, al recurrir principalmente a líderes regionales y vocerías nacionales8, puede ser juzgado a partir de la representatividad de estas. No obstante, tuve en cuenta que existen distancias entre los escenarios nacionales, regionales y locales de la Cacep y que, como en todo grupo social o sujeto político colectivo, hay evidentes relaciones de poder que se expresan en las diferentes instancias de decisión, como las 35 vocerías nacionales9 y demás escenarios regionales y locales. Entre las ventajas está la conjugación de revisión documental y el trabajo de terreno, que me permitió tener acceso de primera mano a documentos producidos por la Cacep y estar en espacios de discusión y planeación interna.

Sistematicé la información en función de los temas centrales y recurrentes del trabajo de campo y los testimonios recogidos, y vinculé las diferentes voces en dos lógicas transversales de escritura: la primera, teórico-territorial, que relaciona las categorías analíticas (reconocimiento, redistribución y representación) con las categorías temáticas y políticas (territorialidad e identidad). Las primeras se abordan a través de la noción de justicia que propone Fraser (1997, 2008) y, en especial, de la discusión sobre el reconocimiento y sus diferentes aristas, en la que se retoma a Honneth (1997); para el caso campesino me apoyo en Matijasevic y Ruiz (2012). En lo que respecta a las categorías temáticas y políticas, me baso en las propuestas y disputas de la Cacep. La segunda línea de análisis, histórica y de sujeto político colectivo, contextualiza la lucha histórica por el reconocimiento del campesinado colombiano como sujeto de derechos a partir de la emergencia de la Cacep.

El artículo está compuesto por cinco apartados: en primer lugar presento los antecedentes de las demandas campesinas por el reconocimiento político; en la segunda sección me enfoco en la Cacep como sujeto político e histórico; el tercer apartado se centra en las perspectivas y alcances del reconocimiento en la Cacep; en el cuarto, sobre la díada identidad y territorialidad en la Cacep, doy cuenta de algunas de las contribuciones de la organización frente a estas nociones. Finalmente, propongo algunas conclusiones en torno a las matrices analíticas, temáticas y políticas principales.

Antecedentes de las demandas campesinas por el reconocimiento político

La lucha por el reconocimiento político como sujeto de derechos, tal cual lo exige el actual movimiento campesino colombiano, es relativamente reciente. Sin embargo, sus antecedentes tienen que ver tanto con las formas como se ha definido y se define el campesinado y las comunidades rurales en Colombia en relación con el Estado10, como con la historia de los procesos organizativos campesinos y sus emblemáticas movilizaciones en el siglo XX. Resalto en particular aquellos que tuvieron lugar a partir de la segunda mitad del siglo XX: 1) el Mandato Campesino de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (ANUC) de los años setenta11; 2) las movilizaciones y tomas de tierra -sobre todo en el marco de la ANUC- de los setenta y ochenta; 3) los congresos nacionales agrarios en la segunda década de los noventa; y 4) el Mandato Nacional Agrario de 200312, que menciona explícitamente los derechos campesinos, entre otros.

Es claro que las demandas de las comunidades campesinas, así como su definición, cambian (Tocancipá 2005) y que los momentos y documentos mencionados, entre muchos otros, no son homogéneos. En la década de los setenta, la lucha campesina colombiana se enmarcaba bajo el lema de Emiliano Zapata durante la Revolución mexicana: "la tierra para el que la trabaja", que tuvo eco en las luchas agrarias de América Latina. Pero, a partir de los años ochenta y noventa, se acerca más a los temas de los derechos de las campesinas y campesinos, que se decantan y hacen explícitos en los reclamos por el reconocimiento dentro de la agenda campesina. Estos reclamos se relacionan con las luchas que han librado y libran por el reconocimiento, la justicia social y cultural diversos grupos sociales y ciertos sectores específicos, como las mujeres y las poblaciones étnicas y racializadas a nivel mundial en la segunda mitad del siglo XX (Fraser 1997). De la relación entre la disputa campesina y otras demandas internacionales por el reconocimiento y los derechos, Yenly Méndez13 afirma que "hay un auge [...] a finales de los setenta [...] en el campo de los derechos civiles y políticos, que paulatinamente se va ampliando hasta lo que se conoce como los derechos sociales y culturales [... ] [y, posteriormente,] al tema de derechos desde la perspectiva campesina". Asimismo, sostiene que en Colombia el debate de los derechos humanos cobra mayor relevancia en las décadas de los ochenta y noventa, y se amplía hacia los temas ambientales y de sujetos colectivos. Enfatiza también el lugar central que tienen el Mandato Agrario de 2003 y la Declaración de la Vía Campesina de 200914 respecto a los derechos y el reconocimiento político del campesinado. Tal recorrido coincide con lo expuesto por las lideresas y los líderes de la Cacep, quienes ven este tránsito de la siguiente manera: primero la lucha por la tierra, posteriormente por el territorio y los derechos específicos sobre ambos, hasta vincularse con el reconocimiento propiamente dicho, pues, desde hace tres décadas, el énfasis de la agenda campesina se vuelca hacia los derechos a la tierra y el territorio, y el derecho a tener derechos y hacer uso de ellos. En este sentido, no es lo mismo luchar por la parcela que ejercer territorialidad, entendida como el establecimiento de relaciones económicas, políticas y culturales en el territorio, y de formas de ordenamiento y gobierno específicas sobre este.

La lucha campesina por la tierra es, también, la lucha por la defensa del territorio y la posibilidad de vivir y habitarlo15 y, en algunos casos, es la vía hacia el reconocimiento de derechos. Para Robert Daza16, "la lucha histórica del campesinado [... ] es la lucha por la tierra, [sin embargo] el escenario de lucha empieza a ampliarse [... ] a la defensa del territorio y el derecho al mismo". En esto coincide con Yenly Méndez, quien afirma que la lucha campesina, cada vez y con más fuerza, "reivindica la tierra y el territorio como un derecho" (Méndez 2013, 3). Esta apreciación es compartida por Eberto Díaz17, José Jesús Buriticá18, Gustavo Alturo19 y John Henry González20, quien lo relaciona con el concepto de territorialidad campesina. Luz Perly Córdoba21 concuerda con estas ideas al señalar que, además de ocupar la tierra, "se necesita luchar, avanzar y cualificar la lucha para la reivindicación de derechos [...] para tener garantías de que sí se va a poder permanecer en [ella]".

La pugna por el reconocimiento del campesinado se sustenta, en parte, en los aprendizajes, conquistas y límites del reconocimiento diferencial conferido a las comunidades indígenas y afrocolombianas (Duarte 2015; Hoffmann 2007). No obstante, las circunstancias y razones campesinas son muy distintas a las de los grupos étnicos. Además de la exclusión histórica de todos los sujetos rurales en Colombia, los campesinos no fueron incluidos en el esquema de derechos especiales que se otorgaron a los grupos marcados étnicamente. Al respecto, "el diagnóstico realizado sobre la presencia y viabilidad del campesinado y sus asuntos en el escenario de lo político narra la historia de un actor social absolutamente invisibilizado [...]. La ausencia de reconocimiento tiene una carga histórica, cultural, social y económica muy fuerte" (ILSA 2004a, 41).

La puesta en práctica de la Carta constitucional configuró un escenario en el cual, para las comunidades indígenas, "se ratificaron los derechos de propiedad colectiva sobre sus territorios (los resguardos), de igual modo se ratificaron sus formas de autonomía y autoridad política (los cabildos), además de las ventajas económicas [... ] por la vía de la asignación presupuestal del Sistema General de Participaciones" (Salcedo, Pinzón y Duarte 2013, 3). Mientras que en el caso de las comunidades afrocolombianas, "con la Ley 70 de 1993 se establecieron una serie de derechos diferenciales para legitimar sus autoridades etnopolíticas por medio de la constitución de consejos comunitarios, así como del establecimiento de titulaciones colectivas" (3). Dicho escenario asimétrico y diferencial22 se tradujo en un panorama de discriminación inversa para las poblaciones campesinas ya que, según Rincón (2009), "la aplicación de [la acción afirmativa y la discriminación positiva]23 [...] a la vez que [contribuye] a mejorar o no las condiciones del grupo que [se busca] favorecer, [...] [estimula] el resentimiento y la reacción o, como se conoce, la discriminación inversa, de los grupos sociales no beneficiados o favorecidos" (55). Rincón resalta lo proclives que resultan los escenarios "de conflicto social y político, alta pobreza y vulnerabilidad y exclusión social" (55), que se presentan a lo largo y ancho del territorio nacional colombiano para que se genere esta discriminación inversa.

En este nuevo contexto, como lo anota Duarte (2015), los tres sujetos rurales en cuestión quedaron en una situación de competición interétnica y en desigualdad de condiciones en los territorios, dado que, luego de la Constitución de 1991, "la pirámide del mestizaje luce invertida en los contextos rurales" (450)24.

Así, mientras aquellas poblaciones estigmatizadas [y excluidas] históricamente [indígenas y afrocolombianas] cuentan con importantes bloques de derechos diferenciales (Ley 21 de 1991 y Ley 70 de 1993), el sujeto mestizo-rural campesino [... ] ha pasado a convertirse en el portador de una ciudadanía rural de tercera clase en comparación con las poblaciones étnicas. (Duarte 2015, 450)

La posibilidad de reconocimiento político para las comunidades campesinas implica, por lo menos, la subversión relativa de las condiciones asimétricas -en términos políticos y territoriales- entre afrocolombianos, indígenas y campesinos, al reconocer a estos últimos como sujetos de derechos políticos y territoriales. Lo anterior no implica que queden resueltas las diferencias y disputas territoriales entre estas tres poblaciones rurales y será necesario analizar hasta qué punto permite y potencia, o no, la posibilidad de establecer vínculos y cooperación entre los distintos actores en el marco multicultural colombiano.

Cacep, el sujeto histórico y político

Para entender la Cacep, es necesario remitirse al Paro Nacional Agrario Popular (PNAP) de 2013. En ese año se presentaron varias movilizaciones campesinas iniciadas a partir del paro de cafeteros en febrero, que fueron acompañadas por otras de corte regional en diversos territorios del país. Las movilizaciones desembocaron en el PNAP, en el que participaron procesos organizativos agrarios y rurales, como las Dignidades Agropecuarias (DA)25, la Mesa Agropecuaria y Popular de Interlocución y Acuerdo (MIA)26, el Congreso de los Pueblos (DCP) y el Coordinador Nacional Agrario (CNA)27. El paro también estuvo nutrido por varios sectores y organizaciones étnicas, pues las condiciones económicas y sociales de los sujetos rurales son críticas y denuncian una crisis agraria estructural que se relaciona con las dinámicas agroalimentarias globales, el dominio del capital sobre el agro y la precarización del empleo rural, entre otros. Los bloqueos de carreteras y el cese de actividades de los productores rurales paralizaron y desabastecieron varias regiones y ciudades del país, además de desencadenar otros efectos económicos, sociales y políticos.

Las movilizaciones de 2013 pusieron la cuestión campesina en el debate público. Además de temas coyunturales, las protestas versaron sobre los siguientes aspectos estructurales: "(1) la firma de los tratados de libre comercio [... ] (2) la falta de una política agraria que incluya a los campesinos y les brinde garantías políticas y económicas [...] y (3) las propuestas y exigencias de los campesinos de ser reconocidos como sujetos políticos y sujetos de derechos" (Salcedo, Pinzón y Duarte 2013, 3). Así, los temas estructurales e históricos del movimiento campesino en Colombia se articularon con demandas relativamente recientes dirigidas hacia al Estado y a la sociedad colombiana en general. Las demandas tenían como antecedente, en el nivel internacional, los aportes en materia de derechos campesinos de la Coordinadora Latinoamericana de Organizaciones del Campo-Vía Campesina (CLOC-VC), puestos en discusión en la Organización de las Naciones Unidas (ONU). En Colombia, además de lo propuesto en el Mandato Agrario de 2003 y en las demandas directamente asociadas a la movilización del 2013, ya se gestaba la iniciativa de reforma constitucional mencionada, con apoyo de sectores académicos.

En términos concretos, en el ámbito del reconocimiento en general, el paro logró parcialmente reconocimiento social y simpatía entre la población civil urbana por el movimiento campesino, lo cual legitimó la protesta entre sectores que a veces son apáticos a las movilizaciones y protestas sociales, pero que en ese momento percibieron como justas las causas de sus levantamientos. También contribuyó a la autoafirmación de los participantes como mujeres y hombres campesinos y la valoración positiva de esta categoría frente a estereotipos e imaginarios sociales negativos que los asocian con el atraso, la pobreza y la subversión (Velasco 2014). Al mismo tiempo, posicionó y potenció la disputa normativa por su reconocimiento formal como sujeto político de derechos frente al Estado.

En el paro se llegó a una serie de acuerdos con el Gobierno que debían ser puestos en práctica apenas se levantaran los bloqueos. Al tiempo que se desmovilizaba el paro, el Gobierno convocó al Gran Pacto Nacional para el Sector Agropecuario y el Desarrollo Rural o Pacto Nacional Agrario (PNA) -el cual se oficializó con el Decreto 1987 de 2013-, con el fin de vincular algunos sectores medios rurales con la agroindustria nacional, que es el modelo de producción promovido por el Estado. Para darle legitimidad a la convocatoria se invitó a sectores que habían estado levantados en el paro, y que en su mayoría hicieron caso omiso de lo que consideraron otro intento más del Gobierno de fomentar políticas adversas e insuficientes para el campo y que excluyen a varios sectores campesinos, de pequeños y medianos productores. En respuesta, algunos bloques históricos del sector rural y de los movimientos sociales y populares impulsaron la Cacep; por una parte, para consolidar una agenda propia y recoger varias de sus luchas en un escenario autónomo, y por otra, para brindar una contundente respuesta al PNA. Ahora bien, sería erróneo considerar a la Cacep tan solo como un reflejo sintomático de la coyuntura de la movilización; no obstante, sí puede ser leída como uno de los resultados más significativos de articulación nacional de diversos procesos agrarios-campesinos, étnicos y populares que hicieron parte del PNAP.

La mayoría de los acuerdos pactados con el Gobierno en el 2013 fueron incumplidos, lo que obligó a otra serie de movilizaciones en mayo del 2014 por parte del movimiento campesino, étnico y popular, ya establecido como Cacep, y de otros sectores no inscritos en esta. Pero el momento era distinto. El país se encontraba en vísperas de elecciones presidenciales, circunstancia que instó al Gobierno a negociar urgentemente con el movimiento social y a reconocer a la Cacep como agente nacional de negociación e interlocución (Decreto 870 de 2014)28. La Cacep se convirtió, así, en un nuevo sujeto colectivo y de movilización social en temas agrarios, étnicos y populares, y para la defensa tanto de los pliegos incumplidos como de un nuevo pliego de exigencias elaborado por la Cumbre (PE-Cacep). Este pliego, según Eberto Díaz, "fue discutido en las cumbres regionales [...] Finalmente las organizaciones trajeron sus propuestas y se discutió en la cumbre nacional, donde se desarrollaron a través de mesas temáticas y finalmente [se redactaron] las conclusiones que se convirtieron en el Pliego de Exigencias de la Cumbre Agraria". John Henry González29 resalta que, para ese momento, el acuerdo entre las organizaciones que se vinculaban a la Cacep era "un solo pliego, una sola acción movilizadora y una sola mesa de negociación".

Los puntos principales del "Pliego de exigencias de la Cumbre Agraria. Mandatos para el buen vivir, por la reforma agraria estructural, la soberanía, la democracia y la paz con justicia social" (Cacep 2014) eran: 1) tierras, territorios colectivos y ordenamiento territorial; 2) la economía propia contra el modelo de despojo; 3) minería, energía y ruralidad; 4) cultivos de coca, marihuana y amapola; 5) derechos políticos, garantías, víctimas y justicia; 6) derechos sociales; 7) relación campo-ciudad; y 8) paz, justicia social y solución política.

El mosaico de organizaciones que hacen parte de la Cacep pone en evidencia la complejidad de este sujeto político colectivo y plantea nuevos elementos para entender los límites y alcances del reconocimiento político del campesinado. En particular, representa un desafío, tanto para la Cacep como para los análisis sobre esta, en cuanto a la aproximación, la ampliación y el cuestionamiento de los esquemas de identidad aplicados en el multiculturalismo colombiano. También requiere trascender la "tentación de entender las relaciones interculturales entre los diferentes grupos por medio del mantenimiento de fronteras identitarias fijas y esencializadas" (Duarte 2015, 451). En tanto la Cacep no es un sujeto homogéneo, estático y mucho menos consolidado, sus reivindicaciones y luchas se mueven entre la movilización y la institucionalización (Natalucci 2011), y reclaman nuevas matrices sociopolíticas (Garretón et al. 2004; Svampa 2010) para entender su multidimensionalidad, como afirma Ponte (citado en Santos 2001, 180-181). El intento por consolidar la unidad y articular procesos y sectores tan diversos acarrea tensiones, diferencias y alianzas en su interior.

Una de estas tensiones se presenta entre los procesos afrocolombianos, indígenas y campesinos, pues el hecho de que se encuentren articulados en la Cacep no zanja de manera automática los conflictos y disputas políticas y territoriales que entre ellos existen, los cuales se agudizan con el esquema multicultural. En este sentido, la asimetría y escala diferencial de derechos entre las poblaciones rurales, los problemas no resueltos en el plano agrario-territorial del país y las figuras de ordenamiento territorial divergentes30 demarcan agendas que no siempre son complementarias. Otro elemento que cobra especial relevancia es el tema territorial entre las propias organizaciones campesinas, pues allí tampoco hay un acuerdo unívoco; es más, existe una clara apuesta por las zonas de reserva campesina (ZRC) por parte de Marcha Patriótica, Fensuagro y Anzorc, mientras que en el caso del Congreso de los Pueblos (CDP) y el CNA, se apunta a la constitución de territorios agroalimentarios (TA).

Además de lo anterior, en términos de agendas de transformación social, cada proceso organizativo tiene sus intereses y propuestas. En lo que atañe al tema del reconocimiento campesino, al existir varios mecanismos para lograrlo, hay algunas medidas que corresponden o que están siendo adelantadas de manera más decidida por unos sectores específicos. Tal es el caso del acto legislativo que lidera el senador Castilla, quien pertenece al CNA y al CDP, así como la propuesta de una asamblea nacional constituyente, en la cual están interesadas varias organizaciones que actuaron en el paro, como MIA, y uno de cuyos puntos es el reconocimiento del campesinado.

Por último, los debates y discusiones de la Cacep no pueden entenderse al margen del complejo escenario político y social que vive Colombia, concretamente los diálogos de paz en La Habana entre el Gobierno y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP). Estos repercuten en la dinámica del campesinado y del movimiento social, en particular el punto 1 de los acuerdos: "Hacia un nuevo campo colombiano. Reforma rural integral". Este tema se relaciona con, e interpela, los debates sobre la autonomía y del ordenamiento territorial de algunos de los procesos organizativos que se inscriben en la Cacep; es claro que las negociaciones acerca de las zonas de reserva campesinas y demás implicaciones territoriales de la puesta en práctica de los acuerdos de La Habana generan tensión en las comunidades étnicas por lo que podrían significar, o no, en términos de intromisión en las legislaciones especiales indígenas o en los territorios actualmente reclamados como ancestrales por parte de las comunidades afrocolombianas.

Perspectivas y alcances del reconocimiento en la Cacep

La complejidad y alcances que la Cacep introduce en la disputa por el reconocimiento político del campesinado desbordan los linderos oficiales. Yenly Méndez afirma que esta es una de las luchas, y que si el campesinado lo logra mejorarían las condiciones con las que confronta a la institucionalidad y la sociedad pues, en sus palabras, "es ir a la lucha con chaleco antibalas o es ir al arado con azadón y no con las manos". Por su parte, Eberto Díaz presenta el tema en relación con la consulta previa sobre las afectaciones a los territorios. Afirma que "hoy [en] los grandes megaproyectos [... ] los campesinos no son consultados; los indígenas se consultan, se consulta a las comunidades afro [... ] Los campesinos estamos diciendo que tenemos derecho de que se nos consulte"31. Este tema figura en el primer punto del pliego de la Cacep: "que la consulta previa, y el consentimiento previo libre e informado, se amplíe a las comunidades campesinas, extendiendo la aplicación del Convenio 169 de la OIT" (Cacep 2014). Los temas de debate que la Cacep propone son de carácter nacional y dialogan e interpelan constantemente otros escenarios significativos en la vida social y política del país.

Según Germán Cardoza32, la propuesta territorial de la Cacep es todavía más avanzada que "lo que se está negociando en La Habana, pues lo que exige es que el Estado diga: "estos territorios son de minería, estos de no sé qué" [...] etc.; es ese tipo de ordenamiento que no se ha construido en el país y ahí es donde el campesino tiene que ganar el reconocimiento a ser un grupo diferenciado cultural y socialmente, a ser tratado de otra manera y a generar autonomías".

Para Robert Daza, si se solventara la disputa por el reconocimiento, tendría varias consecuencias importantes, como el cumplimiento de las obligaciones del Estado con el campesinado. "[Luego de ello,] hay que reconocer el derecho al territorio, hay que reconocer el derecho a la consulta previa, hay que reconocer el derecho a decidir sobre los bienes naturales y los bienes comunes que están en cada uno de esos territorios [...] Derecho a la autoridad propia, derecho a decidir sobre tus bienes, semillas, el agua, a cómo te organizas, cómo planeas el territorio". En síntesis, el derecho a tener derechos. La Cacep recoge algunas de estas inquietudes al afirmar:

el país necesita un proceso de ordenamiento territorial donde sean las comunidades quienes redefinan la manera como se organiza la producción, se distribuye el uso del suelo, se gobierna el subsuelo, y se protege al aire, el agua, los ecosistemas estratégicos y los medios de vida de las comunidades agrarias. (Cacep 2014)

Para Robert Daza, la disputa es de largo alcance, pues la lucha por los derechos es también la pelea por ser reconocidos "como ciudadanos, como sujetos de inversión del presupuesto nacional [...] [y con ello viene] el derecho a la participación política, que también es una exclusión histórica". Involucra de manera directa esquemas de redistribución (responsabilidades estatales, transferencias), autonomías territoriales, autoridad propia, consulta y poder de decisión sobre los usos del territorio que, según lo plantea Honneth (1997), son distintas dimensiones del reconocimiento. Las comunidades campesinas pueden definirse como comunidades bivalentes, de acuerdo con la noción que propone Fraser (1997) para referirse a quienes pueden sufrir,

tanto la mala distribución socioeconómica como el erróneo reconocimiento cultural, sin que [... ] alguna de estas injusticias [sea] un efecto indirecto de la otra; por el contrario, ambas son primarias y cooriginarias [... ] Ni las soluciones redistributivas ni las soluciones de reconocimiento son suficientes por sí mismas. Las colectividades bivalentes necesitan de ambas. (30)

Como lo señala Daza, el reconocimiento político del campesinado puede ser un paso para la participación política, lo que, en términos de Fraser (1997), nos pondría en el plano de la representación, que también es una carencia de las comunidades campesinas. En este orden de ideas, la díada reconocimiento-redistribución debe ser ampliada, para que forme una tríada con la representación -de carácter político-, pues, como afirma Iglesias (2012), "no hay redistribución ni reconocimiento sin representación" (257). En este mismo sentido, Javier Medina33 argumenta que "hay que entender [... ] la representación política del campesinado, [como un tema] [... ] ligado a los derechos campesinos y principalmente a [... ] la territorialidad [... ] y la economía campesina", asuntos que hacen parte del pliego de la Cacep. Al respecto, Germán Cardoza va un poco más allá al decir que "ahora el campesino está cercano a exigir y hacer propuestas de reconfiguración del Estado, de nueva propuesta institucional, de política pública y de un nuevo ordenamiento institucional"34.

La díada identidad y territorialidad en la Cacep

El campesinado no tiene cabida en el esquema multicultural o de las "ciudadanías multiculturales" (Duarte 2015) que opera en Colombia, debido a que no puede reclamarse como sujeto étnico -sin decir que esta tenga que ser su aspiración-. Tampoco encaja en la noción de mestizo o en la categoría censal resto, pues no existe en el registro oficial del país una denominación que permita el autorreconocimiento de las comunidades campesinas, como sí sucede con las comunidades étnicas. La Constitución Política de 1991 contempla la plurietnicidad y la multiculturalidad como principios de la sociedad colombiana, pero de ella emana, al mismo tiempo, una idea de "sociedad nacional" blanco-mestiza y urbana, en la cual afrocolombianos e indígenas son parcialmente reconocidos, pero sin dejar de ser vistos como "otredades internas" de la nación. Este hecho ha generado un esquema identitario que, según Duarte (2015), obedece al fenómeno de etnogénesis, que hace referencia

al proceso de gestación y construcción de identidades colectivas enfatizando las diferencias étnicas y los propios rasgos culturales distintivos. Bajo dichos procesos emergen identificaciones sociales que se formulan en términos de semejanzas y diferencias étnicas, así como dinámicas de reorganización y objetivación de estas identificaciones bajo la égida estructurante de los procesos de etnicidad. (Duarte 2015, 447)

La Cacep ha visto que el reconocimiento diferencial que se ha sustentado en la etnicidad o en el uso político de la identidad étnica, que es muy propio de los Estados-nación y de los esquemas multiculturales como el colombiano, ha situado de una manera distinta a las comunidades afrocolombianas y, sobre todo, a las comunidades indígenas ante el Estado. El no reconocimiento del campesinado, desde una lectura situada en la gramática moral que propone Honneth (1997), puede leerse también como un intento estatal de vincular a este grupo social con "un sentimiento de no poseer el estatus de un sujeto de interacción moralmente igual y plenamente valioso" (163), lo cual se traduce en que en el plano jurídico no se evalúa a las comunidades campesinas como merecedoras de derechos.

El reconocimiento étnico-racial agenciado por el Estado está permeado por varias limitantes que obedecen a lo que Duarte (2015) denomina el gatopardo étnico. Esto es, un reconocimiento "de derechos a los pueblos étnicos a través de una juridicidad nacional e internacional, siempre y cuando no alteren el orden preestablecido" (18). En estas circunstancias, se ha consolidado una jerarquización étnica en los territorios rurales que ha perjudicado en gran medida a los sujetos campesinos hasta el punto que "se sienten como los grandes perdedores del multiculturalismo neoliberal" (448).

La Cacep se ha venido involucrando en discusiones acerca del reconocimiento y de la identidad, de la cultura y de la economía campesina, que sustentaron algunos de los debates políticos y culturales que se dieron en los años ochenta sobre derechos y reconocimiento, principalmente. Intenta trascender caracterizaciones de la cultura campesina a partir de nociones como tradición, trabajo o folclor, pues si bien las identidades se basan en unas prácticas territoriales, también son constitutivas y relacionales (Hall y Du Gay 2003). En muchos casos estas relaciones se enmarcan en disputas con el Estado colombiano. En este sentido, la emergencia de una preocupación política ligada a la identidad o a la cultura campesina no es solo una respuesta sintomática producto del momento histórico o la puesta en práctica del multiculturalismo y los derechos diferenciales;

más bien, convendría señalar que la identificación campesina en términos étnicos se ha venido construyendo por medio de un complejo proceso de etnogénesis fruto de la interacción entre la historia rural de la colonización, su tradición cultural y la intervención política del Estado. (Duarte 2015, 448)

Las disputas identitarias de los campesinos también se dan en torno a ciertos estereotipos con los cuales el Estado y algunos sectores sociales los han estigmatizado, como "gente pobre, atrasada y subversiva" (Velasco 2014). En palabras de Óscar Salazar35, la estigmatización campesina, como una población antagónica al progreso, se sustenta en la idea de que "hay que matar al enemigo hasta en la palabra, y en este caso, los campesinos somos los enemigos de los procesos productivos agroindustriales". En la medida en que los campesinos generalmente han sido definidos como agentes económicos a partir de su labor productiva agraria, la Cacep busca complejizar las múltiples dimensiones de lo campesino. Respecto a las percepciones diferenciadas sobre indígenas y campesinos, Salazar afirma que, "cuando se pierde una cosmovisión del mundo, una lengua, una cultura, se hace algo, mientras que en el caso de los campesinos se cree que no se pierde nada porque no se acepta la existencia de la cultura campesina, como pueblo, como sociedad".

En sintonía con lo anterior, Alberto Yase36 señala que "la demanda más fuerte del sector campesino es el reconocimiento jurídico, pues ellos en este momento no tienen reconocimiento de nada, porque de campesinos los pasaron a víctimas, a desplazados y a pequeños productores". Cabe anotar que en las últimas décadas del siglo XX, el crítico estado de los pobladores rurales en materia de derechos humanos producto del conflicto armado interno hizo que proliferaran en el país varias organizaciones no gubernamentales (ONG) de corte desarrollista, las cuales agudizaron la asociación de las comunidades rurales campesinas con las nociones de víctima y desplazado. La tercera categoría a la que se refiere Yase, pequeños productores, se acerca más a aquella en la cual se inscribe a los campesinos en la Constitución Política.

Los procesos organizativos de la Cacep y otras organizaciones campesinas se están dando a la tarea de desvirtuar los estereotipos negativos sobre el campesinado y a hacer visibles elementos de su identidad y cultura que han sido negados o subvalorados. Proponen así argumentos como los de Eberto Díaz, quien señala que "los campesinos, además de producir la comida, son importantes porque protegen la naturaleza, protegen el agua, protegen los bosques, producen y construyen cultura". Afirmar su identidad es un motor de lucha para su reivindicación social, pues con ella se busca que "se le reconozca al campesino como un ser necesario para el desarrollo de la sociedad, económica, política y culturalmente". A propósito, Eberto Díaz comenta también que "lo primero de la identidad campesina es el autorreconocimiento. Pareciese que cuando uno dice: "soy campesino" es como si estuviera diciendo: "soy el paria'. Entonces, recuperar la identidad es autorreconocerse [...] porque ser campesino es producir vida, es producir alimento".

Existen también en la Cacep disputas con otras definiciones campesinistas clásicas (como las de E. Wolf37, bastante discutidas en América Latina), ya que las condiciones de inequidad en Colombia hacen que las definiciones de lo campesino se desprendan de la propiedad. Producto del desarraigo y el despojo perpetrado por diversos mecanismos, la cuestión campesina se afirma, en cambio, desde unas prácticas y un quehacer situado, ya que "hay campesinos con tierra, campesinos sin tierra, campesinos jornaleros" (Díaz 2015).

Para resaltar la complejidad y las tesituras del debate identitario y de cómo se ha venido decantando en el caminar del movimiento campesino y no solo en la Cacep, citaré un ejemplo ilustrativo. En una conversación personal con Freddy Páez38 sobre el tema de la identidad campesina, este trajo a colación el nombre de Gilma Benítez (q. e. p. d.), una lideresa campesina del departamento de Nariño quien, para referirse a la forma como la Constitución Política de 1991 solo menciona a los trabajadores agrarios y no a los campesinos, hablaba de desidentificación. A ella le parecía que esta categoría desarraigaba cultural e históricamente de su lugar a las comunidades campesinas y las condenaba a trabajar para los megaproyectos. Para Cristian Mantilla39, la identidad campesina "no solo implica la tierra, sino las relaciones que construimos con la tierra y con el territorio, y es algo que va ganando campo en lo ideológico". Para Alejandro Mantilla40, la identidad campesina se basa en "la forma de vida, en la forma de producir, en la forma de relacionamiento con el territorio y [...] [se sustenta en] la eficiencia productiva del campesino, su aporte a la producción de alimentos, su contribución a la protección del medio ambiente y la conservación de los ecosistemas".

Un elemento implícito en este proceso identitario tiene que ver con las diferencias y similitudes que hay entre el reconocimiento que buscan las comunidades campesinas y el que tienen las comunidades étnicas. Para Carlos Salgado41, los campesinos "reclaman un estatus ciudadano acorde con su autodefinición de campesinos y campesinas [...) [y] busca[n] un mecanismo de protección similar al de los indígenas y afros para tratar de garantizar la estabilidad en los territorios". Yenly Méndez argumenta que dos de las diferencias fundamentales entre el reconocimiento étnico-racial y el reconocimiento campesino tienen que ver con "la transformación y comercialización y el acceso a mercados [...] [y con] el reconocimiento de las formas organizativas de los campesinos". Así pues, las formas organizativas campesinas y sus relaciones -así sean asimétricas y marginales con respecto al mercado (transformación, comercialización y acceso)- esbozan otros horizontes de disputa a los del reconocimiento étnico-racial.

Germán Cardoza, por su parte, señala que uno de los puntos clave a tener en cuenta para pensar el reconocimiento campesino en contraposición al étnico-racial es la heterogeneidad del campesinado, pues "hay pequeños, medianos y grandes propietarios, minifundistas, latifundistas, gente que reivindica la asociatividad, pero también gente que no, gente que le juega a lo agroecológico y otros que degradan los recursos naturales y reivindican la Revolución Verde: no hay homogeneidad ni política, ni económica, ni ideológica". En este sentido, la heterogeneidad -elemento constitutivo del campesinado- resulta central al momento de plantear la pugna por el reconocimiento ante el Estado. A propósito, Alejandro Mantilla afirma que, en el plano normativo y del proyecto de acto legislativo, la diferencia sustancial entre el reconocimiento étnico-racial y el reconocimiento campesino es que en el primero se utiliza la figura de derechos diferenciados, y en el segundo se habla de sujeto de legislación prioritaria.

De los testimonios anteriores se percibe la estrecha relación entre las demandas por reconocimiento y la noción de identidad campesina que se halla en construcción dentro del movimiento campesino. Al apuntalar los alcances que puede tener la noción de reconocimiento, los integrantes de la Cacep desarrollan insumos para la lucha política. La identidad campesina, además de inscribirse en prácticas culturales en los territorios (autonomía, gobierno y territorialidad), se ubica también en el repertorio de lucha de las comunidades campesinas en la disputa por el reconocimiento frente al Estado. En este sentido, Taylor (citado en Matijasevic y Ruiz 2012, 113) introduce el debate acerca de la relación del reconocimiento y la identidad que, "a su juicio, [...] es moldeada al menos parcialmente por la presencia o ausencia de reconocimiento" (113).

Si bien no puede equipararse el uso político de la identidad étnica, o la etnicidad, a la construcción identitaria que desarrolla el movimiento campesino, esta última sí puede verse como una política de representación (Hall y Du Gay 2003). Es decir, como un despliegue de elementos de la vida campesina que se traducen en identidad, pues esta se tensiona y sutura en un esquema diferencial de derechos entre sujetos rurales, propio del multiculturalismo colombiano. En este sentido, vale resaltar el hecho de que las identidades, en la narrativa de la modernidad, son un "punto de sutura" "entre las prácticas y los discursos, [... ] [que] se materializan mediante el acto" (Velasco 2014, 31).

Sin embargo, en el caso de las comunidades campesinas en Colombia, que buscan ser reconocidas como sujetos políticos de derecho, habría que pensar en los modelos de desarrollo y ordenamiento territorial y el lugar que ocupan las poblaciones campesinas en las relaciones con el Estado, en el marco de unas políticas que los excluyen como sujetos políticos y las limitantes que tienen las definiciones de autorreconocimiento en el Estado social de derecho. (Velasco 2014, 38)

Por último, no puede descontarse el hecho de que las identidades se materializan y toman cuerpo en un territorio y es por ello que, posiblemente, no s puede pensar una cosa sin la otra. Por tanto, se puede sustentar, como lo señala el líder John Henry González, que "el reconocimiento de la identidad campesina es el reconocimiento de la territorialidad".

A modo de conclusión

La Cacep es un escenario organizativo, social y político relativamente nuevo que, si bien articula procesos históricos, como sujeto colectivo y movimiento social apenas supera los dos años desde su formación en septiembre de 2013. Todavía más reciente es su interlocución con el Gobierno nacional, regulada por el Decreto 870 de 2014. El análisis de un proceso en construcción y de temas que se discuten día a día en escenarios regionales y nacionales no es tarea fácil. He expuesto, sin embargo, que existe actualmente una reconfiguración o una cualificación de la agenda política y reivindicativa del movimiento campesino en Colombia que, como sujeto colectivo, conjuga, por una parte, el tema redistributivo y de clase social (clásico en la lectura económica del campesinado en Colombia); y, por otra parte, la línea del reconocimiento (orientada más a la cultura y la identidad). Por último, empieza a configurar esquemas propios de representación política y autonomías territoriales de carácter más político.

Ahora bien, por la experiencia histórica, la búsqueda del reconocimiento político y de derechos plantea una relación perversa o potencialmente transformadora de los movimientos sociales frente al Estado, ya que no se puede afirmar que las políticas de reconocimiento zanjen los conflictos culturales, económicos y raciales de una sociedad. Estas siempre serán insuficientes, pero no por ello inútiles, para este propósito. Además, en el caso de las comunidades campesinas, también significan un camino para buscar la redistribución territorial y de activos, al mismo tiempo que de representación política. Las pugnas del campesinado por el reconocimiento político y de derechos frente al Estado lo posicionan como un sujeto colectivo con vocación de poder, y con una agenda política y reivindicativa en esferas económicas, culturales y políticas en torno de las cuales interpela al Estado en los planos del reconocimiento, la redistribución y la representación. En este sentido, la Cacep defiende una agenda política que plantea transformaciones profundas en el modelo de país y se perfila como uno de los escenarios y sujetos políticos colectivos de unidad y articulación a nivel nacional por el reconocimiento campesino (en los términos expuestos en este trabajo) y otras demandas frente al Estado. Esta serie de interpelaciones al Estado y a la sociedad civil la legitiman como un punto de referencia relevante para los procesos agrarios y campesinos del país.

Además, las formas territoriales que diseña y reivindica el movimiento campesino que se articula en la Cacep y, en términos generales, las distintas comunidades rurales en Colombia, independientemente de la figura territorial que representen (ZRC, TA, TI, entre otras), vinculan nociones de lo común o de la construcción comunitaria sustentadas en una territorialidad colectiva. Esta se define a partir de elementos jurídicos, simbólicos y de las relaciones sociales que lo atraviesan.

Por otra parte, el proceso de construcción de identidades dentro del movimiento campesino intenta rebasar los esencialismos étnicos o la noción de etnicidad (el uso político de la identidad étnica), pues se inscribe en el plano discursivo (Mouffe 1999). En la búsqueda del reconocimiento político como sujeto de derechos, los campesinos interpelan identidades fijas o estáticas, si es que tales existen, pues construyen una narrativa identitaria (Hall 2003) que se basa en un hacer y estar en el territorio (Escobar 2010), y que se expresa y configura por medio de experiencias y tensiones (Chaves 1998). Al mismo tiempo, como la identidad es relacional, constituyente de un "otro" y constitutiva de sí mismo en relación con el "otro", está atravesada por la manera en que sobre ella actúa el poder en el marco de sus relaciones (Segato 1998). Esta relación identitaria, a la vez constitutiva y constituyente, en el caso del campesinado se da en tensión con los otros sujetos rurales, con el capital y el Estado y se agudiza tras el declive del Estado-nacional como garante de derechos (Bauman 2005; Giddens 1991; Grossberg 2003).

Los acercamientos a los documentos de los procesos organizativos y, sobre todo, a los líderes de la Cacep, permiten poner de presente varios elementos. Sobre el reconocimiento conceptual y la propuesta de un esquema de derechos diferenciales para convertir al campesinado colombiano en un sujeto de derechos, quedan en evidencia los límites, si se tiene en cuenta la complejidad de las demandas que existen en las agendas nacionales y en las apuestas territoriales e identitarias, regionales y locales, de los procesos organizativos vinculados a la Cacep. Las inestabilidades y limitaciones se presentan no solo en los estrechos linderos de lo que puede ofrecer un Estado de derecho, sino en el intento de identificación entre los diversos procesos organizativos de la Cacep, el cual implica rearticular la relación entre sujetos y prácticas discursivas en la praxis política Hall 2003).

Las demandas del movimiento campesino conjugan reivindicaciones históricas, pero vigentes, sobre la tierra y su redistribución a la vez que proponen nuevos esquemas de territorialidad. Así, el campesinado se inscribe en una noción de sujeto de poder que supera el concepto de sujeto de derecho, pues en su reclamo por las autonomías territoriales y por ser consultado sobre proyectos que afectan su territorio, se opone al modelo imperante de la agroindustria, así como a las dinámicas y lógicas minero-energéticas extractivistas, y afirman la economía campesina.

A su vez, el movimiento campesino se ha preocupado por construir, junto con la agenda de redistribución, una propuesta identitaria que asume lo cultural como uno de sus horizontes de disputa de cara a un escenario de negación e invisibilización por parte del Estado colombiano. En el plano simbólico, propone la deconstrucción de imaginarios negativos asociados a los sujetos rurales y defiende la noción de campesino en contraposición a la de "trabajador agrario", que se encuentra en la Constitución de 1991, la cual define al campesinado como productor de materias primas, en el marco de un modelo agroindustrial que despoja y relega a los sujetos rurales de la construcción de la nación.

En cuanto a la representación y la participación política, el campesinado no solo plantea una eventual redistribución de activos (por medio de un Sistema General de Participaciones), sino una redistribución del poder en el escenario político. Para ello, posiciona temas agrarios en la agenda nacional que contradice ciertas tesis de élites regionales y nacionales que enunciaban su crisis o desaparición como producto de las nuevas dinámicas del capital y las transformaciones en el mundo rural.

En lo que se refiere directamente al campesinado que hace parte de la Cacep, hay que reiterar que no es un sujeto homogéneo, más bien la cumbre es un intento necesario de articulación y unidad de sectores populares, étnicos y agrarios. Es también un ensamblaje de diversos actores y prácticas políticas y discursivas que, como se señaló previamente, está atravesado por profundas divergencias, competencias y alianzas determinadas. En este escenario, la Cacep requiere de la construcción de consensos para la organización política, las acciones colectivas y la movilización social, que deben traducirse en los planos discursivos, políticos y territoriales. Además, como lo mencioné, desde el plano analítico reclama nuevas formas de entendimiento y matrices políticas con respecto a su enunciación como movimiento social (Garretón et al. 2004; Natalucci 2011; Santos 2001; Svampa 2010).

Por último, es importante resaltar que la misma posibilidad del reconocimiento político como sujeto de derechos presenta, por lo menos, un reto para el Estado: el de reordenar la asimetría de derechos entre las comunidades rurales afrocolombianas, campesinas e indígenas. Para ello se requiere diseñar un mecanismo adecuado que equipare derechos entre las poblaciones que ya tienen avances en ese sentido y otras que los empezarían a tener, sin que ello signifique mayores conflictos en el plano territorial y político. El reconocimiento, además, presenta un reto para el movimiento social que se articula en la Cacep, pues supone zanjar diferencias, negociar y poner en práctica agendas dispares, sin que ello implique debilidades en su cohesión interna como cumbre.


Notas

1 Este artículo surge de las reflexiones de mi trabajo de grado de maestría: "El reconocimiento político y como sujeto de derechos del campesinado colombiano en disputa: una lectura a la luz de la Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular (Cacep)", Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso), sede Ecuador, 2016.
2 Hago referencia principalmente a la dificultad de supervivencia de los campesinos por crisis de producción y comercialización, condiciones de vinculación al mercado, cambio y degradación ambiental, estigmatización, conflicto armado y despojo, asimetría de derechos con otros sujetos rurales, entre otros.
3 A pesar de su emblemática y descontextualizada frase: "el tal paro nacional agrario no existe" ("Santos" 2013).
4 Entre los ejemplos más notorios están los esfuerzos de varias organizaciones campesinas y rurales de ampliar y potenciar el alcance de la legislación vigente sobre el ordenamiento territorial campesino, que incluye las zonas de reserva campesina (ZRC) (consignadas en la Ley 160 de 1994) y otras figuras de propiedad. También, construyen y proponen nuevas figuras territoriales y de ordenamiento territorial, como los territorios agroalimentarios (TA) y los territorios interétnicos o interculturales (TI). Sumado a ello, interpelan espacios institucionales, como el Congreso de la República, a través del acto legislativo de reforma constitucional que se explica más adelante.
5 Me refiero con esto al reconocimiento de derechos diferenciales a poblaciones marcadas étnicamente, pueblos indígenas y comunidades afrocolombianas, en los años ochenta y noventa, y que se consolidaron en la Constitución Política de 1991 y otras normativas posteriores.
6 Entre los documentos revisados están: la Ley 160 de 1994, la Ley 70 de 1993, la Constitución Política de 1991, el Decreto 870 de 2014, el Mandato Agrario de 2003, la Ley 1448 de 2011, el Decreto 1987 de 2013, la Ley 135 de 1961, la Ley 4 de 1973, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Pidesc) de 1966, la Carta del Campesino de la ONU (1979), el Convenio 169 de la OIT (1989), el Pacto 8-J sobre biodiversidad, el punto 14.60 de la Agenda 21 (1992), el Protocolo de Cartagena (2000), la Declaración de los Derechos de las Campesinas y Campesinos de la Vía Campesina (2009), la Declaración sobre los Derechos de los Campesinos y de otras Personas que Trabajan en Zonas Rurales de la ONU de 2012, los acuerdos 141 y 149 de la Organización Internacional del Trabajo y el proyecto de acto legislativo de reforma constitucional al artículo 64 de la Constitución de 1991 del senador Castilla.
7 El proyecto de acto legislativo, "por medio del cual se reconoce al campesinado como sujeto de derechos, se reconoce el derecho a la tierra y a la territorialidad campesina y se adoptan disposiciones sobre la consulta popular", propone modificar el artículo 64 de la Constitución. Los puntos centrales son: reemplazar el término trabajador agrario por campesino y campesina, y reconocer al campesinado como sujeto de especial protección, su derecho a la tierra individual y colectiva, la construcción social del territorio por parte de las comunidades campesinas, el derecho a las semillas, la equidad de género en la distribución de los recursos productivos en el campo, la obligatoriedad del mecanismo de participación de consulta popular en caso de que haya afectación de tierras y territorios campesinos y adaptar los derechos sociales reconocidos universalmente a las necesidades particulares del campesinado y de la vida en el campo (Castilla 2016).
8 Emanadas del Decreto 870 de 2014, firmado entre la Cacep y el Gobierno nacional, las vocerías se eligen de manera autónoma dentro de la Cacep para participar en los espacios de negociación e interlocución como Mesa Única Nacional.
9 Las vocerías se reparten entre los procesos organizativos expuestos en la sección metodológica. En cuanto a los procesos políticos y sociales, el mayor número de vocerías lo tienen la Marcha Patriótica y el Congreso de los Pueblos, mientras que para las comunidades étnicas el mayor nivel de representatividad es para la ONIC -en el caso indígena- y la Anafro y el PCN -para el caso afro-. En cuanto a los sectores dentro de la Cacep, el PCN actúa de manera conjunta con Anafro, la Marcha Patriótica con Fensuagro y Anzorc, y el Congreso de los Pueblos con el CNA.
10 Según la cronología que propone Velasco (2014), en Colombia ha habido por lo menos cinco etapas de definición de las comunidades campesinas y, en general, de las comunidades rurales en relación con el Estado: 1) siglo XVIII (consolidación de la identidad nacional en la conformación del Estado-nación); 2) finales del siglo XVIII y principios del siglo XIX ("campesinización"); 3) principios del siglo XX (ideales de desarrollo industrial y económico); 4) segunda mitad del siglo XX (luchas campesinas, indígenas y afrocolombianas); y 5) finales del siglo XX hasta la actualidad (modelos de desarrollo y ordenamiento territorial, campesinado y relaciones con el Estado, sujeto político campesino, definiciones de autorreconocimiento y formas de vida propias campesinas).
11 Asociación creada en 1967 por el Gobierno; fue una de las mayores organizaciones del país y emblemática de la lucha agraria.
12 El Mandato Nacional Agrario resultó de la convergencia en un paro nacional de organizaciones agrícolas, campesinas, indígenas y afrodescendientes, productores, gremios, desplazados, ambientalistas, sindicatos, iglesias y defensores de derechos humanos, entre otros, y fue acompañado por la Plataforma de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo y la "Campaña por el derecho a la tierra".
13 Integrante del equipo dinamizador de Anzorc y vinculada a la Cacep al momento de la entrevista en 2015.
14 El Mandato Agrario de 2003 se inscribe en las discusiones internacionales sobre los derechos de los campesinos que tuvieron lugar en décadas previas y que fueron la base de la Declaración de la Vía Campesina (VC) de 2009.
15 El horizonte de disputa de las comunidades agrarias, enraizado en la noción de territorio, se ha visto impulsado por la defensa de este ante la agudización de las prácticas del capital y de la producción social y económica de los espacios rurales. Las luchas por la tenencia y la propiedad de la tierra se han visto fortalecidas frente a la dinámica acaparadora de latifundistas y hacendatarios, así como de la expansión de la propiedad financiera e industrial en el campo y en actividades agrícolas. Algunas de las pugnas más notorias versan sobre temas los mercados verdes y los bienes comunes, entre otros.
16 Presidente nacional del Coordinador Nacional Agrario (CNA) y vocero de este proceso en la Cacep en el momento de la entrevista (2015), y quien fue reemplazado recientemente por Ricardo Herrera en la presidencia del CNA.
17 Presidente de Fensuagro y vocero de esta federación en la Cacep al momento de la entrevista en 2015.
18 Líder agrario del departamento del Tolima, miembro de la Asociación Campesina por la Dignidad de los Derechos Agrarios (Digniagrarios) al momento de la entrevista (2015).
19 Coordinador nacional de la Asociación Campesina y Popular (Asocampo) al momento de la entrevista (2015).
20 Miembro del Movimiento Campesino de Cajibío (MCC) y del Congreso de los Pueblos al momento de la entrevista (2015).
21 Vocera de Marcha Patriótica (MP) en la Cacep al momento de la entrevista (2015).
22 Es importante resaltar que la historia de las comunidades rurales en el siglo XX evidencia que las acciones colectivas de indígenas y afrocolombianos, antes de estar claramente definidas en relación con las campesinas, se articularon e, incluso, se inscribieron en las luchas de estas últimas.
23 Conceptos bajo los cuales se consolidó el reconocimiento diferencial para las poblaciones afrocolombianas e indígenas.
24 La inversión piramidal tiene que ver con que el sujeto campesino puede ser leído parcialmente "como proyecto de Estado liberal a lo largo del siglo XX, para modernizar el campo y expandir las fronteras de la nación" (Duarte 2015, 450). En este sentido, la pirámide anterior ponía en su centro a las comunidades campesinas por encima de los grupos étnicos y ahora las ubica en un lugar inferior.
25 Dignidad Agropecuaria (DA) reúne varios sectores agropecuarios (dedicados al cultivo de papa, arroz, cacao, café, entre otros) de distintos lugares del país que se identifican con el término de dignidades. DA no pertenece a la Cacep, pues sus reivindicaciones son de carácter gremial asociativo.
26 La Mesa Agraria y Popular de Interlocución y Acuerdo (MIA) nació de los sectores agrarios que hacen parte de Marcha Patriótica (MP) y fue la instancia de negociación con el Gobierno durante y después del Paro Nacional Agrario y Popular de 2013. Principalmente conformada por Fensuagro, MP y Anzorc, reúne a pequeños propietarios, colonos, productores, mineros artesanales y tiene presencia en varios departamentos del país (eNDCPJS 2015, 16-17).
27 El Coordinador Nacional Agrario (CNA) se consolidó en el I Foro Nacional Agrario (Bogotá, 1997) como proceso organizativo donde confluyen el Comité de Integración Social del Catatumbo (Cisca), la Asociación Campesina de Antioquia (ACA), el Comité de Integración del Macizo Colombiano (CIMA) y la Federación Agrominera del Sur de Bolívar (Fedeagromisbol), entre otros, además de plataformas continentales, como la Vía Campesina Internacional y la Coordinadora Latinoamericana de Organizaciones del Campo (CLOC). Tiene vínculos con el Congreso de los Pueblos (CDP) desde su lanzamiento en 2010 e incluye a campesinos, indígenas, afrodescendientes, mineros, pescadores y trabajadores rurales de distintas regiones del país (ENDCPJS 2015, 17).
28 En el artículo 4 de este decreto se definió la necesidad de crear 35 vocerías y en el artículo 5 se establece la necesidad de contar con mesas regionales.
29 Miembro del Movimiento Campesino de Cajibío (MCC) y del CDP y vocero de este último proceso en la Cacep al momento de la entrevista (2015).
30 Entidades territoriales indígenas (resguardos y cabildos), para el caso indígena; consejos comunitarios y otras formas territoriales, para el caso de afrocolombianos; y zonas de reserva campesina, territorios agroalimentarios y otras formas territoriales, para el caso de los campesinos.
31 Si bien este mecanismo implica trabas institucionales y burocráticas que no lo hacen el más idóneo u operativo, es un proceso de consulta sobre los proyectos en el territorio que considera a las comunidades étnicas y no a las campesinas. De ahí la demanda de la Cacep por acceder a este mecanismo. Para el caso del proyecto de acto legislativo radicado en el Congreso, se acude al mecanismo de consulta popular y no al de consulta previa, pues este último actualmente no es extensible a las comunidades campesinas, menos cuando no se les ha reconocido como grupo social y cultural.
32 Funcionario del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) y conocedor de los procesos del CNA y la Anzorc. La entrevista fue realizada en 2015.
33 Investigador del Centro de Investigación y Educación Popular (Cinep) y especialista en temas campesinos y rurales. Entrevista realizada en 2015.
34 A tal punto que existe una demanda interpuesta por parte de la Cacep al Plan Nacional de Desarrollo (PND) de Juan Manuel Santos (2014-2018), la cual cuestiona varios de sus lineamientos por considerarlos lesivos para las comunidades rurales del país.
35 Integrante del Proceso de Unidad Popular-Suroccidente (Pupsoc) y vocero en la Cacep. Entrevista realizada en 2015.
36 Vocero de la ONIC en la Cacep. Entrevista realizada en 2015.
37 Wolf define al campesino como propietario de la tierra y como alguien que controla efectivamente el terreno que cultiva, lo cual es cuestionable en contextos como el colombiano.
38< Abogado cercano al proceso de Anzorc.
39 Vocero de Comosoc en la Cacep. Entrevista realizada en 2015.
40 Miembro de la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) de Alberto Castilla y quien también hace parte del CNA. Entrevista realizada en 2015.
41 Director de la ONG Planeta Paz. Entrevista realizada en 2015.


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