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Revista Colombiana de Antropología

Print version ISSN 0486-6525On-line version ISSN 2539-472X

Rev. colomb. antropol. vol.58 no.1 Bogotá Jan./June 2022  Epub Dec 31, 2021

https://doi.org/10.22380/2539472x.2130 

Artículos

¿Qué es un campesino? ¿Qué son los campesinados? Un breve documento sobre cuestiones de definición*

Marc Edelman** 

** Department of Anthropology, Hunter College & The Gradúate Center, City University of New York, Estados Unidos medelman@hunter.cuny.edu / https://orcid.org/0000-0001-7359-1858


Introducción

En muchos (aunque no todos) los instrumentos internacionales de derechos humanos, el artículo 1.° se utiliza para definir a los titulares de derechos. Las precisiones normativas de este tipo pueden ser controversiales -por ejemplo, en debates sobre quién es un "niño" en el periodo previo a la Convención sobre los Derechos del Niño-, pero también puede serlo su ausencia (como ocurrió con la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas). La pregunta de cómo definir campesino y campesinado tiene una historia larga, complicada y polémica. Las definiciones de los grupos humanos surgen o son creadas con diferentes propósitos, incluyendo el control social, la protección legal, el análisis social, la acción colectiva y la descripción coloquial. Estas delimitaciones pueden o no superponerse y coincidir. A veces, grupos objeto de discriminación se apropian, invierten y celebran etiquetas previamente peyorativas. Además, términos afines en diferentes idiomas no siempre son del todo equivalentes (por ejemplo, pea-sant, campesino, paysan, KpecTbaHHH [krest'ianin], etc.). Aunque las definiciones normativas parecen fijar un objeto de manera atemporal, en la práctica siempre cambian con el tiempo y suelen tener distintos grados de rigurosidad y laxitud.

Este artículo presenta una mirada altamente sintética y, por razones de espacio, ha tenido que pasar por alto muchas discusiones importantes (Bernstein y Byres 2001; Bryceson, Kay y Mooij 2000; Mintz 1973; Owen 2005). No pretende abarcar todos los debates ni, mucho menos, resolverlos. El artículo distingue, con fines heurísticos, cuatro tipos diferentes de definición de campesino:

  1. Definiciones históricas, como las de sociedades donde los campesinos constituían un grupo social de tipo estamental, de casta, corporativo o subordinado, caracterizado por tener restricciones específicas en su movilidad geográfica o social, derechos limitados, la obligación de proveer servicios y de tener comportamientos particulares de deferencia con los grupos superiores.

  2. Definiciones de las ciencias sociales, provenientes de la antropología, la sociología y los campos interdisciplinarios de los estudios campesinos y agrarios.

  3. Definiciones activistas utilizadas por los movimientos agrarios -particularmente La Vía Campesina y sus organizaciones constituyentes- que se autoidentifican con el término campesino o con otros similares.

  4. Definiciones normativas, incluidas las propuestas por organizaciones de la sociedad civil y por el Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos.

Las dos primeras categorías se examinarán con detenimiento y las dos últimas solo serán objeto de breves comentarios. Cabe señalar desde el principio que las definiciones que surgen o surgieron en el contexto de alguna de estas categorías a veces se extienden a una o más de las otras. Por ejemplo, la codificación legal e institucional del "campesino" en México (Boyer 2003) y Bolivia (Lagos 1994) en el siglo XX tiene, en cada caso, dimensiones que son a la vez históricas y normativas y que, al tiempo, influyeron tanto en los científicos sociales como en los activistas agrarios en sus respectivos países.

Definiciones históricas

La palabra peasant apareció en inglés a finales de la Edad Media y principios de la Edad Moderna para hacer referencia a los pobres de las zonas rurales, los residentes rurales, los siervos, los trabajadores agrícolas y las gentes "comunes" o "sencillas". Como verbo, en ese periodo campesinear (to peasant) significaba subyugar a alguien de la misma manera como está subyugado un campesino. Las formas latinas tempranas y posteriores del latín (francés, castellano, catalán, occitano, etc.) se remontan al siglo VI y denotaban al habitante rural -estuviera o no involucrado en la agricultura-. Desde muy temprano, el vocablo inglés peasant, el francés paysan y otros términos similares solían ser usados para connotar "rústico", "ignorante", "estúpido", "burdo" y "grosero", entre muchos otros términos peyorativos (Oxford English Dictionary 2005). La palabra podía implicar también criminalidad, como en la Alemania del siglo XIII, donde significaba "villano, rústico, diabólico, ladrón, bandolero y saqueador" (Le Goff y King 1972, 71).

Estos significados despectivos son indicativos tanto de la extrema subordinación de los campesinos como de la práctica omnipresente de la élite de culparlos por una variedad de males económicos y sociales. Esto incluía (e incluye): una supuesta reticencia al trabajo duro -dada la aparente facilidad con la que satisfacían sus expectativas de consumo-; la imposibilidad para usar la tierra "eficientemente" y, por lo tanto, de avanzar en el camino del "progreso"; tener demasiados hijos; y constituir una clase "peligrosa" no apta ni capaz para una ciudadanía plena. Estos imaginarios elitistas fueron típicamente adoptados con el fin de promover políticas destinadas a expulsar a los campesinos de la tierra y convertirlos en trabajadores agrícolas (Handy 2009).

Según el antropólogo George Dalton:

los campesinos eran seres legal, política, social y económicamente inferiores en la Europa medieval. La subordinación estructural de los campesinos a los no-campesinos se expresaba de muchas maneras, de jure y de facto, desde restricciones a la libertad de movimiento hasta restricciones suntuarias sobre los tipos de armas, vestimentas y adornos que podían usar, y los alimentos que legalmente podían consumir. (Dalton 1972, 391)

Todavía en el siglo XVIII, en la Irlanda gobernada por Gran Bretaña, a los campesinos católicos se les prohibía legalmente alquilar tierras por valor de más de treinta chelines al año y obtener ganancias de la tierra superiores a un tercio del valor del alquiler (Ignatiev 1996, 34). En Rusia, hasta 1861, los campesinos constituían un estamento social ligado a las propiedades de los terratenientes y sin derecho a la movilidad geográfica (y aquellos que tenían una relación de servidumbre directamente con el Estado solo fueron emancipados en 1867) (Shanin 1972, 19). En Japón y China existían formas análogas de servidumbre (Moore 1966). En gran parte de América Latina, los sistemas de jure y de facto de peonaje por deudas y de trabajo no remunerado persistieron al menos hasta mediados del siglo XX (llamados huasipungo en Ecuador, colonato en Bolivia y Centroamérica, yanaconaje en Perú, inquilinaje en Chile y cambao en Brasil) (Barraclough y Domike 1966, 399; Huizer 1973, 9). En algunos casos, en una muestra particularmente grotesca de poder patriarcal que guarda reminiscencias de la práctica del jus primae nocti de la Europa medieval, a los campesinos latinoamericanos se les exigía entregar a sus hijas para el placer sexual de los terratenientes (Huizer 1973).

Los levantamientos sociales y los cambios económicos del siglo XX acabaron con muchas de las formas más atroces de trabajo forzado y servicio obligatorio, aunque algunas persistieron en regiones del sur de Asia y de otros lugares del mundo (Kapadia 2000). No obstante, incluso las revoluciones rusa y china, que buscaron cambiar el viejo orden, restablecieron las restricciones a la movilidad geográfica de los habitantes rurales, vinculando legalmente a la mayoría de los campesinos a unidades de producción específicas en el campo, lo cual les otorgó una ciudadanía de segunda clase. En ambos casos persistieron las restricciones de residencia, incluso después de la descolectivización. Especialmente si migraban a otras regiones sin permiso, los habitantes rurales en estas sociedades tenían escasa protección laboral y derechos disminuidos a servicios sociales, vivienda y educación (Chan y Zhang 1999; Gang y Stuart 1999).

Otras revoluciones sociales del siglo XX crearon categorías de campesinos menos onerosas, pero en todo caso específicas, que los distinguían del resto de la sociedad. Después de la Revolución mexicana, por ejemplo, el término campesino adquirió una nueva prominencia y un uso generalizado como un marcador de identidad política autoadscrito, incluso entre la población rural escéptica de determinados aspectos de la ideología agraria radical. En la década de los treinta, los campesinos insistían en que era posible ser campesino y católico, o campesino e indígena, o campesino y residente de tal o cual aldea...

Ellos minaron la proposición de que los campesinos tenían una esencia social unidimensional basada únicamente en sus intereses económicos, y la reemplazaron con un sentido híbrido de campesinidad que abarcaba valores culturales múltiples y a veces híbridos. (Boyer 2003, 44-45, cursivas en el original)

De manera similar, en Bolivia, después de la revolución de 1952, campesino se convirtió en una categoría oficial de gobierno, con la creación de un Ministerio de Asuntos Campesinos. El término sustituyó y llegó a enmascarar el carácter diverso y abrumadoramente indígena de la población rural (Rivera Cusicanqui 1985). Es importante destacar, sin embargo, que la reafirmación de la identidad indígena en los años noventa y posteriores ocurrió, al menos en gran parte, a la par y no en oposición a la identidad campesina (Albó 2008, 40).

Definiciones de las ciencias sociales

En las décadas de los sesenta y setenta, los campesinos despertaron un nuevo interés entre los científicos sociales. Durante el medio siglo anterior, las guerras y revoluciones campesinas en México, China, Argelia y Vietnam, entre otros lugares, mostraron que los campesinos se habían convertido en importantes protagonistas políticos (Wolf 1969). Los imperativos del desarrollo en lo que entonces se denominaba ampliamente el "tercer mundo" requerían una profunda comprensión de las poblaciones rurales. La competencia geopolítica Oriente-Occidente y la expansión de las luchas anticoloniales alimentaron también el interés por una población que para ese momento constituía, desde casi cualquier definición, la mayoría de la humanidad.

Las definiciones tempranas de los antropólogos vieron en los campesinados la fuente de abastecimiento de las primeras ciudades y los mercados pueblerinos. La categoría campesino, por tanto, solo tenía sentido en relación con una sociedad más amplia que incluía a los no-campesinos. Tales definiciones tendían a ser extensas y, además de los agricultores, a menudo incluían a artesanos rurales, pescadores, pastores y pequeños mineros. Algunos académicos enfatizaron características culturales (folk) de los campesinos (Silverman 1979); mientras otros, en particular Eric Wolf, buscaron delinear tipos sociales estructurales según tuvieran derechos sobre la tierra asegurados o fueran arrendatarios, aparceros o trabajadores residentes en grandes propiedades. Los campesinos solían ser diferenciados de los granjeros (farmers), pues se asumía que los primeros tenían como objetivo la subsistencia y la producción de cultivos comerciales principalmente para la supervivencia y para mantener el estatus social, en lugar de buscar invertir y expandir la escala de sus operaciones, como era supuestamente el caso de los segundos (Wolf 1955). En varias zonas del mundo notablemente separadas entre sí, como en gran parte de América Latina e Indonesia, se descubrió que los campesinos vivían en comunidades corporativas territoriales que prohibían la membresía a forasteros, tenían derechos exclusivos sobre la tierra y redistribuían sistemáticamente el excedente de riqueza mediante gastos rituales obligatorios. De hecho, como David Mosse (2008) señala, "casi todas las regiones del mundo que experimentaron el dominio colonial tenían alguna forma de gobierno basado en la comunidad" (83). Estas comunidades "cerradas" contrastaban con las de lugares en los que la residencia era más abierta, las relaciones de propiedad y de mercado eran más fluidas y la producción de cultivos comerciales estaba más extendida (Wolf 1957, 1986). Wolf argumentó, además, que era característico de los campesinos tener que producir para llenar un fondo de reemplazo que proporcionara un mínimo calórico y asegurara la reproducción biológica; un fondo ceremonial para financiar bodas, festivales comunitarios y otras responsabilidades sociales; y un fondo de renta que consistía en riqueza en trabajo, productos o dinero para ser transferida a sectores superiores, como terratenientes, prestamistas, intermediarios, especialistas religiosos y recaudadores de impuestos (Wolf 1966).

Teodor Shanin (1973), otro académico destacado en los estudios campesinos, definió al campesinado como poseedor de "cuatro facetas esenciales e interrelacionadas":

La finca familiar como la unidad multifuncional básica de la organización social, el cultivo de la tierra y generalmente la cría de animales como principal medio de vida, una cultura tradicional específica estrechamente vinculada con la forma de vida de las pequeñas comunidades rurales y la sujeción multidireccional a forasteros poderosos. (63-64)

Además, Shanin reconoció la existencia de "una serie de grupos analíticamente marginales que comparten la mayoría, pero no todas, las características principales del 'núcleo duro' del campesinado" (1973, 64). Estos grupos incluían al "trabajador agrícola que carecía de una finca, un artesano con poca o ninguna tierra, el colono de la frontera agrícola o el campesino armado que eventual-mente escapaba de siglos de sumisión política a lo largo de las fronteras o en las montañas", así como pastores y "trabajadores campesinos en las comunidades industriales modernas" (Shanin 1971, 16)

Coincidiendo con la idea general de las definiciones de Wolf y Shanin, Sidney Mintz (1973) señaló "el hecho de que los campesinos en ninguna parte forman una masa o aglomerado homogéneo, sino que siempre y en todas partes se tipifican a sí mismos por su diferenciación interna en muchas líneas distintas" (93). Mintz también señaló:

la necesidad de definiciones de rango medio de los campesinos y de las sociedades campesinas: definiciones que caen en algún lugar entre las sociedades campesinas reales -"sobre el terreno", por así decirlo- y los amplios enunciados adecuados para describirlos a todos. (1973, 92)

"Las definiciones o las tipologías de los campesinados", afirmó, "tendrán que lidiar con diferentes 'mezclas' de las clases campesinas o de los grupos étnicos, en diferentes sociedades" (1973, 94). A pesar de este reconocimiento de la heterogeneidad de los campesinos, Mintz se mostró reacio a nombrar a los "trabajadores agrícolas sin tierra pero asalariados" como campesinos, ya que estaban insertos en relaciones económicas muy diferentes. No obstante, matizó este escepticismo al reconocer la "participación simultánea de grandes grupos de personas en actividades asociadas con el trabajo asalariado rural y la producción agrícola de pequeña escala (Mintz 1973, 95).

La Comisión Interamericana de Desarrollo Agropecuario1 -que llevó a cabo estudios sobre la tenencia de la tierra en siete países latinoamericanos a mediados de la década de los sesenta- clasificó las fincas como subfamiliares, familiares, multifamiliares medianas y multifamiliares grandes. Esta tipología -basada en datos censales sobre el tamaño de la finca y sobre la extensión requerida para sostener un hogar con un nivel de vida culturalmente aceptable- siguió siendo extremadamente influyente en las ciencias sociales de Latinoamérica y otros lugares (Hewitt 1986; Roseberry 1993). Varios estudios posteriores han hecho eco del hallazgo del ICAD, según el cual las pequeñas propiedades utilizaron el factor tierra de manera mucho más productiva y eficiente que las fincas grandes (IAASTD 2009; Netting 1993). El estudio del ICAD empleó el término campesino para referirse a los trabajadores endeudados que estaban ligados a grandes propiedades, pero también usó minifundista y propietario de la finca indistintamente para describir a agricultores poseedores de las categorías más pequeñas de fincas. Esto marcó una diferencia conceptual significativa con los marcos antropológicos y sociológicos de Wolf, Mintz y Shanin, que tendían a ver los términos campesino y granjero (farmer) como categorías contrastantes, con diferentes lógicas económicas.

En las últimas décadas, un número creciente de científicos sociales ha intentado incorporar la dimensión de género en la comprensión de campesino y campesinado. Han señalado, por ejemplo, que el hogar campesino o la finca familiar -a los que Shanin veía como un elemento fundamental de la economía campesina- se caracterizan por distinciones de género que subyacen a las relaciones de poder y a la división del trabajo, que en muchas regiones del mundo las mujeres son las principales agricultoras, y que la participación de la mujer en la agricultura a pequeña escala y en las actividades no agrícolas rurales parece estar aumentando, en parte como resultado de la creciente migración masculina (Appendini y De Luca 2005; Deere 1995; Razavi 2009). Estos análisis constituyen un correctivo importante del sesgo masculino implícito en muchos esfuerzos anteriores para definir campesino, en la medida en que insisten y documentan tanto la participación significativa de mujeres en hogares agrícolas rurales como su frecuente invisibilidad en las discusiones sobre el campesinado y cuestiones relacionadas como la reforma agraria.

Vale la pena reconocer que varias corrientes de pensamiento académico -particularmente (pero no solo) aquellas influenciadas por la antropología cultural tradicional, el marxismo ortodoxo o el posmodernismo- rechazaron la posibilidad de definir a los campesinos. Algunos antropólogos culturales en la década de los sesenta insistieron, por ejemplo, en que la mayoría de los agricultores africanos rurales eran agrupaciones tribales en lugar de campesinas, a pesar de que en la década de los setenta había un fuerte consenso en que estos grupos se ajustaban a los criterios de definición de los campesinos esbozados por Shanin y otros autores (Fallers 1961; Isaacman 1993; Saul y Woods 1971). Henry Bernstein (2010), argumentando desde una perspectiva marxista, aseveró que los términos campesino y campesinado solo eran aplicables a "sociedades precapitalistas, pobladas en su mayoría por pequeños agricultores familiares [...] y procesos de transición al capitalismo" (3). Bajo el capitalismo, sugirió, los campesinos se diferencian en "pequeños agricultores capitalistas, pequeños productores de productos básicos relativamente exitosos y trabajadores asalariados" (3-4). El antropólogo Anthony Leeds (1977) arremetió contra los estudiosos que usaban el término campesino, alegando que era "un término popular adoptado en las ciencias sociales" y que "no tenía precisión alguna" (228). Afirmó que el concepto confundía personas y roles, y señaló que los cultivadores rurales se desplazaban constantemente entre una variedad de roles dentro y fuera de esa categoría, incluidos los de trabajador asalariado, ocupante ilegal, contratista de trabajo y trabajador de servicios urbanos. Otros académicos, aunque no rechazaron el uso del término, señalaron de forma semejante que los pobres de las zonas rurales se involucran en una multiplicidad ocupacional, un fenómeno que luego fue ampliamente discutido mediante el uso de expresiones como pluriactividad o nueva ruralidad (Comitas 1973; Kay 2008).

Teóricos posmodernistas, como Michael Kearney (1996), también destacaron la diversidad de actividades económicas no agrícolas practicadas por los pobres de las zonas rurales y vieron esto como evidencia de que el concepto de campesino era obsoleto, particularmente en una era de intensificación de la migración y de estrategias transnacionales de subsistencia de los hogares en México, su principal referente empírico. Kearney propuso un neologismo, polybian, para designar las identidades multifacéticas y las prácticas de subsistencia características de la población rural contemporánea. Desafortunadamente para Kearney, su libro fue a la imprenta justo cuando se desplegó una gran rebelión campesina e indígena en Chiapas (México), liderada por un movimiento explícitamente agrario que reclamó el legado de Emiliano Zapata, el revolucionario de principios del siglo XX. Si bien el levantamiento zapatista tendió a viciar el argumento de Kearney sobre la obsolescencia del término campesino, sí señaló una deficiencia significativa en muchas de sus definiciones que los científicos sociales habían debatido desde la década de los sesenta. Como señaló Shanin (1990), los campesinos "no son solo una construcción analítica [...] sino un grupo social que existe en la conciencia colectiva y la acción política de sus miembros" (69). De manera similar, campesino podría entenderse no solo como un rol o una posición social estructural, sino también como una forma de identidad y autoadscripción, y no necesariamente primordial o general, ya que podría coexistir en la misma persona junto con múltiples identidades -desde indígena hasta microempresario, migrante, maestro o electricista (Edelman 2008, 251-252)-. A la luz de esto, algunos científicos sociales sostuvieron que lo más revelador de la categoría campesino era ver quién la invocaba, cuándo y por qué lo hacía. Esto, por supuesto, generalmente involucró a movimientos agrarios de base, pero en ocasiones también a las élites rurales, incluidos los grandes terratenientes que buscaban "eufemizar" su posición afirmando ser campesinos por motivos políticos o de otro tipo (Edelman 1999, 190-191).

Probablemente el esfuerzo reciente más significativo en las ciencias sociales para teorizar la noción de campesino y campesinado es el libro The New Peasantries de Jan Douwe van der Ploeg, publicado en el 2008. Van der Ploeg ubica la agricultura campesina en un continuo con la agricultura empresarial y no como una categoría contrastante. Entre las características claves de la condición campesina incluye la minimización de los costos monetarios, la diversificación de cultivos para reducir los riesgos económicos y ambientales, las relaciones de cooperación que brindan una alternativa a las relaciones monetarias y el intercambio de mercado, y una lucha por la autonomía que contempla formas no monetarias de obtener insumos y trabajo. Es importante destacar que Van der Ploeg considera que estos elementos son fundamentales, no solo para los campesinos de los países en desarrollo, sino también para muchas granjas multifuncionales en Europa y América del Norte que se basan en los mismos principios para asegurar su supervivencia en un entorno económico desafiante. Por último, Van der Ploeg contrasta "la invisibilidad fabricada" de los campesinos con su sorprendente "omnipresencia": ahora hay, sostiene, más campesinos que nunca en la historia y todavía constituyen unas dos quintas partes de la humanidad (véase el apéndice 1 de este documento) (Van der Ploeg 2008, XIV; Weis 2007, 25).

Definiciones activistas

Campesino, peasant, paysan y términos similares son rótulos identitarios de larga data que han servido para inspirar la acción colectiva de diversos tipos de movimientos rurales. En la década de los noventa, con el surgimiento de organizaciones agrarias transnacionales como La Vía Campesina, "hoy, posiblemente, el movimiento social más grande del mundo" (Provost 2013), los campesinos tienen un elevado perfil político de alcance global y la etiqueta campesino tiene una nueva resonancia contemporánea (Borras, Edelman y Kay 2008).

Al definir campesino, los imperativos de los movimientos sociales -y los transnacionales, en particular- son distintos a los de los científicos sociales. Los activistas típicamente buscan atraer el máximo número de adherentes y aliados lanzando una amplia red, mientras limitan al mismo tiempo su movimiento para excluir a los sectores que no simpatizan o se oponen a sus objetivos. Bajo la etiqueta de campesinos, el movimiento agrario transnacional La Vía Campesina incluye organizaciones nacionales que representan muy variados sectores, desde trabajadores rurales, pasando por pequeños y medianos agricultores en países en desarrollo, hasta pequeños y medianos agricultores comerciales en el norte desarrollado. El proceso de agrupar estos diversos sectores bajo una sola cubierta ha implicado resaltar preocupaciones comunes (por ejemplo, vulnerabilidad económica en los mercados de productos básicos globalizados, mayores riesgos resultantes del cambio climático) y restar importancia a posibles áreas de discordia o intereses divergentes (por ejemplo, subsidios agrícolas de países desarrollados que ponen en desventaja a los agricultores de los países en desarrollo). Mantener los bordes del movimiento ha significado limitar la afiliación a organizaciones que comparten ciertos principios mínimos. De hecho, muchas grandes organizaciones de agricultores están excluidas de La Vía Campesina, no por el tamaño de las propiedades de sus miembros, sino por su apoyo a la liberalización sin restricciones del comercio, a la agricultura industrial intensiva en productos químicos y a los cultivos transgénicos.

El concepto paraguas central en la definición de campesino de La Vía Campesina es gente de la tierra. Esta definición se ajusta estrechamente al significado original de los términos en lenguas latinas como campesino y paysan que, literalmente, se refieren a personas del campo, sean o no agricultoras. Los activistas agrarios contemporáneos insisten en los puntos en común entre campesinos y granjeros con argumentos muy parecidos a los ya citados de Van der Ploeg sobre la vulnerabilidad económica y la búsqueda de autonomía de la condición campesina. Los activistas de hoy utilizan a menudo campesino y farmer indistintamente: en conversaciones, documentos de análisis y en los nombres mismos de sus movimientos (la European Farmers Coordination y la Coordina-tion Paysanne Européenne, por ejemplo, se refieren a la misma organización). Como señaló en una entrevista Nettie Wiebe, activista de La Vía Campesina y expresidenta de la National Farmers Union of Canada:

Si nos fijamos realmente en lo que significa "campesino", significa "gente de la tierra". ¿Somos los agricultores canadienses "gente de la tierra"? Bueno, sí, por supuesto [... ] Nosotros también somos campesinos, y es la tierra y nuestra relación con la tierra y la producción de alimentos lo que nos distingue [... ] Nosotros no somos parte de la maquinaria industrial. Nosotros estamos mucho más vinculados a los lugares donde cultivamos alimentos y a cómo cultivamos alimentos, y qué clima hace allí [... ] El lenguaje en torno a esto es importante. Estamos empezando a comprender que "gente de la tierra" -los campesinos de todas partes, los millones de pequeños campesinos de subsistencia con los que creemos tener tan poco en común- los identifica a ellos y nos identifica también a nosotros. Ellos están siendo desalojados de su tierra, y eso diezma su identidad y su comunidad. Y nosotros también estamos siendo reubicados en nuestra sociedad -es tan perjudicial para nosotros como para ellos-. ¿El lenguaje? Mientras ustedes sigan manteniéndonos en categorías separadas, mientras nosotros seamos los agricultores altamente industrializados como una especie de empresarios cuasi-comerciales, y mientras ellos sean los campesinos de subsistencia, entonces no podremos ver cuán estrechamente estamos vinculados y cuán estrechamente lo están todos nuestros problemas. (Entrevista del autor, 22 de noviembre de 2002, Saskatoon, Saskatchewan. Citado en Edelman 2003, 187)

La Vía Campesina -una coalición o movimiento que tiene organizaciones afiliadas en más de setenta países- ha sido la principal fuerza que aboga por un nuevo instrumento internacional sobre los derechos de los campesinos. El enfoque de gente de la tierra es evidente en el artículo 1 de su proyecto de declaración sobre los derechos de los campesinos, propuesto en el 2009:

Una persona campesina es un hombre o una mujer de la tierra que tiene una relación directa y especial con la tierra y la naturaleza a través de la producción de alimentos y/o otros productos agrícolas. Las campesinas y campesinos trabajan la tierra por sí mismos; dependen sobre todo del trabajo en familia y otras formas a pequeña escala de organización del trabajo. Las campesinas y campesinos están tradicionalmente integrados en sus comunidades locales y cuidan el entorno natural local y los sistemas agroecológicos. El término de campesino o campesina puede aplicarse a cualquier persona que se ocupa de la agricultura, ganadería, la trashumancia, las artesanías relacionadas con la agricultura u otras ocupaciones similares. Esto incluye a las personas indígenas que trabajan la tierra. El término campesino también se aplica a las personas sin tierra. De acuerdo con la definición de la Organización para la Alimentación y la Agricultura de la ONU, las siguientes categorías de personas pueden considerarse sin tierra, y es probable que se enfrenten a dificultades para asegurar sus medios de vida:

  1. Familias de agricultores con poca tierra o sin tierra.

  2. Familias no-agrícolas en áreas rurales, con poca tierra o sin tierra, cuyos miembros se dedican a diversas actividades como la pesca, la artesanía para el mercado local o la proporción de servicios.

  3. Otras familias de trashumantes, nómadas, campesinos que practican cultivos cambiantes, cazadores y recolectores y personas con medios de subsistencia parecidos. (La Vía Campesina 2009, 8-9)

Esta definición comparte con las de las ciencias sociales un énfasis en la familia o la finca familiar y la integración en una comunidad como características esenciales de la condición campesina. Al igual que las definiciones de las ciencias sociales, incluye también diversas formas rurales de subsistencia que, como la pesca, el pastoreo y la artesanía, no son agrícolas, estrictamente hablando; pero, a diferencia de las primeras, estas incluyen algunas categorías que no se considerarían en la mayoría de las definiciones de los científicos sociales, como ocurre con los cazadores y los recolectores.

Definiciones normativas

Es probable que algunas normas internacionales existentes sean relevantes para las deliberaciones que el Grupo de Trabajo podría tener en torno a la definición de los titulares de derechos. Por ejemplo, el artículo 14, parágrafos 1 y 2 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (Cedaw, por sus siglas en inglés) establece que:

  1. Los Estados Partes tendrán en cuenta los problemas especiales a que hace frente la mujer rural y el importante papel que desempeña en la supervivencia económica de su familia, incluido su trabajo en los sectores no monetarios de la economía, y tomarán todas las medidas apropiadas para asegurar la aplicación de las disposiciones de la presente Convención a la mujer en las zonas rurales.

  2. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su participación en el desarrollo rural y en sus beneficios, y en particular le asegurarán el derecho a:

  1. Participar en la elaboración y ejecución de los planes de desarrollo a todos los niveles;

  2. Tener acceso a servicios adecuados de atención médica, inclusive información, asesoramiento y servicios en materia de planificación de la familia;

  3. Beneficiarse directamente de los programas de seguridad social;

  4. Obtener todos los tipos de educación y de formación, académica y no académica, incluidos los relacionados con la alfabetización funcional, así como, entre otros, los beneficios de todos los servicios comunitarios y de divulgación a fin de aumentar su capacidad técnica;

  5. Organizar grupos de autoayuda y cooperativas a fin de obtener igualdad de acceso a las oportunidades económicas mediante el empleo por cuenta propia o por cuenta ajena;

  6. Participar en todas las actividades comunitarias;

  7. Obtener acceso a los créditos y préstamos agrícolas, a los servicios de comercialización y a las tecnologías apropiadas, y recibir un trato igual en los planes de reforma agraria y de reasentamiento;

  8. Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el abastecimiento de agua, el transporte y las comunicaciones.

En su Recomendación General n.° 16 de 1991, la Cedaw se refiere a las "trabajadoras no remuneradas en empresas familiares rurales y urbanas". Señala que "el trabajo no remunerado constituye una forma de explotación de la mujer contraria a la Convención" y recomienda a los Estados adscritos, entre otras sugerencias, que "incluyan en sus informes al Comité información sobre la situación jurídica y social de las mujeres no remuneradas que trabajan en empresas familiares".

En la primera parte de lo adoptado por la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, en los primeros seis artículos, de manera similar, se encuentra una consideración detallada de cómo definir a los titulares de dichos derechos. Lo inclusivo y específico de este lenguaje bien podría servir de modelo para una Declaración Internacional sobre los Derechos de los Campesinos y Otras Personas que Viven en Zonas Rurales. De hecho, varios de los artículos coinciden en gran medida con la definición de campesinos propuesta por La Vía Campesina. Es notable que, en varios aspectos, la definición de La Vía Campesina hace eco en el lenguaje de la Cedaw que, por supuesto, ha sido ya adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

En 2010, el Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos publicó su Estudio preliminar del Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos sobre la discriminación en el contexto del derecho a la alimentación, donde incluía como apéndice el proyecto de declaración de La Vía Campesina. Dos años más tarde, publicó el Estudio final del Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos sobre la promoción de los derechos de los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales. El estudio contenía el citado texto del comité que aceptaba textualmente la definición del anexo del Estudio preliminar. En ese momento, según el miembro del Comité Asesor José Bengoa, el proyecto de texto de La Vía Campesina -y, por extensión, su definición de campesino- se convirtió en "un documento oficial de las Naciones Unidas" (Bengoa 2012). Esto no significa, sin embargo, que el proyecto de definición en estos documentos de la ONU esté "escrito en piedra". El reto para el Grupo de Trabajo es debatir y perfeccionar la definición de los titulares de derechos para que incluya de forma significativa la gran variedad de poblaciones rurales vulnerables, oprimidas y discriminadas del mundo actual. Hasta cierto punto, la frase "y otras personas que viven en zonas rurales" promete lograrlo. Al mismo tiempo, el Grupo de Trabajo debe estar atento ante la emergencia de nuevas formas de exclusión, una vez las categorías de identidad hayan sido fijadas por la ley; estas formas renovadas de exclusión pueden presentarse si no se reconoce a los grupos "invisibles" o estigmatizados, o si las condiciones cambian y surgen nuevos grupos vulnerables (Claeys 2013). La definición del Comité Asesor, por ejemplo, presta poca atención explícita a los trabajadores rurales migrantes que no son miembros de hogares, como los jóvenes desplazados, los refugiados económicos y políticos, o las mujeres que han huido de la violencia doméstica o de otro tipo.

Conclusiones

Del breve resumen anteriormente presentado se pueden extraer varias conclusiones:

  1. Los términos campesino y campesinado, así como sus afines en otras lenguas, tienen una larga y complicada historia que refleja tanto la presencia amplia de los campesinos en la mayoría de las sociedades -incluso en la actualidad- como su subordinación política y social.

  2. Los usos peyorativos generalizados de estos términos también son indicativos de la opresión histórica y contemporánea de los campesinos en muchas sociedades y de la discriminación a la que están sometidos.

  3. En muchas partes del mundo, los campesinos siguen siendo ciudadanos de segunda clase, con restricciones legales de facto en cuanto a su movilidad geográfica, acceso limitado a los servicios sociales (salud, educación, vivienda, etc.), acceso insuficiente a la tierra y escasas protecciones laborales.

  4. En algunos países en los que se produjeron revoluciones agrarias (por ejemplo, México y Bolivia), el término campesino se convirtió en una categoría jurídica destinada a conferir derechos especiales colectivos y, en particular, derechos sobre la tierra.

  5. Las definiciones científico-sociales de campesino generalmente reconocen que la categoría es extremadamente heterogénea, y que los individuos y grupos representados con ella suelen dedicarse a múltiples formas de subsistencia: agricultura, trabajo asalariado, pastoreo, producción ganadera, producción artesanal, pesca, caza, recolección de recursos vegetales o minerales, pequeño comercio, y una variedad de otras ocupaciones cualificadas y no cualificadas.

  6. Campesino puede ser tanto una categoría de análisis científico social como una identidad.

  7. Como categoría científico-social suele incluir a las personas rurales no propietarias que trabajan la tierra de otros y/o que aspiran a obtener la suya propia.

  8. En algunas partes del mundo (como Mesoamérica, los Andes, Java Central) las comunidades campesinas tienen y han tenido una estructura corporativa "cerrada", compuesta por herederos bien definidos y derechos territoriales ampliamente reconocidos.

  9. Mientras que las primeras definiciones científico-sociales tendían a contraponerse a la categoría agricultor, los análisis más recientes (por ejemplo, el de Van der Ploeg) sitúan la agricultura campesina en un continuo con la agricultura empresarial o industrial. Los campesinos y los pequeños agricultores comparten características clave, en particular frente a la constante búsqueda por reducir riesgos (económicos y medioambientales), minimizar los costos monetarios, y diversificar los cultivos y las prácticas de subsistencia.

  10. Las definiciones de los activistas del campesinado tienden a ser amplias, ya que los movimientos sociales tratan de crear coaliciones entre ellos. Sin embargo, estas definiciones, como la elaborada por La Vía Campesina, suelen ajustarse a las de los científicos sociales y a las normas internacionales existentes, como el lenguaje de la Cedaw sobre las mujeres rurales. En la actualidad, muchos pequeños agricultores utilizan los términos campesino y agricultor indistintamente.

  11. La definición desarrollada por el Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos es la misma que la propuesta por La Vía Campesina. En sus deliberaciones, el Grupo de Trabajo Intergubernamental podría considerar la posibilidad de ampliar esta definición para incluir a grupos vulnerables y discriminados estrechamente relacionados, en particular los trabajadores rurales migrantes que no son miembros de hogares, como los jóvenes desplazados, los refugiados económicos y políticos, o las mujeres que han huido de la violencia doméstica o de otro tipo.

  12. Los grupos que podrían clasificarse razonablemente como campesinos han disminuido como proporción frente a la población global general, si bien en números absolutos son históricamente más numerosos que nunca (ver el apéndice 1).

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*El documento original se titula "What is a peasant? What are peasantries? A briefing paper on issues of definition" y fue preparado por su autor para la primera sesión del Grupo de Trabajo Intergubernamental sobre una Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales (Ginebra, del 15 al 19 de julio de 2013). La RCA agradece al autor por permitir la traducción al español para esta edición especial. El documento fue traducido por Soraya Maite Yie Garzón (maiteyie@yahoo.com / https://orcid.org/0000-0002-7305-0901), Natalia Robledo Escobar (natalia.robledo@uex-ternado.edu.co / https://orcid.org/0000-0002-9462-4441) y Vladimir Montaña Mestizo (vladimir.montana.mestizo@gmail.com / https://orcid.org/0000-0001-8521-9471).

1El ICAD (por sus siglas en inglés) fue creado por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, la Comisión Económica para América Latina, la Organización de los Estados Americanos, el Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas y el Banco Interamericano de Desarrollo (Barraclough y Domike 1966).

Apéndice 1

Estimaciones de la población agrícola mundial, de la población rural y de la población económicamente activa en la agricultura (Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación).

Tabla 1 Población estimada en 2013 

En miles % frente a población mundial
Población mundial 7 130 012 100 %
Agricultores 2621 360 37 %
Población rural 3 445 843 48 %
Población económicamente activa en agricultura* 1 320 181 19 %

* La población económicamente activa en la agricultura incluye a las cabezas de familia que mantienen a un mayor número de dependientes no activos.

Fuente: FAO, Base de Datos Faostat, 21 de junio, 2013.

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