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El Ágora U.S.B.

versão impressa ISSN 1657-8031

Ágora U.S.B. vol.22 no.2 Medellin jul./dez. 2022  Epub 23-Fev-2023

https://doi.org/10.21500/16578031.6265 

Reflection articles derived Research

Dialéctica del estallido social en Colombia 2021: ecosistema de la contienda política-económica inherente Al capitalismo- imperialismo (Tercera parte: actores 2)1

Dialectics of the Social Outburst in Colombia in 2021: Ecosystem of the Political-Economic Contest Inherent to Capitalism-Imperialism. (Third part: actors 2)

Wilmar Lince Bohórquez1 

1. Docente Departamento de Sociología, Facultad de Ciencias Sociales y Humanas, Universidad de Antioquia, Colombia. Grupo de Investigación Redes y Actores Sociales. Línea de investigación y Semillero Problemas Rurales y Ruralidades; Grupo de Estudio y Semillero Método Marxista y Teoría Crítica Radical. Orcid: https://orcid.org/0000-0001-5895-9722 Contacto: wilmar.lince@udea.edu.co


Resumen

El estallido social 2021 devenido del paro del 28 de abril, el gran paro de la historia reciente de este país fue una lucha predominantemente espontánea, organizada en el día y a día, pero sin un plan, una estrategia, una vanguardia científica-política y unas metas plenamente articuladas. Es decir, si se busca transformar desde sus raíces una sociedad, un país, que opera con arreglo a la opresión y la explotación, la capacidad combativa de su pueblo es condición ne cesaria pero insuficiente. La fuerza combativa de las masas como lo que se mani festó durante el estallido social, debe orientarse más allá de las reivindicaciones puntuales, algunas de las cuales se resuelven con reformas de tipo liberal.

Palabras claves: Actores sociales; Campesinado; Indígenas; Afrodescendientes; Gobierno.

Abstract

The social outburst in 2021, resulting from the strike of April 28, the great strike in the recent history of this country, was a predominantly spontaneous struggle, organized on a day-to-day basis, but without a plan, a strategy, a scientific-po litical vanguard, and fully articulated goals. That is to say, if one seeks to trans form a society from its roots, a country, which operates under oppression and exploitation, the combative capacity of its people is a necessary, but insufficient condition. The combative force of the masses, such as that which was manifes ted during the social outburst, must be oriented beyond the specific demands, some of which are resolved with liberal reforms.

Keyword: Social Stakeholders; Peasantry; Indigenous; Afro-Descendants; and Government.

Introducción

Analizados el Comité Nacional de Paro, las primeras líneas, el estudiantado y el profesorado universitario, este artículo (el tercero en la propedéutica) sigue en la reflexión acerca de los actores más destacados del estallido social 2021. Así, se tratarán comunidades indígenas, campesinado, organizaciones afrodescendientes y la respuesta del gobierno. Téngase en cuenta que se toman por separados pero que se están abordando como actores sociales y, en el cuarto artículo, se reconstruirán como clases sociales en relación a la lucha de clases, el Estado y el imperialismo. Esta cuestión es importante para recalcar que la disección de los actores es apenas metodológica, pero la reconstrucción analítica en clave dialéctica (teórica, epistemológica, sociológica) los mostrará como totalidad. Asimismo, la introducción del segundo artículo se extiende para el tercero pues, como se vio, plantea una disertación acerca del análisis de coyuntura en perspectiva marxista mostrando el lugar de los actores en dicho método. Por último, las consideraciones finales del presente artículo recogen buena parte de los balances del segundo, dado que es continuidad de la descripción de los actores.

Campesinado

El estallido devenido del paro del 28 de abril de 2021 en Colombia tuvo impactos en toda la nación, estremeciendo sus cinco macro regiones tanto en territorios urbanos como rurales. En este último, el campesinado volvió a rugir sumándose a las luchas. Antes de describir la participación de este sector del pueblo, se considera conveniente precisar qué se entiende por campesinado, en especial, para mostrar que no se ve fragmentado aun cuando se exprese de tantas y diversas formas, incluyendo las indígenas y afrodescendientes. Pero también, se ve necesario considerar contenidos históricos y analíticos en este estamento, dada la importancia que tiene en una sociedad de predominio rural, donde las principales guerras lo han apaleado con sumo rigor y que habitan los espacios cuyo botín se disputa con ansias el capital.

Desde la línea de investigación Problemas Rurales y Ruralidades y la mirada crítica de algunas perspectivas que se han gestado en el Grupo de Investigación Redes y Actores Sociales, se ha venido reconstruyendo el concepto campesinado, articulando múltiples y am plios elementos que se tratarán de sintetizar aquí.

El campesinado es un sujeto moderno, esto es, parido al fragor de las revoluciones burgue sas que, entre muchas transformaciones, resquebrajó el predominio de la condición servil en el campo partiendo por Inglaterra entre los siglos XVI a XVII, hasta ensanchar el planeta entero (Aguilar, 1996; Marx, 2008; ICAHN, 2018). De este modo, el campesinado va adherido al capitalismo, a las relaciones sociales basadas en el capital, inclusive si el capital no siempre predomina en sus directas relaciones socionaturales. Es, por tanto, un sujeto histórico (en el sentido objetivo del término y no necesariamente subjetivo-ideológico) y social (o sea, que aflora en un momento concreto de la humanidad, específicamente, en la era moderna). En los países de América Latina y demás de la “periferia” del sistema mundo (Wallerstein, 2005), el campesinado es producto de las dinámicas y leyes expansivas del capital (Marx, 2008), ese que tiene como antecedente en el continente americano el proceso de colonización ini cialmente español, portugués, francés, a través del cual se instauraron instituciones econó micas híbridas (encomiendas, mitas, resguardos, haciendas con parceleros, esclavitud), es decir, que preservaron ciertas prácticas y costumbres indígenas y posteriormente negras con el fin de aumentar las ganancias (Tirado, 219; Kalmanovitz, 2008).

El campesinado de América Latina es, por tanto, producto del mestizaje (Bartra, 2008; Mariátegui, 2007; Mintz, 1973) (hecho histórico profundamente violento, choque ominoso de fuerzas desiguales) y, con ello, entronque de distintas culturas, etnias, prácticas produc tivas, agrícolas, artesanales, recolectoras, cazadoras, pescadoras, extractivas, entre otras. Se entiende, con todo lo anterior, que es un sujeto históricamente oprimido y, al tiempo, his tóricamente resistente y combativo (Meertens, 2000) en tanto no se ha dejado borrar del mundo, a pesar de los arrinconamientos del capitalismo. Situado en espacialidades rurales, el campesinado produce y reproduce su vida material y espiritual a partir de su contacto directo (trabajo) con la naturaleza rural: tierra, agua dulce, mares, frutos, especies salvajes, semillas, peces, minerales, animales de cría, bosques, suelos. No está circunscrito exclusiva mente a la tierra y su propiedad (ICANH, 2018), pues si es pescador, recolector o extractivis- ta, su fuente de trabajo es la naturaleza ampliada, no necesariamente requiere propiedad y a veces ni siquiera posesión. Además, porque existe campesinado sin tierra, cuyo único y fundamental “bien” es su saber, su ancestralidad, su cultura, su experiencia y destreza y no la propiedad de medios de producción o instrumentos de trabajo conseguidos en el mercado (Medeiros, 2008). Por eso se entiende que el campesinado se expresa como agricultor, pes cador, minero, artesano, recolector, pero también como afrodescendiente y como indígena (ONU, 2013). Se caracteriza por producir sin generar excedentes más allá de la reproducción simple o, en sentido teórico, sin generar plusvalía para sí (Krantz, 1977; Marx, 1980). Puede trabajar de forma individual, familiar o comunitaria; intercambiar, contratar o vender traba jo (Gaceta del Congreso, 2022). Se ubican, en este concepto, quienes ejercen trabajo agrario asalariado en el campo, es decir, que son jornaleros, aparceros, arrendatarios e incluso si son proletarios agrícolas siempre y cuando sus relaciones sociales estén circunscritas a con textos culturales y políticos rurales-campesinos (Sevilla & Pérez, 1976). Puede tener desde medios de producción rudimentarios, hasta incorporar máquinas y artefactos tecnológicos (DANE, 2013). El hecho de que no produzca plusvalía no impide que el producto de su traba jo se haga posible gracias al capitalismo y, ya realizado, tampoco es óbice para que tal pro ducto se articule al circuito capitalista: el capitalismo subsume al campesinado y su trabajo formal y real, sin importar las relaciones sociales de producción particulares que se den en los contextos rurales (Marx, 2008; Luxemburgo, 2003).

Con todo lo anterior, se comprende que en la realidad y, si se quiere y requiere, en senti do epistemológico (es decir, en procura de su abordaje científico), además de ser un sujeto histórico producido al fragor de las revoluciones burguesas capitalistas -al igual que el pro letariado-, el campesinado es un sujeto social que expresa sus identidades, particularida des y singularidades a través de sus prácticas de vida rural, o su ruralidad, de tres grandes formas: económico-productivas, político-organizativas y cultural-ideológicas. El campesi nado es un sujeto social íntegro e integrado en sentido económico, político y cultural que desata identidades y singularidades en contextos rurales articulados, de una u otra forma, al capitalismo global (Shanin, 1979; Wolf, 1971; Redfield, 1956).

El concepto que aquí se comparte, tiene suficientes soportes teórico-empíricos a la luz de las investigaciones que ha realizado la línea de investigación que coordino, pero se en tiende que el objetivo de este ejercicio de escritura es otro; el centro no es el campesinado. Solo se deja constancia del concepto para mostrar que el campesinado subsumido por el capitalismo integra a su vez a otras de las expresiones que aquí se describirán.

Con esta precisión conceptual, se entiende el uso del término campesinado en la connota ción que tradicionalmente se le da, pero que se sabe distinguir entre el significado de la pala bra y la reconstrucción sociológica-conceptual de la misma a través de la cual el campesinado se expresa de múltiples maneras, inclusive afrodescendiente e indígena, actores que serán tratados en este análisis de coyuntura dada su importante participación en el estallido social.

Pues bien, en lo rural el campesinado se manifestó multiforme y con diversas consig nas: volvió a reclamar por el abandono del Estado, el alto costo de los insumos agrícolas, el deterioro de las vías por donde circulan sus productos, el reagrupamiento de fuerzas para militares, el no cumplimiento de los acuerdos de La Habana en lo atinente a la reforma rural integral, el derecho a la vida digna, el rechazo a la aspersión aérea con glifosato, entre otros puntos (Coordinador Nacional Agrario, 2021; Ramírez, 2021).

Así como el estudiantado tenía huella de movilizaciones anteriores, el campesinado de este tiempo ha heredado las luchas agrocampesinas (con visos, en algunas ocasiones, de tipo ambiental) de la última década en Colombia. Recuérdese que entre agosto y septiembre de 2013, se dio una de las protestas campesinas con mayor resonancia de este siglo, en la cual participaron más 200.000 personas en cerca de 20 departamentos del país (Cruz, 2017). En 2014, el campesinado se tomó nuevamente las vías del país “única y exclusivamente a causa del incumplimiento del Gobierno Nacional con los acuerdos pactados en el 2013” (Penagos, 2014, párr. 5) y en 2016 volvió a decretar paro nacional debido a “los incumplimientos del gobierno de Juan Manuel Santos sobre los acuerdos que pactó con los representantes cam pesinos, indígenas y afro-descendientes de la Cumbre Nacional Agraria Campesina Étnica y Popular en los años de 2013 y 2014” (Tobón, 2016, p.1). Las exigencias de 2013, 2014 y 2016 reaparecieron en el estallido social 2021: acceso a la propiedad de la tierra, vida digna y me didas para frenar la crisis en la producción agropecuaria, entre otros.

En realidad, son los mismos reclamos que vienen desde el siglo XX. El campesinado cada cierto tiempo se ha manifestado por cualesquiera de las crisis intestinas del capitalismo que se reflejan en los territorios rurales a través de la pobreza, el encarecimiento de insumos agrí colas, el abaratamiento de los productos creados en economías campesinas, la propiedad de la tierra, el despojo de las culturas campesinas por parte de la agroindustria, la megaminería, las obras de infraestructura, la destrucción de los bienes naturales rurales, entre otros.

En perspectiva del análisis de coyuntura que se está elaborando (delimitado a partir de los años 90 del siglo xx), ¿cuál es la situación actual del campesinado colombiano? La constitución de 1991 borró, nominalmente, a este estamento de la sociedad. El campesinado no es reconocido por el Estado como sujeto político de derecho. Lo único que contempla, en el artículo 64, es el compromiso a “promover el acceso progresivo al acceso a la tierra de los trabajadores agrarios [...] con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesi nos” (Constitución Política de Colombia, 1991. Cursiva añadida). De ahí en adelante, no han cesado los esfuerzos de congresistas, organizaciones campesinas e intelectuales durante el presente siglo, para que el campesinado sea reconocido como un sujeto político y de de- rechos.y no se ha logrado. Desde que llegó al Congreso de la República en 2014, Alberto Castilla, líder campesino y miembro del Coordinador Nacional Agrario (CNA), ha jalonado un proyecto de ley que busca modificar el mencionado Artículo 64 de la Constitución, por medio del cual “se reconoce al campesinado como sujeto de derechos, se reconoce el dere cho a la tierra y a la territorialidad campesina y se adoptan disposiciones sobre la consulta popular” (Proyecto de Acto Legislativo 08 de 2021). Esta propuesta nunca ha obtenido los votos suficientes por parte del parlamento y ha sucumbido en el intento.

No obstante, se han aprobado leyes que, sobre el papel, favorecen la economía fa miliar campesina.

Desde Chayanov (1974), el concepto campesino se ha asimilado a la economía campesi na. De este modo, en la tradición chayanoviana, el campesino es aquel habitante del campo poseedor de tierra (medios), aparejos (instrumentos), que no compra fuerza de trabajo, que el trabajo de la unidad productiva es realizado en familia, que no genera plusvalía, entre algunos otros ítems. En un texto anterior, se amplió la reflexión conceptual sobre la relación economía campesina y campesinado como concepto (Lince y Pulgarín, 2018). Se entiende el contexto y el momento en que Chayanov analiza el campesinado y, por tanto, no se desca lifica en absoluto sus postulados. Sin embargo, el campesinado es una conjunción diversa de relaciones políticas, culturales y económicas, no limitada a la propiedad y el trabajo: el campesinado existe sin tierra, proletarizado, pescador, minero, transhumante, recolector, extractivista. atraviesa etnias, se asume como cultura ancestral y/o tradicional, genera ga nancias más allá de la reproducción simple, vive solo o en familia, contrata fuerza de trabajo, entre muchos otros aditamentos. La igualación entre economía campesina y campesinado es, cuando menos, limitada.

En efecto, en 2014 se emitió la resolución 000267 (2014) “por medio de la cual se crea el programa de agricultura familiar” (p. 1), específicamente, “aquellas familias que derivan el 75% de sus ingresos de actividades agropecuarias, silvícolas, pesqueras y/o acuícolas adelantadas en la unidad productiva con mano de obra predominantemente familiar” (p. 2). En 2017, se aprobó la resolución 000464 (2017) “que adopta lineamientos estratégicos de política pública para la agricultura campesina, familiar y comunitaria” (p. 1), la misma que define como

el sistema de producción y organización gestionado y operado por mujeres, hombres, familias, y comunidades campesinas, indígenas, negras, afrodescendientes, raizales, y palenqueras que conviven en los territorios rurales del país. En este sistema se de sarrollan principalmente actividades de producción, transformación y comercializa ción de bienes y servicios agrícolas, pecuarios, pesqueros, acuícolas y silvícolas; que suelen complementarse con actividades no agropecuarias. Esta diversificación de actividades y medios de vida se realiza predominantemente a través de la gestión y el trabajo familiar, asociativo o comunitario, aunque también puede emplearse mano de obra contratada. El territorio y los actores que gestionan este sistema están estre chamente vinculados y co-evolucionan combinando funciones económicas, sociales, ecológicas, políticas y culturales (p. 14)

Esta definición es muy interesante para efectos de proyectar un concepto ampliado del campesinado: aquí, con sus diferencias étnicas y culturales, se reconoce que tienen sustan- cialidades comunes, particularmente, sistemas donde “desarrollan principalmente activida des de producción, transformación y comercialización de bienes y servicios agrícolas, pe cuarios, pesqueros, acuícolas y silvícolas; que suelen complementarse con actividades no agropecuaria”. El campesinado como concepto ampliado reconoce las variables y diversida des étnicas, identificando lo singular a todas las expresiones campesinas.

Estas dos resoluciones y el mismo proyecto de ley hasta ahora fallido, indican que el campesinado ha dado pasos en instancias estatales para que se le reconozca como sujeto político, con garantías económicas y salvaguardas en el derecho. Ahora, las leyes jurídicas aguantan en el papel cualquier teorema, mientras las leyes sociales son tercas y se imponen; de este modo, lo postulado en las resoluciones, dado el funcionamiento del capitalismo, pocas veces se puede cumplir en beneficio de las comunidades; ante esto el campesinado se ve obligado a manifestarse en las calles y carreteras: lo ha hecho con o sin leyes y decretos, pues en su condición de clase históricamente oprimida también se ha constituido en clase históricamente resistente, aunque muy pocas veces revolucionaria.

El hecho de que el Estado apenas emita resoluciones (con predominio de la dimensión económica) y no explicite normativamente la condición política del campesinado, solo re fleja su carácter retardatario y reaccionario al respecto, al no reconocer cuestiones básicas de liberalismo en sociedades modernas: que el campesinado exista como cultura, que no lo exterminen, que tenga derecho a tierra y posibilidades de producción autónoma, que pueda determinar libremente sus prácticas productivas y culturales, que no sea arrasado cuando una megaobra o la agroindustria así lo reclame... No obstante, el campesinado es sujeto po lítico y, por tanto, sujeto de derecho más allá de los designios de la “sagrada” constitución. Lo es por el determinante fáctico que se ha disputado, contra la reacción y el capitalismo imperialismo, sus territorios desde el periodo colonial. Se ha forjado como sujeto político al fragor de la lucha, de desalambrar y tomarse las tierras usurpadas por terratenientes, de ar mar su cabeza y sus manos cuando el Estado, pájaros, paramilitares y hasta insurgencias le ha violentado. También, cuando el agronegocio, las megaobras de infraestructura y el afán por rentabilizar la naturaleza ha querido desterrarlo de sus territorios.

Bien decía Shanin (1983) que el campesinado era una clase incómoda para la sociedad y la mentalidad burguesa, un palo en la rueda del capital, dada la naturaleza de sus for mas y/o modos de producción, que pocas veces están en plena sincronía con los tiempos, desarrollo de las fuerzas productivas y afanes de ganancia propios de la voracidad capita lista. El campesinado, incluso en su faceta de propietario de medios de producción, está permanentemente en tensión con el capitalismo-imperialismo, que se ve en la disyuntiva de asfixiarlo sin extinguirlo plenamente:

Sirven al desarrollo capitalista en un sentido menos directo, una especie de “acumula ción primitiva” permanente que ofrece trabajo barato, comida barata y productos de mercado que generen ganancia. Todavía producen soldados, policías, sirvientes, coci neros y prostitutas sanos y tontos; el sistema puede siempre extraer algo más de cada uno de ellos. Y, obviamente, ellos, es decir, los campesinos, dan trabajo y problemas a los académicos y funcionarios que se quiebran la cabeza en torno “a la cuestión de su no desaparición”. (Shanin, 2005, p. 9) (traducción propia, cursiva añadida)

Para el capitalismo, los gobiernos y Estados burgueses, el campesinado es un mal nece sario, un inevitable lastre propio de sociedades premodernas, pero que resulta sumamente útil para potenciar sus necesidades en la medida en que proveen trabajo y productos baratos, en ocasiones familias y comunidades enteras sometidas a la voracidad de ganancia y plus valía. A pesar de esta tendencia social que rebasa cualquier voluntad, los gobiernos de turno suelen vender una versión romántica del campesinado como habitantes de un espacio rural bucólico, verde, vertido de agua, productivo; eso sí, no es necesario que sean conceptualizados ni que se les reconozca como clase campesina: el término de “productores rurales” o “emprendedores del campo” encaja mejor con la visión de desarrollo rural.

Ana Cristina Moreno, a la fecha presidenta de la Agencia de Desarrollo Rural-ADR, re cién posesionada en su cargo declaró que “para los jóvenes, el reto y el sueño no es ser cam pesinos, la nueva definición en Colombia de ese sueño es ser emprendedores del campo y ahí es donde queremos enfocar toda la oferta institucional...necesitamos entender que un campesino hoy ya es un emprendedor del campo” (Asociación Nacional Campesina, 2020).

De este modo se les incluye nominalmente en los planes de desarrollo y se edifican instituciones que atiendan la cuestión rural y campesina (entiéndase, productores rurales), nombrando expertos en el tema que den línea y asienten las proyecciones empresariales y mercantiles para este sector.

Ahora, tanto las pretensiones de los gobiernos de turno como las exigencias centena rias del campesinado colombiano, se estrellan contra el frontón de las leyes del capital: que el campesinado (no individuos aislados, sino el grueso de este sector) se convierta en una clase “próspera empresarial” como lo pregonan instituciones estatales, o que se frene la des trucción de los territorios rurales y tengan condiciones de vida digna, no lo define la buena voluntad o las querencias, sino la ley del valor trabajo a escala mundo o la ley de la anarquía en la producción, por mencionar algunas de las determinaciones históricas que estructuran y rebasan a gobernantes y al campesinado.

De este modo, cuando el campesinado se sienta a negociar con el gobierno de turno y establecen acuerdos a cambio de detener las movilizaciones, el desenlace no puede ser otro que el ya conocido: incumplimiento. En efecto, en medio de todos los gobiernos del periodo que abarca este análisis de coyuntura (1990-2021), el campesinado realizó centenares de repertorios de protestas en casi todos los departamentos del país.

Según Tobasura y Rincón (2007), entre 1990 y 2005, “se registraron 950 acciones directas en el marco de la protesta social agraria en Colombia [...], distribuidas en 26 departamentos del territorio nacional y en el distrito capital Bogotá”.

En cada uno de ellos se sentó con los gobiernos de turno y estableció acuerdos respecto a sus exigencias frenando las manifestaciones.y nada pasó distinto a que se burlaron de los acuerdos y del campesinado.

Lo mismo ocurrió en el estallido social 2021 del cual fue participe el campesinado. Como se ha descrito anteriormente, algunas de las exigencias iniciales del Comité Nacional de Paro (CNP) ligaban directamente al campesinado; luego, este estamento se sumó a las mo vilizaciones y su fuego se apagó con el fin del estallido.

Las luchas campesinas han sido un objeto prolijo de investigación para la sociología, la antropología y la ciencia política. Las interpretaciones se mecen entre visiones esencializan- tes que ensalzan las luchas campesinas como si ellas fuesen la revolución en sí mismas, y las descalificaciones del campesinado por no llegar a constituir una expresión radical, capaz de llevar su lucha hasta la extinción misma de su condición de clase propietaria. Al respec to, dos cuestiones objetivas, de verificación fáctica en la historia: 1- ninguna revolución ha triunfado bajo el liderazgo del campesinado y, 2- las revoluciones que triunfaron en el siglo xx -siempre en países sin desarrollo pleno del capitalismo- y que tuvieron el liderazgo del proletariado, fueron posibles a través de la articulación con el campesinado. La lección histó rica es clara tanto para el campesinado como para el proletariado: el primero debe permitir y facilitar la unidad estratégica con el liderazgo del segundo; el segundo debe reconocer en el primero el potencial de lucha y saberle dar el lugar correspondiente en un proceso revolu cionario; pero incluso, en un potencial triunfo revolucionario, debe saberse tramitar adecua damente la transición del campesinado propietario de medios a una expresión campesina libre de medios de producción.

Comunidades indígenas

Desde el primer momento del estallido social, las principales organizaciones nacionales indígenas anunciaron su apoyo decidido a las movilizaciones populares, exigiendo

el respeto al derecho de la protesta social, el cumplimiento de los acuerdos pactados en las mingas indígenas, el cumplimiento de los puntos 4 y 5 del Acuerdo de Paz fir mado entre el Gobierno Nacional y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia FARC-EP; la desmilitarización de los territorio indígenas, aunado a lo anterior exigi mos la renuncia del Presidente Iván Duque (.), la no inmiscuición del Expresidente Álvaro Uribe en los asuntos trascendentales del país, que en nada contribuyen a me jorar la situación crítica del territorio colombiano; a la Fuerza Pública le exigimos el respeto a los derechos humanos y defensa de la población ante la decisión negligente del primer mandatario de frenar a los manifestantes mediante el uso indiscrimina do de la fuerza y las armas (Organización Nacional de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Colombiana, 2021, p. 1. Cursiva añadida).

En el marco del estallido social, los pueblos indígenas protestaron en sus territo rios (Muñoz, 2021), bloquearon vías (Moreno, 2021) y ocuparon las principales ciudades (Organización Nacional Indígena de Colombia, 2021). De los repertorios de manifestación que más ruido generaron durante el estallido, fue el derribo de estatuas de “conquistadores” (Sebastián de Belalcázar y Gonzalo Jiménez de Quesada), “libertadores” (Francisco de Paula Santander) y políticos profesionales de “abolengo” (Misael Pastrana) (Hernández, 2021). En septiembre de 2020, el pueblo Misak había celebrado un juicio contra “Sebastián Moyano y Cabrera. Alias: Sebastián de Belalcázar”, con los siguientes cargos:

Genocidio, despojo y acaparamiento de tierras, desaparición física y cultural de los pueblos que hacían parte de la Confederación Pubenence, tortura por medio de técnicas de empala- miento y ataque con perros asesinos a los fuertes guerreros Misak Pubenences y asesinatos de Taita Payan, Taita Calambas y Taita Yasguen. Hurto del patrimonio cultural y económico de la herencia Pubenence, repartición arbitraria de tierras, esclavitud por medio de la ins titución de las encomiendas, despojo forzado del NUPIR - gran territorio Pubenence, vio lación de mujeres, esclavización de la mano de obra indígena para enriquecimiento ilícito. Imposición de costumbres y creencias como el cristianismo, profanación de sitios sagrados y desarmonización espiritual. (Comisión Intereclesial de Justicia y Paz, 2020, párr. 2)

En la declaración, afirmaban que “este juicio lo enmarcamos dentro de un compromiso que tenemos frente a la memoria colectiva de nuestra sangre, razón por la cual estamos con vocados a reescribir la historia liberándonos de toda huella producto de la colonialidad del saber” (Comisión Intereclesial de Justicia y Paz, 2020, párr. 5, cursiva agregada). Es decir, el marco general del juicio es liberarse de la huella colonial.

El fallo final del juicio del indefendible e indefenso cordobés (sin abogado defensor y muerto hace 469 años al momento del juicio) no podía ser otro: culpable de todos los de litos. En los albores del estallido social, el pueblo Misak derriba la estatua de Sebastián de Belalcázar en Cali y se desató una de las tantas controversias de esta coyuntura. El hecho fue analizado, de un lado, como un acto vandálico injustificado y, de otro, como una protesta necesaria para reescribir la historia. Al ser consultado en una entrevista radial por las razo nes que les llevaron a derribar la estatua, un Gobernador indígena del pueblo Misak, decla ró lo siguiente: “Lo tumbamos porque la colonización del poder (cursivas agregadas), ni en el Cauca ni en el Valle del Cauca, deben seguir existiendo en contra de la memoria histórica de los pueblos de Latinoamérica, Colombia y los 216 pueblos indígenas” (Sucesos Cauca, 2021, 0m16s), ratificando que el acto era un ajuste de cuentas con la historia para descolonizar el pensamiento y el poder.

Los pueblos indígenas, al igual que el campesinado tradicional y el proletariado, hacen parte de ese grueso de la población históricamente oprimida por el capital en múltiples di mensiones y, particularmente, en su faceta de productores materiales de valores de uso. No se olvide, en todo caso, que los pueblos indígenas se oprimieron entre ellos previo al arribo de los colonizadores europeos y que la colonización empezó a darse tres siglos antes de las revoluciones industriales y burguesas que dieron origen al modo de producción capitalista. Dentro de los mismos pueblos indígenas ha habido y hay diferencias de clase, a raíz de la diversidad de trabajos, las distintas formas de producción, el volumen y el precio de las mer cancías creadas e incluso de los desniveles en la propiedad. No obstante, las reivindicacio nes históricas de la población indígena que volvieron a aflorar al fragor del estallido social y se enlazaron a las exigencias generales de las masas, son justas, pues están centradas en el derecho a seguir existiendo, a no ser extinta como cultura.

Soportado en el método de análisis de coyuntura política en su variable temporal, ¿cuál es la situación actual de los pueblos indígenas en el país? Para entender la actual situación de los pueblos indígenas también es necesario remitirse a la vigente Constitución Política de Colombia (1991), la cual reza, en su artículo 330, que

(...) los territorios indígenas estarán gobernados por consejos conformados y regla mentados según los usos y costumbres de sus comunidades y ejercerán las siguientes funciones: 1. Velar por la aplicación de las normas legales sobre usos del suelo y po- blamiento de sus territorios. 2. Diseñar las políticas y los planes y programas de desa rrollo económico y social dentro de su territorio, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo. 3. Promover las inversiones públicas en sus territorios y velar por su debida ejecución. 4. Percibir y distribuir sus recursos. 5. Velar por la preservación de los recur sos naturales. 6. Coordinar los programas y proyectos promovidos por las diferentes comunidades en su territorio. 7. Colaborar con el mantenimiento del orden público dentro de su territorio de acuerdo con las instrucciones y disposiciones del Gobierno Nacional. 8. Representar a los territorios ante el Gobierno Nacional y las demás entida des a las cuales se integren, y 9. Las que les señalen la Constitución y la ley (p. 181-182)

A partir de allí, se determinan varias leyes a través de las cuales se empiezan a imple- mentar las premisas establecidas en la “Carta Magna”, destacándose, para efectos de los planteamientos del presente texto, dos:

  • Ley 21 de 1991 por la cual el Estado colombiano, ratifica el Convenio 169 de la OIT de 1989, sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, asumiendo el compromiso de “reconocer y protegerse los valores y prácticas sociales, culturales, religiosas y espirituales propios de dichos pueblos y deberá tomarse debidamente en consideración la índole de los problemas que se les plantean tanto colectiva como individualmente” (Congreso de Colombia, 1991, p. 3).

  • Decreto 2164 de 1995, cuyo artículo 21 reza:

  • Naturaleza jurídica: Los resguardos indígenas son propiedad colectiva de las comu nidades indígenas en favor de las cuales se constituyen, y conforme a los artículos 63 y 329 de la Constitución Política, tienen el carácter de inalienables, imprescriptibles e inembargables. Los resguardos son una institución legal y sociopolítica de carácter especial, conformada por una o más comunidades indígenas, que con un título de propiedad colectiva que goza de las garantías de la propiedad privada, poseen su te rritorio y se rigen para el manejo de éste y su vida interna por una organización autó noma amparada por el fuero indígena y su sistema normativo propio (p. 9).

Podrían agregarse el Decreto 136 de 1996 que crea la Comisión Nacional de Territorios Indígenas y el programa especial de atención a pueblos indígenas, y el Decreto 1320 de 1998 que reglamenta la consulta previa con las comunidades indígenas y negras para la explota ción de recursos naturales dentro de su territorio. Como se ve, a partir de 1991 los pueblos indígenas obtuvieron, sobre el papel, derechos y prerrogativas que, por ejemplo, el campesi nado tradicional no ha conseguido: derecho a territorios protegidos, reconocimiento jurídi co como población cultural, posibilidad de configurar sus propias formas de organización y gobierno, salvaguarda de sus tradiciones ancestrales, derecho a consulta previa, entre otros. Otra cuestión es que, lo estipulado en el aparato jurídico del Estado en función de los pue blos indígenas, no se cumpla, se cumpla a medias o se ignore. Aun así, es innegable que este sector de la población ha ganado derechos que otros pueblos oprimidos no han conseguido y esos derechos se han convertido en horizonte de lucha, peleas que reaparecen cada cierto tiempo, tal como ocurrió en el estallido social 2021.

Pero, ¿cuáles son las condiciones generales de los pueblos indígenas que se tomaron carreteras y ciudades en esta coyuntura, tres décadas después de la Constitución Política de 1991 que les reconoció como sujetos de derecho? Tómense en cuenta algunos datos im portantes para este análisis de coyuntura. De acuerdo con el DANE (2019a), la población indígena es de 1.905.617, es decir, el 4,4% del total de habitantes del país. Está agrupada en 118 pueblos, incluyendo los tres que decidieron no ser censados: Jurumi, Passe y Yuri. El 79% de la población indígena habita lo rural. Del total del área rural habitada por comuni dades indígenas, el 93% son bosques naturales; del 7% restante, el 5,3% son usados para la agroproducción, lo que indica que el 75% del área productiva se destina a dicha actividad. En síntesis, en su gran mayoría, los pueblos indígenas de Colombia habitan lo rural y tienen prácticas económico-productivas agropecuarias.

En sus prácticas, en particular las económico-productivas y dejando de lado en este mo mento disertaciones escolásticas en cuanto a lo conceptual, lo que se refleja en los pueblos indígenas son expresiones de tipo campesinas. Las comunidades indígenas que habitan lo rural terminan siendo campesindias (Bartra, 2010), pueblos que preservan parte del acervo de sus tradiciones ancestrales previo a la colonización -hecho histórico que los distingue del resto de las poblaciones rurales- pero que, al igual que cierto tipo de campesinado, transforma con su trabajo directamente la naturaleza rural (suelos, agua, radiación solar, minerales, semillas, plantas, animales...), generando valores de uso de consumo directo y/o que se ponen al cambio.

A esto se agrega que, del mismo modo que ocurre con el campesinado, las leyes del capital atraviesan los pueblos indígenas. Incluso aquellos que habitan lo rural disperso del país, no se escabullen ni de la ley del valor, ni del fuero de los Estados con democracia burguesa, ni de los tentáculos del capitalismo imperialismo, a pesar de sus resistencias y diferencias culturales:

Hay, por supuesto, una gran excepción cultural, que son los pueblos originarios del continente que, contra viento y marea, han logrado reproducirse como naciones pese a su sometimiento y genocidio, y conservar en mayor o menor medida partes impor tantes de sus culturas. Aun así, hoy no hay pueblo indígena que no haya sido afectado por la modernidad capitalista (Browit, 2020, p.111)

Desde los albores del capitalismo y hasta el presente, la clase proletaria es el sujeto cla ve en la producción de valor, del plusvalor y de la ganancia del burgués industrial a partir de la conversión de su trabajo en mercancía. A su vez, el campesinado en sentido ampliado -que incluye a los pueblos indígenas-, suele ser quien produce la materia prima para la faena industrial, pero su explotación viene dada (cuando tiene propiedad o posesión sobre la tierra y/o los medios de producción) por el resultado del trabajo (el producto creado, o sea, kilos de papa, litros de leche, metros de lana de oveja o fique, etc.) y no por la compra de tiempo de trabajo. La mercancía puesta al cambio por el campesinado poseedor de medios de producción son los productos de su trabajo; la del proletariado es el trabajo devenido a fuerza de trabajo vía salario. Ocurre que el trabajo de la población campesindígena, como todo individuo campesino propietario de medios de producción, no constituye en el acto va lor: es solo proceso de trabajo que no se valoriza en sí mismo. Se constituye en valor cuando el producto de su trabajo se intercambia por dinero.

Esta distinción-relación es importante si se busca aportar a la dialéctica (unidad- lu cha-unidad) de los pueblos que se alzaron contra el Estado y/o el gobierno colombiano. Indígenas y el resto del pueblo oprimido, tienen en común los estragos que padecen del capital, el Estado y el imperialismo. Pero ese elemento común se enturbia cuando los pue blos indígenas, en sus gestas de rebeldía, están cubiertos, al igual que lo descrito en el actor profesorado universitario del presente texto, por una aureola de decolonialidad. Por esta vía, se llega, de nuevo, al planteamiento de que ese corpus de estudios con sus numerosos proble mas teóricos, dejan de ser abstractos y se convierten en prácticos cuando un sector de la po blación los incorpora a sus discursos (Makaran y Gaussens, 2020) y a sus objetivos de lucha. El comunismo y el socialismo es, en perspectiva decolonial, occidental y, de acuerdo a sus elucubraciones, su revolución omnímoda no cambia el sistema, sino apenas su contenido, mientras que los movimientos indígenas del presente lo cambian todo:

Las luchas más radicales del siglo XXI se disputarán en el campo de batalla del saber y el razonamiento. La diferencia entre los movimientos socialistas y comunistas de la Guerra Fría y los movimientos indígenas de la actualidad es que estos ya no piensan ni operan dentro de la 1ógica del sistema, sino que tratan de cambiar esa lógica jun to con el contenido. La marginación de Fidel Castro y el derrocamiento de Salvador Allende son solo dos ejemplos de cómo los diseños globales de un capitalismo en expansión actúan contra todo lo que pudiera frenar esa expansión, incluso contra las alternativas, como el socialismo o el comunismo (que solo cambian el contenido del sistema, no el sistema propiamente dicho), que surgen del seno de la modernidad. Los diversos movimientos de hoy en día (con toda su complejidad) producen una fractura en la retórica utilizada por quienes detentan el poder para promocionar y justificar la democracia, la libertad y el desarrollo, aunque la democracia se venda mediante la imposición violenta de la autocracia (Mignolo, 2005 p. 122).

El párrafo daría para desmenuzar cada idea y ponerla a prueba con elementos empí ricos. Por ahora, apélese a la mayéutica en función del análisis de coyuntura que se viene realizando: ¿Las luchas más radicales del siglo XXI se han disputado en el campo del saber y el razonamiento? Es decir, ¿conflictos como el árabe-israelí, la invasión rusa a Ucrania, la invasión de Arabia Saudita a Yemen, la confrontación entre las actuales FARC y el ELN en el oriente de Colombia, o incluso la sistematicidad de la violencia contra el campesinado y, particularmente, los pueblos indígenas de Colombia por parte del Estado y actores armados ilegales, se han resuelto y se resolverán con saber y razonamiento?, ¿la supuesta producción de una fractura en la retórica por parte de los movimientos sociales ante quienes ostentan el poder, reside en el uso de palabras como deconstruir, decolonialidad o interculturalidad?, ¿significa todo esto que al enunciar decolonialidad del saber y del poder, del modo en que lo hizo el pueblo Misak, y producirse una fractura en la retórica de quienes ostentan el poder, cobra vida la decolonialidad del saber y del poder? O, ¿enunciar “decolonialidad” sería la forma y derri bar estatuas de colonizadores -más allá de lo simbólico- sería el cambio del contenido?, ¿no termina siendo, todo esto, además de una entelequia académica traspalada a los pueblos indígenas, como lo denuncian Makaran y Gaussens (2020), una deificación de “la razón y el saber” por sujetos no indígenas? Si fuese así, ¿no terminan diseñando, con este “giro”, un camuflaje esnobista para un idealismo europeo, por tanto, occidental, blanco, heterosexual y masculino propio de la Alemania dieciochesca?

Los pueblos indígenas, al igual que el resto de actores hasta aquí descritos, cesaron en la toma de ciudades y carreteras al apagarse la llama del estallido social sin que se hayan resuelto las exigencias iniciales: los acuerdos pactados en las mingas indígenas ni se trataron, los puntos 4 y 5 del Acuerdo de Paz ni siquiera se discutieron, siguen militarizados los territorios indígenas, Duque continúa en la casa de Nariño, Uribe no para de inmiscuirse en los asuntos trascenden tales del país, quienes se manifiestan siguen siendo atacados con el poder de las armas y la ley.

Entonces, ¿fue un fracaso la participación indígena en el estallido social? En términos tácticos, si se limita el análisis a las metas que se trazaron, la respuesta, con el balance final aquí descrito, es sí. En términos estratégicos el balance tiene mayores aristas. Los pueblos indígenas han probado hasta la saciedad su capacidad combativa, su espíritu de resistencia y su fuerza para confrontar el poder desde sus territorios e incluso tienen la tendencia a pa sar al ataque. Sus formas de organización que empiezan en los núcleos familiares para ga rantizarse los medios de vida se repliegan a las comunidades y resguardos hasta constituir agremiaciones regionales que se van articulando a escala nacional. Con semejante tejido, se entiende por qué los pueblos indígenas, una gran minoría del 4% de la población colombia na, tiene un poder tal al punto de paralizar carreteras y ciudades.

La fuerza y la capacidad combativa de los pueblos indígenas no pueden despreciarse en ningún lugar del continente americano, si se trata de transformar la estructura de las relaciones sociales, no porque sean “pueblos originarios” o porque todas sus prácticas deban ser veneradas; no se trata de esencializar a los pueblos indígenas, sino de reconocerles su espíritu de lucha; a partir de allí, es imprescindible articularse a ellos y articularlos a una disputa mayor que les incluya sin borrarlos, pero también que los confronte, que les plantee interrogantes a sus formas de vida y que se la juegue en su preservación como culturas (sus lenguas, sus comidas, sus relaciones socionaturales ancestrales) sin idealizarlos.

El problema más grande respecto al actor pueblos indígenas, estriba en que, de sus banderas de lucha, se han apropiado ideologías “que parecieran estar más preocupadas de establecer diferencias descalificadoras en el seno del pensamiento crítico (...) que en arti cular alianzas estratégicas sin fronteras desde la perspectiva de los oprimidos” (Traficantes de Sueños, 2021) y que, además, se presenta como una “perspectiva novedosa, crítica y pro gresista” cuando no “tiene nada de novedoso, no constituye una crítica y no es progresista” (Traficantes de Sueños, 2021, 31m29s).

En efecto, nada que fragmente, o que, so pretexto de la defensa de cualquier identidad, desemboque en identitarismo, es crítico (al menos en el sentido materialista de la filosofía y la política), ni siquiera progresista y, en cambio, suele ser anticomunista y, por tanto, anti re volución. La noción de revolución más consecuente es radical y ello contiene una noción de totalidad que no es completud (Osorio, 2016), sino el desafío de desentrañar aquello singu lar que transversaliza a los oprimidos y al tiempo los diferencia. Los pueblos indígenas son singulares, esto es, tienen marcadas diferencias, por ejemplo, con el campesinado tradicio nal y el proletariado fabril. Pero tienen en común el capital, es decir, el modo producción que convierte el trabajo en valor-mercancía y, con base en ello, extrae plusvalía oprimiéndolos; un modo de producción que se desperdigó por el mundo y se rige por la ganancia pasando por encima de pueblos, territorios, naturaleza; sin discriminar raza, sexo, etnia, culturas.

La opresión es multiforme, se presenta de diversas maneras y, aun así, tiene elementos comunes en todos los pueblos. Esos elementos comunes no son internos, autocreados por los pueblos indígenas o el proletariado: son el resultado de las relaciones sociales globales basadas en el capital. En últimas, si los pueblos indígenas siguen siendo guiados por las vi siones decoloniales, no podrán ver, con el esfuerzo teórico-epistemológico que ello implica, qué tienen en común con los demás pueblos oprimidos de Colombia y el mundo, y configu rar una lucha tan total y totalizante como lo es el mismo capitalismo imperialismo.

Organizaciones Afrodescendientes

Al igual que los pueblos indígenas y organizaciones campesinas, los pueblos negros y las organizaciones afrocolombianas manifestaron su apoyo y se tomaron calles y carreteras en cuanto se dio el estallido social (Semana Rural, 2021). En el suroccidente donde se encuentra la mayor parte de la población afrocolombiana que habita el país, se unieron al paro nacional en rechazo a la reforma tributaria, al incumplimiento de acuerdos anteriores por parte del Estado en cumplimiento de la Ley 70 de 1993, a la aspersión con glifosato y al “abandono” del Estado a los Consejos Comunitarios. Con el transcurrir del estallido social y la fuerza que tomó la manifestación en Cali, se desató una oleada de represión y criminalización de la protesta en general y, particularmente, de la que estaban dando las comunidades afro. A tres meses del estallido, el Movimiento Social Afrocolombiano (2021) envió una carta al presidente Duque, exigiendo respeto por la vida del pueblo negro y garantías para la protesta, a lo que sumaron, entre varios puntos:

  • (...) la implementación de acciones inmediatas a los reclamos de la movilización de los jóvenes afrocolombianos en especial en temas de empleo, educación, emprendimiento. Lo que demanda un Plan de Choque Socioeconómico para la población afrocolombiana (p. 1)

  • (.) el cumplimiento de los distintos acuerdos y planes concertados con nuestras comunidades en todos los niveles de gobierno y solicitamos la implementación inmediata de un Plan de Acción Especial con enfoque diferencial y de acciones afirmativas que permitan garantizar la oportuna atención para nuestra gente (p. 2)

  • (.) la participación de voceros y delegados de la población afrocolombiana, como interlocutores del Paro Nacional, la movilización y organización afrocolombiana (p. 2)

  • (.) emprender la mayor y más frentera lucha ANTICORRUPCION. Este flagelo que ha alcanzado niveles inimaginables, hay que tratarlo y enfrentarlo (p.2)

Un informe completo y detallado del papel de la población afrodescendiente en el esta llido social 2021, se produjo en julio de ese año por parte de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES), ILEX-Acción Jurídica y el Instituto sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos (2021), no solo describiendo las acciones y repertorios de resistencia que el pueblo afro produjo, sino la violencia desatada por parte del Estado en el marco de la protesta. Igualmente, presentaron una radiografía de la población afrocolom- biana en sentido demográfico, pobreza y exclusión.

Así, lo más impactante del repertorio de acciones por parte de la comunidad afroco- lombiana se dio en los departamentos del Cauca, Valle del Cauca y Nariño. A decir verdad, las comunidades negras se imbricaron intensamente con la diversidad de la movilización social. Los llamados de las organizaciones afrodescendientes siempre estuvieron asociados a defender el derecho a la protesta, las críticas al gobierno Duque y las reivindicaciones his tóricas derivadas de la ley 70 de 1993.

En efecto, es imprescindible la ley 70 para analizar a las comunidades negras en Colombia. Dentro de las disputas que se dieron en el marco de la Constitución Política de 1991, los pueblos afrodescendientes lograron incidir y tener representación, a través de la cual se les garantizó un reconocimiento como sujetos de derecho. La ley 70 de 1993, que desarrolla lo esbozado a grandes líneas en el artículo 55 de la Constitución, tiene por objeto

reconocer a las comunidades negras que han venido ocupando tierras baldías en las zonas rurales ribereñas de los ríos de la Cuenca del Pacífico, de acuerdo con sus prácti cas tradicionales de producción, el derecho a la propiedad colectiva, de conformidad con lo dispuesto en los artículos siguientes. Así mismo tiene como propósito estable cer mecanismos para la protección de la identidad cultural y de los derechos de las comunidades negras de Colombia como grupo étnico, y el fomento de su desarrollo económico y social, con el fin de garantizar que estas comunidades obtengan condi ciones reales de igualdad de oportunidades frente al resto de la sociedad colombiana (... ) Esta ley se aplicará también en las zonas baldías, rurales y ribereñas que han venido siendo ocupadas por comunidades negras que tengan prácticas tradicionales de pro ducción en otras zonas del país y cumplan con los requisitos establecidos en esta ley (párr. 1)

La ley 70 está centrada en comunidades afro-rurales; incluso, ajustados a la realidad, su énfasis es la población afro-campesina. El foco práctico más importante es la definición de Consejos Comunitarios a través de los cuales estas comunidades pueden autodeterminarse afrodescendientes y, en baldíos, constituir sus territorios colectivos, previo el cumplimiento de diversos y no menos engorrosos requisitos. Así, ley 70 y Consejos, conducen al corazón de la cuestión: la tierra, su uso y su tenencia con prácticas campesinas. Lo cultural es transversal y siempre en disputa, sujeto a cambios y las tensiones del mundo moderno. La tierra, ese proble ma irresoluto en Colombia desde la colonia, extiende sus ramas hacia la población afrocam- pesina. Al respecto, ¿cuál es la situación actual de la población afrodescendiente en Colombia?

De acuerdo al DANE (2019b) la población que se autorreconoce negra, afrocolombiana, raizal o palenquera es 2.982.224. De las 37.839.449 hectáreas en titulación colectiva para co munidades étnicas, 5.396.376 corresponden a Consejos Comunitarios (Herrera, 2017). Hasta el año 2005, se calculaba que el 15% de la población afrocolombiana había sido desarraigada de sus territorios a causa de la violencia (Centro Nacional de Memoria Histórica, 2015). Buena parte de la población afrodescendiente forzada a abandonar sus territorios se ve abocada a ocupar las zonas periféricas de los cascos urbanos y a engrosar los cinturones de miseria de las principarles ciudades del país.

Pues bien, la población afrodescendiente producto de esa diáspora forzada por la violen cia crónica de Colombia se sumó a los levantamientos en ciudades como Medellín, Bogotá y Cali. En el Distrito Capital, en las localidades de Kennedy y Usme, la población negra fue clave en la movilización, al punto que ILEX - Acción Jurídica (2021), produjo un informe acer ca de los abusos policiales sobre población afrodescendiente en dichas localidades. En Cali se adhirieron a la marcha que se gestó desde el departamento del Cauca y toda la región Pacífico, apoyaron decididamente la primera línea y se atrincheraron en Puerto Resistencia.

Muchas de las luchas de los pueblos negros en Colombia no se desmarcan de los identi- tarismos y de lo que Silvia Rivera Cusicanqui denomina “moda decolonial” que aquí se viene cuestionando. Después del reconocimiento y las garantías otorgadas a las comunidades negras por la Constitución del 91 y la Ley 70 de 1993, sus reivindicaciones han estado limitadas a su identidad y a la preservación de sus culturas sin que predomine la unidad con otros pueblos o la articulación hacia proyectos transformadores de la sociedad en su conjunto. La Constitución que les abrió las puertas del Estado a las comunidades étnicas, también fragmentó un grueso sector de la población que, con sus diferencias, había venido luchando junta, en masa: los pue blos tradicionales-ancestrales rurales, es decir, indígenas y campesinado tradicional.

Si la Constitución de 1991 y los decretos reglamentarios al respecto terminaron por frag mentar al campesinado, el pueblo negro que lucha contra todas las formas de opresión -y no solo contra el racismo-, tiene que superar esta trampa. La diversidad étnica y la preservación de las culturas afrodescendientes tienen que hacer parte del horizonte de lucha por una so ciedad radicalmente distinta, libre de toda forma de opresión, discriminación, colonización y esclavización. Asimismo, debe tenerse claro que la emancipación y ruptura plena con la his toria colonial que han padecido las poblaciones afroamericanas solo puede darse a condición de la emancipación plena de la humanidad. Todo el campesinado, incluyendo sus expresio nes negras e indígenas corren la misma suerte en la sociedad moderna: les atraviesa y se les incrusta las relaciones sociales (en lo político, cultural y económico) capitalistas imperialistas.

Respuesta del Gobierno a la protesta

Ante el redoblar de los tambores del paro y la masificación de la protesta apenas corrido el cuarto día de la misma, la primera medida del gobierno Duque fue la solicitud al Congreso de la República para que retirara la reforma tributaria presentada por el Ministerio de Hacienda (El Tiempo, 2021). Al día siguiente del anuncio presidencial, el arquitecto de la reforma y adalid de la economía neoclásica al servicio del Estado, Alberto Carrasquilla, renuncia a su cargo (Colombia: renuncia Alberto Carrasquilla en medio de crisis, 2021). El daño estaba hecho y no había vuelta atrás. La palanca de detonación de la granada de fragmentación había sido retirada por unas masas enfurecidas, indignadas y dispuestas a confrontar el gobierno. Campesinado, pueblos indígenas de campos y ciudades, comunidades afrodescendientes, estudiantes, profesores, centrales del trabajo, jóvenes con toda su diversidad, barras de equipos de fútbol, entre otros colectivos y actores-sujetos, se abalanzaron a las calles y produjeron el estallido social más estrepitoso y conmovedor en la historia de Colombia.

La respuesta del Gobierno tiene dos aristas: la represión por parte del aparato militar esta tal y las maromas jurídicas que ha dictaminado. Estos dos puntos, de elemental comprensión, pueden leerse con propiedades teóricas para tratar el Estado burgués, maquinaria desde la cual funciona cualquier gobierno subordinado a las leyes del capital: “dos son las instituciones más típicas de esta máquina estatal: la burocracia y el ejército permanente” (Lenin, 2009, p. 21).

Frente a la represión y el papel del ejército del Estado, el informe de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (2021) fue muy claro y contundente: constató 278 casos de abuso policial y al menos 27 personas desaparecidas en el marco del estallido social ya reconocidos para ser investigados por parte de la Fiscalía General de la Nación; se verifica ron 46 casos de muertes, 44 civiles y 2 policías. De los 44 civiles 28 fueron perpetrados, pre suntamente, por la llamada Fuerza Pública. Adicionalmente, este órgano verificó 16 casos de violencia sexual cometidos por la Policía Nacional.

La represión del aparato militar del Estado sobre las masas que se levantaron duran te el estallido social fue descarada, sin miramientos e inmisericorde: se emplearon, para violentarlas, gases lacrimógenos, cañones de agua, cascos, perdigones y bolillos, incluso en las manifestaciones autorizadas y pacíficas (Alto Comisionado para los Derechos Humanos, 2021). Con el sol quemando o la luna alumbrando, este órgano ejerció su papel y se ma nifestó como un reflejo de lo que representa, es decir, un “Estado que no es más que un despotismo militar de armazón burocrático y blindaje policíaco, guarnecido de formas par lamentarias, revuelto con ingredientes feudales e influenciado ya por la burguesía” (Marx, 1980, p.10). El aparato militar del Estado es el principal órgano de represión de las masas y los pueblos cuando estos se rebelan y se abalanzan a las calles para exigir sus derechos. No es necesariamente el órgano más importante de opresión, pues en la mayoría de casos esta viene dada en las formas más sutiles de las relaciones sociales capitalistas para oprimir a través del trabajo, el intercambio crematístico cúspide del fetichismo de la mercancía, la familia, pero también del machismo, el sexismo, la xenofobia, la homofobia, el hambre, el desempleo, el despojo e incluso con sistemas democráticos electorales circenses que solo funcionan a condición de engranajes trampantojos a través de los cuales se compran votos, conciencias y cargos de elección popular. En síntesis, el aparataje superestructural en su con junto es más opresor que el solo aparato militar, pero este saca todas sus garras cuando se trata de repeler la protesta y atacar a quienes se manifiestan contra los gobiernos de turno; de este modo se vivió durante el estallido social.

En efecto, el otro frente que copó el gobierno durante y después del estallido fue el ju- rídico-normativo. De nuevo tenía que cumplirse el aforismo de la fuerza del fusil y de la ley. El 27 de abril, un día antes del inicio del paro, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca (2021) decretó dejar sin efectos los permisos concedidos por los gobiernos locales para que la ciudadanía se manifestara y protestara. Como se sabe, esta argucia jurídica no detuvo la movilización que, sin importar lo dictaminado por el Tribunal, empezó su proceso de la mano de un pueblo enfurecido e indignado. Durante los momentos más candentes de la protesta, se decretaron toques de queda nocturno en algunas de las principales ciudades que también fueron desacatados por quienes marcharon. El 18 de junio el gobierno Duque modificó el Decreto 003 de 2021, y la propia voz del ministro del Interior sentenciaba que

no constituye manifestación pacífica, aquellas que promuevan el empleo de medios para obstaculizar de manera temporal o permanente las vías o infraestructura del transporte (...). Tampoco constituye manifestación pacífica aquellas que se convoque con fines ilegítimos, promueven la violencia, estigmatización y los demás menciona dos en la Sentencia C7 42 de 2012 (Palacios, 2021, 0m23s).

¿Cómo se protesta sin obstaculizar las vías? A menos que se hagan de forma virtual, posicionando tendencias en redes sociales o creando memes que circulen y se llenen de likes, toda movilización implica obstaculizar las vías. Si esto constituye delito, es un delito en sí misma la protesta.

¿Quién define, en últimas, la condición legal o ilegal de la protesta? ¿Quién define, jurídica mente, qué es y no violento? La respuesta para ambas preguntas es la misma: las instituciones del Estado, las mismas que puede abrogarse el derecho de modificar ciertas leyes cuando la si tuación así se lo demande. Desde el punto de vista del gobierno, la protesta y la movilización del estallido social eran ilegítimas y violentas. En efecto, con el solo hecho de obstaculizar las vías, el estallido social fue violento pero, más allá de eso, hubo múltiples expresiones de violencia in cluyendo las que se veían de otro modo, es decir, las que se consideraban y reivindicaban como “pacíficas”: que las juventudes se situaran en los parques para realizar tomas culturales fue vio lento en tanto rompieron la rutina y cotidianidad de quienes habitaban y frecuentaban esos espacios; generar estridencia con las batucadas, comparsas, murgas, orquestas, mega bafles, etc., violentó la tranquilidad de quienes en sus lugares de trabajo o residencias disfrutaban o requerían silencio; realizar performance que incluían cuerpos desnudos, sangre y ataúdes en lu gares abiertos, violentaron ciertas morales. Sí, casi todo lo que ocurrió durante el estallido social fue violento, esto es, una afrenta a ciertos órdenes establecidos y relaciones sociales instaladas en todos los lugares donde irrumpieron quienes marcharon. Se trata entonces de reconocer que la naturaleza de toda protesta social es la violencia, pues se constituye en una confrontación abierta contra cualquier régimen; y, como es apenas lógico, el predominio de las respuestas del Estado y sus aparatos militares y jurídicos son también la violencia.

En tal sentido, la violencia es connatural a la lucha popular y en ello no debería haber titubeos ni dubitaciones. No hay protestas ni luchas populares, verbigracia el estallido social 2021, que sean pacíficas a menos, de nuevo, que solo se hagan virtuales o que se considere dentro del repertorio, el acudir a instancias jurídicas y, entonces, serían equivalentes a mani festaciones pacíficas y manifestaciones legales; lo pacífico es lo que delimita la norma; por el contrario, tomándose calles, carreteras, parques, incluso con las muestras culturales, y ni se diga lanzando piedras, encapuchándose, pintando consignas en paredes, entre otras, la protesta social es violenta.

Ante esto, quienes se movilizan en situaciones como la coyuntura que se viene anali zando, deberían desembarazarse del falso dilema protesta violenta o protesta pacífica y asumir políticamente que su respuesta es necesariamente violenta para enfrentar las violencias pretéritas, en el caso del estallido social, la violenta reforma tributaria que pretendía incre mentar los impuestos a productos de consumo básico, donde las más afectadas serían las masas empobrecidas a lo que, como ya se detalló, se fueron adhiriendo sentimientos de rabias, represiones, fatigas e indignación represadas y acumuladas por décadas.

Al llevar la violencia más allá del uso y abuso de su autoridad basada en el aparato militar, el gobierno Duque empezó a revolver las aguas del armatoste jurídico en procura de establecer marcos normativos para limitar, cada vez más, futuras manifestaciones socia les y expresiones ideológicas contrarias a las del gobierno. Cuando las llamas del estallido social se estaban convirtiendo en cenizas, el gobierno Duque aceleró la formulación de una ley para evitar “los desmanes de las protestas” En diciembre de 2021 -cuando la gente en Colombia tiene su cabeza en el nacimiento del niño Jesús y en Santa Claus-, como tantas veces ha ocurrido en la historia de este país, el Congreso de la República, en su cínica mag nanimidad, aprobó pasar a sanción presidencial el proyecto de seguridad ciudadana, con el visto bueno del presidente del Senado, quien afirmó

que se realizaron los debates correspondientes, tanto en Cámara como en Senado, así como la discusión del articulado para la aprobación de este proyecto de ley con mensaje de urgencia, y comentó a su vez que esta iniciativa trae las herramientas de carácter administrativo, de carácter penal y judicial para garantizar la seguridad ciu dadana en el territorio colombiano. (Abisambra, 2021, párr. 2)

Muy a pesar de los argumentos jurídicos, políticos e ideológicos de representantes de las bancadas de oposición, nada detuvo las intenciones del gobierno Duque (Paro nacional: más de 15 delegaciones de estudiantes universitarios se reúnen en el Externado para buscar solucio nes ante la situación del país, 2021). Es interesante, frente a esta situación, reflexionar acerca del papel que cumple el parlamento en la sociedad. Cuando no es abiertamente servil al gobierno de turno y fortalece regímenes como el que se ha venido fraguando durante el siglo XX, es un triste y vulgar legitimador del régimen. Pareciera que, a las bancadas de oposición, les permitie ran estar porque necesitan validar y proyectar una imagen de apertura al debate de ideas y que, en democracia deliberativa y representativa, se impone la mayoría. Pero siendo más perspica ces en el análisis, en lo profundo de unas ideas y otras no hay diferencias de orden estructural: todas defienden la propiedad privada, las instituciones del Estado que, por su esencia, oprime a las masas, la democracia burguesa, las leyes que garantizan lo anterior, el fetichismo del di nero, la sumisión abierta o velada al imperialismo. Están allí porque tienen la ilusión de que la Constitución se cumpla o, de ser necesario, establecer las reformas a los "leves fallos" que la mis ma tiene. En consecuencia, el parlamento y quienes desde allí actúan, cuando no son abiertos secuaces del poder y el régimen, se prestan para que el circo se vea multicolor y terminan siendo legitimadores a sueldo (muy bien pagos por demás) de tal o cual poder; y, en todo caso, siempre garantes del orden y la libertad burguesa, es decir, la autodeterminación y autopercepción (palabra manida, y ya llegados a este punto, cliché liberal e identitarista) de acceder, vender y comprar bajo las leyes del capital.

Así, el 25 de enero de 2022, Duque sancionó la ley 2197 y lo anunció, de manera rim bombante, con una pléyade de esbirros representantes de la institucionalidad estatal que intervinieron con “profundos aportes analíticos que justificaban la necesidad de la ley”: presidenta de la Cámara de Representantes, coordinadores ponentes de la ley en Senado y Cámara, director de la Policía Nacional, Fiscal General de la Nación, ministros de defen sa, justicia y del interior. Asimismo, acompañaron la ceremonia, alcaldes y gobernadores de todas las regiones, congresistas, otros ministros, generales, ASOCAPITALES, FENALCO, Consejo Gremial, entre otros especímenes del aparato estatal (Presidencia de la República, 2022). Fue, como puede inferirse de este desfile de personajes, una ley con el respaldo de representantes de las tres ramas del poder público en todos sus niveles, más la milicia.

Pero, explicítese algunos de los puntos de la ley para ponderar sus alcances:

ARTÍCULO 12. El artículo 263 de la Ley 599 de 2000 quedará así: Artículo 263. Invasión de tierras. El que con el propósito de obtener un provecho ilícito para sí o para otro, invada terreno o edificación ajena, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a no venta 90 meses de prisión y multa de sesenta y seis puntos sesenta y seis (66.66) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Cuando la invasión se produzca respecto de predios ubicados en zona rural, con explotación agrícola o pecuaria, o respecto de bienes del Estado, la pena será de cincuenta y cuatro (54) a ciento veinte (120) meses de prisión (Ley 2197, 2022, p. 6, subrayado añadido)

¿Un réquiem por las históricas y victoriosas tomas de tierra campesina? ¿No les que da más que esperar que entre en práctica la cacareada e ilusoria reforma rural integral? O, ¿deben poner sus ilusiones en un gobierno que prometa comprar tierras improductivas y entregársela al campesinado? Entonces, ¿el campesinado marchó durante el estallido social y el resultado final fue más limitaciones a sus tradicionales formas de resistencia y lucha?

Continúese:

ARTÍCULO 15. Modifíquese el artículo 348 de la Ley 599 de 2000, el cual quedará así: Artículo 348. Instigación a delinquir. El que pública y directamente incite, financie o promueva a otro u otros a la comisión de un determinado delito o género de delitos, incurrirá en multa. Si la conducta se realiza para cometer (...) daño en bien ajeno sim ple o agravado o cualquiera de las conductas previstas en el Capítulo 11 del Título XII del Libro Segundo del Código Penal, la pena será de cuarenta y ocho (48) a (72) seten ta y dos meses de prisión. Si la conducta se realiza para cometer (...) violencia contra servidor público, la pena será de ciento veinte (120) a doscientos cuarenta (240) meses de prisión y multa de ochocientos (800) a dos mil (2000) salarios mínimos mensuales legales vigentes. (Ley 2197, 2022, p. 8, subrayado añadido)

Si, como se analizó líneas arriba, cualesquiera de los repertorios de protesta no vir tuales pueden leerse como violentos, ¿será instigación a la violencia la convocatoria a mar char en calles y carreteras? ¿Quedan anulados los artistas del grafiti porque las paredes son bienes ajenos? Si la violencia es también verbal, ¿no se pueden nombrar a quienes ocupan cargos del Estado durante las protestas, en tanto estos son servidores públicos? ¿La policía y el ejército -también en el espectro de servidores públicos-, quedan inmunizados frente a quienes marchan y protestan en calles, parques y carreteras?

Uno más:

ARTÍCULO 20. Adiciónese a la Ley 599 de 2000 el artículo 4290. Artículo 429D. Obstrucción a la función pública. El que mediante violencia o amenaza, en los tér minos del presente código promueva o instigue a otro a obstruir, impedir o dificultar la realización de cualquier función pública, incurrirá en prisión de treinta y seis (36) meses a sesenta (60) meses. (Ley 2197, 2022, p. 9, subrayado añadido)

Las universidades públicas, por ejemplo, ejercen funciones públicas. Con esto, ¿que dan anuladas las asambleas de estudiantes y profesores porque ellas impiden o dificultan el funcionamiento académico y administrativo de estas instituciones? ¿Aquellos miembros del profesorado o el estudiantado que convoquen asambleas, mítines o tomas serán insti gadores e incurrirán en delito?

Algunas perlas de autoritarismo filofascistas:

Artículo 237B. Acceso a circuitos de vigilancia y seguridad privada. La policía nacional po drá acceder a los circuitos cerrados de vigilancia y seguridad privada, para acciones de prevención, identificación o judicialización. (Ley 2197, 2022, p. 27, subrayado añadido)

La prevención, en términos de factores de riesgo social, es tan amplia como difu sa: se puede interpretar que las ideas contrarias al régimen son peligrosas, y entonces por prevención se pueden exigir a cualquier entidad o conjunto residencial que suministre sus registros audiovisuales si una persona le resulta sospechosa. La imprecisión es amplitud y ella solo sirve para que el autoritarismo opere a sus anchas.

ARTÍCULO 13. Adiciónese un artículo 264a a la ley 599 de 2000, del siguiente tenor: Artículo 264a. AVASALLAMIENTO DE BIEN INMUEBLE. El que por sí o por terceros, ocu pe de hecho, usurpe, invada o desaloje, con incursión violenta o pacífica, temporal o continua, un bien inmueble ajeno, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento veinte (120) meses (...) Cuando la conducta se realice mediante el concurso de un grupo o colectivo de personas, la pena se incrementará en una tercera parte. Cuando la con ducta se realice contra bienes de patrimonio del Estado, bienes de dominio público, patrimonio cultural o inmuebles fiscales, la pena se incrementará en una tercera parte y si se trata de bienes fiscales necesarios a la prestación de un servicio público esencial la pena se incrementará en la mitad. (Ley 2197, 2022, p. 7, subrayado añadido)

Las mingas indígenas que operaron en coliseos y universidades son, ahora, puni bles. Los campamentos que montó el estudiando son, con esta ley, judicializables. El derribo de estatuas de “conquistadores” y colonizadores podría dar hasta 15 años de prisión.

En plata blanca, el Estado cuenta con una ley sumamente dúctil e interpretable a su fa vor, para contener la protesta en las calles, los paros, las marchas.Se cuidó de no mencionar las palabras protesta, paro, movilización, vándalo. Pero eso sí, supo revestir la ley con cues tiones necesarias como sanciones a la violencia intrafamiliar para maquillar su verdadero propósito: limitar la libertad de expresión y contener el pensamiento contrario a la ideología dominante. En la actualidad, un grupo de congresistas y organizaciones sociales presentó una demanda ante la Corte Constitucional, alegando que 13 artículos de la ley son incons- titucionales2 (Redes Confidencial, 2022), argumenta el Senador Iván Cepeda que la ley 2197

(.) va a en contra de derechos fundamentales, y que además puede terminar siendo un instrumento que se utilice para violar derechos, es el caso, la posibilidad que otor ga de que ciudadanos y particulares hagan uso de la fuerza quitando la posibilidad del monopolio de la fuerza del estado, pero también la restricción a la movilización social y protesta ciudadana (COLPRENSA, 2022, párr. 5)

Además de lo anterior, el gobierno Duque, muy en su estilo, propuso un articulito camu flado dentro de la llamada ley anticorrupción, que pretendía limitar la libertad de expresión del periodismo, pero, si se mira con cuidado, de analistas y cientistas sociales que investiga ran y difundieran análisis crítico de un gobierno como el que se está describiendo. Mientras las familias colombianas se preparaban para encenderle velas a la Virgen María y darle la bienvenida a la navidad, en la Cámara de representantes se aprobaba, en la noche del 6 de diciembre, un pretendido proyecto anticorrupción que, en su artículo 68 rezaba:

Cuando quien profiera injuria o calumnia en contra de un funcionario o un exfuncionario público o sobre su familia, sea representante legal o miembro de cualquier organización comunitaria, el juez de control de garantías, ordenará a la autoridad competente que, previo cumplimiento de los requisito legales establecidos para ello, proceda a la suspen sión o cancelación de la personería jurídica de la organización comunitaria a la que per tenece, en los mismos términos del artículo 91 de la Ley 906 de 2004 (Díaz, 2021, párr. 6).

Era una sentencia de amordazamiento a quien se atreviera a denunciar, entre otras, la corrupción, la participación de agentes del Estado en compra de tierras despojadas o la arti culación de miembros de entidades estatales al aparato paramilitar. Daban a entender que, hasta tanto no hubiese sentencia judicial, incurría en delito quien mencionara a funcionarios o exfuncionarios (incluyendo familiares, por supuesto) en procesos o actos delictivos. Dicho de otra forma: para que analistas, investigadores y periodistas pudieran hablar de un acon tecimiento criminal que involucrara a individuos del Estado, tendrían que esperar los años (a veces contados en decenas) que tarda la justicia en determinar quién es culpable o inocente.

Tal hecho generó ruido no solo en los medios alternativos de comunicación, sino en los grandes conglomerados informativos que operan en Colombia. Desde todas las tribunas mediáticas, incluso las más conservadoras y que apoyan incondicionalmente al gobierno Duque y todos sus antecesores, aullaron con una ferocidad poco usual cuando se trata de denunciar los autoritarismos del poder estatal. En tanto se percataron del mico que le ha bían colgado a una ley que pretendía, por decreto, frenar la corrupción, activaron sus dis positivos de poder, para tumbar el mencionado artículo. Este objetivo se cumplió: el 16 de diciembre, en plenaria del Senado, se aprobó la susodicha ley anticorrupción pero se vieron presionados a sacar el mico a través del cual quisieron amordazar la libertad de expresión (Congreso ratificó la eliminación del ‘mico' contra la prensa, 2021).

La retirada del mico es una anécdota al lado de lo que se pretendía. El gobierno Duque intentó acallar la denuncia, la información y los análisis críticos, en medio de los múltiples y millonarios casos de corrupción que ha vivido el país en este periodo y el descrédito por su inoperancia frente a todas las crisis. Pero también quiso contener uno de los fenómenos más fuertes acaecidos durante el estallido social: la pluralidad en las fuentes de información que día a día denunciaron los atropellos policiales y la anuencia del gobierno al respecto.

No es casual, con todo lo anterior, que congresistas opositores, periodistas e intelec tuales hayan empezado a denominar al gobierno Duque como un régimen que tiende al fascismo, de corte filofascista o nazifascista. El analista político, Horacio Duque, plantea que,

El proceso político que está en curso en Colombia con medidas de clara estirpe na- zifascista agenciadas por el gobierno de Iván Duque, como su guerra contrainsur gente contra las drogas, sus decretos de incautación policial de las dosis mínimas de marihuana que conllevan vulneraciones aberrantes de los derechos individuales, el desmantelamiento de los procesos de paz, sus preparativos bélicos para agredir a Venezuela, la estrategia de exterminio de los líderes sociales, la reactivación de la guerra contra el ELN, las reformas a la justicia para cercenar la independencia de los jueces y el alineamiento con las posiciones extremistas como las de Donald Trump, plantean el desafío analítico de identificar, desde diversos ángulos reflexivos, la pre sencia histórica y política del fascismo en nuestro Estado con sus formas violentas y antidemocráticas (Duque, 2021, párr. 1)

Lo que señala la cita del analista Horacio Duque, puntualiza directrices y posturas que pueden catalogarse como nazifascistas, en cuanto dan prioridad, en sus horizontes de ac ción, a la guerra, la violencia desde el Estado, la persecución a la libertad de expresión, el desprecio al proceso de paz. En efecto, desde que estaban en campaña electoral, Duque y el Centro Democrático anunciaron que harían trizas el acuerdo de paz con las FARC, un pacto que daba lineamientos para la incorporación a la vida civil y política de los miembros de esta guerrilla, creaba escenarios políticos y jurídicos para que saliera la verdad de la violen cia insurgente de esta organización, proponía rutas para implementar una reforma rural integral, entre otros (Oficina del Alto Comisionado para la Paz, 2018). Era, en la práctica, un pacto para implementar reformas a un país con todas las desigualdades e injusticias señaladas en el primer artículo y que ampliaba la participación política para comunidades víctimas del conflicto. No era, ni mucho menos, un ideario revolucionario, de transición so cialista y ni siquiera de modificaciones estructurales al sistema de propiedad privada. Aun así, Duque, su gobierno y el partido al que pertenece, sacaron todo su linaje protofascista y, a juzgar por la realidad, con eso ganaron las elecciones presidenciales y con tales principios han ejercido el poder político desde el Estado.

Otros analistas han venido haciendo aportes al carácter fascistoide de Duque, su go bierno y lo que él representa, que puede verse tapado por ciertos brotes de populismo:

Lo de Duque es autoritarismo, incluso podría hablarse de neofascismo, pero nunca de populismo. Él utiliza el miedo y la moral para apelar a un sector muy específico de la población, generalmente denominado como ‘la gente de bien'. Pero la administración Duque no parece muy interesada en legitimar su gestión asociándola a una amplia voluntad popular, ni se esfuerza demasiado por construir una vinculación con ella. Esto se refleja en los pobres resultados que tienen Duque y sus ministros en términos de favorabilidad ante la opinión pública. Tienen una imagen muy negativa y, aunque todos los gobiernos quieren ganar favorabilidad, este no se esfuerza mucho por cam biar esa situación (Forero, 2019, párr. 3)

En el cuatrienio que va corriendo, y muy especialmente durante el estallido social 2021, el gobierno Duque ha acelerado el ideario de superioridad moral que se ha venido forjando desde los mandatos de Uribe. En apenas tres años, se ha dado las ínfulas suficientes para satanizar todo lo que se aleje de sus coordenadas ideológicas y venerar casi religiosamente imaginarios y políticas arribistas y clasistas. La juventud que se manifestó durante el esta llido social es una muestra de vandalismo, mientras el fallecido ministro de Defensa, que comandó desde su posición el bombardeo a comunidades donde se asesinaron niños, es un ejemplo de heroísmo; la población hambrienta y desempleada que se lanzó a las calles entre abril y julio de 2021 es terrorista, mientras el ESMAD y la policía que asesinaron a más de 20 personas durante las movilizaciones son patriotas.

En la misma línea de Forero, la profesora Luciana Cadahia advierte del peligro en el que se ha constituido el gobierno Duque, pues solapa su lógica fascista con un populismo inve terado, pero bien lustrado para la ocasión, con el objetivo claro de extender desde el Estado todos los tentáculos para ejercer poder hacia la vida de la población:

(...) el gobierno del presidente Iván Duque no es populista. Por el contrario, mantiene una lógica fascista en donde se persigue al otro y se le convierte en un objeto de odio para construir poder. Proponer cadena perpetua para violadores y asesinos de niños, emitir un Decreto que prohíbe el consumo de alcohol en el espacio público -que ter minó siendo tumbado por la Corte Constitucional- u ofrecer 3.000 millones de pesos por pistas sobre Jesús Santrich son medidas que, en vez de crear instituciones plurales y democráticas para las mayorías, crea una institucionalidad punitiva y excluyente en donde es necesario identificar un enemigo (.) Lo de Duque es, lisa y llanamente, fas cismo neoliberal (Cadahia, 2019, párr. 2).

Podría agregarse al análisis de Cadahia respecto al pseudopopulismo del gobierno Duque, las ya descritas prácticas circenses del mandatario que podrían nublar lo que está en el fondo: la apología a la guerra, las ínfulas de superioridad moral, el constreñimiento a las libertades personales, la criminalización de la protesta, la cooptación de todos los órganos de control, el intento de amordazamiento a quienes denuncien a funcionarios por actos cri minales y la defensa de funcionarios que defienden la violencia contra el pueblo. Esto y más cuestiones, rebelan la tendencia fascista de un gobierno que sintetiza prácticas y políticas de los gobiernos que le antecedieron desde finales del siglo XX, tal como se ha demostrado en este análisis de la coyuntura estallido social 2021.

El acontecimiento estallido social y sus ecos inmediatos, ha revelado la verdadera más cara que cubre el rostro de un gobierno que posa de demócrata, que se autopresenta como poseedor de una moral superior para designar el bien y el mal: detrás de esa máscara está el rostro fascistoide que se viene gestando -hoy ya manifiesto, ya no en la latencia de las dos décadas anteriores-, claramente, desde la década del 90. La respuesta del gobierno Duque ante el estallido social, fue el uso de las dos formas de violencia propia del autoritarismo que tiende al fascismo: el fusil y la ley.

Conclusiones

El grupo de actores-sujetos analizados antes del gobierno Duque, nos mostró (algunos más, otros menos) su capacidad de lucha durante el estallido social, ratificando su tradición de estamentos resistentes, capaces de enfrentar y desafiar el Estado. Es esto lo más importante de todo lo ocurrido, pues vuelve a quedar en evidencia que estudiantes, docentes, campesinado, indígenas, afrodescendientes, jóvenes, algunos medios alternativos y diferentes estamentos y clases oprimidas, tienen el arrojo de plantarle cara a un gobierno autoritario, síntesis de décadas de autoritarismo, con tendencias a instalar en el Estado prácticas fascistas. Las masas no solo salieron porque estuvieran indignadas, hambrientas, sin oportunidades o desempleadas. Se arrojaron con furia a las calles porque tienen la valentía de luchar para exigir sus derechos así eso les cuesta la vida. Sin importar el miedo que genera un aparato militar dispuesto a asesinarles, sabían que sus causas de lucha eran justas. Sin ser mártir, el pueblo entendió que frente a las políticas de un gobierno que le limitaba la vida, no era posible la tibieza.

Si la meta fuere transformar estructuralmente la sociedad, una condición necesaria es la capacidad combativa del pueblo. Tal cosa, por supuesto, es insuficiente. La sola capacidad de lucha, arrojo y valentía de los pueblos no garantiza que el mundo y Colombia dentro de él, se transforme radicalmente. El estallido social 2021, el gran paro de la historia de este país, fue una lucha predominantemente espontánea, organizada en el día y a día, pero sin un plan, una estrategia, una vanguardia científica-política y unas metas plenamente arti culadas. Es decir, si se busca transformar desde sus raíces una sociedad, un país, que opera con arreglo a la opresión y la explotación, la capacidad combativa de su pueblo es condición necesaria pero insuficiente. La fuerza combativa de las masas como lo que se manifestó du rante el estallido social, debe orientarse más allá de las reivindicaciones puntuales, algunas de las cuales se resuelven con reformas de tipo liberal.

Esta tercera entrega del análisis de la coyuntura estallido social, dejó en evidencia esa ca pacidad de lucha, resistencia e incluso confrontación del pueblo colombiano. Al tiempo, puso sobre la mesa reflexiones críticas acerca de los objetivos y alcances, consignas, negociaciones y exigencias. Allí prevalece un espíritu cortoplacista, economicista, reformista, identitarista, elec- toralista y, en últimas, con ilusiones de regenerar la democracia burguesa y el Estado capitalista. Todos los actores aquí descritos, incluyendo lógicamente el gobierno Duque, coinciden en el derecho (burgués) como plataforma de consensos, el fortalecimiento de la institucionalidad estatal en favor del pueblo y la implementación de ajustes al sistema económico y político en Colombia. Ninguno apunta a la transformación radical, lo que fundamenta esta sociedad y, a la postre, origina situaciones como una reforma tributaria, el despojo al campesinado, el desem pleo, la falta de oportunidades de formación científica o derecho a una educación de calidad, los salarios que no alcanzan para comer, la violencia hacia las mujeres, el ataque a las poblacio nes étnicas y la destrucción de la naturaleza en contextos rurales.

Si se está cuestionando el carácter reformista de los actores-sujetos que se enfrentaron al gobierno Duque, y se les está cuestionando su falta de radicalidad, ¿qué se entiende entonces por transformación radical? Desde el primer artículo se ha señalado que la noción histórica, teórica y táctica de radicalidad la supo extraer Marx de los socialistas franceses que lucharon contra el régimen aún monárquico, aun cuando constitucional, de Francois Guizot, reaccio nario que se había opuesto a las principales reformas liberales que el pueblo francés exigía:

(...) el proletariado va agrupándose más en torno al socialismo revolucionario, en torno al comunismo, que la misma burguesía ha bautizado con el nombre de Blanqui. Este socialismo es la declaración de la revolución permanente, de la dictadura de clase del prole tariado como punto necesario de transición para la supresión de las diferencias de clase en general, para la supresión de todas las relaciones de producción en que estas descansan, para la supresión de todas las relaciones sociales que corresponden a esas relaciones de producción, para la subversión de todas las ideas que brotan de estas relaciones sociales (Marx, 2015. p. 140. Cursiva y subrayado añadido).

Supresión de las clases, de las relaciones de producción, de las relaciones sociales y sub versión de las ideas que de allí emanan: he ahí las claves de la transformación radical tratada en este escrito. Ni estudiantes, ni campesinado, ni comunidades étnicas, ni el profesorado, ni el Comité de Paro le apuntan a la transformación de esos cuatro nodos. Quizás, una de las razones sea que no las identifican dado que están en el fondo de sus apremios y luchas y, entonces, tampoco logran desentrañar que estos cuatro nodos, las cuatro todas teorizadas por Mao Tse-Tung, transversalizan -léase, estructuran-, todas las formas de opresión, entre ellas, las que provocaron el estallido social más impactante de la historia en Colombia.

¿Hay -parafraseando a Balzac- una especie de juventud extrema en las ideologías que predominaron durante el estallido social, que impide ver que la sociedad moderna no pue de tener otra base que la propiedad privada sobre los medios de producción (la herencia de la riqueza)? ¿Impide esa ideología advertir que el ataque a los ricos no necesariamente implica (y así fue durante el estallido social) ataque al sistema de propiedad? ¿Todas estas ideologías que se manifiestan con el predominio de la espontaneidad y el reformismo, no terminan siendo una muestra de la incomprensión del sistema burgués? ¿Las adscripciones electoralistas y la siembra de ilusiones constitucionales por parte del grueso de los acto res-sujetos que se manifestaron durante el estallido, se asemeja al cálculo e hipocresía de mocrática y liberal del joven provenzal que señalaba Balzac?

Como se anticipó, no fue analizado en esta tercera entrega el proletariado, la clase y organización política para sí que, sobre el papel, tendría que asumir la vanguardia de luchas espontáneas como las acontecidas en el estallido social. Ya el artículo es lo suficientemen te extenso y no daba para incluirlo en este análisis. Aun siendo uno de los actores-sujetos que participó y por momentos dio línea en el estallido social, el proletariado para sí será objeto de reflexión en la tercera entrega, integrándolo a la reflexión teórica-conceptual de capitalismo imperialista, lucha de clase y lucha espontánea, el papel de la violencia, otras anotaciones sobre el Estado (además de las ya anticipadas en los dos primeros textos) y el horizonte de lucha democrático burgués vs proyecto de revolución.

Por otro lado, los dos textos anteriores y el presente, mostraron la trayectoria fascistoi- de del gobierno Duque, que supo sintetizar el autoritarismo de los gobiernos que le pre cedieron y que afloró en todo su esplendor durante el estallido social 2021 a través de los aparatos militares y jurídicos. El fascismo no se limita a símbolos, una foto de Hitler y la esvástica negra, o una foto de Mussolini y los fasces que representaba el terror judicial del régimen italiano. Las prácticas de corte fascista en el Estado se vienen cociendo a fuego lento desde finales del siglo XX, con picos de aceleración durante el octenio de Álvaro Uribe y el cuatrienio de Duque, tal como se ha demostrado en este análisis de coyuntura. Surge, sin embargo, una pregunta al respecto: ¿para qué necesita la implementación de prácticas fas cistas un Estado que tiene el amparo del imperialismo?

El tercer texto tratará de articular la respuesta a esta pregunta con las categorías enunciadas dos párrafos antes (proletariado, lucha de clases-luchas espontáneas, Estado, capitalismo im perialista). Se busca, con ello, incorporar al análisis de coyuntura los componentes teórico-con- ceptuales que, a su vez, permiten tener una visión de la estructura que subsume y atraviesa los detonantes del estallido social e incluso los actores reseñados en la presente entrega.

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1i Este artículo es el cruce entre dos investigaciones que se han venido adelantando en las líneas de trabajo que coordino. De un lado el proyecto de investigación Afectaciones a la estructura agraria en regiones de Antioquia: actores y factores. Aportes para la elaboración de un mapa digital de problemas rurales, CODI 2016-12976, Universidad de Antioquia y, de otro, Dialéctica del Estallido Social 2021: Ecosistema de la contienda política-económica inherente Al capitalismo-imperialismo. Varios de los actores aquí descritos han sido estudiados en la primera investigación señalada como sujetos rurales; de ahí la ventaja relativa al analizarlos como actores en el marco de la coyuntura estallido social.

23 (parcial), 5 (parcial), 12 (parcial), 13, 20, 21 (parcial), 24 (parcial), 25 (parcial), 28 (parcial), 30 (parcial), 31, 40 (parcial) y 48. Ver: Cepeda, Ortegón y Otros (2022).

Recibido: 01 de Febrero de 2022; Revisado: 01 de Marzo de 2022; Aprobado: 01 de Junio de 2022

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